Sigilo profesional. Los miembros del C. de S. y S. quienes, por la naturaleza de sus competencias, puedan entrar en relación con materias que afectan al secreto de fabricación, observarán sigilo profesional, asesorándose con la Empresa respecto a la confidencialidad de lo tratado. En todo caso, ningún tipo de documento entregado por la Empresa al Comité podrá ser utilizado fuera del estricto ámbito de aquélla y para distintos fines que los que motivaron su entrega. Además, se dan aquí por reproducidas las disposiciones que sobre esta materia establece la propia L.P.R.L.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Sigilo profesional. —Los miembros del C. de S. y S. quienes, por la naturaleza natura- xxxx de sus competencias, puedan entrar en relación con materias que afectan al secreto de fabricación, observarán sigilo profesional, asesorándose con la Empresa empresa respecto a la confidencialidad con- fidencialidad de lo tratado. En todo caso, ningún tipo de documento entregado por la Empresa em- presa al Comité podrá ser utilizado fuera del estricto ámbito de aquélla aquella y para distintos fines fi- nes que los que motivaron su entrega. Además, se dan aquí por reproducidas las disposiciones que sobre esta materia establece esta- blece la propia L.P.R.L.LPRL.
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Samples: Convenio Colectivo
Sigilo profesional. cve: BOE-A-2012-2514 Los miembros del C. de S. y S. quienes, por la naturaleza de sus competencias, puedan entrar en relación con materias que afectan al secreto de fabricación, observarán sigilo profesional, asesorándose con la Empresa respecto a la confidencialidad de lo tratado. En todo caso, ningún tipo de documento entregado por la Empresa al Comité podrá ser utilizado fuera del estricto ámbito de aquélla y para distintos fines que los que motivaron su entrega. Además, se dan aquí por reproducidas las disposiciones que sobre esta materia establece la propia L.P.R.L.
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Samples: Convenio Colectivo