SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Cláusulas de Ejemplo

SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. (a) El Contratista entregará a la Subred y al Interventor el documento que describe su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo dentro de los primeros treinta (30) Días de la Fase de Preconstrucción.
SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. (12.5 PUNTOS)
SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. El comitente vendedor deberá contar con los parámetros establecidos en el SG-SST DECRETO 1072 DEL 2015 “por el cual se expide el decreto único reglamentario del sector trabajo”, y Resolución N° 0312 de 2019. ASi las cosas y en cumplimiento a dicha normatividad el comitente vendedor, deberá acreditar la implementación y ejecución del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo. Para acreditar este requisito el comitente vendedor deberá presentar los siguientes documentos:
SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. La EMPRESA, se compromete dentro del marco legal, a cumplir con los derechos, responsabilidades u obligaciones del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. 56. A partir de la firma del presente Acuerdo y durante la presente vigencia, la SGAMB, desde la Dirección de TH por medio del SG-SST y con la asesoría de la ARL, dará continuidad al diseño, la implementación y la mejora continua del Programa de Riesgo Público que contendrá, entre otros:
SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. El CONTRATISTA, tendrá la obligación de implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) que consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y la salud en el trabajo, garantizando a través de dicho sistema, la aplicación de las medidas de Seguridad y Salud en el Trabajo, el mejoramiento del comportamiento de los trabajadores, las condiciones y el medio ambiente laboral, y el control eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo. Así como prevenir daños a las instalaciones, equipos, y demás bienes tanto de TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P, como del CONTRATISTA, teniendo en cuenta el decreto 1072/2015 y de acuerdo con las leyes y regulaciones existentes y aplicables. El contratista debe evidenciar la implementación del SG-SST, para ello podrá realizar el autodiagnóstico del porcentaje de cumplimiento del SG-SST publicado en la página web, junto con la propuesta al presentar ofertas y el SG-SST deberá ser revisado y tomar las acciones a lugar, considerando las modificaciones en los procesos y los resultados obtenidos, por lo menos cada año, esto debe ser realizado por parte de la alta gerencia. Para ello se anexa archivo en excell como herramienta para evaluar el porcentaje de cumplimiento del SG-SST.
SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. El oferente deberá presentar certificación emitida por el ARL, respecto del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo vigente, en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 1072 de 2015, y la resolución 1111 de 2017, derogada por la resolución 0312 de 2019 respecto del programa de salud ocupacional actualmente sistema de gestión de Seguridad y Salud en el trabajo.
SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. Es obligación del contratista:

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.