LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Cláusulas de Ejemplo

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO. El OFERENTE deberá acreditar y presentar fotocopia del acto administrativo contentivo de la licencia de funcionamiento vigente, otorgada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, donde haya sido autorizado para la prestación del servicio de Vigilancia en las modalidades fija y móvil, con y sin armas y con apoyo de medios tecnológicos. En el evento que dicho documento se encuentre en trámite de renovación el oferente conforme al Decreto Ley 019 de 2012, deberá aportar copia del respectivo trámite de renovación con el tiempo establecido por el Decreto 356 de 1994.
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO. ES el trámite administrativo que se surte ante la Secretaría de Tránsito, con el objeto de obtener la autorización para que una empresa pueda prestar el servicio de transporte público automotor.
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO. El proponente deberá presentar adjuntar a su propuesta una fotocopia simple de la Licencia de funcionamiento Resolución ATT, documento que les faculta para la prestación del servicio expreso, mensajería y transporte de envíos de correspondencia de acuerdo a lo establecido en el (D.S. Nº 29799, R.M. Nº. 496), para operadores legales del servicio postal. La empresa deberá contar con una experiencia general de 3 (tres) años en el sector Público ó privado y una específica con Instituciones Públicas de 1 (un) año, que deberá demostrar en su propuesta con fotocopias simples de Contratos, Certificados y otros documentos que certifiquen la experiencia como empresa.
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO.  La licencia de funcionamiento para las empresas de vigilancia y seguridad privada debe comprender vigilancia fija y móvil, con armas, medios tecnológicos y escolta a personas y vehículos.  deberá constar que cuenta con oficina Principal o sucursal en la Ciudad de Bogotá, y las ciudades de Barranquilla, Medellín, Bucaramanga, Cali, Manizales e Ibagué en concordancia con la Circular 015 de 2013 de la Superintendencia de vigilancia y seguridad privada.  La licencia de funcionamiento deberá estar vigente a la fecha del cierre de la presente convocatoria.  Si se trata de un Consorcio o Unión Temporal, cada uno de los miembros de empresas de vigilancia y seguridad privada deberá presentar de manera independiente la licencia de funcionamiento de conformidad con el Decreto 356 de 1994.
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO. Autorización que otorgan las municipalidades para el desarrollo de actividades económicas en un establecimiento determinado, en favor del titular de las mismas. (…) El otorgamiento de una licencia de funcionamiento no obliga a la realización de la actividad económica en un plazo determinado.”
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO. La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, podrá expedir licencia de funcionamiento, de carácter nacional, previo el cumplimiento de los siguientes requisitos por parte del solicitante: Parágrafo 1º.- Dentro de los sesenta (60) días siguientes al otorgamiento de la licencia de funcionamiento el Representante Legal deberá enviar a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, los siguientes documentos: Parágrafo 2º.- La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada verificará la información suministrada y podrá realizar visitas de inspección previa, tanto a las instalaciones de la sede principal, sucursales o agencias, como sobre los medios que se va a emplear”. (Negrillas y subrayado fuera de texto)
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO. Contar y adjuntar la licencia de funcionamiento, expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, para prestar el servicio de vigilancia y seguridad privada en todo el territorio nacional, en las modalidades de vigilancia fija, con la utilización xx xxxxx de fuego, medios caninos, tecnológicos; la cual deberá estar vigente a la fecha de cierre de la presente invitación y durante toda la vigencia del contrato. Se exigirá que los interesados en el presente proceso cuenten con agencia o sucursal legalmente constituidas en las ciudades de Barranquilla, Medellín, Bucaramanga, Cali, Neiva, Villavicencio. Contar y adjuntar la copia de la resolución vigente de la licencia para desarrollar actividad de telecomunicaciones, permiso del uso del espectro radioeléctrico y autorización de red privada de conformidad con lo señalado en los artículos 3° y 5° del Decreto 930 de 1992, expedida por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Esto cuando se preste el servicio requerido con el uso del espectro radioeléctrico (radios). Si el proponente pretende prestar el servicio de comunicaciones a través o comunicación bidireccional, deberá presentar copia de los contratos respectivos vigentes entre el proponente y la prestadora de los servicios de comunicaciones. También podrá acreditarse mediante certificaciones contractuales vigentes.
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO. El oferente deberá presentar licencia de funcionamiento expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada con autorización para operar con oficina principal o sucursal en la ciudad xx Xxxxxxxxxxxxx, la licencia debe demostrar que se encuentra autorizado para operar en las modalidad fija, móvil, escolta a personas, mercancías con la utilización xx xxxxx de fuego, sin arma, medios tecnológicos, medios caninos o cualquier otro medio establecido en la norma y legal desarrollo de la actividad con servicios de asesoría, consultoría e investigación en seguridad. Los interesados en participar deberán acreditar con domicilio principal o sucursal en la ciudad xx Xxxxxxxxxxxxx, con un término no inferior a diez (10) años. Para el servicio de monitoreo de alarmas el oferente deberá contar con una central de monitoreo de alarmas en la dirección autorizada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada la cual COFREM podrá efectuar una visita técnica en el tiempo para evaluación técnica, únicamente a los oferentes habilitados, donde se validará acreditación de experiencia como mínimo en 20 puntos de monitoreo en diferentes xxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxx x el departamento del Meta.
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO. IMPORTANTE:
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO. Esta se obtiene mediante la cancelación de los derechos y la presentación del respectivo Paz y Salvo, expedido por la Tesorería Municipal; quien entregará una placa que sirve para identificación y control, y que debe ser colocada en lugar visible al público.