SECRETARÍA DE BIENESTAR
SECRETARÍA DE BIENESTAR
UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES Y CONTRATOS
CONVOCATORIA
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS ELECTRÓNICA NACIONAL IA-020000999-E63-2019
PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE “LIMPIEZA A BIENES MUEBLES, INMUEBLES DE LA SECRETARÍA DE BIENESTAR”, DE LOS EDIFICIOS DE REFORMA 116, REFORMA 51, Y TORRE MISISIPI 49, CENDI Y ESCUELA PRIMARIA “XXXXXX AZULES” Y EL ALMACÉN GENERAL DE TEPEPAN QUE OCUPA LA SECRETARÍA DE BIENESTAR EN LA CIUDAD DE MÉXICO (CONTRATO MARCO).
La presente Convocatoria a la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional fue revisada por el Subcomité de Revisión de Bases para los Procedimientos de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, en su Decimosexta Sesión Extraordinaria, celebrada el 22 xx xxxxxx de 2019.
4 | |
Apartado I. Datos generales o de identificación de la Invitación | 8 |
1. Participación de Licitantes de forma electrónica | 9 |
Apartado II. Objeto y alcance de la Invitación | 10 |
10 | |
10 | |
Apartado III. Forma y términos que regirán los diversos actos del procedimiento de Invitación | 13 |
14 | |
2. Mecanismo para la aclaración al contenido de la Convocatoria | 14 |
15 | |
17 | |
17 | |
18 | |
7. Indicaciones relativas al fallo | 18 |
8. Casos en los que se declarará desierta o cancelará la Invitación | 24 |
Apartado IV. Requisitos indispensables que los licitantes deben cumplir | 25 |
25 | |
26 | |
Apartado V. Criterios específicos para la evaluación de proposiciones | 26 |
26 | |
29 | |
Apartado VI. Documentos y datos indispensables que deben presentar los licitantes | 31 |
31 | |
Apartado VII. Instancia de inconformidad, confidencialidad y protocolo de actuación | 33 |
33 | |
34 | |
Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas | 35 |
36 | |
Anexo “A” Anexo Técnico” | 37 |
Anexo “B” Propuesta Económica | 71 |
77 | |
Anexo II Manifestación de nacionalidad mexicana, que deberán presentar los y las licitantes | 78 |
79 | |
Anexo IV “Formato relativo a los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de “la Ley” | 80 |
81 | |
82 | |
Anexo VII Relación de documentos requeridos para participar e integrar las proposiciones | 84 |
Anexo VIII “Modelo de contrato” Documento adicional a la convocatoria. | 85 |
Oficial de la Federación, publicado el martes 28 xx xxxxx de 2011 | 102 |
Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) | 111 |
Encuesta de Transparencia | 114 |
GLOSARIO
Para efectos de esta Convocatoria, se entenderá por:
Acuerdo: Administrador del Contrato: | El Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet publicado en el DOF el 28 xx xxxxx de 2011. El titular de la Dirección de Mantenimiento de la Secretaría de Bienestar. |
Área Convocante: | La Dirección General de Recursos Materiales de la Secretaría de Bienestar, a través de la Dirección de Adquisiciones y Contratos. |
Área Requirente: | La Dirección General de Recursos Materiales a través de la Dirección de Mantenimiento de la Secretaría de Bienestar. |
Área Técnica: | La Dirección General de Recursos Materiales a través de la Dirección de Mantenimiento de la Secretaría de Bienestar. |
Código: | El Código Fiscal de la Federación. |
CompraNet: | El Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental sobre Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, integrado entre otra información, por los programas anuales en la materia, de las dependencias y entidades; el registro único de proveedores; el padrón de testigos sociales; el registro de proveedores sancionados; las convocatorias a la Invitación y sus modificaciones; las invitaciones a cuando menos tres personas; las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de proposiciones y de fallo; los testimonios de los testigos sociales; los datos de los contratos y los convenios modificatorios; las adjudicaciones directas; las resoluciones de la instancia de inconformidad que hayan causado estado, y las notificaciones y avisos correspondientes. Dicho sistema será de consulta gratuita y constituirá un medio por el cual se desarrollarán procedimientos de contratación. El sistema está a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la unidad administrativa que se determine en su Reglamento, la que establecerá los controles necesarios para garantizar la inalterabilidad y conservación de la información que contenga. |
Contrato: | Es el acuerdo de voluntades para crear o transferir derechos y obligaciones, y a través del cual se formaliza la prestación de los servicios o entrega de los bienes. |
Convocatoria: | El documento que contiene los requisitos de carácter legal, técnico y económico respecto de los bienes y/o servicios objeto de la contratación y de las personas interesadas en otorgarlos, así como los términos a que |
se sujetará el procedimiento de contratación respectivo y los derechos y obligaciones de las partes. | |||||||
Documentación Complementaria: | Se refiere a la documentación distinta de las proposiciones técnicas y económicas requeridas en la presente Convocatoria a la Invitación. | ||||||
D.O.F.: | Diario Oficial de la Federación. | ||||||
e5cinco: | El esquema de Aprovechamientos. | pago | electrónico | de | Derechos, | Productos | y |
Identificación Oficial: | El documento público vigente que contiene datos de identificación personal, como la credencial expedida por el Instituto Federal Electoral y/o el Instituto Nacional Electoral, Cédula profesional, Pasaporte o Cartilla del servicio militar, vigentes. | ||||||
Internet: | La red mundial de comunicaciones Electrónicas. | ||||||
Investigación Mercado: | de | La verificación de la existencia de bienes, arrendamientos y servicios de proveedores a nivel nacional o internacional y del precio estimado basado en la información que se obtenga en la propia dependencia o entidad; de organismos públicos o privados; de fabricantes de bienes o prestadores del servicio, o una combinación de dichas fuentes de información. | |||||
IMSS: | El Instituto Mexicano del Seguro Social. | ||||||
Invitación: | La Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional No. IA-020000999-E63-2019. | ||||||
I.V.A.: | El Impuesto al Valor Agregado. | ||||||
Ley: | La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. | ||||||
Licitante: | La persona física o moral que participe en este procedimiento de Invitación. | ||||||
Medio | de | El conjunto de datos electrónicos asociados con un documento que son | |||||
Identificación | utilizados para reconocer a su autor, y que legitiman el consentimiento | ||||||
Electrónica: | de éste para obligarlo a las manifestaciones que se contienen, de | ||||||
conformidad con el artículo 27 de la Ley de Adquisiciones, | |||||||
Arrendamientos y Servicios del Sector Público. | |||||||
Medios Remotos de Comunicación Electrónica: | Los dispositivos tecnológicos para efectuar transmisión de datos e información a través de computadoras, líneas telefónicas, enlaces dedicados, microondas y similares. | ||||||
Método de evaluación Binario: | Mediante el cual sólo se adjudica a quien cumpla los requisitos establecidos por la Secretaría de Bienestar y oferte el precio más bajo y conveniente. |
MIPyME: | La micro, pequeña y mediana empresa. |
Nafin: | Nacional Financiera, S. N. C., Institución de Banca de Desarrollo. |
OIC: | Órgano Interno de Control en La Secretaría. |
Partida: | La división, agrupación o desglose de los bienes, para diferenciarlos unos de otros, clasificarlos o agruparlos, en el presente procedimiento. |
Persona: | La persona física o moral. |
Políticas (POBALINES): Precio Conveniente: Precio No Aceptable: | Las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Secretaría de Bienestar. Es aquel que se determina a partir de obtener el promedio de los precios preponderantes que resulten de las proposiciones aceptadas técnicamente en la presente invitación, y a éste se le resta el 40% (cuarenta por ciento) que se determina en las POBALINES de la Secretaría de Bienestar, de conformidad con la fracción XII del artículo 2 de la Ley. Es aquel que, derivado de la investigación xx xxxxxxx realizada, resulte superior en un 10% (diez por ciento) a lo ofertado, respecto del que se observa como mediana en dicha investigación, o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en la misma licitación. |
Programa Informático: | El medio de captura desarrollado por la SFP, que permite a los licitantes, así como a la Secretaría de Bienestar, enviar y recibir información por medios remotos de comunicación electrónica, así como generar para cada licitación pública un mecanismo de seguridad que garantice la confidencialidad de las proposiciones que recibe la Secretaría por esta vía; y que constituye el único instrumento con el cual podrán abrirse los sobres que contengan las proposiciones en la fecha y hora establecidas en la Convocatoria para el inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones. |
Proposiciones: | La proposición técnica y económica que presenten los licitantes. |
Proveedor: | La persona con quien la Secretaría de Bienestar celebre el contrato derivado de esta Invitación. |
Reglamento: | El Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. |
R.F.C.: | Registro Federal de Contribuyentes. |
SE: | La Secretaría de Economía. |
SAT: | El Servicio de Administración Tributaria. |
Secretaría: | La Secretaría de Bienestar. |
SFP: | La Secretaría de la Función Pública. |
SHCP: | La Secretaría de Hacienda y Crédito Público. |
SIAFF: | El Sistema Integral de Administración Financiera Federal. |
Sobre Cerrado: | Cualquier medio que contenga la proposición del licitante, cuyo contenido sólo se puede ser conocido en el acto de presentación y apertura de proposiciones en términos de la Ley. |
Tesofe: | La Tesorería de la Federación. |
APARTADO I. DATOS GENERALES O DE IDENTIFICACIÓN DE LA INVITACIÓN.
“La Secretaría”, a través de su Dirección General de Recursos Materiales, con domicilio en Avenida Paseo de la Reforma núm. 116, Piso 14, Colonia Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México, y en cumplimiento con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17 segundo párrafo, 24, 25 primer párrafo, 26 fracción II, 26 Bis fracción II, 27, 28 fracción I, 29, 41 fracción XX, 43, 45 y 47 de “La Ley”; 14, 39, 77, 81 y 85 de “El Reglamento”, el Acuerdo por el que se Establecen las Disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales; el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de “La Secretaría”; el Acuerdo por el que se Establecen las Disposiciones que se Deberán Observar para la Utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental Denominado CompraNet; y el Acuerdo por el que se expide el Protocolo de Actuación en Materia de Contrataciones Públicas, Otorgamiento y Prórroga de Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones y las demás disposiciones legales en la materia; celebra la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional No. IA- 020000999-E63-2019, para la contratación del Servicio de “Limpieza a bienes muebles, inmuebles de la Secretaría de Bienestar”, de los edificios de reforma 116, reforma 51, y torre misisipi 49, cendi y escuela primaria “xxxxxx azules” y el almacén general de tepepan que ocupa la Secretaría de Bienestar en la Ciudad de México.
Esta Convocatoria se pondrá a disposición para consulta de los licitantes a partir del día 22 xx xxxxxx de 2019, en la Dirección de Adquisiciones y Contratos de la Dirección General de Recursos Materiales de “La Secretaría”, sita en avenida Paseo de la Reforma número 116, Piso 14, Colonia Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México, de 09:00 a 18:00 horas en días hábiles, por lo que “La Secretaría”, no estará obligada a entregar una impresión de la misma.
De conformidad con lo establecido en los artículos 43, fracción I, de “La Xxx” x 00 xxxxxx xxxxxxx de “El Reglamento”, la difusión en CompraNet y en la página de Internet de “La Secretaría” de la presente Convocatoria estará disponible para consulta y obtención hasta el día en que se emita el fallo correspondiente. Esta Invitación será restringida, por lo que únicamente podrán participar en el procedimiento de contratación las personas que sean invitadas.
A) La presente Invitación a Cuando menos Tres Personas con base en los medios a utilizar es Electrónica y de carácter Nacional, en términos de los artículos 26, fracción II, 26 Bis, fracción II, 28, fracción I, 40, último párrafo y 43 de “La Ley”.
Conforme a lo establecido en los artículos 26 Bis, fracción II, y 27 de “La Ley”, exclusivamente se permitirá la participación de los licitantes a través de CompraNet; se utilizarán medios de identificación electrónica y el Mecanismo de Aclaraciones, el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones y el Acto de Fallo, sólo se realizarán a través de CompraNet.
1. PARTICIPACIÓN DE LICITANTES DE FORMA ELECTRÓNICA.
De conformidad con lo establecido en los artículos 27 y 34 de “La Ley” la presentación de proposiciones de la presente Invitación, se llevará a cabo a través de medios electrónicos, conforme a las disposiciones administrativas que emita la SHCP.
Las proposiciones deberán ser enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica, para lo cual los licitantes deberán utilizar exclusivamente el programa informático que la SHCP les proporcione. Dicho programa generará el sobre con las proposiciones mediante el uso de tecnologías que resguardan la confidencialidad de la información, de tal forma que sea inviolable.
Las proposiciones deberán elaborarse conforme a lo señalado en esta invitación en formatos Word, Excel, PDF, HTML o, en su caso, utilizar archivos de imagen tipo JPG o GIF. La proposición deberá ser elaborada preferentemente en papel membretado de cada licitante. El licitante deberá verificar que los documentos sean legibles; aquéllos que no lo sean, no serán objeto de análisis por “La Secretaría”.
En caso de que en esta Convocatoria se requiera al licitante exhibir un número determinado de documentos y éste presente un número mayor de documentos, sólo serán examinados y evaluados los primeros, considerando para tal efecto el número de folio.
El licitante deberá emplear en sustitución de la firma autógrafa, el medio de identificación electrónica, para tal fin deberá certificarse previamente por la SHCP, los cuales producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio.
Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, DEBERÁN ESTAR FOLIADOS en todas y cada una de las hojas que los integren. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las propuestas técnica y económica, así como el resto de los documentos que entreguen los licitantes.
En el caso de que alguna o algunas hojas de los documentos mencionados en el párrafo anterior carezcan de folio y se constate que las hojas no foliadas mantienen continuidad, “La Secretaría” no podrá desechar la proposición. En el supuesto de que falte alguna hoja y la omisión pueda ser cubierta con información contenida en la propia proposición o con los documentos distintos a la misma, “La Secretaría” tampoco podrá desechar la proposición. En caso de presentar su proposición sin foliar en todas y cada una de sus hojas, esto constituirá una causal de desechamiento.
NOTA: Se reproduce al final de la presente Convocatoria, para conocimiento de los licitantes, el Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental Denominado CompraNet, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el martes 28 xx xxxxx de 2011.
B) La presente Invitación a cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional tiene el número de identificación IA-000000000-E63-2019.
C) El plazo para la prestación del servicio iniciará La vigencia del contrato y de los “SERVICIOS” será a partir del día hábil siguiente a la notificación del fallo y hasta el 31 de diciembre de 2020.
D) “La Secretaría” cuenta con la aprobación presupuestaria en la Partida 35801, de conformidad con el Reporte General de Suficiencia Presupuestaria Sufi. Ppta. 00516, Folio de autorización 1216, de fecha 02 xx xxxx de 2019, emitido por la Dirección General de Programación y Presupuesto de “La Secretaría”. Así mismo cuenta con el documento mediante el cual se autoriza la contratación plurianual, con número de folio 2019-20-411- 38.
E) El idioma en que se deberá presentar la proposición, los anexos y demás documentación solicitada en la presente Invitación, será el español.
F) El presente procedimiento de contratación NO será financiado con fondos provenientes de créditos externos otorgados al Gobierno Federal, ni con la garantía de Organismos Financieros Regionales o Multilaterales.
G) A fin de dar cumplimiento a la Norma Mexicana para la Igualdad Laboral entre Mujeres y Hombres (NMX-R-025-SCFI-2015), en todos los casos donde se utilice un lenguaje que pudiera interpretarse como excluyente al género femenino, invariablemente deberá interpretarse y entenderse como incluyente e igual, tanto para hombres como para mujeres.
APARTADO II. OBJETO Y ALCANCE DE LA INVITACIÓN. OBJETO.
Se refiere a la contratación del Servicio de “Limpieza a bienes muebles, inmuebles de la Secretaría de Bienestar”, de los edificios de reforma 116, reforma 51, y torre misisipi 49, cendi y escuela primaria “xxxxxx azules” y el almacén general de tepepan que ocupa la Secretaría de Bienestar en la Ciudad de México, de conformidad con las especificaciones, características y requerimientos que se señalan en esta Invitación y en particular en el Anexo “A” Anexo Técnico de la misma.
ALCANCE:
A) La información necesaria para identificar el servicio que se requieren se proporcionan a través de la presente Invitación y se encuentran establecidos en el Anexo “A” Anexo Técnico de la misma.
B) La presente Invitación consta de una Partida Única, misma que se integra de cinco conceptos.
C) Para la presente Invitación, no se establece un precio máximo de referencia.
D) Para la presente Invitación aplican las siguientes normas:
Para las siguientes normas deberán presentar acta de inspección extraordinaria de orientación y asesoría en materia de seguridad e higiene, expedida por las unidades de verificación acreditadas por la STPS, dicha acta no deberá ser mayor a 12 meses.
Número de Norma | Descripción de la Norma |
NOM-004-STPS-1999 | Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo. |
NOM-017-STPS-2008 | Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en los centros de trabajo. |
NOM-009-STPS-2011 | Condiciones de seguridad para realizar trabajos en altura. |
NOM-030-STPS-2009 | Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo – Funciones y actividades |
Para las siguientes normas podrán acreditar con una carta de manifiesto de decir verdad que sus materiales e insumos cuentan con dichas normas.
Número de Norma | Descripción de la Norma |
NMX-Q-002-SCFI-2007 | Productos de aseo-detergentes domésticos en polvo para uso general – especificaciones y métodos de prueba. |
NOM-050-SCFI-2004 | Información comercial- etiquetado general de productos |
NMX-N-092-SCFI-2015 | Industrias de celulosa y papel –papeles creados (tissue) para mercado institucional (higiénico, pañuelo facial, servilleta y toalla)- especificaciones y método de prueba. |
NMX-N-096-SCFI-2014 | Industrias de celulosa y papel – papeles semikraft: toallas para manos – especificaciones. |
“EL PROVEEDOR” se obligan a cumplir las demás normas que resulten aplicables a la prestación del servicio.
Presentar los siguientes Certificados de calidad:
• NMX-CC-9001-IMNC-2015 ISO 9001:2015
• NMX-SAST-001-IMNC-2008 BSI OHSAS 18001:2007
• NMX-SAA-14001-IMNC-2015 ISO 14001:2015
E) Para la presente Invitación SI se requerirán muestras
“EL PROVEEDOR” entregará una muestra física de los siguientes insumos y utensilios de limpieza los cuales deberán ser del tamaño y presentación original (comercial) del fabricante (marca registrada), y etiquetadas con el nombre de “EL PROVEEDOR”.
• Cesto mediano negro de 31 x 24 x 33.5 para basura
• Cesto para baño negro de 38.7 x 25.5 x 38.7 para basura en baño
• Cesto de 240 lts. Con tapa con pedal y ruedas de hule macizo de alta resistencia color gris, de 104 x 56 x 70 para basura en cocina
• Cesto de 240 lts. Con tapa con pedal y ruedas de hule macizo de alta resistencia color verde, de 104 x 56 x 70 para basura en cocina.
• Despachadores de Jabón Líquido para Manos.
• Despachadores de Papel Higiénico Jumbo.
• Fibra verde de 7 x 13 cm
• Franela de 50 cm. De ancho de 42 hilos en trama de 1 color blanco
• Franela de 50 cm .de ancho de 42 hilos en trama de 1 color gris
• Guantes de hule de látex con capa interior de algodón (afelpado) del no.7,8,9
• Jerga de 50 cm de ancho de 16 hilos en trama de 1
• Mechudo camionero xxxxxx de 750 gramos
• Papel higiénico tipo "jumbo", hoja doble de 500 m. X 9 cm ancho, o calidad equivalente
• Toallita interdoblada. - deberá ser Caja con 20 paquetes de 100 toallas hoja sencilla de
23.3 x 23.0 centímetros Color blanco, con un margen de +/- 2 centímetros (biodegradable).
• Toallas interdobladas tipo sanitas, paquete de 20 fajillas de 100 hojas dobles de 24 x 21cm blanca o calidad equivalente, con un total de 2000 hojas
De igual forma, “EL PROVEEDOR” entregará el resultado con vigencia máxima de seis meses de antigüedad a la fecha de presentación y apertura de propuestas, del análisis de biodegradabilidad y reto microbiano emitido por Entidad Mexicana de Acreditación (EMA) y/o la Secretaria de Salud de los 13 (trece) siguientes productos:
MATERIALES SANITARIOS
1. Aceite rojo lustrador para abrillantar muebles xx xxxxxx, xxxxxxx, xxxxxx y lambrines
2. Aceite magnetizador para mop
3. Aromatizante de ambiente en aerosol de 400 ml,
4. Cera líquida para piso blanca
5. Champú líquido para lavar alfombras.
6. Cloro al 8% de concentración para desinfectar y limpiar.
7. Detergente en polvo, biodegradable
8. Esencia fresca, liquida, Lima-limón
9. Jabón líquido para manos
10. Limpiador líquido multiusos con aroma para aplicarse directamente o diluirse, que sea biodegradable.
11. Pastilla desodorante para baño, tipo media luna con accesorio de alambre para colgar.
12. Desengrasante
13. Limpia metales líquido
Las muestras serán verificadas a fin de comprobar que correspondan con lo solicitado, quedando en custodia y resguardo de “LA SECRETARÍA”, las muestras servirán para verificar que los insumos y materiales que se suministren por el licitante ganador y durante la vigencia del servicio, sean los mismos que fueron ofertados, tanto en marca como en calidad.
Las muestras y los resultados de los análisis respectivos deberán entregarse en su totalidad en una sola exhibición en la Residencia de Mantenimiento ubicada en el inmueble de Xxxxx xx xx Xxxxxxx Xx. 000, Xxxxxx, Xxx. Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx en la Ciudad de México, el día del acto de presentación y apertura de propuestas de las 11:00 a las 18:00 horas, en empaque e indicando que los materiales a utilizar son inofensivos para el ser humano. No se recibirán muestras físicas después del tiempo establecido.
El incumplimiento de este requisito será causal de desechamiento.
Adicionalmente deberá anexar copia a color de cada una de las muestras físicas, de acuerdo a la presentación que se está proponiendo.
F) El contrato especifico se realizará en términos del artículo 26 fracción II, 41 fracción XX, 43, 45 y 47 de “La Ley”, así como el 81 y 85 de “El Reglamento”, con las especificaciones y características del servicio establecidos en el Anexo “A” Anexo Técnico de esta Invitación.
La adjudicación se hará por Partida Única al licitante que haya presentado una proposición solvente, porque cumple con los requisitos legales y/o administrativos, técnicos y económicos establecidos en la presente Convocatoria, y que por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas; y que haya ofertado el precio más bajo, siempre y cuando éste resulte aceptable y conveniente.
G) El modelo de contrato para la presente Invitación, es el establecido en el Anexo VIII (archivo anexo), de la presente Convocatoria.
APARTADO III. FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN.
A) Fecha, hora y lugar de los actos del procedimiento de Invitación.
El Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, el Mecanismo de Aclaración y el Acto de junta pública en la que se dará a conocer el Fallo, relativos al procedimiento de la presente Invitación, se llevarán a cabo en el domicilio de “La Secretaría” ubicado en avenida Paseo de la Reforma Núm. 116, Piso 7, Colonia Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México.
La participación de los licitantes en el presente procedimiento será única y exclusivamente de manera electrónica a través de CompraNet.
A los actos del procedimiento de la presente Invitación, podrá asistir cualquier persona en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.
Las Cámaras, Colegios o Asociaciones Profesionales u otras organizaciones no gubernamentales podrán asistir a los actos de esta Invitación, así como cualquier persona física o moral, que manifiesten interés de estar presentes en los mismos, bajo la condición de que deberán registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.
En el presente procedimiento, no se aceptará el envío de proposiciones a través del servicio postal o de mensajería, así como tampoco se aceptará la presentación de las proposiciones de manera presencial.
Esta Invitación es electrónica por lo que se señala la fecha y hora en las que se llevarán los actos del procedimiento por medio de CompraNet, conforme a lo siguiente:
ACTO | FECHA | USO HORARIO DE LA CD. DE MÉXICO |
Mecanismo de Aclaraciones | 26/08/2019 | 11:00 horas |
Muestras | 28/08/2019 | De las 11:00 a las 18:00 horas. |
Presentación y Apertura de Proposiciones | 28/08/2019 | 11:00 horas |
Fallo | 29/08/2019 | 18:00 horas |
No habrá visita a las instalaciones de “La Secretaría”.
2. MECANISMO PARA LA ACLARACIÓN AL CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA.
Con fundamento en el artículo 77, párrafo sexto de “El Reglamento”, en este procedimiento, “La Secretaría” opta por realizar un mecanismo de aclaraciones.
Consecuentemente, en cumplimiento a lo previsto en ese precepto, enseguida se indica la forma y términos en que los licitantes podrán solicitar las aclaraciones a la Convocatoria:
Los licitantes podrán solicitar las aclaraciones, las cuales deberán versar exclusivamente sobre el contenido de esta Convocatoria y sus respectivos anexos, a través del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental sobre Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios CompraNet 5.0, a más tardar el día 26 xx xxxxxx de 2019 hasta las 11:00 horas, a efecto de que “La Secretaría” esté en posibilidad de analizarlas y hacer las correspondientes aclaraciones a más tardar el día 26 xx xxxxxx del año en curso.
Las solicitudes de aclaración que sean recibidas con posterioridad al plazo previsto en el párrafo anterior, no serán contestadas por “La Secretaría” por resultar extemporáneas, por lo que sólo se integrarán al expediente respectivo.
Las solicitudes de aclaración deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la Invitación, indicando el numeral o punto específico con el cual se relaciona. Las solicitudes que no cumplan con los requisitos señalados, podrán ser desechadas.
a. ESCRITO DE INTERÉS EN PARTICIPAR.
Deberán presentar un escrito, en formato electrónico a través del portal de CompraNet, en el que expresen su interés en participar en la Invitación y donde su firmante manifieste, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, incluyendo los datos siguientes:
• Del Licitante: Registro Federal de Contribuyentes/Cédula de Identificación Fiscal, nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, así como el nombre de los socios, y
• Del representante legal del Licitante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas.
Las personas que manifiesten su interés en participar en la presente Invitación mediante el escrito a que se refiere este punto, serán consideradas licitantes y tendrán derecho a formular solicitudes de aclaración en relación con la presente Invitación.
3. ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
Los licitantes podrán intervenir en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, enviando a través del Sistema CompraNet un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica, conforme a lo establecido en el artículo 29 fracción VI de “La Ley”; o bien con el objeto de acreditar personalidad los licitantes o sus representantes podrán presentar un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que contendrá los datos siguientes:
• Del Licitante: Registro Federal de Contribuyentes/Cédula de Identificación Fiscal, nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado(a) o el (la) representante, tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, así como el nombre de los (las) socios (as), y
• Del (la) representante legal del licitante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas.
Se permitirá el acceso al acto correspondiente a la persona que así lo desee en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir de cualquier forma en el acto de presentación y apertura de proposiciones. Lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 26, penúltimo párrafo, de “La Ley”.
El Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones dará inicio a las 11:00 horas, del 28 xx xxxxxx de 2019, en el Piso 7 de “La Secretaría”, sita en Xxxxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxxx, xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Ciudad de México.
Una vez iniciado el acto, se procederá a registrar a los asistentes.
En este acto serán abiertas las proposiciones enviadas a través de CompraNet; “La Secretaría” únicamente hará constar la documentación que presentó cada uno de los licitantes, sin entrar al análisis técnico, legal o administrativo de su contenido.
Para efectos de dar cumplimiento a las fracciones I y II del artículo 48 de “El Reglamento” se adjunta el Anexo VII.
Una vez recibidas todas las proposiciones, el servidor público que presida el acto, atendiendo al número de proposiciones, podrá optar entre dar lectura al precio que integra
cada una de las Partidas, o anexar copia de la propuesta económica de los licitantes al acta respectiva, debiendo en este último caso, dar lectura al importe total de cada proposición. En ambos supuestos el análisis detallado de las proposiciones se efectuará posteriormente por “La Secretaría”, al realizar la evaluación de las mismas.
Las proposiciones serán presentadas electrónicamente y descargadas a través de CompraNet, mismas que serán grabadas en un CD, de lo anterior, el representante del Área Requirente, rubricará el CD que contenga las propuestas técnicas y económicas descargadas por CompraNet, así como la documentación distinta a las mismas para formar parte del expediente.
El servidor público que presida el acto, deberá recibir las proposiciones para su posterior evaluación, por lo que no podrá desechar ninguna de ellas durante dicho acto.
Para efectos de lo dispuesto en el artículo 50 de “La Ley” y 48, fracción III, párrafo segundo, de “El Reglamento”, la recepción de las proposiciones se entenderá realizada una vez que ésta se analice durante su evaluación, debiéndose indicar en el Fallo si la proposición fue desechada por incumplir la mencionada disposición legal.
En el acta correspondiente al Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones se asentarán los hechos relevantes que se hubieren presentado.
En el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, “La Secretaría” podrá anticipar o diferir la fecha del fallo dentro de los plazos establecidos en la fracción III del artículo 35 de “La Ley”, lo cual quedará asentado en el acta correspondiente a este acto. También podrá hacerlo durante la evaluación de las proposiciones, dentro los plazos indicados, notificando a través de CompraNet a los licitantes la nueva fecha en ese acto.
Los licitantes admitirán que se tendrán por no presentadas las proposiciones y la demás documentación requerida por “La Secretaría”, cuando los sobres generados a través de CompraNet en los que se contenga dicha información contengan virus informáticos o no puedan abrirse, por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo, o cuando las proposiciones no sean firmadas conforme a los medios de identificación electrónica dispuestos por la SHCP; esto último, de acuerdo al numerla 16 del “Acuerdo por el que se Establecen las Disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental Denominado CompraNet”.
En el supuesto de que durante el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones por causas ajenas a la SHCP y a “La Secretaría”, no sea posible abrir las proposiciones enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se reanudará a partir de que desaparezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción.
La SHCP podrá verificar en cualquier momento, que durante este tiempo de interrupción, no se haya suscitado alguna modificación a las proposiciones que obren en poder de “La Secretaría”.
La proposición deberá ser elaborada preferentemente en papel membretado de cada licitante. El licitante deberá verificar que los documentos sean legibles; aquéllos que no lo sean, no serán objeto de análisis por “La Secretaría”.
En caso de que en la Convocatoria se requiera al licitante exhibir un número determinado de documentos y éste presente un número mayor de documentos, sólo serán examinados y evaluados los primeros, considerando para tal efecto el número de folio.
A) En el presente procedimiento, no se aceptará la presentación de proposiciones de forma presencial o mediante el envío de proposiciones a través del servicio postal o de mensajería.
B) Una vez recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos en la presente Invitación, éstas no podrán retirarse o dejarse sin efecto, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento de Invitación hasta su conclusión.
C) De conformidad a lo establecido en el último párrafo del artículo 77 de “El Reglamento” no resulta aplicable la presentación de proposiciones conjuntas en el presente procedimiento.
D) Los licitantes sólo podrán presentar una proposición para la presente Invitación.
E) Los licitantes podrán cargar de manera electrónica a través de CompraNet la documentación distinta a la que conforma las propuestas técnica y económica, misma que forma parte de su proposición.
F) “La Secretaría” difundirá a través de CompraNet el acta correspondiente al Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, para efectos de su notificación. Esto de conformidad con lo señalado en el último párrafo del artículo 37 Bis de “La Ley”.
El fallo se dará a conocer el 29 xx xxxxxx de 2019, a las 18:00 horas, en el Piso 7 de “La Secretaría”, sita en Xxxxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxxx xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Ciudad de México, en junta pública, a la que libremente podrán asistir las personas que así lo deseen en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir de cualquier forma a la Junta Pública de la Notificación de Fallo.
El Fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre la junta pública, procedimiento que sustituye a la notificación personal. A los licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet.
5. FIRMA DEL CONTRATO.
Con la notificación del Fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo a más tardar dentro de los quince dias naturales siguientes de dicha notificación, en la Dirección de Adquisiciones y Contratos de la Dirección General de Recursos Materiales de “La Secretaría”, sita en avenida Paseo de la Reforma número 116, Piso 14, Colonia Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México, asimismo con la notificación del Fallo se realizará la requisición del servicio de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de “La Ley” y 84 de “El Reglamento”.
La notificación al licitante respecto de los actos del procedimiento de contratación se realizará a través de CompraNet en la siguiente dirección electrónica xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. Dicho procedimiento sustituye a la notificación personal.
Se fijará un ejemplar del acta correspondiente al Mecanismo de Aclaraciones, del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, y de la junta pública en la que se dé a conocer el Fallo en: Xxxxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxxx xxxxxx 000, Xxxxxx Xxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Ciudad de México, en donde se encontrará disponible por un término no menor a cinco (5) días hábiles, siendo de la exclusiva responsabilidad de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y obtener, en su caso, copia de la misma.
7. INDICACIONES RELATIVAS AL FALLO.
A) FALLO.
El fallo que emita “La Secretaría” se apegará a lo establecido en el artículo 37 de “La Ley”.
B) FIRMA DEL CONTRATO.
Para los efectos de “La Ley”, la Invitación y el contrato son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y obligaciones. Las estipulaciones que se establezcan en el contrato no deberán modificar las condiciones previstas en la Invitación; en caso de discrepancia, prevalecerá lo estipulado en éstas.
Si el Licitante adjudicado no firma el contrato por causas imputables al mismo, conforme a lo señalado en la presente Invitación, “La Secretaría”, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicará el contrato al participante que haya obtenido el segundo lugar, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición inicialmente adjudicada no sea superior a un margen xxx xxxx por ciento de conformidad con lo establecido en el artículo 46 segundo párrafo de “La Ley”.
Los derechos y obligaciones que se deriven del contrato no podrán ser transferidos por “El Proveedor” en favor de cualquier otra persona, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento previo por escrito de “La Secretaría”. Dicho consentimiento será otorgado por el titular del Área Requirente.
En el Anexo VIII (archivo anexo) se incluye el Modelo de Contrato Especifico, el cual será complementado con la documentación legal y administrativa del Licitante que resulte adjudicado, con el Anexo “A” Anexo Técnico, y Anexo “B” Propuesta Económica.
C) DOCUMENTACIÓN QUE SE DEBERÁ ENTREGAR PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO.
Con fundamento en los artículos 29 fracción VII de “La Ley” y 35 tercer párrafo de “El Reglamento”, previamente a la firma del contrato, el licitante adjudicado deberá presentar, en la Dirección de Adquisiciones y Contratos de la Dirección General de Recursos Materiales de “La Secretaría”, sita en avenida Paseo de la Reforma Número 116, Piso 14,
Colonia Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México; original o copia certificada para cotejo y copia simple para archivo de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente, AL SIGUIENTE DÍA HÁBIL a la Notificación del Fallo, de acuerdo a lo siguiente:
a) Para el caso de personas xxxxxxx:
1) De los testimonios notariales que acrediten la debida constitución de la persona moral. Esta documentación formara parte integral del expediente de contratación,
2) De la constancia de inscripción en el Registro Público de Comercio.
3) Del Registro Federal de Contribuyentes/Cédula de Identificación Fiscal.
4) De la constancia del domicilio fiscal de la persona moral, incluyendo Código Postal, con una antigüedad no mayor a 3 (tres) meses.
5) Del poder que acredite la personalidad jurídica de su representante, a fin de acreditar que cuenta con las facultades suficientes para suscribir el contrato correspondiente en nombre y representación de la persona moral. esta documentación formara parte integral del expediente de contratación,
6) De la identificación oficial vigente del o la representante legal con fotografía y firma (Pasaporte, cartilla del Servicio Militar Nacional, credencial para votar o cédula profesional).
7) De la constancia de la institución bancaria sobre la existencia de la cuenta de cheques abierta a nombre del beneficiario de la cuenta, que incluya el número de cuenta con 11 posiciones, así como la clave bancaria estandarizada (CLABE con 18 posiciones), o estado de cuenta, con una antigüedad no mayor a 3 (tres) meses.
8) Escrito de Estratificación de MIPyMES, en el que se establecerá la fecha del presente oficio, de acuerdo al formato que emite para tal efecto la SFP y
9) Escrito en términos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP.
b) Para el caso de personas físicas:
1) Del Registro Federal de Contribuyentes/Cédula de Identificación Fiscal.
2) De la identificación oficial vigente.
3) Del acta de nacimiento o carta de naturalización en su caso.
4) De la Clave Única del Registro de Población (CURP).
5) De la constancia de domicilio fiscal con una antigüedad no mayor a tres meses.
6) De la constancia de la institución bancaria sobre la existencia de la cuenta de cheques abierta a su nombre, que incluya el número de cuenta con 11 posiciones, así como la clave bancaria estandarizada (CLABE) con 18 posiciones, o estado de cuenta con una antigüedad no mayor a tres meses.
7) Escrito en términos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP.
El Licitante adjudicado, de conformidad con la Resolución Miscelánea Fiscal para el año
2019 (publicada en el D.O.F. el 29/04/2019), y en cumplimiento a las Reglas 2.1.31. y
2.1.39 para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, deberá presentar a más tardar en la fecha de formalización del contrato, el documento vigente expedido por el SAT en el que se emita la Opinión del Cumplimiento de las Obligaciones Fiscales en SENTIDO POSITIVO de acuerdo a lo previsto en la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2019. (Dicho documento podrá ser adjuntado por los licitantes en el acto de presentación y apertura de propuestas, siendo obligatorio presentarlo a más tardar en la fecha de formalización del contrato).
El Licitante adjudicado para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación deberá presentar a más tardar en la fecha de formalización del contrato, el documento vigente expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social sobre la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones en Materia de Seguridad Social en SENTIDO POSITIVO, de conformidad con el procedimiento establecido en la Regla Quinta del Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo “A”, Anexo Técnico, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social. (Dicho documento podrá ser adjuntado por los licitantes en el acto de presentación y apertura de propuestas, siendo obligatorio presentarlo a más tardar en la fecha de formalización del contrato).
El Licitante adjudicado, en términos del Acuerdo del H.- Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda para los trabajadores por el que se emiten las "Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de amortizaciones", publicado en el Diario Oficial de la Federación del día 28 xx xxxxx de 2017, deberá presentar a más tardar en la fecha de formalización del contrato, el documento vigente expedido por el Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los trabajadores relativo a la obtención de la citada constancia de situación fiscal. (Dicho documento podrá ser adjuntado por los licitantes en el acto de presentación y apertura de propuestas, siendo obligatorio presentarlo a más tardar en la fecha de formalización del contrato).
D) GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.
Con fundamento en lo establecido en los artículos 48 fracción II, y 49 fracción I, de “La Ley”, 103 de “El Reglamento”; 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, 48 fracción II, de la Ley de Tesorería de la Federación, y 70 de su Reglamento, así como las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015, “El Proveedor” garantizará el cumplimiento del contrato con una fianza INDIVISIBLE que deberá ser otorgada por una institución afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, equivalente al 10% (diez por ciento) del monto máximo total del contrato, sin incluir IVA, a favor de la TESOFE, debiendo ser entregada la garantía referida, en un plazo no mayor de 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del contrato, en la Dirección de Adquisiciones y Contratos de la Dirección General de Recursos Materiales de “La Secretaría”, sita en avenida Paseo de la Reforma número 116, Piso 14, Colonia Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México, en un horario de 10:00 a 15:00 horas y en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos:
Para garantizar a favor de la Tesorería de la Federación, por (razón social), por el(la) C. (nombre del apoderado legal y/o representante legal), en su carácter de apoderado legal y/o administrador único y/o representante legal, (incluir el domicilio fiscal completo de la empresa, asociación y/o sociedad, con R.F.C), mediante fianza Indivisible (checar la cláusula de garantía de cumplimiento) el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones y cualquier otra responsabilidad durante la vigencia del contrato número (411…../2019) de fecha (la de firma), con un importe total por la adquisición de $(monto sin I.V.A.) (cantidad con letra antes del I.V.A.) más I.V.A., cuyo objeto es (cláusula primera del contrato), celebrado con la Secretaría de Bienestar, representada por su (cargo y nombre del servidor público que autoriza el contrato y firma por parte de la Secretaría). La presente fianza se expide de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y estará vigente del (cláusula de vigencia del contrato, día de inicio, mes, año al día de término, mes, y año); (Razón social de la afianzadora y domicilio de la misma) expresamente declara que:
a) La fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato mencionado con anterioridad, la Convocatoria de la que deriva dicho contrato, así como sus anexos;
b) Esta fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que “La Secretaría” otorgue prórrogas o esperas a “El Proveedor” para el cumplimiento de las obligaciones, así mismo, se modificará en caso de otorgamiento de prórrogas, ampliación al monto o plazo del contrato;
c) Esta fianza permanecerá vigente desde su fecha de expedición y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan por parte de “El Proveedor” o de “La Secretaría”, hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal, que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia;
d) La fianza se cancelará cuando “El Proveedor” haya cumplido con todas las obligaciones estipuladas en el contrato, siendo indispensable la conformidad expresa y por escrito de “La Secretaría”, sin cuyo requisito no procederá la cancelación de la fianza, y, en consecuencia, ésta continuará vigente; y
e) La institución afianzadora acepta someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y Fianzas, para la efectividad de la presente fianza, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
f) En el supuesto de que “La Secretaría” y por así convenir a sus intereses, decidiera modificar o ampliar la prestación del servicio, “El Proveedor” se obliga a garantizar dicha adquisición, debiendo contratar la modificación a la póliza de fianza, presentando endoso a la misma o bien una nueva fianza por el 10% (diez por ciento) del importe de la modificación convenida, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes al de la firma del convenio que modifique el contrato principal, en donde conste las modificaciones o cambios en la respectiva póliza de seguro.
E) FORMA Y CONDICIONES DE PAGO
“EL PROVEEDOR” entregará de manera mensual un reporte con las incidencias, control de registro de limpieza y suministros del mes inmediato anterior, el reporte de servicio deberá contener, las actividades realizadas, y la evidencia que soporte el pago, que deberá de ser Entregado al Residente de Mantenimiento del inmueble y Autorizado por el Administrador del Contrato sin lo cual no procederá el pago correspondiente.
En términos del artículo 51 de la "LAASSP" el pago se realizará de conformidad con el servicio efectivamente prestado, previa comprobación, verificación y aceptación del mismo por "El Administrador del Contrato"
El pago se realizará a mes vencido en moneda nacional una vez aceptado de conformidad con el servicio prestado, dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores a la presentación del comprobante fiscal digital por Internet, el cual deberá cumplir con los requisitos fiscales conforme a lo establecido en los artículos 51 de la "Ley", 89 y 90 de su Reglamento. El cómputo del plazo para realizar el pago se contabilizará a partir del día hábil siguiente de la recepción del Comprobante Fiscal Digital (CFDI) que ampare los servicios devengados. El pago se efectuará mediante transferencia electrónica, por lo que "El Proveedor" deberá presentar documento expedido por institución bancaria.
En caso de que el CFDI entregado por el proveedor para su pago presente errores o deficiencias, el administrador del contrato, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito a "El Proveedor" las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el proveedor presente las correcciones no se computará para efectos del artículo 51 de la Ley.
Para efectos de lo anterior, "El Administrador del Contrato" deberá remitir a la Dirección General de Programación y Presupuesto de “La Secretaría”, la documentación en original que compruebe la prestación del servicio, junto con el CFDI correspondiente en el que manifieste su entera satisfacción respecto a la prestación del servicio, en tiempo y forma, solicitando por escrito que se tramite el pago. En su caso, cuando el servicio sea prestado de forma parcial o deficiente o exista algún atraso en la prestación del mismo, será responsabilidad de "El Administrador del Contrato" determinar el importe que se aplicará por concepto xx xxxxx convencionales y deducciones, documentarlas, así como notificar por escrito a la Dirección General de Programación y Presupuesto de “La Secretaría” el importe de las mismas.
El pago del servicio quedará condicionado al pago que "El Proveedor" deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales que se determinen.
En el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas, ni la contabilización de las mismas, al hacer efectiva la garantía de cumplimiento. Lo anterior, de conformidad con el contenido del segundo párrafo del artículo 95 del Reglamento de la "Ley"
"La Secretaría" no otorgará ninguna clase de anticipo.
F) PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS
Con base a lo establecido en el artículo 8 de “La Ley” y de lo señalado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal que corresponde, “La Secretaría” hace una atenta invitación a los Licitantes para que se afilien al Programa xx Xxxxxxx Productivas, con el único requerimiento de inscribirse y contar con el servicio de Internet o teléfono. En
caso de interesarse en conocer más a fondo este programa, podrán acceder a la dirección electrónica xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xxx.xx.
El licitante ganador, con base en la información que se indica, podrá iniciar su afiliación en un plazo no mayor a cinco días naturales posteriores al fallo, comunicándose al número telefónico 50.89.61.07 o al 01.800. NAFINSA (01-800-6234672), o acudiendo a las oficinas de Nacional Financiera, S.N.C., donde se le atenderá para el proceso de afiliación.
También cuenta con un esquema de factoraje que está a disposición de todos los proveedores en adquisiciones de la Administración Pública Federal, para aquellos que estén interesados en utilizar dicho esquema. Al respecto encontrará mayor información en la página web de Nacional Financiera: xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxx-xx- gobierno/programa-de-compranet-del-gobierno-federal/cadenas-productivas.html.
La afiliación al programa es por única vez, por lo que no es necesario realizar el proceso de nueva cuenta en alguna otra dependencia o entidad, además de que no tienen ningún costo.
G) PENA CONVENCIONAL.
De conformidad con el artículo 53 de la “La Ley” y 96 de “El Reglamento”, en caso de que “EL PROVEEDOR” presente atraso en el cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones pactadas para la prestación del servicio, “LA SECRETARÍA” podrá aplicar una pena convencional equivalente al 0.5% (cero punto cinco por ciento), por cada día natural de atraso sobre el monto de los servicios no prestados oportunamente, de conformidad con el presente Anexo y el contrato que se adjudique.
El pago de la pena deberá efectuarse a través del e5cinco, sin que la pena convencional exceda el monto de la garantía de cumplimiento y se aplicará sobre el monto proporcional sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.
Cuando el monto total de aplicación xx xxxxx convencionales exceda el monto máximo total de la garantía de cumplimiento, se iniciará el procedimiento de rescisión en los términos del artículo 54 de la “La Ley”.
El cálculo, notificación y aplicación de la pena convencional, corresponde al Administrador del Contrato.
Independientemente de la aplicación de la pena convencional a que hace referencia el párrafo que antecede, se aplicarán además cualquiera otra que la Ley establezca. Esta pena convencional no descarta que “LA SECRETARÍA” en cualquier momento posterior al incumplimiento determine procedente la rescisión del contrato respectivo, considerando la gravedad del incumplimiento de los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses de “LA SECRETARÍA”. En caso que sea necesario llevar a cabo la rescisión administrativa del contrato, la aplicación de la garantía de cumplimiento será por el monto total garantizado.
La penalización tendrá como objeto resarcir los daños y perjuicios ocasionados a “LA SECRETARÍA” por el incumplimiento del contrato.
El pago del servicio quedará condicionado proporcionalmente al pago que el proveedor deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, en el entendido de que si el contrato es rescindido no procederá el cobro de dichas penas.
H) DEDUCCIONES POR INCUMPLIMIENTO PARCIAL O DEFICIENTE.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 53 bis de “La Ley” y 97 de su Reglamento, en caso de que “El Proveedor” incurriera en incumplimiento de sus obligaciones contractuales con las características, especificaciones y calidad a las señaladas en el Anexo Técnico, “La Secretaría” le aplicará una deducción del 3% (tres por ciento) sobre el importe del servicio requerido que haya sido entregado de forma parcial o deficiente, aplicado directamente al pago del Comprobante Fiscal Digital por Internet correspondiente.
Lo anterior, en el entendido de que de forma inmediata se cumpla con el objeto del contrato, conforme a lo acordado, en caso contrario “La Secretaría” podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por “La Secretaría”.
Procederá la rescisión del contrato respectivo, cuando la suma del importe total de las deducciones aplicadas a “El Proveedor” corresponda al 20% (veinte por ciento) del monto total del contrato.
El cálculo, notificación y aplicación de las deducciones corresponde al Administrador del Contrato.
El Administrador del contrato aplicará deducciones por deficiencias en los servicios. Se considerará incidencia por deficiencia en los servicios los puntos siguientes que son de manera enunciativa más no limitativa:
• Reporte xx xxxxx sucios, áreas específicas de reporte.
• Desatención de reportes de mal servicio, excediendo de la tolerancia (30 minutos)
• Entregar los reportes de registros de elementos después del plazo señalado.
• Retirar la basura después de los días y horarios establecidos para cada inmueble y/o no hacerlo.
• Omitir el abastecimiento o instalación de los despachadores que se requieran en los términos establecidos en el presente anexo.
• La falta de uniforme en los elementos de limpieza, una incidencia por cada día que se presente esta situación.
• La falta de uniformes distintivos y respectivos en los elementos supervisores, una incidencia por cada día que se presente esta situación.
• Ausencia del elemento, una incidencia por cada día, por elemento, cuando se presente, esta situación.
En relación a lo anterior se le aplicará la deducción del 3% del monto total diario del contrato a cada una de las incidencias por deficiencia en lo anteriormente mencionado.
8. CASOS EN LOS QUE SE DECLARARÁ DESIERTA O SE CANCELARÁ LA INVITACIÓN.
Conforme a lo establecido en los artículos 38, 43, fracción III de “La Ley”, 58, 77 párrafo quinto y 78 de “El Reglamento”, “La Secretaría” procederá a declarar desierta la Invitación cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
• No se presenten proposiciones en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones.
• Cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no cubran los requisitos solicitados en la Invitación.
• Cuando el precio de la partida no sea aceptable o conveniente.
• No contar con un mínimo de tres proposiciones susceptibles de analizarse técnicamente.
En el caso de no contar con un mínimo de tres proposiciones “La Secretaría” podrá optar por declarar desierto el presente procedimiento o continuar con el mismo, y se evaluarán las proposiciones presentadas. En caso de que sólo se haya presentado una propuesta, “La Secretaría” podrá adjudicarle el contrato si considera que reúne las condiciones requeridas, emitir una segunda Invitación o bien proceder a la adjudicación directa conforme al último párrafo del artículo 43 de “La Ley”.
“La Secretaría” podrá cancelar la Invitación, cuando se presente caso fortuito, fuerza mayor, existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad de continuar con el suministro o que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a “La Secretaría”, o cuando así lo determine la SFP o autoridad competente. La determinación de dar por cancelada la Invitación, deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los licitantes, y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo, podrán interponer la inconformidad en términos del Título Sexto, Capítulo Primero de “La Ley”; “La Secretaría” cancelará la Invitación por la pérdida del mecanismo de seguridad de CompraNet.
APARTADO IV. REQUISITOS INDISPENSABLES QUE LOS LICITANTES DEBEN CUMPLIR.
Los incisos de los numerales del presente Apartado son requisitos indispensables que los licitantes deben cumplir, y, en consecuencia, su incumplimiento afectará la solvencia de la proposición y motivará su desechamiento, independientemente de otros requisitos señalados en la presente Invitación.
A). El Licitante deberá presentar la Propuesta Técnica, conforme al Anexo “A” Anexo Técnico, de la presente Invitación, considerando lo siguiente:
En la propuesta técnica se deberá considerar la totalidad de lo señalado en el Anexo “A” Anexo Técnico, de la presente Invitación.
Se deberán describir detalladamente las características del servicio, tomando como base todas y cada una de las especificaciones técnicas, condiciones y requerimientos que se indican en el Anexo “A” Anexo Técnico de la presente Invitación.
A). El licitante deberá presentar la Propuesta Económica objeto de esta Invitación, en términos del modelo contenido en el Anexo “B”, Propuesta Económica, debidamente firmada, misma que deberá indicar los siguientes aspectos:
• Que el precio del servicio ofertado será fijo durante la vigencia del contrato y/o hasta concluir con la prestación del servicio, a satisfacción de “La Secretaría”.
• Que los precios deberán expresarse en Moneda Nacional (Pesos Mexicanos) a dos decimales de acuerdo con la ley monetaria en vigor incluyendo el Impuesto al Valor Agregado.
• Que los precios ofertados ya consideran todos los costos hasta la conclusión total de la prestación del servicio.
• El Anexo “B” “Propuesta Económica” de “El Licitante”, se presenta como modelo del formato de proposición económica, el cual no es limitativo, podrá ser utilizado por los licitantes como referencia para elaborar su propuesta económica, pudiendo aumentar el o los conceptos necesarios para la formulación de su propuesta.
• La propuesta económica, deberá presentarse debidamente firmada por el (la) representante legal del Licitante; deberá considerar precios fijos durante la vigencia del contrato.
Lo anterior conforme al modelo contenido en el Anexo “B” Propuesta Económica de esta Invitación.
• El Licitante deberá indicar en el Anexo “B” Propuesta Económica, de esta Invitación, que su propuesta económica estará vigente dentro del procedimiento de Invitación y hasta su conclusión.
NOTA: (Impuestos y Derechos): “La Secretaría” únicamente cubrirá el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) cuando éste aplique; por lo que otros impuestos y derechos estarán a cargo del Licitante al que se le adjudique el contrato.
APARTADO V. CRITERIOS ESPECÍFICOS PARA LA EVALUACIÓN DE PROPOSICIONES.
El presente procedimiento se llevará a cabo bajo el criterio de evaluación Binario conforme a lo establecido en el artículo 51 de “El Reglamento”, por consiguiente, NO APLICA lo establecido en el segundo párrafo del artículo 14 de “La Ley”.
El acreditar alguna o algunas de las causas establecidas en los incisos del numeral 1 del presente Apartado, afectará la solvencia de la proposición y motivará su desechamiento, independientemente de otros requisitos señalados en la presente Invitación.
1. CAUSAS DE DESECHAMIENTO DE PROPOSICIONES.
Serán causas de desechamiento de proposiciones las siguientes:
A). Si no se cumple con lo solicitado en la presente convocatoria, en el Anexo “A” Anexo Técnico de la Invitación, en su caso de las aclaraciones respectivas o presenta manifestaciones genéricas, por ejemplo: “se prestará conforme a lo solicitado”.
B). El incumplimiento de cualquiera de los requisitos indispensables y que afectan la solvencia de la misma, solicitados e indicados en los Apartados IV y VI.
Queda exceptuado de ser considerado indispensable el Inciso H) del Apartado VI donde se solicita que el licitante manifieste, pertenecer al sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales cuando no lo sea. El no presentar el escrito no será causa de desechamiento de la proposición, por lo cual, no se aplicará la preferencia a que alude el Inciso N) del numeral 2 del presente Apartado.
Lo señalado en el párrafo anterior no será aplicable en el caso de que el licitante participe con el carácter de MIPyMES, por lo que, si se encuentra en este supuesto, deberá cumplir con el requisito establecido en el Inciso H) del Apartado VI, y su incumplimiento será causa de desechamiento.
C). La falta de cualquiera de los documentos y/o requisitos solicitados en la presente Invitación.
D). El incumplimiento en el contenido de los documentos o requisitos establecidos en la presente Invitación y sus Anexos.
E). La incongruencia de la proposición presentada por cada licitante, considerando el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el Anexo “A” Anexo Técnico y Anexo “B” Propuesta Económica de la presente Invitación.
F). Si el precio no resulta aceptable y/o conveniente. Los precios ofertados que se encuentren por debajo del precio conveniente y superior al aceptable, podrán ser desechados por “La Secretaría”.
G). Si la proposición presentada no es firmada de conformidad con los medios electrónicos que al efecto establezca la SHCP.
H). Si El licitante no presenta copia simple por ambos lados de la identificación oficial vigente con fotografía (pasaporte, cartilla, credencial para votar o cédula profesional), tratándose de personas físicas y, en el caso de personas xxxxxxx, de la persona que firma la proposición.
I). La comprobación de que algún licitante ha acordado con uno u otros elevar el costo de la prestación del servicio, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
J). Si presenta más de una propuesta, alternativa de propuesta o que la propuesta sea condicionada.
K). Si no emplea en sustitución de la firma autógrafa el medio de identificación electrónica. Para tal fin deberá certificarse previamente por la SHCP, los cuales producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio, por lo que se obtendrá de CompraNet el resumen técnico y económico que da cuenta de la firma electrónica de las propuestas presentadas por los licitantes.
L). Se tendrá por no presentada la proposición y la demás documentación requerida en esta Convocatoria, cuando el sobre en que se incluya dicha información contenga virus informático o no pueda abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo del licitante, conforme al “Acuerdo por el que se Establecen las Disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental Denominado CompraNet”, para el uso de medios remotos de comunicación electrónica, en el envío de propuestas dentro de las licitaciones públicas que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía. D.O.F. 28/06/2011”, anexo a la presente Convocatoria.
M). Si cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, no están foliados en todas y cada una de las hojas que los integren y no se actualiza alguno de los supuestos establecidos en el tercer párrafo del artículo 50 de “El Reglamento”.
N). En su caso, cuando el licitante no acepte las correcciones previstas en el primer párrafo del artículo 55 de “El Reglamento”.
O). El no cotizar todos y cada uno de los conceptos de la Partida Única. P). Cuando presenten la Proposición Económica en moneda extranjera. Q). Cuando presenten proposiciones en idioma diferente al español.
R). Cuando presenten documentos alterados, tachados o con enmendaduras.
S). Cuando el licitante se encuentre en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60, antepenúltimo párrafo, de “La Ley”.
T). Cuando incurran en cualquier violación a las disposiciones de “La Ley”, “El Reglamento” o a cualquier otro ordenamiento legal en la materia.
U). Cuando se solicite “bajo protesta de decir verdad” y esta leyenda sea omitida en el documento correspondiente.
Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la Invitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o deficiencia en su contenido no afecte la solvencia de las proposiciones, no serán objeto de evaluación, y se tendrán por no establecidas. La inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones y requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones.
2. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN.
Los criterios de evaluación que “La Secretaría” tomará en consideración son los siguientes:
A). Que cumpla con todo lo requerido en el Anexo “A” Anexo Técnico y Anexo “B” Propuesta Económica, de la presente Invitación y las demás que se indiquen en la misma.
B). El cumplimiento de los requisitos indispensables y que afectan la solvencia de la misma, solicitados e indicados en los Apartados IV y VI.
Queda exceptuado de ser considerado indispensable el Inciso H) del Apartado VI donde se solicita que el licitante manifieste, pertenecer al sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales cuando no lo sea. El no presentar el escrito no será causa de desechamiento de la proposición, por lo cual, no se aplicará la preferencia a que alude el Inciso N) del presente numeral.
Lo señalado en el párrafo anterior no será aplicable en el caso de que el licitante participe con el carácter de MIPyMES, por lo que, si se encuentra en este supuesto, deberá cumplir con el requisito establecido en el Inciso H) del Apartado VI, y su incumplimiento será causa de desechamiento.
C). El cumplimiento de los documentos y/o requisitos solicitados en la presente Invitación.
D). El cumplimiento en el contenido de los documentos y/o requisitos establecidos en la presente Invitación.
E). La congruencia de la proposición presentada por cada licitante, considerando el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el Anexo “A” Anexo Técnico y Anexo “B” Propuesta Económica, de la presente Invitación.
F). Si los precios son aceptables y convenientes para “La Secretaría”. Los precios ofertados que se encuentren por debajo del precio conveniente, y por arriba del precio aceptable, podrán ser desechados por “La Secretaría”.
G). Si en la proposición se emplea en sustitución de la firma autógrafa el medio de identificación electrónica. Para tal fin deberá certificarse previamente por la SHCP.
H). En el caso de personas xxxxxxx, que el objeto social del acta constitutiva de la o el licitante, corresponda a la prestación del servicio que se requieren en la presente Invitación. En el caso de personas físicas, que acredite que cuente con la capacidad jurídica y que las actividades que realiza corresponden al servicio que se requiere en la presente Invitación.
I). Si el licitante presentó copia simple por ambos lados de la identificación oficial vigente con fotografía (pasaporte, cartilla, credencial para votar o cédula profesional), tratándose de personas físicas y, en el caso de personas xxxxxxx, de la persona que firma la proposición.
J). Las proposiciones presentadas en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones,
se evaluarán bajo el criterio de Evaluación Binaria de conformidad con el artículo 36 segundo párrafo de “La Ley”. Es decir, “Cumple” o “No Cumple”).
K). Si “La Secretaría” detecta un error de cálculo en alguna proposición podrá llevar a cabo su rectificación cuando la corrección no implique la modificación del precio unitario. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y número prevalecerá la primera, por lo que, de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados, éstos podrán corregirse.
L). La adjudicación se hará por Partida Única, al licitante que haya presentado la proposición solvente, porque cumple con los requisitos legales y/o administrativos, técnicos y económicos establecidos en la presente Invitación, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y la proposición hubiera ofertado el precio más bajo, siempre y cuando este resulte aceptable y conveniente.
La formalización del contrato que se refiere el párrafo anterior, se podrá realizar de conformidad a lo indicado en el Apartado III Numeral 5 de la presente Invitación y conforme a los montos del contrato que se establecerán en el acta de Fallo.
M). La Dirección de Mantenimiento, será la responsable de la evaluación de las propuestas técnicas; la evaluación a la documentación legal administrativa y económica de las propuestas será responsabilidad de la Dirección de Adquisiciones y Contratos adscrita a la Dirección General de Recursos Materiales.
N). De conformidad con lo establecido en los artículos 36 Bis de “La Ley” y 54 de “El Reglamento”, si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate entre dos o más proposiciones solventes, de conformidad con el criterio de desempate, se adjudicará el contrato en primer término a las micro empresas, a continuación, se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa, para obtener este beneficio los licitantes deberán incluir la manifestación correspondiente conforme al Anexo VI.
O). Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate en el precio de dos o más proposiciones solventes y ningún licitante manifiesta encontrarse en el supuesto señalado en el Inciso anterior, la adjudicación se efectuará a favor del Licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que “La Secretaría” celebrará, en su caso, en el acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador.
P). Si cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, están foliados en todas y cada una de las hojas que los integren.
De ser el caso “La Secretaría” aplicará lo establecido en el tercer párrafo del artículo 50 de “El Reglamento”.
Q). En su caso, que el licitante acepte las correcciones previstas en el primer párrafo del artículo 55 de “El Reglamento”.
R). Cotizar todos y cada uno de los conceptos de la Partida Única.
APARTADO VI. DOCUMENTOS Y DATOS INDISPENSABLES QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES.
Los incisos del presente Apartado son requisitos indispensables que los licitantes deben cumplir y en consecuencia su incumplimiento afectará la solvencia de la proposición y motivará su desechamiento, independientemente de otros requisitos señalados en la presente Invitación.
Quedan exceptuados de ser considerados indispensables los Incisos H), I), J) y K) del presente Apartado.
Lo señalado en el párrafo anterior no será aplicable en el caso de que el licitante participe con el carácter de MIPyME, por lo que, si se encuentra en este supuesto, deberá cumplir con el requisito del Inciso H) del presente apartado, su incumplimiento será causa de desechamiento.
DOCUMENTACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.
A) Con el objeto de acreditar su personalidad, los licitantes o sus representantes deberán presentar un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que contendrá los datos siguientes (Xxxxx X):
• Del Licitante: Registro Federal de Contribuyentes/Cédula de Identificación Fiscal, nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado(a) o el (la) representante, tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, así como el nombre de los(las) socios(as), y
• Del (la) representante legal del Licitante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas.
B) El licitante deberá presentar un escrito original firmado por el (la) representante legal, en papel preferentemente membretado del licitante, dirigido a “La Secretaría”, donde manifieste bajo protesta de decir verdad, que es de nacionalidad mexicana (Xxxxx XX).
C) El Licitante deberá presentar escrito original firmado por el representante legal, en papel preferentemente membretado del licitante, dirigido a “La Secretaría”, en el que se manifieste que para la prestación del servicio objeto del presente procedimiento, aplican las siguientes normas (Anexo III):
Número de Norma | Descripción de la Norma |
NMX-Q-002-SCFI-2007 | Productos de aseo-detergentes domésticos en polvo para uso general – especificaciones y métodos de prueba. |
NOM-050-SCFI-2004 | Información comercial- etiquetado general de productos |
NMX-N-092-SCFI-2015 | Industrias de celulosa y papel –papeles creados (tissue) para mercado institucional (higiénico, pañuelo facial, servilleta y toalla)- especificaciones y método de prueba. |
NMX-N-096-SCFI-2014 | Industrias de celulosa y papel – papeles semikraft: toallas para manos – especificaciones. |
D) El licitante deberá presentar, en papel preferentemente membretado y firmado por el (la) representante legal, una dirección de correo electrónico, en caso contrario, deberán indicar que no cuentan con el mismo.
E) El licitante deberá presentar escrito original en papel preferentemente membretado, firmado por el (la) representante legal del licitante, dirigido a “La Secretaría”, en el que manifieste bajo protesta de decir verdad que el licitante no se encuentra en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 50 y 60, antepenúltimo párrafo de “La Ley” (Anexo IV).
F) El licitante deberá presentar escrito original de declaración de integridad en papel preferentemente membretado, firmado por el(la) representante legal del licitante, dirigido a “La Secretaría”, en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad que su representada se abstendrá, por sí o a través de interpósita persona, de adoptar conductas, para que los servidores públicos de “La Secretaría”, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes (Anexo V).
G) El licitante deberá presentar copia simple por ambos lados de la identificación oficial vigente con fotografía (pasaporte, cartilla, credencial para votar o cédula profesional), tratándose de personas físicas y, en el caso de personas xxxxxxx, de la persona que firma la proposición.
H) Los licitantes podrán participar con carácter de MIPyME en el presente procedimiento de contratación, siempre y cuando presenten a “La Secretaría”, copia del documento expedido por autoridad competente que determine su estratificación como micro, pequeña o mediana empresa de nacionalidad mexicana, o bien, presenten un escrito original firmado por el(la) representante legal, en papel preferentemente membretado del licitante, dirigido a “La Secretaría”, en el que manifiesten que pertenecen al sector de micro, pequeña o mediana empresa de nacionalidad mexicana, para lo cual deberá utilizar el formato del Anexo VI de esta Invitación.
No será motivo de descalificación el incumplimiento de este Inciso, y por lo tanto no se aplicará la preferencia a que se alude el Inciso N) Numeral 2 del Apartado V. denominado “Criterios específicos para la evaluación de proposiciones”
Lo señalado en el párrafo anterior no será aplicable en el caso de que el licitante participe con el carácter de MIPyME, por lo que, si se encuentra en este supuesto, deberá cumplir con este requisito y su incumplimiento será causa de desechamiento.
I) “El Proveedor”, de conformidad con la Resolución Miscelánea Fiscal para el año 2019 (publicada en el D.O.F. el 29/04/2019), y en cumplimiento a las Reglas 2.1.31. y 2.1.39 para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, deberá presentar a más
tardar en la fecha de formalización del contrato, el documento vigente expedido por el SAT en el que se emita la Opinión del Cumplimiento de las Obligaciones Fiscales en SENTIDO POSITIVO de acuerdo a lo previsto en la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2019. (Este documento será de utilidad para “La Secretaría” a fin de contar con mayores elementos para determinar la idoneidad de las propuestas y garantizar la continuidad en la contratación).
J) “El Proveedor”, para los efectos del artículo 32-d del Código Fiscal de la Federación deberá presentar a más tardar en la fecha de formalización del contrato, el documento vigente expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social sobre la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social, de conformidad con el procedimiento establecido en la Regla Quinta del Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo “A”, Anexo Técnico, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social. (Este documento será de utilidad para “La Secretaría” a fin de contar con mayores elementos para determinar la idoneidad de las propuestas y garantizar la continuidad en la contratación).
K) “El Proveedor” para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación deberá presentar a más tardar en la fecha de formalización del contrato, la Constancia de Situación Fiscal sin adeudos expedida por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, de conformidad con el ACUERDO del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores por el que se emiten las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos y su Anexo Único. (Este documento será de utilidad para “La Secretaría” a fin de contar con mayores elementos para determinar la idoneidad de las propuestas y garantizar la continuidad en la contratación).
L) Los licitantes deberán presentar escrito en el cual señalen que el manejo de los residuos sólidos se llevará a cabo con responsabilidad y de acuerdo a las normas vigentes en la materia de la Ciudad de México.
APARTADO VII. INSTANCIA DE INCONFORMIDAD, CONFIDENCIALIDAD Y PROTOCOLO DE ACTUACIÓN.
De conformidad a lo señalado en el artículo 66 de “La Ley” la inconformidad deberá presentarse por escrito directamente en las oficinas de la SFP ubicada en Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, Ciudad de México, o bien en el Órgano Interno de Control en “La Secretaría”, con domicilio en avenida Paseo de la Reforma Número 116, Piso 11, Colonia Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México, o por medio de CompraNet.
En las inconformidades que se presenten a través de CompraNet (xxx.xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx), deberán utilizarse medios de identificación electrónica en sustitución de la firma autógrafa.
La SFP conocerá de las inconformidades que se promuevan contra los actos de los procedimientos de la Invitación que se indican a continuación:
1. La Convocatoria y el mecanismo de aclaraciones.
En este supuesto, la inconformidad sólo podrá presentarse por el interesado que haya manifestado su interés por participar en el procedimiento según lo establecido en el artículo 33 Bis de “La Ley”, dentro de los 6 (Seis) días hábiles siguientes a la celebración del mecanismo de aclaraciones.
2. El Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, y el Fallo.
En este caso, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien hubiere presentado proposición dentro de los 6 (seis) días hábiles siguientes a la celebración de la junta pública en la que lleve a cabo el acto de presentación y apertura de proposiciones o en la que se dé a conocer el fallo, o de que se le haya notificado al licitante en los casos en que no se celebre junta pública.
3. La cancelación de la Licitación.
En este supuesto, la inconformidad sólo podrá presentarse por el licitante que hubiere presentado proposición, dentro de los 6 (seis) días hábiles siguientes a su notificación, y
4. Los actos y omisiones por parte de “La Secretaría” que impidan la formalización del contrato en los términos establecidos en la Convocatoria o en “La Ley”.
En esta hipótesis, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien haya resultado adjudicado, dentro de los 6 (seis) días hábiles posteriores a aquél en que hubiere vencido el plazo establecido en el Fallo para la formalización del contrato o, en su defecto, el plazo legal.
En todos los casos en que se trate de licitantes que hayan presentado proposición conjunta, la inconformidad sólo será procedente si se promueve conjuntamente por todos los integrantes de la misma.
La interposición de la inconformidad en forma o ante autoridad diversa a la señalada en este numeral, según cada caso, no interrumpirá el plazo para su oportuna presentación.
“El Proveedor” se obliga a no divulgar por escrito, verbalmente o por cualquier otro medio la información que obtenga para el cumplimiento del contrato y a mantener en la más estricta confidencialidad, los resultados parciales y finales del mismo, absteniéndose de dar a conocer cualquier información al respecto.
La información sobre los resultados del procedimiento de Invitación, la versión pública del expediente y contrato que derive de esta convocatoria es pública de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70 fracción XXVIII, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 68 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; sin embargo la información que proporcione “La Secretaría” a “El Proveedor” para el
cumplimiento del objeto materia del mismo, será considerada como confidencial en términos de los artículos 116 y 113, respectivamente de los citados ordenamientos jurídicos, por lo que “El Proveedor” se compromete a recibir, proteger y guardar la información confidencial proporcionada por “La Secretaría” con el mismo empeño y cuidado que tiene respecto de su propia información confidencial, así como hacer cumplir a todos y cada uno de los usuarios autorizados a los que les entregue o permita acceso a la información confidencial, en los términos del mencionado contrato.
“El Proveedor” se compromete a que la información considerada como confidencial no será utilizada para fines diversos a los autorizados en el contrato; asimismo, dicha información no podrá ser copiada o duplicada total o parcialmente en ninguna forma o por ningún medio, ni podrá ser divulgada a terceros que no sean usuarios autorizados. De esta forma, “El Proveedor” se obliga a no divulgar o publicar informes, datos y resultados obtenidos en la prestación del servicio objeto del contrato, toda vez que son propiedad de “La Secretaría”.
Cuando concluya la vigencia del contrato, subsistirá la obligación de confidencialidad sobre los datos solicitados en el contrato, asimismo cuando de las causas descritas en las cláusulas de rescisión y terminación anticipada del contrato, concluya la vigencia del mismo.
En caso de incumplimiento a lo establecido, “El Proveedor” tiene conocimiento de que “La Secretaría” podrá ejecutar o tramitar las sanciones establecidas en “La Ley” y el “Reglamento”, así como presentar las denuncias correspondientes de conformidad con lo dispuesto por el Libro Segundo, Título Noveno, Capítulos I y II del Código Penal Federal y demás normatividad vigente aplicable.
De igual forma, “El Proveedor” se compromete a no alterar la información confidencial, a llevar un control de su personal y hacer de su conocimiento las sanciones que se aplicaran en caso de incumplir con lo dispuesto en este apartado, por lo que, en su caso, se obliga a notificar a “La Secretaría” cuando se realicen actos que se consideren como ilícitos, debiendo dar inicio a las acciones legales correspondientes y sacar en paz y a salvo a “La Secretaría” de cualquier proceso legal.
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
Se informa a los particulares, lo siguiente:
1) Los servidores públicos en el contacto con particulares deben observar el Protocolo de Actuación en Materia de Contrataciones Públicas, Otorgamiento y Prórroga de Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones, publicado mediante acuerdo en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2017 y puede ser consultado en la sección de la Secretaría de la Función Pública, que se encuentra en el Portal de la Ventanilla Única Nacional (xxx.xx), a través de la liga xxx.xxx.xx/xxx.
2) Los datos personales que se recaben con motivo del contacto con particulares serán protegidos y tratados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
3) En caso de que se advierta algún incumplimiento de las obligaciones establecidas en el protocolo podrá presentar queja o denuncia, ante el órgano interno de control en “La Secretaría”, con domicilio en avenida Paseo de la Reforma Núm. 116, Piso 11, Colonia Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México.
Anexo “A”.- Anexo Técnico.
Anexo “B”.- Propuesta Económica.
Anexo I.- Formato para Acreditación de Personalidad.
Anexo II.- Formato para manifestación de Nacionalidad Mexicana que deberán presentar los y las licitantes.
Anexo III.- Formato de Cumplimiento de Normas.
Anexo IV.- Formato relativo a los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de “La Ley”. Anexo V.- Formato de Declaración de Integridad.
Anexo VI.- Formato de Estratificación.
Anexo VII.- Relación de documentos requeridos para participar e integrar las proposiciones. Anexo VIII.- Modelo de Contrato (se encuentra como documento adicional a la convocatoria).
• Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico DE Información Pública Gubernamental denominado CompraNet, publicado en el Diario Oficial de la Federación, publicado el martes 28 xx xxxxx de 2011.
• Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
• Encuesta de transparencia.
ANEXO “A” ANEXO TÉCNICO
(Elaborar en hoja preferentemente membretada de la persona)
Secretaría de Bienestar Nombre del licitante:
Invitación a cuando menos Tres Personas Electrónica Nacional No:
Fecha:
NOMBRE DEL SERVICIO.
Servicio de “Limpieza a bienes muebles, inmuebles de la Secretaría de Bienestar”, de los edificios de Xxxxxxx 000, Xxxxxxx 00, x Xxxxx Xxxxxxxx 49, CENDI y Escuela Primaria “Xxxxxx Azules” y el Almacén General de Tepepan que ocupa la Secretaría de Bienestar en la Ciudad de México.
I. OBJETIVO.
El Servicio de Limpieza a Bienes Muebles, Inmuebles de “LA SECRETARÍA”, en adelante “LOS SERVICIOS” tendrá como objetivo mantener y conservar limpios y en condiciones óptimas de salubridad e higiene las instalaciones de los inmuebles señalados en la “RELACIÓN DE INMUEBLES” donde se describen los domicilios que ocupa “LA SECRETARÍA”.
Se entenderá por limpieza a toda labor de asepsia y desinfección, para cuyo propósito se utilizan sustancias químicas biodegradables, detergentes y otros implementos de higiene, y que tienden a eliminar organismos y microorganismos patógenos de áreas específicas de un inmueble y/o de los muebles que se encuentren dentro de él, con el objeto de proteger la salud humana.
II. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO.
Mantener y conservar limpios y en condiciones óptimas de salubridad e higiene las áreas interiores y exteriores de los inmuebles que ocupa la “LA SECRETARÍA”, a través de acciones de asepsia y desinfección, para cuyo propósito se utilizan sustancias químicas biodegradables, detergentes y otros implementos de higiene, y que tienden a eliminar organismos y microorganismos patógenos de áreas específicas de un inmueble, con el objeto de proteger la salud humana; mediante un modelo de servicio integral que incluya todo lo necesario para la correcta ejecución de los “SERVICIOS”.
III. METODOLOGÍA.
“EL PROVEEDOR” realizarán la ejecución de la limpieza, tomando en consideración las funciones específicas y los aspectos metodológicos siguientes:
a) Elementos.
La cantidad de elementos requeridos para proporcionar los “SERVICIOS” señalados serán de la siguiente forma:
No. | UNIDAD | CANTIDAD MÍNIMA DE ELEMENTOS | CANTIDAD MÁXIMA DE ELEMENTOS |
1 | Secretaría de Bienestar | 100 | 150 |
“LA SECRETARÍA”, no está obligada a agotar la cantidad máxima de elementos.
b) Xxxxxxxx y turnos del servicio.
Los días de la semana y el horario de los turnos de los “SERVICIOS” serán conforme a la siguiente tabla:
Inmueble | Turno | ||
Lunes x Xxxxxxx | Xxxxxxx | ||
Matutino | Vespertino | Único | |
REFORMA 116 | 6:00 a 14:00 | 14:00 a 21:00 | 7:00 a 15:00 |
TORRE CONTIGO | 6:00 a 14:00 | 14:00 a 21:00 | 7:00 a 15:00 |
TORRE MISISIPI M49 | 6:00 a 14:00 | 14:00 a 21:00 | 7:00 a 15:00 |
ALMACÉN GENERAL DE TEPEPAN | 7:00 a 15:00 | 13:00 a 20:00 | 7:00 a 15:00 |
CENTROS EDUCATIVOS | 7:00 a 15:00 | 13:00 a 20:00 | 7:00 a 15:00 |
De manera general “LA SECRETARÍA”:
▪ Podrá modificar los horarios señalados con anterioridad, a solicitud expresa y por escrito del “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, de acuerdo con las necesidades de “LA SECRETARÍA”.
▪ “El PROVEEDOR” deberá garantizar que en cada turno se presente la cantidad de elementos requeridos para brindar el servicio, ajustándose a los horarios preestablecidos, los cuales contarán con 30 minutos para la sustitución a los elementos que no asistan a fin de que el servicio no se vea interrumpido. Para tal efecto el Coordinador del servicio instruirá a los elementos, registren diariamente en el “CONTROL DE REGISTRO DE LIMPIEZA”, mismo que se le entregará para el registro de su inicio y conclusión de los servicios ante el Residente del Inmueble conforme a los horarios establecidos, contando con una tolerancia de 15 minutos para su registro.
▪ “EL PROVEEDOR” deberá garantizar la continuidad del servicio.
▪ Para la jornada sabatina se presentarán el total de los elementos que prestan el servicio matutino y vespertino en el turno único para los días sábados. (No se contará como turno doble para personal con dobletes).
▪ “EL PROVEEDOR” iniciará el servicio con el mínimo de elementos solicitados en el anexo técnico
c) Insumos, materiales, maquinaria y equipo de limpieza.
“EL PROVEEDOR” suministrará los insumos y materiales que se requieran para cubrir las necesidades de los Inmuebles de “LA SECRETARÍA”, de manera mensual y durante los primeros cinco días de cada mese en el edificio “Reforma 116”, que será el punto de concentración y distribución de los insumos, mismos que administrará el “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, y verificará que estos cumplan con las cantidades y especificaciones descritas en el Anexo Técnico, en un horario de 08:00 a 14:00 horas.
“EL PROVEEDOR” deberá etiquetar las botellas de plástico utilizadas para los diferentes productos químicos requeridos para realizar las actividades de limpieza en general, con
etiquetas impresas auto adheribles (no escritas a mano) que identifiquen su contenido, especificaciones del producto, modo de empleo, precauciones en su uso, teléfonos de emergencia, entre otros.
“EL PROVEEDOR” deberá entregar a su personal en las instalaciones de “LA SECRETARÍA” la maquinaria y equipo conforme a la “RELACIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPO”.
“EL PROVEEDOR” deberá entregar en cada ubicación en donde se solicite maquinaria y equipo a más tardar 3 días hábiles siguientes al de notificación de fallo, el 50% de cada uno de los conceptos de maquinaria y equipo, y el resto entregarlo a más tardar en los siguientes 5 días hábiles posteriores a la primera entrega, mismos que deben estar en condiciones óptimas de operación, realizándose las pruebas de funcionamiento que correspondan a cada equipo entregado, acompañados de original y copia para cotejo de las facturas o contrato de arrendamiento, de la maquinaria y equipo. “EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” en su momento indicara la persona responsable de verificar la entrega.
“EL PROVEEDOR” a solicitud por escrito de “LA SECRETARÍA”, realizará la sustitución y/o reparación de la maquinaria y/o equipo en un plazo no mayor a 48 horas por desperfecto o descompostura.
“EL PROVEEDOR” deberá guardar los insumos, materiales, maquinaria, y equipo requeridos para la prestación de los “SERVICIOS” en los espacios que para tal efecto designe el “ÁREA ADMINISTRADORA DEL SERVICIO” en cada uno de los inmuebles y será el responsable de cualquier daño y/o extravío que ocurra.
El “ÁREA ADMINISTRADORA DEL SERVICIO” no será responsable por ningún daño o pérdida total o parcial que sufran los equipos dentro de las instalaciones.
d) Despachadores
“EL PROVEEDOR” deberá abastecer e instalar durante la vigencia de los “SERVICIOS”, sin costo adicional para “LA SECRETARÍA”, los despachadores para papel sanitario, toalla de manos en rollo y jabón líquido para manos; faltantes o que por el uso constante se dañen y deban ser reemplazados para todos los inmuebles señalados en el “RELACIÓN DE INMUEBLES”, éstos deben ser de marca registrada. El “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” hará la solicitud por escrito o correo electrónico la cual deberá ser atendida en un plazo no mayor a 3 días naturales. Los despachadores que proporcione “EL PROVEEDOR” no podrán ser retirados por éste al término de la vigencia de los “SERVICIOS”.
e) Uniformes e identificación del proveedor
El elemento de “EL PROVEEDOR” deberá portar el uniforme a partir del primer día del inicio del servicio. “EL PROVEEDOR” proporcionará a cada uno de sus elementos al menos dos uniformes completos, los cuales constarán de camisola, casaca o bata y pantalón, que deberán ser presentables y cómodos, las características de los uniformes señaladas anteriormente deberán de ser autorizadas por el “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, cuidando la pulcritud y observando en su caso, las normas de seguridad y protección establecidas por “LA SECRETARÍA”. El uniforme de los supervisores será de otro color, con el fin de su plena identificación.
“EL PROVEEDOR” deberá proporcionar botas de plástico al elemento que atiende el lavado de estacionamientos, sótanos, rampas, y áreas húmedas, así como de fajas, guantes y equipo de protección como casco, arnés y lentes de seguridad que requiera el elemento de acuerdo a la
naturaleza del servicio a desempeñas por cada uno de los elementos, con el propósito de prevenir accidentes en tareas que así lo requieran.
Para el caso de elementos de nuevo ingreso, tendrá como plazo máximo 2 días naturales para dotarle de sus uniformes, en tanto deberá portar un chaleco distintivo, a fin de que pueda ser identificado como elementos de la empresa contratada.
El elemento de “EL PROVEEDOR” deberá portar en todo momento dentro de los inmuebles descritos en la “RELACIÓN DE INMUEBLES” un gafete de identificación plastificado o enmicado térmico, que cumplirá de forma mínima con los siguientes requisitos:
✓ Logotipo y nombre de la empresa
✓ Nombre del elemento
✓ Fotografía del elemento
✓ Número de afiliación del IMSS patronal y del elemento.
f) Ejecución del servicio.
“EL PROVEEDOR” deberá cumplir con las rutinas y/o actividades en las frecuencias requeridas en la tabla de “RUTINAS Y/O ACTIVIDADES”, las cuales se enlistan de manera enunciativa, más no limitativa, ya que por requerimientos de “LA SECRETARÍA”; el “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” podrá solicitar alguna adicional al proveedor.
“EL PROVEEDOR” atenderá las necesidades de “LA SECRETARÍA” incluyendo movimientos de mobiliario, archivo muerto y enseres que se requieran durante la vigencia del servicio.
Para el xxxxxx xx xxxxxxx externos de más de 4 metros de altura en los inmuebles de “LA SECRETARÍA”; el “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” solicitará a la Unidad Interna de Protección Civil de “LA SECRETARÍA” se realice un recorrido de manera conjunta previo a la realización del servicio de acuerdo con la calendarización de los trabajos (semestral), para asegurar que éste se proporcione en estricto apego a las medidas de seguridad.
“EL PROVEEDOR” deberá considerar que el elemento de limpieza además de las actividades propias del servicio de limpieza apoyará con la recepción y distribución de agua purificada a los despachadores de agua, recolección y xxxxxx xx xxxx en cocinetas de las Direcciones Generales y mandos superiores (cafeteras, tazas, vasos, platos, plaqué, y demás relacionados con el objeto del contrato.)
g) Separación de basura.
“EL PROVEEDOR” deberá llevar a cabo de acuerdo al programa de recolección la basura general y efectuará su separación (orgánica, inorgánica y reciclable) en el lugar designado para la concentración en cada inmueble para lo cual “EL PROVEEDOR” deberá instalar contenedores para la separación adecuada de los residuos, a efecto de mantener limpios en todo momento los cestos de basura, adicionalmente deberá realizar la recolección las veces que sea necesaria en todos los turnos a solicitud de “LA SECRETARÍA”. Así mismo se encargará de suministrar las bolsas de plástico necesarias para llevar a cabo la recolección y separación. Lo anterior adaptando las medidas necesarias para dar cumplimiento a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, y las normas de manejo de residuos de carácter Federal y Local aplicables.
“EL PROVEEDOR” deberá realizar el retiro de la basura fuera de las instalaciones de “LA SECRETARÍA”, de lunes a viernes en un horario de 8:00 a 14:00 horas.
h) Supervisión de los servicios y operarios Supervisor:
“EL PROVEEDOR” asignará los supervisores descritos en la “RELACIÓN DE INMUEBLES”, para que verifiquen que los “SERVICIOS” se realicen de forma adecuada y de acuerdo con las rutinas señaladas en la tabla de “RUTINAS Y/O ACTIVIDADES”, además de realizar las siguientes actividades:
● Verificar la asistencia del elemento de limpieza.
● Supervisar la distribución del elemento en las áreas de “LA SECRETARÍA”.
● Supervisar el buen funcionamiento y uso de la maquinaria y equipo.
● Supervisar el cumplimiento de los trabajos descrito en la tabla de “RUTINAS Y/O ACTIVIDADES”.
● Supervisar la correcta ejecución de las rutinas y/o actividades de limpieza.
● Verificar los procedimientos de limpieza para la realización del servicio.
● Atender los servicios que sean solicitados por “LA SECRETARÍA”.
● Reportar ausencias del elemento a las oficinas de la empresa para que se envíe elementos a cubrir las mismas.
● Supervisar que el servicio de limpieza sea conforme a lo requerido por el área solicitante.
● Supervisar que el elemento de limpieza cumpla con sus funciones.
● Supervisar que se cumpla con los horarios establecidos.
● Supervisar que el elemento de limpieza permanezca en sus áreas asignadas.
● Supervisar que el elemento de limpieza porte su gafete de identificación, uniforme o chaleco distintivo.
● Supervisar que el elemento de limpieza mantenga un trato respetuoso con sus compañeros y con los empleados de “LA SECRETARÍA”.
● Supervisar que el elemento de limpieza guarde la debida disciplina.
● Supervisar que el elemento de limpieza abandone las instalaciones al término del turno que le corresponda.
● Supervisar que el elemento se apegue al programa de “LA SECRETARÍA” en materia de protección civil.
● Las demás que le sean requeridas por el “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO ”, relativas a la prestación de los “SERVICIOS”.
“EL PROVEEDOR” deberá asignar a un Coordinador General en cada inmueble, que deberá contar con la experiencia, conocimientos y capacidad para tomar decisiones a efecto de solucionar de forma inmediata las anomalías que se presenten en la prestación de los “SERVICIOS”, quien deberá estar disponible y localizable en todo momento por el “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, para lo cual será necesario entregar al inicio del servicio, al “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, sin costo adicional, dos equipos de comunicación (telefonía celular) por inmueble, además de entregar un directorio de la estructura organizacional de su empresa, que incluya nombre, cargo, teléfono, correo electrónico y alcance de sus funciones, al inicio del servicio.
“EL PROVEEDOR” se sujetará a la supervisión que realice “LA SECRETARÍA”, a través de elementos que para tales efectos designe el “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, la supervisión se hará de manera visual y siempre se hará en compañía del supervisor del inmueble que se visite, a fin de verificar que los “SERVICIOS” se proporcionen en los términos de calidad establecidos en el presente anexo, lo cual podrá realizarse sin previo aviso y se hará del
conocimiento al supervisor encargado del inmueble de las anomalías encontradas, quien tendrá 30 minutos como máximo para subsanarlas, con excepción de las deficiencias en los baños las cuales deberán ser corregidas de manera inmediata.
Operarios: “EL PROVEEDOR”, deberá proporcionar el número de operarios requeridos, quienes llevaran a cabo las actividades conforme a los turnos y frecuencias detalladas en el presente anexo técnico.
i) Control de registro.
“EL PROVEEDOR” instruirá a sus elementos registrar el inicio y conclusión de sus turnos en formatos establecidos por “LA SECRETARÍA” (que se entregaran una vez adjudicado el fallo) que incluyan cuando menos los siguientes datos: razón social de “EL PROVEEDOR”, inmueble, fecha, número de hoja (s), número consecutivo, número consecutivo de elemento (lista), nombre del elementos, hora y firma de entrada, hora y firma de salida.
Dicho formato será el documento que sustente la contabilización de elementos que se presentaron a brindar el servicio y se tomará como base para aplicar las deductivas que en su caso correspondan, los formatos deberán contar con la firma del servidor público designado por el “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” de cada inmueble.
j) Expedientes del elemento.
“EL PROVEEDOR” deberá entregar al “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” el día natural siguiente a la notificación de fallo, la relación de elementos que prestarán los “SERVICIOS” en cada uno de los inmuebles señalados en la “RELACIÓN DE INMUEBLES” en formato impreso y electrónico (Excel), dicho listado deberá ser actualizado mensualmente con las altas, baja y cambios, durante la vigencia del servicio, debidamente firmada por el Representante Legal de la empresa, incluyendo: nombre, sexo, edad y número de registro ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y no se permitirá el ingreso a las instalaciones de “LA SECRETARÍA” a aquellas personas que no aparezcan en el listado antes mencionado.
“EL PROVEEDOR” entregará al “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, 3 días hábiles siguientes a la notificación de fallo, copia de los expedientes de los elementos designados por “EL PROVEEDOR” para proporcionar los “SERVICIOS”, los cuales tendrán cuando menos: solicitud de empleo, acta de nacimiento, aviso de inscripción del elemento al IMSS por parte de “EL PROVEEDOR”, comprobante de domicilio reciente, identificación oficial vigente, dos cartas de recomendación, clave única de registro poblacional (CURP), constancia de habilidades laborales (formato DC-3) y constancia firmada por cada elemento en la cual manifieste que conoce y acepta que su patrón es “EL PROVEEDOR”, aceptando las condiciones de “DISCIPLINA Y ORDEN” establecidas en el presente documento, numeral (XXVIII).
“EL PROVEEDOR” deberá entregar al “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, copia de los expedientes de los elementos de nuevo ingreso, cuyos documentos que lo integran se mencionan en el párrafo anterior, a efecto de informar sus datos y verificar que hayan sido inscritos al IMSS por parte de “EL PROVEEDOR”, de lo contrario no podrá iniciar labores.
Derivado de lo anterior el “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” verificará aleatoriamente las altas de los trabajadores y en caso de que algún trabajado no se encuentre con los seguros correspondientes se le dará aviso para que de forma inmediata se realice la alta o la actualización correspondiente.
IV. LINEAMIENTOS GENERALES.
Los trabajos de limpieza se realizarán en el inmueble que determine “LA SECRETARÍA” en el contrato específico y los anexos correspondientes.
La ejecución del servicio previsto por el contrato se sujetará a los siguientes lineamientos:
o La oferta que presente “EL PROVEEDOR”, será por los elementos solicitados por “LA SECRETARÍA”, conforme a sus necesidades específicas señaladas en el presente anexo.
o “EL PROVEEDOR”, será responsable de realizar el “SERVICIO” de acuerdo a las características del inmueble y de lo establecido en presente anexo técnico.
V. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
La “RELACIÓN DE INMUEBLES”, presenta el listado de las ubicaciones de “LA SECRETARÍA” donde se prestarán los “SERVICIOS”, el “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” mediante un escrito podrá incluir y/o retirar cualquier inmueble que en forma posterior se incorpore o se deje de ocupar por parte de “LA SECRETARÍA”.
VI. CONDICIONES SOCIALES.
“EL PROVEEDOR” estará obligado a cumplir con las siguientes condiciones respecto al personal que utilicen para la prestación del “SERVICIO”:
1. Tratar a su personal con respeto y dignidad, quedando prohibida cualquier forma de violencia física o verbal, así como la intimidación y el hostigamiento.
2. Incorporar medidas para prevenir y sancionar cualquier forma de violencia, el acoso y el hostigamiento sexual.
3. En general, a cumplir en tiempo y forma con las demás obligaciones de índole laboral.
“EL PROVEEDOR” tienen expresamente prohibido respecto al personal que utilicen para la prestación del “SERVICIO”:
1. Incurrir en cualquier forma de discriminación por origen étnico, religión, orientación sexual, fisonomía o discapacidad física.
2. Retener los pagos y salarios o imponer condiciones que menoscaben la libertad de su personal como el pago de depósitos, la retención de documentos, la firma anticipada de su renuncia o la práctica de pruebas de embarazo, así como el despido por esta causa.
VII. REQUERIMIENTOS.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” garantizarán la prestación del “SERVICIO” de acuerdo a los siguientes términos:
VII.1 CALIDAD EN EL SERVICIO.
Será responsabilidad de “EL PROVEEDOR”, mantener la calidad del “SERVICIO” conforme a lo establecido en el anexo técnico.
El “SERVICIO” deberá realizarse garantizando la seguridad tanto para el personal que efectúe éste, como para los usuarios que se encuentren en el inmueble.
“EL PROVEEDOR” queda obligado al término de su contrato a coordinar con la empresa que prestaba el “SERVICIO”, la desocupación de espacios físicos asignados y/o el retiro de maquinaria, equipos, herramientas y bienes semejantes de su propiedad, arrendamiento o en comodato, a fin de realizar una transición que permita que “LA SECRETARÍA” cuente de manera ininterrumpida del “SERVICIO”.
“EL PROVEEDOR”, utilizará durante toda la vigencia de los “SERVICIOS”, insumos y materiales de marca registrada y de primera calidad y no serán a granel ni de fabricación casera, en las cantidades que se requieren en cada inmueble, conforme a lo señalado en la RELACIÓN DE MATERIALES.
VII.2 NORMAS
Para las siguientes normas deberán presentar acta de inspección extraordinaria de orientación y asesoría en materia de seguridad e higiene, expedida por las unidades de verificación acreditadas por la STPS, dicha acta no deberá ser mayor a 12 meses.
Número de Norma | Descripción de la Norma |
NOM-004-STPS-1999 | Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo. |
NOM-017-STPS-2008 | Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en los centros de trabajo. |
NOM-009-STPS-2011 | Condiciones de seguridad para realizar trabajos en altura. |
NOM-030-STPS-2009 | Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo – Funciones y actividades |
Para las siguientes normas podrán acreditar con una carta de manifiesto de decir verdad que sus materiales e insumos cuentan con dichas normas.
Número de Norma | Descripción de la Norma |
NMX-Q-002-SCFI-2007 | Productos de aseo-detergentes domésticos en polvo para uso general – especificaciones y métodos de prueba. |
NOM-050-SCFI-2004 | Información comercial- etiquetado general de productos |
NMX-N-092-SCFI-2015 | Industrias de celulosa y papel –papeles creados (tissue) para mercado institucional (higiénico, pañuelo facial, servilleta y toalla)- especificaciones y método de prueba. |
NMX-N-096-SCFI-2014 | Industrias de celulosa y papel – papeles semikraft: toallas para manos – especificaciones. |
“EL PROVEEDOR” se obligan a cumplir las demás normas que resulten aplicables a la prestación del servicio.
Presentar los siguientes Certificados de calidad:
• NMX-CC-9001-IMNC-2015 ISO 9001:2015
• NMX-SAST-001-IMNC-2008 BSI OHSAS 18001:2007
• NMX-SAA-14001-IMNC-2015 ISO 14001:2015
El alcance de estas certificaciones deberá de incluir: Planeación, ejecución y supervisión para la prestación del servicio de limpieza, barrido y jardinería, del sector público y privado.
VII.3 PROPUESTA DE TRABAJO.
“EL PROVEEDOR” presentarán dentro de su oferta técnica y económica, su metodología, programa de trabajo y organigrama (administrativo y operativo) que permita garantizar la prestación del “SERVICIO”.
VIII. VIGENCIA
La vigencia del contrato y de los “SERVICIOS” será a partir del día hábil siguiente a la notificación del fallo y hasta el 31 de diciembre de 2020.
IX. TIPO DE CONTRATO
El contrato será “Abierto” de conformidad con los artículos 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 85 de su Reglamento, teniendo como cantidades mínimas y máximas de servicios de limpieza diarios a ejercer:
No. | Concepto | Unidad de Medida | Cantidad Mínima | Cantidad Máxima |
1 | “REFORMA 116” Xx. Xxxxx xx Xx Xxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxx, en la Xxxxxx Xx Xxxxxx, X.X. 00000 | Elemento | 36 | 60 |
2 | “TORRE CONTIGO” Xx. Xxxxx xx Xx Xxxxxxx Xx. 00, Xxx. Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxx, En La Ciudad De México, C.P. 06030 | Elemento | 29 | 48 |
3 | “TORRE MISISIPI M49” Xxxxx Xxx Xxxxxxxx xx. 00, xxx. Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxx, en la xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000 | Elemento | 11 | 15 |
4 | “ALMACÉN XXXXXXX XX XXXXXXX” Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xx. 0000, Xxx. Xx Xxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000 | Elemento | 9 | 11 |
5 | CENTROS EDUCATIVOS “CENDI”, “ESCUELA PRIMARIA XXXXXX AZULES” Cumbres de Acultzingo S/N Esq. Xx. Xxxxxxxx, Col. Xxxxxxxx, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxx, Xx Xx Xxxxxx Xx Xxxxxx, X.X. 00000 | Elemento | 15 | 16 |
En este supuesto, “LA SECRETARÍA” no está obligada a agotar la cantidad máxima de la contratación.
X. FORMA Y CONDICIONES DE PAGO.
“EL PROVEEDOR” entregará de manera mensual un reporte con las incidencias, control de registro de limpieza y suministros del mes inmediato anterior, el reporte de servicio deberá contener, las actividades realizadas, y la evidencia que soporte el pago, que deberá de ser entregado al Residente de Mantenimiento del inmueble y Autorizado por el Administrador del Contrato sin lo cual no procederá el pago correspondiente.
En términos del artículo 51 de la "LAASSP" el pago se realizará de conformidad con el servicio efectivamente prestado, previa comprobación, verificación y aceptación del mismo por "El Administrador del Contrato"
El pago se realizará a mes vencido en moneda nacional una vez aceptado de conformidad con el servicio prestado, dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores a la presentación del comprobante fiscal digital por Internet, el cual deberá cumplir con los requisitos fiscales conforme a lo establecido en los artículos 51 de la "Ley", 89 y 90 de su Reglamento. El cómputo del plazo para realizar el pago se contabilizará a partir del día hábil siguiente de la recepción del Comprobante Fiscal Digital (CFDI) que ampare los servicios devengados. El pago se efectuará mediante transferencia electrónica, por lo que "El Proveedor" deberá presentar documento expedido por institución bancaria.
En caso de que el CFDI entregado por el proveedor para su pago presente errores o deficiencias, el administrador del contrato, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito a "El Proveedor" las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el proveedor presente las correcciones no se computará para efectos del artículo 51 de la Ley.
Para efectos de lo anterior, "El Administrador del Contrato" deberá remitir a la Dirección General de Programación y Presupuesto de “La Secretaría”, la documentación en original que compruebe la prestación del servicio, junto con el CFDI correspondiente en el que manifieste su entera satisfacción respecto a la prestación del servicio, en tiempo y forma, solicitando por escrito que se tramite el pago. En su caso, cuando el servicio sea prestado de forma parcial o deficiente o exista algún atraso en la prestación del mismo, será responsabilidad de "El Administrador del Contrato" determinar el importe que se aplicará por concepto xx xxxxx convencionales y deducciones, documentarlas, así como notificar por escrito a la Dirección General de Programación y Presupuesto de “La Secretaría” el importe de las mismas.
El pago del servicio quedará condicionado al pago que "El Proveedor" deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales que se determinen.
En el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas, ni la contabilización de las mismas, al hacer efectiva la garantía de cumplimiento. Lo anterior, de conformidad con el contenido del segundo párrafo del artículo 95 del Reglamento de la "Ley"
VIII. IMPUESTOS Y DERECHOS APLICABLES
Los impuestos y derechos que procedan con motivo de la prestación del servicio objeto del contrato y del presente Anexo Técnico serán pagados por “EL PROVEEDOR”
“LA SECRETARÍA” solo cubrirá el 16% (dieciséis por ciento) correspondiente al impuesto al valor agregado, de acuerdo a lo establecido en las disposiciones legales vigentes en la materia.
XI. OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR (DOCUMENTOS OBLIGAROTIOS).
▪ Prestar los servicios, de conformidad con las características, especificaciones, ubicaciones y tiempos descritos en el Anexo Técnico.
▪ Entregar garantía de cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, la cual deberá ser indivisible y expedida por una institución autorizada para ello a favor de la Tesorería de la Federación, por una cantidad equivalente al 10% del monto máximo total del contrato antes del I.V.A., la cual deberá de mantener vigente hasta la terminación de la vigencia del contrato y únicamente será cancelada por autorización expresa y por escrito de “LA SECRETARÍA”, conforme al artículo 48 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
▪ Remplazar la(s) pieza(s) de: Dispensadores de jabón, toallas de papel y papel sanitario que determine el “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” conforme al listado de materiales.
▪ Regular y vigilar a sus elementos la portación de identificación que expedirá “EL PROVEEDOR”, que los acredite como sus empleados, éste será el responsable en todo caso, del mal uso que se llegue a hacer de estas identificaciones.
▪ Proporcionar toda la información y/o documentación relacionada con el contrato, que en su momento le requiera la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control en “LA SECRETARÍA” con motivo de las auditorías, visitas e inspecciones que practiquen, en términos de lo dispuesto por el artículo 107 del “Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público”.
▪ “EL PROVEEDOR” deberá contar con experiencia comprobable en el mercado, con la infraestructura suficiente para dar el servicio de “Limpieza a bienes muebles, inmuebles de la Secretaría de Bienestar”, para demostrar lo anterior deberá entregar junto con su propuesta el Curriculum Vitae de la empresa firmado por el representante legal o la persona facultada para ello con datos vigentes de al menos 5 (cinco) clientes suyos a quienes les proporcione o haya proporcionado servicios en condiciones iguales o similares, incluyendo nombre, cargo y teléfonos de la persona que pueda proporcionar información. Deberá ser presentado preferentemente en hoja membretada.
▪ “EL PROVEEDOR deberá contar con experiencia en la prestación de servicios conforme a la descripción de este Anexo Técnico; por lo que deberá entregar junto con su propuesta contratos de servicio, pedido, orden de servicio y/o facturas que la suma de las vigencias sean por lo menos 2 años (ACREDITAR DOS AÑOS) con la naturaleza celebrados con alguna dependencia, entidad, o empresa privada. Los contratos deberán
XII. GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL N/A
XIII. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
Con fundamento en lo establecido en los artículos 48 fracción II, y 49 fracción I, de “La Ley”, 103 de “El Reglamento”; 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, 48 fracción II, de la Ley de Tesorería de la Federación, y 70 de su Reglamento, así como las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015, “El Proveedor” garantizará el cumplimiento del contrato con una fianza INDIVISIBLE que deberá ser otorgada por una institución afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, equivalente al 10% (diez por ciento) del monto máximo total del contrato, sin incluir IVA, a favor de la TESOFE, debiendo ser entregada la garantía referida, en un plazo no mayor de 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del contrato, en la Dirección de Adquisiciones y Contratos de la Dirección General de Recursos Materiales de “La Secretaría”, sita en avenida Paseo de la Reforma número 116, Piso 14, Colonia Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx,
C.P. 06600, Ciudad de México, en un horario de 10:00 a 15:00 horas y en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos:
Para garantizar a favor de la Tesorería de la Federación, por (razón social), por el(la) C. (nombre del apoderado legal y/o representante legal), en su carácter de apoderado legal y/o administrador único y/o representante legal, (incluir el domicilio fiscal completo de la empresa, asociación y/o sociedad, con R.F.C), mediante fianza Indivisible (checar la cláusula de garantía de cumplimiento) el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones y cualquier otra responsabilidad durante la vigencia del contrato número (411…../2019) de fecha (la de firma), con un importe total por la adquisición de $(monto sin I.V.A.) (cantidad con letra antes del I.V.A.) más I.V.A., cuyo objeto es (cláusula primera del contrato), celebrado con la Secretaría de Bienestar, representada por su (cargo y nombre del servidor público que autoriza el contrato y firma por parte de la Secretaría). La presente fianza se expide de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y estará vigente del (cláusula de vigencia del contrato, día de inicio, mes, año al día de término, mes, y año); (Razón social de la afianzadora y domicilio de la misma) expresamente declara que:
a) La fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato mencionado con anterioridad, la Convocatoria de la que deriva dicho contrato, así como sus anexos;
b) Esta fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que “La Secretaría” otorgue prórrogas o esperas a “El Proveedor” para el cumplimiento de las obligaciones, así mismo, se modificará en caso de otorgamiento de prórrogas, ampliación al monto o plazo del contrato;
c) Esta fianza permanecerá vigente desde su fecha de expedición y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan por parte de “El Proveedor” o de “La Secretaría”, hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal, que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia;
d) La fianza se cancelará cuando “El Proveedor” haya cumplido con todas las obligaciones estipuladas en el contrato, siendo indispensable la conformidad expresa y por escrito de “La
Secretaría”, sin cuyo requisito no procederá la cancelación de la fianza, y, en consecuencia, ésta continuará vigente; y
e) La institución afianzadora acepta someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y Fianzas, para la efectividad de la presente fianza, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
f) En el supuesto de que “La Secretaría” y por así convenir a sus intereses, decidiera modificar o ampliar el suministro de los bienes, “El Proveedor” se obliga a garantizar dicha adquisición, debiendo contratar la modificación a la póliza de fianza, presentando endoso a la misma o bien una nueva fianza por el 10% (diez por ciento) del importe de la modificación convenida, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes al de la firma del convenio que modifique el contrato principal, en donde conste las modificaciones o cambios en la respectiva póliza de seguro.
XIV.- NOMBRE Y CARGO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.
Conforme al penúltimo párrafo del artículo 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el Titular de la Dirección de Mantenimiento de “LA SECRETARÍA”, será el responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato.
XV. FORMA Y TÉRMINOS EN LOS QUE SE LLEVARÁ A CABO LA VERIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS.
“EL PROVEEDOR” entregará de forma impresa y digital (en formato Excel sólo los subrayados), de manera invariable y mensual dentro de los primeros 15 (quince) días naturales del mes siguiente lo que a continuación se menciona:
● Registro de elementos en cada uno de los inmuebles en los que se presten los SERVICIOS.
● Reporte de movimientos de elementos (altas, bajas y cambios) deberá incluir nombre, sexo y número de filiación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
● Copia de expedientes del elemento que cause alta durante el mes.
● Copia de las Cédulas de Autodeterminación de Cuotas, Aportaciones y Amortizaciones del Sistema Único de Autodeterminación (SUA) del IMSS, así como los comprobantes de alta y baja al IMSS del elemento, y del pago con sello de institución bancaria y/o el comprobante de transferencia electrónica.
● Reporte de los movimientos de maquinaria y equipo en caso de sustitución deberá anexar copia de la factura del nuevo equipo o contrato de arrendamiento, con el soporte de la autorización correspondiente otorgada por el “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, para el cotejo de la propiedad e ingreso y salida de los inmuebles.
● Reporte de cumplimiento del retiro de basura de acuerdo con el calendario señalado en el presente anexo, adjuntando comprobante de parte del elemento de seguridad del inmueble que señale fecha y hora en que se da cumplimiento a la tarea.
XVI. PENAS CONVENCIONALES
De conformidad con el artículo 53 de la “La Ley” y 96 de “El Reglamento”, en caso de que “EL PROVEEDOR” presente atraso en el cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones pactadas para la prestación del servicio, “LA SECRETARÍA” podrá aplicar una pena convencional equivalente al 0.5% (cero punto cinco por ciento), por cada día natural de
atraso sobre el monto de los servicios no prestados oportunamente, de conformidad con el presente Anexo y el contrato que se adjudique.
El pago de la pena deberá efectuarse a través del e5cinco, sin que la pena convencional exceda el monto de la garantía de cumplimiento y se aplicará sobre el monto proporcional sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.
Cuando el monto total de aplicación xx xxxxx convencionales exceda el monto máximo total de la garantía de cumplimiento, se iniciará el procedimiento de rescisión en los términos del artículo 54 de la “La Ley”.
El cálculo, notificación y aplicación de la pena convencional, corresponde al Administrador del Contrato.
Independientemente de la aplicación de la pena convencional a que hace referencia el párrafo que antecede, se aplicarán además cualquiera otra que la Ley establezca. Esta pena convencional no descarta que “LA SECRETARÍA” en cualquier momento posterior al incumplimiento determine procedente la rescisión del contrato respectivo, considerando la gravedad del incumplimiento de los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses de “LA SECRETARÍA”. En caso que sea necesario llevar a cabo la rescisión administrativa del contrato, la aplicación de la garantía de cumplimiento será por el monto total garantizado.
La penalización tendrá como objeto resarcir los daños y perjuicios ocasionados a “LA SECRETARÍA” por el incumplimiento del contrato.
El pago del servicio quedará condicionado proporcionalmente al pago que el proveedor deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, en el entendido de que si el contrato es rescindido no procederá el cobro de dichas penas.
XVII. DEDUCCIONES
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 53 bis de “La Ley” y 97 de su Reglamento, en caso de que “El Proveedor” incurriera en incumplimiento de sus obligaciones contractuales con las características, especificaciones y calidad a las señaladas en el Anexo Técnico, “La Secretaría” le aplicará una deducción del 3% (tres por ciento) sobre el importe del servicio requerido que haya sido entregado de forma parcial o deficiente, aplicado directamente al pago del Comprobante Fiscal Digital por Internet correspondiente.
Lo anterior, en el entendido de que de forma inmediata se cumpla con el objeto del contrato, conforme a lo acordado, en caso contrario “La Secretaría” podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por “La Secretaría”.
Procederá la rescisión del contrato respectivo, cuando la suma del importe total de las deducciones aplicadas a “El Proveedor” corresponda al 20% (veinte por ciento) del monto total del contrato.
El cálculo, notificación y aplicación de las deducciones corresponde al Administrador del Contrato.
El Administrador del contrato aplicará deducciones por deficiencias en los servicios. Se considerará incidencia por deficiencia en los servicios los puntos siguientes que son de manera enunciativa más no limitativa:
• Reporte xx xxxxx sucios, áreas específicas de reporte.
• Desatención de reportes de mal servicio, excediendo de la tolerancia (30 minutos)
• Entregar los reportes de registros de elementos después del plazo señalado.
• Retirar la basura después de los días y horarios establecidos para cada inmueble y/o no hacerlo.
• Omitir el abastecimiento o instalación de los despachadores que se requieran en los términos establecidos en el presente anexo.
• La falta de uniforme en los elementos de limpieza, una incidencia por cada día que se presente esta situación.
• La falta de uniformes distintivos y respectivos en los elementos supervisores, una incidencia por cada día que se presente esta situación.
• Ausencia del elemento, una incidencia por cada día, por elemento, cuando se presente, esta situación.
En relación a lo anterior se le aplicará la deducción del 3% del monto total diario del contrato a cada una de las incidencias por deficiencia en lo anteriormente mencionado.
XVIII. CAUSALES DE RECISIÓN
"LA SECRETARÍA", con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 98 de su Reglamento, podrá rescindir administrativamente el presente servicio y hacer efectiva la garantía de cumplimiento, sin necesidad de declaración judicial previa, y sin que por ello se incurra en responsabilidad, en caso de que "EL PROVEEDOR" se encuentre en cualquiera de los siguientes supuestos:
1. Si no cumple total o parcialmente las obligaciones adquiridas en el contrato y que por su causa afecte al interés principal.
2. Si transfiere todo o en parte, las obligaciones derivadas del contrato.
3. Si incurre en responsabilidad por los errores u omisiones en su actuación.
4. Si incurre en la negligencia respecto a los servicios objeto de la contratación.
5. Si cede los derechos de cobro derivados del servicio, sin contar con la conformidad previa por escrito de “LA SECRETARÍA”.
6. Si suspende o interrumpe, sin causa justificada la prestación del servicio.
7. Si no proporciona a “LA SECRETARÍA”, los datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión del servicio específico.
8. Si cambia de nacionalidad e invoca la protección de su gobierno contra reclamaciones y órdenes de “LA SECRETARÍA”.
9. Si es declarado en concurso mercantil por autoridad competente o por cualquier otra causa distinta o análoga que afecte su patrimonio.
10. Si divulga, transfiere o utiliza la información que conozca en el desarrollo del servicio contratado, sin contar con la autorización expresa de “LA SECRETARÍA”.
11. Si no acepta pagar penalizaciones o no repara los daños o pérdidas, por argumentar que no le es directamente imputable a “EL PROVEEDOR”, sino a uno de sus asociados o filiales o a cualquier otra causa que no sea de fuerza mayor o caso fortuito.
12. Si no entrega dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, la garantía de cumplimiento.
13. Si “EL PROVEEDOR” no entrega dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del contrato, la póliza de responsabilidad civil.
14. Si “EL PROVEEDOR”, no inicia la prestación del servicio en la fecha establecida en el contrato.
15. Si la suma de las penas convencionales excede el 10% (diez por ciento) y/o las deducciones alcanzan el 20% (veinte por ciento) del monto total del Contrato.
16. Si por causas imputables a “EL PROVEEDOR”, su elemento altera el orden dentro de las instalaciones de “LA SECRETARÍA”, haciendo huelgas, plantones, mítines, paro parcial de labores o impidan el acceso al elemento de “LA SECRETARÍA”, por situaciones derivadas de la relación laboral existente con su empresa.
XIX. TERMINACIÓN ANTICIPADA.
“LA SECRETARÍA” en términos del artículo 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público podrá dar por terminado anticipadamente el contrato, cuando concurran razones de interés general o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir la prestación del servicio, originalmente contratado, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a “LA SECRETARÍA”, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención del oficio emitido por la Secretaría de la Función Pública, lo que bastará sea comunicado a “EL PROVEEDOR” con 15 (quince) días naturales anteriores al hecho. en este caso “LA SECRETARÍA” a solicitud escrita de “EL PROVEEDOR” cubrirá los gastos no recuperables, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y relacionados directamente con el contrato.
XX. SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS
Cuando en la prestación del servicio se presente caso fortuito o de fuerza mayor, “LA SECRETARÍA”, bajo su responsabilidad podrán suspender la prestación del servicio, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente prestados.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a “LA SECRETARÍA” previa petición y justificación de éstas, “LA SECRETARÍA” reembolsará a “EL PROVEEDOR” los gastos no recuperables que se originen durante el tiempo que dure esta suspensión, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, de la siguiente forma:
“EL PROVEEDOR” deberá presentar para su revisión y aprobación correspondiente la relación de los gastos no recuperables misma que deberá estar debidamente soportada y documentada. Una vez autorizada la relación de gastos no recuperables, “EL PROVEEDOR” podrá presentar la factura correspondiente.
XXI. MODIFICACIONES AL CONTRATO.
Con fundamento en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, dentro de su presupuesto aprobado y disponible, “LA SECRETARÍA”, y sobre la base de razones fundadas que lo justifiquen, podrá acordar un incremento, de hasta un 20% (veinte por ciento) sobre los conceptos y volúmenes respetando sus precios pactados; modificaciones que podrán hacerse en cualquier tiempo, siempre y cuando se realicen éstas antes de que concluya la vigencia del contrato.
Cuando se requiera ampliar el plazo del contrato, el convenio modificatorio deberá hacer referencia al incremento del monto que en su caso llegue a derivarse con dicha ampliación.
En caso de que “LA SECRETARÍA”, requiera ampliar el servicio, el proveedor continuará prestándolo en las mismas condiciones pactadas originalmente. Cualquier modificación al presente contrato, deberá formalizarse mediante convenio y por escrito, mismo que será suscrito por los servidores públicos que lo hayan hecho en el contrato, quienes los sustituyan o estén facultados para ello.
XXII. PRUEBAS O MUESTRAS.
“EL PROVEEDOR” entregará una muestra física de los siguientes insumos y utensilios de limpieza los cuales deberán ser del tamaño y presentación original (comercial) del fabricante (marca registrada), y etiquetadas con el nombre de “EL PROVEEDOR”.
• Cesto mediano negro de 31 x 24 x 33.5 para basura
• Cesto para baño negro de 38.7 x 25.5 x 38.7 para basura en baño
• Cesto de 240 lts. Con tapa con pedal y ruedas de hule macizo de alta resistencia color gris, de 104 x 56 x 70 para basura en cocina
• Cesto de 240 lts. Con tapa con pedal y ruedas de hule macizo de alta resistencia color verde, de 104 x 56 x 70 para basura en cocina.
• Despachadores de Jabón Líquido para Manos.
• Despachadores de Papel Higiénico Jumbo.
• Fibra verde de 7 x 13 cm
• Franela de 50 cm. De ancho de 42 hilos en trama de 1 color blanco
• Franela de 50 cm .de ancho de 42 hilos en trama de 1 color gris
• Guantes de hule de látex con capa interior de algodón (afelpado) del no.7,8,9
• Jerga de 50 cm de ancho de 16 hilos en trama de 1
• Mechudo camionero xxxxxx de 750 gramos
• Papel higiénico tipo "jumbo", hoja doble de 500 m. X 9 cm ancho, o calidad equivalente
• Toallita interdoblada. - deberá ser Caja con 20 paquetes de 100 toallas hoja sencilla de
23.3 x 23.0 centímetros Color blanco, con un margen de +/- 2 centímetros (biodegradable).
• Toallas interdobladas tipo sanitas, paquete de 20 fajillas de 100 hojas dobles de 24 x 21cm blanca o calidad equivalente, con un total de 2000 hojas
De igual forma, “EL PROVEEDOR” entregará el resultado con vigencia máxima de seis meses de antigüedad a la fecha de presentación y apertura de propuestas, del análisis de biodegradabilidad y reto microbiano emitido por Entidad Mexicana de Acreditación (EMA) y/o la Secretaria de Salud de los 13 (trece) siguientes productos:
MATERIALES SANITARIOS
14. Aceite rojo lustrador para abrillantar muebles xx xxxxxx, xxxxxxx, xxxxxx y lambrines
15. Aceite magnetizador para mop
16. Aromatizante de ambiente en aerosol de 400 ml,
17. Cera líquida para xxxx xxxxxx
00. Champú líquido para lavar alfombras.
19. Cloro al 8% de concentración para desinfectar y limpiar.
20. Detergente en polvo, biodegradable
21. Esencia fresca, liquida, Lima-limón
22. Jabón líquido para manos
23. Limpiador líquido multiusos con aroma para aplicarse directamente o diluirse, que sea biodegradable.
24. Pastilla desodorante para baño, tipo media luna con accesorio de alambre para colgar.
25. Desengrasante
26. Limpia metales líquido
Las muestras serán verificadas a fin de comprobar que correspondan con lo solicitado, quedando en custodia y resguardo de “LA SECRETARÍA”, las muestras servirán para verificar que los insumos y materiales que se suministren por el licitante ganador y durante la vigencia del servicio, sean los mismos que fueron ofertados, tanto en marca como en calidad.
Las muestras y los resultados de los análisis respectivos deberán entregarse en su totalidad en una sola exhibición en la Residencia de Mantenimiento ubicada en el inmueble de Xxxxx xx xx Xxxxxxx Xx. 000, Xxxxxx, Xxx. Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx en la Ciudad de México, el día del acto de presentación y apertura de propuestas de las 11:00 a las 18:00 horas, en empaque e indicando que los materiales a utilizar son inofensivos para el ser humano. No se recibirán muestras físicas después del tiempo establecido.
El incumplimiento de este requisito será causal de desechamiento.
Adicionalmente deberá anexar copia a color de cada una de las muestras físicas, de acuerdo a la presentación que se está proponiendo.
XXIII. PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL.
“EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a favor de “LA SECRETARÍA”, en la Dirección de Mantenimiento con domicilio en Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxx 000, xxxx 00, Xxx. Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx dentro de los diez días naturales posteriores a la firma del contrato, una póliza de responsabilidad civil general que garantice los daños que puedan causarse a “LA SECRETARÍA” y/o a terceros en sus bienes o personas, por una suma asegurada de $ 500,000.00 (Quinientos mil pesos 00/100 M.N.) sin incluir el 16% de I.V.A, por evento o por el total resarcimiento del daño a “LA SECRETARÍA”, su personal y/o terceros. Si los daños o perjuicios exceden ese importe, “EL PROVEEDOR” responderá por ellos en su totalidad.
Dicho seguro deberá ser expedido por una compañía aseguradora establecida en territorio nacional y deberá cubrir el plazo de la vigencia del contrato. En caso de que, a la fecha de la emisión del fallo, “EL PROVEEDOR” cuente con un seguro de responsabilidad civil vigente y expedido por una compañía aseguradora establecida en territorio nacional, se debe presentar un endoso preferente a favor de “LA SECRETARÍA”.
“EL PROVEEDOR” liberará a “LA SECRETARÍA" de cualquier reclamación o acción judicial derivada de daños y perjuicios que pudiesen ocasionar a terceras personas y/o a sus bienes, con los vehículos, herramientas complementarias y/o por las maniobras de carga y descarga de los bienes que traslade durante el desarrollo de los servicios, por lo que se obligará a responder por cuenta propia de tales eventos frente a los terceros afectados.
XXIV. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA FIRMA DE CONTRATOS
“EL PROVEEDOR”, deberá presentar la documentación para la firma del contrato a más tardar el día hábil siguiente de la notificación de fallo, siendo estos.
1.- Testimonio notarial que acredite la debida constitución de la persona moral; así como sus modificaciones. En el caso de personas físicas, acta de nacimiento y CURP.
2.- En el caso de personas xxxxxxx, poder que acredite la personalidad jurídica de su Representante, a fin de constatar que cuenta con las facultades suficientes para suscribir el contrato correspondiente, en nombre y representación de la persona moral.
3.- Identificación oficial del Representante Legal o del proveedor adjudicado en el caso de personas físicas
4.- Registro Federal Contribuyentes.
5.- Constancia de domicilio fiscal con antigüedad no mayor a tres meses.
6.- Constancia de Institución Bancaria sobre la existencia de una cuenta de cheques abierta a su nombre, que incluya el número de cuenta con 11 posiciones, así como la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) con 18 posiciones o estado de cuenta con una antigüedad no mayor a tres meses.
7.- Para personas xxxxxxx, escrito de Estratificación de MIPyMES (formato SFP).
8.- Opinión en términos de los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; en el que manifieste que la Institución de Asistencia Privada, los socios integrantes de la misma y su representante legal, no se encuentra en ninguno de los supuestos que establecen los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
9.- En cumplimiento al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y de conformidad con la regla 2.1.31. y 2.1.39. de la Resolución Miscelánea Fiscal para el año 2019, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 xx xxxxx de 2019, deberá presentar la “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales”, en sentido positivo.
10.- En términos de lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, deberá presentar el documento vigente expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social sobre la Opinión de Cumplimiento en Materia de Seguridad Social, de conformidad con el procedimiento establecido en la Regla quinta del Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su anexo único, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las reglas para la obtención de la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social.
11.- En términos de lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, deberá presentar el documento vigente expedido por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Elementos, sobre la Constancia de Situación Fiscal, de conformidad con el Acuerdo del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Elementos, mediante resolución RCA-5789-01/17 por la que se emiten las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos; publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2017.
XXV. FORMATO DE PROPUESTA ECONÓMICA Se anexa.
XXVI. RESPONSABILIDAD LABORAL
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” señalarán en su oferta que el personal que realice las tareas relacionadas con la prestación del “SERVICIO”, estará bajo su responsabilidad única y directa, por lo tanto, en ningún momento se considerará a “LA SECRETARÍA”, como patrón sustituto o solidario, pues la misma, no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho personal y consecuentemente, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a liberar a “LA SECRETARÍA” de cualquier responsabilidad laboral o civil, obligándose éstos a garantizar el pago de las prestaciones laborales y de seguridad social para sus empleados.
Asimismo, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” asumirán la responsabilidad en materia de seguridad social referente a sus trabajadores y/o a las que haya lugar, en caso de que alguno de éstos sufra un accidente, enfermedad o riesgo de trabajo.
XXVII. USO INTENSIVO DE MANO DE OBRA.
Conforme a lo señalado en el Artículo 80 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la contratación del servicio solicitado requiere del uso intensivo de mano de obra.
“EL PROVEEDOR” adjudicado se compromete durante la vigencia del servicio a contar con elementos propios y necesarios para cumplir con sus obligaciones legales y contractuales en general y laborales en particular que como patrón tenga con sus trabajadores, derivado de un contrato individual o colectivo de trabajo. Asimismo, el proveedor adjudicado, queda obligado durante la vigencia del servicio a cumplir con la inscripción y pago de cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) del personal que realizará los trabajos solicitados en las instalaciones de la Secretaría.
XXVIII. DISCIPLINA Y ORDEN.
“EL PROVEEDOR” deberá instruir a su elementos para que guarde la debida disciplina y orden durante su jornada de trabajo, acatando las normas de seguridad aplicables en las instalaciones de “LA SECRETARÍA”, así como asegurarse que sus elementos cumplan con las siguientes normas de conducta: respetar al personal de “LA SECRETARÍA”; guardar el orden debido dentro de las instalaciones de “LA SECRETARÍA”; portar debidamente y sin alteraciones el uniforme completo y limpio; portar en lugar visible la identificación vigente de “EL PROVEEDOR”; abstenerse de utilizar objetos que distraigan su atención durante su horario de trabajo como son celulares, reproductores de música, video juegos y cualquier otro tipo de instrumentos de entretenimiento; no ingresar a las instalaciones de “LA SECRETARÍA” con aliento alcohólico, o si ha ingerido bebidas embriagantes, enervantes o cualquier tipo de psicotrópicos y no fumar durante su horario de trabajo.
En caso de que los elementos incurran en alguna falta de las señaladas, el “ÁREA ADMINISTRADORA DEL SERVICIO” solicitará la baja definitiva sin posibilidad de reubicación en
ninguna de las instalaciones de “LA SECRETARÍA”, así como la sustitución inmediata del elemento.
Los elementos de “EL PROVEEDOR” deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas de seguridad dentro de las instalaciones de “LA SECRETARÍA”: queda prohibido el uso de cámaras, celulares, grabadoras, videocámaras, escáneres, micrófonos, USB, reproductores de MP3 o cualquier otro dispositivo de almacenamiento de datos o dispositivo electrónico durante la jornada de trabajo, por lo que dichos dispositivos deberán permanecer con sus pertenencias en el área que para tal efecto indique el “ÁREA ADMINISTRADORA DEL SERVICIO”, del mismo modo no habrá intercambio de gafetes, ni podrán ingresar a los inmuebles de “LA SECRETARÍA “con bultos, maletas, bolsas u objetos voluminosos y que, ante cualquier tipo de siniestro deberán acatar de inmediato las indicaciones de “LA SECRETARÍA”.
“EL PROVEEDOR” repondrá los insumos, materiales, maquinaria y equipos, y realizará la baja del elemento que el “ÁREA ADMINISTRADORA DEL SERVICIO” detecte que haga uso inadecuado, sustraiga o comercialice con ellos, lo anterior sin detrimento de los procedimientos legales a que haya lugar.
“EL PROVEEDOR” deberá informar de manera inmediata a través de sus supervisores al “ÁREA ADMINISTRADORA DEL SERVICIO”, de cualquier conducta indebida y/o falta de probidad que realice alguno de sus elementos.
RELACIÓN DE INMUEBLES, SECRETARÍA DE BIENESTAR CANTIDAD MÍNIMA DIARIA DE ELEMENTOS (*) POR INMUEBLE
UNIDAD/INMUEBLE | Áreas de Limpieza M2 | Cantidad Mínima Diaria de Elementos | |||||||
Oficinas, escalera s, pasillos, baños y xxxxx | Xxxxxxx namien tos, bodega s y basurer os | Archivos, almacene s ,Elevador es y cuarto de máquina s | Cistern a | Matutino | Vespertino | Total | |||
m3 | Supervis or | Opera rio | Supervis or | Opera rio | |||||
“REFORMA 116” Av. Paseo De La Reforma No. 116, Col. Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx, Xx Xx Xxxxxx Xx Xxxxxx, X.X. 00000 | 17,639 | 6,213.0 3 | 1,224.17 | 255 | 3 | 26 | 1 | 6 | 36 |
“TORRE CONTIGO” Xx. Xxxxx Xx Xx Xxxxxxx Xx. 00, Xxx. Xxxxxxxxxx, Alcaldía Xxxxxxxxxx, Xx Xx Xxxxxx Xx Xxxxxx, X.X. 00000 | 15,009 | 3,670 | 1,651.53 | 360 | 2 | 22 | 1 | 3 | 29 |
“TORRE MISISIPI M49” Xxxxx xxx Xxxxxxxx xx. 00, xxx. Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, en la xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000 | 6,091 | 350.0 | 700. 0 | 0 | 1 | 7 | 1 | 2 | 11 |
“ALMACÉN XXXXXXX XX XXXXXXX” Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xx. 0000, Xxx. Xx Xxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000 | 1,389.6 7 | 4,317.7 4 | 1,272.20 | 480 | 1 | 6 | 1 | 1 | 9 |
CENTROS EDUCATIVOS “CENDI”, | 3,043.3 0 | 1,425.2 4 | 0 | 250 | 1 | 6 | 1 | 7 | 15 |
“ESCUELA PRIMARIA XXXXXX AZULES” Cumbres de Acultzingo S/N Esq. Xx. Xxxxxxxx, Col. Xxxxxxxx, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxx, Xx Xx Xxxxxx Xx Xxxxxx, X.X. 00000 | |||||||||
Total | 43,172 | 15,976. 01 | 4,847.90 | 1,345 | 8 | 67 | 5 | 19 | 100 |
CANTIDAD DE ELEMENTOS (*) MÁXIMA POR INMUEBLE
UNIDAD/INMUEBLE | Áreas de Limpieza M2 | Cantidad Máxima Diaria de Elementos | |||||||
Oficinas, escalera s, pasillos, baños y xxxxx | Xxxxxxx namien tos, bodega s y basurer os | Archivos, almacene s ,Elevador es y cuarto de máquina s | Cistern a | Matutino | Vespertino | Total | |||
m3 | Supervis or | Opera rio | Supervis or | Opera rio | |||||
“REFORMA 116” Av. Paseo De La Reforma No. 116, Col. Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx, Xx Xx Xxxxxx Xx Xxxxxx, X.X. 00000 | 17,639 | 6,213.0 3 | 1,224.17 | 255 | 3 | 43 | 2 | 12 | 60 |
“TORRE CONTIGO” Xx. Xxxxx Xx Xx Xxxxxxx Xx. 00, Xxx. Xxxxxxxxxx, Alcaldía Xxxxxxxxxx, Xx Xx Xxxxxx Xx Xxxxxx, X.X. 00000 | 15,009 | 3,670 | 1,651.53 | 360 | 3 | 36 | 2 | 7 | 48 |
“TORRE MISISIPI M49” Xxxxx xxx Xxxxxxxx xx. 00, xxx. Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, en la xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000 | 6,091 | 350.0 | 700. 0 | 0 | 1 | 10 | 1 | 3 | 15 |
“ALMACÉN XXXXXXX XX XXXXXXX” Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xx. 0000, Xxx. Xx Xxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000 | 1,389.6 7 | 4,317.7 4 | 1,272.20 | 480 | 1 | 7 | 1 | 2 | 11 |
CENTROS EDUCATIVOS “CENDI”, “ESCUELA PRIMARIA XXXXXX AZULES” Cumbres de Acultzingo S/N Esq. Xx. Xxxxxxxx, Col. Xxxxxxxx, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxx, Xx Xx Xxxxxx Xx Xxxxxx, X.X. 00000 | 3,043.3 0 | 1,425.2 4 | 0 | 250 | 1 | 7 | 1 | 7 | 16 |
Total | 43,172 | 15,976. 01 | 4,847.90 | 1,345 | 9 | 103 | 7 | 31 | 150 |
(*) Indica el servicio de limpieza constituido por una persona y sus componentes correspondientes cantidades de materiales y herramientas
RELACIÒN DE MATERIALES A SUMINISTRAR EN EL ALMACÉN DE “REFORMA 116”
MATERIALES REQUERIDOS | UNIDAD | CANTIDAD Mínima | CANTIDAD Máxima | PERIODO DE CONSUMO |
Papel higiénico tipo "jumbo", hoja doble de 500 m. X 9 cm ancho, o calidad equivalente | PZA | 1620 | 2795 | Mensual |
Toalla de papel para manos grofada de 37 grs. | PZA | 1000 | 1725 | Mensual |
Jabón líquido para manos gel semi espeso ph: 3.0-4.0 | LT | 400 | 690 | Mensual |
Papel higiénico, paq. Con 4 piezas de 10.1 por 9.5 cm. Calidad Soft Care, o calidad equivalente | PAQ | 60 | 100 | Mensual |
Toallas interdobladas tipo sanitas, paquete de 20 fajillas de 100 hojas dobles de 24 x 21cm blanca o calidad equivalente, con un total de 2000 hojas. | CAJA | 7 | 10 | Mensual |
Jabón líquido para manos antibacterial de 525 ml | PZA | 30 | 46 | Mensual |
Bolsa de plástico negra reforzada para basura de 000x000.xx cal 1000 | PZA | 1200 | 2070 | Mensual |
Bolsa de plástico negra reforzada para basura de 60x90 cm. Cal.500 | PZA | 867 | 1495 | Mensual |
Bolsa de plástico negra reforzada para basura de 35x50 cm. Cal 300 | PZA | 600 | 1200 | Mensual |
Bomba destapa caños de 6" de hule flexible goma suave, color negro | PZA | 3 | 5 | Mensual |
Xxxxx para limpieza de alfombras construido con hule sintético en rizos | XXX | 0 | 0 | Xxxxxxx |
Xxxxxxx xx xxxxx natural de 30 cm. Para vidrio | PZA | 6 | 12 | Mensual |
Cepillo de plástico de mano | XXX | 00 | 00 | Xxxxxxx |
Xxxxxxx circular de pulidora para lavar alfombras | PZA | 1 | 2 | Mensual |
Base mixta para pulidoras de piso. | XXX | 0 | 0 | Xxxxxxx |
Xxxxxxx xx xxxxxx intercambiable roscable para limpiar vidrios de 30 cms. | PZA | 3 | 6 | Mensual |
Cubeta de plástico reforzado rígido, capacidad de 10 litros no.16 | PZA | 33 | 58 | Mensual |
Disco abrasivo color canela de 19" para pulido de pisos duros y brillado en seco | PZA | 3 | 5 | Mensual |
MATERIALES REQUERIDOS | UNIDAD | CANTIDAD Mínima | CANTIDAD Máxima | PERIODO DE CONSUMO |
Disco abrasivo color negro de 19" para pisos con suciedad muy incrustada | PZA | 2 | 3 | Mensual |
Disco abrasivo color verde de 19" para lavado en húmedo | PZA | 2 | 3 | Mensual |
Escoba xx xxxx | PZA | 7 | 10 | Mensual |
Escoba de plástico de 4 hilos (180 gr) con xxxxxx xx xxxxxx | XXX | 00 | 00 | Xxxxxxx |
Xxxxxxxxx metálico para mop. Con bastón de lámina calibre 20 (de 0.60 metro) | PZA | 3 | 5 | Mensual |
Fibra negra 8x 14 cm | XXX | 00 | 000 | Mensual |
Fibra verde de 7 x 13 cm | XXX | 00 | 000 | Mensual |
Franela de 50 cm. De ancho de 42 hilos en trama de 1 color blanco | MTR | 150 | 200 | Mensual |
Franela de 50 cm. de ancho de 42 hilos en trama de 1 color gris | MTR | 125 | 225 | Mensual |
Franela de 50 cm. De ancho de 42 hilos en trama de 1 color rojo | MTR | 125 | 175 | Mensual |
Guantes de hule de látex con capa interior de algodón (afelpado) del no.7,8,9 | PZA | 250 | 310 | Mensual |
Jalador de hule para pisos de 50 cm con horquilla de aluminio y xxxxxx xx xxxxxx | PZA | 7 | 15 | Mensual |
Jerga de 50 cm de ancho de 16 hilos en trama de 1 | MTR | 75 | 125 | Mensual |
Mechudo camionero xxxxxx de 750 gramos | PZA | 100 | 150 | Mensual |
Recogedor con bastón alto metálico de lámina reforzada | PZA | 10 | 15 | Mensual |
Lija de agua del número 500 | PZA | 150 | 300 | Mensual |
Mop para limpiar pisos de 0.60 metro | XXX | 0 | 00 | Xxxxxxx |
Xxxx metálica | PZA | 30 | 46 | Mensual |
Aceite rojo lustrador para abrillantar muebles xx xxxxxx, xxxxxxx, xxxxxx y lambrines | LTS | 2 | 4 | Mensual |
Pasta para pulir mármol color Bco. | BOTE | 3 | 7 | Mensual |
Alcohol desnaturalizado | LTS | 2 | 3 | Mensual |
Aromatizante de ambiente en aerosol de 400 ml | PZA | 133 | 230 | Mensual |
Aromatizante ambiental pure automático soft cotton | PZA | 1 | 2 | Mensual |
MATERIALES REQUERIDOS | UNIDAD | CANTIDAD Mínima | CANTIDAD Máxima | PERIODO DE CONSUMO |
Repuesto de aromatizante ambiental automático soft cotton | PZA | 10 | 15 | Mensual |
Cera líquida para piso blanca | LTS | 5 | 7 | Mensual |
Cloro en concentración del 50% | LTS | 600 | 800 | Mensual |
Desengrasante | LTS | 23 | 40 | Mensual |
Detergente biodegradable en polvo, Surfactante amioníco lineal, alcalinon de 9 a 14, o calidad equivalente | KGS | 120 | 210 | Mensual |
Limpia metales líquido | PZA | 10 | 15 | Mensual |
Limpiador para muebles en aerosol de 378 ml. | PZA | 70 | 115 | Mensual |
Líquido limpiador concentrado con aroma x xxxx al 8% de concentración. | LTS | 24 | 60 | Mensual |
Líquido limpiador de alfombras y tapicería en presentación de 1 lt. | LTS | 10 | 17 | Mensual |
Líquido limpiador multiusos biodegradable sin aroma color azul | LTS | 533 | 950 | Mensual |
Pastilla desodorante de 100 gramos, Para WC. | XXX | 000 | 0000 | Mensual |
Gel limpiador para sanitario discos activos, Unidad Completa aroma Lavanda de 6 Discos Activos, con aplicador. | PZA | 40 | 58 | Mensual |
Removedor xx xxxx | LTS | 7 | 15 | Mensual |
Líquido limpiador para vidrios envase de 475 ml | PZA | 15 | 25 | Mensual |
Quita grasa y quita-adhesivo citrus gel | PZA | 7 | 12 | Mensual |
Líquido limpiador superior con lanolina para pisos xx xxxxxx con xxxxx xx xxxx, o calidad equivalente. | LTS | 17 | 35 | Mensual |
Lustrador de muebles en crema de silicón para muebles xx xxxxxx de 500 ml. | PZA | 7 | 12 | Mensual |
Insecticida en aerosol, presentación de 400 ml. | PZA | 7 | 12 | Mensual |
Piedra Pómez | KILO | 7 | 15 | Mensual |
Cesto mediano negro de 31 x 24 x 33.5 para basura oficinas | PZA. | 5 | 25 | Mensual |
Cesto para baño negro de 38.7 x 25.5 x 38.7 para basura en baño | PZA. | 12 | 30 | Bimestral |
Cesto de 240 lts. Con tapa con pedal y ruedas de hule macizo de alta | PZA. | 1 | 1 | Semestral |
MATERIALES REQUERIDOS | UNIDAD | CANTIDAD Mínima | CANTIDAD Máxima | PERIODO DE CONSUMO |
resistencia gris, de 104 x 56 x 70 para basura en cocina gris | ||||
Cesto de 240 lts. Con tapa con pedal y ruedas de hule macizo de alta resistencia gris, de 104 x 56 x 70 para basura en cocina verde | XXX. | 0 | 0 | Xxxxxxxxx |
Xxxxx AA alcalinas | PZA. | 12 | 30 | Mensual |
Despachador de tiempos de aromatizante freshmatic | PZA. | 7 | 10 | Mensual |
“EL PROVEEDOR” DEBERÁ SUMINISTRAR EL SIGUIENTE MATERIAL NUEVO AL INICIO DEL CONTRATO:
• 70 DESPACHADORES DE PAPEL PARA MANOS MANUALES.
• 70 DESPACHADORES PARA PAPEL HIGIÉNICO TAMAÑO JUMBO DE 29 CMS. DE DIÁMETRO CON PERILLA CORTADORA DE PAPEL.
• 70 DESPACHADORES DE JABÓN LÍQUIDO MANUALES.
• 50 BOTES DE PLÁSTICO PARA BASURA DE 0.40 X 0.30 X 0.20 M. (COLOR GRIS).
• 20 BOTES DE PLÁSTICO PARA BASURA DE 0.70 X 0.40 X 0.30 M. TAPA DE BALANCÍN (COLOR GRIS).
ASIMISMO, DURANTE LA VIGENCIA DEL SERVICIO DEBERÁN CONSIDERAR LA REPOSICIÓN DE ESTOS EN CASO DE DESCOMPOSTURA, SIEMPRE DE CARACTERÍSTICAS IGUALES, DE MARCA REGISTRADA Y PRIMERA CALIDAD
MÁQUINARIA Y EQUIPO A SUMINISTRARSE EN CADA UNO DE LOS INMUEBLES DE LA SECRETARÍA DE BIENESTAR”
MAQUINARIA Y EQUIPO | REFORMA 51 | REFORMA 116 | XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX Xx. 0000 | “CENDI” “XXXXXX AZULES” |
Aspiradora tipo industrial | 9 | 4 | 1 | 0 |
Pulidora y/ o lavadora de piso y alfombra | 3 | 3 | 1 | 2 |
Hidrolavadora industrial | 1 | 2 | 1 | 1 |
Pulidora de mano con velocidad variable | 0 | 2 | 0 | 0 |
Carros para basura | 3 | 3 | 3 | 3 |
Escaleras de aluminio | 5 | 5 | 2 | 2 |
Equipo móvil de comunicación | 2 | 2 | 2 | 2 |
Triángulos de precaución piso mojado, de plástico | 10 | 10 | 8 | 8 |
Motobomba sumergible de 1 HP | 1 | 1 | 1 | 1 |
▪ Aspiradoras tipo industrial con capacidad mínima de 2.5 H.P. 127v. 60hz. - equipos con bajo nivel de ruido de 65 db o menos, para remover cualquier tipo de suciedad, superficial o profunda solida o líquida, deben incluir una extensión eléctrica de 20 mts, cada una.
▪ Pulidoras y/o lavadoras de pisos de alfombras tipo industrial con capacidad mínima de 2.5HP, 127v, 60hz. -equipos de calidad, para usos continuo, silenciosos para limpiar, restregar o encerar todo tipo de pisos y lavado de alfombras, diámetro del cepillo de 20”, cable eléctrico con longitud mínima de 15 mts. Tanque de almacenamiento de líquidos y accesorios complementarios, deben incluir una extensión eléctrica con cable de uso rudo del no. 3 x 10 de 35 mts. cada una.
▪ Hidrolavadora industrial con potencia mínima de 2HP, 127v, 60hz. - equipo de alta presión de agua fría, presión de trabajo mínima de 1700 psi, caudal mínimo de 10m. Con accesorios, incluye dos mangueras para conectarse a la toma de 50m cada una y que puedan interconectarse.
▪ Pulidora de mano de velocidad variable con capacidad mínima de 1300 watts, 5300 rpm, seis velocidades. -equipo para superficies vertical.
▪ Carros para basura. - aluminio plegables, con bolsa de plástico resistente.
▪ Escaleras de aluminio tipo tijera. - con antiderrapante en las patas y rotuladas con el nombre de la empresa, conforme a lo siguiente:
o Reforma no. 51.- 2 de cuatro escalones; 2 de ocho escalones; 1 de doce escalones.
o Reforma 116.- 2 de cuatro escalones; 1 de ocho escalones; 1 de doce escalones; 1 de dieciséis escalones.
o Misisipí 49.-1 de cuatro escalones; 1 de ocho escalones; 1 de doce escalones.
x Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx. -0 de ocho escalones; 1 xx xxxx escalones.
o CENDI. -1 de dos escalones; 1 de doce escalones.
▪ Equipo de comunicación celular móvil.
▪ Triángulos de plástico. -amarillos de precaución con la leyenda “cuidado piso mojado”.
▪ Motobomba sumergible: es una bomba de 1 (un) H.P. que tiene un impulsor sellado a la carcasa. El conjunto se sumerge en el líquido a bombear.
“RUTINAS Y/O ACTIVIDADES”
No. | Rutina y/o actividades | Diario | cada 3er. Día | Semanal | Quincenal | Mensual | Semestral | Cuando se requiera |
1 | En oficinas se debe realizar: la limpieza del mobiliario, equipo eléctrico y electrónico, aparatos telefónicos, equipos de protección contra incendio (extintores, hidrantes, etc.), persianas, cortinas, puertas, canceles, vidrios, muros o muretes, limpieza de pisos (barrido, trapeado, pulido, encerado y brillado), en alfombras (aspirado, desmanchado, lavado y peinado, apagadores y artículos xx xxxxxx entre otros. | X | X | |||||
2 | Limpieza de muebles y equipo de oficina: mobiliario y equipo en general (sillas, escritorios, archiveros, credenzas, sillones, mesas laterales y de centro, teléfonos, máquinas de escribir, despachadores de agua, cuadros, libreros y vitrinas, accesorios, enseres ornamentales, cestos de basura y objetos diversos), incluyendo en esta actividad los equipos de cómputo, monitores, teclados, xxxxxx, CPU, impresoras y escáneres. | X | X | |||||
3 | Desodorización de oficinas. | X | X | |||||
4 | Recolección de basura de acuerdo a las necesidades de las diversas áreas. | X | X | |||||
5 | Xxxxxx xx xxxx y utensilios de cafetería propiedad de la Secretaría, para aquellos usuarios que previamente autorice el “AREA ADMINISTRADORA DEL SERVICIO” | X | X |
No. | Rutina y/o actividades | Diario | cada 3er. Día | Semanal | Quincenal | Mensual | Semestral | Cuando se requiera |
6 | Maniobras de mobiliario cuando así se requiera, con motivo del desempeño de sus actividades propias de la prestación del servicio. | X | X | |||||
7 | Cambio de los garrafones de agua y la limpieza de los despachadores, cuando sea necesario o cuando lo solicite el usuario. | X | X | |||||
8 | No se deberán dejar utensilios de limpieza (mechudos, trapeadores, cubetas, escaleras, etc.) y bolsas con basura en los pasillos y oficinas si no se están ocupando en ese momento. | X | X | |||||
9 | Aspirado de alfombras. | X | X | |||||
10 | Limpieza de zoclos, columnas, extinguidores, muros, señalizaciones y plafones. | X | X | |||||
11 | Limpieza de puertas, vidrios y canceles. | X | X | |||||
12 | Limpieza profunda de pisos, muebles, accesorios y cestos de basura. | X | X | |||||
13 | Desmanchado xx xxxxx, canceles y alfombras. | X | X | |||||
14 | Desmanchado y aplicación de limpiador en aparatos de telefonía, fax y muebles xx xxxxxx. | X | X | |||||
15 | Limpieza de persianas, en todas las áreas en donde se encuentren instaladas. | X | X | |||||
16 | Aspirado y desmanchado de sillones, sillas y salas. | X | X | |||||
17 | Sellado de pisos. | X | X | |||||
18 | Lavado de canceles. | X | X | |||||
19 | Xxxxxx xx xxxxxxx. | X | X | |||||
20 | Aspirado de modulares. | X | X | |||||
21 | Lavado de la alfombra o cada vez que lo solicite el Departamento de Mantenimiento, a petición de “LA SECRETARÍA”, por lo que este servicio deberá ser programado con anticipación para su registro y control. | X | X | |||||
22 | Xxxxxx xx xxxxxxxx y persianas las primeras deberán ser retiradas para su lavado en seco, con cargo al proveedor y reinstaladas en su lugar en un plazo no mayor a cinco días hábiles y las segundas deberán ser lavadas en sitio, de acuerdo con la solicitud del “AREA ADMINISTRADORA DEL SERVICIO”. | X | X | |||||
23 | Limpieza xx xxxxxxx de más de 4 metros de altura (ventanas en su cara interna y externa). | X | X | |||||
24 | Lavado de sillones, sillas x xxxxx. | X | X |
No. | Rutina y/o actividades | Diario | cada 3er. Día | Semanal | Quincenal | Mensual | Semestral | Cuando se requiera |
25 | Se debe realizar la limpieza y desinfección de los muebles sanitarios como son: W.C., mingitorio, cubierta para lavabo y lavabos; puertas, vidrios, muros, botes de basura, mamparas, lunas, apagadores y contactos, etc. así como los accesorios o dispensadores de papel sanitario, toalla de papel para manos, jabón líquido, tomando en cuenta que los insumos requeridos para estos, no deben faltar durante la vigencia del servicio. | X | X | |||||
26 | Retiro de basura cada dos horas y/o cada vez que se requiera. | X | X | |||||
27 | Colocación de jabón líquido para manos, en su caso jabón de tocador, pastillas desodorantes, papel higiénico, papel toallero, cada vez que se requiera. | X | X | |||||
28 | En caso de detección de fugas de agua y/o deterioro de accesorios en baños, deberá reportarlo al responsable administrativo del inmueble en que se preste el servicio. Colocar bolsas de plástico en cestos de basura en el primer servicio de limpieza del día y/o las veces que sea necesario. | X | X | |||||
29 | Lavado profundo y desinfectado de pisos, muebles, accesorios, muros, cestos de basura, puertas, mamparas, vidrios y espejos. | X | X | |||||
30 | Desincrustación xx xxxxx en muebles y accesorios. | X | X | |||||
31 | Limpieza de pasillos, escaleras, barandales, señalizaciones, equipos de protección contra incendio (extintores, hidrantes, etc.), vidrios, muros o muretes, cocinas, cocinetas, comedores, luminarias, muebles y equipos que no representen peligro alguno para el elemento de limpieza. | X | X | |||||
32 | Mopeado (trapeado en seco), trapeado, desmanchado y abrillantado de pisos en general de manera continua. | X | X | |||||
33 | Recolección de basura de cestos de acuerdo con las necesidades. | X | X | |||||
34 | Desmanchado y limpieza de puertas. | X | X | |||||
35 | Limpieza exterior de despachadores de agua purificada. | X | X | |||||
36 | En los Inmuebles donde existan elevadores, se debe realizar la limpieza de las cabinas y de las puertas exteriores de estos en cada nivel. | X | X | |||||
37 | Limpieza xx xxxxx, columnas, extinguidores y señalizaciones. | X | X | |||||
38 | Lavado profundo de escaleras, muros, columnas, barandales, canceles, cestos de basura, puertas de cristal y xx xxxxxx. | X | X |
No. | Rutina y/o actividades | Diario | cada 3er. Día | Semanal | Quincenal | Mensual | Semestral | Cuando se requiera |
39 | Lavado y abrillantado de pisos. | X | X | |||||
40 | Aplicación de sellador y pulido de pisos. | X | X | |||||
41 | Limpieza de rejillas de aire acondicionado. | X | X | |||||
42 | Xxxxxx xx xxxxxxxxx. | X | X | |||||
43 | Limpieza xx xxxxxxx en fachadas de más de 4 metros de altura. | X | X | |||||
44 | Limpieza de Alukubon en fachadas de más de 4 metros de altura | X | X | |||||
45 | Barrido y recolección de basura permanentemente. | X | X | |||||
46 | Lavado de accesos peatonales y/o vehicular. | X | X | |||||
47 | Se considerará la limpieza de las banquetas, patios interiores, azoteas, desagües pluviales, terrazas, ventanas exteriores a nivel de piso, ceniceros externos, directorios, señalizaciones, botes para basura, muros, muretes, espejos de agua, herrería (rejas, puertas, barandales), así como aquellas áreas específicas que señale el “AREA ADMINISTRADORA DEL SERVICIO” | X | X | |||||
48 | Lavado de pisos con desengrasantes, limpieza de hidrantes y señalizaciones. | X | X | |||||
49 | Lavado profundo de las áreas establecidas para la concentración de la basura de cada uno de los inmuebles. | X | X | |||||
50 | Azoteas barrido, recolección y concentración de basura en los lugares que se tienen establecidos para tal efecto. | X | X | |||||
51 | Xxxxxx xx xxxxxxx de hasta 4 metros de altura, interior y exterior. | X | X | |||||
52 | Lavado de pisos con máquina pulidora. | X | X | |||||
53 | Xxxxxx y desmanchado profundo de pisos. | X | X | |||||
54 | Lavado y desinfectado de las áreas establecidas para la concentración de la basura en cada uno de los inmuebles objeto de la presente licitación. | X | X | |||||
55 | Limpieza xx xxxxx perimetrales | X | X | |||||
56 | Barrido y recolección de basura en estacionamientos cada vez que sea necesario. | X | X | |||||
57 | Se realizará la limpieza de pisos, muros, columnas, escaleras, accesorios del sistema de protección contra incendio, protecciones metálicas, barandales, aditamentos de control de acceso vehicular, casetas, ductos de instalaciones, rejillas de inyección o extracción de aire, puertas y señalizaciones. | X | X | |||||
58 | Limpieza de mobiliario y equipo, limpiar vidrios tanto por su cara interna como externa, barrido y trapeado. | X | X |
No. | Rutina y/o actividades | Diario | cada 3er. Día | Semanal | Quincenal | Mensual | Semestral | Cuando se requiera |
59 | Será responsabilidad del proveedor: | X | X | |||||
concentrar la basura en los lugares que se tienen establecidos para tal efecto. | X | X | ||||||
clasificar y separar la basura conforme al apartado correspondiente a manejo de basura en los contenedores correspondientes. | X | X | ||||||
limpieza del área de concentración de basura. | X | X | ||||||
60 | Barrer y lavar la banqueta perimetral correspondiente a cada inmueble. | X | X | |||||
61 | Desinfección de las cisternas de los inmuebles, “Xxxxxxx 000, Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx General de Tepepan y CENDI” | X |
(Nombre y firma del representante legal)
ANEXO “B”- PROPUESTA ECONÓMICA (PARTIDA ÚNICA)
(ELABORAR EN HOJA PREFERENTEMENTE MEMBRETADA DE LA PERSONA)
Secretaría de Bienestar
Invitación a cuando menos Tres Personas Electrónica Nacional No: Nombre del Licitante:
Fecha:
SERVICIO DE LIMPIEZA (*)
No. | Concepto | Unidad de Medida | Cantidad Mínima diaria | Cantidad Máxima diaria | Precio Unitario por elemento diario | Importe total mínimo diario | Importe total máximo diario |
1 | “REFORMA 116” Av. Paseo de La Reforma No. 116, Col. Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx, Xx Xx Xxxxxx Xx Xxxxxx, X.X. 00000 | Elemento | 36 | 60 | $ | ||
2 | “TORRE CONTIGO” Xx. Xxxxx xx Xx Xxxxxxx Xx. 00, Xxx. Xxxxxxxxxx, Alcaldía Xxxxxxxxxx, Xx Xx Xxxxxx Xx Xxxxxx, X.X. 00000 | Elemento | 29 | 48 | $ | ||
3 | “TORRE MISISIPI M49” Xxxxx Xxx Xxxxxxxx xx. 00, xxx. Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, en la ciudad de México, C.P. 06500 | Elemento | 11 | 15 | $ | ||
4 | “ALMACÉN XXXXXXX XX XXXXXXX” Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xx. 0000, Xxx. Xx Xxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000 | Elemento | 9 | 11 | $ | ||
5 | CENTROS EDUCATIVOS “CENDI”, “ESCUELA PRIMARIA XXXXXX AZULES” Cumbres de Acultzingo S/N Esq. Xx. Xxxxxxxx, Col. Xxxxxxxx, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxx, Xx Xx Xxxxxx Xx Xxxxxx, X.X. 00000 | Elemento | 15 | 16 | $ | ||
Subtotal sin IVA | $ | $ |
RESULTADO (PLURIANUAL)
CONCEPTO | IMPORTE TOTAL MÍNIMO DIARIO | IMPORTE MÍNIMO DIARIO X (30.4) | IMPORTE MÍNIMO MENSUAL POR DIECISÉIS MESES | IMPORTE TOTAL MÁXIMO DIARIO | IMPORTE MÁXIMO DIARIO X (30.4) | IMPORTE MÁXIMO MENSUAL POR DIECISÉIS MESES |
Subtotales sin I.V.A. | $ | $ | $ | $ | $ | $ |
I.V.A. | $ | I.V.A. | $ | |||
TOTALES | $ | TOTALES | $ |
(*) Indica el servicio de limpieza constituido por una persona y sus componentes correspondientes, cantidades de materiales y herramientas.
El análisis del importe total mínimo diario precio unitario
NOTA: EL EJERCICIO DE LOS RECURSOS SERÁ CONFORME A LOS PRECIOS UNITARIOS OFERTADOS POR EL LICITANTE ADJUDICADO EN SU RESPECTIVA PROPOSICIÓN.
• LOS PRECIOS SERÁN FIJOS DURANTE LA VIGENCIA DEL SERVICIO Y/O HASTA CONCLUIR CON LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS OFERTADOS A SATISFACCIÓN DE “LA SECRETARÍA”.
• LOS PRECIOS UNITARIOS DEBERÁN SER EXPRESADOS EN MONEDA NACIONAL (PESOS MEXICANOS).
• LOS PRECIOS UNITARIOS OFERTADOS DEBERÁN CONSIDERAR EL SERVICIO DE LIMPIEZA, TODOS LOS COSTOS DE MANO DE OBRA, MATERIALES E INSUMOS, FLETES, ACARREOS DESDE EL ACCESO DEL EDIFICIO A BODEGA Y ÁREA DE TRABAJO, HERRAMIENTA, EQUIPO DE SEGURIDAD, ANDAMIOS, ESCALERAS, DESPERDICIOS Y LIMPIEZA DEL ÁREA DE TRABAJO, HASTA LA PRESTACIÓN TOTAL DE LOS SERVICIOS.
• EL ÁREA REQUIRENTE NO ESTÁ OBLIGADA A AGOTAR LAS CANTIDADES MÁXIMAS AUTORIZADAS.
Nombre y firma del representante legal
Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada participante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido.
ANEXO “C” ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS
CONCEPTO: | |
ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS POR ELEMENTO DIARIO | |
UNIDAD | ELEMENTO/DÍ A |
ELEMENTO
DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDA D | PRECIO | IMPORTE |
SALARIO | ||||
AGUINALDO | ||||
VACACIONES | ||||
PRIMA VACACIONAL | ||||
(A+B+C+D) = E | CARGO POR SALARIOS INTEGRADO | |||
CARGO POR SALARIOS INTEGRADO |
IMPUESTOS
DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDA D | PRECIO | IMPORTE |
CUOTA IMSS | ||||
INFONAVIT | ||||
IMPUESTO SOBRE NÓMINA | ||||
SAR | ||||
Guardería | ||||
IMPUESTOS |
IMPORTE |
(CD) COSTO MANO DE OBRA DIRECTA SUMA DE CARGOS E) + K) |
COSTO MATERIALES
DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDA D | SALARI O | IMPORTE |
CARGO POR MATERIALES |
MAQUINARIA, EQUIPO Y HERRAMIENTA MENOR
DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDA D | PRECIO | IMPORTE |
CARGO POR MAQ. EQUIPO Y H. M. |
UNIFORMES
DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDA D | PRECIO | IMPORTE |
CARGO POR MAQ. EQUIPO Y H. M. |
IMPORTE |
(CDI) COSTO DIRECTO DE MATERIALES E INSUMOS SUMA DE CARGOS L) + M) + N) |
IMPORTE | |
SUBTOTAL (a) CD + CDI |
Porcentaje (%) | importe | |
INDIRECTOS = % * SUBTOTAL (a) | ||
UTILIDAD = % * SUBTOTAL (a) |
IMPORTE | |
SUBTOTAL (b) INDIRECTOS + UTILIDAD |
PRECIO UNITARIO SUBTOTAL (a) + SUBTOTAL (b) |
ANEXO I
“FORMATO DE ACREDITACIÓN PERSONALIDAD”.
(Elaborar en hoja preferentemente membretada de la persona)
Secretaría de Bienestar
Invitación a cuando menos Tres Personas Electrónica Nacional No: Nombre del licitante:
Fecha:
(Nombre del representante legal) manifiesto, bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados son ciertos y han sido debidamente verificados y que cuento con facultades suficientes para comprometerme por mi misma o por mi representada y suscribir la propuesta para la presente invitación a cuando menos tres personas electrónica nacional, a nombre y representación de (persona física o moral), las cuales no me han sido revocadas o limitadas de forma alguna a esta fecha.
DATOS DE EL LICITANTE:
Nombre:
Domicilio fiscal: Teléfonos:
Registro Federal de Contribuyentes:
Fax:
Correo electrónico:
Número y fecha de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:
Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público o Fedatario Público que la protocolizó:
Número(s) y fecha(s) de la(s) escritura(s) pública(s) en la(s) que conste(n) reformas o modificaciones al acta constitutiva:
Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público o Fedatario Público que la(s) protocolizó:
Relación de socios (as):
Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio: Descripción del objeto social:
DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL:
Nombre:
Número y fecha de la escritura pública mediante la cual fueron otorgadas las facultades para suscribir la propuesta:
Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público o Fedatario Público que la protocolizó:
(Nombre y firma del representante legal)
Notas:
• El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido.
• El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar abreviaturas, principalmente en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral.
MANIFESTACIÓN DE NACIONALIDAD MEXICANA, QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS Y LAS LICITANTES.
(Elaborar en hoja preferentemente membretada de la persona)
Secretaría de Bienestar
Invitación a cuando menos Tres Personas Electrónica Nacional No: Nombre del licitante:
Fecha:
(NOMBRE DEL O LA REPRESENTANTE LEGAL) manifiesto, bajo protesta de decir verdad que mi representada (NOMBRE DE LA PERSONA QUE PARTICIPA EN LA PRESENTE
INVITACIÓN) es de Nacionalidad Mexicana.
(Nombre y firma de (la) representante legal)
Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada participante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido.
ANEXO III
“FORMATO DE CUMPLIMIENTO DE NORMAS”.
(Elaborar en hoja preferentemente membretada de la persona)
Secretaría de Bienestar
Invitación a cuando menos Tres Personas Electrónica Nacional No: Nombre del licitante:
Fecha:
Manifiesto que para el presente procedimiento aplican las siguientes Normas.
Número de Norma | Descripción de la Norma |
NMX-Q-002-SCFI-2007 | Productos de aseo-detergentes domésticos en polvo para uso general – especificaciones y métodos de prueba. |
NOM-050-SCFI-2004 | Información comercial- etiquetado general de productos |
NMX-N-092-SCFI-2015 | Industrias de celulosa y papel –papeles creados (tissue) para mercado institucional (higiénico, pañuelo facial, servilleta y toalla)- especificaciones y método de prueba. |
NMX-N-096-SCFI-2014 | Industrias de celulosa y papel – papeles semikraft: toallas para manos – especificaciones. |
(Nombre y firma de (la) representante legal)
Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada participante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido.
ANEXO IV
“FORMATO RELATIVO A LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 ANTEPENÚLTIMO PÁRRAFO DE “LA LEY”.
(Elaborar en hoja preferentemente membretada de la persona)
Secretaría de Bienestar
Invitación a cuando menos Tres Personas Electrónica Nacional No: Nombre del licitante:
Fecha:
(NOMBRE DE(LA) REPRESENTANTE LEGAL) manifiesto, bajo protesta de decir verdad que mi representada (NOMBRE DE LA PERSONA QUE PARTICIPA EN LA PRESENTE
INVITACIÓN) no se ubica en los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
(Nombre y firma de (la) representante legal)
Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada participante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido.
“FORMATO DE DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD”.
(Elaborar en hoja preferentemente membretada de la persona)
Secretaría de Bienestar
Invitación a cuando menos Tres Personas Electrónica Nacional No: Nombre del licitante:
Fecha:
(NOMBRE DE EL(LA) REPRESENTANTE LEGAL) manifiesto, bajo protesta de decir verdad, que mi representada (NOMBRE DE LA PERSONA QUE PARTICIPA EN LA PRESENTE
INVITACIÓN) se abstendrá, por sí o a través de interpósita persona, de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la SECRETARÍA DE BIENESTAR, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.
(Nombre y firma de (la) representante legal)
Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada participante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido.
ANEXO VI
“FORMATO DE ESTRATIFICACIÓN.”.
(Elaborar en hoja preferentemente membretada de la persona)
Secretaría de Bienestar (2)
Invitación a cuando menos Tres Personas Electrónica Nacional No:
Nombre del Licitante:
Fecha: (1)
P R E S E N T E.
Manifestación, bajo protesta de decir verdad, de la estratificación de micro, pequeña o mediana empresa (MIPYMES)
de de (1)
(2) P r e s e n t e.
Me refiero al procedimiento de (3) No. (4) en el que mi representada, la empresa (5) , participa a través de la presente proposición.
Al respecto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que mi representada está constituida conforme a las leyes mexicanas, con Registro Federal de Contribuyentes (6) , y asimismo que considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado de (7) , con base en lo cual se estatifica como una empresa
(8) .
De igual forma, declaro que la presente manifestación la hago teniendo pleno conocimiento de que la omisión, simulación o presentación de información falsa, son infracciones previstas por el artículo 8 fracciones IV y VIII, sancionables en términos de lo dispuesto por el artículo 27, ambos de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, y demás disposiciones aplicables.
A T E N T A M E N T E
(9)
LA NO PRESENTACIÓN DE ÉSTE ESCRITO, NO ES MOTIVO DE EVALUACIÓN NI CAUSA DE DESECHAMIENTO DE LA PROPOSICIÓN.
LO SEÑALADO EN EL PÁRRAFO ANTERIOR NO SERÁ APLICABLE EN EL CASO DE QUE EL LICITANTE PARTICIPE CON EL CARÁCTER DE MIPYMES, POR LO QUE, SI SE ENCUENTRA EN
ESTE SUPUESTO, DEBERÁ CUMPLIR CON EL REQUISITO ESTABLECIDO EN EL INCISO H) DEL APARTADO VI, Y SU INCUMPLIMIENTO SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO.
Instructivo para el llenado del formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Lineamientos para fomentar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas en los procedimientos de Adquisición y Arrendamiento de Bienes Muebles, así como la contratación de Servicios que realicen las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal.
No. | DESCRIPCIÓN |
1 | Señalar la fecha de suscripción del documento. |
2 | Anotar el nombre de “La Secretaría”. |
3 | Precisar el procedimiento de contratación de que se trate (licitación pública o invitación a cuando menos tres personas). |
4 | Indicar el número de procedimiento de contratación asignado por CompraNet. |
5 | Anotar el nombre, razón social o denominación del licitante. |
6 | Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante. |
7 | Señalar el número que resulte de la aplicación de la expresión: Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) x10% + (Ventas anuales en millones de pesos) x 90%. Para tales efectos puede utilizar la calculadora MIPYME disponible en la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx Para el concepto “Trabajadores”, utilizar el total de los trabajadores con los que cuenta la empresa a la fecha de la emisión de la manifestación. Para el concepto “ventas anuales”, utilizar los datos conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales, expresados en millones de pesos. |
8 | Señalar el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme al resultado de la operación señalada en el numeral anterior. |
9 | Anotar el nombre y firma del apoderado o representante legal del licitante. |
ANEXO VII
RELACIÓN DE DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA PARTICIPAR E INTEGRAR LAS PROPOSICIONES.
Secretaría de Bienestar
Invitación a cuando menos Tres Personas Electrónica Nacional No:
Nombre del licitante:
Fecha:
REFERENCIA | DOCUMENTACIÓN | PRESENTÓ |
IV-1-A | Propuesta Técnica | |
IV-2-A | Propuesta Económica | |
VI-A | Acreditación de Personalidad | |
VI-B | Nacionalidad Mexicana | |
VI-C | Cumplimiento de Normas | |
VI-D | Dirección de correo electrónico | |
VI-E | Manifestación de los artículos 50 y 60, antepenúltimo párrafo de “La Ley” | |
VI-F | Declaración de Integridad | |
VI-G | Copia simple de la identificación oficial vigente con fotografía | |
VI-H | Estratificación MIPYMES | |
III-A-3 | Escrito para Intervenir en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones |
La omisión de entrega del presente formato por parte de los (as) participantes no será motivo de desechamiento de la proposición.
MODELO DE CONTRATO ESPECIFICO
CONTRATO ESPECÍFICO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE (NOMBRE DE LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD), REPRESENTADA POR (NOMBRE Y CARGO DEL SERVIDOR PÚBLICO FACULTADO), EN ADELANTE "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD" Y, POR LA OTRA,(NOMBRE O DENOMINACIÓN SOCIAL DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL), EN LO SUCESIVO "EL PROVEEDOR", REPRESENTADA POR
, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTE
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 17, segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en adelante "LAASSP" y 14 tercer párrafo de su Reglamento, la Secretaría de la Función Pública, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fecha suscribieron el Contrato Marco para la prestación del servicio Integral de limpieza, en lo sucesivo "CONTRATO MARCO"
DECLARACIONES
l. ("LA DEPENDENCIA O ENTIDAD"), declara que:
1.1 Que es una (Dependencia y/o Entidad) de conformidad con
(sustento jurídico en los que se reconoce su existencia), cuya competencia y atribuciones se señalan en (sustento jurídico en el que se señalen sus facultades)
1.2 Que conforme a lo dispuesto por los artículos de su (ordenamiento jurídico en el que se regulen sus facultades), así como del numeral
de las Políticas, Bases y Lineamientos de la "(LA DEPENDENCIA O ENTIDAD)", (nombre del servidor público facultado para firmar el contrato específico) en su carácter de , es el servidor público que tiene conferidas las facultades legales para celebrar el presente contrato específico, quien podrá ser sustituido en cualquier momento en su carào o funciones, sin que ello implique la necesidad de elaborar convenio modificatorio.
1.3. Que la adjudicación del presente contrato específico se realizó mediante el procedimiento (adjudicación directa o invitación a cuando menos tres personas) con número de conformidad con Io establecido en los artículos
134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
(señalar los artículos correspondientes al procedimiento de contratación ya sea adjudicación directa o invitación a cuando menos tres personas) de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en lo sucesivo "LAASSP", y los correlativos de su Reglamento.
1.4 Que cuenta con recursos suficientes para llevar a cabo el presente contrato específico, como se acredita con la suficiencia presupuestaria número conforme a lo establecido en el artículo 25
de la "LAASSP" emitida por la (área de presupuesto), correspondiente a Ia(s) partida(s) presupuestal(es) Número(s)
1.5 (nombre) , en su carácter de quien en su caso ocupe dicho cargo, o quien asuma las atribuciones del mismo, será el/la servidor/a público/a encargado/a de administrar, supervisar, vigilar y verificar el cumplimiento del presente contrato específico y sus anexos en su calidad de "EL/LA ADMINISTRADOR(A) DEL CONTRATO" de conformidad con lo establecido en el artículo 84, séptimo párrafo del Reglamento de la "LAASSP", con el apoyo de los servidores públicos que sean designados para tal efecto.
1.6 Que para efectos fiscales las Autoridades Hacendarias le han asignado el Registro Feral de Contribuyente
1.7 Que tiene establecido su domicilio en mismo que señala para los fines y efectos legales del presente contrato específico.
ll. "EL PROVEEDOR", a través de su (apoderado/representante legal), declara que:
11.1 Es una sociedad legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas, y acredita su existencia legal mediante escritura pública número de fecha pasada ante la xx xxx Xxxxxxx Público número de e inscrita en el Registro Público de Comercio de Estado de bajo el folio mercantil de fecha
Es una persona física con actividad empresarial, con plena capacidad jurídica para obligarse en los términos del presente contrato, de nacionalidad mexicana, lo cual acredita acta de nacimiento (en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente) (número), y se identifica con ). (ajustar en su caso).
11.2. Su objeto social es, entre otros
11.3 El (la) C. en su carácter de (representante legal o apoderado), cuenta poder amplio y suficiente para suscribir el presente contrato específico y obligar a su representada en los términos lo cual acredita mediante la escritura pública número pasada ante la xx xxx Xxxxxxx Público número inscrita en el Registro Público de Comercio bajo el folio mercantil que bajo protesta de decir verdad manifiesta que no le ha sido limitado ni revocado en forma alguna. (Tratándose de personas físicas, en su caso, señalar datos relativos a los apoderados, cuando aplique)
11.4 En atención al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, a la regla 2.1.31. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, presentó documento actualizado, emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), de fecha rnediante el cual remite opinión en sentido positivo.
En cumplimiento a las Reglas para la Obtención de la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero del 2015, así como su actualización publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 xx xxxxx de 2015, presentó documento actualizado, expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de fecha
Así mismo en cumplimiento al Acuerdo del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo -anal de Vivienda - que las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, presenta la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos de fecha
11.5 (Cuando Corresponda) Mediante escrito de fecha manifiesta que es una empresa de conformidad con lo establecido en el artículo 30, fracción III de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Lo anterior, en términos del artículo 34 del Reglamento de la "LAASSP"
11.6 Que ha considerado todos y cada uno de los factores que intervienen en la prestación del servicio, manifestando reunir las condiciones técnicas, jurídicas y económicas, así como la organización y elementos necesarios para el cumplimiento del presente instrumento jurídico.
11.7 Que, bajo protesta de decir verdad, manifiesta qué ni él ni ninguno de los socios desempeñan un empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que a pesar de desempeñarlo, con la formalización del presente contrato específico no se actualiza un Conflicto de Interés, en términos del artículo 49, fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, lo cual se constató por el Órgano Interno de Control en la dependencia o entidad contratante, en concordancia con los artículos 50, fracción II de la "LAASSP" y 88, fracción I de su Reglamento, así como la presentación del acuse que se generó al momento de presentar el manifiesto a que se refiere el Anexo Segundo del Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.
11.8 Mediante escrito de fecha manifiesta bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en alguno de los supuestos que señalan los artículos 50 y 60, penúltimo y antepenú xxxx xxxxxxx de la "LAASSP"
11.9 Que, bajo protesta de decir verdad, declara que conoce y se obliga a cumplir con el Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo en materia de erradicación del Trabajo Infantil, del artículo 123 Constitucional, apartado A) en todas sus fracciones y de la Ley Federal del Trabajo en su artículo 22, manifestando que ni en sus registros, ni en su nómina tiene empleados menores de quince años y que en caso de llegar a tener a menores de dieciocho años que se encuentren dentro de los supuestos de edad permitida para laborar le serán respetados todos los derechos que se establecen en el marco normativo transcrito.
11.10 Que cuenta con su Registro Federal de Contribuyentes (no aplica para personas extranjeras).
11.11 Que señala como su domicilio para todos los efectos legales el ubicado en
III.- "LAS PARTES", declaran que:
111.1 Que es su voluntad celebrar el presente contrato específico y sujetarse a sus términos y condiciones, para lo cual se reconocen ampliamente las facultades y capacidades necesarias, mismas que no les han sido revocadas o limitadas en forma alguna, por Io que de común acuerdo se obligan de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.
"EL PROVEEDOR" acepta y se obliga a prestar a "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" el servicio integral de limpieza, en adelante "EL SERVICIO"
SECUNDA.- ALCANCES.
El objeto del presente contrato específico se realizará de conformidad con el (apartado, sección o anexo), lo señalado en la (cotización o propuesta económica) de "EL PROVEEDOR", en concordancia con lo establecido en el "CONTRATO MARCO", por lo que "LAS PARTES" se obligan a cumplirlos en todos sus términos.
TERCERA.- MONTO Y PRECIO.
En términos de los artículos 47 de la "LAASSP" y de 85 de su Reglamento, el importe mínimo de este Instrumento jurídico asciende a la cantidad de (importe con número y letra), más (importe con número y letra) correspondientes al de I.V.A., resultando la cantidad total de (importe con número y letra) y el importe máximo de este instrumento jurídico asciende a la cantidad de (importe con número y letra), más (importe con número y letra) correspondientes al % de I.V.A., resultando la cantidad total de (importe con número y letra).
(En su caso) El importe total de este instrumento jurídico asciende a la cantidad de
(importe con número y letra), más (importe con número y letra) correspondientes al % de I.V.A., resultando la cantidad total de (importe con número y letra).
Ambas partes manifiestan de común acuerdo que los precios amparados en este contrato específico son cotizados en pesos mexicanos, fijos e incondicionados, por lo que bajo ninguna circunstancia podrán aumentar durante la vigencia del presente instrumento jurídico.
El pago de "EL SERVICIO" objeto de este contrato específico quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que "EL PROVEEDOR" deba efectuar en su caso por concepto xx xxxxx convencionales y deducciones.
"EL PROVEEDOR" deberá sostener los precios pactados en el presente contrato específico, sin modificación alguna durante su vigencia y hasta su vencimiento; dicho precio incluye todos los conceptos que "EL SERVICIO" requiere, por Io que "EL PROVEEDOR" no podrá agregar costo extra, durante la vigencia del contrato.
(En su caso, dependerá de la vigencia del contrato específico, toda vez que en términos del artículo 80 del Reglamento de la "LAASSP", se deberá prever el mecanismo de ajuste que reconozca el incremento a los salarios mínimos). El (los) precio (s) unitario (s) objeto del presente contrato específico y el monto total del mismo, es la cantidad de en moneda nacional que serán fijos durante la vigencia del mismo
CUARTA.- FORMA XX XXXX.
En términos del artículo 51 de la "LAASSP" los pagos se realizarán de conformidad con "EL SERVICIO" efectivamente prestado, previa comprobación, verificación y aceptación del mismo por "EL ADMINISTRADOR(A) DEL CONTRATO"
Los pagos se realizarán de manera mensual, en moneda nacional una vez aceptado de conformidad con "EL SERVICIO" prestado, dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores a la presentación del comprobante fiscal digital respectivo, el cual deberá cumplir con los requisitos fiscales conforme a lo establecido en los artículos 51 de la "LAASSP", 89 y 90 de su Reglamento. El cómputo del plazo para realizar el pago se contabilizará a partir del día hábil siguiente de la recepción del Comprobante Fiscal Digital (CFDI) que ampare los servicios devengados. Los pagos, se efectuarán mediante transferencia electrónica, por lo que "EL PROVEEDOR" deberá presentar documento expedido por institución bancaria.
En caso de que el CFDI entregado por los proveedores para su pago presente errores o deficiencias, el administrador del contrato específico, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito a "EL PROVEEDOR" las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el proveedor presente las correcciones no se computará para efectos del artículo 51 de la Ley.
Para efectos de lo anterior, "EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO" deberá remitir a
(responsable de pagos) de "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" la documentación en original que compruebe la prestación de "EL SERVICIO" junto con el CFDI correspondiente en el que manifieste su entera satisfacción respecto a la prestación de "EL SERVICIO", en tiempo y forma, solicitando por escrito que se tramite el pago. En su caso, cuando "EL SERVICIO" sea prestado de forma parcial o deficiente o exista algún atraso en la prestación del mismo, será responsabilidad de "EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO" determinar el importe que se aplicará por concepto xx xxxxx convencionales y deducciones, documentarlas, así como notificar por escrito a (responsable de pagos) de "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" el importe de las mismas.
Los trámites de pago correspondientes, se efectuarán con los siguientes datos fiscales: A nombre "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)", con el domicilio fiscal siguiente: con el Registro Federal de Contribuyentes , ambos indicados en las declaraciones del presente instrumento y deberá ser enviado el comprobante fiscal digital por vía electrónica para su validacion al correo electrónico que señale “EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”
El pago de "EL SERVICIO", quedará condicionado al pago que "EL PROVEEDOR" deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales y/o deducciones que se determinen conforme a lo que establecen las cláusulas DÉCIMA CUARTA y DÉCIMA QUINTA del presente contrato específico.
En el supuesto de que sea rescindido el contrato específico, no procederá el cobro de dichas penas, ni la contabilización de las mismas, al hacer efectiva la garantía de cumplimiento. Lo anterior, de conformidad con el contenido del segundo párrafo del artículo 95 del Reglamento de la "LAASSP"
El pago correspondiente quedará sujeto a que "EL PROVEEDOR" entregue en tiempo y forma la garantía de cumplimiento a más tardar dentro de los diez días naturales posteriores a la firma del presente contrato específico y "EL/LA ADMINISTRADOR(A) DEL CONTRATO" será el responsable de verificar que "EL PROVEEDOR" haya entregado la garantía de cumplimiento correspondiente que será procedente de pago.
"(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" no otorgará ninguna clase de anticipo.
(En su caso) En virtud de que "(LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD)" está incorporada al programa xx xxxxxxx productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, "EL PROVEEDOR" podrá transferir sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero que esté incorporado a la cadena productiva de "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" mediante operaciones de factoraje o descuento electrónico).
QUINTA.- VIGENCIA.
La vigencia del presente contrato específico será a partir de y hasta de 20_
SEXTA.- OBLIGACIONES DE "EL PROVEEDOR".
SE PODRÁN AGREGAR LAS OBLIGACIONES QUE SE ESTIMEN PERTINENTES.
1. Prestar "EL SERVICIO" objeto del presente contrato específico, de conformidad con las especificaciones, requerimientos, alcances y características citadas en el mismo y en su (apartado, sección o anexo), mismos que debidamente firmados por 'C LAS PARTES" forman parte integrante de este instrumento.
2. Cumplir con las disposiciones legales, reglamentarias, administrativas y en general, con todas las que sean aplicables, y responder ante "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" por cualquier daño o perjuicio que resultare por el incumplimiento de las mismas.
3. Responder respecto de la calidad de "EL SERVICIO" en los términos establecidos en el presente contrato específico, en su (apartado, sección o anexo), en el Contrato Marco y en la legislación aplicable.
4. Informar oportunamente a "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" de los hechos y razones debidamente justificados que lo imposibiliten para cumplir, en su caso, con las obligaciones que le señala el presente contrato específico (apartado, sección o anexo), a efecto de que determine lo conducente conforme a lo previsto en el contrato específico y las disposiciones aplicables.
5. Ser el único responsable cuando el servicio objeto del presente contrato específico, no se haya realizado de acuerdo a lo estipulado en el mismo, por Io que "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" podrá ordenar la corrección del mismo, sin que "EL PROVEEDOR" tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que ésta se hará por cuenta de "EL PROVEEDOR" en el plazo que para tal efecto se señale. Lo anterior, sin perjuicio de las sanciones que en su caso correspondan, en términos de las cláusulas DÉCIMA CUARTA y DÉCIMA QUINTA de este contrato específico.
6. En caso de realizar servicios excedentes o por mayor valor de Io establecido en este contrato específico, sin que para tales efectos se hubiera obtenido la autorización de "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" y sin que se hubiere celebrado el convenio modificatorio respectivo, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la ejecución de "EL SERVICIO", no tendrá derecho a reclamar pago adicional alguno por ello.
7. Contar con todas las autorizaciones requeridas por las instituciones gubernamentales competentes, para la adecuada ejecución del contrato específico, por Io que también
se obliga a cumplir y realizar "EL SERVICIO" en estricto apego con todas las leyes, reglamentos y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales.
8. Entregar la garantía de cumplimiento solicitada, de conformidad con los términos, plazos y formas establecidos en el presente contrato específico.
9. Entregar la póliza de responsabilidad civil solicitada, de conformidad con los términos, plazos y formas establecidos en el presente contrato específico.
10. Ser responsable de cualquier daño o afectación que, por negligencia, error o dolo, pudiera causar a terceros en su persona o bienes, con motivo de la prestación de "EL SERVICIO".
11. Presentar a la Secretaría de la Función Pública y/o al Órgano Interno de Control de "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)", con motivo de las auditorías, visitas o inspecciones que practiquen, la información y documentación relacionada con el objeto del presente Contrato, de conformidad con los artículos 57 de la "LAASSP" y 107 de su Reglamento.
12. Presentar a "EL/LA ADMINISTRADOR(A) DEL CONTRATO", en forma bimestral y/o cuando se le requiera toda la información relativa a movimientos de afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social del personal contratado para la prestación de "EL SERVICIO" así como la documentación comprobatoria sobre sus obligaciones obrero patronales.
SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DE "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)".
1. Cubrir el pago de "EL SERVICIO" efectivamente prestado de acuerdo a las condiciones y términos estipulados en las cláusulas PRIMERA, SEGUNDA, TERCERA y CUARTA del presente contrato específico.
2. Proporcionar a "EL PROVEEDOR" las facilidades necesarias para la prestación de "EL SERVICIO" objeto del presente contrato específico.
3. Que a través de "EL/LA ADMINISTRADOR(A) DEL CONTRATO", o quien lo sustituya o supla o el/la servidor/a público/a que éste designe, quienes serán responsables de administrar, supervisar, validar y vigilar el cumplimiento de "EL SERVICIO" en los términos solicitados en el presente contrato específico y su (apartado, sección o anexo).
OCTAVA.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.
"EL PROVEEDOR" a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato específico, se obliga a garantizar preferentemente mediante póliza de fianza, expedida por una Institución Afianzadora Mexicana autorizada en los términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, o bien en alguna de las formas establecidas en los artículos 48 de la Ley de Tesorería de la Federación y 79 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, por un importe equivalente a un IO % (diez por ciento) del monto máximo/total adjudicado antes de I.V.A., en favor de la Tesorería de la Federación,(o en su caso tratándose de entidades paraestatales a favor de) a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del presente instrumento jurídico,
de conformidad con Io dispuesto en los artículos 45, fracción XI; 48 y 49, fracción I de la "LAASSP".
En caso de garantizarse a través de fianza, deberá estarse a lo dispuesto en el artículo 103, fracción I de su Reglamento, y contener las siguientes previsiones:
a. Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato específico;
b. Que, para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales, emitida por "EL/LA ADMINISTRADOR(A) DEL CONTRATO" o quien lo sustituya o supla;
c. Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuara en caso de que se otorgue prorroga al cumplimiento del contrato específico, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y
d. Que la Institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso de cobro de intereses que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
La garantía de cumplimiento del contrato específico será (divisible/indivisible), considerando el tipo de obligaciones originadas por la prestación de "EL SERVICIO" descrito en el (apartado, sección o anexo).
De no cumplir con dicha prestación, "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" podrá rescindir el contrato específico y remitir el asunto al Órgano Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60 fracción III de la "LAASSP".
La garantía de cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad de "EL PROVEEDOR", derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente instrumento jurídico, y de ninguna manera impedirá que "(LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD)" reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que puede exceder el valor de la garantía de cumplimiento.
En caso de modificación al monto del presente instrumento jurídico o modificación al plazo, "EL PROVEEDOR" se obliga a entregar "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" dentro de los diez días naturales siguientes a la formalización del convenio modificatorio correspondiente, de conformidad con el último párrafo del artículo 91 del Reg amento de la "LAASSP" los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la garantía otorgada inicialmente.
"EL PROVEEDOR" acepta expresamente que la garantía expedida para garantizar e cumplimiento se hará efectiva independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o judicial, así como que permanecerá vigente durante la substanciación de los juicios o recursos legales que interponga con relación a dicho contrato específico, hasta que sea pronunciada resolución definitiva que cause ejecutoria por la Autoridad competente.
El trámite de liberación de garantía de cumplimiento, se realizará inmediato a que se extienda la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales por parte de "EULA ADMINISTRADOR(A) DEL CONTRATO", de conformidad con Io dispuesto por el artículo 81, fracción VIII del Reglamento de la "LAASSP"
NOVENA.- PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL.
"EL PROVEEDOR" en un término de 10 días naturales contados a partir del día siguiente al de la firma del presente contrato específico, deberá presentar a "EL/LA ADMINISTRADOR(A) DEL CONTRATO" el original de la póliza de responsabilidad civil correspondiente, expedida por una compañía aseguradora autorizada en los términos de la Ley de Seguros y de Fianzas, nombrando como beneficiario a "(LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD)" de al menos el _% del monto máximo/total (así como del numeral de sus Políticas, Bases y Lineamientos) del contrato específico, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, la cual deberá cubrir el riesgo de responsabilidad civil por daños a terceros imputables a "EL PROVEEDOR" por todas las actividades que desarrolle durante la vigencia del presente contrato específico y las obligaciones que se deriven de éste, así como durante la substanciación de todos los recursos o juicios que se interpongan hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente, en la inteligencia de que dicha póliza sólo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de "EL/LA ADMINISTRADOR(A) DEL CONTRATO". En el supuesto de que no presente la referida póliza dentro del plazo xx xxxx días naturales, contados a partir del día siguiente de la firma del presente contrato específico, "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" podrá iniciar el procedimiento de rescisión del mismo.
DÉCIMA.- LUGAR Y CONDICONES PARA LA PRESTACIÓN DE "EL SERVICIO".
"EL PROVEEDOR" deberá prestar "EL SERVICIO" objeto del presente contrato específico, considerando las ubicaciones y especificaciones señaladas en (apartado, sección o anexo) del presente instrumento jurídico.
DÉCIMA PRIMERA. - ADMINISTRACIÓN, VERIFICACIÓN, COMPROBACIÓN Y SUPERVISIÓN.
"(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" designa a en
su carácter de quien en su caso ocupe dicho cargo como "EL/LA
ADMINISTRADOR(A) DEL CONTRATO" quien tendrá la facultad para administrar supervisar, validar y vigilar, por lo que podrá revisar e inspeccionar las actividades que desempeñe el "EL PROVEEDOR" y girar las instrucciones que considere oportunas, y podrá designar al servidor/a público/a que considere oportuno para los mismos fines los cuales estarán facultados para recibir "EL SERVICIO", y será o serán responsables de su aceptación a satisfacción y de determinar los incumplimientos, comunicando por escrito a "EL PROVEEDOR" las observaciones que estime o estimen pertinentes en relación con su ejecución, lo que tendrá que realizar de acuerdo a lo establecido en su (apartado, sección o anexo).
Asimismo, una vez cumplidas todas las obligaciones por parte de "EL PROVEEDOR" a satisfacción de "(LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD)", procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento total y a satisfacción de las obligaciones para que se dé inicio a los trámites en su caso para la cancelación de la garantía de cumplimiento del contrato específico.
La verificación de "EL SERVICIO" que realice "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)", no libera a "EL PROVEEDOR” dar cumplimento de obligaciones en este contrato específico, así como de las deficiencias que aparezcan posteriormente una vez concluido el mismo. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de esta facultad, no será considerada como aceptación tácita o expresa de "EL SERVICIO"
"(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)", quedará facultada para realizar visitas físicas a las instalaciones de "EL PROVEEDOR" durante la vigencia del contrato específico, para Io cual deberá brindar al personal de "(LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD)", previa identificación del mismo, las facilidades necesarias.
De conformidad con el artículo 57 de la "LAASSP" la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las visitas e inspecciones que estime necesarias, así como verificar la calidad de "EL SERVICIO" establecido en el presente contrato específico, pudiendo solicitar a "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" ya "EL PROVEEDOR" todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate.
DÉCIMA SECUNDA.- PROCEDIMIENTOS PARA LA VERIFICACIÓN, ACEPTACIÓN O CORRECCIÓN DE "EL SERVICIO".
En términos de lo dispuesto por los artículos 84, penúltimo y último párrafos y 108 del Reglamento de la "LAASSP", la verificación, aceptación o corrección de "EL SERVICIO" se realizará por "EL/LA ADMINISTRADOR(A) DEL CONTRATO" o quien Io/la sustituya o supla, y que hasta en tanto ello no se cumpla, "EL SEÅVICIO" no se tendrá por recibido o aceptado.
El cómputo del plazo entre el momento en el que se presta "EL SERVICIO" y el momento en que éste es recibido a satisfacción, se interrumpirá cuando "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" acredite haber comunicado a "EL PROVEEDOR", en los términos previstos en el (apartado, sección o anexo) de este contrato especifico el incumplimiento en la prestación de "EL SERVICIO"
Los días que transcurran entre la fecha en que "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" notifica a "EL PROVEEDOR" el incumplimiento en la prestación de "EL SERVICIO" y aquélla en que "EL PROVEEDOR" realice la corrección del mismo se aplazará, así como la fecha para la recepción a satisfacción.
DÉCIMA TERCERA.-MODIFICACIÓN DEL CONTRATO ESPECÍFICO
"LAS PARTES" están de acuerdo en que por necesidades de "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" podrá modificarse el contrato específico, de conformidad con el artículo 52 de la "LAASSP", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los servicios establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un convenio modificatorio.
Cualquier modificación al contrato específico deberá formalizarse por escrito por parte de "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)", el instrumento legal respectivo será suscrito por el/la servidor/a público/a que Io haya hecho en el contrato especifico o por quien 10/a sustituya o esté facultado/a para ello.
De conformidad con Io establecido en el artículo 52 de la "LAASSP", no procederá cambio alguno que implique otorgar condiciones más ventajosas a "EL PROVEEDOR" respecto de las establecidas originalmente.
Con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la "LAASSP", por caso fortuito o fuerza mayor o por causas atribuibles a "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" esta última podrá modificar el presente contrato específico a efecto de prorrogar el plazo de prestación de "EL SERVICIO". En este supuesto deberá formalizarse el convenio modificatorio respectivo, sin que proceda la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso.
La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor, podrá ser solicitada por "EL PROVEEDOR" o por "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)"
El escrito en el que se señale el caso fortuito o fuerza mayor, deberá ser presentado ante
(responsable de la contratación), debidamente firmado por "EL PROVEEDOR", dentro de los 5 días naturales posteriores al evento que le impida el cumplimiento de las obligaciones contraídas, así como anexar la constancia de dichos hechos.
En caso de que "EL PROVEEDOR" no obtengan la prórroga de referencia por ser causa imputable a éste el atraso, se hará acreedor a la aplicación xx xxxxx convencionales.
DÉCIMA CUARTA.- PENAS CONVENCIONALES.
Con base en los artículos 53 de la "LAASSP", 95 y 96 del Reglamento de la "LAASSP", así como
de las Políticas, Bases y Lineamientos vigentes en "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" sí "EL PROVEEDOR" incurriera en algún atraso en los plazos establecidos para la prestación de "EL SERVICIO" objeto del (apartado, sección o anexo), la pena convencional se deducirá del Comprobante Fiscal Digital, por un monto equivalente al
%( por ciento) por cada día natural de atraso, sobre el importe de "EL SERVICIO" no prestado oportunamente, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, dichas penas no deberan exceder del monto de la garantía de cumplimiento de contrato específico, una vez que se actualice este supuesto, "(LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD)" podrá iniciar el procedimiento de rescisión del presente contrato específico y se hará efectiva la garantía de cumplimiento del mismo.
Para el pago de las penas convencionales, "(LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD)", a través de "EL/LA ADMINISTRADOR(A) DEL CONTRATO", informará por escrito a "EL PROVEEDOR" el cálculo de la pena correspondiente indicando el tiempo de atraso, así como la base para su cálculo y el monto de la pena a que se haya hecho acreedor.
"(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" a través de "EL/LA ADMINISTRADOR(A) DEL
CONTRATO" notificará a "EL PROVEEDOR" el cálculo de la pena correspondiente (indicar el procedimiento de la aplicación de la pena). En caso de que "EL PROVEEDOR" no realice el pago solicitado dentro del plazo establecido, "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" procederá a realizar el pago del comprobante fiscal digital correspondiente.
DÉCIMA QUINTA. DEDUCCIONES.
Las deducciones por incumplimiento parcial o deficiente en la prestación de "EL SERVICIO" que se aplicarán a "EL PROVEEDOR", serán de acuerdo con lo establecido en el artículo 53 Bis de la "LAASSP" y 97 de su Reglamento y conforme a lo estipulado en el presente Contrato, en los términos siguientes:
Descripción | Deductiva |
Prestación parcial o deficiente de "EL SERVICIO" | XX% (XXX por ciento) antes del IVA del valor total de "EL SERVICIO" prestado de manera parcial o deficiente |
(Ajustar según Políticas, Bases y Lineamientos de cada dependencia o entidad)
Para aplicar las deducciones "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" notificará a "EL PROVEEDOR" el monto de las mismas (indicar el procedimiento de la aplicación de a deducciones).
La acumulación de las deducciones, no excederá del importe de la garantía de cumplimiento del monto máximo del contrato específico, sin considerar el I.V.A., en cuyo caso, se procederá al inicio del procedimiento de rescisión del contrato específico,
DÉCIMA SEXTA.- CAUSAS DE RESCISIÓN DEL CONTRATO ESPECÍFICO.
De conformidad con el punto del numeral de las POBALINES de la "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" y, cuando "EL PROVEEDOR" incumpla con las obligaciones pactadas en el (apartado, sección o anexo) y en el presente instrumento jurídico, se procederá a la rescisión administrativa del mismo sin necesidad de Declaración Judicial previa, de conformidad a Io establecido en el artículo 54 de la "LAASSP" y el apartado
4.35. del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, si "EL PROVEEDOR" incurriera, además, en cualquiera de los siguientes casos, de manera enunciativa:
a) Por contravenir los términos y condiciones de este contrato específico y/o las disposiciones de la "LAASSP", su Reglamento y/o los demás ordenamientos legales que resulten aplicables.
b) Por impedir el desempeño normal de labores de "LA DEPENDENCIA" durante la vigencia de este contrato específico.
c) Por presentar una fianza y/o póliza de responsabilidad civil apócrifas.
d) Cuando autoridad competente lo declare en concurso mercantil o alguna figura analoga, o bien se encuentre en cualquier otra situación que afecte patrimonio, en tal forma que le impida cumplir con las obligaciones asumidas en este contrato específico.
e) Si se comprueba que la manifestación a que se refiere la declaración 11.8 de este contrato específico se realizó con falsedad.
f) Si "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" o cualquier otra autoridad detecta que "EL PROVEEDOR" proporcionó información o documentación falsa o alterada en el procedimiento de contratación, para la elaboración del presente instrumento jurídico o en la ejecución del mismo.
"(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" llevará a cabo dicho procedimiento de rescisión, de conformidad con los artículos 54 de la "LAASSP" y 98 de su Reglamento.
En virtud de que la obligación garantizada es indivisible/indivisible, la aplicación de la garantía de cumplimiento, será total al monto de las obligaciones incumplidas. (Ajustar según sea el caso).
De conformidad con el artículo 99 del Reglamento de la LAASSP, concluido el procedimiento de rescisión, se formulará y notificará el finiquito correspondiente, dentro de los 20 días naturales siguientes a la fecha en que se comunique la rescisión, debiéndose indicar los pagos que deban efectuarse y demás circunstancias del caso.
DÉCIMA SÉPTIMA.- PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN
"(LA DEPENDENCIA O ENTIDAD)" de conformidad con lo establecido en el artículo 54 de la "LAASSP", podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el presente contrato específico, bastando para ello la comunicación por escrito en ese sentido, sin necesidad de declaración judicial, otorgándole a "EL PROVEEDOR" un plazo improrrogable de S (cinco) días hábiles contados a partir de que éste reciba la comunicación respectiva, para que manifieste lo que a su derecho convenga y aporte en su caso las pruebas que estime pertinentes, de omitir respuesta o si después de analizar las razones aducidas por éste "(LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD)", estima que no son satisfactorias, dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes, dictará la resolución que proceda debidamente fundada y motivada, la que comunicará a "EL PROVEEDOR" y a las autoridades competentes.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato, se hiciere la prestación de "EL SERVICIO", el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de la dependencia o entidad de que continúa vigente la necesidad • del mismo, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
"(LA DEPENDENCIA O ENTIDAD)" podrá determinar no dar por rescindido el contrato, si durante el procedimiento advierta que de rescindir el contrato pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, deberá elaborar un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes.
Al no dar por rescindido el contrato, "(LA DEPENDENCIA O ENTIDAD)" establecerá con el proveedor otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento. El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de esta Ley.
"EL PROVEEDOR" será responsable por los daños y perjuicios que le cause a "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)"
DÉCIMA OCTAVA.- CESIÓN DE DERECHOS
"EL PROVEEDOR" no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato específico, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de "(LA DEPENDENCIA O ENTIDAD)" deslindando a esta de toda responsabilidad.
DÉCIMA NOVENA.- INFORMACIÓN CONFIDENCIAL.
"LAS PARTES" están conformes en que la información que se derive de la celebración del presente instrumento jurídico, así como toda aquella información que "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" entregue a "EL PROVEEDOR" tendrá el carácter de confidencial, por lo que "EL PROVEEDOR" se compromete a no proporcionarla a terceros, inclusive después de la terminación de este contrato específico.
VIGÉSIMA- TERMINACIÓN ANTICIPADA.
"(LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD)" podrá dar por terminado anticipadamente e presente contrato específico, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir "EL SERVICIO" originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al presente instrumento, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública. En estos supuestos "(LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD)" reembolsará a "EL PROVEEDOR" los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el presente contrato específico de conformidad con Io previsto en los artículos 54 BIS de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 102 de su Reglamento. Para los efectos anteriores, bastará la notificación por escrito a "EL PROVEEDOR" de a determinación de dar por terminado de manera anticipada el contrato específico.
VIGESIMA PRIMERA.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO.
En términos de lo establecido en el artículo 55 Bis de la "LAASSP" y 102 de su Reglamento, cuando en la prestación de "EL SERVICIO" se presente caso fortuito o de fuerza mayor, "(LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD)" bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de "EL SERVICIO", en cuyo caso únicamente se pagará aquél que hubiese sido efectivamente prestado, debiendo celebrar las partes, el convenio respectivo.
La suspensión del EL SERVICIO" se sustentará mediante dictamen que precise las razones o las causas justificadas que den origen a la misma.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a "(LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD)", previa petición y justificación de "EL PROVEEDOR", aquélla le reembolsará los gastos no recuperables que se originen durante el tiempo que dure la suspensión.
Dicho pago será procedente, cuando los mencionados gastos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el presente contrato especifico, los cuales estarán limitados, según corresponda, a los conceptos previstos en el artículo 102 del Reglamento de la "LAASSP".
"LAS PARTES" pactarán el plazo de suspensión; si al término del mismo, no puede reiniciar "EL SERVICIO", podrá Iniciarse la terminación anticipada a que se hace referencia en la cláusula que antecede.
"EL PROVEEDOR" podrá solicitar a "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" el pago de gastos no recuperables en un plazo máximo de un mes, contado a partir de la fecha de la suspensión del contrato especifico.
Los gastos no recuperables, serán pagados dentro de un término que no podrá exceder de 45 días naturales posteriores a la solicitud por escrito, mediante la cual "EL PROVEEDOR", fundamente y motive el pago de dichos gastos no recuperables.
VIGESIMA SECUNDA.- PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR.
"EL PROVEEDOR" será responsable por el uso de patentes, licencias, derechos de autor y marcas que pudieran corresponder a terceros sobre los procedimientos que utilice y que proporcione para cumplir con el objeto del presente Contrato. En caso de infringir dichos conceptos o incurrir en violaciones legales, "EL PROVEEDOR" se obliga a resarcir a "(LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD)" cualquier gasto comprobable que ésta erogue por dichos conceptos o derivado de cualquier responsabilidad que le haya sido imputada por autoridad competente.
VIGÉSIMA TERCERA.- RELACIONES LABORALES.
"(LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD)" y "EL PROVEEDOR" aceptan y reconocen expresamente que no son aplicables a este Contrato, las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo ni la Ley de Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado "B" del artículo 123 Constitucional. "(LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD)" no adquiere, ni reconoce obligación alguna de carácter laboral, a favor de "EL PROVEEDOR" ni de su personal
El personal que se ocupará, con motivo de la prestación de "EL SERVICIO" materia de este contrato específico, estará bajo la responsabilidad directa de "EL PROVEEDOR" y, como consecuencia, en ningún momento se considerará a "(LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD)" como patrón sustituto o solidario, ni a "EL PROVEEDOR" como intermediario sino como patrón en términos de Io previsto en el artículo 15-A de la Ley del Seguro Social.
Por Io anterior, "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho personal y, consecuentemente, queda liberada de cualquier responsabilidad, obligándose "EL PROVEEDOR" a responder a todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o en contra de "(LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD)", con relación a los ordenamientos en materia de trabajo, higiene y seguridad social,
VIGÉSIMA CUARTA.- RESPONSABILIDAD OBJETIVA.
"EL PROVEEDOR" responderá de los daños y perjuicios que por inobservancia y negligencia de su parte llegue a causar a "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" y/o a terceros, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido durante a prestación de "EL SERVICIO", con excepción de los que hayan acontecido por caso fortuito o fuerza mayor, por Io que se obliga a responder por dichos conceptos quedando obligado a resarcir a "(LA DEPENDENCIA Y/o ENTIDAD)" de cualquier gasto o costo que ésta erogue por dichos supuestos o pérdida causada.
VIGÉSIMA QUINTA.- PACOS EN EXCESO.
En caso de que "EL PROVEEDOR" haya recibido pagos en exceso de "(LA DEPENDENCIA O ENTIDAD)", deberá reintegrarle las cantidades más los intereses correspondientes de conformidad con el párrafo tercero del artículo 51 de la "LAASSP"
VIGÉSIMA SEXTA.- NULIDAD PARCIAL.
"LAS PARTES" acuerdan que si por cualquier motivo o circunstancia, parte del presente contrato especifico es declarado nulo por virtud de sentencia firme o por así establecerlo alguna disposición legal presente o futura, tal situación no invalidará en forma alguna la parte restante del mismo, debiendo entonces ser aplicada la "LAASSP", y de manera supletoria, el Código Civil Federal, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el Código Federal de Procedimientos Civiles, así como os Tratados y Convenios Internacionales de los cuales México