Prueba del siniestro Cláusulas de Ejemplo
Prueba del siniestro. El siniestro se presume ocurrido por un evento que hace responsable al asegurador. Sin perjuicio de lo anterior, el asegurador puede acreditar que el siniestro ha ocurrido por un hecho que no lo constituye en responsable de sus consecuencias, según el contrato o la ley. El asegurado deberá acreditar la ocurrencia del siniestro denunciado, y declarar fielmente y sin reticencia, sus circunstancias y consecuencias.
Prueba del siniestro. El siniestro se presume ocurrido por un evento que hace responsable al Asegurador. Sin perjuicio de lo anterior, el Asegurador puede acreditar que el siniestro ha ocurrido por un hecho que no lo constituye en responsable de sus consecuencias, según el contrato o la ley. El Asegurado deberá acreditar la ocurrencia del siniestro denunciado, y declarar fielmente y sin reticencia, sus circunstancias y consecuencias.
Prueba del siniestro. El siniestro se presume ocurrido por un evento que hace responsable a la Compañía. Sin perjuicio de lo anterior, la Compañía puede acreditar que el siniestro ha ocurrido por un hecho que no le constituye en responsable de sus consecuencias, según el contrato o la ley. El Asegurado deberá acreditar la ocurrencia del siniestro denunciado, y declarar fielmente y sin reticencia, sus circunstancias y consecuencias.
Prueba del siniestro. Corresponderá al asegurador el peso de probar que el siniestro ha ocurrido por un hecho o riesgo no comprendido en la póliza.
Prueba del siniestro. Tan pronto el beneficiario tuviere conocimiento del siniestro, deberá comunicarlo por escrito a la Compañía, dentro de los cinco días siguientes. Este plazo sólo correrá en contra de quienes tuvieren conocimiento del derecho constituído a su favor. La comprobación del fallecimiento del Asegurado se hará presentando a la Compañía la información correspondiente, en los formu- xxxxxx que ésta proporciona para tal fin, de conformidad con las instrucciones contenidas en ellos.
Prueba del siniestro. Si ocurriese el fallecimiento del Asegurado, el Contratante deberá comunicarlo por escrito a la Compañía, dentro de los cinco días subsiguientes a dicho acontecimiento. Este plazo sólo correrá en contra de quienes tuvieren conocimiento del derecho constituido a su favor. La comprobación del fallecimiento del Asegurado se hará presentando la siguiente documentación:
1. Detalle del Saldo de la deuda a la fecha de fallecimiento.
2. Formulario de:
3. Original de Certificación de la Partida de Nacimiento del Deudor asegurado
4. Original de Certificación de la Partida de Defunción del Deudor asegurado
5. Original de Certificación de reconocimiento de cadáver, si la muerte fue accidental o violenta.
6. Original y fotocopia del Documento Único de Identidad (DUI) del Deudor asegurado.
7. Cualquier otro documento que a juicio de la Compañía sea necesario
Prueba del siniestro. En caso de Fallecimiento, incumbe al beneficiario probar que se suscitó el Siniestro.
Prueba del siniestro. La comprobación del fallecimiento del asegurado se hará presentando certificación de la partida de defunción y demás documentos e informaciones que sean requeridos por la Compañía.
Prueba del siniestro. Dentro de los seis meses del descubrimiento de un siniestro, el Asegurado entregará prueba favorable del siniestro a los Aseguradores, por escrito certificado bajo juramento por el principal funcionario financiero del Asegurado y acompañado de todas las precisiones. La carga de la prueba recae sobre el Asegurado en lo que hace a la preparación de la prueba del siniestro con respecto a un siniestro para el cual se formula un reclamo según alguna Cláusula de Xxxxxx a fin de determinar que dicho siniestro resultó directamente del riesgo asegurado y no de condiciones económicas o de otras causas que hayan contribuido a él.
Prueba del siniestro. El siniestro se presume ocurrido por un evento que hace responsable al asegurador.