Situación regional Cláusulas de Ejemplo

Situación regional. El PGIRS Regional 2005-2020 realizó un estimativo de generación en m3 de escombros (ahora RCD) a partir de m2 construidos (1,35 m3/m2) presentado por el Administrador de Obras Civiles Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx. Con estos valores se calcula que en el año 2004 una generacion de 1´663.484 m3 de escombros (ahora RCD) en el Xxxxx de Aburrá. La densidad de los escombros (ahora RCD) utilizada fue de 1,4 ton/m3; a partir de este dato se calcula que la generación de escombros en toneladas para el año 2004 de 2´328.878, lo que representa una generación de 6.380 ton/día de escombros (ahora RCD). Sin embargo, al igual que ocurre actualmente la información presentada por los municipios difiere enormemente de los cálculos presentados por el ingeniero Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx. En la Tabla 2 se presentan las cantidades de escombros generados en los municipios del Valle de Aburrá, según información presentada por cada uno de ellos en los diagnósticos del PGIRS. Tabla 2. Generación de escombros (ahora RCD) de acuerdo a diagnósticos de los PGIRS Municipales año 2004 Caldas (1) 106,8 3,6 La Estrella 73,4 2,5 Xxxxxx 000,0 00,0 Xxxxxxxx (1) 62,2 2,1 Envigado (1) 831,0 27,7 Medellín (2) 1542,0 51,4 Xxxxx0 000,0 00,0 Xxxxxxxxxx (1) 26,0 0,9 Girardota (1) 66.5 2,2 Barbosa 54,5 1,8 Xxx datos presentados en la Tabla 2 están por debajo de los datos de producción de escombros calculados por el Administrador de Construcciones Civiles Xxxxxx Xxxxxxxxxx, dado que las cifras anteriores no consideran los residuos de generados directamente por el sector de la construcción. De 16 escombreras identificadas dentro de la elaboración del PGRIS regional, únicamente 11 de ellas tenian licencia de funcionamiento, las otras 5 o estaban ya clausuradas o funcionaban ilegalmente. Es importante aclarar que muchas de ellas son esencialmente llenos estructurales donde únicamente se recibe material de movimiento de tierra, debido a los permisos de funcionamiento que tienen. Las que se identificaron como escombreras específicamente si recibian todo los diferentes materiales incluidos dentro de la definición de los residuos de construcción y demolición.
Situación regional. Para el análisis de la problemática regional de ocurrencia de incendios forestales y uso del fuego como quemas controladas, se considera la información estadística registrada durante los periodos de mayor ocurrencia (quinquenio) de las temporadas 2007/2008 - 2011/2012, ambas inclusive. Estos antecedentes son los registrados oficialmente por los sistemas de protección existentes en la región y que en su totalidad fluyen a la Central de Coordinación xxx Xxxxx. Manejo del Fuego de la Corporación Nacional Forestal, CONAF. Durante este periodo, la cantidad de incendios forestales que ha afectado a la región de la Araucanía corresponde a 4.226, con una media anual de 845 incendios. Las afectaciones de vegetación nativa, plantaciones forestales, pastizales y cultivos agrícolas, medidas en superficie alcanzaron las 29.738 hectáreas, con una media anual de 5.948 (Tabla N° 2). Tabla N° 2.- Número de incendios y superficie afectada en los periodos 2007/2008 al 2011/2012, Región de La Araucanía Periodo Total Quinquenio Promedio quinquenio Número de incendios 1.412 1.075 419 580 740 4.226 845 Superficie afectada (ha) 7.623 11.535 421 1.428 8.730 29.738 5.948 Al graficar esta información (Figura N°3) se puede apreciar que no existe entre los periodos analizados una constante, tanto en el número de incendios como en la afectación. Esto se debe a condiciones ambientales variables entre los años (lluvias periódicas en semanas xx xxxxxx, periodos de sequía intensos pero cortos, entre otros), condiciones sociales (mayor interacción de personas con sectores de vegetación, actos negligentes o intencionales, tanto permanentes como ocasionales, entre otros) así como al accionar de autoridades públicas y organizaciones privadas que han aumentado sus esfuerzo en acciones de prevención y educación hacia la población, aumento de acciones punitivas, mayor asignación y optimización de la distribución de recursos de brigadas de prevención y combate, entre otras. Al analizar esta información, particularmente la ocurrencia de incendios forestales a nivel de promedio anual comunal para similar periodo (2007/2008 al 2011/2012), destacan las comunas xx Xxxxxxx, Collipulli, Xxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxxxx, Temuco, Xxxxxxxxx, Xxxxxxx y Purén, las cuales presentan la mayor ocurrencia (Tabla N° 2 y Figura N° 4). Carahue 39 131,5 23 90,2 5 7,3 14 79,5 14 2.482,6 19 558,2
Situación regional. La actividad de corte de césped y poda de árbol para el año 2005 era prestada por los operadores de servicios públicos de aseo de cada uno de los municipios que conforman el Área Metropolitana del Valle de Aburrá y otras entidades como EPM, el Metro de Medellín y en algunos casos la administración municipal era la encargada directa de realizar la actividad. Asimismo, las cantidades de residuos generadas por el corte de césped y poda de árboles se han obtenido a través de la información consolidada de los diferentes contratistas de la actividad, en los 10 municipios del Área Metropolitana del Valle de Aburrá. A continuación, se consolida en la Tabla 1 la cantidad de residuos generados en la actividad de corte de césped y poda de árbol en el Xxxxx de Aburrá en el año 2005. Cabe aclarar que las referencias o fuente de información se basa en los municipios y entidades que prestaban el servicio. Tabla 1. Cantidad de residuos de corte de césped y poda de árbol en el Xxxxx de Aburrá 2005. Medellín EEVVM Residuos de 18 Xxxxxxxx Xx poda y tala se evacuo corte de Valencia, un promedio de 1.00 árboles EEVVM. metros cúbicos por mes de material de descopes y talas con 6 cuadrillas. Medellín EEVVM Residuos de 20.136 Xxxxxxxx El valor mensual xx xxxxx de zonas Valencia, residuos xx xxxxx de zonas verdes EEVVM. verdes es de 1.678 ton/mes Medellín Secretaria Residuos de 121,5 Xxxxxx En promedio sacan 13.5 de Obras corte de zonas Xxxxx. toneladas, con cortes 9 Públicas verdes Vivero veces al año, más o menos Municpio Municipal cada 45 días. En tiempo de Medellín lluvia: 21.5 toneladas/mes y en tiempo seco aproximadamente: 5 toneladas/mes. Área EEPPM Residuos 21.600 Xxxxxxx Los residuos se utilizan Metropoli verdes xx Xxxxx para recuperación de suelos xxxx xxxxxx de EEPPM y compostaje. La cantidad árboles: reportada fue de 300 (Descope de m3/semanales líneas de alumbrado, teléfono, TV, Medellín Jardín Residuos Sin dato Xxxxxx Xx usan internamente o Botánico Verdes de corta Villa. Jardín para los trabajos que hace y poda de Botánico el jardín externamente, árboles y zonas como abono. verdes Área Metro Rocería, Talas 132 Xxxxxx Xx recogen Metropoli y Podas xx Xxxxxxxx aproximadamente 11 tana árboles y zonas Xxxxxxx. Ton/mes en todo el verdes Metro Viaducto del Metro y Plazoletas de las estaciones Envigado Enviaseo Rocería, Talas Sin Dato PGIRS La actividad es realizada y Podas de Envigado. por precoperativa árboles y zonas Preambiental y contratista verdes particular y serian ...

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  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Xxxxxxxx 116. Mayotte

  • Legitimación Podrá interponer el correspondiente recurso especial en materia de contratación toda persona física o jurídica cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones objeto de recurso.

  • Fallecimiento De su tío, tía, sobrinos o sobrinas. De una de las personas participantes en la estancia y que esté asegurada en virtud del presente contrato, y que conlleve el cese absoluto de cualquier actividad profesional o similar. De una de las personas participantes en la estancia y que esté asegurada en virtud del presente contrato. De Usted mismo/a o de su cónyuge (de hecho o de derecho) asegurado/a por el presente contrato, siempre y cuando esta circunstancia no ocurriera antes de la suscripción del contrato.  En calidad de miembro xx xxxxxx o de testigo en un procedimiento penal.  En calidad xx xxxxxx. Siempre y cuando se le cite en una fecha que coincida con el periodo de viaje. Siempre y cuando se le cite en una fecha que coincida con el periodo de viaje. Consecuencia de un suspenso desconocido en el momento de la reserva o la suscripción del contrato (únicamente para estudios superiores), siempre y cuando dicho examen tenga lugar durante el viaje. Para Usted mismo/a, su cónyuge (de hecho o de derecho) o uno de sus ascendientes o descendientes en el 0.xx grado de parentesco. O bien causados por las fuerzas de la naturaleza a sus locales profesionales o personales y que exijan obligatoriamente su presencia para tomar las medidas cautelares necesarias. Siempre y cuando la importancia de dicha sustracción requiera su presencia y se produzca en las 48 horas anteriores al inicio del viaje. Ocasionados en las 48 horas anteriores al inicio del viaje y siempre y cuando no pueda utilizar dicho vehículo para llegar al lugar de la estancia. Por carretera o ferrocarril o vía marítima o aérea, el día del inicio de la estancia  Cierres de vías públicas decretados por el Estado o una autoridad local;  Huelga de los transportes públicos que le impida llegar en las 24 horas posteriores al inicio previsto de su estancia;  Inundaciones o fenómenos naturales que impidan la circulación, constatados por la autoridad competente;  Accidentes de circulación durante el trayecto necesario para llegar a su alojamiento previsto y cuyas consecuencias supongan la inmovilización del vehículo, justificada mediante el informe de un perito.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.