VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El plazo de ejecución, es
VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El plazo de ejecución, es decir, el tiempo durante el cual El CONTRATISTA se compromete a entregar a ejecutar a entera satisfacción de la UNIVERSIDAD, el objeto del presente contrato, será de TREINTA (30) DÍAS CALENDARIO, contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previa suscripción y aprobación de pólizas.El incumplimiento en la entrega se multará con el 1% diario del valor del contrato.
VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El plazo de ejecución, es decir durante el cual EL CONTRATISTA se compromete a entregar a entera satisfacción a LA E.S.E., la totalidad de los productos objeto del presente contrato, será contado a partir de la suscripción del acta de inicio previo cumplimiento de los requisitos de ejecución y hasta el 17 de DICIEMBRE de 2021.
VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. La presente Contratación se realizará bajo la modalidad de contrato de SERVICIOS DE COMUNICACONES. El plazo de ejecución, es decir, el tiempo durante el cual El CONTRATISTA se compromete a ejecutar a entera satisfacción de la UNIVERSIDAD, el objeto será de TREINTA (30) DÍAS CALENDARIO, contado desde la suscripción del acta de inicio, previa aprobación de las garantías requeridas por la universidad y demás requisitos establecidos en el contrato., previa aprobación de las garantías requeridas por la universidad. Por tratarse de un contrato de tracto sucesivo, es decir, que el cumplimiento de las obligaciones se va sucediendo de manera escalonada en el tiempo, se verificará su cumplimiento total hasta el vencimiento del término previsto para su ejecución. Cualquier incumplimiento será sancionado de acuerdo a la Resolución Rectoral No. 3641 de 2014, sin perjuicio del ejercicio de las demás clausulas excepcionales por parte de la universidad y demás acciones legales a que haya a lugar. Para tal efecto y en cumplimiento del ARTICULO DECIMO SEGUNDO del precitado acto administrativo, en el presente proceso y el Contrato que se suscriba se entenderá incluidas las Multas determinadas y fijadas en la Resolución mencionada, con el fin de exigir al Contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado o de sancionar el incumplimiento contractual total o parcial, para lo cual el Contrato presta merito ejecutivo.
VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. En todo caso el Contratista se compromete a entregar a entera satisfacción de la UNIVERSIDAD, los equipos requeridos por ésta a través del supervisor del contrato, por el término de OCHO (8) MESES.
VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El Contrato tendrá un plazo de ejecución DESDE EL INICIO DEL CALENDARIO ACADÉMICO Y HASTA EL TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE 2018, según corresponda. El servicio se brindará de acuerdo a lo dispuesto en el Calendario académico. Por tratarse de un contrato de tracto sucesivo, es decir, que el cumplimiento de las obligaciones se va sucediendo de manera escalonada en el tiempo, se verificará su cumplimiento total hasta el vencimiento del término previsto para su ejecución. Pero el cumplimiento parcial de las obligaciones se verificará de acuerdo con las certificaciones expedidas por el Supervisor del contrato sobre la adecuada prestación del servicio.
VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El plazo de ejecución, es decir, el tiempo durante el cual El CONTRATISTA se compromete a entregar a ejecutar a entera satisfacción de la UNIVERSIDAD, el objeto del presente contrato, será de CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS CALENDARIO, contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previa suscripción y aprobación de pólizas.El incumplimiento en la entrega se multará con el 1% diario del valor del contrato. El proceso de instalación se supedita a la adjudicación y ejecución de la respectiva invitación pública que permita la adecuación de las instalaciones VIVELABS.
VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El plazo de ejecución, es decir, el tiempo durante el cual El CONTRATISTA se compromete a entregar a ejecutar a entera satisfacción de la UNIVERSIDAD, el objeto del presente contrato, será del 1º de febrero de 2010 y hasta culminar el segundo semestre académico de 2010. Parágrafo. El servicio estará sujeto al calendario académico de la UPTC. Por tratarse de un contrato de tracto sucesivo, es decir, que el cumplimiento de las obligaciones se va sucediendo de manera escalonada en el tiempo, se verificará su cumplimiento total hasta el vencimiento del término previsto para su ejecución. Pero el cumplimiento parcial de las obligaciones se verificará de acuerdo con las certificaciones expedidas por el Supervisor del contrato sobre la adecuada prestación del servicio. NOTA: PARA LA UNIVERSIDAD ES IMPOSIBLE PREVEER CON EXACTITUD LOS RECESOS ACADEMICOS, POR CUANTO LA MAYORIA DE ELLOS OBEDECEN A SITUACIONES DE ANORMALIDAD ACADÉMICA QUE IMPOSIBILITAN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA INSTITUCIÓN Y SON DECISIONES DEL HONORABLE CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD. EN CONSENCUENCIA EN EL EVENTO DE PRESENTARSE RECESOS POR CUALQUIER ANORMALIDAD SERÁN INFORMADOS CON ANTICIPACIÓN AL PROPONENTE FAVORECIDO CON LA PRESENTE LICITACIÓN PRIVADA.
VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El plazo de ejecución, es decir, el tiempo durante el cual El CONTRATISTA se compromete a entregar a entera satisfacción xxx XXXX la totalidad de las obras objeto del presente contrato, será de xxxxxxxxxxxxxxxxx, contados a partir de la suscripción del acta de inicio (previo el cumplimiento de los requisitos de ejecución) sin exceder el 10 de diciembre de 2012, y la vigencia del contrato será el término de tiempo determinado para evaluar por parte xx XXXX la ejecución contractual, adelantar las acciones necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto contratado o imponer las sanciones en el evento contrario, este término se computará a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato, y contendrá el plazo de ejecución y cuatro (4) meses más.
VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El plazo de ejecución del contrato será de CIEN (100) DÍAS CALENDARIO CONTADOS A PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO, PREVIA APROBACION DE LAS GARANTIAS REQUERIDAS POR LA UNIVERSIDAD.