SERVICIO DE RECUPERACIÓN DE DATOS Cláusulas de Ejemplo

SERVICIO DE RECUPERACIÓN DE DATOS. Asimismo se prestará la asistencia técnica siguiente para la recuperación de datos físicos: • Cuando un dispositivo de almacenamiento de datos pro- piedad del Asegurado sea dañado, ya sea por causas físicas (incendio, daños por agua o accidente) o lógicas (virus, mala utilización o error humano), y no sea posible acceder a los datos contenidos en él, la Compañía se compromete a recoger el equipo dañado, analizarlo y, siempre que ello fuera posible, recuperar los datos que éste contuviera. La cobertura en este caso alcanza a un máximo de dos recuperaciones por año. • El servicio se prestará sobre los soportes internos de almacenamiento de datos utilizados en los equipos de procesamiento informático propiedad del Asegurado, y en concreto sobre discos duros, ficheros, sistemas ope- rativos, dispositivos extraíbles, tarjetas de memoria y periféricos, no estando cubierta la recuperación de datos cuando éstos se contengan en cualquier otro dis- positivo de almacenamiento. • Se hace constar expresamente que antes de la presta- ción de este servicio se considera que los datos han sido perdidos no siendo responsable la Compañía ni de la información contenida en los soportes dañados ni de la no recuperación de los datos. 520-100-GEN-EDICIÓN 01/09 43
SERVICIO DE RECUPERACIÓN DE DATOS. La Compañía prestará el servicio de recuperación de información solicitando la asistencia de atención telefónica en horario de 9 a 14 y de 16 a 19 horas de lunes a viernes a los teléfonos de asistencia. El horario de prestación del servicio de recuperación será el de recuperaciones estándar en horario laboral de lunes a viernes. El servicio de recuperación de información para aquellos dispositivos de almacenamiento de datos que sufran un daño físico, con máximo de dos incidencias por póliza y año, tal como: - Accidentes, incendio, daños por robo, daños por agua, malos tratos de terceras personas, - Errores humanos (impericia, descuido), - Virus informáticos, - Problemas de software, - Problemas de hardware, - y cualquier otro, que impidan el acceso a la información contenida en el CONDICIONES GENERALES HOGAR BIEN SEGURO CONDICIONES GENERALES HOGAR BIEN SEGURO CONDICIONES GENERALES HOGAR BIEN SEGURO CONDICIONES GENERALES HOGAR BIEN SEGURO soporte dañado. El servicio se prestará sobre los soportes internos de almacenamiento de datos de uso doméstico, utilizados en los equipos de procesamiento informáticos propiedad del usuario tales como: - Discos duros (de ordenadores de sobremesas y portátiles). - Memorias portátiles. - Memorias de tabletas electrónicas o sistemas similares. - Sistemas de almacenamiento de videos, cámaras digitales. El servicio incluye: - Atención telefónica El Titular. - Asistencia al domicilio de El Titular para acudir por el soporte dañado dentro de los horarios de servicio. - Transporte del soporte dañado desde el domicilio del cliente hasta el laboratorio de recuperación de datos y viceversa - Evaluación y diagnóstico del soporte dañado - Recuperación de los datos si esta resulta posible. - Nuevo soporte de similar capacidad al soporte dañado si este no resulta reutilizable o DVD (Los discos averiados, sobre los que se haya recuperado la información, no serán devueltos y quedaran a resguardo durante 15 días, una vez vencido el periodo, se reciclaran, garantizándose la destrucción de la información contenida. La Compañía y El Titular acuerdan considerar como estrictamente confidencial cualquier información, datos, métodos y documentación de la que puedan tener conocimiento como consecuencia de la utilización del presente servicio. El procedimiento en caso de asistencia de recuperación de datos será el siguiente:
SERVICIO DE RECUPERACIÓN DE DATOS. Durante el viaje objeto de la presente Póliza, EUROP ASSISTANCE pone a disposición del Asegurado un servicio de recuperación de los datos contenidos en los soportes internos de almacenamiento de información, utilizados en equipos digitales propiedad del Asegurado, que sufrieran daños que ocasionaran accidentalmente la pérdida o deterioro de la información contenida en dichos soportes. Quedan cubiertos, exclusivamente los siguientes equipos: - Cámara de fotos digital - Cámara de vídeo digital En caso de siniestro, el Asegurado deberá comunicarlo a EUROP ASSISTANCE a través de llamada al teléfono que figura en las Condiciones Particulares, donde se le facilitarán instrucciones para el desmontaje, embalaje y envío del soporte. Será necesario disponer del soporte dañado, por lo que EUROP ASSISTANCE facilitará el transporte del mismo desde el domicilio del Asegurado en España, hasta el laboratorio donde se efectúe la recuperación de datos. EUROP ASSISTANCE, realizará el diagnóstico del dispositivo dañado, efectuando la recuperación de datos cuando fuera posible, siendo posteriormente transportado el soporte con la información recuperada desde el laboratorio al domicilio del Asegurado en España. Queda cubierta la entrega de un nuevo disco duro o dvd, en caso de que el soporte dañado estuviera descatalogado o no fuera reutilizable. En los casos en que el Asegurado solicitara la prestación de este servicio, desde fuera de España, serán de su cuenta los gastos de envío de soporte y su posterior devolución.
SERVICIO DE RECUPERACIÓN DE DATOS. CONDICIONES GENERALES HOGAR BIEN SEGURO

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.