RESPONSABLE DEL CONTRATO. El órgano de contratación designará un responsable del contrato, al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución de la prestación pactada. La designación del responsable del contrato, y el ejercicio o no por el mismo de sus facultades, no eximirá al contratista de la correcta ejecución del objeto del contrato. El nombramiento del responsable del contrato será comunicado por escrito al contratista en el plazo de quince días desde la fecha de formalización del contrato y, en su caso, su sustitución en idéntico plazo, desde la fecha en que se hubiera producido.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Subarrendamiento
RESPONSABLE DEL CONTRATO. El órgano de contratación designará un a una persona responsable del contrato, al a la que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución de la prestación pactada. La designación del o no de responsable del contrato, y el ejercicio o no por el mismo de sus facultades, no eximirá al contratista de la correcta ejecución del objeto del contrato, salvo que las deficiencias sean debidas a orden directa del mismo. El nombramiento del de la persona responsable del contrato se hará constar en el contrato, o bien, le será comunicado por escrito al contratista en el plazo de quince días desde la fecha de formalización del contrato y, en su caso, su sustitución en idéntico plazo, desde la fecha en que se hubiera producido.
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Samples: Contrato De Servicios De Una Contract Research Organization (Cro) Para El Desarrollo De Un Estudio Clínico, Contrato De Servicios De Asesoramiento Jurídico Y Gestión Fiscal Y Laboral, Contrato De Suministro Y Servicios
RESPONSABLE DEL CONTRATO. El órgano de contratación designará podrá designar un responsable del contrato, contrato al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución realización de la prestación pactada. La designación del responsable del contrato, y el ejercicio o no si por el mismo de sus facultades, no eximirá al contratista de la correcta ejecución las características del objeto del contratocontrato lo estimase conveniente. El nombramiento del responsable del contrato podrá ser una persona física o jurídica, vinculada al ente, organismo o entidad contratante o ajena a él. En caso de designación, su nombramiento será comunicado por escrito al contratista en el plazo de quince 5 días desde la fecha de formalización del contrato y, en su caso, su sustitución en idéntico plazo, desde la fecha en que se hubiera producido.
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Samples: Contract for the Exploitation of the Ugr Brand Through Product Sales
RESPONSABLE DEL CONTRATO. El órgano de contratación designará podrá designar un responsable del contrato, al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones intrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución de la prestación pactada. El responsable del contrato podrá ser una persona física o jurídica. La designación o no del responsable del contrato, y el ejercicio o no por el parte del mismo de sus facultades, no eximirá al contratista de la correcta ejecución del objeto del contrato, salvo que las deficiencias sean debidas a la orden directa del mismo. El nombramiento del responsable del contrato será comunicado por escrito al contratista en el plazo de quince días desde la fecha de formalización del contrato y, en su de ser el caso, su sustitución en idéntico plazo, desde la fecha en la que se hubiera producidoprodujese.
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Samples: Service Agreement
RESPONSABLE DEL CONTRATO. El órgano de contratación designará un responsable del contrato, contrato al que corresponderá supervisar su ejecución y ejecución, adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución realización de la prestación pactadaprestación. La designación Para el desempeño de su función, el Responsable del responsable del contratocontrato podrá contar con colaboradores, y el ejercicio o no por el mismo que desarrollarán sus actividades en función de las atribuciones derivadas de sus facultades, no eximirá al contratista títulos profesionales o de la correcta ejecución del objeto del contratosus conocimientos específicos. El nombramiento del responsable Responsable del contrato designado será comunicado por escrito al contratista en el plazo de quince días días, a contar desde la fecha de formalización del contrato y, en contrato. En el mismo plazo se comunicará al contratista su caso, su sustitución en idéntico plazo, desde la fecha en que se hubiera producidosustitución.
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RESPONSABLE DEL CONTRATO. 22.1.- El órgano de contratación designará podrá designar un responsable del contrato, al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución de la prestación pactada. La designación del El responsable del contrato podrá ser una persona física o jurídica vinculada al ente contratante o ajena a él, como responsable del trabajo, quien supervisará la ejecución del mismo, comprobando que su realización se ajusta a lo establecido en el contrato, y el ejercicio o no por el mismo de sus facultades, no eximirá cursará al contratista las órdenes e instrucciones del órgano de la correcta ejecución del objeto del contrato. contratación.
22.2.- El nombramiento del responsable del contrato será comunicado por escrito al contratista en el plazo de quince días desde la fecha de formalización del contrato y, en su caso, su sustitución en idéntico plazo, desde la fecha en que se hubiera producido.
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RESPONSABLE DEL CONTRATO. El órgano de contratación designará podrá designar un responsable del contrato, contrato al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución realización de la prestación pactada. El responsable del contrato podrá ser una persona física o jurídica, vinculada al ente, organismo o entidad contratante o ajena a él. La designación o no del responsable del contratoresponsable, y el ejercicio o no por el mismo de sus facultades, no eximirá al contratista de la correcta ejecución del objeto del contrato, salvo que las deficiencias sean debidas a orden directa del mismo. El nombramiento del responsable del contrato será comunicado por escrito al contratista en el plazo de quince días desde la fecha de formalización del contrato y, en su caso, su sustitución en idéntico plazo, desde la fecha en que se hubiera producido.
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RESPONSABLE DEL CONTRATO. El órgano de contratación designará un responsable del contrato, al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las e instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución de la prestación pactada. La designación del responsable del contrato, y el ejercicio o no por el mismo de sus facultades, no eximirá al contratista de la correcta ejecución del objeto del contrato. El nombramiento del responsable del contrato será comunicado por escrito al contratista en el plazo de quince días desde la fecha de formalización del contrato y, en su caso, su sustitución en idéntico plazo, desde la fecha en que se hubiera producido. El contratista, sin coste adicional alguno, facilitará a GEN asistencia profesional en las reuniones explicativas o de información, que ésta estime necesarias para el aprovechamiento de la prestación contratada.
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Samples: Contrato De Suministro