Recursos adicionales. El monto de los recursos adicionales que, de conformidad con el Artículo 6.04 de las Normas Generales, el Prestatario se compromete a aportar oportunamente para la completa e ininterrumpida ejecución del Programa, se estima en el equivalente de tres millones setecientos mil dólares (US$3.700.000), sin que esta estimación implique limitación o reducción de la obligación del Prestatario de conformidad con dicho Artículo. Este monto podrá incluir el equivalente de tres millones de dólares (US$3.000.000), provenientes del Fondo Nórdico para el Desarrollo. Para computar la equivalencia en dólares, se seguirá la regla señalada en el inciso (c) del Artículo 3.05 de las Normas Generales.
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Samples: Loan Agreement
Recursos adicionales. El monto de los recursos adicionales que, de conformidad con el Artículo 6.04 de las Normas Generales, el Prestatario se compromete a aportar oportunamente para la completa e ininterrumpida ejecución del Programa, se estima en el equivalente de tres dos millones setecientos quinientos ochenta mil dólares (US$3.700.0002.580.000), sin que esta estimación implique limitación o reducción de la obligación del Prestatario de conformidad con dicho Artículo. Este monto podrá incluir el equivalente de tres millones de dólares (US$3.000.000), provenientes del Fondo Nórdico para el Desarrollo. Para computar la equivalencia en dólares, se seguirá la regla señalada en el inciso (cb) del Artículo 3.05 3.06 de las Normas Generales.
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Samples: Loan Agreement
Recursos adicionales. El monto de los recursos adicionales que, de conformidad con el Artículo 6.04 de las Normas Generales, el Prestatario se compromete a aportar oportunamente para la completa e ininterrumpida ejecución del Programa, se estima en el equivalente de tres dos millones setecientos quinientos mil dólares (US$3.700.0002.500.000), sin que esta estimación implique limitación o reducción de la obligación del Prestatario de conformidad con dicho Artículo. Este monto podrá incluir el equivalente de tres millones de quinientos mil dólares (US$3.000.000)500.000) provenientes de una donación de la Cooperación Alemana, provenientes del Fondo Nórdico para el Desarrolloa través de la GTZ. Para computar la equivalencia en dólares, se seguirá la regla señalada en el inciso (cb) del Artículo 3.05 3.06 de las Normas Generales.
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Samples: Loan Agreement
Recursos adicionales. El monto de los recursos adicionales a los xxx Xxxxxxxx que, de conformidad con el Artículo 6.04 7.04 de las Normas Generales, el Prestatario se compromete a aportar oportunamente para la completa e ininterrumpida ejecución del ProgramaProyecto, se estima en el equivalente de tres cuarenta y un millones setecientos mil dólares Dólares (US$3.700.00041.700.000), sin que esta estimación implique limitación o reducción de la obligación del Prestatario de conformidad con dicho Artículo. Este monto podrá incluir el equivalente de tres millones de dólares (US$3.000.000), provenientes del Fondo Nórdico para el Desarrollo. Para computar la equivalencia en dólaresDólares, se seguirá la regla señalada seleccionada por el Prestatario en el inciso (c) del Artículo la Cláusula 3.05 de las Normas Generalesestas Estipulaciones Especiales.
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Samples: Loan Agreement
Recursos adicionales. El monto de los recursos adicionales que, de conformidad con el Artículo 6.04 de las Normas Generales, el Prestatario se compromete a aportar oportunamente para la completa e ininterrumpida ejecución del Programa, se estima en el equivalente de tres millones setecientos mil de dólares (US$3.700.0003.000.000), sin que esta estimación implique limitación o reducción de la obligación del Prestatario de conformidad con dicho Artículo. Este monto podrá incluir Las municipalidades seleccionadas en el Programa aportarán recursos adicionales al aporte del Prestatario, hasta por la suma del equivalente de tres a doce millones de dólares (US$3.000.00012.000.000), provenientes del Fondo Nórdico para el Desarrollo. Para computar la equivalencia en dólares, se seguirá la regla señalada en el inciso (cb) del Artículo 3.05 3.06 de las Normas Generales.
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Recursos adicionales. El monto de los recursos adicionales que, de conformidad con el Artículo 6.04 de las Normas Generales, el Prestatario se compromete a aportar oportunamente para la completa e ininterrumpida ejecución del Programa, se estima en el equivalente de tres dos millones setecientos quinientos mil dólares (US$3.700.0002.500.000), sin que esta podrá incluir por lo menos el equivalente de quinientos cincuenta mil dólares (US$550.000) provenientes de las PYMES y de los Oferentes Beneficiarios. Esta estimación implique no implica limitación o reducción de la obligación del Prestatario de conformidad con dicho Artículo. Este monto podrá incluir el equivalente de tres millones de dólares (US$3.000.000), provenientes del Fondo Nórdico para el Desarrollo. Para computar la equivalencia en dólares, se seguirá la regla señalada en el inciso (cb) del Artículo 3.05 3.06 de las Normas Generales.
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