Vigilancia y control de los trabajos Cláusulas de Ejemplo

Vigilancia y control de los trabajos. El contratista deberá disponer de los medios necesarios para llevar a cabo un adecuado control y vigilancia de los trabajos realizados por los distintos equipos, tanto en lo que se refiere a los aspectos puramente técnicos como en los de seguridad y prevención laboral, cumpliendo, en este punto, con la legislación vigente al respecto. Con independencia de las obligaciones y responsabilidades adquiridas por el contratista en el control y vigilancia de los trabajos, deberá éste, en todo momento, observar las indicaciones formuladas por el personal de Metro de Madrid, quien podrá modificar, retrasar o paralizar determinadas actuaciones en caso de considerarlo necesario para el buen funcionamiento del servicio de transporte público de viajeros o por cualquier otra causa justificada.
Vigilancia y control de los trabajos. 44 11.13. Competencia desleal 44 11.14. Posibles interferencias con los trabajos de otros contratistas 45 11.15. Imagen de Metro de Madrid 45 11.16. Licencias y permisos 45 11.17. Obligaciones del contratista en caso de perturbación o afección al servicio de transporte público de viajeros que presta Metro de Madrid como consecuencia de la ejecución de los trabajos 45 11.18. Modificación del contrato 46 11.19. Cesión del contrato 46 11.20. Subcontratación 47 11.21 Obligaciones del contratista sobre vigilancia y control de la aptitud físico-médica del personal encargado de conducir vehículos ferroviarios en la red de Metro 48
Vigilancia y control de los trabajos. El Parque Móvil establecerá un plan de vigilancia y control de la actividad de los talleres, el cual se llevará a cabo de forma periódica y sistemática, que comprenderá como mínimo los siguientes aspectos del contrato: − Facturación conforme a lo establecido en el Acuerdo Xxxxx y en los contratos basados que se formalicen. − Que los materiales y repuestos utilizados cumplen lo establecido en el pliego. − Cumplimiento de los plazos de entrega de los vehículos. − Cumplimiento de las obligaciones xx xxxxxxx y custodia de los vehículos en depósito; en especial, los vehículos rotulados y de transporte de Autoridades.
Vigilancia y control de los trabajos. La Empresa Contratista deberá disponer de los medios necesarios para llevar a cabo un control y vigilancia de los trabajos realizados por los distintos equipos, tanto en lo que se refiere a los aspectos puramente técnicos como en los de Seguridad y Prevención Laboral, cumpliendo en este punto, con la Legislación Vigente al respecto. Con independencia de las obligaciones y responsabilidades adquiridas por el Contratista en el control y vigilancia de los trabajos, deberá éste, en todo momento, observar las indicaciones formuladas por el personal de METRO quienes podrán modificar, retrasar o paralizar determinadas actuaciones.