LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO. El OFERENTE deberá acreditar y presentar fotocopia del acto administrativo contentivo de la licencia de funcionamiento vigente, otorgada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, donde haya sido autorizado para la prestación del servicio de Vigilancia en las modalidades fija y móvil, con y sin armas y con apoyo de medios tecnológicos. En el evento que dicho documento se encuentre en trámite de renovación el oferente conforme al Decreto Ley 019 de 2012, deberá aportar copia del respectivo trámite de renovación con el tiempo establecido por el Decreto 356 de 1994.
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO. La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, podrá expedir licencia de funcionamiento, de carácter nacional, previo el cumplimiento de los siguientes requisitos por parte del solicitante:
1. Solicitud dirigida a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, suscrita por el Representante Legal, en el cual se informe: · Sede principal, sucursales o agencias que pretenden establecer. · Modalidad del servicio que pretenden ofrecer. · Medios que pretenden utilizar para la prestación del servicio, con sus características técnicas, si es del caso.
2. Adjuntar los siguientes documentos: · Copia auténtica de la escritura de constitución y reformas de la misma. · Certificado vigente de existencia y representación legal de la sociedad. · Licencia de la empresa expedida por la respectiva alcaldía.
3. Solicitud de aprobación de instalaciones y medios por parte de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. · Certificaciones sobre afiliación del personal a un sistema de seguridad social y una Caja de Compensación Familiar. · Copia autenticada de la resolución de aprobación del reglamento interno de trabajo expedido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. · Reglamento de higiene y seguridad social debidamente autenticado por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social y correspondiente resolución de aprobación. · Certificados de cancelación de aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. · Resolución sobre autorización de horas extras expedida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO. El proponente debe anexar los siguientes documentos:
1. La licencia de funcionamiento para las empresas de vigilancia y seguridad privada debe comprender vigilancia fija y móvil, con armas, sin armas, medios tecnológicos, medios caninos y escolta a personas y vehículos.
2. Deberá acreditar la resolución vigente o en trámite de renovación a la fecha de la presentación de la propuesta emitida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
3. Debe demostrar por lo menos diez (10) años continuos en operaciones del sector servicios de vigilancia y seguridad privada, con base a las licencias de funcionamiento expedidas por el ente regulador, contados desde la fecha de la presentación de la oferta.
4. Si se trata de un Consorcio o Unión Temporal, cada uno de los integrantes de las empresas de vigilancia y seguridad privada deberá presentar de manera independiente la licencia de funcionamiento y su antigüedad; sin embargo, el cumplimiento de la cantidad de sedes y/o sucursales quedará supeditado a las reglas sobre las formas plurales de asociación contenidas en el pliego de condiciones.
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO. El comitente vendedor a través de su representante legal deberá entregar la resolución por medio de la cual se otorga licencia de funcionamiento, con autorización para operar en las modalidades de vigilancia fija, vigilancia móvil, con armas de fuego, sin armas de fuego y medio tecnológico; en donde se pueda constatar que ésta está vigente, hasta por lo menos el término de la liquidación de la operación, es decir, el término de la misma y un (1) año más. No obstante, para las licencias que se encuentren en trámite de renovación, el comitente vendedor deberá adjuntar copia del documento radicado mediante el cual inicio el trámite de renovación de la licencia de funcionamiento ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. En caso de figuras asociativas, cada uno de los miembros integrantes deberá aportar sus correspondientes licencias de funcionamiento en los términos anteriormente expuestos.
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO. Contar y adjuntar la licencia de funcionamiento, expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, para prestar el servicio de vigilancia y seguridad privada en todo el territorio nacional, en las modalidades de vigilancia fija, con la utilización xx xxxxx de fuego, medios caninos, tecnológicos; la cual deberá estar vigente a la fecha de cierre de la presente invitación y durante toda la vigencia del contrato. Se exigirá que los interesados en el presente proceso cuenten con agencia o sucursal legalmente constituidas en las ciudades de Barranquilla, Medellín, Bucaramanga, Cali, Neiva, Villavicencio.
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO. IMPORTANTE:
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO. El oferente deberá presentar licencia de funcionamiento expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada con autorización para operar con oficina principal o sucursal en la ciudad xx Xxxxxxxxxxxxx, la licencia debe demostrar que se encuentra autorizado para operar en las modalidad fija, móvil, escolta a personas, mercancías con la utilización xx xxxxx de fuego, sin arma, medios tecnológicos, medios caninos o cualquier otro medio establecido en la norma y legal desarrollo de la actividad con servicios de asesoría, consultoría e investigación en seguridad. Los interesados en participar deberán acreditar con domicilio principal o sucursal en la ciudad xx Xxxxxxxxxxxxx, con un término no inferior a diez (10) años. Para el servicio de monitoreo de alarmas el oferente deberá contar con una central de monitoreo de alarmas en la dirección autorizada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada la cual COFREM podrá efectuar una visita técnica en el tiempo para evaluación técnica, únicamente a los oferentes habilitados, donde se validará acreditación de experiencia como mínimo en 20 puntos de monitoreo en diferentes xxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxx x el departamento del Meta.
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO. ES el trámite administrativo que se surte ante la Secretaría de Tránsito, con el objeto de obtener la autorización para que una empresa pueda prestar el servicio de transporte público automotor.
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO. El proponente deberá anexar a su propuesta copia legible e integra del acto administrativo mediante el cual se otorga la Licencia de funcionamiento expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, la cual debe encontrarse vigente a la fecha de cierre de la presente licitación. En la cual se verificará la operación en las modalidades de vigilancia fija, móvil, utilización xx xxxxx de fuego de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Decreto Ley 356 de 1994. El proponente debe tener domicilio principal o sucursal en la ciudad de Bogotá, para el buen desarrollo del contrato. Para el caso de Consorcios o Uniones temporales, cada uno de los integrantes deberá anexar a la propuesta la respectiva licencia de funcionamiento vigente al cierre de la presente licitación, en la que se verificará la operación con domicilio principal y/o sucursal en la ciudad de Bogotá, en las modalidades de vigilancia fija, móvil, utilización xx xxxxx de fuego de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Decreto Ley 356 de 1994. Si la licencia se encuentra en trámite de renovación, debe anexarse certificación que indique el radicado oportuno de solicitud de renovación expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO. El proponente deberá presentar adjuntar a su propuesta una fotocopia simple de la Licencia de funcionamiento Resolución ATT, documento que les faculta para la prestación del servicio expreso, mensajería y transporte de envíos de correspondencia de acuerdo a lo establecido en el (D.S. Nº 29799, R.M. Nº. 496), para operadores legales del servicio postal.