Common use of RECURSOS Clause in Contracts

RECURSOS. En los supuestos previstos en el artículo 44 de la LCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de 15 días hábiles, en los términos previstos en el artículo 50 de la LCSP. El órgano competente para conocer del recurso será la Comisión Jurídica de Extremadura. Contra las actuaciones susceptibles de ser impugnadas mediante recurso especial no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios. Los actos que se dicten en los procedimientos de adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas que no reúnan los requisitos del apartado 1 del artículo 44 LCSP podrán ser objeto de recurso, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa. 1.- Definición del objeto del contrato: Códigos CPV: División en lotes: SI Número y denominación de los Lotes: Lote 1: Servicios de migración, mantenimiento, soporte y gestión de las infraestructuras, sistemas de comunicaciones y sistemas de información. Este lote contempla: Lote 2: Licenciamiento y soporte del programa para la gestión del inventario y de las incidencias. Este lote contempla: Número máximo de lotes a que los licitadores podrán presentar ofertas: A todos. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato: Las previstas en la cláusula primera xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas.

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Samples: Contrato Administrativo Para La Prestación Del Servicio De Licenciamiento Y Soporte

RECURSOS. En Con respecto a las cuestiones litigiosas relativas a la preparación y adjudicación de este contrato serán susceptibles del recurso especial en materia de contratación, ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Granada, previo a la interposición del contencioso administrativo los supuestos previstos en el artículo 44 de la LCSP, procederá con 40 del TRLCSP. La interposición del citado recurso tendrá carácter potestativo y deberá efectuarse en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que se remita la notificación del acto impugnado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151.4 del TRLCSP, sin que proceda la interposición del recurso administrativo potestativo de reposición. Contra la resolución del recurso especial en materia de contratación, previo al sólo cabrá la interposición del recurso contencioso-administrativo, . Para aquellos supuestos no contemplados en el plazo de 15 días hábilescitado artículo, en los términos previstos en el artículo 50 de la LCSP. El órgano competente para conocer del recurso será la Comisión Jurídica de Extremadura. Contra las actuaciones susceptibles de ser impugnadas mediante recurso especial no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios. Los actos que se dicten en los procedimientos de adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas que no reúnan los requisitos del apartado 1 del artículo 44 LCSP podrán ser objeto de recurso, y de conformidad con lo dispuesto establecido en los artículos 123 y siguientes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones PúblicasPúblicas cabrá la interposición del recurso potestativo de reposición, así como en la Ley 29/1998el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de 13 de julio, Reguladora notificación de la resolución, o ser impugnados directamente ante la Jurisdicción Contencioso- administrativa. 1.- Definición del objeto del contratoContencioso Administrativa. La Técnico Superior Lda. Dcho. Fdo. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx CONFORME: Códigos CPV: División en lotes: SI Número y denominación de los Lotes: Lote 1: Servicios de migración, mantenimiento, soporte y gestión de las infraestructuras, sistemas de comunicaciones y sistemas de información. Este lote contempla: Lote 2: Licenciamiento y soporte del programa para la gestión del inventario y de las incidencias. Este lote contempla: Número máximo de lotes a que los licitadores podrán presentar ofertas: A todos. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato: Las previstas en la cláusula primera xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas.EL ADJUDICATARIO FECHA Y FIRMA

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Samples: Patrocinio Publicitario

RECURSOS. En Los acuerdos marco así como los contratos basados, en los supuestos previstos en el artículo 44 de la LCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación, contratación previo al contencioso-administrativo, en el plazo de 15 días hábiles, en los términos previstos en el artículo 50 de la LCSP. El órgano competente para conocer del recurso será el Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comisión Jurídica Comunidad de ExtremaduraMadrid. Contra las actuaciones susceptibles de ser impugnadas mediante recurso especial especial, no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios. Los actos que se dicten en los procedimientos de adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas que Cuando no reúnan los requisitos del apartado 1 del artículo 44 LCSP podrán ser objeto de recurso, recurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ; así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Contencioso-administrativa.. POR LA ADMINISTRACIÓN, FECHA Y FIRMA CONFORME: EL ADJUDICATARIO FECHA Y FIRMA CARACTERÍSTICAS DEL EXPEDIENTE I. CARACTERÍSTICAS DEL ACUERDO XXXXX 1.- Configuración general del acuerdo xxxxx. (Cláusulas 5, 9, 15, 23, 26, 30, y 54) 1.1. Definición del objeto del contrato: Códigos acuerdo xxxxx. 1.2. Código/s CPV: División en lotes: SI Número y denominación de los Lotes: Lote 1: Servicios de migración, mantenimiento, soporte y gestión de las infraestructuras, sistemas de comunicaciones y sistemas de información. Este lote contempla: Lote 2: Licenciamiento y soporte del programa para la gestión del inventario y de las incidencias. Este lote contempla: Número máximo de lotes a que los licitadores podrán presentar ofertas: A todos: 1.3. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contratoacuerdo marco39 40. 1.4. División en lotes: Las previstas NO Justificación de la no división en lotes del acuerdo marco41: 1.5. Obligación de subrogación por norma legal, un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general (artículo 130): [No] [Si, en su totalidad] [Si, en determinados servicios: (Indicar cuales)] El Anexo VIII al presente pliego incluye la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación en la cláusula primera xxx Xxxxxx ejecución del acuerdo marco a través de prescripciones técnicaslos contratos basados, al objeto de permitir una exacta evaluación de los costes laborales. Esta información se facilita en cumplimiento de lo previsto en el artículo 130 LCSP.) 1.6. Empresas parte del acuerdo marco42: [nº máximo de empresas a seleccionar:] [Todas aquellas empresas que hayan superado un mínimo de puntuación de (...) puntos en el total obtenido en los criterios de adjudicación ofertados.] 1.7. Acuerdo marco reservado de conformidad con la D.A. 4ª LCSP: [SÍ]/[NO] [a Centros Especiales de Empleo de iniciativa social] [a Empresas de inserción ] [indistintamente a Centros Especiales de Empleo de iniciativa social y a empresas de inserción]) 1.8. Cesión y tratamiento de datos. - Acuerdo marco cuyos contratos basados en su ejecución implique la cesión de datos por parte de entidades del sector público al contratista: [SI] [NO] - Acuerdo marco cuyos contratos basados en su ejecución requiera el tratamiento por el contratista de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento: [SI] [NO] [(En caso afirmativo respecto del tratamiento, indicar: - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 122.2 letra a) LCSP, se indica que la finalidad para la cual se cederán los datos personales es: (Indicar) Asimismo se hace constar, a tenor de lo dispuesto en el artículo 122.2 letras b) y d) LCSP, las siguientes obligaciones: La obligación de los futuros contratistas de someterse en todo caso a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos, sin perjuicio de lo establecido en el último párrafo del apartado 1 del artículo 202 LCSP. La obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del acuerdo marco, de la información facilitada en la declaración a la que se refiere la letra c) del apartado 2 del artículo 122 LCSP. Estas obligaciones recogidas en las letras a), b) y d) del apartado 2 del artículo 122 LCSP, son calificadas como esenciales a los efectos de lo previsto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211 LCSP.] 2.- Órganos administrativos. (Cláusulas 2, 25 y 51) Órgano de contratación: Oficina contable: Órgano destinatario del objeto del acuerdo marco 3.- Unidad encargada del seguimiento y ejecución del acuerdo xxxxx. (Cláusula 4) 4.- Valor Estimado del acuerdo xxxxx. (Cláusulas 6 y 16) 5.- Revisión de precios (Cláusula 10). 44 6.- Plazo de ejecución y lugar de ejecución. (Cláusulas 7 y 8)

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Samples: Acuerdo Marco De Servicios

RECURSOS. En Los acuerdos marco así como los contratos basados, en los supuestos previstos en el artículo 44 de la LCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación, contratación previo al contencioso-administrativo, en el plazo de 15 días hábiles, en los términos previstos en el artículo 50 de la LCSP. El órgano competente para conocer del recurso será el Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comisión Jurídica Comunidad de ExtremaduraMadrid. Contra las actuaciones susceptibles de ser impugnadas mediante recurso especial especial, no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios. Los actos que se dicten en los procedimientos de adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas que Cuando no reúnan los requisitos del apartado 1 del artículo 44 LCSP podrán ser objeto de recurso, recurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ; así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Contencioso-administrativa. POR LA ADMINISTRACIÓN, FECHA Y FIRMA CONFORME: EL ADJUDICATARIO FECHA Y FIRMA CARACTERÍSTICAS DEL EXPEDIENTE - CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL ACUERDO MARCO COMUNES A TODOS LOS LOTES. 1.- A) Configuración general del acuerdo marco. (Cláusula 5) A.1. Definición del objeto del contrato: Códigos acuerdo xxxxx. A.2. Código/s CPV: : A.3. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el acuerdo marco 39 40 : A.4. División en lotes: SI Número y denominación de los Loteslotes: Lote 1: Servicios de migración, mantenimiento, soporte y gestión de las infraestructuras, sistemas de comunicaciones y sistemas de información. Este lote contempla: Lote 2: Licenciamiento y soporte del programa para la gestión del inventario y de las incidencias. Este lote contempla: [Número máximo de lotes a que los licitadores podrán presentar ofertas: A todos[a todos los lotes] [<número>] 41 [Limitación del número de lotes a adjudicar: [SÍ] [NO] [Número de lotes que como máximo se pueden adjudicar a un solo licitador42: Criterios objetivos a aplicar para determinar los lotes que serán adjudicados43:] [Oferta integradora] [SÍ] [NO]44 (En caso afirmativo) Combinación o combinaciones que se admiten: Clasificación o solvencia exigida para cada combinación: A.5. Necesidades administrativas Lotes reservados de conformidad con la D.A. 4ª LCSP: [SÍ]/[NO] Nº lote [Tipo de reserva] [a satisfacer mediante el contrato: Las previstas en la cláusula primera xxx Xxxxxx Centros Especiales de prescripciones técnicas.Empleo de iniciativa social] [a Empresas de inserción ] [indistintamente a Centros Especiales de Empleo de iniciativa social y a empresas de inserción])

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Samples: Acuerdo Marco De Servicios

RECURSOS. En Los acuerdos marco así como los contratos basados, en los supuestos previstos en el artículo 44 de la LCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación, contratación previo al contencioso-administrativo, en el plazo de 15 días hábiles, en los términos previstos en el artículo 50 de la LCSP. El órgano competente para conocer del recurso será el Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comisión Jurídica Comunidad de ExtremaduraMadrid. Contra las actuaciones susceptibles de ser impugnadas mediante recurso especial especial, no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios. Los actos que se dicten en los procedimientos de adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas que Cuando no reúnan los requisitos del apartado 1 del artículo 44 LCSP podrán ser objeto de recurso, recurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ; así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Contencioso-administrativa. POR LA ADMINISTRACIÓN, FECHA Y FIRMA CONFORME: EL ADJUDICATARIO FECHA Y FIRMA CARACTERÍSTICAS DEL EXPEDIENTE - CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL ACUERDO MARCO COMUNES A TODOS LOS LOTES. 1.- A) Configuración general del acuerdo marco. (Cláusula 5) A.1. Definición del objeto del contrato: Códigos acuerdo xxxxx. A.2. Código/s CPV: : A.3. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el acuerdo marco 39 40 : A.4. División en lotes: SI Número y denominación de los Loteslotes: Lote 1: Servicios de migración, mantenimiento, soporte y gestión de las infraestructuras, sistemas de comunicaciones y sistemas de información. Este lote contempla: Lote 2: Licenciamiento y soporte del programa para la gestión del inventario y de las incidencias. Este lote contempla: [Número máximo de lotes a que los licitadores podrán presentar ofertas: A todos[a todos los lotes] [<número>] 41 [Limitación del número de lotes a adjudicar: [SÍ] [NO] [Número de lotes que como máximo se pueden adjudicar a un solo licitador42: Criterios objetivos a aplicar para determinar los lotes que serán adjudicados43:] - [Oferta integradora] [SÍ] [NO]44 (En caso afirmativo) Combinación o combinaciones que se admiten: Clasificación o solvencia exigida para cada combinación: A.5. Necesidades administrativas Lotes reservados de conformidad con la D.A. 4ª LCSP: [SÍ]/[NO] Nº lote [Tipo de reserva] [a satisfacer mediante el contratoCentros Especiales de Empleo de iniciativa social] [a Empresas de inserción ] [indistintamente a Centros Especiales de Empleo de iniciativa social y a empresas de inserción] La reserva se ejecutará a través de la subcontratación como criterio de adjudicación de los contratos basados: Las previstas en la cláusula primera xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas.[SÍ]/[NO] ])

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Samples: Acuerdo Marco

RECURSOS. En los supuestos previstos en el artículo 44 de la LCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de 15 días hábiles, en los términos previstos en el artículo 50 de la LCSP. El órgano competente para conocer del recurso será la Comisión Jurídica de Extremadura. Contra las actuaciones susceptibles de ser impugnadas mediante recurso especial no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios. Los actos que se dicten en los procedimientos de adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas que no reúnan los requisitos del apartado 1 del artículo 44 LCSP podrán ser objeto de recurso, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa. En Plasencia, a 12 de septiembre de 2019. 1.- Definición del objeto del contrato: Códigos Código/s CPV: 77311000-3 Servicios de mantenimiento xx xxxxxxxx y parques División en lotes: SI Número y denominación de los Loteslotes: Lote 1: Servicios En el anexo IV xxx Xxxxxx de migraciónprescripciones técnicas, mantenimientose establece la relación de trabajadores a los que afecta la subrogación, soporte y gestión el resto de las infraestructuras, sistemas de comunicaciones y sistemas de informacióninformación a que hace referencia el artículo 130 LCSP. Este lote contempla: Lote 2: Licenciamiento y soporte del programa para la gestión del inventario y de las incidencias. Este lote contempla: Número máximo de lotes a que los licitadores podrán presentar ofertas: A todosa todos los lotes. Oferta integradora: No Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato: Las previstas en la cláusula primera xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas.el informe municipal que se incorpora al expediente

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Samples: Contrato Administrativo

RECURSOS. En los supuestos previstos en Artículo 34.­ Objeción del cartel 1.­ Contra el artículo 44 cartel de licitación pública podrá interponerse recurso de objeción, dentro del primer tercio del plazo para presentar ofertas. El recurso, debidamente fundado, se presentará ante la Contraloría General de la LCSPRepública. 2.­ Todo oferente potencial o su representante, procederá con carácter potestativo podrá interponer el recurso de objeción cuando considere que ha habido vicios de procedimiento, se ha incurrido en alguna violación de los principios fundamentales de la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación, previo al contencioso-administrativocontratación o se ha quebrantado, en alguna forma, el plazo ordenamiento regulador de 15 la materia. 3.­ El recurso de objeción deberá resolverse dentro de los treinta días hábilesnaturales siguientes a su presentación. Si no se resolviere dentro de este plazo, la objeción se tendrá por acogida favorablemente, en los términos previstos indicados por el recurrente en la fundamentación del recurso. 4.­ Quien habiendo podido recurrir no lo hiciere, o no alegare las violaciones o quebrantos a que tuviere derecho, no podrá utilizar estos argumentos en el artículo 50 recurso de apelación en contra del acto de adjudicación. 5) Cuando se presenten recursos de objeción al cartel, e independientemente de los aspectos que se hayan objetado, la Contraloría General de la LCSPRepública estará obligada a revisar el cartel en forma integral y a advertir, a la administración, si considera que existen vicios de procedimiento o que en él se ha incurrido en alguna violación de los principios de la contratación administrativa o se ha quebrantado, en alguna forma, la normativa vigente en la materia. 1.­ Contra el acto de adjudicación podrá interponerse recurso de apelación, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación del acuerdo en La Gaceta. El órgano competente para conocer del recurso será la Comisión Jurídica de Extremadura. Contra las actuaciones susceptibles de ser impugnadas mediante recurso especial no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios. Los actos que se dicten en los procedimientos de adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas que no reúnan los requisitos del apartado 1 del artículo 44 LCSP podrán ser objeto de recurso, de conformidad con lo dispuesto en debidamente fundamentado, se presentará ante la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora Contraloría General de la Jurisdicción Contencioso- administrativaRepública. 1.- Definición del objeto del contrato: Códigos CPV: División en lotes: SI Número y denominación de los Lotes: Lote 1: Servicios de migración, mantenimiento, soporte y gestión de las infraestructuras, sistemas de comunicaciones y sistemas de información. Este lote contempla: Lote 2: Licenciamiento y soporte del programa para la gestión del inventario y de las incidencias. Este lote contempla: Número máximo de lotes a que los licitadores podrán presentar ofertas: A todos. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato: Las previstas en la cláusula primera xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas.

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Samples: Ley General De Concesión De Obras Públicas Con Servicios Públicos

RECURSOS. En los supuestos previstos Los contratos celebrados al amparo de lo establecido en el artículo 44 punto 2 de esta Instrucción son contratos privados. Cualquier reclamación relativa a la preparación, adjudicación, efectos y extinción de los mismos deberá solventarse ante la Jurisdicción Civil previo agotamiento de reclamación previa que deberá presentarse ante el Consejo de Dirección del Instituto Aragonés de Fomento. De igual modo, los actos de trámite dictados por la Mesa de Contratación que decidan directa o indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, deberán solventarse ante la Jurisdicción Civil previo agotamiento de reclamación previa que deberá presentarse ante el Consejo de Dirección del Instituto Aragonés de Fomento. Se excepcionan de los anteriores, los actos de trámite dictados por la Mesa de Contratación en los procedimientos relativos a la contratación de servicios de las categorías 17 a 27, ambas incluidas, de valor estimado igual o superior a 200.000 euros, contra los cuales procede el recurso especial regulado en los arts. 40 y siguientes del Texto Refundido de la LCSP, procederá con carácter potestativo la interposición Ley de Contratos del recurso administrativo especial en materia Sector Público. En el caso de contratación, previo al contencioso-administrativocontratos de servicios de las categorías 17 a 27 (ambas inclusive) de valor estimado igual o superior a 200.000 euros, en el plazo de 15 días hábiles, en los términos previstos en el artículo 50 de la LCSP. El órgano competente para conocer del recurso será la Comisión Jurídica de Extremadura. Contra cuanto a las actuaciones susceptibles de ser impugnadas mediante recurso especial no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios. Los actos decisiones que se dicten adopten en los procedimientos de adjudicación adjudicación, regirá el recurso especial establecido en el art. 40 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y será órgano competente para resolver dicho recurso el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos xx Xxxxxx. Este Tribunal será competente también para conocer y resolver los contratos de las Administraciones Públicas que no reúnan los requisitos del apartado 1 del artículo 44 LCSP podrán ser objeto obras de recurso, importe superior a 1.000.000 de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa. 1.- Definición del objeto del contrato: Códigos CPV: División en lotes: SI Número y denominación de los Lotes: Lote 1: Servicios de migración, mantenimiento, soporte y gestión de las infraestructuras, sistemas de comunicaciones y sistemas de información. Este lote contempla: Lote 2: Licenciamiento y soporte del programa para la gestión del inventario euros y de las incidencias. Este lote contempla: Número máximo de lotes suministros y servicios superior a que los licitadores podrán presentar ofertas: A todos. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato: Las previstas en la cláusula primera xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas100.000 euros.

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Samples: Instrucción De Contratación

RECURSOS. En los supuestos previstos en el artículo 44 virtud de la LCSPsu cuantía, procederá con carácter potestativo la interposición del este procedimiento de contratación será susceptible de recurso administrativo especial en materia de contratación, contratación previo al a la interposición del contencioso-administrativo. Dicho recurso, de carácter potestativo, deberá interponerse en el plazo registro del órgano de 15 días hábiles, en los términos previstos en el artículo 50 de la LCSP. El órgano competente para conocer del recurso será contratación o ante la Comisión Jurídica de Extremadura. Contra las actuaciones susceptibles de ser impugnadas mediante recurso especial no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios. Los actos que se dicten en los procedimientos de adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas que no reúnan los requisitos del apartado 1 del artículo 44 LCSP podrán ser objeto de recurso, de conformidad con el Decreto 3/2016, de 12 de enero, por el que se modifica el Decreto 99/2009, de 8 xx xxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Abogacía General de la Junta de Extremadura y el Decreto 261/2015, de 7 xx xxxxxx, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública (publicado en el D.O.E de 19 de enero de 2016), según lo que dispone el artículo 41 del TRLCSP. La tramitación del citado recurso se ajustará a lo dispuesto en los artículos 40 a 49 del TRLCSP. Contra la Ley 39/2015resolución del recurso solo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 10, letras k) y l) del apartado 1 y en el artículo 11, letra f) de su apartado 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa. 1.- Definición Administrativa. La interposición del recurso especial deberá anunciarse previamente mediante escrito especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del contrato: Códigos CPV: División mismo, presentado ante el órgano de contratación en lotes: SI Número y denominación de los Lotes: Lote 1: Servicios de migración, mantenimiento, soporte y gestión de las infraestructuras, sistemas de comunicaciones y sistemas de información. Este lote contempla: Lote 2: Licenciamiento y soporte del programa el mismo plazo previsto para la gestión interposición del inventario y recurso. Alternativamente, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de las incidenciasJusticia de Extremadura en el plazo de dos meses a computar desde el día siguiente al de su notificación. Este lote contempla: Número máximo Contra los actos del órgano de lotes a contratación no susceptibles de recurso especial, así como los que los licitadores podrán presentar ofertas: A todos. Necesidades administrativas a satisfacer mediante se dicten en contratos no comprendidos en el contrato: Las previstas artículo 40 del TRLCSP, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, o ser impugnado directamente ante la cláusula primera xxx Xxxxxx Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de prescripciones técnicasdos meses.

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Samples: Servicio De Realización De Contenidos Multimedia

RECURSOS. En los supuestos previstos Si el presupuesto de gasto de primer establecimiento del contrato es superior a 500.000 euros, para lo que se estará a lo establecido en el artículo 44 apartado 6 del anexo I, y el plazo de la LCSPduración superior a cinco años, procederá con carácter potestativo la interposición circunstancia que se indica en el apartado 20 del anexo I. Serán susceptibles de recurso administrativo especial en materia de contratación, previo al contencioso-administrativolos anuncios de licitación, los pliegos y documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, a estos efectos se considerarán actos de trámite que determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento las actas de la mesa de contratación por las que se acuerde la exclusión de licitadores. El recurso especial en materia de contratación tiene carácter potestativo, pudiendo presentarse el escrito de interposición en el registro del Órgano de contratación o del competente para la resolución, en el plazo de 15 quince días hábiles, en los términos previstos hábiles computados conforme a lo dispuesto en el artículo 50 Art. 314 de la LCSP, previo anuncio por escrito al Órgano de contratación. El órgano competente para conocer La resolución dictada será directamente ejecutiva y sólo cabrá la interposición del recurso será la Comisión Jurídica de Extremadura. Contra las actuaciones susceptibles de ser impugnadas mediante recurso especial no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarioscontencioso- administrativo. Los actos del Órgano de contratación no susceptibles de recurso especial, así como las que se dicten en los procedimientos de adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas que no reúnan los requisitos del apartado 1 del artículo 44 LCSP podrán ser objeto de recurso, de conformidad con lo dispuesto comprendidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora el Art. 310 de la Jurisdicción Contencioso- LCSP serán inmediatamente ejecutivos, poniendo fin a la vía administrativa. Contra estas resoluciones podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de la notificación de la resolución, o ser impugnado directamente ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa. En Coslada, a 15 de octubre de 2010 LA JEFA DE CONTRATACIÓN Y COMPRAS, Fdo. 1.- Definición del objeto del contrato: Códigos CPV: División en lotes: SI Número y denominación de los Lotes: Lote 1: Servicios de migración, mantenimiento, soporte y gestión de las infraestructuras, sistemas de comunicaciones y sistemas de información. Este lote contempla: Lote 2: Licenciamiento y soporte del programa para la gestión del inventario y de las incidencias. Este lote contempla: Número máximo de lotes a que los licitadores podrán presentar ofertas: A todos. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato: Las previstas en la cláusula primera xxx Xxxxxx de prescripciones técnicasXx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx.

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Samples: Contract for Public Services Management

RECURSOS. En Los acuerdos marco así como los contratos basados, en los supuestos previstos en el artículo 44 de la LCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación, contratación previo al contencioso-administrativo, en el plazo de 15 días hábiles, en los términos previstos en el artículo 50 de la LCSP. El órgano competente para conocer del recurso será el Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comisión Jurídica Comunidad de ExtremaduraMadrid. Contra las actuaciones susceptibles de ser impugnadas mediante recurso especial especial, no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios. Los actos que se dicten en los procedimientos de adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas que Cuando no reúnan los requisitos del apartado 1 del artículo 44 LCSP podrán ser objeto de recurso, recurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ; así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Contencioso-administrativa. POR LA ADMINISTRACIÓN, FECHA Y FIRMA CONFORME: EL ADJUDICATARIO FECHA Y FIRMA CARACTERÍSTICAS DEL EXPEDIENTE - CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL ACUERDO MARCO COMUNES A TODOS LOS LOTES. 1.- A) Configuración general del acuerdo marco. (Cláusula 5) A.1. Definición del objeto del contrato: Códigos acuerdo xxxxx. A.2. Código/s CPV: : A.3. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el acuerdo marco 39 40 : A.4. División en lotes: SI Número y denominación de los Loteslotes: Lote 1: Servicios de migración, mantenimiento, soporte y gestión de las infraestructuras, sistemas de comunicaciones y sistemas de información. Este lote contempla: Lote 2: Licenciamiento y soporte del programa para la gestión del inventario y de las incidencias. Este lote contempla: [Número máximo de lotes a que los licitadores podrán presentar ofertas: A todos[a todos los lotes] [<número>] 41 [Limitación del número de lotes a adjudicar: [SÍ] [NO] [Número de lotes que como máximo se pueden adjudicar a un solo licitador42: Criterios objetivos a aplicar para determinar los lotes que serán adjudicados43:] - [Oferta integradora] [SÍ] [NO]44 (En caso afirmativo) Combinación o combinaciones que se admiten: Clasificación o solvencia exigida para cada combinación: A.5. Necesidades administrativas Lotes reservados de conformidad con la D.A. 4ª LCSP: [SÍ]/[NO] [a satisfacer mediante el contrato: Las previstas en Centros Especiales de Empleo de iniciativa social] [a Empresas de inserción ] [indistintamente a Centros Especiales de Empleo de iniciativa social y a empresas de inserción]) [La reserva se ejecutará a través de la cláusula primera xxx Xxxxxx subcontratación de prescripciones técnicas.los contratos basados con Centros Especiales de Empleo de iniciativa social] [La reserva se ejecutará a través de la subcontratación de los contratos basados con Empresas de Inserción] [La reserva se ejecutará a través de la subcontratación de los contratos basados con Centros Especiales de Empleo de iniciativa social o con empresas de inserción]

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Samples: Acuerdo Marco

RECURSOS. En Serán susceptibles de recurso especial el acuerdo de adjudicación, los supuestos previstos anuncios de licitación, los pliegos reguladores de la licitación, los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, y los actos de trámite adoptados en el artículo 44 procedimiento antecedente, siempre que éstos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. Teléfono de Atención al Usuario: 955 038 665 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx-xxxxxxx.xxx La tramitación del citado recurso se ajustará a lo dispuesto en los artículos 40 y siguientes del TRLCSP. Contra la LCSP, procederá con carácter potestativo la interposición resolución del recurso administrativo especial en materia de contratación, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de 15 días hábiles, en los términos previstos en el artículo 50 de la LCSP. El órgano competente para conocer del recurso será la Comisión Jurídica de Extremadura. Contra las actuaciones susceptibles de ser impugnadas mediante recurso especial no solo procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios. Los actos que se dicten en los procedimientos de adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas que no reúnan los requisitos del apartado 1 del artículo 44 LCSP podrán ser objeto de recurso, de conformidad con recurso contencioso- administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los actos que se dicten en el procedimiento de adjudicación que no sean susceptibles de recurso especial podrán ser objeto de recurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativaAdministrativa. El presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares ha sido elaborado por la Dirección de Servicios Generales del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área xx Xxxxxxx, informado por el Secretario General del Consorcio, con fecha 18 de julio de 2016 y aprobado mediante Resolución del Director Gerente Nº 244/2016, de 21 de julio. 1.- Definición del objeto del contrato: Códigos CPV: División en lotes: SI Número y denominación de los Lotes: Lote 1: Servicios de migración, mantenimiento, soporte y gestión de las infraestructuras, sistemas de comunicaciones y sistemas de información. Este lote contempla: Lote 2: Licenciamiento y soporte del programa para la gestión del inventario y de las incidencias. Este lote contempla: Número máximo de lotes a que los licitadores podrán presentar ofertas: A todos. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato: Las previstas en la cláusula primera xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas.OBJETO DEL CONTRATO:

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Samples: Contract for Maintenance and Conservation Services

RECURSOS. En los supuestos previstos en el artículo 44 1. PREPARACIÓN Y ADJUDICACIÓN Con carácter potestativo, serán susceptibles de la LCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación previo a la interposición de recurso contencioso-administrativo: a) los anuncios de licitación, los Pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación. b) los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, previo siempre que éstos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. c) los acuerdos de adjudicación. La competencia para la resolución del recurso corresponderá al órgano que la ostente respecto del Ayuntamiento de Donostia-San Xxxxxxxxx de conformidad con lo previsto en los apartados 4 y 5 del artículo 41 del TRLCSP. El recurso especial en materia de contratación se tramitará de conformidad con lo previsto en los artículos 40 y siguientes del TRLCSP. En cuanto a la solicitud de medidas provisionales se estará a lo dispuesto en el artículo 43 del TRLCSP. Contra la resolución del recurso especial en materia de contratación sólo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo, en el plazo de 15 días hábiles, en los términos previstos en el artículo 50 de la LCSP. El órgano competente para conocer del recurso será la Comisión Jurídica de Extremadura. Contra las actuaciones susceptibles de ser impugnadas mediante recurso especial no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios. Los actos que se dicten en los procedimientos de adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas que no reúnan los requisitos del apartado 1 del artículo 44 LCSP podrán ser objeto de recurso, de conformidad acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa. 1.- Definición Contencioso-Administrativa. En cuanto a la interposición de cuestión de nulidad se estará a lo previsto en el artículo 39 del objeto TRLCSP. A pesar de que los contratos de servicios comprendidos en las categorías 17 a 27 del contrato: Códigos CPV: División Anexo II del TRLCSP, cualquiera que sea su cuantía, no están sujetos a regulación armonizada, cuando su cuantía sea igual o superior a 200.000 euros, serán susceptibles asimismo de recurso especial en lotes: SI Número y denominación materia de los Lotes: Lote 1: Servicios contratación, de migración, mantenimiento, soporte y gestión de las infraestructuras, sistemas de comunicaciones y sistemas de información. Este lote contempla: Lote 2: Licenciamiento y soporte del programa para la gestión del inventario medidas provisionales y de las incidencias. Este lote contempla: Número máximo recurso contencioso-administrativo, así como de lotes a que cuestión de nulidad, en los licitadores podrán presentar ofertas: A todos. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato: Las previstas términos previstos en la cláusula primera xxx Xxxxxx de prescripciones técnicaseste apartado.

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Samples: Internal Hiring Instructions

RECURSOS. Contra los actos preparatorios y de adjudicación de los contratos sujetos a las presentes instrucciones cabe interponer los recursos de alzada y potestativo de reposición previstos en la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo para la interposición de los recursos será de 1 mes. Dichos recursos deberán presentarse dirigidos a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente o bien en el registro del órgano administrativo a que se dirige o en los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las Entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno Convenio. En el caso de contratos sujetos a regulación armonizada cabe la posibilidad de interponer el recurso especial en materia de contratación contra alguno de los supuestos previstos actos indicados en el artículo 40.2 del TRLCSP. Dicho recurso deberá presentarse ante el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 del TRLCSP. El recurso deberá anunciarse previamente, mediante escrito, especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo, presentado ante el órgano de la LCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación, previo al contencioso-administrativo, contratación en el plazo de 15 quince días hábileshábiles contados a partir del siguiente a aquel en que se remita la notificación del acto impugnado. La presentación, contenido, efectos, tramitación etc. del recurso se acomodará a lo establecido en los términos previstos artículos 44 a 49 del TRLCSP. Si el acto recurrido es el de adjudicación, quedará en el artículo 50 suspenso la tramitación del expediente de la LCSP. El órgano competente para conocer del recurso será la Comisión Jurídica de Extremadura. Contra las actuaciones susceptibles de ser impugnadas mediante recurso especial no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios. Los actos que se dicten en los procedimientos de adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas que no reúnan los requisitos del apartado 1 del artículo 44 LCSP podrán ser objeto de recurso, contratación de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el artículo 45 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativacitado cuerpo legal. 1.- Definición del objeto del contrato: Códigos CPV: División en lotes: SI Número y denominación de los Lotes: Lote 1: Servicios de migración, mantenimiento, soporte y gestión de las infraestructuras, sistemas de comunicaciones y sistemas de información. Este lote contempla: Lote 2: Licenciamiento y soporte del programa para la gestión del inventario y de las incidencias. Este lote contempla: Número máximo de lotes a que los licitadores podrán presentar ofertas: A todos. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato: Las previstas en la cláusula primera xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas.

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Samples: Internal Hiring Instructions

RECURSOS. En los supuestos previstos contratos de valor estimado superior a 3.000.000 euro,s podrán los interesados interponer potestativament e RECURSOADMINISTRATIVO ESPECIAL por presunta infracción del ordenamiento jurídico ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales. Podrán ser objeto de recurso especial las siguientes actuaciones: a) Los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación. b) Los actos de trámite adoptados en el artículo 44 procedimiento de adjudicación, siempre que estos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos; entre elloslos actos de la LCSPmesa o del órgano de contratación por los que se acuerde la admisión o inadmisión de candidatos o licitadores, procederá con carácter potestativo o la interposición del recurso administrativo especial en materia admisión o exclusión de contrataciónofertas, previo al contencioso-administrativo, en el plazo incluidas las ofertas que sean excluidas por resultar anormalmente bajas. c) Los acuerdos de 15 días hábiles, en adjudicación. d) Las modificaciones contractuales que vulneren los términos previstos en el artículo 50 requisitos legales y se entienda por ello que tales prestaciones debieron haber sidoobjeto de la LCSP. El órgano competente para conocer del recurso será la Comisión Jurídica de Extremadura. Contra las actuaciones susceptibles de ser impugnadas mediante recurso especial no procederá la interposición de recursos administrativos ordinariosuna nueva adjudicación. Los actos que se dicten en los procedimientos de adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas que no reúnan los requisitos del apartado 1 del artículo 44 LCSP podrán contratosde valor estimado inferior a 3.000.000 eurospodrán ser objeto de recursoRECURSO DE REPOSICIÓN ante el órgano de contratación, de conformidad con lo dispuesto en los términos establecidoen la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones PúblicasPúblicas . Contra la desestimación expresa o presunta del recurso especialo del recurso administrativo, así como en podrán los interesados interponer recurso contencioso administrativo de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Contencioso-administrativa. Recurso que podrá interponerse directamente sin necesidad de recurso administrativo previo alguno. La interposición de cualquier recurso y la eventual suspensión del procedimiento por la interposición de recursos, será publicada en el perfil de contratante del Ayuntamiento . 1.- Definición del objeto del contrato: Códigos CPV: División en lotes: SI Número y denominación de los Lotes: Lote 1: Servicios de migración, mantenimiento, soporte y gestión de las infraestructuras, sistemas de comunicaciones y sistemas de información. Este lote contempla: Lote 2: Licenciamiento y soporte del programa para la gestión del inventario y de las incidencias. Este lote contempla: Número máximo de lotes a que los licitadores podrán presentar ofertas: A todos. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato: Las previstas en la cláusula primera xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas.

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Samples: Contract for the Execution of Works

RECURSOS. En los supuestos previstos 1.- El presente pliego y el de prescripciones técnicas podrán ser recurridos potestativamente mediante el recurso especial previsto en el artículo 44 de la LCSP, procederá con carácter potestativo LCSP por ser un contrato cuyo valor estimado es superior a 100.000,00 euros (IVA aparte) 2.- Serán igualmente recurribles las siguientes actuaciones: a) Los anuncios de licitación y el resto de documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la interposición del recurso administrativo especial en materia contratación. b) Los actos de contratación, previo al contencioso-administrativo, trámite adoptados en el plazo procedimiento de 15 días hábilesadjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. En todo caso se considerará que concurren las circunstancias anteriores en los términos previstos en el actos de la mesa o del órgano de contratación por los que se acuerde la admisión o inadmisión de candidatas o licitadoras, o la admisión o exclusión de ofertas, incluidas las ofertas que sean excluidas por resultar anormalmente bajas como consecuencia de la aplicación del artículo 50 149 de la LCSP. El órgano competente para conocer del recurso será la Comisión Jurídica c) Los acuerdos de Extremaduraadjudicación. Contra las actuaciones susceptibles d) Las modificaciones basadas en el incumplimiento de ser impugnadas mediante recurso especial no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios. Los actos que se dicten lo establecido en los procedimientos artículos 204 y 205 de adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas la LCSP, por entender que no reúnan los requisitos del apartado 1 del artículo 44 LCSP podrán la modificación debió ser objeto de recurso, de una nueva adjudicación. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la LCSP, el recurso deberá presentarse en el registro del órgano de contratación, en el del OARC (C/ Xxxxxxxx-Xxx Xxxxxxxxx, 1 - 01010 Vitoria- Gasteiz) o en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en el plazo de 15 días hábiles, en los términos previstos en el artículo 50.1 de la LCSP. No obstante lo establecido en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en algunas de las causas de nulidad previstas en el apartado 2, letras c),d),e) o f) del artículo 39 de la LCSP, se atenderá a los plazos de interposición previstos en el artículo 50.2 de la LCSP Alternativamente, podrá interponerse recurso contencioso administrativo en los términos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativaAdministrativa. 1.- Definición del objeto del contrato: Códigos CPV: División en lotes: SI Número y denominación de los Lotes: Lote 1: Servicios de migración, mantenimiento, soporte y gestión de las infraestructuras, sistemas de comunicaciones y sistemas de información. Este lote contempla: Lote 2: Licenciamiento y soporte del programa para la gestión del inventario y de las incidencias. Este lote contempla: Número máximo de lotes a que los licitadores podrán presentar ofertas: A todos. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato: Las previstas en la cláusula primera xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas.

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Samples: Servicio De Jardinería

RECURSOS. En los supuestos previstos en el artículo 44 contratos de la LCSP, procederá suministro con carácter potestativo la interposición un valor estimado superior a 100.000 euros serán susceptibles del recurso administrativo especial en materia de contratacióncontratación ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Granada, previo al contencioso-administrativo, a la interposición del contencioso administrativo los actos y decisiones relacionados en el artículo 44.2 de la LCSP .La interposición del citado recurso tendrá carácter potestativo y deberá presentarse en el plazo de 15 quince días hábiles, en los términos previstos . Dicho plazo se computará conforme a lo señalado en el artículo 50 de la LCSP. El órgano competente para conocer , sin que proceda la interposición del recurso será la Comisión Jurídica potestativo de Extremadurareposición. Contra las actuaciones susceptibles de ser impugnadas mediante la resolución del recurso especial no procederá en materia de contratación, sólo cabrá la interposición del recurso contencioso-administrativo. No obstante lo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de recursos administrativos ordinarioslas causas de nulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39 de la LCSP, el plazo de interposición será el establecido en el artículo 49.2 de la citada norma. Los actos que se dicten en En los procedimientos de adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas que no reúnan los requisitos del apartado 1 del artículo 44 LCSP podrán ser objeto suministros de recursovalor estimado igual o inferior a 100.000 euros, de conformidad con lo dispuesto establecido en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como cabrá la interposición del recurso potestativo de reposición, en la Ley 29/1998el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de 13 de julio, Reguladora notificación de la resolución, o ser impugnados directamente ante la Jurisdicción Contencioso- administrativaContencioso Administrativa. EL GERENTE DE LA FUNDACIÓN GRANADA EDUCA Fdo. 1.- Definición del objeto del contrato: Códigos CPV: División en lotes: SI Número y denominación de los Lotes: Lote 1: Servicios de migración, mantenimiento, soporte y gestión de las infraestructuras, sistemas de comunicaciones y sistemas de información. Este lote contempla: Lote 2: Licenciamiento y soporte del programa para la gestión del inventario y de las incidencias. Este lote contempla: Número máximo de lotes a que los licitadores podrán presentar ofertas: A todos. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato: Las previstas en la cláusula primera xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas.Xxxxxxxxx Xxxxxxx CONFORME EL ADJUDICATARIO FECHA Y FIRMA

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Samples: Contrato De Suministro

RECURSOS. En 1.4.1.- Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación potestativamente, los supuestos previstos actos y decisiones relacionados en el artículo apartado 2 del art 44 de la LCSP, procederá con carácter potestativo del contrato de suministro cuyo valor estimado sea superior a cien mil euros y no se encuentre excluido expresamente por la LCSP. Contra la resolución de este recurso sólo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo. En los procedimientos de adjudicación de los citados contratos, podrán adoptarse medidas cautelares conforme a lo establecido en el artículo 49 de la LCSP. La resolución del recurso administrativo especial en materia de contratación, previo así como la adopción de las decisiones pertinentes sobre las medidas cautelares solicitadas corresponde al contencioso-administrativo, en el plazo Tribunal Administrativo de 15 días hábiles, en los términos previstos en el artículo 50 Recursos Contractuales de la LCSPJunta de Andalucía, creado por el Decreto 332/2011, de 2 de noviembre. El órgano competente para conocer La resolución del recurso será especial, sin perjuicio de la Comisión Jurídica de Extremadura. Contra las actuaciones susceptibles de ser impugnadas mediante recurso especial no procederá la posible interposición de recursos administrativos ordinarios. recurso contencioso- administrativo contra el mismo, será directamente ejecutiva. 1.4.2.- Los actos que se dicten en los procedimientos de adjudicación de contratos de suministro cuyo valor estimado sea inferior a cien mil euros, así como las Administraciones Públicas que no reúnan los requisitos del apartado 1 del artículo 44 LCSP decisiones adoptadas una vez formalizados aquéllos podrán ser objeto de recurso, recurso de reposición potestativamente de conformidad con lo dispuesto en la con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como y en la Ley 29/1998, 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa. 1.- Definición del objeto Contencioso Administrativa El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato: Códigos CPV: División en lotes: SI Número y denominación de los Lotes: Lote 1: Servicios de migración, mantenimiento, soporte y gestión de las infraestructuras, sistemas de comunicaciones y sistemas de información. Este lote contempla: Lote 2: Licenciamiento y soporte del programa para la gestión del inventario y de las incidencias. Este lote contempla: Número máximo de lotes a que los licitadores podrán presentar ofertas: A todos. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato: Las previstas en la cláusula primera xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

RECURSOS. En los supuestos previstos De acuerdo con lo previsto en el artículo 44 40 del TRLCSP, al estar la presente contratación sujeta a regulación armonizada, serán susceptibles de la LCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación los anuncios de licitación, los pliegos y documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, previo al contencioso-administrativo, la adjudicación y los actos de trámite adoptados en el plazo procedimiento de 15 días hábilescontratación que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, a estos efectos se consideran actos de trámite los acuerdos de exclusión de licitadores de la Mesa de Contratación. No serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación los términos previstos actos dictados en relación con las modificaciones contractuales no previstas en el artículo 50 de la LCSP. El órgano competente para conocer del recurso será la Comisión Jurídica de Extremadura. Contra las actuaciones susceptibles de ser impugnadas mediante recurso especial no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios. Los actos que se dicten en los procedimientos de adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas que no reúnan los requisitos del apartado 1 del artículo 44 LCSP podrán ser objeto de recursopliego que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 105 a 107 del TRLCSP, sea preciso realizar una vez adjudicado el contrato, tanto si acuerdan como si no la Ley 39/2015resolución y la celebración de nueva licitación. El recurso especial en materia de contratación tiene carácter potestativo, pudiendo presentarse el escrito de 1 interposición en el registro del órgano de octubrecontratación o del competente para la resolución, en el plazo de quince días hábiles computados conforme a lo dispuesto en el artículo 44 del Procedimiento Administrativo Común TRLCSP, previo anuncio por escrito al órgano de las Administraciones Públicascontratación. La resolución dictada será directamente ejecutiva y solo cabrá la interposición del recurso contencioso-administrativo. Los actos del órgano de contratación no susceptibles de recurso especial, así como serán inmediatamente ejecutivos, poniendo fin a la vía administrativa. Contra estas resoluciones podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en la Ley 29/1998el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de 13 de julio, Reguladora notificación de la resolución o ser impugnado directamente ante la Jurisdicción Contencioso- administrativaContencioso Administrativa. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del presente contrato. 1.- Definición del objeto del contrato: Códigos CPV: División en lotes: SI Número y denominación de los Lotes: Lote 1: Servicios de migración, mantenimiento, soporte y gestión de las infraestructuras, sistemas de comunicaciones y sistemas de información. Este lote contempla: Lote 2: Licenciamiento y soporte del programa para la gestión del inventario y de las incidencias. Este lote contempla: Número máximo de lotes a que los licitadores podrán presentar ofertas: A todos. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato: Las previstas en la cláusula primera xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas.

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Samples: Contract for Public Works