Responsabilidad objetiva Cláusulas de Ejemplo
Responsabilidad objetiva. El Almacenista y el Usuario estarán obligados a responder por los daños y/o perjuicios causados a la infraestructura o a las personas como consecuencia inmediata y directa de los siniestros ocurridos en sus respectivas instalaciones, en los términos del artículo 1913 del Código Civil Federal. La responsabilidad a que se refiere este párrafo se circunscribirá únicamente al pago de los daños que sean consecuencia inmediata y directa del siniestro.
Responsabilidad objetiva. La responsabilidad objetiva emergente del artículo 1.113 del Código Civil recae exclusivamente sobre el tomador o guardián de las cosas dadas en leasing.
Responsabilidad objetiva. EL PROVEEDOR" responderá de los daños y perjuicios que por inobservancia y negligencia de su parte llegue a causar a "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" y/o a terceros, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido durante a prestación de "EL SERVICIO", con excepción de los que hayan acontecido por caso fortuito o fuerza mayor, por Io que se obliga a responder por dichos conceptos quedando obligado a resarcir a "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" de cualquier gasto o costo que ésta erogue por dichos supuestos o pérdida causada.
Responsabilidad objetiva. Elementos
Responsabilidad objetiva. La responsabilidad objetiva emergente del artículo 1757 recae exclusivamente sobre el tomador o guardián de las cosas dadas en leasing.
Responsabilidad objetiva. “EL PROVEEDOR” responderá de los daños y perjuicios que por inobservancia y negligencia de su parte llegue a causar a “LA SECRETARÍA” y/o terceros, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido durante la prestación del servicio, con excepción de los que hayan acontecido por caso fortuito o fuerza mayor, por lo que se obliga a responder por dichos conceptos quedando obligado a resarcir a “LA SECRETARÍA” de cualquier gasto o costo que ésta erogue por dichos supuestos o pérdida causada.
Responsabilidad objetiva. “EL ARRENDADOR” responderá de los daños y
Responsabilidad objetiva. De conformidad con el artículo 1913 del Código Civil Federal, cuando derivado de la operación sobrevenga un siniestro en el Sistema que cause daños o perjuicios en las instalaciones del Usuario, o a las personas que laboran en las instalaciones del Sistema, o a terceros, el Almacenista estará obligado a responder del daño que cause, aunque no obre ilícitamente, mediante la indemnización correspondiente. De igual manera, cuando derivado de la operación sobrevenga un siniestro en las instalaciones y equipos del Usuario que cause daños o perjuicios en el Sistema, o a las personas que laboran en dichas instalaciones, o a terceros, dicho Usuario estará obligado a la responsabilidad objetiva, aunque no haya obrado ilícitamente, y estará obligado a indemnizar en los términos del artículo 1913 del Código Civil Federal. La responsabilidad a que se refieren los párrafos precedentes se circunscribirá al pago de los daños que sean consecuencia inmediata y directa del siniestro y aquellos a los que se condene al Almacenista con motivo de alguna reclamación o juicio que promueva cualquiera de los afectados.
Responsabilidad objetiva. Cuando sobrevenga un siniestro en el Sistema que cause daños y/o perjuicios en las instalaciones del Usuario, o a las personas que laboran en las instalaciones del Sistema, o a terceros, el Permisionario asumirá la responsabilidad objetiva, aunque no haya obrado ilícitamente, y estará obligado a indemnizar en los términos del artículo invocado. De igual manera, cuando sobrevenga un siniestro en las instalaciones del Usuario que cause daños y/o perjuicios en el Sistema, o a las personas que laboran en dichas instalaciones, o a terceros, dicho Usuario estará obligado a la responsabilidad objetiva, aunque no haya obrado ilícitamente, y estará obligado a indemnizar en los términos de la legislación aplicable. La responsabilidad a que se refieren los párrafos precedentes se circunscribirá al pago de los daños que sean consecuencia inmediata y directa del siniestro.
Responsabilidad objetiva. 96 26.3 Responsabilidad Subjetiva Extracontractual 96