RENOVACIÓN. Para cada uno de los Asegurados este seguro podrá ser renovado por periodos de un (1) año y de existir el mismo plan, en los mismos Términos y Condiciones en los que se contrató el seguro originalmente, hasta el aniversario de la Póliza inmediato posterior en que el Asegurado cumpla ochenta (80) años de edad, en cuyo caso la Póliza no se renovará; de igual forma aplicará para el cónyuge y los padres del Asegurado titular. Para los hijos, la renovación se realizará anualmente hasta el aniversario inmediato posterior en que éstos cumplan veinticinco (25) años de edad, siempre y cuando sean dependientes económicos del Asegurado titular, xxxx xxxxxxxx, no perciban ingreso económico propio y vivan con el titular de la Póliza. Si el Asegurado no desea renovar, debe dar aviso a la Compañía por escrito que es su voluntad de no renovarlo por lo menos treinta (30) días antes de la fecha de su vencimiento. El pago de la prima acreditada mediante el recibo extendido en las formas usuales de la Compañía se tendrá como prueba suficiente de tal Renovación. La renovación se llevará a cabo sin requisitos de asegurabilidad y con los mismos montos de suma asegurada del contrato original y tanto el Asegurado como la Compañía podrán solicitar la no renovación del seguro mediante notificación por escrito efectuada con al menos treinta (30) días naturales de anticipación a la fecha de vencimiento de la póliza. La renovación del seguro siempre otorgará por lo menos el derecho de antigüedad para los efectos siguientes: a) La renovación se realizará sin requisitos de asegurabilidad; b) Los periodos de espera no podrán ser modificados en perjuicio del asegurado, y c) Las edades límite no podrán ser modificadas en perjuicio del asegurado.
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Samples: Gastos Funerarios, Gastos Funerarios
RENOVACIÓN. Para cada uno La Garantía de los Asegurados este seguro podrá ser renovado por periodos Fiel Cumplimiento deberá renovarse anualmente de un (1) año y de existir el mismo plan, en los mismos Términos y Condiciones en los manera tal que se contrató el seguro originalmente, mantenga vigente hasta el aniversario seis (06) meses posteriores al vencimiento del Plazo de la Póliza inmediato posterior en que Concesión. Si se prorroga el Asegurado cumpla ochenta (80) años Plazo de edad, en cuyo caso la Póliza no se renovará; de igual forma aplicará para el cónyuge y los padres del Asegurado titular. Para los hijosConcesión, la renovación Garantía de Fiel Cumplimiento deberá renovarse anualmente de manera tal que se realizará anualmente mantenga vigente hasta el aniversario inmediato posterior en que éstos cumplan veinticinco seis (2506) años de edad, siempre y cuando sean dependientes económicos del Asegurado titular, xxxx xxxxxxxx, no perciban ingreso económico propio y vivan con el titular meses posteriores al período de la Pólizaprórroga. Si la fianza no es renovada por el Asegurado no desea renovar, debe dar aviso CONCESIONARIO a la Compañía por escrito que es su voluntad de no renovarlo por lo menos más tardar treinta (30) días Días Calendario antes de la fecha de su vencimiento. El pago , el Regulador procederá a la ejecución total de la prima acreditada mediante Garantía de Fiel Cumplimiento. Sin perjuicio de lo dispuesto en el recibo extendido Literal i) de la Cláusula 15.4, el monto de la garantía será retenido por el CONCEDENTE como garantía hasta que el CONCESIONARIO cumpla con renovar la fianza. Al cumplimiento de la renovación de la fianza, el CONCEDENTE devolverá al CONCESIONARIO el monto de la garantía, sin intereses, y luego de deducidos los gastos en que haya incurrido, de ser el caso. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, serán aplicables las penalidades previstas en el Anexo 10. La Garantía de Fiel Cumplimiento deberá ser emitida, en los términos contenidos en las formas usuales de Bases y en la Compañía se tendrá como prueba suficiente de tal Renovación. La renovación se llevará a cabo sin requisitos de asegurabilidad y con los mismos montos de suma asegurada del contrato original y tanto el Asegurado como la Compañía podrán solicitar la no renovación del seguro mediante notificación por escrito efectuada con al menos treinta (30) días naturales de anticipación a la fecha de vencimiento de la póliza. La renovación del seguro siempre otorgará por lo menos el derecho de antigüedad para los efectos siguientes:
a) La renovación se realizará sin requisitos de asegurabilidad;
b) Los periodos de espera no podrán ser modificados en perjuicio del asegurado, y
c) Las edades límite no podrán ser modificadas en perjuicio del aseguradopresente Cláusula.
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Samples: Contrato De Concesión
RENOVACIÓN. Para cada uno de los Asegurados este seguro podrá ser renovado por periodos de un (1) año y de existir el mismo plan, en los mismos Términos y Condiciones en los que se contrató el seguro originalmente, hasta el aniversario de la Póliza inmediato posterior en que el Asegurado cumpla ochenta (80) años de edad, en cuyo caso la Póliza no se renovará; de igual forma aplicará para el cónyuge y los padres del Asegurado titular. Para los hijos, la renovación se realizará anualmente hasta el aniversario inmediato posterior en que éstos cumplan veinticinco (25) años de edad, siempre y cuando sean dependientes económicos del Asegurado titular, xxxx xxxxxxxx, no perciban ingreso económico propio y vivan con el titular de la Póliza. Si el Asegurado no desea renovar, debe dar aviso a la Compañía por escrito que es su voluntad de no renovarlo por lo menos treinta (30) días antes de la fecha de su vencimiento. El pago de la prima acreditada mediante el recibo extendido en las formas usuales de la Compañía se tendrá como prueba suficiente de tal Renovación. La renovación se llevará a cabo sin requisitos de asegurabilidad y con los mismos montos de suma asegurada del contrato original y tanto el Asegurado como la Compañía podrán solicitar la no renovación del seguro mediante notificación por escrito efectuada con al menos treinta (30) días naturales de anticipación a la fecha de vencimiento de vigencia del seguro, la pólizaedad alcanzada del asegurado no fuera mayor a la edad límite establecida por la Institución, salvo lo previsto en “Edades de aceptación”, del numeral 1. La renovación del seguro siempre otorgará por lo menos el derecho de antigüedad para los efectos siguientes:
Edad, inciso a) La ), Cláusula VII. Edad, la renovación se realizará hará en forma automática por otro periodo de seguro igual al contratado inicialmente y por la suma asegurada de la última renovación, sin requisitos necesidad de asegurabilidad;
b) Los periodos de espera no podrán ser modificados en perjuicio solicitud o autorización por escrito del asegurado, y
debiendo cubrir la nueva prima que corresponda para cada renovación. Si el Contratante da aviso en contrario por escrito a la Institución, con no menos de treinta días de anticipación al vencimiento de la póliza, no se realizará la renovación automática. La prima de renovación pagadera durante el nuevo periodo será la que corresponda a la edad que el asegurado tenga en el momento de la renovación, aplicando la tarifa y condiciones del contrato vigentes a la fecha de renovación que la Institución tenga registrados ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. El comprobante de pago de la prima correspondiente expedido por la Institución será la prueba de renovación para el asegurado, sin obligación por parte de la Institución de enviar una póliza nueva, en el entendido que el envío de la documentación contractual relativa a la renovación, se hará en los mismos términos previstos en el numeral 6. Entrega de documentación contractual, inciso c) Las edades límite no podrán ser modificadas en perjuicio del asegurado), Cláusula VII. Entrega de la documentación contractual, de las presentes Condiciones Generales.
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Samples: Gastos Médicos Indemnizatorio
RENOVACIÓN. Para cada uno de los Asegurados este seguro podrá ser renovado por periodos de un (1) año y de existir el mismo plan, en los mismos Términos y Condiciones en los que se contrató el seguro originalmente, hasta el aniversario de la Póliza inmediato posterior en que el Asegurado cumpla ochenta (80) años de edad, en cuyo caso la Póliza no se renovará; de igual forma aplicará para el cónyuge y los padres del Asegurado titular. Para los hijos, la renovación se realizará anualmente hasta el aniversario inmediato posterior en que éstos cumplan veinticinco (25) años de edad, siempre y cuando sean dependientes económicos del Asegurado titular, xxxx xxxxxxxx, no perciban ingreso económico propio y vivan con el titular de la Póliza. Si el Asegurado no desea renovar, debe dar aviso a la Compañía por escrito que es su voluntad de no renovarlo por lo menos treinta (30) días antes de la fecha de su vencimiento. El pago de la prima acreditada mediante el recibo extendido en las formas usuales de la Compañía se tendrá como prueba suficiente de tal Renovación. La renovación se llevará a cabo sin requisitos de asegurabilidad y con los mismos montos de suma asegurada del contrato original y tanto el Asegurado como la Compañía podrán solicitar la no renovación del seguro mediante notificación por escrito efectuada con al menos treinta (30) días naturales de anticipación a la fecha de vencimiento de la póliza10.1. La renovación del seguro siempre otorgará por presente Contrato se sujetará a lo menos establecido en el derecho ordenamiento jurídico vigente.
10.2. Si la ARCOTEL, de antigüedad para conformidad con sus atribuciones y con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, resuelve no renovar la Concesión, dispondrá las acciones necesarias relativas a la continuidad del servicio.
10.3. Mientras dure el proceso administrativo de renovación del título habilitante, el Concesionario está obligado a pagar los efectos siguientes:derechos de concesión del Servicio Móvil Avanzado conforme lo establecido en la cláusula 16 y las demás obligaciones que correspondan y se deriven del título habilitante y del ordenamiento jurídico vigente, hasta que la ARCOTEL resuelva sobre el proceso de renovación.
a) La 10.4. Si durante el proceso de renovación de la Concesión, el Concesionario incurriere en causal que haya dado lugar a la emisión de la resolución de terminación anticipada del presente Contrato de Concesión, el proceso de renovación se realizará suspende de manera automática sin requisitos necesidad de asegurabilidad;trámite administrativo alguno; y, una vez que la resolución respectiva haya causado estado en la vía administrativa; cualquier propuesta de acuerdo o decisión quedará sin efecto, sin que el Concesionario tenga derecho a formular reclamo de naturaleza alguna sobre este aspecto. La ARCOTEL, de conformidad con sus atribuciones y el ordenamiento jurídico vigente, dispondrá las acciones necesarias relativas a la continuidad del servicio.
b) Los periodos 10.5. El trámite para la emisión de espera no podrán ser modificados en la resolución de renovación, así como la suscripción y registro del contrato de concesión instrumentado a través de la Habilitación General, estarán sujetos al ordenamiento jurídico vigente; esto sin perjuicio de la obligación del asegurado, y
c) Las edades límite no podrán ser modificadas en perjuicio del aseguradoConcesionario de continuar pagando los derechos de concesión de los servicios de telecomunicaciones y espectro concesionados; y las demás obligaciones que le correspondan.
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Samples: Contrato De Renovación De La Concesión Para La Prestación Del Servicio Móvil Avanzado (Sma)
RENOVACIÓN. Para cada uno de los Asegurados este seguro podrá ser renovado por periodos de un (1) año y de existir el mismo planEl Arrendatario que desee prolongar la duración del Alquiler del Vehículo, en los mismos Términos y Condiciones en los o que se contrató vea en la imposibilidad de restituir el seguro originalmenteVehículo a la hora y/o día acordados por cualquier circunstancia, hasta deberá contactar con el aniversario Arrendador sin demora, a fin de la Póliza inmediato posterior en que el Asegurado cumpla ochenta (80) años de edad, en cuyo caso la Póliza no se renovará; de igual forma aplicará para el cónyuge y los padres del Asegurado titular. Para los hijos, ambas Partes acuerden la renovación se realizará anualmente hasta el aniversario inmediato posterior en que éstos cumplan veinticinco (25) años de edad, siempre y cuando sean dependientes económicos del Asegurado titular, xxxx xxxxxxxx, no perciban ingreso económico propio y vivan con el titular de la PólizaContrato. Si el Asegurado no desea renovarVehículo estuviese disponible para el nuevo periodo solicitado, debe dar aviso se realizará un nuevo Contrato entre las Partes (o una extensión del mismo, en el caso de un Contrato cuya duración fuese inferior a la Compañía por escrito veintiocho (28) días), de conformidad con las CGA que es su voluntad de no renovarlo por lo menos treinta (30) días antes se encontrasen en vigor en el momento de la fecha de su vencimientofirma del nuevo Contrato. El nuevo Contrato entrará en vigor tras la correcta realización del pago del importe acordado en el nuevo Contrato por parte del Arrendatario. Si el Vehículo no estuviese disponible para el nuevo periodo solicitado, el Arrendatario se compromete a devolver el Vehículo en el lugar, fecha y hora inicialmente acordados y de conformidad con las condiciones previstas en las presentes CGA. Si hubiese otros Vehículos disponibles, el Arrendatario podrá realizar otra Reserva. El Arrendatario reconoce que, en caso de ausencia de respuesta por parte del Arrendador, esto no supondría una aceptación tácita de la prima acreditada mediante solicitud presentada por el recibo extendido Arrendatario. Los kilómetros adicionales realizados por el Arrendatario en cada Contrato de alquiler llegado a término, deberán ser abonados por el Arrendatario incluso en caso de que se suscribiese un nuevo Contrato con el mismo Vehículo. Si el Arrendatario no restituyese el Vehículo en las formas usuales condiciones de lugar o plazo previstos en el Contrato y no hubiese acordado una prolongación con el Arrendador, deberá pagar una indemnización por cada día de retraso, por valor de la Compañía se tendrá como prueba suficiente Tarifa Máxima Diaria (ver anexo 2). El Arrendador podrá descontar esta indemnización del montante retenido al Arrendatario en concepto de tal Renovacióndepósito de garantía. La renovación se llevará a cabo sin requisitos de asegurabilidad y con los mismos montos de suma asegurada del contrato original y tanto el Asegurado como la Compañía podrán solicitar El Arrendatario reconoce que la no renovación devolución del seguro mediante notificación Vehículo según lo acordado en el Contrato podrá implicar el ejercicio por escrito efectuada con al menos treinta (30) días naturales parte del Arrendador de anticipación a la fecha cuantas acciones pudieran corresponderle en derecho para defender sus intereses y ser resarcido de vencimiento de la póliza. La renovación del seguro siempre otorgará por lo menos el derecho de antigüedad para los efectos siguientes:
a) La renovación se realizará sin requisitos de asegurabilidad;
b) Los periodos de espera no podrán ser modificados en perjuicio del asegurado, y
c) Las edades límite no podrán ser modificadas en perjuicio del aseguradodaños y perjuicios causados.
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Samples: Rental Agreement
RENOVACIÓN. Para cada uno de los Asegurados este seguro podrá ser renovado por periodos de un (1) año y de existir el mismo plan, en los mismos Términos términos y Condiciones condiciones en los que se contrató el seguro originalmente, hasta el aniversario de la Póliza póliza inmediato posterior en que el Asegurado cumpla ochenta (80) años de edad, en cuyo caso la Póliza póliza no se renovará; de igual forma aplicará para el cónyuge y los padres del Asegurado titular. Para los hijos, la renovación se realizará anualmente hasta el aniversario inmediato posterior en que éstos cumplan veinticinco (25) años de edad, siempre y cuando sean dependientes económicos del Asegurado titular, xxxx xxxxxxxx, no perciban ingreso económico propio y vivan con el titular de la Pólizapóliza. Si el Asegurado no desea renovar, debe dar aviso a la Compañía por escrito que es su voluntad de no renovarlo por lo menos treinta (30) días antes de la fecha de su vencimiento. El pago de la prima acreditada mediante el recibo extendido en las formas usuales de la Compañía se tendrá como prueba suficiente de tal Renovación. La renovación se llevará a cabo sin requisitos de asegurabilidad y con los mismos montos de suma asegurada del contrato original y tanto el Asegurado como la Compañía podrán solicitar la no renovación del seguro mediante notificación por escrito efectuada con al menos treinta (30) días naturales de anticipación a la fecha de vencimiento de la póliza. La renovación del seguro siempre otorgará por lo menos el derecho de antigüedad para los efectos siguientes:
a) La renovación se realizará sin requisitos de asegurabilidad;
b) Los periodos de espera no podrán ser modificados en perjuicio del asegurado, y
c) Las edades límite no podrán ser modificadas en perjuicio del asegurado.
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Samples: Insurance Contract