Publicidad de la formalización Cláusulas de Ejemplo

Publicidad de la formalización. De la formalización del contrato se dará publicidad según lo dispuesto en el artículo 154 TRLCSP.
Publicidad de la formalización. De la formalización del contrato se dará publicidad según lo dispuesto en el art. 138 LCSP.
Publicidad de la formalización. 1-. En el perfil de contratante del órgano de contratación indicando, como mínimo, los mismos datos mencionados en el anuncio de la adjudicación, en aquellos contratos de cuantía igual o superior a 18.000 euros IVA excluido.
Publicidad de la formalización. De la formalización del contrato se dará publicidad según lo dispuesto en el artículo 154 TRLCSP, en el plazo de 30 días desde la formalización (plazo aplicable por efecto directo de los artículos 50.1 y 75.2 Directiva 2014/24/UE.
Publicidad de la formalización. La formalización de los contratos se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación en el plazo de QUINCE DÍAS NATURALES desde la firma, indicando en el anuncio los mismos datos mencionados en el anuncio de adjudicación.
Publicidad de la formalización. De la formalización del contrato se dará publicidad según lo dispuesto en el art. 154 TRLCSP. La adjudicación del contrato, en todo caso deberá ser motivada, y se notificará a los licitadores. La adjudicación se publicará simultáneamente en el perfil de contratante. Asimismo deberá remitirse anuncio al Diario Oficial de la Unión Europea que deberá reunir sintéticamente información relativa tanto a la adjudicación como a la formalización.
Publicidad de la formalización. La formalización de los contratos de servicios cuya cuantía sea igual o superior a 18.000 € se publicará en el perfil de contratante del Ayuntamiento xx Xxxx indicando los mismos datos mencionados en el anuncio de adjudicación. Cuando la cuantía del contrato sea igual o superior a 100.000 €, deberá publicarse, además, en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxx, un anuncio en el que se dé cuenta de dicha formalización, en un plazo no superior a cuarenta y ocho días a contar desde la fecha de la misma. Cuando se trate de contratos de cuantía superior a 200.000 €, o la cuantía que en cada momento se apruebe por la Comisión Europea en sustitución de ésta, este anuncio deberá enviarse al DOUE y publicarse en el BOE, con la especialidad prevista en el artículo 138.4 para los contratos de las categorías 17 a 27 del anexo II de la LCSP. Una vez expirado el plazo para recurrir la adjudicación, toda la documentación de las ofertas que no resulten adjudicatarias, a excepción del modelo de oferta económica, será devuelta a los licitadores que lo soliciten, siendo a su xxxxx los gastos que esta devolución puedan suponer. Transcurridos seis meses desde la adjudicación del contrato sin que se proceda a retirar dicha documentación, será destruida por el Ayuntamiento para su posterior reciclado, a excepción, en caso de haberse exigido su constitución, de los documentos justificativos de la garantía provisional, que se conservarán para su entrega a los interesados.
Publicidad de la formalización. Al tratarse de un contrato de servicio de la categoría 17, por cuantía igual o superior a 207.000 €, de acuerdo con lo establecido en el artículo 154 del TRLCSP, la publicación de la formalización del contrato deberá realizarse en el B.O.P. de Albacete, en el perfil del contratante, así como se comunicará la adjudicación a la Comisión Europea, indicando si se estima o no conveniente su publicación.
Publicidad de la formalización. La formalización del contrato junto con el correspondiente contrato se publicará en un plazo no superior a quince días (ocho días en caso de tramitación urgente) tras el perfeccionamiento del contrato en el perfil de contratante del órgano de contratación. Si estuviera sujeto a regulación armonizada, el anuncio de formalización deberá publicarse además, en el Diario Oficial de la Unión Europea a más tardar 10 días después de la formalización del contrato. El anuncio de formalización no se publicará en el Perfil de Contratante antes de su publicación en el «Diario Oficial de la Unión Europea», debiendo indicar la fecha de aquel envío, de la que los servicios dependientes del órgano de contratación dejarán prueba suficiente en el expediente, y no podrán contener indicaciones distintas a las incluidas en dicho anuncio. No obstante, en todo caso podrán publicarse si el órgano de contratación no ha recibido notificación de su publicación a las 48 horas de la confirmación de la recepción del anuncio enviado. El anuncio de formalización contendrá la información recogida en el Anexo III de la LCSP2017.
Publicidad de la formalización. La formalización del contrato se publicará en la Plataforma de contratación del Sector Público , con los datos previstos en el anexo III de la LCSP, en un plazo no superior a quince días tras el perfeccionamiento del contrato. Con carácter general, constituyen obligaciones del contratista las descritas en el Pliego de Prescripciones Técnicas que se adjunta.