Protocolo de comunicaciones Cláusulas de Ejemplo

Protocolo de comunicaciones. Con la finalidad de que el Ajuntament de Llucmajor tenga conocimiento puntual de la marcha y ejecución del proyecto y de las incidencias que se produzcan, el project manager propondrá al inicio de la ejecución del proyecto el protocolo de comunicaciones entre todos los agentes intervinientes. En todo caso, el project manager presentará mensualmente un informe que incluirá, entre otros, los siguientes aspectos: - Estado actual del proyecto. - Trabajos realizados en el mes. - Actividades con retraso y medidas correctoras. - Actualización de la planificación. - Actualización del presupuesto objetivo. - Control de calidad realizado y resultados obtenidos. - Control de costes y certificaciones. - Acta de control de la seguridad y salud de las obras. - Todo lo relativo a la explotación del servicio El project manager asignará al proyecto un equipo técnico de suficiente capacitación para la prestación de los servicios objeto del contrato. El project manager dispondrá de un equipo formado por técnicos especialistas en arquitectura e ingeniería de instalaciones, así como de personal auxiliar, que le dará soporte en el desarrollo de los servicios que constituyen el objeto del contrato y que serán asignados al proyecto. El equipo de trabajo tendrá al menos la siguiente composición: - 1 Ingeniero superior - 1 Arquitecto técnico o equivalente para la supervisión del proyecto básico y del proyecto ejecutivo. - 1 Arquitecto técnico o equivalente para el seguimiento de la obra. - 1 Equipo de asesoría jurídica y de gestión El Ajuntament de Llucmajor se reserva el derecho de solicitar la sustitución del personal propuesto por las razones que, sin ser arbitrarias, considere oportunas. El personal sustituido contará con la experiencia que requiere el proyecto y será sometido a la aprobación previa del Ajuntament de Llucmajor. Los licitadores describirán en su propuesta técnica la asignación del personal al proyecto, incluyendo su historial profesional y experiencia, su dedicación y el organigrama de trabajo.
Protocolo de comunicaciones. Se proponen unos lineamientos básicos que permitan la adecuada transferencia de información entre los actores que participan en el proyecto. • FDN será el canal exclusivo de la comunicación entre los asesores externos de la FDN y la EMB. Así, en el momento en que la EMB requiera comunicarse con los Asesores Externos de la FDN y viceversa, deberá ser a través de FDN. • Cuando la FDN requiera comunicarse con algunos de los equipos de EMB, la coordinación se realizará a través del Supervisor del Contrato por parte de la Empresa Metro de Bogotá y/o quien este designe. • Se creará un directorio con la información básica de los profesionales involucrados en el proyecto por parte del contratante y contratista. Con los correos de este directorio se abrirá un correo exclusivo para el proyecto con el dominio @xxx.xxx.xx, (funcionará como correo destino) a fin de que todos los participantes cuenten la misma información. El directorio se guardará en el repositorio de información que se describe más adelante • Adicionalmente con el fin de asegurar una oportuna respuesta por parte de la FDN en los diferentes temas que puedan surgir en el marco de la ejecución del proyecto se ha creado el correo electrónico xxxxxxxxxxxxx0@xxx.xxx.xx, al cual se deben dirigir todas las comunicaciones relacionadas con el proyecto. • Adicionalmente las comunicaciones relacionadas con el proyecto deberán dirigirse al correo electrónico XXXX_Xxxx0@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. • Teniendo en cuenta que el desarrollo del contrato interadministrativo se inicia en una época donde prevalece en el trabajo virtual, es importante mencionar que todas las comunicaciones que se den vía correo electrónico se consideraran oficiales: Radicación de informes y entregables establecidos contractualmente: Serán enviados y radicados por correo electrónico (xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, xxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx ) especificando la versión del documento y de igual manera, se guardarán en el repositorio destinado por la FDN para tal fin como se explica más adelante.
Protocolo de comunicaciones. El CONCESIONARIO deberá proponer un protocolo de comunicaciones con el PSS ante casos de emergencia, que permita alertar en el más breve plazo sobre las contingencias o emergencias cuando ellas ocurran. BIENES QUE EL CONCEDENTE ENTREGARÁ PARA LAS OBRAS Los Bienes de la Concesión que el CONCEDENTE entregará en la oportunidad y bajo las condiciones establecidas en el Contrato de Concesión, para el ejercicio de los derechos y cumplimiento de las obligaciones asociadas a las Obras, sin carácter taxativo, son los siguientes: Conexiones domiciliarias existentes (aprox. ….. conexiones) Colectores secundarios existentes (aprox. …. km)

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  • Comunicaciones 6.1 Las comunicaciones cursadas entre las partes a las que se hace referencia en las Condiciones del Contrato sólo serán válidas cuando sean formalizadas por escrito. Las notificaciones entrarán en vigor una vez que sean entregadas.

  • AVISOS Y COMUNICACIONES 2.9.1. Los avisos y comunicaciones que intercambien las partes contratantes deberán ser formuladas por escrito en el domicilio señalado en la póliza o alternativamente por el medio de comunicación que ambas partes acuerden, bajo sanción de tenerse por no cursadas.

  • INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES/COMUNICACIONES Solicito que las notificaciones/comunicaciones me sean remitidas vía: Fax: (solo si tiene) Correo Electrónico:

  • NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES A efectos de garantizar el debido proceso y el principio de publicidad, los actos que decidan las peticiones y recursos deberán constar por escrito y se notificarán de conformidad con lo previsto en el Código Contencioso Administrativo. Los actos que no pongan fin a una actuación administrativa y los que resuelvan peticiones en interés general, serán objeto de comunicación en los términos del mismo Código. Lo anterior, en virtud de lo establecido en los artículos 43 y 44 de dicho Código.

  • COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES Cualquier comunicación, declaración o notificación relacionada con el presente Contrato deberá hacerse por escrito a la Aseguradora en el domicilio social indicado en la carátula o certificado de la Póliza. En todos los casos en que la dirección de las oficinas de la Aseguradora llegare a ser diferente de la que conste en la Póliza expedida, ésta deberá comunicar al Asegurado la nueva dirección en la República Mexicana para todas las informaciones y avisos que deban enviarse a la Compañía y para cualquier otro efecto legal. Los requerimientos y comunicaciones que la Compañía deba hacer al Asegurado o a sus causahabientes, tendrán validez si se hacen en la última dirección que conozca la Compañía. Las que se dirijan al Contratante y/o Asegurado, serán enviados al último domicilio que el mismo haya señalado para tal efecto.

  • INFRACCIONES Y SANCIONES Conforme a lo dispuesto en el Título Quinto de las Infracciones y sanciones, Capítulo Único de la “LAASSP” y Título Quinto de las Infracciones y Sanciones, Capítulo Único de su “Reglamento”.

  • Promociones Ocasionalmente, HostPapa puede ofrecer sus servicios a nuevos o antiguos clientes a tarifas con descuento o promocionales. Usted reconoce que cualquier promoción solo aplica a uno de sus Servicios si la promoción o descuento está claramente establecida como aplicable en el formulario de pedido en línea utilizado que usted utilizó para ordenar el Servicio.

  • PUBLICACIONES Dentro de los quince (15) días siguientes a de la notificación de la resolución aprobatoria del presente reglamento, el patrono debe publicarlo en el lugar de trabajo, mediante la fijación de dos (2) copias, de carácter legibles, en dos sitios distintos.- Si hubiera varios lugares de trabajo separados, la fijación debe hacerse en cada uno de ellos.- Con el reglamento debe fijarse la resolución aprobatoria (CST, art. 120).

  • COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito y en idioma castellano. Las comunicaciones entre la administración y el CONTRATISTA se harán a través de documentos escritos.

  • PRESTACIONES DEL ASEGURADOR 1. La dirección técnica y jurídica de la reclamación, si bien el Asegurado podrá hacer libre elección de Xxxxxxx y Procurador, que, en tal caso, no estarán sujetos a las instrucciones de la Compañía. 2. El ejercicio de las acciones, judiciales y extrajudiciales, de reclamación. 3. El pago de las minutas de honorarios y facturas de gastos debidos a las acciones de reclamación, de acuerdo con las normas y baremos de los correspondientes Colegios profesionales. 4. El pago de los adelantos de indemnizaciones previstos.