TARIFAS ADICIONALES Cláusulas de Ejemplo

TARIFAS ADICIONALES. PLANES RESIDENCIALES Xxxxxx Xxxxxx / Mensaje Adicional (S/) Nombre del Plan M-O LDI (USA y CANADÁ) LDI (*) SMS Nacional Plan Elige Más S/.199.90 - - Ver cuadro LDI - Plan Elige Más S/.169.90 Plan Elige Más S/.149.90 Plan Elige Más S/.129.90 Plan Elige Más S/.105.90 Plan Elige Más S/.85.90 Plan Elige Más S/.69.90 Plan Elige Más S/.59.90 Plan Elige Más S/.49.90 Plan Elige Más S/.39.90 Plan Elige Más S/.29.90 Plan Elige Más S/.25.90 Plan Elige Más S/.20.90 PLANES NEGOCIOS Tarifa Minuto / Mensaje Adicional (S/) Nombre del Plan M-O LDI (USA y CANADÁ) LDI (*) SMS Nacional Plan Elige Todo + 299.90 - - Ver cuadro LDI - Plan Elige Todo + 199.90 Plan Elige Todo + 169.90 Plan Elige Todo + 149.90 Plan Elige Todo + 139.90 Plan Elige Todo + 129.90 Plan Elige Todo + 119.90 Plan Elige Todo + 115.90 Plan Elige Todo + 95.90 Plan Elige Todo + 89.90 Plan Elige Todo + 79.90 Plan Xxxxx Xxxx + 69.90 Plan Elige Todo + 59.90 Plan Elige Todo + 49.90 Plan Elige Todo + 45.90 Plan Elige Todo + 39.90 Plan Elige Todo + 35.90 Plan Elige Todo + 29.90 Plan Elige Todo + 25.90 Plan Elige Todo + 20.90 (*) Cuadro LDI Tarifas por minuto para llamadas (S/) Grupo 1 0 Grupo 2 0.69 Grupo 3 1.98 Grupo 4 9.29 Grupo 5 17.42 Asimismo, a cualquier llamada satelital se le aplicará el costo de S/ 14.00 incluido IGV o S/ 11.76 sin IGV. *Grupo 1 incluye a los siguientes países: USA y Canadá Grupo 2 incluye a los siguientes países: Alemania, Argentina, Austria, Bangladesh, Bolivia, Brasil, Chile, China, Chipre, Colombia, Xxxxx Rica, Dominicana Rep., Ecuador, España, Francia, Guam, Xxxxxxx, Xxxx Kong, Hungría, India, Israel, Italia, Lituania, Malasia, México, Panamá, Paraguay, Portugal, Puerto Rico, Reino Unido, Rusia, Singapur, Suecia, Suiza, Tailandia, Uruguay, Venezuela. Grupo 3 incluye a los siguientes países: Andorra, Anguilla, Antigua y Barbuda, Antillas Hol., Antillas Holandesas, Arabia Saudita, Aruba, Australia, Bahamas, Bahrein, Bélgica, Bermudas, Bhutan, Bosnia Herzegovina, Bulgaria, Caimanes, Camboya, Checa Rep., Croacia, Dinamarca, Djibouti, Dominica, Egipto, Emiratos Árabes, Eslovaca Rep., Etiopía, Feroe Is., Filipinas, Finlandia, Georgia, Xxxxxx, Xxxxxxxxx, Guatemala, Guayana Francesa, Haití, Honduras, Indonesia, Irán, Iraq, Irlanda, Islandia, Islas Fiji, Jamaica, Japón, Jordania, Kazakstán, Kenia, Kirguizistan, Kuwait, Laos, Letonia, Líbano, Liechtenstein, Luxemburgo, Macao, Malta, Martinica, Mayotte, Micronesia, Xxxxxx, Mongolia, Namibia, Nepal, Nicaragua, Nigeria, Noruega, Nueva Caledonia, Nu...
TARIFAS ADICIONALES. (*) Cuadro LDI Tarifas por minuto para llamadas (S/) PLANES RESIDENCIALES Xxxxxx Xxxxxx / Mensaje Adicional (S/) Nombre del Plan M-O LDI (USA y CANADÁ) LDI (*) SMS Nacional PLANES NEGOCIOS
TARIFAS ADICIONALES. Comisión por entrega de Tarjeta de Clave Digital Token: El pago se hace por única vez hasta el vencimiento de la Tarjeta (cuatro años aprox.) Costo por emisión de Cheque de Gerencia desde (Disponible para las versiones 1 y 3) US$ 40 (S/. 112.8*) por tarjeta US$ 2.50 (S/. 7.05*) por tarjeta Declaro, luego de haber leído el presente documento, que todas las dudas y consultas relacionadas al mismo fueron absueltas y que firmo con conocimiento pleno de las condiciones establecidas en dicho documento. Lugar Día Mes Año Razón Social de la Empresa RUC Nombre del Representante Legal Nombre del Representante Legal Firma de Representante Legal Firma de Representante Legal jul14 (*) Tarifas denominadas en dólares reexpresados en nuevos soles al tipo de cambio referencial: S/. 2.82 (Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor). Solicitud de Autorización de entrega de Kit de Telecrédito Señores BANCO DE CRÉDITO BCP Administración Servicios para Empresas Xx. Xxxx Xxxxx 425, Piso 5, Miraflores - Fax: 000-0000 Nombre/ Razón Social RUC o DNI Por medio de la presente, autorizamos se sirvan realizar la entrega del Kit de Telecrédito a la antención de: Número de DNI Nombre de la persona autorizada Firma de la persona autorizada La persona autorizada recibirá el Kit de Telecrédito que continene un Reporte de configuración de la Empresa, la(s) Tarjeta(s) de Clave Digital Token y la(s) Tarjeta(s) de Acceso Empresarial de los usuarios que operarán el sistema en sabres cerrados. La persona autorizada deberá presentar su documento de indentidad (DNI) al momento de recibir el Kit de Telecrédito. Reconocemos expresamente que la persona designada por nosotros como Usuario de Seguridad será la única que podrá activar nuestra empresa en el servicio de Telecrédito, llamando a Helpdesk Servicios para Empresas a los teléfonos 000-0000 o 000-0000 (Lima) o al 000-0-0000 (Provincia), para realizar la activción correspondiente. Atentamente, Nombre del nuevo cliente titular Nombre del nuevo cliente titular jul14 Firma de Representante Legal Firma de Representante Legal Anexo del Contrato del Servicio Telecrédito Web Sólo para Clientes de Banca de Negocios (Versión 3) En este anexo se deberá consignar la información referida a los Clientes Incorporados. Un Cliente Incorporado es toda persona (jurídica o natural) que autoriza la incorporación de sus cuentas al ServicioTelecrédito Web del Cliente Principal, a través del cual se podrán efectuar transacciones.
TARIFAS ADICIONALES. Tarifas Adicionales (S/.) Nombre del Plan M- M/M- F/M- O/M- LDI (1) WAP x KB (2) MMS (3) LDI (4) SMS Naci onal (5) SMSInter nacio nal (6) RPM (7) Plan Vuela S/.140 Plan Vuela S/.200 Plan Vuela Ahorro S/.125 Plan Vuela Ahorro S/.180 Plan Vuela Inteligente Plan Vuela Ahorro S/ 100 Plan Vuela Ahorro S/ 150_I 0 0.01 0.84 0.32 0.09 0.45 0 Plan Vuela Univ S/.60 Plan Vuela Univ S/.80 Plan Vuela Univ S/.110 Plan Vuela Ahorro S/ 90_I Plan Vuela S/ 60_S Plan Vuela S/ 80_S Plan Vuela S/ 110_I 0.49 0.01 0.84 0.49 0.2 0.45 0.49
TARIFAS ADICIONALES. Adjuntar con su propuesta un tarifario con los costos adicionales que se consideren necesarios en el desarrollo de actividades relacionadas con el objeto de este proceso que no se encuentren relacionados en el anexo 1 de este documento, entendiéndose que tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018.
TARIFAS ADICIONALES. PLANES RESIDENCIALES Xxxxxx Xxxxxx/Mensaje Adicional (S/) Nombre del Plan M-O LDI (USA /CANADÁ) LDI (*) SMS Nacional

Related to TARIFAS ADICIONALES

  • Notificación de Adjudicación Una vez resuelta la adjudicación se notificará a todos los oferentes.

  • Precios de la Oferta 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

  • SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.

  • Amortización El Préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota se pagará en la primera fecha en que deba efectuarse el pago de intereses, luego de transcurridos seis meses contados a partir de la fecha prevista para finalizar los desembolsos xxx Xxxxxxxx, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 3.04, y la última, a más tardar, el 27 xx xxxxx de 2016.

  • DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La C.T.M. xx Xxxxx Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas, de acuerdo al siguiente criterio:

  • OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • Incremento “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.