Servicio de datos Cláusulas de Ejemplo

Servicio de datos. La solución de datos que tiene la FNMT-RCM se basa en enlaces de fibra óptica con caudal garantizado (principal y respaldo). Estos accesos son de alta disponibilidad y redundados en equipamiento. En caso de caída del acceso principal, por el acceso de respaldo se garantiza la continuidad del servicio (cursando por dicho enlace todo el tráfico). En la siguiente tabla se detallan los accesos, caudales y equipos en cada sede: Sedes Línea de acceso principal Línea de acceso de respaldo EDC principal EDC de respaldo Caudal garantizado acceso principal Caudal garantizado acceso de respaldo Sede Central (c/ Xxxxx Xxxx 106, Madrid) 10 Gigabit Ethernet ( 10 Gigabit Ethernet XXX000 XXX000 Xxxxxxxxxxxxx: 1 Gbps Plata + 10 Mbps Multimedia Metropolitano: 1 Gbps Plata + 10 Mbps Multimedia x/ Xxxxxx 000, Madrid 1 Gigabit Ethernet 1 Gigabit Ethernet Cisco 3560 Cisco 3560 Metropolitano: 200 Mbps Plata + 2 Mbps Multimedia Metropolitano: 200 Mbps Plata + 2 Mbps Multimedia x/ Xxxxxx Xxxxxxxx 000, Xxxxxx 100M Fast Ethernet 100 Fast Ethernet Cisco 3560 Cisco 3560 Metropolitano: 90 Mbps Plata + 2 Mbps Multimedia Metropolitano: 90 Mbps Plata + 2 Mbps Multimedia x/ Xxxxx Xxxx s/n (Burgos) 1 Gigabit Ethernet 1 Gigabit Ethernet Cisco 3560 Cisco 3560 Metropolitano: 200 Mbps Plata + 2 Mbps Multimedia Metropolitano: 200 Mbps Plata + 2 Mbps Multimedia x/ Xxxxxx Xxxxxxxxx 40 (Madrid) VPN-IP ADSL (100 Mb/10Mb) VPN-IP ADSL (10 Mb/800Mb) Cisco 887 Cisco 887 75% Plata + 25% Multimedia 75% Plata + 25% Multimedia El equipamiento de datos es propiedad del adjudicatario actual. Adicionalmente se disponen de los siguientes accesos: Circuitos digitales PUNTO a PUNTO Xxxxx Xxxx Xxxxxx CPD – Cádiz 64 Kbps La Imprenta de Billetes S.A. (IMBISA) es una sociedad dedicada a la fabricación de billetes en euros que está participada por la FNMT-RCM. Su sede se encuentra en la X/Xxxx Xxxxxxxxx 13 con los siguientes servicios: • Circuito de fibra óptica con un caudal garantizado de 100 Mbps
Servicio de datos. La red solicitada debe de ofrecer como mínimo, las mismas prestaciones que la infraestructura actual exigido lo que dispone actualmente valorándose mejoras en caudales, accesos y servicios. En la actualidad la Universidad xx Xxxx cuenta con un enlace de datos a nivel provincial en la sede del Campus Las Lagunillas (CPD-Edificio Xxxxxxxx-D-1) y en la sede xx Xxxxxxx (Escuela Politécnica Superior-Edificio A) a 100 Mbps, utilizando equipamiento específico y fibra óptica que no es propiedad de la Universidad. También dispone de ADSL de 6 Mbps en las siguientes sedes, con IP fijas: • Campus Las Lagunillas: 2 • Linares: 2 • Edificio C/Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx xx Xxxx: 2 También dispone de líneas RDSI de acceso básico en las siguientes sedes: • Campus Las Lagunillas: 3 (independientes) + 4 en MD110 • Linares: 1 (independiente) • Edificio C/Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx xx Xxxx: 1 El servicio de datos se tendrá que prestar de acuerdo a la topología actual, valorándose las modificaciones que supongan un beneficio y optimización del servicio. Se valorará especialmente: • El incremento de velocidad de la sede del Campus Las Lagunillas (CPD-Edificio Xxxxxxxx-D-1) a 300 Mbps como mínimo. • Mejora de la conexión con la sede xx Xxxxxxx (Escuela Politécnica Superior- Edificio A) a 100 Mbps como mínimo. • Conexión con las próximas instalaciones de la Universidad en la sede del Parque Tecnológico GEOLIT en Mengíbar (Jaén) (Edificio: Complejo Tecnológico de Servicios Avanzados de Investigación) a un caudal de 100 Mbps como mínimo. • Conexión con la sede en la C/ Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx xx Xxxx a un caudal de 10 Mbps como mínimo. • Se contemplará la posibilidad de comunicar con la sede de la Universidad en la C/ Virgen de la Cabeza xx Xxxx (antigua Escuela Universitaria de Magisterio) a un caudal de 10 Mbps como mínimo. En caso de ser necesaria su implantación durante la duración del contrato, tendrá la consideración de un traslado del apartado anterior. La red actual satisface estas necesidades y los ofertantes podrán proponer mejoras en aquellos puntos que lo consideren oportuno así como la disminución de costes económicos sin reducir sus prestaciones. El diseño de la red cubrirá todas las necesidades actuales, incluyendo las líneas necesarias para interconectar las distintas sedes con los anchos xx xxxxx exigidos, todo el equipamiento necesario para la prestación del servicio, la instalación y configuración de todas las infraestructuras, y finalmente la gestión, administración y mantenimient...
Servicio de datos. Ineco dispone de mil seiscientas sesenta y cuatro (1.664) líneas con servicio de datos habilitado, de las cuales mil trescientas ochenta y nueve (1.389) corresponden a líneas Smartphone con servicio de voz habilitado y doscientas setenta y cinco (275) a líneas con perfil exclusivamente de datos habilitado. De estas doscientas setenta y cinco (275) líneas disponemos de cinco (5) perfiles que son cubiertos de manera diferenciada acorde a distintos planes de datos.  Tarifas Smartphone  Tarifas de datos para portátiles corporativos/módems USB/ dispositivos Mifi  Servicio de routers de oficina externa  Servicio Multi‐Sim para líneas compartidas  Bonos de datos para cubrir líneas que han excedido su consumo incluido  Tarifas y bonos de datos en Roaming acorde a zonas definidas A continuación, se recogen tabuladas como quedan distribuidas actualmente las líneas acordes a su tarifa: Líneas Smartphone 2 GB 1345 Líneas Smartphone 5 GB 44 Líneas de datos perfil Router 20 Líneas de datos base 255 Todas las líneas de datos tienen un límite de consumo establecido, excedido dicho límite la velocidad de subida y descarga se ven reducidas sin ocasionar pérdida total de servicio, ni costes añadidos. De igual manera, a todas las líneas de datos de Ineco, sean Smartphone o exclusivamente de datos, se les aplica QoS para priorizar el tráfico en la red del operador en condiciones de saturación frente a otros usuarios que compartan la celda en uso. Adicionalmente el operador provee a Ineco de bonos de datos extra para líneas que han agotado su consumo base incluido. El operador siempre garantiza que el servicio de datos brindado sobre su infraestructura se ofrece siempre a la mayor velocidad disponible acorde a la tecnología disponible en el área de servicio. Por normal general ha de ser 4G/LTE+. Dentro de los servicios de datos el operador provee de un servicio de APN privado para acceso a la intranet corporativa. Este se detalla en los servicios de infraestructura.
Servicio de datos. Ineco dispone de un servicio APN dedicado y privado, en configuración de alta disponibilidad, que da acceso directo a la intranet corporativa. Esto permite acceso a la red corporativa a los dispositivos móviles sin requerir que el tráfico atraviese redes públicas. Este servicio esta redundado por sendos enlaces dedicados en ambos CPDs donde Ineco tiene su infraestructura alojada (Interxion y GlobalSwitch). El servicio se entrega en cumplimiento de los parámetros definidos por Ineco en lo referente a caudal, retardo, perdida de paquetes, así como disponibilidad garantizada. Dentro del servicio ofrecido por el operador como parte de la infraestructura de datos, disponemos de dos configuraciones diferenciadas de APNs.  Un APN principal, que ofrece servicio mediante IPs dinámicas del pool privado habilitado para Ineco.  un APN secundario, que ofrece servicio mediante IPs estáticas del pool privado habilitado para Ineco realizando la asignación de IPs fijas en base al servidor Radius de Ineco. Todos los servicios y costes derivados de la instalación, adaptación de medios para la entrega acorde a la ubicación y tecnología elegida por Ineco, equipamiento, hospedaje, mantenimiento, actualización o retirada de los mismos, han sido y son a cargo del proveedor. A continuación, se detalla gráficamente la composición y modalidad de entrega del servicio APN.
Servicio de datos. El proveedor deberá ofrecer los servicios de comunicaciones móviles de datos acorde a las siguientes condiciones:
Servicio de datos. Se dispone de una red de datos privada a través de red MPLS que proporciona conexiones seguras a través de accesos de fibra óptica con diferentes velocidades y caudales. La solución de Red Privada Corporativa de Datos permite conectar todas las sedes de Madrid Destino entre sí y de forma totalmente privada y estanca al resto de clientes del Adjudicatario. Dicha solución se proporciona mediante una Red Privada Virtual sobre infraestructura de Red IP/MPLS del operador, de acuerdo al estándar RFC2547bis. Las velocidades son las que se indican en la siguiente tabla: (revisar) XXXXX 000 XXXX XX XX XXXXXXXXX Conexión Punto a Punto con Sres. De Luzón 1 Gbps XXXX XX XXXXX 00 XXXXXXX XX CONGRESOS 100 CAJA MÁGICA 10 XXXXXXX DE CIBELES 10 TEATRO XXXXXX XXXXX 10 TEATRO ESPAÑOL 10 TEATRO CIRCO PRICE 000 XXXXXXXX 000 XXXXX XXXXX 100 MEDIALAB XXXXX 1000 + 100 (backup) La electrónica de red en propiedad es la siguiente: Dicha planta consiste en: • 9 Cisco 2960 24p XxX • 19 x Cisco 2960 48p XxX • 1 x Cisco 3750X • 1 x Cisco ASA 5510 • 2 x Cisco Catalyst 2960C-8 • 5 x Cisco Catalyst 3560-24 • 1 x Cisco Catalyst 3560C-8 • 1 x Dlinkdes-3852 • 2 x linksys 20srw2048 • 1 x Microtic ccr1036 • 1 x Tplink tl-sg2452
Servicio de datos. El uso del Servicio de datos se calcula y factura en incrementos completos de KB o MB, según corresponda, según el plan de tarifas del cliente. El uso de datos real se redondea al siguiente KB o MB completo al final de cada sesión de datos para fines de facturación. AT&T calcula un uso completo de KB o MB por cada fracción del último KB o MB de uso de datos que se produce en cada sesión. Los KB o MB completos calculados para cada sesión de datos durante un período de facturación se suman para determinar la facturación. La sobrecarga de la red, las solicitudes de actualización de software, las notificaciones por correo electrónico y las solicitudes de reenvío causadas por errores de red pueden aumentar los KB o MB medidos. Una sesión de datos iniciada en la red de AT&T continuará hasta que finalice, incluso si el cliente se conecta a una red Wi-Fi después de que comience la sesión. Por ejemplo, si el cliente comienza a descargar un archivo de audio usando datos móviles y luego se conecta a una red Wi-Fi mientras el archivo de audio aún se está descargando, su archivo de audio continuará descargándose a través de la red móvil. Es posible que la factura no identifique por separado el uso de datos atribuible al uso de sitios, sesiones o servicios específicos utilizados.
Servicio de datos. Para el acceso a internet en la sede principal del Ayuntamiento. El adjudicatario deberá suministrar las líneas necesarias, con IP fija, para que el Ayuntamiento de HONDÓN DE LAS XXXXXX pueda ofrecer servicios de Administración Electrónica con una calidad suficiente. Todas las incidencias de estas líneas deben reportarse al ayuntamiento en formato electrónico indicando claramente el momento de inicio de la caída del servicio y la hora de restablecimiento del mismo. En cuanto al resto de dependencias, deberán mantener los accesos a internet de que disponen en la actualidad, como mínimo en las mismas condiciones. Para el acceso a internet en movilidad el adjudicatario proporcionará el equipamiento necesario. Proporcionando como mínimo los terminales móviles con conexión a datos relacionados en el apartado equipamiento. Adicionalmente se incluirán hasta 3 líneas temporales o circunstanciales por año si se necesitasen, sin coste y/o facturación adicional, RDSI o ADSL, para retransmisión de eventos.
Servicio de datos. El objeto de este apartado es definir las condiciones técnicas necesarias para la transmisión de datos entre las sedes del AYUNTAMIENTO DE VILLAJOYOSA. La red solicitada por el AYUNTAMIENTO DE VILLAJOYOSA debe ofrecer como mínimo la capacidad que dispone actualmente.

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  • SERVICIO DE CONTRATACIÓN PARA CONTRATAR “denominación completa del contrato al que se licita”. D./Xx ……………………….. con N.I.F. en nombre propio o en representación de , C.I.F., declara que: - No se halla comprendido/a o que la empresa a la que representa, sus administradores y representantes no se hallan comprendidos en ninguna de las causas de prohibición e incompatibilidad para contratar reguladas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. - Los poderes aportados se encuentran vigentes en la actualidad. - Se encuentra dado/a de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, declarando asimismo la vigencia del alta. - Se halla al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y con el Ayuntamiento, y de las cuotas de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, comprometiéndose en caso de resultar su proposición la oferta económicamente más ventajosa, a aportar la documentación acreditativa del cumplimiento de tales circunstancias en el plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento del órgano de contratación para su justificación, en los términos establecidos en el artículo 151 del TRLCSP. - A los efectos de acreditar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Seguridad Social se autoriza al Ayuntamiento a solicitar estos datos de forma telemática a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social. La autorización se otorga exclusivamente a los efectos de la adjudicación del presente contrato y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 95.1 K) de la Ley 58/2003, General Tributaria que permite, previa autorización del interesado, la cesión de los datos tributarios que precisen las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones, así como lo previsto en el artículo 14.2.b del Real Decreto 209/2003, sobre la obtención de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social. La autorización comporta el conocimiento y aceptación de las condiciones que rigen la cesión de datos conforme a las previsiones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento de Medidas de Seguridad de Ficheros Automatizados que contengan datos de Carácter Personal, aprobado por el Real Decreto 944/1999, de 11 xx xxxxx. Lugar, fecha y firma del licitador o de su representante y sello de la empresa. D/Dña. (nombre y apellidos) , con domicilio en calle/plaza/avenida código postal , localidad , actuando en su propio nombre y derecho o en representación de (identificación de la persona que representa) , con C.I.F. (o documento que reglamentariamente le sustituya) número , y domicilio en calle/plaza/avenida , código postal , localidad , por su calidad de (apoderado/a, administrador/a, etc..) , al objeto de participar en la contratación de referencia, DECLARA bajo su responsabilidad Que los datos y circunstancias acreditados mediante certificación de fecha , de inscripción en el Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Valenciana/Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado se encuentran vigentes, así como las circunstancias que sirvieron de base para la obtención de la referida certificación, sin que se encuentre pendiente ninguna variación de datos o circunstancias reflejadas en los documentos confiados al mismo. Que los datos y circunstancias acreditados mediante certificación de fecha , de inscripción en el Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Valenciana/Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado se encuentran vigentes, así como las circunstancias que sirvieron de base para la obtención de la referida certificación, excepto en lo que a continuación se indica, según se acredita mediante los documentos que se adjuntan a la presente declaración:

  • CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable.

  • Tratamiento de Datos En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento general de protección de datos, los licitadores quedan informados de que los datos de carácter personales que, en su caso, sean recogidos a través de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria para proceder a la contratación serán tratados por este Ayuntamiento con la finalidad de garantizar el adecuado mantenimiento, cumplimiento y control del desarrollo del contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.

  • PRECIO DEL SERVICIO 3.1. Componentes del precio: El Cliente se obliga a pagar a ESTABANELL IMPULSA por la prestación de los Servicios las tarifas contratadas y recogidas en el Resumen del Contrato, que incluirán los impuestos (IVA u otras vigentes), tasas, recargos y / o tributos estatales, autonómicos o locales, vigentes en cada momento (conjuntamente, el "Precio"). Las tarifas vigentes, precios, descuentos e impuestos aplicables se encuentran desglosados en función de los Servicios y las facilidades asociadas y resultaran de aplicación exclusivamente en el periodo indicado y según las condiciones fijadas para cada caso. El Precio podrá ser actualizado cada primero de enero de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumo ("IPC") que se publique por el Instituto Nacional de Estadística. Toda promoción u oferta comercial de tarifas o condiciones especiales que esté vigente en el momento de suscribir el Contrato para cada modalidad podrá ser aplicable a aquel que, no siendo todavía Cliente, quiera contratar los Servicios. El que ya fuese Cliente no podrá beneficiarse de aquellas promociones que ESTABANELL IMPULSA pueda llevar a cabo después de la suscripción del Contrato por parte del Cliente, salvo que las condiciones de estas promociones establezcan lo contrario. La cuota inicial o de alta se abonará en un solo pago en concepto de contraprestación por la conexión a los Servicios, y su importe se incluirá en la primera factura. Si procede, esta cuota de alta inicial no incluirá costes de instalación ni equipos proporcionados por ESTABANELL IMPULSA. 3.2. Modificación de las condiciones económicas y / o Precio: La modificación del Precio y demás condiciones económicas del presente Contrato, salvo que sean consecuencia de la normativa aplicable, serán notificadas al Cliente mediante comunicación (dirección postal, dirección de correo electrónico o mensaje SMS al teléfono móvil facilitadas por el Cliente en el momento de la contratación) escrita o nota en la factura habitual de consumo correspondiente con una antelación mínima de un mes a la aplicación de la actualización. En la referida notificación se informará al Cliente que, en caso de que no estuviera conforme con la referida revisión o modificación el Cliente podrá resolver el Contrato, sin que se aplique penalización económica. Para ello, el Cliente deberá comunicar su voluntad de resolver el Contrato a ESTABANELL IMPULSA contactando con el Servicio de Atención al Cliente por teléfono o correo electrónico, en un plazo no superior a un mes a contar a partir de que el Cliente disponga de la nueva información sobre Precio o condiciones económicas. En caso de que transcurra un mes desde la comunicación de la revisión de Precio o modificación de las condiciones económicas del Contrato, sin que el Cliente manifieste su voluntad de resolverlo, se entenderá que acepta la referida revisión del precio o modificación de las condiciones económicas. 3.3. Variaciones del Precio o condiciones económicas por cambios regulatorios. Cualquier variación de las tarifas o modificación de otros conceptos, actividades y valores regulados, o cualquier variación o creación de costes regulados asociados al Servicio que sean aprobados por la Administración para el período de vigencia de este Contrato, así como cualquier nueva figura impositiva, tasa, impuesto o carga tributaria creada por la ley y sus variaciones, serán íntegramente y automáticamente trasladados al Precio a abonar por el Cliente, sin que constituyan una modificación de las condiciones económicas del Contrato.

  • Contratos de servicios Además de en los casos previstos en el artículo 170, los contratos de servicios podrán adjudicarse por procedimiento negociado en los siguientes supuestos:

  • Contrato de obra o servicio determinado Es aquel que se celebra entre la empresa y trabajador a fin de atender las necesidades de cobertura de un servicio de limpieza concertado por la empresa con terceros. Su duración vendrá determinada por la vigencia del contrato de arrendamiento de servicios que constituye su objeto, renovándose automáticamente, a través de la subrogación prevista en el presente convenio, respecto a cuantas empresas se sucedan en el servicio de limpieza contratado. Su duración máxima será de cuatro años. Transcurridos estos plazos, los trabajadores adquirirán la condición de fijos de la empresa, según la modalidad contractual prevista en el artículo 20.

  • Cumplimiento de las Ofertas 30.1 Para determinar si la oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador se basará en el contenido de la propia oferta. 30.2 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones importantes, reservas u omisiones. Una desviación importante, reservación u omisión es aquella que: (a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de los Bienes y Servicios Conexos especificados en el Contrato; o (b) limita de una manera sustancial, contraria a los Documentos de Licitación, los derechos del Comprador o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o (c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes que presentan ofertas que se ajustan sustancialmente a los Documentos de Licitación. 30.3 Si una oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, deberá ser rechazada por el Comprador y el Oferente no podrá ajustarla posteriormente mediante correcciones de desviaciones importantes, reservaciones u omisiones.

  • PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO (Esta cláusula será elaborada por la ENTIDAD conforme a la forma de adjudicación establecida en el DBC por el Total, por Ítems o por Lotes).