RUEGOS Y PREGUNTAS Cláusulas de Ejemplo

RUEGOS Y PREGUNTAS. Y no habiendo otros asuntos a tratar, por la Presidencia se levanta la sesión, a las catorce horas horas y treinta minutos, de todo lo cual y a los efectos oportunos, Yo como Secretaria, doy fe. En Berriozar, a 5 de octubre de 2016 siendo las 13:30 horas, se celebra sesión ordinaria de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Berriozar, bajo la presidencia de la Sra. Teniente Alcalde 1ª Mª Carmen Nadales Ramírez, actuando como Secretaria Natalia Rodriguez Aguado y con la asistencia de los siguientes miembros de la Corporación: 1 Alcalde D.Raúl Maiza González EH-BILDU No 2 Teniente Alcalde 1ª Dª. Mª. Carmen Nadales Ramírez EH-BILDU Sí 3 Teniente Alcalde 2º D.Alfonso Arnesto Berruezo EH-BILDU Sí 4 Concejala Dª. María Sagrario Ortigosa Lekunberri EH-BILDU Sí
RUEGOS Y PREGUNTAS. De todo lo que, como Secretaria de la Mesa, doy fe.
RUEGOS Y PREGUNTAS. ASAMBLEA DÍA 00 XX XXXXX. SECTOR 2 “LLANO GUADIX”
RUEGOS Y PREGUNTAS. 7º.- Aprobación por los asistentes de la presente Asamblea, si procede. Y, para que así conste y surta lo efectos pertinentes, así se acuerda en Vélez de Benaudalla, 20 de febrero de 2022.-El Presidente: Antonio Romera Montes. EDICTO CONVOCATORIA DE ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. Por la presente, yo, José Antonio López Contreras, presidente de la Comunidad de Regantes de La Acequia de la Sierra de Polícar, Beas de Guadix y Cortes y Gra- ena, según artículos 44, 45 y 46 de las ordenanzas de di- cha comunidad, convoco a la Asamblea General Ordi- naria, que tendrá lugar el día 26 de marzo de 2022 a las 18 horas en primera convocatoria y 18:30 horas en se- gunda, a todos los partícipes de la Comunidad. La asamblea se celebrará en el Centro Vitivinícola de Polícar donde se debatirán los siguientes puntos del or- den del día:
RUEGOS Y PREGUNTAS. Santa Fe 3 de marzo de 2022.-El Presidente, fdo.: José Javier Arenas Espinosa. NÚMERO 866 EDICTO Notificación del Decreto de aprobación de hojas de depósito previo e indemnizaciones por perjuicios deri- vados de la rápida ocupación Prudencio Rodríguez Martínez, Secretario Interven- tor del Consorcio Vega Sierra Elvira, de conformidad con el acuerdo de 3 de abril de 2019 del Ayuntamiento Pleno de Albolote donde se encomienda la competen- cia expropiatoria para la incoación e instrucción com- pleta del expediente y acuerdo de la Asamblea del Con- sorcio de fecha 10 de abril de 2019 por el que se acepta la encomienda anteriormente citada, y de conformidad con el Certificado emitido por la Secretaria del Ayunta- miento de Albolote, el 5 de abril de 2019. No habiendo sido posible su notificación por tratarse de titular desconocido, se procede a su publicación conforme a la legislación expropiatoria.
RUEGOS Y PREGUNTAS. No ha habido El alcalde ha explicado que el lunes 19 de diciembre se procedió a la apertura de las ofertas económicas presentadas para la contratación de las pólizas de seguros municipales y la Mesa de Contratación realizó la propuesta de adjudicación de los mismos. Teniendo en cuenta que los nuevos contratos entrarán en vigor el día 1 de enero, se propone la inclusión por urgencia de este punto en el orden del día. La Junta de Gobierno por unanimidad Acuerda: Adjudicación del contrato de asistencia para la contratación de las pólizas de seguros municipales Por acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 2 de noviembre de 2016, se aprobó el pliego de condiciones económico - administrativas y técnicas por procedimiento abierto superior al umbral comunitario que van a regir la contratación de las pólizas de seguros municipales definidos en los pliegos de condiciones técnicas. El procedimiento empleado ha sido el procedimiento abierto superior al umbral comunitario, por el tipo de contrato y por el importe. El anuncio de licitación se publicó en el DOUE y en el Portal de Contratación de Navarra con fecha 3 de noviembre de 2016. También se publicó en la sede electrónica del Ayuntamiento de Berriozar. De conformidad con el acta de la Mesa de Contratación, se propone adjudicar el Lote nº 1 del contrato de las pólizas de seguros del Ayuntamiento de Berriozar para el año 2017: Seguro de daños materiales, seguro de responsabilidad civil y seguro de automóviles a favor de MAPFRE por un precio de 44.931,31 € y adjudicar el Lote nº 2 del contrato de las pólizas de seguros del Ayuntamiento de Berriozar para el año 2017: Seguro colectivo de vida del personal del Ayuntamiento de Berriozar y seguro colectivo de accidentes del personal y miembros de la corporación del Ayuntamiento de Berriozar, a favor de SURNE por un precio de 19.538,53 €. Con fecha 19 de diciembre de 2016 la secretaria de la Mesa de Contratación ha remitido notificación a ambas empresas para que presenten la documentación referida en la cláusula 20 del pliego de condiciones administrativas. Teniendo en cuenta todo ello por unanimidad, Se Acuerda:
RUEGOS Y PREGUNTAS asociación de la prensa de Cádiz Concesionaria del Boletín Oficial de la Provincia
RUEGOS Y PREGUNTAS. Antes de la finalización de la sesión, la Secretaria pone en conocimiento de los miembros de la Mesa que el pasado miércoles, con motivo de la apertura de sobres “A” en el expediente de contratación de Suministro de vestuario y calzado para el Servicio de Policía Local de Vitoria-Gasteiz (2015/CONSPE 21), se dio lectura de la oferta económica de unos lotes que no debía haberse hecho, por no alcanzar la puntuación mínima en la valoración del sobre “C” que exigía el Pliego. Así, de entre los lotes a que había presentado oferta la licitadora nº 4, IRUÑAKO PROTEK S.L., queda excluido, además de los Lotes 2, 3 y 11 por incumplimiento de las especificaciones técnicas, el Lote 4, por no alcanzar la puntuación mínima de 20 puntos sobre el total de 45 puntos (la puntuación alcanzada es de 15 puntos). Por tanto, queda sin efecto la lectura y se rectifica lo dispuesto en el Acta de la sesión de 13 xx xxxx de 2015. Igualmente, de entre los lotes a que había presentado oferta la licitadora nº 5, MODO CASTE S.L., quedan excluidos los Lotes 5 y 8, por no alcanzar la puntuación mínima de 20 puntos sobre el total de 45 puntos (la puntuación alcanzada en dichos lotes es de 12,50 y 12,40 puntos). Por tanto,no se da lectura y se rectifica lo dispuesto en el Acta de la sesión de 13 xx xxxx de 2015. Sin más intervenciones por ninguno de los miembros de la Mesa, se da por finalizada la reunión a las 12:10 horas. De todo lo que, como Secretaria de la Mesa, doy fe.

Related to RUEGOS Y PREGUNTAS

  • Notificación de Adjudicación Una vez resuelta la adjudicación se notificará a todos los oferentes.

  • Precios de la Oferta 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

  • SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.

  • Amortización El Préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota se pagará en la primera fecha en que deba efectuarse el pago de intereses, luego de transcurridos seis meses contados a partir de la fecha prevista para finalizar los desembolsos xxx Xxxxxxxx, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 3.04, y la última, a más tardar, el 27 xx xxxxx de 2016.

  • DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La C.T.M. xx Xxxxx Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas, de acuerdo al siguiente criterio:

  • OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • Incremento “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.