VALORES GARANTIZADOS. Antes del otorgamiento de las coberturas de la presente póliza de seguro o rechazo de la solicitud de cobertura, de ser el caso, el Contratante podrá hacer uso de cualquiera de las opciones indicadas en los siguientes valores garantizados, correspondientes al período transcurrido de vigencia de la póliza: a) Ejercicio del derecho de reducción.- Una vez transcurrido el periodo de vigencia de dos (2) años, la falta de pago de la prima produce la reducción del seguro conforme a la tabla de determinación de valores contenida en las Condiciones Particulares. La reducción del seguro se produce también cuando lo solicite el Contratante, siempre que haya transcurrido el periodo de dos (2) años de vigencia de la póliza. En ambos supuestos, el Contratante puede ejercer cualquiera de estas opciones: - Reducción de la suma asegurada (seguro saldado).- Opción por la cual la presente póliza, sin pago posterior de prima, se convierte en un seguro de igual cobertura pero de capital reducido, determinado de acuerdo al cuadro de Valores Garantizados contenido en las Condiciones Particulares. Esta opción no podrá ser ejercida si hubiera algún préstamo pendiente de pago. - Reducción del plazo contratado (seguro prorrogado).- Opción por la cual se reduce el plazo de vigencia de la presente póliza de acuerdo al cuadro de valores garantizados contenido en las Condiciones Particulares, sin pago posterior de prima y por el capital asegurado inicial. En caso que el Asegurado sobreviva al plazo reducido que se menciona precedentemente, éste recibirá la suma asegurada que se indica como capital diferido en el mismo cuadro de valores garantizados. Esta opción no se podrá ejercer si hubiera un préstamo vigente. El Contratante tiene derecho a la rehabilitación de la póliza en cualquier momento antes de la ocurrencia de un siniestro, debiendo para ello cumplir con pagar la fracción de la prima vencida equivalente al diferencial de reserva matemática existente entre la provisión actual del seguro saldado y aquella calculada con la suma asegurada inicial. b) Ejercicio del derecho xx xxxxxxxx.- Una vez transcurrido las dos (2) primeras anualidades de la prima, el contratante puede obtener préstamos por cantidades que en su totalidad no excedan al valor de rescate que corresponde según el cuadro de valores garantizados, que está contenido en las Condiciones Particulares de esta póliza, y sujeto a las siguientes condiciones: - Que esta póliza no haya sido objeto de una reducción del seguro, en la suma asegurada o en el plazo contratado. - Que al efectuarse el préstamo se cubra cualquier deuda anterior originada en la presente póliza que el Contratante tuviere con la Aseguradora. - El préstamo se reajusta en los mismos plazos, términos y condiciones que el capital asegurado y quedará sujeto al interés y demás condiciones que se pacten en el respectivo contrato de mutuo. - Durante la vigencia de esta póliza, la Aseguradora sólo exigirá el pago de los intereses generados por el préstamo. Sin embargo, el Contratante podrá devolver el capital xxx xxxxxxxx total o parcialmente en cualquier momento. - Cabe precisar que lo adeudado por concepto xx xxxxxxxx será deducido de la indemnización que la Aseguradora deba pagar en virtud a esta póliza ante la ocurrencia de un siniestro amparado por su cobertura. c) Ejercicio del derecho de rescate.- Una vez transcurrido las dos (2) primeras anualidades de la prima, el contratante podrá cancelar la presente póliza y obtener de forma anticipada el monto indicado en el cuadro de valores garantizados establecido en las condiciones particulares y que forman parte de la presente póliza, previa deducción de cualquier deuda que el Contratante tuviera con la Aseguradora con respecto a esta póliza, cesando en este caso toda obligación posterior de parte de la Aseguradora, por término del contrato. Esta opción no podrá ejercitarse si la póliza estuviere convertida en un seguro reducido. En caso que ante la falta de pago de la prima, el seguro no pueda ser reducido en los términos señalados en el literal a) debido a que existe un préstamos pendiente de ser devuelto a la Aseguradora, ésta podrá optar por seguir los procedimientos de suspensión y resolución o extinción de la póliza de seguro, conforme a lo señalado en el numeral 7 del presente condicionado general. Para el ejercicio de los derechos señalados en los literales precedentes, el Contratante deberá realizar presencialmente su solicitud en las oficinas de la Aseguradora, debiendo para ello, presentar copia simple de su documento de identidad. La Aseguradora dará respuesta al Contratante en un plazo máximo de 30 días calendarios.
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Samples: Vida Positiva Jubilación Privada
VALORES GARANTIZADOS. Antes del otorgamiento de las coberturas Son los distintos usos que se le pueden dar a la parte de la presente póliza reserva a la que tiene derecho el asegurado. El monto de seguro o rechazo estos valores depende del plan contratado, la edad del asegurado y el número de años xx xxxxxx pagadas. Después de que el asegurado haya cubierto las primas correspondientes y que haya transcurrido el número de años mínimo indicado en la solicitud Tabla de cobertura, de ser el casoValores Garantizados respectiva, el Contratante asegurado podrá hacer uso de cualquiera alguno de los derechos que se describen posteriormente. Sin perjuicio de las opciones indicadas en condiciones establecidas de cada Valor Garantizado el asegurado deberá solicitar por escrito dentro de los 30 días siguientes valores garantizados, correspondientes al período transcurrido de vigencia vencimiento de la prima no pagada, la opción escogida remitiendo esta póliza para su anotación, en cuyo caso quedarán automáticamente cancelados los beneficios y cláusulas adicionales a esta póliza:.
a) Ejercicio del derecho de reducción.- Una vez transcurrido el periodo de vigencia de dos (2) añosSeguro Saldado.- El asegurado podrá convertir su plan en vigor, la falta de pago de la prima produce la reducción del seguro conforme mediante comunicación por escrito a la tabla de determinación de valores contenida en las Condiciones Particulares. La reducción del seguro se produce también cuando lo solicite el ContratanteCompañía, siempre que haya transcurrido el periodo de dos (2) años de vigencia de la póliza. En ambos supuestosa Seguro Saldado, el Contratante puede ejercer cualquiera de estas opciones: - Reducción de cual mantiene este plan en vigor sin más pago xx xxxxxx, por la suma asegurada (seguro saldado).- Opción por y la cual duración que se especifican en la presente póliza, sin pago posterior de prima, se convierte en un seguro de igual cobertura pero de capital reducido, determinado de acuerdo al cuadro Tabla de Valores Garantizados contenido en las Condiciones Particulares. Esta opción no podrá ser ejercida si hubiera algún préstamo pendiente de pago. - Reducción del plazo contratado (seguro prorrogado).- Opción por la cual se reduce el plazo de vigencia de la presente póliza correspondiente, de acuerdo a la edad de ingreso al cuadro plan y al número de valores garantizados contenido en las Condiciones Particulares, sin pago posterior de prima y por el capital asegurado inicial. En caso años que el Asegurado sobreviva plan haya estado en vigor, por lo que al plazo reducido que ocurrir el fallecimiento del asegurado se menciona precedentemente, éste recibirá pagará la suma asegurada que se indica como capital diferido determine con base en el mismo cuadro de valores garantizadosesta opción. Esta opción no se podrá ejercer si hubiera un préstamo vigente. El Contratante tiene derecho a la rehabilitación de la póliza en cualquier momento antes de la ocurrencia de un siniestro, debiendo para ello cumplir con pagar la fracción de la prima vencida equivalente al diferencial de reserva matemática existente entre la provisión actual del seguro saldado y aquella calculada con la suma asegurada inicialTodos los beneficios adicionales contratados quedarán automáticamente sin efecto.
b) Ejercicio del derecho xx xxxxxxxx.- Una vez transcurrido las dos (2) primeras anualidades de la primaSeguro Prorrogado. - El asegurado podrá convertir su plan en vigor, mediante comunicación por escrito a La Compañía, a Seguro Prorrogado, el contratante puede obtener préstamos por cantidades que en su totalidad no excedan al valor de rescate que corresponde según el cuadro de valores garantizados, que está contenido en las Condiciones Particulares de esta póliza, y sujeto a las siguientes condiciones: - Que esta póliza no haya sido objeto de una reducción del seguro, en cual mantiene la suma asegurada o alcanzada vigente en el plazo contratado. - Que al efectuarse momento de la conversión, sólo por la cobertura de fallecimiento, por el préstamo se cubra cualquier deuda anterior originada periodo de tiempo especificado en la presente póliza tabla de Valores Garantizados correspondiente sin más pago xx xxxxxx, de acuerdo a la edad de ingreso al plan y del tiempo que el Contratante tuviere con la Aseguradorahaya estado en vigor. - El préstamo se reajusta en Todos los mismos plazos, términos y condiciones que el capital asegurado y quedará sujeto al interés y demás condiciones que se pacten en el respectivo contrato de mutuo. - Durante la vigencia de esta póliza, la Aseguradora sólo exigirá el pago de los intereses generados por el préstamo. Sin embargo, el Contratante podrá devolver el capital xxx xxxxxxxx total o parcialmente en cualquier momento. - Cabe precisar que lo adeudado por concepto xx xxxxxxxx será deducido de la indemnización que la Aseguradora deba pagar en virtud a esta póliza ante la ocurrencia de un siniestro amparado por su coberturabeneficios adicionales contratados quedarán automáticamente sin efecto.
c) Ejercicio del derecho Rescate. - El Contratante podrá obtener como Rescate de rescate.- Una vez transcurrido las dos (2) primeras anualidades este plan, el importe que se indica en la tabla de Valores Garantizados correspondiente de acuerdo a la edad de ingreso al seguro y al número xx xxxxxx anuales pagadas. Para conceder el rescate en una fecha que no coincida con el aniversario de la primapóliza, el contratante podrá cancelar valor se determinará deduciendo intereses por el tiempo que falte por completar el año póliza a la presente póliza y obtener tasa de forma anticipada el monto indicado en el cuadro de valores garantizados establecido en las condiciones particulares y que forman parte de la presente póliza, previa deducción de cualquier deuda que el Contratante tuviera con la Aseguradora con respecto a esta póliza, cesando en este caso toda obligación posterior de parte de la Aseguradora, por término del contrato. Esta opción no podrá ejercitarse si la póliza estuviere convertida en un seguro reducido. En caso que interés técnica registrada ante la falta Comisión Nacional de pago de la prima, el seguro no pueda ser reducido en los términos señalados en el literal a) debido a que existe un préstamos pendiente de ser devuelto a la Aseguradora, ésta podrá optar por seguir los procedimientos de suspensión Seguros y resolución o extinción de la póliza de seguro, conforme a lo señalado en el numeral 7 del presente condicionado general. Para el ejercicio de los derechos señalados en los literales precedentes, el Contratante deberá realizar presencialmente su solicitud en las oficinas de la Aseguradora, debiendo para ello, presentar copia simple de su documento de identidad. La Aseguradora dará respuesta al Contratante en un plazo máximo de 30 días calendariosFianzas.
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Samples: Condiciones Generales Del Seguro
VALORES GARANTIZADOS. Antes del otorgamiento Siempre que el Contratante se encuentre al día en el pago de las coberturas de la presente póliza de seguro o rechazo de la solicitud de cobertura, de ser el casoprimas del seguro, el Contratante podrá hacer uso de cualquiera de las opciones indicadas en los siguientes valores garantizados, correspondientes al período transcurrido de vigencia de la póliza:
a) Ejercicio del derecho de reducción.- Una vez transcurrido el periodo período de vigencia de dos (2) años, la falta de pago de la prima produce la reducción del seguro conforme a la tabla de determinación de valores contenida en las Condiciones Particulares. La reducción del seguro se produce también cuando lo solicite el Contratante, siempre que haya transcurrido el periodo de dos (2) años de vigencia de la póliza. En ambos supuestos, el Contratante puede ejercer cualquiera de estas opciones: - Reducción de la suma asegurada (seguro saldado).- Opción por la cual la presente póliza, sin pago posterior de prima, se convierte en un seguro de igual cobertura pero de capital reducido, determinado de acuerdo al cuadro de Valores Garantizados contenido en las Condiciones Particulares. Esta opción no podrá ser ejercida si hubiera algún préstamo pendiente de pago. - Reducción del plazo contratado (seguro prorrogado).- Opción por la cual se reduce el plazo de vigencia de la presente póliza de acuerdo al cuadro de valores garantizados contenido en las Condiciones Particulares, sin pago posterior de prima y por el capital asegurado inicial. En caso que el Asegurado sobreviva al plazo reducido que se menciona precedentemente, éste recibirá la suma asegurada que se indica como capital diferido en el mismo cuadro de valores garantizados. Esta opción no se podrá ejercer si hubiera un préstamo vigente. El Contratante tiene derecho a la rehabilitación de la póliza en cualquier momento antes de la ocurrencia de un siniestro, debiendo para ello cumplir con pagar la fracción de la prima vencida equivalente al diferencial de reserva matemática existente entre la provisión actual del seguro saldado y aquella calculada con la suma asegurada inicial.
b) Ejercicio del derecho xx xxxxxxxx.- Una vez transcurrido pagadas las dos (2) primeras anualidades de la prima, el contratante Contratante puede obtener préstamos por cantidades que en su totalidad no excedan al valor de rescate que corresponde según el cuadro de valores garantizados, que está contenido en las Condiciones Particulares de esta póliza, y sujeto a las siguientes condiciones: - Que esta póliza no haya sido objeto de una reducción del seguro, en la suma asegurada o en el plazo contratado. - Que al efectuarse el préstamo se cubra cualquier deuda anterior originada en la presente póliza que el Contratante tuviere con la Aseguradora. - El préstamo se reajusta en los mismos plazos, términos y condiciones que el capital asegurado y quedará sujeto al interés y demás condiciones que se pacten en el respectivo contrato de mutuo. - Durante la vigencia de esta póliza, la Aseguradora sólo exigirá el pago de los intereses generados por el préstamo. Sin embargo, el Contratante podrá devolver el capital xxx xxxxxxxx total o parcialmente en cualquier momento. - Cabe precisar que lo adeudado por concepto xx xxxxxxxx será deducido de la indemnización que la Aseguradora deba pagar en virtud a esta póliza ante la ocurrencia de un siniestro amparado por su cobertura.
c) Ejercicio del derecho de rescate.- Una vez transcurrido pagadas las dos (2) primeras anualidades de la prima, el contratante Contratante podrá cancelar la presente póliza y obtener de forma anticipada póliza, obteniendo con ello el monto indicado que se señala en el cuadro de valores garantizados establecido contenido en las condiciones particulares y que forman parte de la presente pólizaparticulares, previa deducción de cualquier deuda que el Contratante tuviera con la Aseguradora con respecto a esta póliza, cesando en este caso toda obligación posterior de parte de la Aseguradora, por término del contrato. Esta opción no podrá ejercitarse si la póliza estuviere convertida en un seguro reducido. En caso que ante la falta de pago de la prima, el seguro no pueda ser reducido en los términos señalados en el literal a) debido a que existe un préstamos pendiente pendientes de ser devuelto cancelados a la Aseguradora, ésta podrá optar por seguir los procedimientos de suspensión y resolución se efectuará su rescate descontando toda suma que el Asegurado adeude en razón xxx xxxxxxxx, la prima o extinción de la póliza de seguro, conforme a lo señalado en el numeral 7 del presente condicionado general. Para el ejercicio de los derechos señalados en los literales precedentes, el Contratante deberá realizar presencialmente su solicitud en las oficinas de la Aseguradora, debiendo para ello, presentar copia simple de su documento de identidad. La Aseguradora dará respuesta al Contratante en un plazo máximo de 30 días calendarioscualquier otra causa.
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Samples: Insurance Policy
VALORES GARANTIZADOS. Antes Siempre que se encuentre al día en el pago de las primas del seguro, y antes del otorgamiento de las coberturas de la presente póliza de seguro o rechazo de la solicitud de cobertura, de ser el caso, el Contratante podrá hacer uso de cualquiera de las opciones indicadas en los siguientes valores garantizados, correspondientes al período transcurrido de vigencia de la póliza:
a) Ejercicio del derecho de reducción.- Una vez transcurrido el periodo de vigencia de dos (2) años, la falta de pago de la prima produce la reducción del seguro conforme a la tabla de determinación de valores contenida en las Condiciones Particulares. La reducción del seguro se produce también cuando lo solicite el Contratante, siempre que haya transcurrido el periodo de dos (2) años de vigencia de la póliza. En ambos supuestos, el Contratante puede ejercer cualquiera de estas opciones: - Reducción de la suma asegurada (seguro saldado).- Opción por la cual la presente póliza, sin pago posterior de prima, se convierte en un seguro de igual cobertura pero de capital reducido, determinado de acuerdo al cuadro de Valores Garantizados contenido en las Condiciones Particulares. Esta opción no podrá ser ejercida si hubiera algún préstamo pendiente de pago. - Reducción del plazo contratado (seguro prorrogado).- Opción por la cual se reduce el plazo de vigencia de la presente póliza de acuerdo al cuadro de valores garantizados contenido en las Condiciones Particulares, sin pago posterior de prima y por el capital asegurado inicial. En caso que el Asegurado sobreviva al plazo reducido que se menciona precedentemente, éste recibirá la suma asegurada que se indica como capital diferido en el mismo cuadro de valores garantizados. Esta opción no se podrá ejercer si hubiera un préstamo vigente. El Contratante tiene derecho a la rehabilitación de la póliza en cualquier momento antes de la ocurrencia de un siniestro, debiendo para ello cumplir con pagar la fracción de la prima vencida equivalente al diferencial de reserva matemática existente entre la provisión actual del seguro saldado y aquella calculada con la suma asegurada inicial.
b) Ejercicio del derecho xx xxxxxxxx.- Una vez transcurrido las dos (2) primeras anualidades de la prima, el contratante puede obtener préstamos por cantidades que en su totalidad no excedan al valor de rescate que corresponde según el cuadro de valores garantizados, que está contenido en las Condiciones Particulares de esta póliza, y sujeto a las siguientes condiciones: - Que esta póliza no haya sido objeto de una reducción del seguro, en la suma asegurada o en el plazo contratado. - Que al efectuarse el préstamo se cubra cualquier deuda anterior originada en la presente póliza que el Contratante tuviere con la Aseguradora. - El préstamo se reajusta en los mismos plazos, términos y condiciones que el capital asegurado y quedará sujeto al interés y demás condiciones que se pacten en el respectivo contrato de mutuo. - Durante la vigencia de esta póliza, la Aseguradora sólo exigirá el pago de los intereses generados por el préstamo. Sin embargo, el Contratante podrá devolver el capital xxx xxxxxxxx total o parcialmente en cualquier momento. - Cabe precisar que lo adeudado por concepto xx xxxxxxxx será deducido de la indemnización que la Aseguradora deba pagar en virtud a esta póliza ante la ocurrencia de un siniestro amparado por su cobertura.
c) Ejercicio del derecho de rescate.- Una vez transcurrido las dos (2) primeras anualidades de la prima, el contratante podrá cancelar la presente póliza y obtener de forma anticipada el monto indicado en el cuadro de valores garantizados establecido en las condiciones particulares y que forman parte de la presente póliza, previa deducción de cualquier deuda que el Contratante tuviera con la Aseguradora con respecto a esta póliza, cesando en este caso toda obligación posterior de parte de la Aseguradora, por término del contrato. Esta opción no podrá ejercitarse si la póliza estuviere convertida en un seguro reducido. En caso que ante la falta de pago de la prima, el seguro no pueda ser reducido en los términos señalados en el literal a) debido a que existe un préstamos pendiente pendientes de ser devuelto devueltos a la Aseguradora, ésta podrá optar por seguir los procedimientos de suspensión y resolución o extinción de la póliza de seguro, conforme a lo señalado en el numeral 7 del presente condicionado general. Para el ejercicio de los derechos señalados en los literales precedentes, el Contratante deberá realizar presencialmente su solicitud en las oficinas de la Aseguradora, debiendo para ello, presentar copia simple de su documento de identidad. La Aseguradora dará respuesta al Contratante en un plazo máximo de 30 días calendarios.
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Samples: Insurance Policy
VALORES GARANTIZADOS. Antes del otorgamiento Siempre que el Contratante se encuentre al día en el pago de las coberturas de la presente póliza de seguro o rechazo de la solicitud de coberturaprimas del seguro, de ser el caso, el Contratante podrá hacer uso de cualquiera de las opciones indicadas en los siguientes valores garantizados, correspondientes al período transcurrido de vigencia de la póliza:
a) Ejercicio del derecho de reducción.- Una vez transcurrido el periodo de vigencia de dos (2) años, la falta de pago de la prima produce la reducción del seguro conforme a la tabla de determinación de valores contenida en las Condiciones Particulares. La reducción del seguro se produce también cuando lo solicite el Contratante, siempre que haya transcurrido el periodo de dos (2) años de vigencia de la póliza. En ambos supuestos, el Contratante puede ejercer cualquiera de estas opciones: - Reducción de la suma asegurada (seguro saldado).- Opción por la cual la presente póliza, sin pago posterior de prima, se convierte en un seguro de igual cobertura pero de capital reducido, determinado de acuerdo al cuadro de Valores Garantizados contenido en las Condiciones Particulares. Esta opción no podrá ser ejercida si hubiera algún préstamo pendiente de pago. - Reducción del plazo contratado (seguro prorrogado).- Opción por la cual se reduce el plazo de vigencia de la presente póliza de acuerdo al cuadro de valores garantizados contenido en las Condiciones Particulares, sin pago posterior de prima y por el capital asegurado inicial. En caso que el Asegurado sobreviva al plazo reducido que se menciona precedentemente, éste recibirá la suma asegurada que se indica como capital diferido en el mismo cuadro de valores garantizados. Esta opción no se podrá ejercer si hubiera un préstamo vigente. El Contratante tiene derecho a la rehabilitación de la póliza en cualquier momento antes de la ocurrencia de un siniestro, debiendo para ello cumplir con pagar la fracción de la prima vencida equivalente al diferencial de reserva matemática existente entre la provisión actual del seguro saldado y aquella calculada con la suma asegurada inicial.
b) Ejercicio del derecho xx xxxxxxxx.- Una vez transcurrido las dos (2) primeras anualidades de la prima, el contratante puede obtener préstamos por cantidades que en su totalidad no excedan al valor de rescate que corresponde según el cuadro de valores garantizados, que está contenido en las Condiciones Particulares de esta póliza, y sujeto a las siguientes condiciones: - Que esta póliza no haya sido objeto de una reducción del seguro, en la suma asegurada o en el plazo contratado. - Que al efectuarse el préstamo se cubra cualquier deuda anterior originada en la presente póliza que el Contratante tuviere con la Aseguradora. - El préstamo se reajusta en los mismos plazos, términos y condiciones que el capital asegurado y quedará sujeto al interés y demás condiciones que se pacten en el respectivo contrato de mutuo. - Durante la vigencia de esta póliza, la Aseguradora sólo exigirá el pago de los intereses generados por el préstamo. Sin embargo, el Contratante podrá devolver el capital xxx xxxxxxxx total o parcialmente en cualquier momento. - Cabe precisar que lo adeudado por concepto xx xxxxxxxx será deducido de la indemnización que la Aseguradora deba pagar en virtud a esta póliza ante la ocurrencia de un siniestro amparado por su cobertura.
c) Ejercicio del derecho de rescate.- Una vez transcurrido las dos (2) primeras anualidades de la prima, el contratante podrá cancelar la presente póliza y obtener en un monto determinado de forma anticipada el monto indicado en el acuerdo al cuadro de valores garantizados establecido en las condiciones particulares y que forman parte de la presente póliza, previa deducción de cualquier deuda que el Contratante tuviera con la Aseguradora con respecto a esta póliza, cesando en este caso toda obligación posterior de parte de la Aseguradora, por término del contrato. Esta opción no podrá ejercitarse si la póliza estuviere convertida en un seguro reducido. En caso que ante la falta de pago de la prima, el seguro no pueda ser reducido en los términos señalados en el literal a) debido a que existe un préstamos pendiente de ser devuelto a la Aseguradora, ésta podrá optar por seguir los procedimientos de suspensión y resolución se efectuará su rescate descontando toda suma que el Asegurado adeudare en razón xxx xxxxxxxx, la prima o extinción de la póliza de seguro, conforme a lo señalado en el numeral 7 del presente condicionado general. Para el ejercicio de los derechos señalados en los literales precedentes, el Contratante deberá realizar presencialmente su solicitud en las oficinas de la Aseguradora, debiendo para ello, presentar copia simple de su documento de identidad. La Aseguradora dará respuesta al Contratante en un plazo máximo de 30 días calendarioscualquier otra causa.
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Samples: Insurance Policy
VALORES GARANTIZADOS. Antes del otorgamiento de Siempre que el Contratante haya pagado las coberturas dos (2) primeras anualidades de la presente póliza de seguro o rechazo de la solicitud de coberturaprima, de ser el caso, el Contratante podrá hacer uso de cualquiera de las opciones indicadas en los siguientes valores garantizados, correspondientes al período transcurrido de vigencia de la póliza:
a) Ejercicio del derecho de reducción.- Una vez transcurrido el periodo de vigencia de dos (2) años, la falta de pago de la prima produce la reducción del seguro conforme a la tabla de determinación de valores contenida en las Condiciones Particulares. La reducción del seguro se produce también cuando lo solicite el Contratante, siempre que haya transcurrido el periodo de dos (2) años de vigencia de la póliza. En ambos supuestos, el Contratante puede ejercer cualquiera de estas opciones: - Reducción de la suma asegurada (seguro saldado).- Opción por la cual la presente póliza, sin pago posterior de prima, se convierte en un seguro de igual cobertura pero de capital reducido, determinado de acuerdo al cuadro de Valores Garantizados contenido en las Condiciones Particulares. Esta opción no podrá ser ejercida si hubiera algún préstamo pendiente de pago. - Reducción del plazo contratado (seguro prorrogado).- Opción por la cual se reduce el plazo de vigencia de la presente póliza de acuerdo al cuadro de valores garantizados contenido en las Condiciones Particulares, sin pago posterior de prima y por el capital asegurado inicial. En caso que el Asegurado sobreviva al plazo reducido que se menciona precedentemente, éste recibirá la suma asegurada que se indica como capital diferido en el mismo cuadro de valores garantizados. Esta opción no se podrá ejercer si hubiera un préstamo vigente. El Contratante tiene derecho a la rehabilitación de la póliza en cualquier momento antes de la ocurrencia de un siniestro, debiendo para ello cumplir con pagar la fracción de la prima vencida equivalente al diferencial de reserva matemática existente entre la provisión actual del seguro saldado y aquella calculada con la suma asegurada inicial.
b) Ejercicio del derecho xx xxxxxxxx.- Una vez transcurrido las dos (2) primeras anualidades de la prima, el contratante puede obtener préstamos por cantidades que en su totalidad no excedan al valor de rescate que corresponde según el cuadro de valores garantizados, que está contenido en las Condiciones Particulares de esta póliza, y sujeto a las siguientes condiciones: - Que esta póliza no haya sido objeto de una reducción del seguro, en la suma asegurada o en el plazo contratado. - Que al efectuarse el préstamo se cubra cualquier deuda anterior originada en la presente póliza que el Contratante tuviere con la Aseguradora. - El préstamo se reajusta en los mismos plazos, términos y condiciones que el capital asegurado y quedará sujeto al interés y demás condiciones que se pacten en el respectivo contrato de mutuo. - Durante la vigencia de esta póliza, la Aseguradora sólo exigirá el pago de los intereses generados por el préstamo. Sin embargo, el Contratante podrá devolver el capital xxx xxxxxxxx total o parcialmente en cualquier momento. - Cabe precisar que lo adeudado por concepto xx xxxxxxxx será deducido de la indemnización que la Aseguradora deba pagar en virtud a esta póliza ante la ocurrencia de un siniestro amparado por su cobertura.
c) Ejercicio del derecho de rescate.- Una vez transcurrido las dos (2) primeras anualidades de la prima, el contratante podrá cancelar la presente póliza y obtener de forma manera anticipada el monto indicado valor determinado en el cuadro de valores garantizados establecido en las condiciones particulares y que forman parte de la presente póliza, previa deducción de cualquier deuda que el Contratante tuviera con la Aseguradora con respecto a esta póliza, cesando en este caso toda obligación posterior de parte de la Aseguradora, por término del contrato. Esta opción no podrá ejercitarse si la póliza estuviere convertida en un seguro reducido. En caso que ante la falta de pago de la prima, el seguro no pueda ser reducido en los términos señalados en el literal a) debido a que existe un préstamos pendiente pendientes de ser devuelto devueltos a la Aseguradora, ésta podrá optar por seguir los procedimientos de suspensión y resolución o extinción de la póliza de seguro, conforme a lo señalado en el numeral 7 del presente condicionado general. Para el ejercicio de los derechos señalados en los literales precedentes, el Contratante deberá realizar presencialmente su solicitud en las oficinas de la Aseguradora, debiendo para ello, presentar copia simple de su documento de identidad. La Aseguradora dará respuesta al Contratante en un plazo máximo de 30 días calendarios.
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Samples: Insurance Policy
VALORES GARANTIZADOS. Antes del otorgamiento Si las primas completas de las coberturas de la presente póliza de seguro o rechazo de la solicitud de cobertura, de ser el casolos dos primeros años han sido satisfechas, el Contratante podrá hacer uso Tomador tiene derecho, siempre y cuando viva el Asegurado, a los valores de cualquiera de las opciones indicadas en los siguientes valores garantizados, correspondientes al período transcurrido de vigencia RESCATE Y REDUCCIÓN. * RESCATE: El Tomador percibe como liquidación de la póliza:
a) Ejercicio del derecho , el valor de reducción.- Una vez transcurrido el periodo rescate calculado en función de vigencia de dos (2) añoslos recibos xx xxxxxx satisfechos, la falta de pago provisión matemática existente y momento de la prima produce solicitud, quedando extinguido el contrato. * REDUCCIÓN: Consiste en la reducción del seguro conforme a la tabla de determinación de valores contenida en las Condiciones Particulares. La reducción del seguro se produce también cuando lo solicite el Contratante, siempre que haya transcurrido el periodo de dos (2) años de vigencia transformación de la póliza. En ambos supuestos, el Contratante puede ejercer cualquiera de estas opciones: - Reducción de la suma asegurada (seguro saldado).- Opción por la cual la presente póliza, sin pago posterior de prima, se convierte póliza en un seguro de igual cobertura pero de capital reducido, determinado de acuerdo al cuadro de Valores Garantizados contenido en las Condiciones Particulares. Esta opción no podrá ser ejercida si hubiera algún préstamo pendiente de pago. - Reducción la misma modalidad y liberado del plazo contratado (seguro prorrogado).- Opción por la cual se reduce el plazo de vigencia de la presente póliza de acuerdo al cuadro de valores garantizados contenido en las Condiciones Particulares, sin pago posterior de prima y por el capital asegurado inicial. En caso que el Asegurado sobreviva al plazo reducido que se menciona precedentemente, éste recibirá la suma asegurada que se indica como capital diferido en el mismo cuadro de valores garantizados. Esta opción no se podrá ejercer si hubiera un préstamo vigentexx xxxxxx. El Contratante tiene derecho a la rehabilitación importe del capital reducido garantizado al vencimiento, será el resultante de la póliza en cualquier momento antes de la ocurrencia de un siniestro, debiendo para ello cumplir con pagar la fracción de la prima vencida equivalente al diferencial de reserva matemática existente entre la provisión actual del seguro saldado y aquella calculada con la suma asegurada inicial.
b) Ejercicio del derecho xx xxxxxxxx.- Una vez transcurrido las dos (2) primeras anualidades de la prima, aplicar el contratante puede obtener préstamos por cantidades que en su totalidad no excedan al valor de rescate garantizado, como prima única de inventario de un seguro de las mismas características que corresponde según el cuadro contratado, reduciéndose el resto de valores garantizadoslas garantías en la misma proporción. El valor de rescate garantizado de una póliza reducida, que está contenido en coincidirá con la totalidad de las provisiones matemáticas constituidas sobre la misma. En las Condiciones Particulares de esta pólizala póliza se incluyen valores garantizados de rescate y reducción obtenidos por anualidades de seguro completas transcurridas y satisfechas. En períodos interanuales, los valores de rescate y sujeto a las siguientes condiciones: - Que esta póliza no haya sido objeto de una reducción del segurose calcularán mediante interpolación financiero-actuarial, en la suma asegurada o en el plazo contratado. - Que al efectuarse el préstamo se cubra cualquier deuda anterior originada en la presente póliza que el Contratante tuviere con la Aseguradora. - El préstamo se reajusta en los mismos plazos, términos y condiciones que el capital asegurado y quedará sujeto al interés y demás condiciones que se pacten en el respectivo contrato de mutuo. - Durante la vigencia de esta póliza, la Aseguradora sólo exigirá el pago función de los intereses generados recibos realmente satisfechos. Estos valores se verán incrementados, por el préstamo. Sin embargo, el Contratante podrá devolver el capital xxx xxxxxxxx total o parcialmente en cualquier momento. - Cabe precisar que lo adeudado por concepto xx xxxxxxxx será deducido los resultantes de la indemnización que la Aseguradora deba pagar en virtud a esta póliza ante la ocurrencia de un siniestro amparado por su cobertura.
c) Ejercicio del derecho de rescate.- Una vez transcurrido las dos (2) primeras anualidades aplicación de la primacláusula de revalorización, el contratante podrá cancelar si procede. El Tomador perderá estos derechos si renuncia a la presente póliza y obtener facultad de forma anticipada el monto indicado en el cuadro de valores garantizados establecido en las condiciones particulares y que forman parte revocación de la presente póliza, previa deducción designación de cualquier deuda que el Contratante tuviera con la Aseguradora con respecto a esta póliza, cesando en este caso toda obligación posterior de parte de la Aseguradora, por término del contrato. Esta opción no podrá ejercitarse si la póliza estuviere convertida en un seguro reducido. En caso que ante la falta de pago de la prima, el seguro no pueda ser reducido en los términos señalados en el literal a) debido a que existe un préstamos pendiente de ser devuelto a la Aseguradora, ésta podrá optar por seguir los procedimientos de suspensión y resolución o extinción de la póliza de seguro, conforme a lo señalado en el numeral 7 del presente condicionado general. Para el ejercicio de los derechos señalados en los literales precedentes, el Contratante deberá realizar presencialmente su solicitud en las oficinas de la Aseguradora, debiendo para ello, presentar copia simple de su documento de identidad. La Aseguradora dará respuesta al Contratante en un plazo máximo de 30 días calendariosBeneficiarios.
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Samples: Seguro De Ahorro Pensión