VIGENCIA Y TERMINACIÓN. La vigencia de estos Términos y Condiciones será indefinida y continuarán en vigor durante la duración del Contrato, salvo por aquellos Términos y Condiciones que deban subsistir a la terminación del Contrato de conformidad con lo establecido en este instrumento o por ley. Para los propósitos de esta condición 13, "Sanciones Comerciales" significa cualquier sanción comercial o económica aplicable, control de importaciones o de exportaciones, embargo o leyes similares, regulaciones, normas, medidas, salvaguardias, restricciones, listas de partes restringidas o designadas, licencias, decretos o requerimientos que estén vigentes o entren en vigor de tiempo en tiempo, incluyendo sin limitar las emitidas por México, los Estados Unidos de América, la Unión Europea, el Xxxxx Unido y las Naciones Unidas. 13.1 Previa notificación por escrito al Cliente, la Empresa podrá dar por terminado el Contrato y cualquier otro acuerdo celebrado con el Cliente, en cualquier momento y con efectos inmediatos, sin necesidad de declaración judicial previa y sin responsabilidad alguna a su cargo, y sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso que se encuentre disponible a su favor por ley, si sucede cualquier de las causas listadas en la sub-condición 13.2. 13.2 Para los efectos de la sub-condición 13.1, son causas de terminación de Contrato las siguientes: 13.2.1 Si el Cliente incumple con cualquiera de sus obligaciones bajo el Contrato o cualquier otro acuerdo celebrado con la Empresa, y dicho incumplimiento no pueda subsanarse o, aún y que pudiera subsanarse, no haya sido subsanado por el Cliente dentro del plazo especificado por la Empresa en el aviso que por escrito haya notificado al Cliente sobre dicho incumplimiento; 13.2.2 Si el Cliente no paga la Contraprestación, o no paga la Contraprestación dentro del plazo acordado con la Empresa; 13.2.3 Si el Cliente cede en beneficio de sus acreedores, o el Cliente deja de pagar o suspende el pago de cualquiera de sus deudas, o algún procedimiento de quiebra, insolvencia o concurso mercantil se inicia por o en contra del Cliente, o se designa a un fiduciario o síndico para el Cliente por parte sustancial de sus activos, o si se instituye informal o formalmente cualquier procedimiento de disolución o liquidación por o en contra del Cliente; 13.2.4 Si un acreedor toma posesión, o un síndico o administrador es designado, sobre cualquiera de los bienes o activos del Cliente; 13.2.5 Si el Cliente deja, o amenaza con dejar, de operar su negocio; 13.2.6 Si la Empresa llega a tener conocimiento que cualquiera de las causas mencionadas en las sub-condiciones 13.2.1 a 13.2.5 está a punto de ocurrir y notifica al Cliente en consecuencia; 13.2.7 Si la Empresa llega a tener conocimiento que al realizar los Servicios o hacer negocios con el Cliente estaría en violación de alguna Sanción Comercial, o el Cliente no cumple con las peticiones de la Empresa para que lleve a cabo una revisión legal (due diligence) en relación a su cumplimiento con las Sanciones Comerciales u otras leyes o reglamentos aplicables, o el Cliente realiza alguna acción que esté en violación de alguna Sanción Comercial o que ocasionaría que la Empresa esté en violación; 13.2.8 En caso que suceda algún cambio de control, fusión o consolidación por parte del Cliente (el Cliente deberá comunicar dicha situación a la Empresa de forma inmediata y previo a que suceda), y exista evidencia de que, a criterio de la Empresa, dicho cambio podría afectar el desempeño financiero o administrativo o cualquier otra clase de desempeño del Cliente bajo el Contrato; 13.2.9 Si cualquier tribunal de jurisdicción competente concede sentencia en contra de cualquiera de los accionistas, socios, miembros de consejo, directores, administradores o funcionarios del Cliente por acción penal cometida, que pueda afectar al patrimonio, operaciones, administración, negocio o interés del Cliente o de la Empresa; 13.2.10 En caso de que cualquier conflicto colectivo de trabajo surja en las instalaciones del Cliente y no sea resuelto dentro de los 60 (sesenta) días siguientes a su inicio; y 13.2.11 En general, cualquier incumplimiento por parte del Cliente a sus obligaciones establecidas en el Contrato, teniendo el Cliente la obligación de indemnizar y mantener en paz y a salvo a la Empresa de y contra todos los daños, pérdidas, costos y gastos ocasionados por dicho incumplimiento. 13.3 A la terminación del Contrato por cualquier razón, cualquier deuda que tenga el Cliente con la Empresa será exigible y deberá ser pagada de inmediato, con los intereses aplicables. 13.4 La terminación del Contrato, cualquiera que sea su origen, no afectará ninguno de los derechos, recursos, obligaciones y responsabilidades que las partes hayan adquirido a la fecha de terminación. 13.5 Los Términos y Condiciones que expresa o implícitamente sobrevivan a la terminación del Contrato, continuarán en pleno vigor y efecto. 13.6 La Empresa no será responsable ante el Cliente, como resultado de la terminación del Contrato, por pérdida de ganancias o futuras ventas, o por gastos, inversiones, contratos de arrendamiento u otras obligaciones relacionadas con el negocio o créditos y reputación comercial del Cliente. El Cliente se compromete a indemnizar y sacar en paz y a salvo a la Empresa de cualquier demanda o reclamación que los empleados, representantes o clientes del Cliente pudieran iniciar en su contra con respecto a su remuneración, reembolsos o por los daños que resulten de la terminación del Contrato.
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Samples: Términos Y Condiciones, Términos Y Condiciones
VIGENCIA Y TERMINACIÓN. La vigencia de estos Términos y Condiciones será indefinida y continuarán en vigor durante la duración del presente Contrato y de sus Apartados es indefinida, salvo las excepciones que expresamente se establecen, pudiendo cualquiera de las partes dar por terminado uno o más Apartados en particular o todo el Contrato, salvo con el simple aviso a la contraparte por aquellos Términos escrito, con 30 (treinta) días de anticipación; para el caso de que el Cliente decida dar por terminado uno o más apartados o todo el Contrato, tendrá que ser en forma presencial en cualquier Sucursal del Banco, en el que el ejecutivo le dará a llenar un formato de terminación y Condiciones que deban subsistir a el ejecutivo le hará la entrega al Cliente del acuse de dicho formato (sellado y firmado). El Cliente en todo tiempo podrá solicitar la terminación del presente Contrato a través de conformidad otra Institución Financiera (“Institución Receptora”), la cual en caso de resultar procedente la solicitud debe abrir una cuenta a nombre del Cliente y comunicará al Banco (“Institución Transferente”) su compromiso sobre la veracidad y legitimidad de la instrucción de transferencia por parte del Cliente, lo anterior con la finalidad de transferir los recursos a la Institución Receptora, incl uyendo los accesorios generados a la fecha de entre; lo establecido anterior se llevará a cabo mediante el siguiente procedimiento:
i) Requerir al Cliente confirmación de haber solicitado a la Institución Receptora el servicio de cancelación y transferencia de recursos a través de los datos de localización que se tenga convenidos con dicho Cliente
ii) El Banco transferirá los recursos objeto de la cuenta que sea indicada por la Institución Receptora, a más tardar al tercer día hábil bancario contado a partir de la recepción de la solicitud salvo que se trate de operaciones a plazo en este instrumento cuyo caso el traspaso y la terminación tendrá efectos a su vencimiento.
iii) Una vez que los recursos se han transferido a la cuenta de la Institución Receptora, los derechos y obligaciones derivado del presente contrato quedan extintos. De igual forma el Banco, en su calidad de Institución Receptora, podrá ofrecer el servicio de terminación de operaciones con otras Entidades Financieras “Institución transferente” para lo cual requerirá del Cliente, previa su autenticación y cumplimiento de los requisitos de contratación del Producto respectivo, la solicitud por escrito de terminación de operaciones para que un plazo no mayor a 3 (tres) días hábiles requiera a la Institución Transferente que los recursos sean transferidos a la cuenta que al efecto abra el Banco y de por terminada la operación que mantenía con aquella. No obstante, la terminación de algún o por ley. Para los propósitos de esta condición 13, "Sanciones Comerciales" significa cualquier sanción comercial o económica aplicable, control de importaciones algunos Apartados del Contrato o de exportacioneseste último, embargo o leyes similares, regulaciones, normas, medidas, salvaguardias, restricciones, listas unos y otro seguirán produciendo todos sus efectos legales entre las partes hasta que el Cliente y el Banco hayan cumplido con todas y cada una de partes restringidas o designadas, licencias, decretos o requerimientos sus obligaciones contraídas al amparo de los mismos. En caso de que estén vigentes o entren en vigor de tiempo en tiempo, incluyendo sin limitar las emitidas por México, los Estados Unidos de América, la Unión Europea, el Xxxxx Unido y las Naciones Unidas.
13.1 Previa notificación por escrito al Cliente, la Empresa podrá Banco decida dar por terminado el presente Contrato o uno o más de sus Apartados, por no mantener el Cliente movimiento alguno, no mantener los saldos mínimos o en caso de que las operaciones del Cliente encuadren en los supuestos establecidos por el artículo 400 BIS del Código Penal Federal Vigente y 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, o por cualquier otro acuerdo celebrado otra razón, el Cliente se obliga a retirar sus valores o efectivo, instruyendo al Banco para tales efectos a más tardar el día en que surta efectos la terminación del Apartado de que se trate o del Contrato mismo. En caso contrario, el Banco podrá liberarse de las obligaciones de entrega, consignando el efectivo o valores en una cuenta concentradora en términos del artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito. Una vez transcurridos 3 (tres) años contados a partir de que hayan sido depositados los recursos en la cuenta global, cuyo importe no exceda por cuenta, al equivalente a 300 ( trescientos) xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en la Ciudad de México, prescribirán a favor de la beneficencia pública. Si el Cliente resuelve terminar el Contrato, el Cliente deberá llenar el formulario de cancelación que le será proporcionado en la oficina del Banco donde radique la cuenta y además deberá instruir expresamente al Banco por escrito con relación a la forma de disposición de sus valores y/o efectivo. En todo caso, el Cliente deberá liquidar todos los saldos a su cargo. El Cliente autoriza en este acto al Banco para que en caso de que existan saldos a favor del Banco, los valores y/o efectivo propiedad del Cliente queden en garantía de cumplimiento de las obligaciones omitidas. El Banco por su parte cancelará el cobro de los productos o servicios asociados, incluido el servicio de domiciliación de pago de bienes y servicios con cargo a la cuenta del Cliente. En el caso de depósitos bancarios de dinero a la vista, el Contrato se dará por terminado a partir de la fecha en que el Cliente hubiese presentado su solicitud de cancelación y hubiesen sido retirados los fondos correspondientes. El Cliente deberá acompañar a la solicitud los medios de disposición vinculados a la cuenta, o manifestar por escrito y bajo protesta de decir verdad, que no cuenta con ellos, por lo que no podrá hacer disposición alguna a partir de dicha fecha. El Banco adoptará las acciones necesarias para rechazar cualquier disposición que pretenda efectuarse con posterioridad a la cancelación de los Medios de Disposición, por lo que cualquier cargo que se registre a partir del momento de la citada cancelación, no podrá ser imputado al Cliente. El Banco proporcionará un estado de cuenta en el que se expresará el monto de los recursos objeto del depósito cuya cancelación se solicitó, los accesorios financieros causados y, en su caso, las comisiones aplicadas. El estado de cuenta, hará las veces de finiquito de la relación contractual. El Cliente podrá cancelar por escrito en cualquier momento y con efectos inmediatossucursal del Banco, sin necesidad el presente contrato o alguno de declaración judicial previa y los productos aquí, establecidos, sin responsabilidad alguna a su cargo, y sin perjuicio que el Banco pueda cobrar comisión alguna, en un periodo de cualquier otro derecho o recurso que se encuentre disponible 10 (diez) días hábiles posteriores a su favor por leyla firma del presente, si sucede cualquier de las causas listadas en la sub-condición 13.2.
13.2 Para los efectos de la sub-condición 13.1, son causas de terminación de Contrato las siguientes:
13.2.1 Si el Cliente incumple con cualquiera de sus obligaciones bajo el Contrato o cualquier otro acuerdo celebrado con la Empresa, siempre y dicho incumplimiento no pueda subsanarse o, aún y que pudiera subsanarse, no haya sido subsanado por el Cliente dentro del plazo especificado por la Empresa en el aviso que por escrito haya notificado al Cliente sobre dicho incumplimiento;
13.2.2 Si cuando el Cliente no paga la Contraprestación, haya utilizado u operado los productos o no paga la Contraprestación dentro del plazo acordado con la Empresa;
13.2.3 Si el Cliente cede en beneficio de sus acreedores, o el Cliente deja de pagar o suspende el pago de cualquiera de sus deudas, o algún procedimiento de quiebra, insolvencia o concurso mercantil se inicia por o en contra del Cliente, o se designa a un fiduciario o síndico para el Cliente por parte sustancial de sus activos, o si se instituye informal o formalmente cualquier procedimiento de disolución o liquidación por o en contra del Cliente;
13.2.4 Si un acreedor toma posesión, o un síndico o administrador es designado, sobre cualquiera de los bienes o activos del Cliente;
13.2.5 Si el Cliente deja, o amenaza con dejar, de operar su negocio;
13.2.6 Si la Empresa llega a tener conocimiento que cualquiera de las causas mencionadas en las sub-condiciones 13.2.1 a 13.2.5 está a punto de ocurrir y notifica al Cliente en consecuencia;
13.2.7 Si la Empresa llega a tener conocimiento que al realizar los Servicios o hacer negocios con el Cliente estaría en violación de alguna Sanción Comercial, o el Cliente no cumple con las peticiones de la Empresa para que lleve a cabo una revisión legal (due diligence) en relación a su cumplimiento con las Sanciones Comerciales u otras leyes o reglamentos aplicables, o el Cliente realiza alguna acción que esté en violación de alguna Sanción Comercial o que ocasionaría que la Empresa esté en violación;
13.2.8 En caso que suceda algún cambio de control, fusión o consolidación por parte del Cliente (el Cliente deberá comunicar dicha situación a la Empresa de forma inmediata y previo a que suceda), y exista evidencia de que, a criterio de la Empresa, dicho cambio podría afectar el desempeño financiero o administrativo o cualquier otra clase de desempeño del Cliente bajo el Contrato;
13.2.9 Si cualquier tribunal de jurisdicción competente concede sentencia en contra de cualquiera de los accionistas, socios, miembros de consejo, directores, administradores o funcionarios del Cliente por acción penal cometida, que pueda afectar al patrimonio, operaciones, administración, negocio o interés del Cliente o de la Empresa;
13.2.10 En caso de que cualquier conflicto colectivo de trabajo surja en las instalaciones del Cliente y no sea resuelto dentro de los 60 (sesenta) días siguientes a su inicio; y
13.2.11 En general, cualquier incumplimiento por parte del Cliente a sus obligaciones establecidas en el Contrato, teniendo el Cliente la obligación de indemnizar y mantener en paz y a salvo a la Empresa de y contra todos los daños, pérdidas, costos y gastos ocasionados por dicho incumplimientoservicios financieros contratados.
13.3 A la terminación del Contrato por cualquier razón, cualquier deuda que tenga el Cliente con la Empresa será exigible y deberá ser pagada de inmediato, con los intereses aplicables.
13.4 La terminación del Contrato, cualquiera que sea su origen, no afectará ninguno de los derechos, recursos, obligaciones y responsabilidades que las partes hayan adquirido a la fecha de terminación.
13.5 Los Términos y Condiciones que expresa o implícitamente sobrevivan a la terminación del Contrato, continuarán en pleno vigor y efecto.
13.6 La Empresa no será responsable ante el Cliente, como resultado de la terminación del Contrato, por pérdida de ganancias o futuras ventas, o por gastos, inversiones, contratos de arrendamiento u otras obligaciones relacionadas con el negocio o créditos y reputación comercial del Cliente. El Cliente se compromete a indemnizar y sacar en paz y a salvo a la Empresa de cualquier demanda o reclamación que los empleados, representantes o clientes del Cliente pudieran iniciar en su contra con respecto a su remuneración, reembolsos o por los daños que resulten de la terminación del Contrato.
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VIGENCIA Y TERMINACIÓN. 3.1. Este Contrato entrará en vigencia desde la aceptación de VTR de la solicitud de suministro del Suscriptor contenida en el Formulario, fijándose como fecha de inicio el momento de la entrega de la SIM Card habilitada adquirida por el Suscriptor, existiendo factibilidad comercial para su provisión. Mientras el Contrato no entre en vigencia, el Formulario tendrá la naturaleza de un comprobante de requerimiento de servicio.
3.2. La vigencia de estos Términos y Condiciones será indefinida y continuarán en vigor durante la duración del ContratoContrato será de 12 meses contados desde su entrada en vigencia y se renovará automática y sucesivamente a la fecha de su expiración, por periodos iguales de 12 meses cada uno, salvo por aquellos Términos y Condiciones que deban subsistir VTR comunicare al Suscriptor su intención de ponerle término, con una anticipación no inferior a 30 días respecto de la terminación del Contrato fecha de conformidad con lo establecido en este instrumento o por ley. Para los propósitos de esta condición 13, "Sanciones Comerciales" significa cualquier sanción comercial o económica aplicable, control de importaciones o de exportaciones, embargo o leyes similares, regulaciones, normas, medidas, salvaguardias, restricciones, listas de partes restringidas o designadas, licencias, decretos o requerimientos que estén vigentes o entren en vigor de tiempo en tiempo, incluyendo sin limitar las emitidas por México, los Estados Unidos de América, la Unión Europea, el Xxxxx Unido y las Naciones Unidas.
13.1 Previa notificación por escrito al Cliente, la Empresa podrá dar por terminado el Contrato y cualquier otro acuerdo celebrado con el Cliente, en cualquier momento y con efectos inmediatos, sin necesidad de declaración judicial previa y sin responsabilidad alguna a su cargoexpiración, y sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso que se encuentre disponible la facultad del Suscriptor de ponerle término de acuerdo a su favor por ley, si sucede cualquier las causales de las causas listadas terminación contenidas en la sub-condición 13.2este instrumento.
13.2 Para los efectos de la sub-condición 13.13.3. El Suscriptor podrá poner término al presente Contrato en cualquier momento, son causas de terminación de Contrato las siguientes:
13.2.1 Si el Cliente incumple con cualquiera de sus obligaciones bajo el Contrato o cualquier otro acuerdo celebrado con la Empresa, y dicho incumplimiento no pueda subsanarse o, aún y que pudiera subsanarse, no haya sido subsanado mediante aviso remitido por el Cliente dentro del plazo especificado por la Empresa en el aviso que por escrito haya notificado al Cliente sobre dicho incumplimiento;
13.2.2 Si el Cliente no paga la Contraprestación, o no paga la Contraprestación dentro del plazo acordado con la Empresa;
13.2.3 Si el Cliente cede en beneficio de sus acreedores, o el Cliente deja de pagar o suspende el pago de cualquiera de sus deudas, o algún procedimiento de quiebra, insolvencia o concurso mercantil se inicia por o en contra del Cliente, o se designa a un fiduciario o síndico para el Cliente por parte sustancial de sus activos, o si se instituye informal o formalmente cualquier procedimiento de disolución o liquidación por o en contra del Cliente;
13.2.4 Si un acreedor toma posesión, o un síndico o administrador es designado, sobre cualquiera de los bienes o activos del Cliente;
13.2.5 Si el Cliente deja, o amenaza con dejar, de operar su negocio;
13.2.6 Si la Empresa llega a tener conocimiento que cualquiera de las causas mencionadas vías de contacto habilitadas a esa fecha por VTR que permitan verificar la identidad del Suscriptor, debiendo poner VTR término al suministro del(los) Servicio(s) al día siguiente hábil o en las sub-condiciones 13.2.1 a 13.2.5 está a punto la fecha acordada entre el Suscriptor y VTR. Sin perjuicio de ocurrir y notifica al Cliente en consecuencia;
13.2.7 Si la Empresa llega a tener conocimiento que al realizar los Servicios o hacer negocios con el Cliente estaría en violación de alguna Sanción Comercial, o el Cliente no cumple con las peticiones de la Empresa para que lleve a cabo una revisión legal (due diligence) en relación a su cumplimiento con las Sanciones Comerciales u otras leyes o reglamentos aplicables, o el Cliente realiza alguna acción que esté en violación de alguna Sanción Comercial o que ocasionaría que la Empresa esté en violación;
13.2.8 En caso que suceda algún cambio de control, fusión o consolidación por parte del Cliente (el Cliente deberá comunicar dicha situación a la Empresa de forma inmediata y previo a que suceda), y exista evidencia de que, a criterio de la Empresa, dicho cambio podría afectar el desempeño financiero o administrativo o cualquier otra clase de desempeño del Cliente bajo el Contrato;
13.2.9 Si cualquier tribunal de jurisdicción competente concede sentencia en contra de cualquiera de los accionistas, socios, miembros de consejo, directores, administradores o funcionarios del Cliente por acción penal cometida, que pueda afectar al patrimonio, operaciones, administración, negocio o interés del Cliente o de la Empresa;
13.2.10 En caso de que cualquier conflicto colectivo de trabajo surja en las instalaciones del Cliente y no sea resuelto dentro de los 60 (sesenta) días siguientes a su inicio; y
13.2.11 En general, cualquier incumplimiento por parte del Cliente a sus obligaciones establecidas en el Contrato, teniendo el Cliente la obligación de indemnizar y mantener en paz y a salvo a la Empresa de y contra todos los daños, pérdidas, costos y gastos ocasionados por dicho incumplimiento.
13.3 A la terminación del Contrato por cualquier razóncontrato, cualquier deuda que tenga el Cliente se mantendrán vigentes las obligaciones pendientes de pago para con la Empresa será exigible y deberá ser pagada de inmediato, con los intereses aplicables.
13.4 La terminación del Contrato, cualquiera que sea su origen, no afectará ninguno de los derechos, recursos, obligaciones y responsabilidades que las partes hayan adquirido VTR a la fecha de la terminación, según se señala a continuación.
13.5 Los Términos y Condiciones 3.4. VTR podrá poner término inmediatamente al contrato, sin declaración judicial, en caso que expresa o implícitamente sobrevivan el Suscriptor: (i) se encuentre en xxxx de pagar los cobros efectuados por VTR, una vez transcurridos 90 días corridos siguientes a la terminación fecha de vencimiento del correspondiente documento de cobro; (ii) infrinja las disposiciones de este Contrato, continuarán en pleno vigor y efecto.
13.6 La Empresa no será responsable ante el Clientela legislación sobre propiedad intelectual o normativa general o sectorial aplicable, como resultado de la terminación del Contrato, por pérdida de ganancias o futuras ventas, o por gastos, inversiones, contratos de arrendamiento u otras obligaciones relacionadas con el negocio o créditos y reputación comercial del Cliente. El Cliente se compromete a indemnizar y sacar en paz y a salvo a la Empresa de cualquier demanda o reclamación lo que los empleados, representantes o clientes del Cliente pudieran iniciar en su contra con respecto a su remuneración, reembolsos o por los daños que resulten de la terminación del Contrato.deberá ser debidamente acreditado;
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Samples: Mobile Services Supply Agreement
VIGENCIA Y TERMINACIÓN. La Con excepción del Contrato de Crédito Personal Citibanamex, cuya vigencia estará determinada conforme al plazo del crédito indicado en el Aviso de estos Términos y Condiciones será indefinida y continuarán en vigor durante Autorización del Crédito, la duración del Contratode los Contratos celebrados bajo este instrumento, salvo es indefinida. En todos los Contratos celebrados bajo este instrumento en todo caso, cualquiera de las partes podrá darlo por aquellos Términos y Condiciones que deban subsistir a terminado el contrato respectivo, en forma inmediata, de acuerdo con lo siguiente: Para la terminación del Contrato de conformidad con lo establecido en este instrumento o por ley. Para los propósitos Captación:
a) Por voluntad de esta condición 13, "Sanciones Comerciales" significa cualquier sanción comercial o económica aplicable, control de importaciones o de exportaciones, embargo o leyes similares, regulaciones, normas, medidas, salvaguardias, restricciones, listas de partes restringidas o designadas, licencias, decretos o requerimientos que estén vigentes o entren en vigor de tiempo en tiempo, incluyendo sin limitar las emitidas por México, los Estados Unidos de América, Citibanamex: Citibanamex deberá informar la Unión Europea, el Xxxxx Unido y las Naciones Unidas.
13.1 Previa notificación por escrito terminación del Contrato al Cliente, por escrito, a través del medio principal estipulado en la Empresa cláusula denominada “Notificaciones” de este instrumento; por lo que el Cliente podrá retirar el saldo que existiera en la Cuenta dentro de los 5 (cinco) días naturales siguientes a la fecha en que surta efectos la notificación de terminación del Contrato; sin que esto impida a Citibanamex a cancelar la cuenta y poner a disposición del Cliente en Sucursal, el saldo que tuviera el Cliente a su favor, a partir del día siguiente a que surta efectos dicha notificación de terminación. Tratándose de Depósito a Plazo, Pagaré o Inversión Inteligente, el Cliente deberá retirar el saldo de dichas Operaciones al vencimiento de las mismas.
a) Por voluntad del Cliente: El Cliente podrá dar por terminado el Contrato y cualquier otro acuerdo celebrado con el Cliente, mediante solicitud por escrito que presenten en cualquier momento Sucursal Citibanamex, debiendo acompañar a dicha solicitud los medios de disposición vinculados a la Cuenta o una manifestación por escrito y bajo protesta de decir verdad de que, fueron destruidos o que no cuenta con ellos, para lo cual Citibanamex lo deberá identificar plenamente y una vez identificado proporcionará a éste un acuse de recibo y clave de confirmación o número de folio, respecto de la solicitud de terminación del contrato, dato que el Cliente deberá conservar para futuras aclaraciones. La terminación solicitada por el Cliente surtirá efectos inmediatosel mismo día de la solicitud, sin necesidad de declaración judicial previa informándole y sin responsabilidad alguna a en su cargo, y sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso caso entregándole el saldo que se encuentre disponible existiera a su favor en esa misma fecha al Cliente, descontando las comisiones que en su caso se hubieran generado, previas a la solicitud de cancelación, de acuerdo a lo establecido en el presente Contrato. Una vez hecho lo anterior, Citibanamex entregará al Cliente, el estado de cuenta o un documento que podrá ser el comprobante de operación de retiro de fondos por leycancelación, si sucede cualquier de las causas listadas en la sub-condición 13.2.
13.2 Para los efectos el cual tendrá el efecto del fin de la sub-condición 13.1relación contractual, son causas de terminación de Contrato las siguientes:
13.2.1 Si por lo que en este caso Citibanamex y el Cliente incumple con cualquiera renuncian a sus derechos de sus obligaciones bajo el Contrato o cualquier otro acuerdo celebrado con la Empresa, y dicho incumplimiento no pueda subsanarse o, aún y que pudiera subsanarse, no haya sido subsanado por el Cliente dentro del plazo especificado por la Empresa en el aviso que por escrito haya notificado al Cliente sobre dicho incumplimiento;
13.2.2 Si el Cliente no paga la Contraprestación, o no paga la Contraprestación dentro del plazo acordado con la Empresa;
13.2.3 Si el Cliente cede en beneficio de sus acreedores, o el Cliente deja de pagar o suspende el pago de cualquiera de sus deudas, o algún procedimiento de quiebra, insolvencia o concurso mercantil se inicia por o en contra del Cliente, o se designa a un fiduciario o síndico para el Cliente por parte sustancial de sus activos, o si se instituye informal o formalmente cualquier procedimiento de disolución o liquidación por o en contra del Cliente;
13.2.4 Si un acreedor toma posesión, o un síndico o administrador es designado, sobre cualquiera de los bienes o activos del Cliente;
13.2.5 Si el Cliente deja, o amenaza con dejar, de operar su negocio;
13.2.6 Si la Empresa llega a tener conocimiento que cualquiera de las causas mencionadas en las sub-condiciones 13.2.1 a 13.2.5 está a punto de ocurrir y notifica al Cliente en consecuencia;
13.2.7 Si la Empresa llega a tener conocimiento que al realizar los Servicios o hacer negocios con el Cliente estaría en violación de alguna Sanción Comercial, o el Cliente no cumple con las peticiones de la Empresa para que lleve a cabo una revisión legal (due diligence) en relación a su cumplimiento con las Sanciones Comerciales u otras leyes o reglamentos aplicables, o el Cliente realiza alguna acción que esté en violación de alguna Sanción Comercial o que ocasionaría que la Empresa esté en violación;
13.2.8 En caso que suceda algún cambio de control, fusión o consolidación por parte del Cliente (el Cliente deberá comunicar dicha situación a la Empresa de forma inmediata y previo a que suceda), y exista evidencia de que, a criterio de la Empresa, dicho cambio podría afectar el desempeño financiero o administrativo o cualquier otra clase de desempeño del Cliente bajo el Contrato;
13.2.9 Si cualquier tribunal de jurisdicción competente concede sentencia en contra de cualquiera de los accionistas, socios, miembros de consejo, directores, administradores o funcionarios del Cliente por acción penal cometidacobro residuales, que pueda afectar al patrimonio, operaciones, administración, negocio o interés del Cliente o de la Empresa;
13.2.10 En caso de que cualquier conflicto colectivo de trabajo surja en las instalaciones del Cliente y no sea resuelto dentro de los 60 (sesenta) días siguientes a su inicio; y
13.2.11 En general, cualquier incumplimiento por parte del Cliente a sus obligaciones establecidas en el Contrato, teniendo el Cliente la obligación de indemnizar y mantener en paz y a salvo a la Empresa de y contra todos los daños, pérdidas, costos y gastos ocasionados por dicho incumplimiento.
13.3 A la terminación del Contrato por cualquier razón, cualquier deuda que tenga el Cliente con la Empresa será exigible y deberá ser pagada de inmediato, con los intereses aplicables.
13.4 La terminación del Contrato, cualquiera que sea su origen, no afectará ninguno de los derechos, recursos, obligaciones y responsabilidades que las partes hayan adquirido pudieran subsistir posteriormente a la fecha de terminacióncancelación.
13.5 Los Términos y Condiciones que expresa o implícitamente sobrevivan a la terminación del Contrato, continuarán en pleno vigor y efecto.
13.6 La Empresa no será responsable ante el Cliente, como resultado de la terminación del Contrato, por pérdida de ganancias o futuras ventas, o por gastos, inversiones, contratos de arrendamiento u otras obligaciones relacionadas con el negocio o créditos y reputación comercial del Cliente. El Cliente se compromete a indemnizar y sacar en paz y a salvo a la Empresa de cualquier demanda o reclamación que los empleados, representantes o clientes del Cliente pudieran iniciar en su contra con respecto a su remuneración, reembolsos o por los daños que resulten de la terminación del Contrato.
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Samples: Contrato Único De Captación, Crédito Y Banca Electrónica Para Personas Físicas
VIGENCIA Y TERMINACIÓN. 15.1. Vigencia. La vigencia de estos este Contrato comenzará en la fecha de lo Pedido firmado y continuará hasta su vencimiento o la conclusión de los Servicios, lo que ocurra primero.
15.2. Terminación con Expresión de Causa. Cualquiera de las partes puede poner término inmediatamente al Contrato / Pedido si la otra parte incumple cualquiera de los términos contenidos en este documento, siempre que a la parte incumplidora se le otorgue la parte perjudicada un plazo de treinta (30) días para subsanar dicho incumplimiento tras una notificación por escrito a la parte incumplidora. En caso de producirse la terminación con expresión de causa, las partes procederán de la siguiente manera:
(A) Incumplimiento por Hexagon. Si los Servicios no se brindan de acuerdo con el cronograma o especificaciones establecidas en el Contrato / Pedido, el Cliente tendrá derecho a poner término a este Contrato o a lo Pedido correspondiente, sin perjuicio de las disposiciones establecidas en los artículos 12.3 (A), (B), 15.2 de este Anexo C y 14.4 de los Términos y Condiciones será indefinida y continuarán en vigor durante la duración del Contrato, salvo por aquellos Términos y Condiciones que deban subsistir a la terminación del Contrato Generales de conformidad con lo establecido en este instrumento o por ley. Para los propósitos de esta condición 13, "Sanciones Comerciales" significa cualquier sanción comercial o económica aplicable, control de importaciones o de exportaciones, embargo o leyes similares, regulaciones, normas, medidas, salvaguardias, restricciones, listas de partes restringidas o designadas, licencias, decretos o requerimientos que estén vigentes o entren en vigor de tiempo en tiempo, incluyendo sin limitar las emitidas por México, los Estados Unidos de América, la Unión Europea, el Xxxxx Unido y las Naciones UnidasHexagon.
13.1 Previa notificación (B) Incumplimiento por escrito al Cliente, la Empresa podrá dar por terminado el Contrato y cualquier otro acuerdo celebrado con el Cliente, en cualquier momento y con efectos inmediatos, sin necesidad de declaración judicial previa y sin responsabilidad alguna a su cargo, y sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso que se encuentre disponible a su favor por ley, si sucede cualquier de las causas listadas en la sub-condición 13.2.
13.2 Para los efectos de la sub-condición 13.1, son causas de terminación de Contrato las siguientes:
13.2.1 . Si el Cliente incumple este Contrato de conformidad, entre otras, con cualquiera las cláusulas 4, 8, 11 y el artículo 14.3 de sus obligaciones bajo el este Anexo C, Hexagon tendrá derecho a poner término a este Contrato o cualquier otro acuerdo celebrado con la Empresaa lo Pedido correspondiente, sin perjuicio de las disposiciones establecidas en los artículos 15.2 de este Anexo C y dicho incumplimiento no pueda subsanarse o, aún 14.4 de los Términos y que pudiera subsanarse, no haya sido subsanado Condiciones Generales de Hexagon.
(C) Incumplimiento por el Cliente dentro del plazo especificado por la Empresa Cualquiera de las Partes. Sin perjuicio de las disposiciones establecidas en el aviso que por escrito haya notificado al Cliente sobre dicho incumplimiento;
13.2.2 Si el Cliente no paga la Contraprestaciónartículo 14.4 de los Términos y Condiciones Generales de Hexagon, o no paga la Contraprestación dentro del plazo acordado con la Empresa;
13.2.3 Si el Cliente cede en beneficio de sus acreedores, Hexagon o el Cliente deja pueden poner término inmediato a este Contrato (o a cualquier Pedido correspondiente) en caso de pagar cualquier acción u omisión deshonesta o suspende el pago ilegal que perjudique los intereses de cualquiera de sus deudas, Hexagon o algún procedimiento de quiebra, insolvencia o concurso mercantil se inicia por o en contra del Cliente, o se designa a un fiduciario o síndico para según sea el Cliente por parte sustancial de sus activoscaso, o si se instituye informal o formalmente cualquier procedimiento en caso de liquidación, disolución o liquidación por o en contra interrupción del Cliente;
13.2.4 Si un acreedor toma posesión, o un síndico o administrador es designado, sobre cualquiera de los bienes o activos del Cliente;
13.2.5 Si el Cliente deja, o amenaza con dejar, de operar su negocio;
13.2.6 Si la Empresa llega a tener conocimiento que cualquiera de las causas mencionadas en las sub-condiciones 13.2.1 a 13.2.5 está a punto de ocurrir y notifica al Cliente en consecuencia;
13.2.7 Si la Empresa llega a tener conocimiento que al realizar los Servicios o hacer negocios con el Cliente estaría en violación de alguna Sanción Comercial, o el Cliente no cumple con las peticiones de la Empresa para que lleve a cabo una revisión legal (due diligence) en relación a su cumplimiento con las Sanciones Comerciales u otras leyes o reglamentos aplicables, o el Cliente realiza alguna acción que esté en violación de alguna Sanción Comercial o que ocasionaría que la Empresa esté en violación;
13.2.8 En caso que suceda algún cambio de control, fusión o consolidación negocio por parte del Cliente (o Hexagon, o la presentación de cualquier petición por o contra el Cliente deberá comunicar dicha situación a la Empresa o Hexagon bajo cualquier ley federal, estatal, municipal u otra ley aplicable de forma inmediata y previo a que suceda), y exista evidencia de que, a criterio de la Empresa, dicho cambio podría afectar el desempeño financiero quiebra o administrativo o cualquier otra clase de desempeño del Cliente bajo el Contrato;
13.2.9 Si cualquier tribunal de jurisdicción competente concede sentencia en contra de cualquiera de los accionistas, socios, miembros de consejo, directores, administradores o funcionarios del Cliente por acción penal cometida, que pueda afectar al patrimonio, operaciones, administración, negocio o interés del Cliente o de la Empresa;
13.2.10 En caso de que cualquier conflicto colectivo de trabajo surja en las instalaciones del Cliente y no sea resuelto dentro de los 60 (sesenta) días siguientes a su inicio; y
13.2.11 En general, cualquier incumplimiento por parte del Cliente a sus obligaciones establecidas en el Contrato, teniendo el Cliente la obligación de indemnizar y mantener en paz y a salvo a la Empresa de y contra todos los daños, pérdidas, costos y gastos ocasionados por dicho incumplimientoinsolvencia.
13.3 A la terminación del Contrato por cualquier razón, cualquier deuda que tenga el Cliente con la Empresa será exigible y deberá ser pagada de inmediato, con los intereses aplicables.
13.4 La terminación del Contrato, cualquiera que sea su origen, no afectará ninguno de los derechos, recursos, obligaciones y responsabilidades que las partes hayan adquirido a la fecha de terminación.
13.5 Los Términos y Condiciones que expresa o implícitamente sobrevivan a la terminación del Contrato, continuarán en pleno vigor y efecto.
13.6 La Empresa no será responsable ante el Cliente, como resultado de la terminación del Contrato, por pérdida de ganancias o futuras ventas, o por gastos, inversiones, contratos de arrendamiento u otras obligaciones relacionadas con el negocio o créditos y reputación comercial del Cliente. El Cliente se compromete a indemnizar y sacar en paz y a salvo a la Empresa de cualquier demanda o reclamación que los empleados, representantes o clientes del Cliente pudieran iniciar en su contra con respecto a su remuneración, reembolsos o por los daños que resulten de la terminación del Contrato.
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Samples: Servicios Profesionales
VIGENCIA Y TERMINACIÓN. La vigencia de estos Términos y Condiciones será indefinida y continuarán en vigor durante la duración del presente Contrato es indefinida, pudiendo cualquiera de las partes darlo por terminado, en forma inmediata, de acuerdo con lo siguiente:
a) En caso de que PagaTodo pretenda terminar el Contrato, salvo deberá informar tal situación al Cliente por aquellos Términos y Condiciones escrito enviado al Cliente a través de cualquiera de los medios de comunicación estipulados en los Anexos del Contrato. El Cliente deberá retirar el saldo de la Cuenta dentro de los 5 (cinco) días siguientes a la fecha en que deban subsistir a surta efectos la terminación del Contrato Contrato; de conformidad con lo establecido contrario, PagaTodo podrá contabilizarlos a disposición del Cliente en este instrumento o por ley. Para los propósitos de esta condición 13, "Sanciones Comerciales" significa cualquier sanción comercial o económica aplicable, control de importaciones o de exportaciones, embargo o leyes similares, regulaciones, normas, medidas, salvaguardias, restricciones, listas de partes restringidas o designadas, licencias, decretos o requerimientos la forma que estén vigentes o entren en vigor de tiempo en tiempo, incluyendo sin limitar las emitidas por México, los Estados Unidos de América, la Unión Europeael primero determine.
b) Por su parte, el Xxxxx Unido y las Naciones Unidas.
13.1 Previa notificación por escrito al Cliente, la Empresa Cliente podrá dar por terminado el Contrato mediante solicitud por escrito que presente en la “Oficina Administrativa”, debiendo acompañar a dicha solicitud los medios de disposición y/o “tokens” vinculados a la Cuenta o una manifestación por escrito y cualquier otro acuerdo celebrado bajo protesta de decir verdad de que fueron destruidos o que no cuenta con el ellos. Una vez que PagaTodo se cerciore de la identidad del Cliente, proporcionará a éste un acuse de recibo, clave de confirmación o folio que el Cliente deberá conservar para futuras aclaraciones. La terminación solicitada por el Cliente surtirá efectos al momento en cualquier momento que éste retire el saldo disponible que mantenga depositado en la Cuenta o, en su caso, cubra los adeudos y comisiones devengados a esa fecha de acuerdo a lo establecido en el Contrato. El Cliente contará con efectos inmediatos, sin necesidad un periodo de declaración judicial previa y 10 (diez) “Días Hábiles” posteriores a la firma del Contrato para terminar éste sin responsabilidad alguna a de su cargoparte, en cuyo caso, PagaTodo no podrá cobrar comisión alguna siempre y sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso que se encuentre disponible a su favor por ley, si sucede cualquier de las causas listadas en la sub-condición 13.2.
13.2 Para los efectos de la sub-condición 13.1, son causas de terminación de Contrato las siguientes:
13.2.1 Si el Cliente incumple con cualquiera de sus obligaciones bajo el Contrato o cualquier otro acuerdo celebrado con la Empresa, y dicho incumplimiento no pueda subsanarse o, aún y que pudiera subsanarse, no haya sido subsanado por el Cliente dentro del plazo especificado por la Empresa en el aviso que por escrito haya notificado al Cliente sobre dicho incumplimiento;
13.2.2 Si cuando el Cliente no paga hubiese utilizado u operado la Contraprestación, o no paga Cuenta. Una vez presentada la Contraprestación dentro del plazo acordado con la Empresa;
13.2.3 Si el Cliente cede en beneficio de sus acreedores, o el Cliente deja de pagar o suspende el pago de cualquiera de sus deudas, o algún procedimiento de quiebra, insolvencia o concurso mercantil se inicia por o en contra del Cliente, o se designa a un fiduciario o síndico solicitud para el Cliente por parte sustancial de sus activos, o si se instituye informal o formalmente cualquier procedimiento de disolución o liquidación por o en contra del Cliente;
13.2.4 Si un acreedor toma posesión, o un síndico o administrador es designado, sobre cualquiera de los bienes o activos del Cliente;
13.2.5 Si el Cliente deja, o amenaza con dejar, de operar su negocio;
13.2.6 Si la Empresa llega a tener conocimiento que cualquiera de las causas mencionadas en las sub-condiciones 13.2.1 a 13.2.5 está a punto de ocurrir y notifica al Cliente en consecuencia;
13.2.7 Si la Empresa llega a tener conocimiento que al realizar los Servicios o hacer negocios con el Cliente estaría en violación de alguna Sanción Comercial, o el Cliente no cumple con las peticiones de la Empresa para que lleve a cabo una revisión legal (due diligence) en relación a su cumplimiento con las Sanciones Comerciales u otras leyes o reglamentos aplicables, o el Cliente realiza alguna acción que esté en violación de alguna Sanción Comercial o que ocasionaría que la Empresa esté en violación;
13.2.8 En caso que suceda algún cambio de control, fusión o consolidación por parte del Cliente (el Cliente deberá comunicar dicha situación a la Empresa de forma inmediata y previo a que suceda), y exista evidencia de que, a criterio de la Empresa, dicho cambio podría afectar el desempeño financiero o administrativo o cualquier otra clase de desempeño del Cliente bajo el Contrato;
13.2.9 Si cualquier tribunal de jurisdicción competente concede sentencia en contra de cualquiera de los accionistas, socios, miembros de consejo, directores, administradores o funcionarios del Cliente por acción penal cometida, que pueda afectar al patrimonio, operaciones, administración, negocio o interés del Cliente o de la Empresa;
13.2.10 En caso de que cualquier conflicto colectivo de trabajo surja en las instalaciones del Cliente y no sea resuelto dentro de los 60 (sesenta) días siguientes a su inicio; y
13.2.11 En general, cualquier incumplimiento por parte del Cliente a sus obligaciones establecidas en terminar el Contrato, teniendo el Cliente la obligación PagaTodo deberá (i) cancelar los medios de indemnizar y mantener en paz y a salvo disposición vinculados a la Empresa Cuenta; (ii) rechazar cualquier disposición que pretenda efectuarse con posterioridad a la cancelación de y contra todos los dañosmedios de disposición, pérdidaspor lo que no se podrán hacer nuevos cargos adicionales a partir del momento en que se realice la cancelación, costos y gastos ocasionados por dicho incumplimiento.
13.3 A excepto los ya generados; (iii) abstenerse de condicionar la terminación a la devolución del Contrato por cualquier razón, cualquier deuda que tenga el Cliente con la Empresa será exigible y deberá ser pagada de inmediato, con los intereses aplicables.
13.4 La terminación del Contrato, cualquiera que sea su origen, no afectará ninguno de los derechos, recursos, obligaciones y responsabilidades que las partes hayan adquirido a la fecha de terminación.
13.5 Los Términos y Condiciones que expresa o implícitamente sobrevivan a la terminación del Contrato, continuarán obre en pleno vigor y efecto.
13.6 La Empresa no será responsable ante el Cliente, como resultado de la terminación del Contrato, por pérdida de ganancias o futuras ventas, o por gastos, inversiones, contratos de arrendamiento u otras obligaciones relacionadas con el negocio o créditos y reputación comercial poder del Cliente. El ; y, (v) abstenerse de cobrar al Cliente se compromete a indemnizar y sacar en paz y a salvo a la Empresa de cualquier demanda comisión o reclamación que los empleados, representantes o clientes del Cliente pudieran iniciar en su contra con respecto a su remuneración, reembolsos o penalización por los daños que resulten de la terminación del Contrato.
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Samples: Contrato De Depósito Bancario
VIGENCIA Y TERMINACIÓN. La vigencia de estos Términos del presente Acuerdo comenzará en la fecha en que complete el registro para el uso del servicio web y Condiciones será indefinida y continuarán en vigor durante la duración del Contratocontinuará hasta que usted o nosotros lo demos por terminado, salvo por aquellos Términos y Condiciones que deban subsistir conforme a la terminación del Contrato de conformidad con lo establecido estipulado más adelante en este instrumento o por leyinstrumento. Para los propósitos de esta condición 13, "Sanciones Comerciales" significa cualquier sanción comercial o económica aplicable, control de importaciones o de exportaciones, embargo o leyes similares, regulaciones, normas, medidas, salvaguardias, restricciones, listas de partes restringidas o designadas, licencias, decretos o requerimientos que estén vigentes o entren en vigor de tiempo en tiempo, incluyendo sin limitar las emitidas por México, los Estados Unidos de América, la Unión Europea, el Xxxxx Unido y las Naciones Unidas.
13.1 Previa notificación por escrito al Cliente, la Empresa Usted podrá dar por terminado el Contrato y cualquier otro acuerdo celebrado con el Cliente, en cualquier momento dar por terminada su cuenta o el presente Acuerdo inmediatamente después de notificárnoslo a través de correo electrónico o medios similares, la terminación no extinguirá las solicitudes de pedido o compra realizadas por su parte, ni dará lugar a devolución de dineros de productos despachados o efectivamente entregados. Podemos dar por terminada su cuenta o el presente Acuerdo por conveniencia mediante una notificación con 30 días de anticipación. Podremos suspender o dar por terminada su cuenta o el presente Acuerdo inmediatamente si determinamos que (a) usted violó sustancialmente el Acuerdo y con efectos inmediatosno pudo subsanar dicha violación en un plazo de cinco (5) días contados a partir del aviso para subsanar incumplimiento, sin necesidad a menos que su incumplimiento nos comprometa frente a un tercero, en cuyo caso tenemos derecho a reducir, ampliar o renunciar, al periodo de declaración judicial previa y sin responsabilidad alguna rectificación mencionado anteriormente a nuestra discreción razonable; (b) su cargo, y sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso que se encuentre disponible a su favor por ley, si sucede cualquier de las causas listadas en la sub-condición 13.2.
13.2 Para los efectos de la sub-condición 13.1, son causas de terminación de Contrato las siguientes:
13.2.1 Si el Cliente incumple con cualquiera de sus obligaciones bajo el Contrato o cualquier otro acuerdo celebrado con la Empresa, y dicho incumplimiento no pueda subsanarse o, aún y que pudiera subsanarse, no haya sido subsanado por el Cliente dentro del plazo especificado por la Empresa en el aviso que por escrito haya notificado al Cliente sobre dicho incumplimiento;
13.2.2 Si el Cliente no paga la Contraprestacióncuenta fue, o no paga nuestros controles detectan que podría ser utilizada para prácticas engañosas, fraudulentas o ilegales; o (c) su uso de los Servicios perjudicaré o nuestros controles detectan que podría perjudicar a nuestros archivos, otros clientes o intereses legítimos de HEJERCOL. Le notificaremos de inmediato de dicha terminación o suspensión por correo electrónico o medios similares, indicando el motivo, salvo cuando tengamos motivos para creer que el suministro de esta información obstaculizará la Contraprestación dentro del plazo acordado con investigación o la Empresa;
13.2.3 Si el Cliente cede en beneficio prevención de sus acreedoresprácticas engañosas, fraudulentas o ilegales, o el Cliente deja le permitirá eludir nuestras medidas de pagar o suspende el pago de cualquiera de sus deudas, o algún procedimiento de quiebra, insolvencia o concurso mercantil se inicia por o en contra del Cliente, o se designa a un fiduciario o síndico para el Cliente por parte sustancial de sus activos, o si se instituye informal o formalmente cualquier procedimiento de disolución o liquidación por o en contra del Cliente;
13.2.4 Si un acreedor toma posesión, o un síndico o administrador es designado, sobre cualquiera de los bienes o activos del Cliente;
13.2.5 Si el Cliente deja, o amenaza con dejar, de operar su negocio;
13.2.6 Si la Empresa llega a tener conocimiento que cualquiera de las causas mencionadas en las sub-condiciones 13.2.1 a 13.2.5 está a punto de ocurrir y notifica al Cliente en consecuencia;
13.2.7 Si la Empresa llega a tener conocimiento que al realizar los Servicios o hacer negocios con el Cliente estaría en violación de alguna Sanción Comercial, o el Cliente no cumple con las peticiones de la Empresa para que lleve a cabo una revisión legal (due diligence) en relación a su cumplimiento con las Sanciones Comerciales u otras leyes o reglamentos aplicables, o el Cliente realiza alguna acción que esté en violación de alguna Sanción Comercial o que ocasionaría que la Empresa esté en violación;
13.2.8 En caso que suceda algún cambio de control, fusión o consolidación por parte del Cliente (el Cliente deberá comunicar dicha situación a la Empresa de forma inmediata y previo a que suceda), y exista evidencia de que, a criterio de la Empresa, dicho cambio podría afectar el desempeño financiero o administrativo o cualquier otra clase de desempeño del Cliente bajo el Contrato;
13.2.9 Si cualquier tribunal de jurisdicción competente concede sentencia en contra de cualquiera de los accionistas, socios, miembros de consejo, directores, administradores o funcionarios del Cliente por acción penal cometida, que pueda afectar al patrimonio, operaciones, administración, negocio o interés del Cliente o de la Empresa;
13.2.10 En caso de que cualquier conflicto colectivo de trabajo surja en las instalaciones del Cliente y no sea resuelto dentro de los 60 (sesenta) días siguientes a su inicio; y
13.2.11 En general, cualquier incumplimiento por parte del Cliente a sus obligaciones establecidas en el Contrato, teniendo el Cliente la obligación de indemnizar y mantener en paz y a salvo a la Empresa de y contra todos los daños, pérdidas, costos y gastos ocasionados por dicho incumplimiento.
13.3 protección. A la terminación de este Acuerdo, todos los derechos y obligaciones relacionados conforme a este Acuerdo se cancelan inmediatamente, salvo que (d) usted seguirá siendo responsable del Contrato por cualquier razón, cualquier deuda que tenga el Cliente cumplimiento de todas sus obligaciones en relación con la Empresa será exigible y deberá ser pagada las transacciones celebradas antes de inmediato, con los intereses aplicables.
13.4 La terminación del Contrato, cualquiera que sea su origen, no afectará ninguno de los derechos, recursos, obligaciones y responsabilidades que las partes hayan adquirido a la fecha de terminación.
13.5 Los Términos y Condiciones que expresa o implícitamente sobrevivan a la terminación del Contrato, continuarán en pleno vigor y efecto.
13.6 La Empresa no será responsable ante el Cliente, de cualquier obligación que se haya acumulado antes de la terminación o como resultado de la terminación del Contrato, por pérdida de ganancias o futuras ventas, o por gastos, inversiones, contratos de arrendamiento u otras obligaciones relacionadas con el negocio o créditos y reputación comercial del Cliente. El Cliente se compromete a indemnizar y sacar en paz y a salvo a la Empresa de cualquier demanda o reclamación que los empleados, representantes o clientes del Cliente pudieran iniciar en su contra con respecto a su remuneración, reembolsos o por los daños que resulten de la terminación del Contratoesta.
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VIGENCIA Y TERMINACIÓN. La vigencia de estos 9.1. Estos Términos y Condiciones será indefinida y continuarán en vigor durante la duración del Contrato, salvo por aquellos Términos y Condiciones que deban subsistir son legalmente obligatorias para las partes con respecto a la terminación Entrega de los Productos y/o Servicios. Las Cláusulas 8, 10, 11, 12 y 14.2 prevalecerán con posterioridad a la entrega de los productos y/o servicios. El presente documento permanecerá vigente en tanto el Proveedor no culmine con sus obligaciones adquiridas al amparo del Contrato de conformidad con lo establecido en este instrumento o por ley. Para los propósitos de esta condición 13mismo, "Sanciones Comerciales" significa cualquier sanción comercial o económica aplicable, control de importaciones o de exportaciones, embargo o leyes similares, regulaciones, normas, medidas, salvaguardias, restricciones, listas de partes restringidas o designadas, licencias, decretos o requerimientos que estén vigentes o entren en vigor de tiempo en tiempo, incluyendo sin limitar las emitidas por México, los Estados Unidos de América, la Unión Europeaembargo, el Xxxxx Unido y las Naciones UnidasComprador podrá darlo por terminado de firma anticipada previo aviso que de al Proveedor con al menos 30 días de anticipación a la fecha de terminación deseada.
13.1 Previa notificación por escrito al Cliente, la Empresa podrá dar por terminado 9.2. El Comprador puede cancelar inmediatamente el Contrato y cualquier otro acuerdo celebrado con el Cliente, en cualquier momento y con efectos inmediatos, sin necesidad de declaración judicial previa y sin responsabilidad alguna a su cargo, y sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso que se encuentre disponible a su favor por ley, si sucede cualquier de las causas listadas en la sub-condición 13.2.
13.2 Para los efectos de la sub-condición 13.1, son causas de terminación de Contrato las siguientes:
13.2.1 Si el Cliente incumple con cualquiera de sus obligaciones bajo el Contrato o cualquier otro acuerdo celebrado con la Empresa, y dicho incumplimiento no pueda subsanarse o, aún y que pudiera subsanarse, no haya sido subsanado por el Cliente dentro del plazo especificado por la Empresa en el aviso que por escrito haya notificado al Cliente sobre dicho incumplimiento;
13.2.2 Si el Cliente no paga la Contraprestación, o no paga la Contraprestación dentro del plazo acordado con la Empresa;
13.2.3 Si el Cliente cede en beneficio de sus acreedores, o el Cliente deja de pagar o suspende el pago de cualquiera de sus deudas, o algún procedimiento de quiebra, insolvencia o concurso mercantil se inicia por o en contra del Cliente, o se designa a un fiduciario o síndico para el Cliente por parte sustancial de sus activos, o si se instituye informal o formalmente cualquier procedimiento de disolución o liquidación por o en contra del Cliente;
13.2.4 Si un acreedor toma posesión, o un síndico o administrador es designado, sobre cualquiera de los bienes o activos del Cliente;
13.2.5 Si el Cliente deja, o amenaza con dejar, de operar su negocio;
13.2.6 Si la Empresa llega a tener conocimiento que cualquiera de las causas mencionadas en las sub-condiciones 13.2.1 a 13.2.5 está a punto de ocurrir y notifica al Cliente en consecuencia;
13.2.7 Si la Empresa llega a tener conocimiento que al realizar los Servicios o hacer negocios con el Cliente estaría en violación de alguna Sanción Comercial, o el Cliente no cumple con las peticiones de la Empresa para que lleve a cabo una revisión legal (due diligence) en relación a su cumplimiento con las Sanciones Comerciales u otras leyes o reglamentos aplicables, o el Cliente realiza alguna acción que esté en violación de alguna Sanción Comercial o que ocasionaría que la Empresa esté en violación;
13.2.8 En caso que suceda algún cambio de control, fusión o consolidación suministro por parte del Cliente Proveedor de cualquier Producto y/o Servicio cuya entrega esté pendiente y mediante notificación escrita al respecto entregada por el Comprador al Proveedor:
(el Cliente deberá comunicar dicha situación a a) en las circunstancias establecidas en la Empresa de forma inmediata y previo a que suceda), y exista evidencia de que, a criterio de la Empresa, dicho cambio podría afectar el desempeño financiero o administrativo o cualquier otra clase de desempeño del Cliente bajo el Contrato;Cláusula 7; y
13.2.9 Si cualquier tribunal de jurisdicción competente concede sentencia (b) en contra de cualquiera de los accionistas, socios, miembros de consejo, directores, administradores o funcionarios del Cliente por acción penal cometida, que pueda afectar al patrimonio, operaciones, administración, negocio o interés del Cliente o de la Empresa;
13.2.10 En caso de que cualquier conflicto colectivo el Proveedor no vaya a entregar los Productos y/o Servicios dentro del periodo de trabajo surja tiempo aplicable y cumpliendo con los requisitos de calidad indicados en las instalaciones Especificaciones, según sean modificados y/o aclarados por la correspondiente Orden de Compra, y que aún no haya subsanado dicho incumplimiento a satisfacción del Cliente y no sea resuelto Comprador dentro de los 60 (sesenta) 14 días siguientes a su inicio; y
13.2.11 En general, cualquier incumplimiento por parte del Cliente a sus obligaciones establecidas en el Contrato, teniendo el Cliente la obligación de indemnizar y mantener en paz y a salvo naturales posteriores a la Empresa recepción de y contra todos los daños, pérdidas, costos y gastos ocasionados la solicitud hecha por el Comprador para subsanar dicho incumplimiento.
13.3 A 9.3. Cualquier cancelación señalada en las cláusulas anteriores no exime al Comprador de la terminación del Contrato obligación de pagar al Proveedor por cualquier razón, cualquier deuda que tenga el Cliente con la Empresa será exigible y deberá ser pagada los Productos y/o Servicios suministrados de inmediato, con los intereses aplicables.
13.4 La terminación del Contrato, cualquiera que sea su origen, no afectará ninguno manera satisfactoria antes de los derechos, recursos, obligaciones y responsabilidades que las partes hayan adquirido a la fecha de terminaciónen que dicha cancelación y terminación entre en vigor.
13.5 Los Términos y Condiciones que expresa o implícitamente sobrevivan a la terminación del Contrato, continuarán en pleno vigor y efecto.
13.6 La Empresa no será responsable ante el Cliente, como resultado de la terminación del Contrato, por pérdida de ganancias o futuras ventas, o por gastos, inversiones, contratos de arrendamiento u otras obligaciones relacionadas con el negocio o créditos y reputación comercial del Cliente. El Cliente se compromete a indemnizar y sacar en paz y a salvo a la Empresa de cualquier demanda o reclamación que los empleados, representantes o clientes del Cliente pudieran iniciar en su contra con respecto a su remuneración, reembolsos o por los daños que resulten de la terminación del Contrato.
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VIGENCIA Y TERMINACIÓN. La vigencia duración del presente Contrato es por tiempo indeterminado, no obstante, se podrá dar por terminado a partir de estos Términos y Condiciones será indefinida y continuarán la fecha en vigor durante que el Cliente solicite la duración terminación o cancelación del Contrato, salvo bastando para ello la presentación de una solicitud por escrito en cualquier Oficina de Servicios o Sucursal de Compartamos. Compartamos se cerciorará de la autenticidad y veracidad de la identidad del Cliente que formule la solicitud de terminación respectiva, para lo cual, Compartamos confirmará los datos personalmente, al momento de la presentación de la solicitud de terminación Compartamos proporcionará al Cliente el acuse de recibo y clave de confirmación o número de folio de cancelación, de igual forma proporcionará al Cliente el saldo existente en la Cuenta correspondiente. El Contrato se dará por terminado a partir de la fecha en que el Cliente solicite por escrito su terminación, siempre y cuando se cubran los adeudos y comisiones devengados a esa fecha y se retire el saldo existente en ese momento. Una vez realizado el retiro del saldo de la Cuenta, Compartamos y el Cliente renuncian a sus derechos de cobro residuales, que pudieran subsistir después del momento de la cancelación, en el caso del Producto de Inversiones, cuando el Cliente de por terminado el Contrato de forma anticipada, los recursos serán entregados en la fecha de vencimiento del pagaré. Derivado de la solicitud de terminación de Contrato presentada por el Cliente Compartamos procederá de la siguiente manera: a) cancelará los Medios de Disposición vinculados al Contrato en la fecha de presentación de la solicitud; el Cliente deberá hacer entrega de éstos o manifestar por escrito y bajo protesta de decir verdad en escrito libre, que fueron destruidos o que no cuenta con ellos, por lo que no podrán hacer disposición alguna a partir de dicha fecha, b) rechazará cualquier disposición que pretenda efectuarse con posterioridad a la cancelación de los Medios de Disposición, en consecuencia, no se podrán hacer nuevos cargos adicionales a partir del momento en que se realice la cancelación, excepto los ya generados, c) cancelará, sin su responsabilidad, los productos y/o servicios adicionales necesariamente vinculados o asociados a la Cuenta en la fecha de la solicitud de terminación incluyendo aquellos Términos y Condiciones que deban subsistir a indicados en la cláusula Cuadragésima Novena, d) se abstendrá de condicionar la terminación del presente Contrato a la devolución del Contrato que obre en poder del Cliente, y e) se abstendrá de conformidad con lo establecido cobrar al Cliente Comisión o penalización por la terminación del Contrato. El Cliente podrá cancelar sin responsabilidad alguna de su parte el presente Contrato en un período de 10 (diez) Días Hábiles posteriores a su firma. En este instrumento o caso, Compartamos no podrá cobrar Comisión alguna, siempre y cuando el Cliente no haya utilizado u operado el(los) Producto(s) contratado(s). Asimismo, el Cliente podrá solicitar por ley. Para los propósitos escrito la terminación del presente Contrato, por conducto de esta condición 13, "Sanciones Comerciales" significa cualquier sanción comercial o económica aplicable, control de importaciones o de exportaciones, embargo o leyes similares, regulaciones, normas, medidas, salvaguardias, restricciones, listas de partes restringidas o designadas, licencias, decretos o requerimientos otra entidad financiera que estén vigentes o entren en vigor de tiempo en tiempo, incluyendo sin limitar las emitidas por México, los Estados Unidos de Américase denominará receptora, la Unión Europeacual deberá abrir una cuenta a nombre del Cliente y remitir los documentos originales en los que conste la manifestación de la voluntad de dar por terminada la relación contractual a Compartamos, el Xxxxx Unido a fin de que se transfieran los Recursos a la receptora, quien llevará a cabo los trámites respectivos, bajo su responsabilidad y las Naciones Unidas.
13.1 Previa notificación sin cobro de Comisión alguna por escrito al Cliente, la Empresa tales gestiones. Compartamos podrá dar por terminado el presente Contrato sin su responsabilidad y cualquier otro acuerdo celebrado con el ClienteCliente tendrá la obligación de cubrir de inmediato todas y cada una de sus obligaciones, pago de comisiones y demás accesorios cuando: a) el Cliente no mantenga durante 18 (dieciocho) meses consecutivos saldo en cualquier momento y con efectos inmediatosla Cuenta, sin necesidad b) el Cliente no realice transacción, operación o movimiento alguno en la Cuenta durante 3 (tres) años consecutivos c) el Cliente proporcione información y/o documentación falsa a Compartamos, d) en caso de declaración judicial previa y sin responsabilidad alguna a su cargola Cuenta Mi Grupo Compartamos, ésta no mantenga los cotitulares necesarios conforme el Capítulo Cuarto del presente Contrato, y sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso que se encuentre disponible a su favor por ley, si sucede cualquier de las causas listadas en la sub-condición 13.2.
13.2 Para los efectos de la sub-condición 13.1, son causas de terminación de Contrato las siguientes:
13.2.1 Si e) el Cliente incumple incumpla con cualquiera de sus las obligaciones bajo el Contrato o cualquier otro acuerdo celebrado con la Empresa, y dicho incumplimiento no pueda subsanarse o, aún y que pudiera subsanarse, no haya sido subsanado por el Cliente dentro del plazo especificado por la Empresa en el aviso que por escrito haya notificado al Cliente sobre dicho incumplimiento;
13.2.2 Si el Cliente no paga la Contraprestación, o no paga la Contraprestación dentro del plazo acordado con la Empresa;
13.2.3 Si el Cliente cede en beneficio de sus acreedores, o el Cliente deja de pagar o suspende el pago de cualquiera de sus deudas, o algún procedimiento de quiebra, insolvencia o concurso mercantil se inicia por o en contra del Cliente, o se designa a un fiduciario o síndico para el Cliente por parte sustancial de sus activos, o si se instituye informal o formalmente cualquier procedimiento de disolución o liquidación por o en contra del Cliente;
13.2.4 Si un acreedor toma posesión, o un síndico o administrador es designado, sobre cualquiera de los bienes o activos del Cliente;
13.2.5 Si el Cliente deja, o amenaza con dejar, de operar su negocio;
13.2.6 Si la Empresa llega a tener conocimiento que cualquiera de las causas mencionadas en las sub-condiciones 13.2.1 a 13.2.5 está a punto de ocurrir y notifica al Cliente en consecuencia;
13.2.7 Si la Empresa llega a tener conocimiento que al realizar los Servicios o hacer negocios con el Cliente estaría en violación de alguna Sanción Comercial, o el Cliente no cumple con las peticiones de la Empresa para que lleve a cabo una revisión legal (due diligence) en relación a su cumplimiento cargo con las Sanciones Comerciales u otras leyes o reglamentos aplicables, o el Cliente realiza alguna acción que esté en violación de alguna Sanción Comercial o que ocasionaría que la Empresa esté en violación;
13.2.8 En caso que suceda algún cambio de control, fusión o consolidación por parte motivo del Cliente (el Cliente deberá comunicar dicha situación a la Empresa de forma inmediata y previo a que suceda), y exista evidencia de que, a criterio de la Empresa, dicho cambio podría afectar el desempeño financiero o administrativo o cualquier otra clase de desempeño del Cliente bajo el presente Contrato;
13.2.9 Si cualquier tribunal de jurisdicción competente concede sentencia en contra de cualquiera de los accionistas, socios, miembros de consejo, directores, administradores o funcionarios del Cliente por acción penal cometida, que pueda afectar al patrimonio, operaciones, administración, negocio o interés del Cliente o de la Empresa;
13.2.10 En caso de que cualquier conflicto colectivo de trabajo surja en las instalaciones del Cliente y no sea resuelto dentro de los 60 (sesenta) días siguientes a su inicio; y
13.2.11 En general, cualquier incumplimiento por parte del Cliente a sus obligaciones establecidas en el Contrato, teniendo el Cliente la obligación de indemnizar y mantener en paz y a salvo a la Empresa de y contra todos los daños, pérdidas, costos y gastos ocasionados por dicho incumplimiento.
13.3 A la terminación del Contrato por cualquier razón, cualquier deuda que tenga el Cliente con la Empresa será exigible y deberá ser pagada de inmediato, con los intereses aplicables.
13.4 La terminación del Contrato, cualquiera que sea su origen, no afectará ninguno de los derechos, recursos, obligaciones y responsabilidades que las partes hayan adquirido a la fecha de terminación.
13.5 Los Términos y Condiciones que expresa o implícitamente sobrevivan a la terminación del Contrato, continuarán en pleno vigor y efecto.
13.6 La Empresa no será responsable ante el Cliente, como resultado . Al momento de la terminación o cancelación del Contrato, por pérdida presente Contrato el cobro de ganancias los servicios adicionales incluyendo el servicio de Domiciliación de productos o futuras ventas, o por gastos, inversiones, contratos de arrendamiento u otras obligaciones relacionadas con el negocio o créditos y reputación comercial del Cliente. El Cliente se compromete a indemnizar y sacar en paz y a salvo servicios asociados a la Empresa cuenta, se cancelarán sin responsabilidad para Compartamos con independencia de cualquier demanda o reclamación que quien conserve la autorización de los empleados, representantes o clientes del Cliente pudieran iniciar en su contra con respecto a su remuneración, reembolsos o por los daños que resulten de la terminación del Contratocargos correspondientes.
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VIGENCIA Y TERMINACIÓN. La (a) Estas Condiciones permanecerán en plena vigencia y efectos mientras Emergent Cold preste servicios de estos Términos y Condiciones será indefinida y continuarán en vigor durante la duración del Contrato, salvo por aquellos Términos y Condiciones que deban subsistir a la terminación del Contrato de conformidad con lo establecido en este instrumento o por ley. Para los propósitos de esta condición 13, "Sanciones Comerciales" significa cualquier sanción comercial o económica aplicable, control de importaciones o de exportaciones, embargo o leyes similares, regulaciones, normas, medidas, salvaguardias, restricciones, listas de partes restringidas o designadas, licencias, decretos o requerimientos que estén vigentes o entren en vigor de tiempo en tiempo, incluyendo sin limitar las emitidas por México, los Estados Unidos de América, la Unión Europea, el Xxxxx Unido y las Naciones Unidas.
13.1 Previa notificación por escrito almacenamiento al Cliente, la Empresa y hasta que una de las Partes resuelva este Contrato según lo dispuesto en el presente documento.
(b) Emergent Cold podrá, previa notificación por escrito, exigir el retiro de los Bienes o cualquier parte de los mismos, xxx Xxxxxxx previo cobro y pago de todos los cargos atribuibles a dichos Bienes en un plazo establecido, no inferior a 30 días tras dicha notificación. Si dichos Bienes no se retiran después de dicha notificación, el Cliente acepta y reconoce que Xxxxxxxx Cold podrá dar por terminado el Contrato y cualquier otro acuerdo celebrado con el Cliente, en cualquier momento y con efectos inmediatos, sin necesidad de declaración judicial previa y sin responsabilidad alguna a su cargocriterio disponer de ellos o retirarlos según disponga la ley y tendrá derecho a ejercer cualesquiera otros derechos que le otorgue la ley con respecto a dichos Bienes.
(c) En caso Emergent Cold determine que los Bienes, y sin perjuicio o parte de cualquier otro derecho los mismos, se encuentran en una situación de riesgo, o recurso que se encuentre disponible puedan causar un daño al Almacén o a productos de terceros (por ejemplo, debido a su favor por leyestado de descomposición, si sucede cualquier de las causas listadas en la sub-condición 13.2.
13.2 Para los efectos de la sub-condición 13.1, son causas de terminación de Contrato las siguientes:
13.2.1 Si el Cliente incumple con cualquiera de sus obligaciones bajo el Contrato o cualquier otro acuerdo celebrado con la Empresa, y dicho incumplimiento no pueda subsanarse o, aún y que pudiera subsanarse, no haya sido subsanado por el Cliente dentro del plazo especificado por la Empresa en el aviso que por escrito haya notificado al Cliente sobre dicho incumplimiento;
13.2.2 Si el Cliente no paga la Contraprestación, o no paga la Contraprestación dentro del plazo acordado con la Empresa;
13.2.3 Si el Cliente cede en beneficio de sus acreedores, o el Cliente deja de pagar o suspende el pago de cualquiera de sus deudas, o algún procedimiento de quiebra, insolvencia o concurso mercantil se inicia por o en contra del Cliente, o se designa a un fiduciario o síndico para el Cliente por parte sustancial de sus activos, o si se instituye informal o formalmente cualquier procedimiento de disolución o liquidación por o en contra del Cliente;
13.2.4 Si un acreedor toma posesión, o un síndico o administrador es designado, sobre cualquiera de los bienes o activos del Cliente;
13.2.5 Si el Cliente deja, o amenaza con dejar, de operar su negocio;
13.2.6 Si la Empresa llega a tener conocimiento que cualquiera de las causas mencionadas en las sub-condiciones 13.2.1 a 13.2.5 está a punto de ocurrir y notifica al Cliente en consecuencia;
13.2.7 Si la Empresa llega a tener conocimiento que al realizar los Servicios o hacer negocios con el Cliente estaría en violación de alguna Sanción Comercial, o el Cliente no cumple con las peticiones de la Empresa para que lleve a cabo una revisión legal (due diligence) en relación a su cumplimiento con las Sanciones Comerciales u otras leyes o reglamentos aplicables, o el Cliente realiza alguna acción que esté en violación de alguna Sanción Comercial o que ocasionaría que la Empresa esté en violación;
13.2.8 En caso que suceda algún cambio de control, fusión o consolidación por parte del Cliente (el Cliente deberá comunicar dicha situación a la Empresa de forma inmediata y previo a que suceda), y exista evidencia de que, a criterio de la Empresa, dicho cambio podría afectar el desempeño financiero o administrativo o cualquier otra clase alteración que genere un riesgo de desempeño del Cliente bajo contaminación y/u otros daños), entonces cursará una notificación al Cliente, con la finalidad que las Partes puedan tomar una decisión dentro de las veinticuatro (24) horas desde recibida dicha comunicación. En el Contrato;
13.2.9 Si cualquier tribunal de jurisdicción competente concede sentencia en contra de cualquiera de los accionistas, socios, miembros de consejo, directores, administradores o funcionarios del Cliente por acción penal cometida, caso que pueda afectar al patrimonio, operaciones, administración, negocio o interés el plazo indicado transcurra sin respuesta del Cliente o sin que exista un acuerdo sobre los Bienes, Emergent Cold podrá, (i) aislar dichos Bienes, de tal manera que se mitiga el riesgo de contaminación, (ii) solicitar al Cliente que retire inmediatamente y como máximo dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes, dichos Bienes xxx Xxxxxxx, y/o (iii) gestionar con una empresa de certificación de calidad acreditada (costo que será asumido por el Cliente), la Empresa;
13.2.10 obtención de un certificado de calidad de los Bienes, cuyo estado sanitario se cuestiona. En caso dicha empresa concluya que los Bienes referidos se encuentran en situación de riesgo, o que cualquier conflicto colectivo de trabajo surja en las instalaciones del Cliente puedan causar un daño al Almacén, y siempre que ellos no sea resuelto dentro de los 60 (sesenta) días siguientes hayan sido retirados, Emergent Cold quedará habilitada a su inicio; y
13.2.11 En generalretirar dichos Bienes xxx Xxxxxxx, cualquier incumplimiento por parte del Cliente a sus obligaciones establecidas en el Contratosin que esto le genere responsabilidad alguna, teniendo lo cual el Cliente la obligación de indemnizar y mantener en paz y reconoce. Todos los cargos relacionados con dicho retiro correrán a salvo a la Empresa de y contra todos los daños, pérdidas, costos y gastos ocasionados por dicho incumplimiento.
13.3 A la terminación del Contrato por cualquier razón, cualquier deuda que tenga el Cliente con la Empresa será exigible y deberá ser pagada de inmediato, con los intereses aplicables.
13.4 La terminación del Contrato, cualquiera que sea su origen, no afectará ninguno de los derechos, recursos, obligaciones y responsabilidades que las partes hayan adquirido a la fecha de terminación.
13.5 Los Términos y Condiciones que expresa o implícitamente sobrevivan a la terminación del Contrato, continuarán en pleno vigor y efecto.
13.6 La Empresa no será responsable ante el Cliente, como resultado de la terminación del Contrato, por pérdida de ganancias o futuras ventas, o por gastos, inversiones, contratos de arrendamiento u otras obligaciones relacionadas con el negocio o créditos y reputación comercial cargo del Cliente. El Cliente se compromete a indemnizar y sacar en paz y a salvo a la Empresa de cualquier demanda o reclamación que los empleados, representantes o clientes del Cliente pudieran iniciar en su contra con respecto a su remuneración, reembolsos o por los daños que resulten de la terminación del Contrato.
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VIGENCIA Y TERMINACIÓN. La vigencia de estos Términos y Condiciones será indefinida y continuarán en vigor durante la duración del presente Contrato y de sus Apartados es indefinida, salvo las excepciones que expresamente se establecen, pudiendo cualquiera de las partes dar por terminado uno o más Apartados en particular o todo el Contrato, salvo con el simple aviso a la contraparte por aquellos Términos escrito, con 30 (treinta) días de anticipación; para el caso de que el Cliente decida dar por terminado uno o más apartados o todo el Contrato, tendrá que ser en forma presencial en cualquier Sucursal del Banco, en el que el ejecutivo le dará a llenar un formato de terminación y Condiciones que deban subsistir a el ejecutivo le hará la entrega al Cliente del acuse de dicho formato (sellado y firmado). El Cliente en todo tiempo podrá solicitar la terminación del presente Contrato a través de conformidad otra Institución Financiera (“Institución Receptora”), la cual en caso de resultar procedente la solicitud debe abrir una cuenta a nombre del Cliente y comunicará al Banco (“Institución Transferente”) su compromiso sobre la veracidad y legitimidad de la instrucción de transferencia por parte del Cliente, lo anterior con la finalidad de transferir los recursos a la Institución Receptora, incluyendo los accesorios generados a la fecha de entre; lo establecido anterior se llevará a cabo mediante el siguiente procedimiento:
i) Requerir al Cliente confirmación de haber solicitado a la Institución Receptora el servicio de cancelación y transferencia de recursos a través de los datos de localización que se tenga convenidos con dicho Cliente
ii) El Banco transferirá los recursos objeto de la cuenta que sea indicada por la Institución Receptora, a más tardar al tercer día hábil bancario contado a partir de la recepción de la solicitud salvo que se trate de operaciones a plazo en cuyo caso el traspaso y la terminación tendrá efectos a su vencimiento.
iii) Una vez que los recursos se han transferido a la cuenta de la Institución Receptora, los derechos y obligaciones derivado del presente contrato quedan extintos. De igual forma el Banco, en su calidad de Institución Receptora, podrá ofrecer el servicio de terminación de operaciones con otras Entidades Financieras “Institución transferente” para lo cual requerirá del Cliente, previa su autenticación y cumplimiento de los requisitos de contratación del Producto respectivo, la solicitud por escrito de terminación de operaciones para que un plazo no mayor a 3 (tres) días hábiles requiera a la Institución Transferente que los recursos sean transferidos a la cuenta que al efecto abra el Banco y de por terminada la operación que mantenía con aquella. No obstante, la terminación de algún o algunos Apartados del Contrato o de este último, unos y otro seguirán produciendo todos sus efectos legales entre las partes hasta que el Cliente y el Banco hayan cumplido con todas y cada una de sus obligaciones contraídas al amparo de los mismos. En caso de que el Banco decida dar por terminado el presente Contrato o uno o más de sus Apartados, por no mantener el Cliente movimiento alguno, no mantener los saldos mínimos o en caso de que las operaciones del Cliente encuadren en los supuestos establecidos por el artículo 400 BIS del Código Penal Federal Vigente y 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, o por cualquier otra razón, el Cliente se obliga a retirar sus valores o efectivo, instruyendo al Banco para tales efectos a más tardar el día en que surta efectos la terminación del Apartado de que se trate o del Contrato mismo. En caso contrario, el Banco podrá liberarse de las obligaciones de entrega, consignando el efectivo o valores en una cuenta concentradora en términos del artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito. Una vez transcurridos 3 (tres) años contados a partir de que hayan sido depositados los recursos en la cuenta global, cuyo importe no exceda por cuenta, al equivalente a 300 ( trescientos) xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en la Ciudad de México, prescribirán a favor de la beneficencia pública. Si el Cliente resuelve terminar el Contrato, el Cliente deberá llenar el formulario de cancelación que le será proporcionado en la oficina del Banco donde radique la cuenta y además deberá instruir expresamente al Banco por escrito con relación a la forma de disposición de sus valores y/o efectivo. En todo caso, el Cliente deberá liquidar todos los saldos a su cargo. El Cliente autoriza en este instrumento o por ley. Para los propósitos acto al Banco para que en caso de esta condición 13, "Sanciones Comerciales" significa cualquier sanción comercial o económica aplicable, control de importaciones o de exportaciones, embargo o leyes similares, regulaciones, normas, medidas, salvaguardias, restricciones, listas de partes restringidas o designadas, licencias, decretos o requerimientos que estén vigentes o entren en vigor de tiempo en tiempo, incluyendo sin limitar las emitidas por Méxicoexistan saldos a favor del Banco, los Estados Unidos valores y/o efectivo propiedad del Cliente queden en garantía de Américacumplimiento de las obligaciones omitidas. El Banco por su parte cancelará el cobro de los productos o servicios asociados, incluido el servicio de domiciliación de pago de bienes y servicios con cargo a la Unión Europeacuenta del Cliente. En el caso de depósitos bancarios de dinero a la vista, el Xxxxx Unido Contrato se dará por terminado a partir de la fecha en que el Cliente hubiese presentado su solicitud de cancelación y las Naciones Unidas.
13.1 Previa notificación hubiesen sido retirados los fondos correspondientes. El Cliente deberá acompañar a la solicitud los medios de disposición vinculados a la cuenta, o manifestar por escrito y bajo protesta de decir verdad, que no cuenta con ellos, por lo que no podrá hacer disposición alguna a partir de dicha fecha. El Banco adoptará las acciones necesarias para rechazar cualquier disposición que pretenda efectuarse con posterioridad a la cancelación de los Medios de Disposición, por lo que cualquier cargo que se registre a partir del momento de la citada cancelación, no podrá ser imputado al Cliente. El Banco proporcionará un estado de cuenta en el que se expresará el monto de los recursos objeto del depósito cuya cancelación se solicitó, los accesorios financieros causados y, en su caso, las comisiones aplicadas. El estado de cuenta, hará las veces de finiquito de la Empresa relación contractual. El Cliente podrá cancelar por escrito en cualquier sucursal del Banco, el presente contrato o alguno de los productos aquí, establecidos, sin responsabilidad alguna y sin que el Banco pueda cobrar comisión alguna, en un periodo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la firma del presente, siempre y cuando el Cliente no haya utilizado u operado los productos o servicios financieros contratados. No obstante lo señalado en la presente cláusula, el Banco podrá dar por terminado el presente Contrato y cualquier otro acuerdo celebrado con el Cliente, en cualquier momento y con efectos inmediatos, de manera inmediata sin necesidad de declaración judicial notificación previa y sin responsabilidad alguna a su cargo, y sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso que se encuentre disponible a su favor por ley, si sucede cualquier de las causas listadas en la sub-condición 13.2.
13.2 Para los efectos de la sub-condición 13.1, son causas de siguientes supuestos: a) cuando dicha terminación de Contrato le sea solicitada al Banco por alguna autoridad regulatoria, b) cuando en cumplimiento a las siguientes:
13.2.1 Si el Cliente incumple con cualquiera normas de sus obligaciones bajo el Contrato o cualquier otro acuerdo celebrado con Prevención xx Xxxxxx de Dinero y Financiamiento al terrorismo sea solicitada la Empresa, y dicho incumplimiento no pueda subsanarse o, aún y que pudiera subsanarse, no haya sido subsanado terminación de la relación contractual por el Cliente dentro Comité de Comunicación y Control del plazo especificado por Banco, c) cuando el Banco en virtud de las investigaciones que realice, determine que los documentos con los que fue contratado el producto o servicio son apócrifos, existe suplantación de identidad o que la Empresa en el aviso que por escrito haya notificado al Cliente sobre dicho incumplimiento;
13.2.2 Si información proporcionada para la celebración de los Contratos no es verídica, d) cuando el Cliente no paga proporcione al momento en que le sean solicitados por el Banco los documentos necesarios para la Contraprestaciónactualización de su expediente, e) cuando se detecte que se han realizado operaciones fraudulentas con los Productos o no paga la Contraprestación dentro del plazo acordado con la Empresa;
13.2.3 Si Servicios contratados. En los supuestos anteriores el Cliente cede en beneficio de sus acreedores, o el Cliente deja de pagar o suspende el pago de cualquiera de sus deudas, o algún procedimiento de quiebra, insolvencia o concurso mercantil se inicia por o en contra del Cliente, o se designa a un fiduciario o síndico para el Cliente por parte sustancial de sus activos, o si se instituye informal o formalmente cualquier procedimiento de disolución o liquidación por o en contra del Cliente;
13.2.4 Si un acreedor toma posesión, o un síndico o administrador es designado, sobre cualquiera de los bienes o activos del Cliente;
13.2.5 Si el Cliente deja, o amenaza con dejar, de operar su negocio;
13.2.6 Si la Empresa llega a tener conocimiento que cualquiera de las causas mencionadas en las sub-condiciones 13.2.1 a 13.2.5 está a punto de ocurrir y notifica Banco notificará al Cliente a través de Aviso en consecuencia;
13.2.7 Si el domicilio que se tenga registrado, la Empresa llega a tener conocimiento que al realizar los Servicios o hacer negocios con el Cliente estaría en violación de alguna Sanción Comercial, o el Cliente no cumple con las peticiones cancelación de la Empresa para que lleve cuenta a cabo una revisión legal (due diligence) en relación a su cumplimiento con las Sanciones Comerciales u otras leyes o reglamentos aplicables, o el Cliente realiza alguna acción que esté en violación de alguna Sanción Comercial o que ocasionaría que la Empresa esté en violación;
13.2.8 En caso que suceda algún cambio de control, fusión o consolidación por parte del Cliente (el Cliente deberá comunicar dicha situación a la Empresa de forma inmediata y previo a que suceda), y exista evidencia de que, a criterio de la Empresa, dicho cambio podría afectar el desempeño financiero o administrativo o cualquier otra clase de desempeño del Cliente bajo el Contrato;
13.2.9 Si cualquier tribunal de jurisdicción competente concede sentencia en contra de cualquiera de los accionistas, socios, miembros de consejo, directores, administradores o funcionarios del Cliente por acción penal cometida, que pueda afectar al patrimonio, operaciones, administración, negocio o interés del Cliente o de la Empresa;
13.2.10 En caso de que cualquier conflicto colectivo de trabajo surja en las instalaciones del Cliente y no sea resuelto más tardar dentro de los 60 15 (sesentaquince) días siguientes posteriores a que fue cancelada la misma. Así mismo cuando el Cliente se encuentre o sea incorporado en las listas de la OFAC (por sus siglas en ingles Office of Foreign Assets Control), el Banco bloqueará la cuenta y/o el servicio y le notificará al Cliente la situación de manera posterior mediante aviso a su inicio; y
13.2.11 En general, cualquier incumplimiento por parte del Cliente domicilio a efecto de que éste haga valer sus obligaciones establecidas en el Contrato, teniendo el Cliente la obligación de indemnizar y mantener en paz y a salvo a la Empresa de y contra todos los daños, pérdidas, costos y gastos ocasionados por dicho incumplimientoderechos.
13.3 A la terminación del Contrato por cualquier razón, cualquier deuda que tenga el Cliente con la Empresa será exigible y deberá ser pagada de inmediato, con los intereses aplicables.
13.4 La terminación del Contrato, cualquiera que sea su origen, no afectará ninguno de los derechos, recursos, obligaciones y responsabilidades que las partes hayan adquirido a la fecha de terminación.
13.5 Los Términos y Condiciones que expresa o implícitamente sobrevivan a la terminación del Contrato, continuarán en pleno vigor y efecto.
13.6 La Empresa no será responsable ante el Cliente, como resultado de la terminación del Contrato, por pérdida de ganancias o futuras ventas, o por gastos, inversiones, contratos de arrendamiento u otras obligaciones relacionadas con el negocio o créditos y reputación comercial del Cliente. El Cliente se compromete a indemnizar y sacar en paz y a salvo a la Empresa de cualquier demanda o reclamación que los empleados, representantes o clientes del Cliente pudieran iniciar en su contra con respecto a su remuneración, reembolsos o por los daños que resulten de la terminación del Contrato.
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VIGENCIA Y TERMINACIÓN. La vigencia duración del presente Contrato y de estos Términos y Condiciones será sus Apartados es indefinida y continuarán entrará en vigor durante a partir de la duración del Contrato, salvo por aquellos Términos y Condiciones que deban subsistir a la terminación del Contrato fecha de conformidad con lo establecido en este instrumento o por ley. Para los propósitos de esta condición 13, "Sanciones Comerciales" significa cualquier sanción comercial o económica aplicable, control de importaciones o de exportaciones, embargo o leyes similares, regulaciones, normas, medidas, salvaguardias, restricciones, listas de partes restringidas o designadas, licencias, decretos o requerimientos que estén vigentes o entren en vigor de tiempo en tiempo, incluyendo sin limitar las emitidas por México, los Estados Unidos de América, la Unión Europea, el Xxxxx Unido y las Naciones Unidassu firma.
13.1 Previa notificación I Terminación por escrito al Clienteparte del Cliente.- El Cliente por su parte, la Empresa podrá dar por terminado el presente Contrato en los siguientes casos:
a. El Cliente podrá dar por terminado en cualquier tiempo el Contrato y/o uno o más apartados del mismo, siempre y cuando se cubran los adeudos y comisiones cargadas a la fecha de la solicitud de terminación. Si el Cliente resuelve terminar el Contrato, deberá llenar el formulario de cancelación que le será proporcionado por un ejecutivo en cualquier Sucursal del Banco y además deberá instruir expresamente al Banco por escrito con relación a la forma de disposición de sus valores y/o efectivo. El ejecutivo de la Sucursal le entregará al Cliente el acuse de recibo de dicho formato y clave de confirmación o folio, debiéndose cerciorar previamente de la autenticidad y veracidad de la identidad del Cliente, confirmando sus datos personalmente, por vía telefónica, o cualquier otro acuerdo celebrado con el medio pactado Dicha terminación surtirá efectos al día siguiente de su presentación, salvo que existan adeudos pendientes por cubrir por parte del Cliente, en cualquier momento y con cuyo caso la terminación surtirá efectos inmediatosuna vez realizado el pago total de los adeudos pendientes. El Banco comunicará al Cliente a más tardar al día hábil siguiente al de la recepción de la solicitud de terminación, sin necesidad el importe de declaración judicial previa y sin responsabilidad alguna los adeudos a su cargo, y sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso que se encuentre disponible el Banco pondrá a su favor por leydisposición del Cliente dicho dato a determinada fecha, si sucede cualquier de las causas listadas en la sub-condición 13.2.
13.2 Para los efectos de la sub-condición 13.1, son causas de terminación de Contrato las siguientes:
13.2.1 Si el Cliente incumple con cualquiera de sus obligaciones bajo el Contrato o cualquier otro acuerdo celebrado con la Empresa, y dicho incumplimiento no pueda subsanarse o, aún y que pudiera subsanarse, no haya sido subsanado Sucursal elegida por el Cliente dentro del plazo especificado y una vez liquidados los adeudos se dará por terminado el presente Contrato. En el caso de depósitos bancarios de dinero a la Empresa vista, el Contrato se dará por terminado a partir de la fecha en que el Cliente hubiese presentado su solicitud de terminación y hubiesen sido retirados los fondos correspondientes, siempre y cuando se cubran los adeudos y Comisiones cargados a esa fecha, de acuerdo con lo establecido en el aviso presente Contrato. Una vez realizado el retiro del saldo, el Banco deberá proporcionar al Cliente acuse de recibo y clave de confirmación o número de folio de cancelación renunciando ambos a sus derechos de cobro residuales, que pudieran subsistir después del momento de la cancelación. El Banco por su parte cancelará el cobro de los productos o servicios asociados, incluido el servicio de domiciliación de pago de bienes y servicios con cargo a la Cuenta del Cliente, Una vez que la cancelación surta efectos, el Banco debera abstenerse de realizar cargos en la Cuenta Eje relacionadas con dicha domiciliación. Asimismo, el Cliente deberá acompañar a la solicitud de terminación los medios de disposición vinculados a la cuenta, o manifestar por escrito haya notificado y bajo protesta de decir verdad, que no cuenta con ellos, por lo que no podrá hacer disposición alguna a partir de dicha fecha. El Banco adoptará las acciones necesarias para rechazar cualquier disposición que pretenda efectuarse con posterioridad a la cancelación de los Medios de Disposición, por lo que cualquier cargo que se registre a partir del momento de la citada cancelación, no podrá ser imputado al Cliente. El Banco proporcionará un estado de cuenta en el que se expresará el monto de los recursos objeto del depósito cuya terminación se solicitó, y, en su caso, las comisiones aplicadas. El estado de cuenta, hará las veces de finiquito de la relación contractual. Por último, el Cliente sobre dicho incumplimiento;
13.2.2 Si podrá cancelar por escrito en cualquier Sucursal del Banco, el presente Contrato o alguno de los productos aquí, establecidos, sin responsabilidad alguna y sin que el Banco pueda cobrar comisión alguna, en un periodo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la firma del presente Contrato, siempre y cuando el Cliente no paga la Contraprestación, haya utilizado u operado los productos o no paga la Contraprestación dentro del plazo acordado con la Empresa;servicios financieros contratados.
13.2.3 Si el Cliente cede en beneficio de sus acreedores, o el Cliente deja de pagar o suspende el pago de cualquiera de sus deudas, o algún procedimiento de quiebra, insolvencia o concurso mercantil se inicia por o en contra del Cliente, o se designa a un fiduciario o síndico para el Cliente por parte sustancial de sus activos, o si se instituye informal o formalmente cualquier procedimiento de disolución o liquidación por o en contra del Cliente;
13.2.4 Si un acreedor toma posesión, o un síndico o administrador es designado, sobre cualquiera de los bienes o activos del Cliente;
13.2.5 Si el Cliente deja, o amenaza con dejar, de operar su negocio;
13.2.6 Si la Empresa llega a tener conocimiento que cualquiera de las causas mencionadas en las sub-condiciones 13.2.1 a 13.2.5 está a punto de ocurrir y notifica al Cliente en consecuencia;
13.2.7 Si la Empresa llega a tener conocimiento que al realizar los Servicios o hacer negocios con el Cliente estaría en violación de alguna Sanción Comercial, o el Cliente no cumple con las peticiones de la Empresa para que lleve a cabo una revisión legal (due diligence) en relación a su cumplimiento con las Sanciones Comerciales u otras leyes o reglamentos aplicables, o el Cliente realiza alguna acción que esté en violación de alguna Sanción Comercial o que ocasionaría que la Empresa esté en violación;
13.2.8 En caso que suceda algún cambio de control, fusión o consolidación por parte del Cliente (el Cliente deberá comunicar dicha situación a la Empresa de forma inmediata y previo a que suceda), y exista evidencia de que, a criterio de la Empresa, dicho cambio podría afectar el desempeño financiero o administrativo o cualquier otra clase de desempeño del Cliente bajo el Contrato;
13.2.9 Si cualquier tribunal de jurisdicción competente concede sentencia en contra de cualquiera de los accionistas, socios, miembros de consejo, directores, administradores o funcionarios del Cliente por acción penal cometida, que pueda afectar al patrimonio, operaciones, administración, negocio o interés del Cliente o de la Empresa;
13.2.10 En caso de que cualquier conflicto colectivo de trabajo surja en las instalaciones del Cliente y no sea resuelto dentro de los 60 (sesenta) días siguientes a su inicio; y
13.2.11 En general, cualquier incumplimiento b. Terminación por parte del Cliente a sus obligaciones establecidas través de otra Institución Financiera.- El Cliente en el Contrato, teniendo el Cliente la obligación de indemnizar y mantener en paz y a salvo a la Empresa de y contra todos los daños, pérdidas, costos y gastos ocasionados por dicho incumplimiento.
13.3 A todo tiempo podrá solicitar la terminación del presente Contrato a través de otra Institución Financiera (“Institución Receptora”), la cual en caso de resultar procedente la solicitud debe abrir una cuenta a nombre del Cliente y comunicará al Banco (“Institución Transferente”) su compromiso sobre la veracidad y legitimidad de la instrucción de transferencia por cualquier razónparte del Cliente, cualquier deuda que tenga el Cliente lo anterior con la Empresa será exigible y deberá ser pagada finalidad de inmediatotransferir los recursos a la Institución Receptora, con incluyendo los intereses aplicables.
13.4 La terminación del Contrato, cualquiera que sea su origen, no afectará ninguno de los derechos, recursos, obligaciones y responsabilidades que las partes hayan adquirido accesorios generados a la fecha de terminaciónentrega; lo anterior se llevará a cabo mediante el siguiente procedimiento:
i) Requerir al Cliente confirmación de haber solicitado a la Institución Receptora el servicio de cancelación y transferencia de recursos a través de los datos de localización que se tenga convenidos con dicho Cliente.
13.5 Los Términos ii) El Banco transferirá los recursos objeto de la cuenta que sea indicada por la Institución Receptora, a más tardar al tercer día hábil bancario contado a partir de la recepción de la solicitud, salvo que se trate de operaciones a plazo en cuyo caso el traspaso y Condiciones la terminación tendrá efectos a su vencimiento.
iii) Una vez que expresa o implícitamente sobrevivan los recursos se han transferido a la cuenta de la Institución Receptora, los derechos y obligaciones derivados del presente Contrato quedan extintos. De igual forma el Banco, en su calidad de Institución Receptora, podrá ofrecer el servicio de terminación de operaciones con otras Entidades Financieras “Institución transferente” para lo cual requerirá del Contrato, continuarán en pleno vigor y efecto.
13.6 La Empresa no será responsable ante el Cliente, como resultado previa su autenticación y cumplimiento de los requisitos de contratación del Producto respectivo, la solicitud por escrito de terminación de operaciones para que un plazo no mayor a 3 (tres) días hábiles requiera a la Institución Transferente que los recursos sean transferidos a la cuenta que al efecto abra el Banco y de por terminada la operación que mantenía con aquella. No obstante, la terminación de algún o algunos Apartados del ContratoContrato o de este último, por pérdida unos y otro seguirán produciendo todos sus efectos legales entre las partes hasta que el Cliente y el Banco hayan cumplido con todas y cada una de ganancias o futuras ventas, o por gastos, inversiones, contratos sus obligaciones contraídas al amparo de arrendamiento u otras obligaciones relacionadas con el negocio o créditos y reputación comercial del Cliente. El Cliente se compromete a indemnizar y sacar en paz y a salvo a la Empresa de cualquier demanda o reclamación que los empleados, representantes o clientes del Cliente pudieran iniciar en su contra con respecto a su remuneración, reembolsos o por los daños que resulten de la terminación del Contratomismos.
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VIGENCIA Y TERMINACIÓN. La vigencia duración de estos Términos y Condiciones será indefinida y continuarán los Contratos celebrados bajo este instrumento, es indefinida. En todos los Contratos celebrados bajo este instrumento en vigor durante la duración del Contratotodo caso, salvo cualquiera de las partes podrá darlo por aquellos Términos y Condiciones que deban subsistir a terminado el contrato respectivo, en forma inmediata, de acuerdo con lo siguiente: Para la terminación del Contrato de conformidad con lo establecido en este instrumento o por ley. Para los propósitos Captación:
a) Por voluntad de esta condición 13, "Sanciones Comerciales" significa cualquier sanción comercial o económica aplicable, control de importaciones o de exportaciones, embargo o leyes similares, regulaciones, normas, medidas, salvaguardias, restricciones, listas de partes restringidas o designadas, licencias, decretos o requerimientos que estén vigentes o entren en vigor de tiempo en tiempo, incluyendo sin limitar las emitidas por México, los Estados Unidos de América, Citibanamex: Citibanamex deberá informar la Unión Europea, el Xxxxx Unido y las Naciones Unidas.
13.1 Previa notificación por escrito terminación del Contrato al Cliente, por escrito, a través del medio principal estipulado en la Empresa cláusula denominada “Notificaciones” de este instrumento; por lo que el Cliente podrá retirar el saldo que existiera en la Cuenta dentro de los 5 (cinco) días naturales siguientes a la fecha en que surta efectos la notificación de terminación del Contrato; sin que esto impida a Citibanamex a cancelar la cuenta y poner a disposición del Cliente en Sucursal, el saldo que tuviera el Cliente a su favor, a partir del día siguiente a que surta efectos dicha notificación de terminación. Tratándose de Depósito a Plazo, Pagaré o Inversión Inteligente, el Cliente deberá retirar el saldo de dichas Operaciones al vencimiento de las mismas.
a) Por voluntad del Cliente: El Cliente podrá dar por terminado el Contrato mediante solicitud por escrito que presenten en cualquier Sucursal Citibanamex, debiendo acompañar a dicha solicitud los medios de disposición vinculados a la Cuenta o una manifestación por escrito y cualquier otro acuerdo celebrado bajo protesta de decir verdad de que, fueron destruidos o que no cuenta con ellos, para lo cual Citibanamex lo deberá identificar plenamente y una vez identificado proporcionará a éste un acuse de recibo y clave de confirmación o número de folio, respecto de la solicitud de terminación del contrato, dato que el Cliente deberá conservar para futuras aclaraciones. La terminación solicitada por el Cliente surtirá efectos el mismo día de la solicitud, informándole y en su caso entregándole el saldo que existiera a su favor en esa misma fecha al Cliente, descontando las comisiones que en cualquier momento su caso se hubieran generado, previas a la solicitud de cancelación, de acuerdo a lo establecido en el presente Contrato. Una vez hecho lo anterior, Citibanamex entregará al Cliente, el estado de cuenta o un documento que podrá ser el comprobante de operación de retiro de fondos por cancelación, el cual tendrá el efecto del fin de la relación contractual, por lo que en este caso Citibanamex y el Cliente renuncian a sus derechos de cobro residuales, que pudieran subsistir posteriormente a la fecha de cancelación Terminación del Contrato de Captación durante los diez días de su contratación: El Cliente contará con efectos inmediatosun periodo de 10 (diez) Días Hábiles posteriores a la firma del Contrato de Captación y del Contrato de Crédito, sin necesidad de declaración judicial previa y para terminar éste sin responsabilidad alguna a de su cargoparte, en cuyo caso, Citibanamex no podrá cobrar comisión alguna siempre y sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso que se encuentre disponible a su favor por ley, si sucede cualquier de las causas listadas en la sub-condición 13.2.
13.2 Para los efectos de la sub-condición 13.1, son causas de terminación de Contrato las siguientes:
13.2.1 Si el Cliente incumple con cualquiera de sus obligaciones bajo el Contrato o cualquier otro acuerdo celebrado con la Empresa, y dicho incumplimiento no pueda subsanarse o, aún y que pudiera subsanarse, no haya sido subsanado por el Cliente dentro del plazo especificado por la Empresa en el aviso que por escrito haya notificado al Cliente sobre dicho incumplimiento;
13.2.2 Si cuando el Cliente no paga la Contraprestación, o no paga la Contraprestación dentro del plazo acordado con la Empresa;
13.2.3 Si hubiese utilizado u operado el producto que haya contratado. En este caso Citibanamex y el Cliente cede en beneficio renuncian a sus derechos de sus acreedorescobro residuales, o el Cliente deja de pagar o suspende el pago de cualquiera de sus deudas, o algún procedimiento de quiebra, insolvencia o concurso mercantil se inicia por o en contra del Cliente, o se designa a un fiduciario o síndico para el Cliente por parte sustancial de sus activos, o si se instituye informal o formalmente cualquier procedimiento de disolución o liquidación por o en contra del Cliente;
13.2.4 Si un acreedor toma posesión, o un síndico o administrador es designado, sobre cualquiera de los bienes o activos del Cliente;
13.2.5 Si el Cliente deja, o amenaza con dejar, de operar su negocio;
13.2.6 Si la Empresa llega a tener conocimiento que cualquiera de las causas mencionadas en las sub-condiciones 13.2.1 a 13.2.5 está a punto de ocurrir y notifica al Cliente en consecuencia;
13.2.7 Si la Empresa llega a tener conocimiento que al realizar los Servicios o hacer negocios con el Cliente estaría en violación de alguna Sanción Comercial, o el Cliente no cumple con las peticiones de la Empresa para que lleve a cabo una revisión legal (due diligence) en relación a su cumplimiento con las Sanciones Comerciales u otras leyes o reglamentos aplicables, o el Cliente realiza alguna acción que esté en violación de alguna Sanción Comercial o que ocasionaría que la Empresa esté en violación;
13.2.8 En caso que suceda algún cambio de control, fusión o consolidación por parte del Cliente (el Cliente deberá comunicar dicha situación pudieran subsistir posteriormente a la Empresa fecha de forma inmediata y previo terminación. Terminación del Contrato de Captación por otra entidad financiera: El Cliente podrá solicitar por escrito la terminación del Contrato que corresponda, por conducto de otra entidad financiera a la que suceda)se denominará institución receptora, y exista evidencia de quela cual, a criterio de la Empresa, dicho cambio podría afectar el desempeño financiero o administrativo o cualquier otra clase de desempeño del Cliente bajo el Contrato;
13.2.9 Si cualquier tribunal de jurisdicción competente concede sentencia en contra de cualquiera de los accionistas, socios, miembros de consejo, directores, administradores o funcionarios del Cliente por acción penal cometida, que pueda afectar al patrimonio, operaciones, administración, negocio o interés del Cliente o de la Empresa;
13.2.10 En caso de que cualquier conflicto colectivo de trabajo surja en las instalaciones ser procedente, deberá abrir una cuenta a nombre del Cliente y no sea resuelto dentro comunicar a Citibanamex su compromiso sobre la veracidad y legitimidad de los 60 (sesenta) días siguientes a su inicio; y
13.2.11 En general, cualquier incumplimiento la instrucción de terminación por parte del Cliente a sus obligaciones establecidas en el Contratofin de que tratándose de Productos de Captación, teniendo el Cliente la obligación de indemnizar y mantener en paz y a salvo Citibanamex transfiera los recursos a la Empresa de y contra todos institución receptora, incluyendo los daños, pérdidas, costos y gastos ocasionados por dicho incumplimiento.
13.3 A la terminación del Contrato por cualquier razón, cualquier deuda que tenga el Cliente con la Empresa será exigible y deberá ser pagada de inmediato, con los intereses aplicables.
13.4 La terminación del Contrato, cualquiera que sea su origen, no afectará ninguno de los derechos, recursos, obligaciones y responsabilidades que las partes hayan adquirido accesorios generados a la fecha de terminación.
13.5 Los Términos y Condiciones entrega, en el entendido que expresa o implícitamente sobrevivan a la terminación del Contrato, continuarán en pleno vigor y efecto.
13.6 La Empresa no será responsable ante el Cliente, como resultado de la terminación del Contrato, Contrato se dará por pérdida de ganancias o futuras ventas, o por gastos, inversiones, contratos de arrendamiento u otras obligaciones relacionadas con el negocio o créditos y reputación comercial del Cliente. El Cliente se compromete a indemnizar y sacar en paz y a salvo a la Empresa de cualquier demanda o reclamación terminado una vez que los empleadosrecursos estén en la cuenta que al efecto abra la institución receptora y en Productos de Inversión a Plazo, representantes o clientes del Cliente pudieran iniciar en su contra con respecto la cancelación surtirá efectos a su remuneración, reembolsos o por los daños que resulten de la terminación del Contratovencimiento.
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VIGENCIA Y TERMINACIÓN. 3.1. Este Contrato entrará en vigencia desde la aceptación de VTR de la solicitud xx xxxx- nistro del Suscriptor contenida en el Formulario, fijándose como fecha de inicio el momento de la entrega de la SIM Card habilitada adquirida por el Suscriptor, existiendo factibilidad comercial para su provisión. Asimismo, se requiere que el Equipo Terminal sea apto para operar en la red de VTR. Mientras el Contrato no entre en vigencia, el Formulario tendrá la naturaleza de un comprobante de requerimiento de servicio.
3.2. La vigencia de estos Términos y Condiciones será indefinida y continuarán en vigor durante la duración del ContratoContrato y/o de cada servicio o plan comercial contratado, según co- rresponda, será de 12 meses contados desde su entrada en vigencia, y se renovará au- tomática y sucesivamente a la fecha de su expiración, por períodos iguales de 12 meses cada uno, salvo por aquellos Términos y Condiciones que deban subsistir VTR comunicare al Suscriptor su intención de ponerle término, con una anticipación no inferior a 30 días respecto de la terminación del Contrato fecha de conformidad con lo establecido en este instrumento o por ley. Para los propósitos de esta condición 13, "Sanciones Comerciales" significa cualquier sanción comercial o económica aplicable, control de importaciones o de exportaciones, embargo o leyes similares, regulaciones, normas, medidas, salvaguardias, restricciones, listas de partes restringidas o designadas, licencias, decretos o requerimientos que estén vigentes o entren en vigor de tiempo en tiempo, incluyendo sin limitar las emitidas por México, los Estados Unidos de América, la Unión Europea, el Xxxxx Unido y las Naciones Unidas.
13.1 Previa notificación por escrito al Cliente, la Empresa podrá dar por terminado el Contrato y cualquier otro acuerdo celebrado con el Cliente, en cualquier momento y con efectos inmediatos, sin necesidad de declaración judicial previa y sin responsabilidad alguna a su cargoexpiración, y sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso que se encuentre disponible la facultad del Suscriptor de ponerle término de acuerdo a su favor por ley, si sucede cualquier de las causas listadas en la sub-condición 13.2.
13.2 Para los efectos de la sub-condición 13.1, son causas causales de terminación de con- tenidas en este instrumento
3.3. El Suscriptor podrá poner término al presente Contrato las siguientes:
13.2.1 Si el Cliente incumple con cualquiera de sus obligaciones bajo el Contrato o en cualquier otro acuerdo celebrado con la Empresamomento, y dicho incumplimiento no pueda subsanarse o, aún y que pudiera subsanarse, no haya sido subsanado median- te aviso remitido por el Cliente dentro del plazo especificado por la Empresa en el aviso que por escrito haya notificado al Cliente sobre dicho incumplimiento;
13.2.2 Si el Cliente no paga la Contraprestación, o no paga la Contraprestación dentro del plazo acordado con la Empresa;
13.2.3 Si el Cliente cede en beneficio de sus acreedores, o el Cliente deja de pagar o suspende el pago de cualquiera de sus deudas, o algún procedimiento de quiebra, insolvencia o concurso mercantil se inicia por o en contra del Cliente, o se designa a un fiduciario o síndico para el Cliente por parte sustancial de sus activos, o si se instituye informal o formalmente cualquier procedimiento de disolución o liquidación por o en contra del Cliente;
13.2.4 Si un acreedor toma posesión, o un síndico o administrador es designado, sobre cualquiera de los bienes o activos del Cliente;
13.2.5 Si el Cliente deja, o amenaza con dejar, de operar su negocio;
13.2.6 Si la Empresa llega a tener conocimiento que cualquiera de las causas mencionadas vías de contacto habilitadas a esa fecha por VTR que permitan verificar la identidad del Suscriptor, debiendo poner VTR término al suministro del(los) Servicio(s) al día siguiente hábil o en la fecha acordada entre el Suscriptor y VTR. Sin perjuicio de la terminación del contrato, se mantendrán vigentes las sub-condiciones 13.2.1 obligaciones pen- dientes de pago para con VTR a 13.2.5 está la fecha de la terminación, según se señala a punto continuación.
3.4. VTR podrá poner término inmediatamente al contrato, sin declaración judicial, en caso que el Suscriptor: (i) se encuentre en xxxx de ocurrir y notifica al Cliente en consecuencia;
13.2.7 Si pagar los cobros efectuados por VTR, una vez transcurridos 90 días corridos siguientes a la Empresa llega a tener conocimiento fecha de vencimiento del correspondien- te documento de cobro; (ii) infrinja las disposiciones de este Contrato, la legislación sobre propiedad intelectual o normativa general o sectorial aplicable, lo que al realizar los Servicios deberá ser debida- mente acreditado; (iii) use el Servicio indebidamente o hacer negocios con el Cliente estaría en violación objeto de alguna Sanción Comercial, cometer delitos o el Cliente no cumple con las peticiones entorpecer la acción de la Empresa para que lleve a cabo una revisión legal justicia, previa comunicación al Usuario; y/o (due diligenceiv) en relación a su cumplimiento con las Sanciones Comerciales u otras leyes entregue datos falsos o reglamentos aplicables, o inexactos al momento de contratar el Cliente realiza alguna acción que esté en violación de alguna Sanción Comercial o que ocasionaría que la Empresa esté en violación;Servicio.
13.2.8 En caso que suceda algún cambio de control, fusión o consolidación por parte del Cliente (el Cliente deberá comunicar dicha situación a la Empresa de forma inmediata y previo a que suceda), y exista evidencia de que, a criterio de la Empresa, dicho cambio podría afectar el desempeño financiero o administrativo o cualquier otra clase de desempeño del Cliente bajo el Contrato;
13.2.9 Si cualquier tribunal de jurisdicción competente concede sentencia en contra de cualquiera de los accionistas, socios, miembros de consejo, directores, administradores o funcionarios del Cliente por acción penal cometida, que pueda afectar al patrimonio, operaciones, administración, negocio o interés del Cliente o de la Empresa;
13.2.10 3.5. En caso de que cualquier conflicto colectivo de trabajo surja en las instalaciones del Cliente y no sea resuelto dentro de los 60 (sesenta) días siguientes a su inicio; y
13.2.11 En general, cualquier incumplimiento por parte del Cliente a sus obligaciones establecidas en el Contrato, teniendo el Cliente la obligación de indemnizar y mantener en paz y a salvo a la Empresa de y contra todos los daños, pérdidas, costos y gastos ocasionados por dicho incumplimiento.
13.3 A la terminación del Contrato por cualquier razóncausal, cualquier deuda el Suscriptor deberá pa- gar a VTR la renta mensual correspondiente al(los) Servicio(s), vigente al momento de la terminación, y calculada hasta el último día en que tenga el Cliente con VTR le preste efectivamente el(los) Servicio(s) respectivo(s). No obstante la Empresa será exigible y deberá ser pagada de inmediato, con los intereses aplicables.
13.4 La terminación del Contrato, cualquiera se mantendrán vigentes las obligaciones del Suscriptor en favor de VTR que sea su origen, no afectará ninguno de los derechos, recursos, obligaciones y responsabilidades que las partes hayan adquirido se encuentren pendientes a la fecha de terminación.
13.5 Los Términos y Condiciones que expresa o implícitamente sobrevivan a la terminación del Contrato, continuarán en pleno vigor y efecto.
13.6 La Empresa no será responsable ante el Cliente, como resultado son las obligaciones de la terminación del Contratopago xx xxxxxx y cargos ya devengados, por pérdida de ganancias o futuras ventas, o por gastos, inversiones, contratos de arrendamiento u otras obligaciones relacionadas con el negocio o créditos y reputación comercial del Cliente. El Cliente se compromete a indemnizar y sacar en paz y a salvo a la Empresa de cualquier demanda o reclamación que los empleados, representantes o clientes del Cliente pudieran iniciar en su contra con respecto a su remuneración, reembolsos o por los daños que resulten de la terminación del Contrato.las
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