Common use of Titularidad Clause in Contracts

Titularidad. Las Cuenta Xxxxxx se abrirán en pesos y a nombre de cada Trabajador, de acuerdo con la información que éstos sumi- nistren y que deberá contener, como mínimo, apellido/s y nombre/s, XXXX y domicilio de cada trabajador. El Trabajador podrá designar a su cónyuge o conviviente, con unión convivencial inscripta o no, o a un familiar directo como cotitular de la cuenta, a fin de realizar los movi- mientos de fondos que se encuentren admitidos y demás operaciones que autorice el Trabajador expresamente. Las Cuenta de Seguridad Social estarán nominada en pesos y se abrirán en la sucursal o del Banco en la que el Beneficiario perciba cualquiera de los haberes o prestacio- nes mencionadas precedentemente según las siguientes alternativas: i) A nombre y a la orden del Beneficiario; ii) A nombre del Beneficiario y a la orden del Beneficiario y del apoderado designado para el cobro de haberes ante el ente administrador de los pagos que corres- ponda, tal como la ANSES, si lo hubiere, en forma indistinta; iii) A nombre del Beneficiario y a la orden del representan- te legal (tutor, curador, etc.) designado para el cobro de haberes ante el ente administrador de los pagos que corresponda, tal como la ANSES. A tal fin, se tendrá en cuenta la información que suminis- tre el administrador de los pagos que deberá contener, como mínimo, los siguientes datos: apellido/s y nombre/s completos; el número de CUIT o CUIL; el número de documento nacional de identidad, libreta de enrolamiento o libreta cívica del beneficiario; y la misma información del apoderado o representante legal, en caso de corresponder. En los casos en que un Beneficiario perciba más de un haber o prestación de la seguridad social -de acuerdo con los conceptos incluidos la cláusula 2 - Utilización, el Banco procederá a la apertura de una sola Cuenta de Seguridad Social para la acreditación de todos los beneficios. Una vez acreditados los fondos en la Cuenta Sueldo o en Cuenta de Seguridad Social, los Trabajadores, Bene- ficiarios, apoderados y/o representantes legales podrán optar por transferir sus haberes a otras cuentas (cuentas corrientes x xx xxxxx de ahorro) que expresamente indiquen y que hayan abierto por decisión propia, cualquiera sea la entidad, las que se regirán por las normas establecidas para las mencionadas cuentas.

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Samples: Términos Y Condiciones De Productos De Retail Banking, Términos Y Condiciones De Productos De Retail Banking

Titularidad. Las Cuenta Xxxxxx Cuentas con más de un titular podrán ser abiertas con carácter mancomunado (de manejo conjunto y) o solidario (de manejo indistinto y/o). Cualquiera de los titulares de una cuenta mancomunada (de manejo conjunto y) o solidario (de manejo indistinto y/o) podrá realizar todas y cada una de las operaciones propias de las Cuentas, para lo cual no será necesaria la autorización de los demás mancómunos. En caso de las Cuentas mancomunadas (de manejo conjunto y) no se abrirán entregará la tarjeta de débito electrónica (en pesos y adelante la Tarjeta) y, para ejercitar frente a nombre de cada Trabajador, de acuerdo con la información que éstos sumi- nistren y que deberá contener, como mínimo, apellido/s y nombre/s, XXXX y domicilio de cada trabajador. El Trabajador podrá designar a su cónyuge o conviviente, con unión convivencial inscripta o no, o a un familiar directo como cotitular de la cuenta, a fin de realizar los movi- mientos de fondos que se encuentren admitidos y demás operaciones que autorice el Trabajador expresamente. Las Cuenta de Seguridad Social estarán nominada en pesos y se abrirán en la sucursal o del Banco en la que el Beneficiario perciba Interbank cualquiera de los haberes derechos inherentes a las Cuentas, deberán intervenir todos los titulares en forma conjunta. Todos los titulares de las Cuentas, con carácter mancomunado (de manejo conjunto y) son responsables de sus propias deudas, hasta el monto proporcional que le corresponda en la cuenta. En el caso de titulares de Cuentas de carácter solidario (de manejo indistinto y/o), son solidariamente responsables entre sí frente a Interbank por el íntegro de cualquier saldo deudor que se derive de las Cuentas respectivas. De igual manera, los titulares de las Cuentas son acreedores solidarios del saldo acreedor. Las Cuentas que tengan como titular exclusivo a un menor de edad, o prestacio- nes mencionadas precedentemente según las siguientes alternativas: ise trate de una con carácter mancomunada (de manejo conjunto y) A nombre y a la orden del Beneficiario; ii) A nombre del Beneficiario y a la orden del Beneficiario y del apoderado designado para el cobro de haberes ante el ente administrador uno de los pagos que corres- ponda, tal como la ANSES, si lo hubiere, en forma indistinta; iii) A nombre del Beneficiario y a la orden del representan- te legal (tutor, curador, etc.) designado para el cobro titulares sea menor de haberes ante el ente administrador de los pagos que corresponda, tal como la ANSES. A tal fin, se tendrá en cuenta la información que suminis- tre el administrador de los pagos que deberá contener, como mínimoedad, los siguientes datos: apellido/s y nombre/s completos; el número de CUIT o CUIL; el número de documento nacional de identidad, libreta de enrolamiento o libreta cívica del beneficiario; y la misma información del apoderado o representante legal, en retiros únicamente podrán efectuarse con autorización judicial. En caso de corresponderanalfabetos o personas con discapacidad, los retiros que éstos efectúen requerirán de su huella digital, de ser el caso, y de la firma de un testigo que dé fe de la operación. En los casos en que un Beneficiario perciba más caso de un haber menores de edad, incapaces sujetos a curatela o prestación analfabetos no se generará la obligación de entrega de la seguridad social -de acuerdo con los conceptos incluidos la cláusula 2 - Utilización, el Banco procederá a la apertura de una sola Cuenta de Seguridad Social para la acreditación de todos los beneficios. Una vez acreditados los fondos en la Cuenta Sueldo o en Cuenta de Seguridad Social, los Trabajadores, Bene- ficiarios, apoderados y/o representantes legales podrán optar por transferir sus haberes a otras cuentas (cuentas corrientes x xx xxxxx de ahorro) que expresamente indiquen y que hayan abierto por decisión propia, cualquiera sea la entidad, las que se regirán por las normas establecidas para las mencionadas cuentasTarjeta.

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Samples: Contrato De Depósitos, Servicios Y Afiliación a La Banca Por Internet Para Empresas, Contrato De Depósitos, Servicios Y Afiliación a La Banca Por Internet

Titularidad. Las Cuenta Xxxxxx Cuentas con más de un titular podrán ser abiertas con carácter mancomunado indistinto (y/o) o mancomunado conjunto (y). Cualquiera de los titulares de una cuenta mancomunada indistinta (y/o) podrá realizar todas y cada una de las operaciones propias de las Cuentas, para lo cual no será necesaria la autorización de los demás mancómunos. En caso de las Cuentas mancomunadas (y) no se abrirán entregará la tarjeta de débito electrónica (en pesos y adelante la “Tarjeta”) y, para ejercitar frente a nombre de cada Trabajador, de acuerdo con la información que éstos sumi- nistren y que deberá contener, como mínimo, apellido/s y nombre/s, XXXX y domicilio de cada trabajador. El Trabajador podrá designar a su cónyuge o conviviente, con unión convivencial inscripta o no, o a un familiar directo como cotitular de la cuenta, a fin de realizar los movi- mientos de fondos que se encuentren admitidos y demás operaciones que autorice el Trabajador expresamente. Las Cuenta de Seguridad Social estarán nominada en pesos y se abrirán en la sucursal o del Banco en la que el Beneficiario perciba Interbank cualquiera de los haberes derechos inherentes a las Cuentas, deberán intervenir todos los titulares en forma conjunta. Todos los titulares de las Cuentas, tanto aquellas con carácter mancomunado indistinto (y/o), así como mancomunado conjunto (y), son solidariamente responsables entre sí frente a Interbank por el íntegro de cualquier saldo deudor que se derive de las Cuentas respectivas. De igual manera, los titulares de las Cuentas son acreedores solidarios del saldo acreedor. Las Cuentas que tengan como titular exclusivo a un menor de edad, o prestacio- nes mencionadas precedentemente según las siguientes alternativas: ise trate de una con carácter mancomunada conjunto (y) A nombre y a la orden del Beneficiario; ii) A nombre del Beneficiario y a la orden del Beneficiario y del apoderado designado para el cobro de haberes ante el ente administrador uno de los pagos que corres- ponda, tal como la ANSES, si lo hubiere, en forma indistinta; iii) A nombre del Beneficiario y a la orden del representan- te legal (tutor, curador, etc.) designado para el cobro titulares sea menor de haberes ante el ente administrador de los pagos que corresponda, tal como la ANSES. A tal fin, se tendrá en cuenta la información que suminis- tre el administrador de los pagos que deberá contener, como mínimoedad, los siguientes datos: apellido/s y nombre/s completos; el número de CUIT o CUIL; el número de documento nacional de identidad, libreta de enrolamiento o libreta cívica del beneficiario; y la misma información del apoderado o representante legal, en retiros únicamente podrán efectuarse con autorización judicial. En caso de corresponderanalfabetos o personas con discapacidad, los retiros que éstos efectúen requerirán de su huella digital, de ser el caso, y de la firma de un testigo que dé fe de la operación. En los casos en que un Beneficiario perciba más caso de un haber menores de edad, incapaces sujetos a curatela o prestación analfabetos no se generará la obligación de entrega de la seguridad social -de acuerdo con los conceptos incluidos la cláusula 2 - Utilización, el Banco procederá a la apertura de una sola Cuenta de Seguridad Social para la acreditación de todos los beneficios. Una vez acreditados los fondos en la Cuenta Sueldo o en Cuenta de Seguridad Social, los Trabajadores, Bene- ficiarios, apoderados y/o representantes legales podrán optar por transferir sus haberes a otras cuentas (cuentas corrientes x xx xxxxx de ahorro) que expresamente indiquen y que hayan abierto por decisión propia, cualquiera sea la entidad, las que se regirán por las normas establecidas para las mencionadas cuentasTarjeta.

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Samples: Bank Account Opening Agreement, Banking Agreement

Titularidad. Las Cuenta Xxxxxx a) El titular de la Póliza de Abono habrá de ser necesariamente el que lo sea de la relación jurídica de ocupación o propiedad del inmueble. Toda situación que no reúna esta condición se abrirán en pesos considerará fraudulenta y por tanto sujeta a suspensión del suministro, sin perjuicio de cualquier otra medida administrativa o judicial. El titular y a nombre los efectos oportunos deberá notificar a la compañía cualquier cambio de cada Trabajadordomicilio. b) El permiso del propietario de la finca es indispensable siempre que el inquilino o arrendatario de toda o parte de la misma quiera dotarla de agua del Servicio. Por ello el Servicio antes de aceptar un suministro y proceder a las operaciones inherentes al mismo, recabará la presentación de acuerdo con dicho permiso escrito. La autorización habrá de ser amplia, en el sentido de permitir al Servicio, tanto, la información que éstos sumi- nistren realización en el inmueble o local afectados de los trabajos necesarios para la instalación de la acometida y que deberá contenercontadores, como mínimolas visitas de inspección que previene la presente Póliza. La obtención del permiso aludido incumbe exclusivamente al inquilino o arrendatario del inmueble o local a suministrar. A este fin el Servicio facilitará al que solicite el suministro una minuta de autorización para que la someta a la aprobación y firma del propietario y la devuelva suscrita por éste. c) El permiso con que el propietario autoriza al inquilino o arrendatario a la contratación del suministro, apellido/s y nombre/s, XXXX y domicilio no exime a aquél de cada trabajador. El Trabajador podrá designar a su cónyuge o conviviente, con unión convivencial inscripta o no, o a un familiar directo como cotitular responder de la cuenta, a fin de realizar los movi- mientos de fondos cualquier deuda que se encuentren admitidos y demás operaciones que autorice produzca con el Trabajador expresamente. Las Cuenta de Seguridad Social estarán nominada en pesos y se abrirán en la sucursal o del Banco en la que el Beneficiario perciba cualquiera de los haberes o prestacio- nes mencionadas precedentemente según las siguientes alternativas: i) A nombre y a la orden del Beneficiario; ii) A nombre del Beneficiario y a la orden del Beneficiario y del apoderado designado para el cobro de haberes ante el ente administrador de los pagos que corres- ponda, tal como la ANSES, si lo hubiere, en forma indistinta; iii) A nombre del Beneficiario y a la orden del representan- te legal (tutor, curador, etc.) designado para el cobro de haberes ante el ente administrador de los pagos que corresponda, tal como la ANSES. A tal fin, se tendrá en cuenta la información que suminis- tre el administrador de los pagos que deberá contenerServicio, como mínimo, los siguientes datos: apellido/s y nombre/s completos; el número consecuencia del inquilinato o arrendamiento del inmueble. d) Es requisito imprescindible para suscribir esta póliza estar al corriente de CUIT o CUIL; el número pago de documento nacional de identidad, libreta de enrolamiento o libreta cívica del beneficiario; y la misma información del apoderado o representante legal, en caso de corresponder. En los casos en que un Beneficiario perciba más de un haber o prestación de la seguridad social -de acuerdo cualquier otra suscrita con los conceptos incluidos la cláusula 2 - Utilización, el Banco procederá a la apertura de una sola Cuenta de Seguridad Social para la acreditación de todos los beneficios. Una vez acreditados los fondos en la Cuenta Sueldo o en Cuenta de Seguridad Social, los Trabajadores, Bene- ficiarios, apoderados y/o representantes legales podrán optar por transferir sus haberes a otras cuentas (cuentas corrientes x xx xxxxx de ahorro) que expresamente indiquen y que hayan abierto por decisión propia, cualquiera sea la entidad, las que se regirán por las normas establecidas para las mencionadas cuentasanterioridad.

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Samples: Contrato De Suministro De Agua

Titularidad. Las Cuenta Xxxxxx se abrirán en pesos El Cliente es titular de las Cuentas. Aquellas Cuentas con más de un titular podrán ser abiertas con carácter 1) solidario o indistinto (y/o) o 2) mancomunado o conjunto (y). Cualquiera de los titulares de una cuenta solidarias o indistintas (y/o) podrá realizar todas y a nombre cada una de cada Trabajadorlas operaciones propias de las Cuentas, de acuerdo con la información que éstos sumi- nistren y que deberá contener, como mínimo, apellido/s y nombre/s, XXXX y domicilio de cada trabajador. El Trabajador podrá designar a su cónyuge o conviviente, con unión convivencial inscripta o no, o a un familiar directo como cotitular sin necesidad de la cuentaautorización de los demás títulares. En caso de las Cuentas mancomunadas o conjuntas (y), deberán intervenir frente a fin Interbank todos los titulares en forma conjunta para ejercitar cualquiera de realizar las operaciones inherentes a las Cuentas, y no se entregará la tarjeta de débito (en adelante la “Tarjeta”). En caso el titular sea menor de edad o la titularidad se dé entre padre, madre y/o tutor legal (en adelante, cualquiera de ellos, Representante) junto con el menor de edad bajo su cuidado, la comunicación sobre cualquier aspecto de la cuenta solo se realizará al Representante que firme los movi- mientos de fondos que se encuentren admitidos y demás operaciones que autorice el Trabajador expresamentedocumentos contractuales. Las Cuenta de Seguridad Social estarán nominada en pesos y se abrirán en la sucursal En las cuentas solidarias o del Banco en la que el Beneficiario perciba indistintas (y/o), Interbank podrá, pero no estará obligado a, comunicar a cualquiera de los haberes o prestacio- nes mencionadas precedentemente según titulares de las siguientes alternativas: i) A nombre y a la orden Cuentas, cuando por circunstancias del Beneficiario; ii) A nombre del Beneficiario y a la orden del Beneficiario y del apoderado designado para el cobro de haberes ante el ente administrador de los pagos que corres- ponda, tal como la ANSES, si lo hubiere, en forma indistinta; iii) A nombre del Beneficiario y a la orden del representan- te legal (tutor, curador, etc.) designado para el cobro de haberes ante el ente administrador de los pagos que corresponda, tal como la ANSEScontexto amerite una comunicación. A tal fin, se tendrá en cuenta la información que suminis- tre el administrador de los pagos que deberá contener, como mínimo, los siguientes datos: apellido/s y nombre/s completos; el número de CUIT o CUIL; el número de documento nacional de identidad, libreta de enrolamiento o libreta cívica del beneficiario; y la misma información del apoderado o representante legal, en caso de corresponder. En los casos en que un Beneficiario perciba Cuando haya más de un haber titular, Interbank podrá empezar por comunicar al registrado como primer titular, y de no poder contactarlo al siguiente señalado en la Solicitud. En caso exista un titular menor de edad, será notificado su Representante. Cuando se trate de cuentas solidarias o prestación indistintas, todos los titulares de las mismas, son solidariamente responsables entre sí frente a Interbank por el íntegro de cualquier saldo deudor que se derive de las Cuentas respectivas. De igual manera, todos los titulares de las Cuentas son acreedores solidarios del saldo acreedor. Cuando una Cuenta Mancomunada conjunto (y), donde uno de los titulares sea menor de edad, los retiros únicamente podrán efectuarse con autorización judicial, salvo se acredite que los fondos retirados no provienen de bienes del titular menor de edad. En caso de analfabetos, los retiros que éstos efectúen en Tiendas Financieras requerirán de su huella digital; en el caso de personas con discapacidad, se podrá requerir tanto de la seguridad social -de acuerdo huella digital como de la firma manuscrita, de ser el caso. Tanto para analfabetos como para personas con los conceptos incluidos discapacidad se requiere de la cláusula 2 - Utilización, el Banco procederá firma de un testigo que de fe de la operación. En caso de titulares incapaces sujetos a curatela o analfabetos no se generará la apertura obligación de una sola Cuenta entrega de Seguridad Social para la acreditación Tarjeta por parte de todos los beneficios. Una vez acreditados los fondos en la Cuenta Sueldo o en Cuenta de Seguridad Social, los Trabajadores, Bene- ficiarios, apoderados y/o representantes legales podrán optar por transferir sus haberes a otras cuentas (cuentas corrientes x xx xxxxx de ahorro) que expresamente indiquen y que hayan abierto por decisión propia, cualquiera sea la entidad, las que se regirán por las normas establecidas para las mencionadas cuentasInterbank.

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Samples: Contrato De Depósitos

Titularidad. Las Cuenta Xxxxxx se abrirán Este servicio te permite abrir cuentas corrientes en pesos y a nombre de cada Trabajadorguaraníes y/o moneda extranjera, de acuerdo con la información titularidad que éstos sumi- nistren se indica en la solicitud, bajo las normas, condiciones o reglamentaciones establecidas en la ley, por el Banco Central del Paraguay y por el Banco. 4.2. La apertura de la cuenta corriente se considerará provisoriamente autorizada con el depósito inicial exigido por el Banco, reservándose el Banco el derecho de confirmar la apertura de la cuenta. 4.3. Los fondos depositados en tu cuenta corriente no gozarán de interés alguno, salvo acuerdo expreso y siempre que deberá contenerlas reglamentaciones bancarias lo permitan.- 4.4. En las relaciones entre el Banco y vos, como mínimono será aplicable lo dispuesto en el artículo 891 inc. b, apellido/s y nombre/sc, XXXX y domicilio h, del Código Civil, referente a las reglas del mandato. 4.5. Del cierre de cada trabajadorla cuenta. El Trabajador podrá designar a su cónyuge o conviviente, con unión convivencial inscripta o no, o a un familiar directo como cotitular Banco y vos podrán proceder en cualquier momento al cierre de la cuenta, a fin sin necesidad de realizar consentimiento de la otra parte, ni aviso previo en caso de interdicción, inhabilitación, insolvencia o muerte de una de las partes o sin necesidad de invocar motivo alguno. Se considerará en todos los movi- mientos casos que se ha producido la insolvencia, en el caso que hubieses girado sin suficiente provisión de fondos sin la autorización previa del banco. En todos los casos para el ejercicio de este derecho, se deberá notificar por escrito a la otra parte con por lo menos treinta días de antelación. 4.6. Como cliente no puedes librar cheques en monedas que no sean del curso legal ni en un idioma distinto a aquel en que el mismo esté impreso. 4.7. No podes librar cheques sin fondos suficientemente acreditados o sin un límite de crédito para girar en descubierto. 4.8. En caso de que gires cheques sin tener suficiente provisión de fondos en tu cuenta corriente y el Banco realice el pago de dicho cheque; deberás cubrir el sobregiro dentro del plazo de 48 horas, y deberás abonar el interés compensatorio o en su caso el interés moratorio y punitorio, además de las comisiones, impuestos o cualquier cargo relacionado con el sobregiro. 4.9. Sobregiros. En el caso de sobregiro en la cuenta corriente, el Banco por medio de éste contrato queda autorizado pero no obligado a debitar de cualquier otra cuenta corriente y/o de ahorro a la vista que tengas en el Banco ya sea en forma individual, conjunta y/o indistinta. El Banco se reserva el derecho de compensar el saldo acreedor o deudor de tu cuenta corriente, con los saldos deudores o acreedores que pudieras tener. El Banco tendrá el derecho de aplicarte alguna sanción por girar en descubierto (emisión de cheques sin fondos), disponer y cancelar tu cuenta corriente con la prohibición de operar en los distintos bancos del país, como así también, aplicar otras sanciones previstas en la normativa vigente, o proceder al cobro de cargo o comisiones por emisión de cheques sin fondos. En estos casos, tornará improcedente cualquier reclamo o acción que quieras ejercer contra el Banco por la indemnización de daños y perjuicios. 4.10. En el caso de que el Banco conceda una línea de sobregiro a tu favor, únicamente vas a poder girar en descubierto en tu cuenta corriente hasta el límite de la línea de sobregiro que se encuentren admitidos te otorga. El monto de la línea de sobregiro, el plazo y demás operaciones las condiciones adicionales, serán establecidos por el Banco. El Banco analizará la concesión o rechazo de la solicitud de línea de crédito. La línea de sobregiro generará intereses y costos administrativos a ser establecidos por el Banco. El Banco podrá suspender o revocar inmediatamente la línea de crédito de sobregiro sobre cuentas corrientes que autorice se te ha concedido y a exigirte el Trabajador expresamente. Las Cuenta reintegro del monto adeudado dentro de Seguridad Social estarán nominada las cuarenta y ocho horas de la suspensión o revocación de la misma, en pesos los siguientes casos: a) Si llegas a contraer cualquier obligación con el Banco, sea en forma conjunta, indistinta y/o individualmente, y se abrirán la misma quedara impaga a su vencimiento; b) Si el Banco llegare a tener noticia de la inhibición, embargo, concurso de acreedores, quiebra, rechazo de cheque por falta de fondos o cualquier hecho o circunstancia que pudiera disminuir su confianza hacia vos; o c) Si llegas a incurrir en la sucursal o hechos que a criterio del Banco en la que el Beneficiario perciba implique una disminución de tu solvencia económica. 4.11. En cualquiera de los haberes o prestacio- nes mencionadas precedentemente según las siguientes alternativas: i) A nombre y a la orden del Beneficiario; ii) A nombre del Beneficiario y a la orden del Beneficiario y del apoderado designado para el cobro de haberes ante el ente administrador de casos, los pagos que corres- ponda, tal como la ANSES, si lo hubiere, en forma indistinta; iii) A nombre del Beneficiario y a la orden del representan- te legal (tutor, curador, etc.) designado para el cobro de haberes ante el ente administrador de los pagos que corresponda, tal como la ANSES. A tal finrealices por sobregiros, se tendrá en cuenta la información que suminis- tre el administrador aplicará primeramente a los intereses y luego al capital. 4.12. Por medio de los pagos que deberá contener, como mínimo, los siguientes datos: apellido/s y nombre/s completos; el número de CUIT o CUIL; el número de documento nacional de identidad, libreta de enrolamiento o libreta cívica del beneficiario; y la misma información del apoderado o representante legal, en caso de corresponder. En los casos en que un Beneficiario perciba más de un haber o prestación de la seguridad social -de acuerdo con los conceptos incluidos la cláusula 2 - Utilizacióneste contrato, el Banco procederá tiene derecho a la apertura de una sola Cuenta de Seguridad Social para la acreditación de todos los beneficios. Una vez acreditados los fondos en la Cuenta Sueldo percibir comisiones o en Cuenta de Seguridad Socialcargos por este servicio, los Trabajadores, Bene- ficiarios, apoderados y/o representantes legales podrán optar por transferir sus haberes a otras cuentas (cuentas corrientes x xx xxxxx que serán debitados de ahorro) que expresamente indiquen y que hayan abierto por decisión propia, cualquiera sea la entidad, las que se regirán por las normas establecidas para las mencionadas cuentastu cuenta corriente.

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Samples: Contrato Único De Servicios Bancarios