PROEMIO Cláusulas de Ejemplo

PROEMIO. La Administración Portuaria Integral de Puerto Xxxxxx, S. A. De C. V., en lo sucesivo API XXXXXX, a través de la Gerencia de Administración y Finanzas, con domicilio Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx X/X Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxx X.X. 00000, con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Art. 42 primer párrafo y 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) y su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables convoca a los interesados en participar en la invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica para la Contratación del servicio de “ELABORACIÓN E INTEGRACIÓN DEL LIBRO BLANCO DEL PROYECTO REPARACIÓN DE ESCOLLERAS ORIENTE.”, de conformidad con el ANEXO (1). Se informa a los Licitantes que el proceso correspondiente a esta invitación, se encuentra regulado, además de la Ley que lo rige, por el Protocolo de Actuación en Materia de Contrataciones Públicas, Otorgamiento y Prórroga de Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones, publicado y reformado en el Diario Oficial de la Federación el 20 xx xxxxxx de 2015, el 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx 00 xx xxxxxxx de 2017 respectivamente, mismo que podrá ser consultado de manera general en las siguientes ligas: Xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxx_xxxxxxx.xxx?Xxxxxx=0000000&xxxxx=00/00/0000 Xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxx_xxxxxxx.xxx?Xxxxxx=0000000&xxxxx=00/00/0000 Xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxx_xxxxxxx.xxx?Xxxxxx=0000000&xxxxx=00/00/0000 En caso de advertir algún incumplimiento al Protocolo, los licitantes tienen derecho a presentar la queja o denuncia correspondiente ante el Órgano Interno de Control de esta entidad o bien a través del Sistema Integral de Quejas y Denuncias Ciudadanas xxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxx-xxxxxx-x-xxxxxxxxxxxxxxx Por lo que, con el fin de dar cumplimiento al Artículo Primero, Fracción II; y Anexo Segundo, numerales 2 y 3 del Protocolo, los licitantes deberán utilizar el Anexo 16. Así mismo, se informa que los datos personales que se recaben con motivo de esta invitación de cualquier contacto, serán protegidos y tratados conforme a las Disposiciones Jurídicas aplicables.
PROEMIO. La ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL MAZATLAN S.A. DE C.V., a través de la Gerencia de Administración y Finanzas, con domicilio en Interior Recinto Fiscal, Sin número, Colonia Centro, Código Postal 82000, Mazatlán, Sinaloa, con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 26 fracción I; 27 y 28 fracción I de la LAASSP y su Reglamento y numeral 6 y 16 del Anexo Primero del “Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prorrogas de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones”, emitido por la Secretaria de la Función Pública, publicado en al Diario Oficial de la Federación el 20 xx xxxxxx de 2015 y modificado mediante publicación emitida en el referido Órgano Difusor el 19 de febrero de 2016 y demás disposiciones legales aplicables. Se informa que los servidores públicos en el contacto con particulares deberán observar el “Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prorrogas de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones” y esté podrá ser consultado en la sección de la secretaría de la Función Pública, que se encuentra en el portal de la Ventanilla Única Nacional (xxx.xx), a través de la liga xxx.xxx.xx/xxx. Así bien convoca a los interesados en participar en la licitación pública nacional presencial para la contratación del SERVICIOS DE CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN (CCTV) Y CONTROL DE ACCESO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL MAZATLAN S.A. DE
PROEMIO. 1.1 La Administración Portuaria Integral de Ensenada, S. A. de C. V., en lo sucesivo API, a través de su departamento de Recursos Materiales, con domicilio en Xxxx. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx 000 Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx, X.X. 00000, con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) y su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables convoca a los interesados en participar en la licitación pública nacional electrónica PARA EL ARRENDAMIENTO DE UNIDADES VEHICULARES TIPO SUV PARA SU USO EN LA ADMINISTRACIÓN PORTUARIA INTEGRAL DE ENSENADA S.A. DE C.V., de conformidad con el anexo (1).
PROEMIO. La Administración del Sistema Portuario Nacional Topolobampo, S. A. de C. V., a través de la Gerencia de Administración y Finanzas, con domicilio en Acceso Parque Industrial Pesquero, Sin número, Sin Colonia, Código Postal 81370, Topolobampo, Ahome, con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 26 fracción I; 27 y 28 fracción I de la LAASSP y su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables convoca a los interesados en participar en la licitación pública nacional electrónica para la contratación del SERVICIO DE VIGILANCIA Y CONTROL EN EL RECINTO PORTUARIO DE TOPOLOBAMPO 2022-
PROEMIO. 1.1 La Administración Portuaria Integral de Ensenada, S. A. de C. V., en lo sucesivo API, a través de su departamento de Recursos Materiales, con domicilio en Xxxx. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx 000 Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx,
PROEMIO. Al ingresar y utilizar este portal de Internet de LA EMPRESA “HEALTHY PEOPLE, S. DE R.L. DE C.V.”, el usuario está aceptando los Términos y condiciones de uso contenidos en este convenio y declara expresamente su aceptación utilizando para tal efecto medios electrónicos, en términos de lo dispuesto por el artículo 1803 del Código Civil Federal. En caso de no aceptar en forma absoluta y completa los términos y condiciones de este convenio, el usuario deberá abstenerse de acceder, utilizar y observar el sitio web de LA EMPRESA “HEALTHY PEOPLE, S. DE R.L. DE C.V.”. Y en caso de que el usuario acceda, utilice y observe el sitio de LA EMPRESA “HEALTHY PEOPLE, S. DE R.L. DE C.V.”, se considerará como una absoluta y expresa aceptación de los Términos y condiciones de uso aquí estipulados. La sola utilización de dicha página de Internet le otorga al público en general la condición de usuario (en adelante referido como el «usuario» o los «usuarios») e implica la aceptación, plena e incondicional, de todas y cada una de las condiciones generales y particulares incluidas en estos Términos y condiciones de uso publicados por LA EMPRESA “HEALTHY PEOPLE, S. DE R.L. DE C.V.”, en el momento mismo en que el usuario acceda al sitio web. Cualquier modificación a los presentes Términos y condiciones de uso será realizada cuando el titular de la misma, en este caso LA EMPRESA “HEALTHY PEOPLE, S. DE R.L. DE C.V.”, lo considere apropiado, siendo exclusiva responsabilidad del usuario asegurarse de tomar conocimiento de tales modificaciones. Convenio de adhesión para el uso de la página de Internet de LA EMPRESA “HEALTHY PEOPLE, S. DE R.L. DE C.V.”, que celebran: por una parte, LA EMPRESA y, por la otra, el usuario, sujetándose, ambas partes, a lo establecido en este documento.
PROEMIO. Es el encabezado del contrato, donde se determina la naturaleza jurídica de éste, el nombre de las partes que intervienen en la celebración del mismo, el carácter que adquieren los contratantes en razón de la naturaleza del contrato y por último, en el caso de que una de las partes o ambas sean representadas, se debe señalar el nombre y el cargo de los representantes.
PROEMIO. La Administración Portuaria Integral de Xxxxxx Xxxx, S. A. de C. V., en lo sucesivo API, a través de la Subgerencia de Administración con domicilio en Interior Xxxxxxx Xxxxxx, X/X, Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, X.X. 00000 Xxxxxx Xxxx, con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 26 fracción I, 26 Bis fracción II 27 y 28 de fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables convoca a los interesados en participar en la licitación pública nacional electrónica para la contratación del ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS de conformidad con el anexo (1) Información Específica del Arrendamiento.

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: - Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. - Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos- trabajadores a los programas públicos de empleo-formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 157 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) XXXXX000 (X00X00). Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Locales, el contrato se regirá por las siguientes normas: - Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de octubre, por el que se crea el Fondo Estatal para el Empleo y la sostenibilidad local. - Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. - Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. - Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que no se oponga a la Ley 30/2007. - Resolución de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial de 2 de noviembre de 2009. Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de prescripciones técnicas. - Los planos. - La memoria del proyecto en el contenido que se determina en el artículo 128 de Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - El programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación. - Los cuadros de precios. - El documento en que se formalice el contrato.

  • Tablas salariales 1. Los salarios base y el Plus Convenio pactados en el presente Convenio, en cómputo anual, por grupos y niveles profesionales serán los establecidos en el Anexo I: Tabla Salarial y Plus Convenio Año 2017, de este Convenio.

  • Garantía limitada FMI da garantía de que durante los noventa (90) días siguientes a la fecha prevista en el Sistema del Contrato FMI, el Software suministrado por FMI será sustancialmente conforme a las especificaciones publicadas por FMI para el Software que comercializa. La responsabilidad de FMI, y el único recurso para el Titular de la licencia por las infracciones a la garantía anteriormente referida, serán, a elección de FMI, sustitución del medio, reembolso, o reparación o sustitución del software. ESTA GARANTÍA LIMITADA ES LA ÚNICA GARANTÍA PROPORCIONADA POR FMI Y SUS TITULARES DE LAS LICENCIAS EXPRESAMENTE LE EXONERAN CON RESPECTO A OTRAS GARANTÍAS Y CONDICIONES, EXPRESAS O TÁCITAS, INCLUYENDO, A TÍTULO INDICATIVO PERO NO LIMITATIVO, LAS GARANTÍAS RELATIVAS A LA COMERCIALIZACIÓN, CALIDAD E IDONEIDAD PARA UN OBJETIVO CONCRETO. ASIMISMO NO SE PRESTA GARANTÍA CONTRA CUALQUIER IMPEDIMENTO AL DERECHO DE DISFRUTE DEL TITULAR DE LA LICENCIA DEL SOFTWARE, O CONTRA LA INFRACCIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DE TERCEROS QUE ÉSTE PUDIERA OCASIONAR. FMI NO PRESTA GARANTÍA DE QUE EL SOFTWARE CUMPLIRÁ, REUNIRÁ LAS EXIGENCIAS DEL TITULAR DE LA LICENCIA NI DE QUE SU FUNCIONAMIENTO SE REALIZARÁ SIN INTERRUPCIONES O ERRORES, NI DE QUE SE ARREGLARÁN DEFECTOS EN EL SOFTWARE. ADICIONALMENTE FMI NO GARANTIZA O REALIZA MANIFESTACIONES EN RELACIÓN CON EL FUNCIONAMIENTO O LOS RESULTADOS DEL USO DEL SOFTWARE, EN TÉRMINOS DE SU EXACTITUD, VERACIDAD, FIABILIDAD U OTROS. NINGUNA INFORMACIÓN VERBAL O ESCRITA DE FMI, O DE UN REPRESENTANTE AUTORIZADO CREARÁ UNA OBLIGACIÓN O GARANTÍA NI EN MODO ALGUNO AMPLIARÁ EL ALCANCE DE ESTA GARANTÍA. HASTA EL PUNTO QUE LA JURISDICCIÓN APLICABLE NO PERMITA LA EXCLUSIÓN DE GARANTÍAS O CONDICIONES IMPLÍCITAS, LA PRESENTE CLÁUSULA PODRÁ NO SER DE APLICACIÓN AL TITULAR DE LA LICENCIA.