RESPONSABILIDAD SOCIAL Y AMBIENTAL Cláusulas de Ejemplo

RESPONSABILIDAD SOCIAL Y AMBIENTAL. El proveedor cumplirá tanto con los Principios de la cadena de suministro responsable de DXC (DXC-Responsible Supply Chain Principles), incluido el establecimiento de sistemas de gestión como se describe en el mismo, y el Código de conducta de DXC () que se encuentra en el Portal de DXC. El Proveedor cumplirá con el Código de conducta para proveedores de DXC (DXC-Code of Conduct), incluido el establecimiento de sistemas de gestión, tal como allí se describe.
RESPONSABILIDAD SOCIAL Y AMBIENTAL. En caso de aplicar a la contratación, las partes propenderán por buscar mecanismos que eviten el trabajo infantil (circular 001 de 2011), así como buscarán la forma de abrir espacios de vinculación a la órbita laboral de personas en situación de vulnerabilidad; así como también propenderán por la aplicación de la política nacional y distrital de sostenibilidad ambiental y propender por la disminución de los impactos ambientales a través del uso eco eficiente de los recursos naturales con acciones encausadas a la planificación y la mitigación de riesgos, que puedan afectar el entorno de la entidad y la calidad ambiental de la ciudad, en consonancia con el Plan Institucional de Gestión Ambiental –PIGA- de la entidad. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA- REPARACIONES LOCATIVAS. EL ARRENDATARIO se obliga a efectuar las reparaciones locativas y aquellas que sean necesarias por hechos de él o de sus dependientes y deberá entregar las mismas con recibo a satisfacción por parte del ARRENDADOR. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA -
RESPONSABILIDAD SOCIAL Y AMBIENTAL. El 10.1. Proveedor se obliga a respetar la legislación en vigor que prohíbe el trabajo de adolescentes con menos de 12 (doce) años, excepto en la condición de aprendices a partir de 15 (quince) años, dentro de los propios principios de la Ley local e internacional, que reglamenta la condición de aprendizaje. 10.2. El Proveedor se obliga al cumplimiento integral de las leyes vigentes en el lugar de emisión de la PO y sus modificaciones posteriores, que protege el trabajo del adolescente entre 16 (dieciséis) y 18 (dieciocho) años y prohíbe el trabajo nocturno (entre 19:00 horas y 05:00 horas del día siguiente), peligroso, insoluble o penoso realizado en locales perjudiciales para la formación y desarrollo físico, psíquico, moral y social y en horarios y locales que no permitan la frecuencia a la escuela. 10.3. El Proveedor debe observar constantemente la no utilización de trabajo análogo al esclavo o trabajo forzado por usted, sus subcontratados y por sus socios comerciales, sobre pena de recisión de este Contrato, sin perjuicio de la aplicación de la multa por incumplimiento general establecida en este Contrato. 10.4. El Proveedor declara estar aún en plena conformidad con la legislación ambiental aplicable, y vigente, incluyendo, pero no limitándose a las leyes, reglamentos, decretos, resoluciones, instrucciones normativas. 10.5. El Proveedor será responsable por cualquier violación a la legislación ambiental aplicable, incluyendo, pero no limitándose a las leyes, reglamentos, decretos, resoluciones, instrucciones y deliberaciones normativas, en las esferas civiles, administrativa, y criminal, así como por cualquier daño causado al medio ambiente y/o a terceros. 11.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.