PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS CORRESPONDIENTES AL PROYECTO DE AMPLIACIÓN DEL ZELAIETA ZENTROA, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
Departamento: CONTRATACIÓN
Nº de Expediente: 17-3473
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS CORRESPONDIENTES AL PROYECTO DE AMPLIACIÓN DEL ZELAIETA ZENTROA, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
I. CONTENIDO DEL CONTRATO
1.- ENTE CONTRATANTE Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
El sujeto contratante es el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano, ente con personalidad jurídica pública de la Administración Local.
El órgano de contratación es el Pleno del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano, a tenor de la competencia otorgada por la Disposición adicional segunda del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP).
El órgano de contratación estará asistido por una Mesa de contratación, compuesta de la siguiente forma:
- Presidente, que lo será el de la Corporación Municipal o miembro en quien delegue.
- Vocales:
- El concejal delegado de Urbanismo, Obras y Vivienda o concejal en quien delegue.
- Un concejal del grupo EH BILDU.
- Un concejal del grupo HE.
- Un concejal del grupo PSE-EE.
- La Secretario del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.
- La Interventor del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.
- La Arquitecta municipal o funcionario en quien delegue.
- Secretario: un Técnico de Administración General, o funcionario en quien delegue.
2.- OBJETO DEL CONTRATO
El contrato de obras que en base al presente pliego se realice tendrá por objeto la realización de las obras correspondientes al Proyecto de Ampliación del Zelaieta Zentroa, conforme al proyecto elaborado por Xxxxxx de las Xxxxx Solé, aprobado inicialmente por acuerdo del Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000, x xxxxxxxx xx xxxxxxx en el XXX nº 192, de fecha 6 de octubre de 2017. El proyecto ha devenido definitivamente aprobado por el transcurso del periodo de exposición al público sin que se hubieran presentado alegaciones, con efectos desde el 8 de noviembre de 2017.
El Proyecto de Ampliación del Zelaieta Zentroa, con los documentos que preceptivamente lo integran, los planos, el pliego de prescripciones técnicas, el estudio de seguridad y salud, el plan de calidad, etc., así como el presente pliego tendrán carácter contractual, formando parte del contrato de obras que en su día se otorgue.
Código C.P.V.: 45212320-5 Trabajos de construcción de edificios relacionados con actividades artísticas.
3.- PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo total de ejecución de las obras correspondientes al Proyecto será de DIECIOCHO (18) MESES, contados a partir de la firma del acta de comprobación del replanteo.
La firma del acta de comprobación del replanteo deberá producirse en un plazo máximo de un mes, contado desde el siguiente al de la firma del contrato. Si transcurrido ese plazo no se hubiera procedido a la firma del acta por causas imputables al contratista, se entenderá iniciado el plazo de ejecución del contrato.
Los plazos parciales necesarios para garantizar el cumplimiento escalonado de los plazos fijados serán los que se deduzcan del Plan de Obra o se fijen en la aprobación del Programa de trabajo por la Administración.
Todos estos plazos comenzarán a partir de la autorización para la iniciación de las obras dada por la Administración, en el mismo acto de la suscripción, de conformidad con el acta de replanteo.
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva. La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración.
El plazo contractual sólo será prorrogable cuando concurran las circunstancias y requisitos exigidos por la legislación vigente.
4.- PRECIO DEL CONTRATO
El precio del contrato, que servirá de presupuesto de licitación asciende a:
DOS MILLONES CIENTO VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO EUROS CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS (2.124.668,85 €).
21% IVA: CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO OCHENTA EUROS CON CUARENTA Y SEIS CÉNTIMOS (446.180,46 €).
TOTAL: DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE EUROS CON TREINTA Y UN CÉNTIMOS (2.570.849,31€).
Esta cantidad podrá ser mejorada por los licitadores, entendiéndose que en el importe de cada oferta están incluidos la totalidad de los costes necesarios para ejecutar los trabajos objeto de este contrato.
El precio del contrato incluirá una relación de precios unitarios que son los que regirán durante la ejecución del mismo. Si tales precios no son presentados, se entenderá que el licitador aporta los mismos del presupuesto de la Administración, afectados en igual porcentaje de baja que el contenido en su proposición económica.
Las proposiciones que se presenten superando el presupuesto base de licitación serán automáticamente desechadas.
Valor estimado del contrato (artículo 88 del TRLCSP): 2.124.668,85 €.
5.- FINANCIACIÓN
Para sufragar el precio del contrato hay prevista financiación con cargo al Presupuesto municipal vigente.
6.- FORMA DE PAGO
El importe de las obras ejecutadas se acreditará por medio de certificaciones expedidas por el director facultativo de las mismas, procediéndose con posterioridad a su abono conforme a los plazos y condiciones establecidos en el artículo 216.4 del TRLCSP.
Los abonos resultantes de las certificaciones expedidas tienen el concepto de pagos a cuenta sujetos a las rectificaciones y variaciones que se produzcan en la medición final y sin suponer en forma alguna aprobación y recepción de las obras.
La factura correspondiente deberá presentarse de forma electrónica para aquellas facturas cuyo importe sea superior a 2.000 euros, IVA incluido, si bien podrá utilizarse la factura electrónica de forma voluntaria en el caso de que la cuantía de la factura sea inferior a dicho importe.
Los códigos DIR 3 necesarios para la confección de las facturas electrónicas son:
Oficina Contable | Intervención Ayuntamiento Amorebieta-Etxano | L01480031 |
Órgano Gestor | Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano | L01480031 |
Unidad Tramitadora | Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano | L01480031 |
La factura electrónica se presentará en el PORTAL DEL PROVEEDOR accesible a través de la WEB del ayuntamiento o en la dirección: xxxxx://x- xxxxx.xxxxxxxxxx-xxxxxx.xxx:8089/fakturak.
7.- REVISIÓN DE PRECIOS
Teniendo en cuenta el tiempo de ejecución del contrato (18 meses), el mismo no estará sujeto a revisión de precios.
8.- GARANTÍAS
El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva del 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
El plazo para la constitución de la citada garantía será xx xxxx días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento y podrá constituirse en cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP. La constitución de la garantía definitiva mediante aval se acreditará por declaración responsable del avalista según el modelo que figura en el Anexo III del presente pliego. La constitución de la garantía definitiva mediante contrato de seguro de caución se acreditará por declaración responsable de la entidad aseguradora según el modelo que figura en el Anexo IV de este pliego.
De no cumplimentarse adecuadamente este requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días hábiles contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación.
La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
102 del TRLCSP, aprobada la liquidación del contrato y transcurrido el plazo de garantía, si no resultaren responsabilidades del adjudicatario.
9.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La ejecución del contrato de obras comenzará con la firma del acta de comprobación del replanteo que deberá tener lugar dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la formalización del contrato. Sin embargo, no se iniciarán las obras hasta que las mismas cuenten con todas las autorizaciones requeridas. El acta de comprobación del replanteo formará parte integrante del contrato a los efectos de su exigibilidad.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista y éste no tendrá derecho a indemnización por los daños y perjuicios que se le hubieren producido, salvo en los casos de fuerza mayor, previstos en el artículo 231 del TRLCSP y siempre que no exista actuación imprudente por parte del contratista.
En todo caso, las obras se realizarán con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en el presente pliego, a las especificaciones técnicas unidas al mismo y a la oferta realizada por el adjudicatario, así como a lo establecido en el TRLCSP y demás normas reglamentarias, y siguiendo las instrucciones que en interpretación de todo ello diese al contratista el director facultativo de las obras, y en su caso, el responsable del contrato, en los ámbitos de su respectiva competencia. En especial, la ejecución del contrato se desarrollará bajo la dirección, inspección y control de la Administración quien ejercerá estas facultades tanto por escrito como verbalmente.
Cuando por actos u omisiones imputables al contratista o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, la Administración podrá exigir la adopción de las medidas que estime necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo.
Aclaraciones relativas al Capítulo 00.00.00.00.00 Climatización / Geotermia y producción térmica del Proyecto de Ampliación del Zelaieta Zentroa
En relación a las partidas incluidas en el proyecto se realizan las siguientes aclaraciones, que serán vinculantes para los licitadores:
- Partida EED5ZL41 (p-221): Incluye el sistema de gestión de datos EASYNET, con licencia de visualización remota, registro de datos de rendimiento, potencia de consumo y transmisión de datos informáticamente.
- Partida EEVZZA01 (p-253): Incluye caudalímetros y manómetros en cada salida.
- Partida EEVZZA02 (p-254): La calidad del rollo de sonda geotérmica es REHAU modelo RAUGEO PE-XA xxxxx o equivalente DN 40, con garantía de 10 años en las sondas.
- Partida EEVZZA13 (p-255): Incluye el posterior aprovechamiento xxx xxxx de prueba, con sondas geotérmicas REHAU, rollo de sonda geotérmica doble REHAU modelo RAUGEO PE-XA xxxxx o equivalente DN40, y pesa para introducción de sonda, con garantía de 10 años en las sondas. Incluye parte proporcional de limpieza, servició de contenedor y envío a basurero autorizado. Incluye “T” de conexión a colectores horizontales y realización de informe técnico.
- Partida EFBZZ001 (p-269): La calidad del tubo colector horizontal es REHAU modelo RAUGEO PE XA SDR 11 o equivalente, diámetro 40x3,7 mm.
Señalización de las obras
El contratista está obligado a instalar, a su coste, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debido a la marcha de aquéllos tanto en dicha zona como en las inmediaciones, así como a cumplir las órdenes que reciba por escrito de la Administración acerca de instalación de señales complementarias o modificación de las que haya instalado.
El contratista adquiere el compromiso de velar durante las 24 horas del día y hasta la total terminación de las obras, por el buen estado y eficacia de la señalización, siendo el único responsable de cuantos daños humanos y materiales puedan derivarse del incumplimiento de este compromiso.
Por otra parte, en cuanto al tipo de señalización y balizamiento a instalar se estará a lo dispuesto en la “norma BAT”, editada por el Departamento de Obras Públicas y Transportes de la Diputación Xxxxx de Bizkaia, así como en la Instrucción 8.3-IC de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Obras Públicas y Medio Ambiente.
Demolición
Con carácter previo al comienzo de la demolición del edificio se revisarán los edificios colindantes para poder tener un control exhaustivo de las grietas existentes. Se consideran edificios colindantes a los efectos de esta revisión los siguientes: Centro Zelaieta, parking Zelaieta, edificios Txiki Xxxxxx, 10, 3, 6 Bis, 6, 4 Bis, y calle Txikerra 2, incluyendo, en su caso, los correspondientes garajes.
Se presentará informe de la inspección realizada en el Ayuntamiento antes del inicio de las obras. El informe deberá contar con fotografías generales de todos los elementos señalados, interiores y exteriores, así como de todas las patologías, grietas y otros defectos que se aprecien.
Asimismo, con carácter previo al inicio de la demolición la contratista presentará un plan de derribo, con los trabajos a ejecutar, tiempo y criterios de ejecución, medidas auxiliares de seguridad relativas al mantenimiento de la pared medianera del centro Zelaieta, a las calles y edificios próximos y a los usuarios de la vía pública.
Afectación a redes, servicios y bienes públicos
Si las obras afectasen de algún modo a las redes de suministro de agua potable, jardines, red semafórica, sistema viario o cualquier otro servicio o bien público, con independencia de las medidas que se prevean en el proyecto, se pondrá por parte del contratista en conocimiento de los titulares responsables del servicio afectado antes de su inicio, al objeto de tener en cuenta su criterio para precisar las medidas oportunas para que los servicios y bienes, y sus usuarios, se vean afectados lo menos posible.
Serán por cuenta del contratista la realización, conservación, reposición y arreglo de los accesos necesarios para la ejecución de la obra, tanto referentes a vías públicas y/o privadas, así como la tramitación de los permisos que para ello tuviera que obtener de los organismos competentes para su utilización, ya sea para maquinaria de la obra propia y/o contratada directa o indirectamente a través de subcontratación para la ejecución de los trabajos propios del presente contrato.
En particular, cualquier deterioro que se realice en el Parque de Zelaieta y en la calle Txiki Xxxxxx, tanto por acopio de materiales como por el tránsito de la maquinaria, deberá ser subsanado a cargo de la contrata.
Se deberá presentar un informe del estado del entorno en el Ayuntamiento con carácter previo al comienzo de la obra.
Protocolo a realizar para evitar puentes acústicos y aseguramiento del cumplimiento de nZEB:
A fin de evitar la presencia xx xxxxxxx acústicos y asegurar el cumplimiento de los criterios nZEB, se cumplirá con un protocolo de actuación de acuerdo con lo dispuesto en este apartado y con la documentación que se acompaña como Anexo II.
Tras la correcta ejecución de la “primera hoja” con sus instalaciones correspondientes, antes del cierre de la “segunda hoja” y de la instalación de los aislamientos, se realizará una comprobación mediante el rellenado de las tablas que figuran en el Anexo II.
La primera revisión será realizada por el encargado de la obra, posteriormente se revisará por el Jefe de obra y finalmente por la Dirección Facultativa y/o asistencia técnica. Todos deberán dar su aprobación mediante la firma, antes de la ejecución de la “segunda hoja”.
En la comprobación del acabado y de la acústica se tendrán en cuenta, no solo las paredes de las aulas, sino también el techo acústico, los soportes de las puertas y las instalaciones.
Al término de cada aula se hará un ensayo final para cada estancia. En caso de que el resultado de esta prueba no sea satisfactorio, se deberá proceder al desmontaje y posterior reconstrucción, parcial o total del aula, hasta obtener el resultado prescrito en proyecto. Se deberán completar las fichas que se acompañan como Anexo II.
Finalmente, al término de la obra, se deberá realizar la complementación de las fichas que se incorporan en el Anexo II, apartado 3 (FICHAS DE CONTROL DE OBRA TERMINADA).
10.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Obligaciones laborales y sociales
El contratista respecto al personal que emplee en las obras objeto de este contrato, está obligado al exacto cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales y, con respecto a estas últimas, de forma muy especial con lo establecido en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción. A tal efecto, deberá proponerse a la Administración el correspondiente Plan de seguridad y salud, para su aprobación, y dotar al centro de trabajo del Libro de incidencias, tal como preceptúan los artículos 7 y 13, del mismo Real Decreto.
El contratista, subcontratista y en su caso, los trabajadores, estarán obligados a cumplir los preceptos previstos en los artículos 11 y 12 del Real Decreto arriba indicado.
El adjudicatario asume la completa responsabilidad de los accidentes que por causas imputables a él pudieran ocurrir a su personal.
La Administración podrá requerir al adjudicatario, por cualquier causa o motivo, la acreditación de cualquier extremo relacionado con el correcto cumplimiento de las obligaciones laborales de todo el personal vinculado a la ejecución de los trabajos previstos en este contrato.
El contratista vendrá obligado a indicar el convenio colectivo de aplicación al personal que participe en la actividad objeto de contrato para el caso de que resulten adjudicatarios, así como a facilitar cuanta información se requiera sobre las condiciones de trabajo que, una vez adjudicado el contrato, se apliquen efectivamente.
El adjudicatario deberá abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional que corresponda durante toda la duración de la
ejecución del trabajo, sin que en ningún caso pueda ser el salario abonado inferior a aquél.
La información sobre el convenio colectivo que el adjudicatario declare aplicable será objeto de publicación en el perfil de contratante del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano.
Los licitadores que participen de este procedimiento aceptan dar transparencia institucional a todos los datos derivados de los procesos de licitación, adjudicación y ejecución hasta su finalización.
Libro de Órdenes
El contratista está obligado a conservar y tener dispuesto en todo momento en la obra el “Libro de Órdenes”, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 462/1971, de 11 xx xxxxx, desarrollado mediante Orden del Ministerio de Hacienda de 17 de julio de 1971, haciendo entrega del mismo al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano, una vez efectuada la recepción de la obra.
Permisos a terceros
Con independencia de los contratos y gestiones que el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano y Dirección de Obra estime oportuno asumir por sí misma, el contratista se responsabilizará de cuantos permisos y licencias sean precisos ante particulares, asociaciones, empresas y organismos, para una correcta ejecución de las obras en plazo.
A tales efectos el contratista habrá de asumir cuantas condiciones y prescripciones le sean impuestas por cada afectado en uso de sus correspondientes derechos y competencias y cuantas peticiones o recomendaciones parezcan suficientemente razonables o se estimen convenientes a juicio de la Administración para la mejor marcha de la obra.
Gastos exigibles al contratista
Son de cuenta del contratista los gastos de impuestos derivados de los anuncios de la licitación y ejecución de las obras, de la formalización del contrato, así como las tasas por prestación de los trabajos facultativos de replanteo, liquidación y cualesquiera otras que resulten de aplicación a las obras, según las disposiciones vigentes, en la forma y cuantía que éstas señalan.
Los gastos de ensayos de toda clase que tengan lugar durante la ejecución de las obras deberán realizarse con cargo al contratista, sin que en ningún caso esta cantidad y porcentaje puedan quedar afectados por el coeficiente de adjudicación, pudiendo incrementarse dicha cantidad por ampliación del contrato originadas por modificaciones de obra.
La Dirección de Obra podrá requerir al adjudicatario, con características de gastos de ensayos, la contratación de empresas homologadas, oficiales o privadas, para realizar el control de calidad de la obra siguiendo las instrucciones de dicha Dirección, con la posibilidad de su incremento considerada en el párrafo anterior.
Serán de cuenta del contratista los gastos de implantación, mantenimiento y retirada de grúas fijas o móviles, andamios, protecciones y otros elementos auxiliares necesarios, según los criterios previstos por él mismo, para la ejecución de la obra. La Dirección de Obra podrá requerir al adjudicatario, la implantación de los elementos y materiales auxiliares que considere oportunos para garantizar la correcta ejecución de los trabajos definidos en el proyecto de obra
Documentación fin de obra
El contratista deberá presentar toda la documentación necesaria para el fin de obra, debidamente validada con carácter previo a la emisión de la última certificación.
11.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contratista será responsable durante la ejecución de las obras de todos los daños y perjuicios que se puedan ocasionar a cualquier persona, propiedad o servicio, público o privado, como consecuencia de los actos, omisiones o negligencia del personal a su cargo, o de una deficiente organización, protección o señalización de las obras. Así, será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con el artículo 214 del TRLCSP. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden del órgano de contratación, será responsable el órgano de contratación dentro de los límites señalados en las leyes.
A tales efectos, la empresa adjudicataria deberá tener los seguros obligatorios. En todo caso, el contratista deberá aportar, antes de la adjudicación del contrato, copia de la póliza de los siguientes contratos de seguro que el adjudicatario contratará y mantendrá a su cargo durante el período de construcción y el plazo de garantía:
Seguro a todo riesgo de construcción. Deberá cubrir los daños que puedan sufrir las obras realizadas y en curso de realización. Quedará asegurada toda pérdida o daño que resulte de una causa cuyo origen se encuentre en el período de construcción, así como la que se ocasione en esta etapa o posteriores como consecuencia de la ejecución de trabajos llevados a cabo con el fin de dar correcto cumplimiento a las obligaciones estipuladas en el contrato de obras. La suma asegurada deberá ser igual, como mínimo, al precio del contrato. Podrá cumplirse esta obligación mediante la extensión al presente contrato del seguro a todo riesgo de construcción que ya tuviera concertado la empresa, siempre que quede cubierta la suma asegurada exigida y así se acredite mediante la correspondiente certificación expedida en nombre de la compañía aseguradora por persona con poder bastante.
Seguro de responsabilidad civil por importe de, al menos, 1.000.000 €. Deberá incluir la responsabilidad general, patronal, cruzada y de trabajos terminados. Deberá constar como asegurado adicional el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, respondiendo éste de la calidad de los bienes y de los vicios ocultos que pudieran apreciarse durante el plazo de garantía. Quedan exceptuados de lo dispuesto en el apartado anterior los defectos que se puedan apreciar que sean consecuencia directa e inmediata de una actuación u orden del órgano de contratación.
Durante la ejecución de los trabajos, el órgano de contratación designará un director de la obra responsable de la comprobación, coordinación, vigilancia e inspección de la correcta realización de la obra objeto del contrato, correspondiendo al adjudicatario las responsabilidades inherentes a la dirección inmediata de los trabajos, al control y vigilancia de la obra ejecutada y de los materiales allí depositados.
12.- MODIFICACIONES DEL CONTRATO
El órgano de contratación podrá acordar, una vez perfeccionado el contrato y por razones de interés público, modificaciones en el mismo en los casos y en la forma previstos en el título V del libro I, y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 211 del TRLCSP, justificándolo debidamente en el expediente.
En lo concerniente a su régimen se estará a lo dispuesto en los artículos 105 a 108, 210, 219 y 234 del TRLCSP.
Las modificaciones sólo podrán efectuarse cuando se justifique suficientemente la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el artículo 107 del TRLCSP. Estas modificaciones no podrán alterar las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación y deberán limitarse a introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que las haga necesarias.
13.- RECEPCIÓN DE LAS OBRAS Y PLAZO DE GARANTÍA
La recepción de las obras, cuando se encuentren en buen estado, se efectuará dentro del mes siguiente a la entrega de aquella o de la realización del objeto del contrato y se instrumentará en un acta levantada al efecto.
Como parte del contrato se deberá entregar los planos as-built según los estándares municipales sin coste alguno para el Ayuntamiento. En estos planos se incluirán todos los elementos de construcción así como todas las instalaciones. Esta documentación se deberá presentar con anterioridad a la emisión de la última certificación.
Cuando las obras no estén en condiciones de ser recibidas se hará constar así en el acta y el Director de las mismas señalará los defectos detectados, detallará las instrucciones precisas y fijará un plazo para corregirlos. Corregidos los defectos o transcurrido simplemente el plazo señalado para hacerlo se levantará acta de conformidad o, en su defecto, se concederá un nuevo plazo para llevar a cabo la corrección o se declarará rescindido el contrato.
Atendiendo a la naturaleza de la obra el plazo de garantía, a contar desde la recepción positiva será de TRES AÑOS, procediéndose a la devolución de la garantía definitiva a su término.
Durante el plazo de garantía, el contratista estará obligado a la conservación de las obras, de acuerdo con lo previsto en el pliego de prescripciones técnicas y según las instrucciones que reciba de la dirección de las obras, respondiendo de los daños o deterioros que puedan producirse durante el referido plazo.
No obstante, si la obra se arruina con posterioridad a la expiración del plazo de garantía por vicios ocultos de la construcción debido al incumplimiento del contrato por parte del contratista, responderá éste de los daños y perjuicios que se manifiesten durante un plazo de quince años a contar desde la recepción. Transcurrido este plazo sin que se haya manifestado ningún daño o perjuicio, quedará totalmente extinguida la responsabilidad del contratista.
Dentro del plazo de tres meses contados a partir de la recepción, el órgano de contratación deberá aprobar la certificación final de las obras ejecutadas, que será abonada al contratista a cuenta de la liquidación del contrato.
14.- PENALIDADES AL CONTRATISTA POR INCUMPLIMIENTO
De los plazos de ejecución del contrato.- Si el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto del cumplimiento del plazo de ejecución del contrato, tanto del plazo total como, en su caso, de los plazos parciales, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del mismo, con pérdida de la garantía, o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 1 euro por cada 1.000 euros del precio del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
De la ejecución parcial de las prestaciones.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de una penalidad equivalente al 10 por 100 del precio total del contrato.
Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación que será inmediatamente ejecutivo y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de las mencionadas certificaciones.
15.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Constituyen causas de resolución del contrato de obras, además de las previstas en el presente pliego, las establecidas en los artículos 223 y 237 del TRLCSP.
16.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
Corresponden al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en el TRLCSP, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos.
II. PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR
17.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación del presente contrato se realizará por el órgano de contratación, a propuesta de la Mesa de contratación, mediante tramitación ordinaria y procedimiento abierto.
Los criterios de valoración de las ofertas que han de servir de base para la adjudicación del contrato, divididos en criterios no cuantificables automáticamente y criterios cuantificables automáticamente, relacionados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye son los siguientes:
CRITERIOS NO CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE:
PROPUESTA TÉCNICA: (Máximo 20 páginas a 1 cara, con el planning incluido; tamaño mínimo de letra: 10; tamaño máximo de página: A4, excepto planning, que podrá presentarse en un tamaño mayor. Las ofertas que superen este máximo establecido serán penalizadas con -0,5 puntos por página de exceso hasta un máximo de -5 puntos) 1. Explicación detallada de los medios y procedimientos a seguir en la ejecución, prestando especial atención a la demolición (incluyendo las incidencias que pudieran aparecer), acústica y carpintería metálica de fachadas. Se deberá incluir el cálculo de los tiempos de duración de las actividades con su planning correspondiente: 16 puntos | de 0 a 50 puntos |
2. Estudio detallado del proyecto prestando especial atención a las particularidades del mismo (no se valorarán descripciones genéricas de ejecución de obra asimilables a cualquier obra) 12 puntos 3. Análisis de las labores a ejecutar y enumeración de las labores no previstas, necesarias para la ejecución del contrato, y propuesta de valoración de las mismas, en caso de que las hubiera 11 puntos 4. Plan de accesibilidad en el que se tengan en cuenta todos los accesos que sean condicionados por el desarrollo de la obra así como su trazado alternativo y señalización. Plan de vigilancia y control de la obra. Plan de comunicación con expresión de contactos para consulta o emergencia, incluso fuera de horario laboral: 8 puntos 5. Medidas que se toman para asegurar el cumplimiento del plazo establecido, así como medidas correctoras para el caso de desviaciones en el planning previsto: ................................................................................................................... 3 puntos. |
UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN QUE DEBE OBTENERSE EN LOS CRITERIOS NO CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE: Conforme al
artículo 150.4 del TRLCSP, para ser admitidos a la valoración global, se exigirá que en los criterios no cuantificables automáticamente, los licitadores alcancen un umbral mínimo de puntuación, de forma que no serán tenidas en cuenta por la Mesa de Contratación las ofertas cuya puntuación no alcance 30 puntos.
CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE:
OFERTA ECONÓMICA: La distribución de puntos se hará con arreglo a la siguiente fórmula: PO MaxP * Ob Ol Tal que: PO = Puntos de la oferta MaxP = Máximo de puntos Ob = Oferta más baja Ol = Oferta a valorar | de 0 a 20 puntos |
MEJORAS GRATUITAS (descripción detallada en Anexo I Presupuesto Mejoras) 1- Mejora pavimentos xx xxxxxx 12,53 puntos 2- Mejora vidrios 4,74 puntos 3- Mejora mobiliario 2,73 puntos | de 0 a 20 puntos |
* La ejecución de las mejoras gratuitas habrá de realizarse dentro del plazo previsto para la obra en su conjunto. | |
AMPLIACIÓN DE LA GARANTÍA ESTABLECIDA (3 AÑOS) Por cada año adicional a la garantía establecida 2,5 puntos | de 0 a 10 puntos |
El carácter desproporcionado o anormal de las ofertas se apreciará de acuerdo con los parámetros objetivos establecidos de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 85 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
18.- CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR
Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas, que tengan plena capacidad jurídica y de obrar y no estén afectados por ninguna de las circunstancias que enumera el artículo 60 del TRLCSP como prohibitivas para contratar.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas.
Además los licitadores deberán tener como finalidad realizar actividades que tengan relación directa con el objeto del presente contrato.
Las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación de inscripción en uno de los registros profesionales o comerciales que se indican en el anexo I del Reglamento General de la Ley de Contratos: Registros de Estados miembros de la Comunidad Europea y signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga. Asimismo, será necesario que estas empresas tengan abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
En cualquier caso, los documentos que presenten las empresas no españolas acreditativos de su capacidad de contratar deberán presentarse traducidos, de forma oficial, al castellano o al euskera.
La Administración podrá contratar con uniones de empresas que se constituyan temporalmente al efecto (sin que sea necesaria la formalización de las mismas en Escrituras Públicas hasta que se haya efectuado la adjudicación), las cuales responderán solidariamente ante la Administración y ante la cual nombrarán un representante o apoderado único. Asimismo, los licitadores no podrán suscribir ninguna propuesta en Unión Temporal con otros si lo han hecho individualmente, ni figurar en más de una Unión Temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas suscritas en contravención de las mismas.
Para los empresarios no españoles de la Comunidad Europea que no estén clasificados, será suficiente acreditar ante el órgano de contratación su solvencia económica y financiera conforme al artículo 75 del TRLCSP, así como su solvencia técnica por uno o varios de los medios establecidos en el artículo 76.
19.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo estará de manifiesto en las oficinas del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano, de 8:30 a 14:30 horas, todos los días hábiles a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de esta licitación en el Boletín Oficial de Bizkaia y hasta el vencimiento del plazo para la presentación de proposiciones. Asimismo, dicha documentación estará disponible en el perfil de contratante del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano (xxx.xxxxxxxxxx-xxxxxx.xxx).
Las proposiciones se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano, en el mismo horario arriba señalado, dentro del plazo de 26 días naturales contados a partir del siguiente a aquel en que aparezca el referido anuncio en el Boletín Oficial de Bizkaia. Si el último día de presentación de ofertas fuera inhábil, se prorrogará hasta el día hábil siguiente.
En el caso de que el candidato envíe su solicitud por correo, deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al Registro del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano, la remisión de la solicitud mediante telefax o telegrama en el mismo día, y siempre antes de las 14:30. Sin la concurrencia de estos requisitos o si la comunicación de la remisión es recibida con posterioridad al transcurso del plazo de recepción de solicitudes, la solicitud no será admitida. Transcurridos cinco días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la solicitud, ésta no será admitida en ningún caso.
Los licitadores deberán presentar tres sobres cerrados (A, B y C), firmados por el mismo o persona que le represente, en cada uno de los cuales figurará la inscripción “PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE LAS OBRAS CORRESPONDIENTES AL PROYECTO DE AMPLIACIÓN DE ZELAIETA ZENTROA”
En cada sobre se indicará la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, debiendo estar los sobres también firmados. En el interior de cada sobre, y en hoja independiente, se hará constar su contenido, ordenado numéricamente.
La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la administración.
Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este pliego de cláusulas y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas.
El sobre A se subtitulará “CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR” y contendrá la Declaración Responsable de acuerdo con el modelo que se acompaña como Anexo V, que sustituirá a la aportación inicial de la documentación prevista en el artículo 146.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
A la Declaración Responsable, le acompañarán:
a) En caso de constituir una unión de empresarios, el documento de compromiso de constitución en U.T.E., de acuerdo el modelo que figura en el Anexo V indicando los nombres y circunstancias de los que la suscriben, el porcentaje de participación de cada uno de ellos y persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ante la Administración.
b) En caso de integración de la solvencia o clasificación exigida con las condiciones de solvencia o clasificación y medios de otras entidades, el documento de declaración de integración de la solvencia o clasificación, suscrito por ambas entidades de acuerdo con el modelo que figura en el Anexo V.
c) En caso de que se exigiera habilitación empresarial o profesional, deberá aportarse el documento acreditativo de tal habilitación empresarial o profesional.
La documentación cuya aportación inicial es sustituida por la declaración responsable incluida en el Anexo V es la siguiente:
i. Documento Nacional de Identidad de la persona que presenta la oferta.
ii. Cuando el licitador sea una persona jurídica, además del DNI de la persona que presenta la oferta, escritura de constitución o modificación debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, siendo suficiente cuando se trate de empresarios no españoles de estados miembros de la Comunidad Europea, acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo.
iii. Cuando el licitador no actúe en nombre propio, o se trate de sociedad o persona jurídica habrá de aportar documento fehaciente que acredite que el firmante de la proposición económica tiene poder bastante para comparecer ante el órgano de contratación y contratar con él en nombre y representación de la persona o entidad que se trate.
iv. Documento que acredite la clasificación, suficiente y no caducada, del contratista, en el GRUPO C, SUBGRUPO 4 (albañilería, revocos y revestidos), CATEGORÍA 4, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 25 y 26 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, modificado por el R.D. 773/2015, de 28 xx xxxxxx. La vigencia de las clasificaciones será la determinada en la disposición transitoria cuarta del RD 773/2015, de 28 xx xxxxxx.
Acreditación mediante certificado del Registro de Licitadores. La documentación señalada anteriormente, excepto la recogida en el apartado i), podrá ser sustituida por el certificado que expida cualquiera de los registros siguientes: Registro de Licitadores del Territorio Histórico de Bizkaia; Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi; Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado; certificado comunitario de clasificación.
En relación a las circunstancias no recogidas en el certificado que se presente del Registro correspondiente, se acompañará la acreditación documental exigida.
En todo caso la certificación deberá acompañarse de una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
v. En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad de obrar conforme a lo establecido en los puntos anteriores. Igualmente, indicarán la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos. Sólo en el caso de que la licitación sea adjudicada a la agrupación de empresas deberán éstas acreditar la constitución de la misma en escritura pública ante el órgano de contratación, debiendo nombrar representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven
hasta la extinción del mismo. La duración de las Uniones Temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
vi. Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional.
Esta documentación habrá de ser presentada necesariamente por el licitador que sea propuesto como adjudicatario, con carácter previo a la adjudicación del contrato.
Asimismo, la Administración podrá requerir a los licitadores que presenten la documentación indicada, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, con carácter previo a la apertura del sobre que contenga la oferta económica. En este caso, los licitadores requeridos al efecto deberán presentar la documentación solicitada en el plazo indicado que será como xxxxxx xx xxxx días hábiles. En caso de defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que subsanen el error.
El sobre B se subtitulará “CRITERIOS NO CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE” y contendrá los siguientes documentos:
a) Propuesta Técnica que contará con los siguientes apartados:
Estudio detallado del proyecto.
Análisis de labores a ejecutar y no previstas.
Medios y procedimientos de ejecución.
Planes de accesibilidad y seguridad, de Vigilancia y Control y de Comunicación.
Medidas de aseguramiento del cumplimiento del plazo.
El sobre C se subtitulará “CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE” y contendrá los siguientes documentos:
1) Proposición económica ajustada al modelo que se adjunta como Anexo VI de este pliego.
2) Mejoras gratuitas.
3) Ampliación del plazo de garantía.
Serán rechazadas las ofertas que no respeten el contenido de cada sobre por no haber diferenciado la documentación correspondiente a los criterios no cuantificables automáticamente de la correspondiente a los cuantificables automáticamente.
La Administración podrá comprobar, tanto antes como después de la adjudicación, y en el curso del contrato, la veracidad del contenido de los documentos incluidos en los sobres A, B y C, entendiéndose que la falsedad de los datos y circunstancias presentados por la empresa puede ser causa de nulidad del contrato, por incumplimiento imputable al contratista, con pérdida de la garantía definitiva constituida o, en su caso, indemnización por valor de aquélla si no se ha constituido, debiendo indemnizar además a la Administración los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que los mismos se hayan formalizado, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados que no resulten adjudicatarios. A partir de esa fecha, en caso de que no se proceda a la solicitud de devolución en el plazo de un mes, se procederá a su destrucción.
La documentación exigida se podrá presentar en original o copia de la misma, debidamente compulsada o autentificada por esta Administración o por notario.
20. CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS, SELECCIÓN DE EMPRESAS Y APERTURA DE PROPOSICIONES
20.1. Calificación de la documentación, defectos subsanables.
Vencido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de contratación procederá a la apertura y verificación de la documentación administrativa presentada por los licitadores, en tiempo y forma, en el denominado sobre A.
Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, la Mesa de contratación lo comunicará a los interesados mediante fax o correo electrónico, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles, contados desde la fecha de la comunicación, para la subsanación de las deficiencias no esenciales detectadas.
Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables se rechazará la proposición.
Concluidos estos trabajos, la Mesa de contratación realizará un pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
20.2. Apertura de proposiciones.
Primer acto. La apertura de la documentación obrante en el SOBRE B: CRITERIOS NO CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE, se llevará a cabo en el día y hora que se señale en el perfil de contratante del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx- Etxano.
En este acto se dará cuenta de las proposiciones presentadas, nombre de los licitadores, resultado de la calificación de los documentos y de la subsanación, en su caso, de deficiencias de éstos. Después, la Mesa procederá a la apertura de los sobres que contienen las ofertas técnicas por el orden de su presentación, dando a conocer el contenido de cada una.
Se dejará constancia documental de todo lo actuado.
Segundo acto. Concluida la valoración y evacuado, en su caso, el informe técnico oportuno, se convocará nuevo acto público, que se celebrará en el día y hora que se señale en el perfil de contratante del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano.
En primer lugar, se dará a conocer el resultado de la valoración de los criterios no cuantificables automáticamente.
Conforme al artículo 150.4 del TRLCSP, para ser admitidos a la valoración global, se exigirá que en los criterios no cuantificables automáticamente, los licitadores alcancen un umbral mínimo de puntuación, de forma que no serán tenidas en cuenta por la Mesa de Contratación las ofertas cuya puntuación no alcance 30 puntos.
En segundo lugar, se procederá a la apertura de la documentación obrante en el SOBRE C: CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE, dándose
lectura a las proposiciones económicas.
Para el supuesto de que se produjera empate entre las ofertas más ventajosas, la adjudicación del contrato se efectuará a favor del licitador que haya presentado la oferta económica de menor importe; si persistiera el empate, la adjudicación del contrato se efectuará mediante sorteo realizado por la Mesa de contratación.
Posteriormente y previos los informes técnicos oportunos, la Mesa de contratación elevará la propuesta de adjudicación al órgano de contratación que haya de efectuar la misma.
21. CLASIFICACIÓN DE OFERTAS, ADJUDICACIÓN, FORMALIZACIÓN Y GASTOS
21.1. Clasificación de ofertas.
El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Para realizar dicha clasificación atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de cinco días hábiles, a
contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
Documentación administrativa, cuya presentación inicial sustituye la declaración responsable, según lo previsto en la Cláusula 19.
Justificación acreditativa del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, salvo que las certificaciones las hubiese aportado junto con la proposición.
Constitución de la garantía definitiva equivalente al 5% del importe de adjudicación del contrato (IVA no incluido).
Copia de las pólizas de los seguros a todo riesgo de construcción y de responsabilidad civil, donde conste como asegurado adicional el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano.
Cuando resulte adjudicataria una UTE, además de los documentos anteriormente indicados habrá de aportarse, dentro del mismo plazo, escritura pública de su constitución, CIF asignado a la Unión Temporal y nombramiento de representante o apoderado con poder bastante.
De no cumplimentarse adecuadamente este requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
Además, el adjudicatario deberá abonar los gastos de publicidad oficial, hasta un máximo de 900 €.
21.2. Adjudicación del contrato.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los diez días hábiles siguientes a la recepción de la documentación y en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la apertura de las proposiciones (sobres B).
Este plazo se ampliará, al amparo de lo previsto en el artículo 161 del TRLCSP, en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites establecidos en el artículo 152.3 del TRLCSP para cuando se identifique una o varias proposiciones que puedan ser consideradas desproporcionadas o anormales.
La declaración del carácter desproporcionado o anormal de las ofertas requerirá la previa audiencia del licitador o, en su caso, licitadores que las hayan presentado y el asesoramiento técnico del servicio correspondiente.
En este caso, el Órgano de Contratación, a la vista de la justificación efectuada por el licitador y de los informes solicitados, acordará la adjudicación a favor de la proposición más ventajosa que se estime que pueda ser cumplida a satisfacción de la
Administración y, en su defecto, a la proposición que no sea considerada anormal o desproporcionada.
Transcurridos los plazos establecidos sin que se haya dictado acuerdo resolutorio, los interesados podrán retirar sus ofertas y, en su caso, las garantías depositadas.
El órgano de contratación no podrá declarar desierta la licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el pliego.
Acordada, por resolución motivada, la adjudicación del contrato se procederá a efectuar la correspondiente notificación a los licitadores. La adjudicación se publicará, simultáneamente, en el perfil de contratante del órgano de contratación. En la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 156.3 del TRLCSP.
21.3. Formalización del contrato.
El contrato se perfeccionará con su formalización.
La formalización del contrato deberá efectuarse dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación en la forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP.
No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización, excepto cuando la tramitación del expediente sea con carácter de emergencia.
El adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo correspondiente arriba indicado, el documento administrativo de formalización del contrato, al que se unirá un ejemplar xxx xxxxxx de cláusulas administrativas.
Tendrá asimismo carácter contractual la oferta presentada por el contratista en todo lo referente a mejoras, propuestas u otros aspectos que puedan influir en la ejecución del contrato y que, según los criterios de valoración establecidos hayan determinado la adjudicación del mismo.
El documento en el que se formalice el contrato será en todo caso administrativo, siendo título válido para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso, el contratista viene obligado a la entrega de una copia autorizada al órgano de contratación.
III. NATURALEZA, RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
22. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato que en base a este pliego se realice tendrá carácter administrativo y en todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en todo lo que no se oponga al TRLCSP, y demás normas aplicables a la contratación de las Administraciones Públicas.
En caso de contradicción entre el presente pliego de cláusulas administrativas particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este pliego.
23. JURISDICCIÓN COMPETENTE
Las cuestiones surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos serán resueltas por el órgano de contratación, cuyas resoluciones agotarán la vía administrativa.
Las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa; no obstante lo cual, las partes pueden acordar el sometimiento de sus litigios a arbitraje, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
ANEXO I: MEJORAS GRATUITAS
1. MEJORA PAVIMENTO XX XXXXXX
Tarima de tablas de xxxxxx xx xxxxx de 2450X188 / 290 a decidir x 14 mm de alto, colocado a rompejuntas, flotante de alta conductividad térmica tipo Hy Tek de Parklex / eurowood de alta resistencia superficial y grueso xx xxxx de xxxxxx xx xxxxx superior a 4 mm, acabado a decidir para un conjunto de resistencia térmica inferior a 0,17 ºC K / m2., con tratamiento ignífugo de la madera y entrega del certificado, incluye fijaciones, colocación de manta de base para aislamiento acústico con film protector antihumedad especial para suelo radiante, remates de tira de neopreno blando para entrega con paramentos, remates en las entregas con otros pavimentos y en paso de puertas con xxxx xx xxxxx maciza con forma de L o rectangular, para encaste de la tarima, según detalle de la D.F., fijada encolada a la base. Incluye cambio respecto proyecto de recrecido y nivelación del soporte de la tarima sobre suelo radiante con 55 mm de espesor, de mortero autonivelante de alta conductividad térmica con base anhidrita, aplicada mediante bombeo, con tratamiento de curado posterior y endurecimiento de la capa superior. Incluye parte proporcional de colocación de pavimento xx xxxxx macizo igual que el existente en los rellanos de la escalera (Pm3) en el rellano de la escalera de planta baja, formación de dado de hormigón HRA-25/F/20/IIa macizo para dejar los peldaños de hormigón visto pulido, ligeramente armado con barras corrugadas de D.12 colocadas cada 20cm, encofrado para dejar el hormigón visto con tablero fenólico y todos trabajos necesarios para la correcta ejecución de la variación xx xxxxxxx según detalles de proyecto y especificaciones de la dirección facultativa de la obra. Superficie real ejecutada de espacio útil, solapes, mermas, rebajes y empotramientos a pared incluidos en el precio.
Precio total de suministro y colocación: 105 € / m2. Precio incremento respecto proyecto 89,15 € / m2.
M2 totales de modificación de pavimento: 514,36 m2 (superficie de hormigón visto, excepto almacenes y escalera posterior).
Total coste mejora: 514,36 m2 x 89,15 € : 45.855,19 Precio de Ejecución Material
Precio de Ejecución Contrata: 54.567,68 €
2. MEJORA VIDRIO
(Vcl) vidrio aislante extraclaro xx xxxx de baja emisividad SGG Climalit, con luna de baja emisividad térmica 10 mm de espesor templado, cámara de aire de 16 mm con gas Argon y luna de 4+4 mm de espesor con butiral PVB incoloro de 0,2 mm, con factor de transmitancia energetica 1 W/m²K.
Incremento de precio respecto proyecto. 24,75 €. total m2: 206,017 m2 = 5.098,92 € escalera
(Vcl)s vidrio aislante extraclaro xx xxxx de baja emisividad SGG Climalit Silence, con luna de baja emisividad térmica 10 mm de espesor templado, cámara de aire de 16 mm con gas Argon y luna de 4+4 mm de espesor con butiral PVB incoloro de 0,2 mm, con factor de transmitancia energetica 1 W/m²K.
Incremento de precio respecto proyecto. 4 € total m2: 140,052 m2 = 560,21 € aulas
(Vclo) vidrio aislante extraclaro xx xxxx de baja emisividad SGG Climalit con luna de 10 mm de espesor templado, cámara de aire de 16 mm con gas Argon y luna de 4+4 mm de espesor con butiral de PVB translúcido de 0,2 mm, con factor de transmitància energètica 1 W/m²K.
Incremento de precio respecto proyecto: 18,22 € total m2: 4,487 = 81,753 € escalera
(Vcl)s8+8 vidrio aislante extraclaro xx xxxx de baja emisividad SGG Climalit Silence, con luna de baja emisividad térmica 6+6 mm de espesor, cámara de aire de 16 mm con gas Argon y luna de 8+8 mm de espesor con butiral PVB incoloro de 0,2 mm, con factor de transmitància energètica 1 W/m²K o inferior. (vidrio xxxx P1)
Incremento de precio respecto proyecto. 261,52 € total m2: 12,837 m2 = 3.357,13 € (Vst)8 ventanas 15.2. Cambio con vidrio (Vcl)s8+8 sobre el xxxx
Incremento de precio respecto proyecto. 312,47 €, total m2: 26,468 m2 = 8.270,46 €
Total Precio Ejecución Material M 17.368,47 € Total Precio de Ejecución Contrata: 20.668,48 €
3. MEJORA MOBILIARIO
1. Mobiliario descrito en proyecto
Mobiliario de mesas, mesillas, sillas, butacas y otros mobiliarios, colocados en la obra según distribución definida en proyecto y especificaciones de la propiedad y la Dirección Facultativa.
Incluye:
90 sillas modelo 8130 XXXXX xx Xxxxxxxx o similar color a escoger.
2 mesas de xxxxxx xx xxxxx redondas, de diámetro 145 cm, 1 mesa de xxxxxx xx xxxxx rectangular 150x120 cm y 1 mesa rectangular de medidas 110x245 cm
13 sillas tipo replica Xxxxxxxx con ruedas o similar color a escoger mesilla baja xx xxxxx diámetro 70 cm
2 butacas tipo replica Xxxx Xxxxxxxx o similar color a escoger
33 sillas modelo 8130 XXXXX xx Xxxxxxxx o similar, color a escoger Precio valoración de proyecto: 15.250 €
2. Mejoras:
90 sillas venus 8130 xx Xxxxxxxx o similar -sala polivalente. Igual que proyecto. 33 sillas venus 8130 xx Xxxxxxxx o similar con brazo móvil para apuntes en aulas
Incremento de 60 €/ud respecto proyecto 1.980,00 €
5 sillas daneses serie 7 xx Xxxxxx o similar color a escoger sin ruedas ni brazos
Precio / ud. 388 € 1.940,00 €
13 sillas daneses série 7 xx Xxxxxx o similar color a escoger con ruedas y brazos :
Incremento por unidad 160 € respecto proyecto 2.080,00 €
2 butacas tipo replica Xxxx xx Xxxxxxxx o similar, color a escoger. Igual que proyecto
2 Luminarias decorativas de pie, XXXXXX XXXX modelo TMM o equivalente, con 1 LED 12W, montado superficialmente: Incremento por unidad 625,29 € respecto proyecto 1.250,58 €
Mesas de muebles 114 modelo PEY medidas aproximadas a concretar por la D.F.
1 ud 150x120 cm: incremento de 940 € /ud. respecto proyecto 940,00 €
1 ud 250x110 cm: incremento de 750 € / ud respecto proyecto 750,00 €
1 ud mesa redonda: D. 120 tipo central base de muebles 114 o similar,
Incremento de 600 € / ud. Respecto proyecto 600,00 €
1 ud mesa redonda: D. 100 tipo central base de muebles 114 o similar
Incremento de 450 €/ ud respecto proyecto 450,00 €
Mesilla baja xx xxxxx diámetro 70 cm. Igual que proyecto
Total Presupuesto de Ejecución Material: 9.990,58 € Total Presupuesto de Ejecución Contrata: 11.888,79 €
ANEXO II PROTOCOLO DE ACTUACIÓN
1. Condiciones de ejecución
1.1 Divisorias de fábrica con trasdosado autoportante por ambas caras
1. Se ejecutará la hoja de fábrica. Según lo especificado en el proyecto, la hoja de fábrica puede tener algún revestimiento, como un enlucido, enfoscado…etc. Si no cuenta con ningún revestimiento, se recomienda que se eliminen las rebabas de mortero o pasta que queden en la hoja de fábrica, a fin de evitar contactos rígidos entre el trasdosado y la hoja de fábrica.
2. Replanteo en suelo y techo de los trasdosados. La distancia entre la fábrica y el trasdosado ha de ser de al menos 1 cm. Cada trasdosado sigue el mismo proceso de ejecución.
Los trasdosados podrán anclarse al forjado o al suelo flotante, según se indique en el proyecto. Los encuentros con el suelo se resolverán según lo especificado en proyecto.
Se colocarán las bandas de estanquidad en suelo y techo, previamente a la colocación de los canales. También se colocarán bandas de estanquidad en los montantes que arranquen de los pilares o de los cerramientos de fábrica, hormigón.
3. Colocación del resto de montantes en los canales tanto superior como inferior por simple giro. En general, los montantes no deben arriostrarse a la hoja de fábrica, tal como se indica en el proyecto.
Se colocarán las tuberías de instalaciones que pasarán entre los montantes, procurando no formen un contacto entre la hoja de fábrica y las placas de yeso laminado.
4. Se colocarán los paneles de lana mineral entre los perfiles. El ancho de los paneles debe ser acorde con el ancho de la perfilería utilizada. El material no puede romperse en su instalación y debe cubrir toda la superficie de trasdosado, de suelo a techo.
5. Se atornillarán las placas de yeso laminado a los montantes. Los tornillos quedarán suficientemente rehundidos, de tal manera que se permita su plastecido posterior.
6. Se procederá al tratamiento de juntas entre placas y al plastecido de tornillos, de tal forma que se garantice la estanquidad de la solución. El tratamiento de las juntas se realizará:
Interponiendo pasta de juntas de yeso, para asentar cinta de papel microperforado. Tras el secado de la junta, se aplicarán las manos de pasta necesarias según la decoración posterior del paramento.
Pegando una cinta xx xxxxx autoadhesiva en las juntas y posteriormente aplicando las manos de pasta de juntas necesarias según la decoración posterior.
7. De forma análoga, se procederá al tratamiento con pasta de yeso y cinta de juntas en las juntas perimetrales del trasdosado con el forjado y otras particiones o podrá utilizarse silicona elástica.
1.2 Divisorias de yeso laminado con doble perfilería autoportante
1. Replanteo en suelo y techo de los canales de la primera de las perfilerías.
2. Se colocarán las bandas de estanquidad para los encuentros canal-suelo y canal- techo, previamente a la colocación de los canales. También se colocarán bandas de estanquidad en los montantes que arranquen de los pilares o de los cerramientos de fábrica, hormigón. El resto de montantes se encajarán en los canales tanto superior como inferior por simple giro.
La perfilería se anclará preferiblemente al forjado. Los encuentros con el suelo se resolverán según lo especificado en proyecto.
3. Se colocarán, mediante atornillado, las placas de yeso laminado de una de las caras. Se colocarán las tuberías de instalaciones que pasarán entre los montantes, procurando que queden lo más recto posible.
4. Se colocará el material absorbente acústico entre los perfiles. El ancho de este material debe ser acorde con el ancho de la perfilería utilizada. No deberá romperse en su instalación y deberán cubrir toda la superficie del primer cerramiento, de suelo a techo.
5. Se procederá a la colocación de la segunda perfilería, repitiendo los pasos de 2 y 4 mencionados anteriormente.
6. Se atornillan las placas de yeso laminado a los montantes por la cara exterior del cerramiento. Los tornillos quedarán suficientemente rehundidos, de tal manera que se permita su plastecido posterior. De cada fase, cada una de las placas se colocará contrapeada respecto a las placas de la fase anterior y se procederá al plastecido de tornillos de cada una de las fases.
7. Se procederá al tratamiento de juntas entre placas y al plastecido de tornillos, de tal forma que se garantice la estanquidad de la solución. El tratamiento de las juntas se realizará:
Interponiendo pasta de juntas de yeso, para asentar cinta de papel microperforado. Tras el secado de la junta, se aplicarán las manos de pasta necesarias según la decoración posterior del paramento.
Pegando una cinta xx xxxxx autoadhesiva en las juntas y posteriormente aplicando las manos de pasta de juntas necesarias según la decoración posterior.
8. De forma análoga, se procederá al tratamiento con pasta de yeso y cinta de juntas o con pasta selladora elástica en las juntas perimetrales con el forjado y otras particiones.
Si fuera necesario se arriostrarán los montantes con cartelas según especificaciones del fabricante o en su defecto, pueden utilizarse las especificaciones de la UNE 102040 IN sobre los montajes de sistemas de tabiquería de placas de yeso laminado con estructura metálica.
Las aperturas en las placas para cajas de registros, enchufes, mecanismos, se realizarán puntualmente en el lugar donde deben ubicarse dichas cajas y se utilizarán las piezas adaptadas a este tipo de tabiquería.
Se recomienda ejecutar primero el elemento de separación entre unidades de uso diferentes, para después ejecutar el suelo flotante. De esta forma, puede asegurarse que el suelo flotante es independiente entre unidades de uso. La tabiquería puede ejecutarse indistintamente sobre el suelo flotante o sobre el forjado.
1.3 Suelos flotantes
1. Se recomienda que los suelos flotantes se ejecuten una vez que se haya llevado a cabo la ejecución de los cerramientos verticales de separación entre unidades de uso diferentes.
2. La superficie del forjado debe encontrarse xxxx y seca. Se barrerá el forjado de forma que no haya restos de obra ni imperfecciones significativas sobre él, que puedan deteriorar el material aislante a ruido de impactos en el momento del vertido del mortero.
Si existen irregularidades en el forjado, estos deben rellenarse con mortero pobre o con arena, con el fin de que la superficie del forjado quede xxxx.
Si en el proyecto estuviera previsto que las instalaciones discurrieran bajo el material aislante a ruido de impactos, se colocarán las tuberías de instalaciones y se colocará una capa niveladora, por ejemplo, de arena o mortero pobre.
3. Se colocará un zócalo de material aislante en todo el perímetro xxx xxxxxxx hasta una altura 5 cm. superior a la altura de la solera que esté prevista instalar. También se instalará ese zócalo en los pilares y tuberías que atraviesen el suelo flotante.
4. Se colocará el material aislante a ruido de impactos cubriendo toda la superficie xxx xxxxxxx. Acometiendo al zócalo perimetral. Los paneles se colocarán a tope y si fuera preciso se sellarán conforme a las especificaciones del fabricante del material aislante a ruido de impactos.
5. Se colocará un film impermeable a matajuntas sobre el material aislante a ruido de impactos de forma que se evite el contacto directo entre el mortero y el suelo. Este film es necesario si el material aislante a ruido de impactos es poroso o sus juntas no están selladas. Se efectuará un solape de 5 cm. entre distintos paños del film. Dicho film también cubrirá el zócalo vertical perimetral.
6. Se colocarán el mallazo de reparto y si así estuviera previsto, los conductos de instalaciones. Se verterá el mortero encima del film plástico sin que llegue a entrar en contacto con los cerramientos verticales perimetrales xxx xxxxxxx.
Los conductos que vayan sobre el suelo se revestirán de un material elástico y no estarán en contacto directo con el forjado.
7. Una vez seca la solera, se cortará el zócalo vertical del material aislante a ruido de impactos y del film plástico.
8. Se cubrirá toda la superficie con el acabado final sin que éste llegue a tocar directamente a los cerramientos verticales. Se recomienda que el rodapié no conecte el suelo y la partición, simultáneamente, para ello puede colocarse en su base un sellado de un material elástico, como, por ejemplo, un cordón de silicona. (Véase detalle SF-01-P)
Recomendaciones:
Si se produce una rotura o desgarro del material aislante a ruido de impactos (LM, EEPS o multicapa) o del film plástico, se deberá cubrir con el mismo producto de forma que se evite la comunicación directa entre el suelo flotante y el forjado original.
Si existen instalaciones por el suelo, se recomienda que estas vayan por encima de la lana mineral o el elemento multicapa. En caso de imposibilidad, dichas instalaciones deberán estar revestidas de un material elástico que evite su contacto directo con el forjado y con la solera.
Instalar un mallazo antes de ejecutar la solera para evitar la fisuración de la misma.
Se recomienda que el espesor de la capa de mortero sea de al menos 5-6 cm. y adecuada al tipo de material aislante a ruido de impactos empleado (LM, EEPS o multicapa).
Instalar el material aislante a ruido de impactos en la fecha más próxima posible a la ejecución de la solera, para evitar su deterioro por el paso de oficios, instalaciones, otras labores que se lleven a cabo en el edificio…etc.
A evitar:
Comunicación directa entre la capa de mortero y los cerramientos verticales y pilares.
Comunicación directa entre la solera y el forjado.
Que la solera no tenga el espesor que se indica en proyecto.
Que la lana mineral, poliestireno elastificado o elemento multicapa no tenga las características que se indican en proyecto.
Que la solera entre en contacto con la LM, EEPS o multicapa por una mala instalación del material impermeable que la protege: falta de sellado o solape de éste.
1.4 Techos suspendidos de placas de yeso laminado con amortiguadores
1. Una vez ejecutados los elementos de separación verticales que delimitan el recinto, se suspenderá del forjado la perfilería o elementos de fijación del techo suspendido, a la distancia contemplada en el proyecto. Igualmente, según lo especificado en el proyecto, la perfilería podrá ir suspendida o no mediante elementos elásticos (amortiguadores).
2. En caso de que se contemple en proyecto, se colocará un material absorbente acústico en el plenum que se va a formar entre el techo original y el techo suspendido. Este material debe ser del tipo manta, debe cubrir toda la superficie del techo y reposar sobre el dorso de las placas y de los perfiles de sujeción del techo.
Es recomendable que el material absorbente suba hasta el forjado por todos los lados perimetrales del plénum.
3. Se fijarán las placas del techo suspendido mediante las piezas de fijación indicadas en proyecto (tornillos, clavos, etc.)
4. Se procederá al tratamiento de juntas entre placas y al plastecido de tornillos, de tal forma que se garantice la estanquidad de la solución. El tratamiento de las juntas se realizará:
Interponiendo pasta de juntas de yeso, para asentar cinta de papel microperforado. Tras el secado de la junta, se aplicarán las manos de pasta necesarias según la decoración posterior del paramento.
Pegando una cinta xx xxxxx autoadhesiva en las juntas y posteriormente aplicando las manos de pasta de juntas necesarias según la decoración posterior.
5. De forma análoga, se procederá al tratamiento con pasta de yeso y cinta de juntas en las juntas perimetrales del trasdosado con el forjado y otras particiones.
Si se hubieran proyectado 2 o más placas para formar el falso techo, cada una de las placas se colocará contrapeada respecto a las placas de la fase anterior y se procederá al tratamiento de juntas tal y como se expresa en el punto 4 anterior.
Recomendaciones:
Suspender el falso techo mediante amortiguadores que eviten la conexión rígida entre él y el techo original.
Dejar el mayor plénum posible.
Colocar un material absorbente acústico en el interior del plénum.
Si el techo tiene trampillas de registro, las juntas perimetrales de dichas trampillas deben ser herméticas.
A evitar:
Ejecutar el falso techo antes que los elementos de separación verticales
No cubrir toda la superficie del techo con material absorbente en los casos en que se haya contemplado su instalación en proyecto
No colocar los amortiguadores indicados en proyecto
Dejar un plenum con menor distancia de la que se indique en proyecto
No rematar adecuadamente la zona del cerramiento vertical que va a quedar oculta por el techo suspendido
1.5 Ventanas y carpintería de fachada
1. Se colocará el premarco y/o marco en una de las hojas de la fachada según se indique en proyecto, teniendo especial precaución en no dejar más apertura de la necesaria para su colocación.
2. Se sellarán con un material adecuado todas las posibles holguras existentes entre el premarco y/o marco y el cerramiento ciego de la fachada, debiendo rellenarse completamente toda la holgura (espesor del cerramiento de fachada) con un material adecuado, por ejemplo, masilla de poliuretano.
3. Se instalará la ventana y en su caso se sellarán las holguras entre el marco y el premarco con un material elástico, cubriendo todo el espesor del marco.
4. Se colocarán los acabados y tapajuntas previstos en el perímetro de la ventana y se procederá a su sellado con masilla.
Es vital que las uniones entre el premarco y la fábrica y de los cercos de la carpintería a la fábrica se sellen, de tal forma que la solución sea lo más estanca posible.
En caso de que la ventana lleve una caja de persiana con persiana, se seguirán los mismos pasos que se han indicado anteriormente.
Recomendaciones:
Para garantizar el aislamiento acústico de las fachadas, es fundamental garantizar la estanquidad de las ventanas durante el montaje de las mismas. Es importante realizar un buen sellado de las juntas entre el precerco y la fachada, rellenando las holguras con masilla o mortero (por ejemplo, masilla de poliuretano) y también sellar las holguras que puedan quedar entre el precerco y el cerco.
Ajustar las dimensiones del hueco donde se instalará la ventana a las dimensiones que vaya a tener ésta. No hacer huecos mucho más grandes que las dimensiones de la ventana.
En las fachadas de dos hojas, es recomendable que la carpintería se apoye sólo en una de las hojas.
A evitar:
No rellenar completamente las holguras entre marco y/o premarco con los cerramientos de fachada o entre el marco y el premarco
No ajustar adecuadamente las ventanas con su marco, o entre hojas
Deterioro de los posibles burletes de las ventanas
No instalar material absorbente acústico en la caja de persiana o hueco de persiana, si así se indicaba en proyecto
2. FICHAS DE CONTROL DE EJECUCIÓN
2.1 Divisorias de fábrica con trasdosado autoportante por ambas caras
X
El Encargado de Obra
X
El Jefe de Obra
X
Dirección de Obra / Asistencia Técnica
2.2 Divisorias de yeso laminado con doble perfilería autoportante
X
El Encargado de Obra
X
El Jefe de Obra
X
Dirección de Obra / Asistencia Técnica
2.3 Suelos flotantes
X
El Encargado de Obra
X
El Jefe de Obra
2.4 Techos suspendidos de placas de yeso laminado con amortiguadores
X
El Encargado de Obra
X
El Jefe de Obra
2.5 Ventanas y puertas
X
El Encargado de Obra
X
El Jefe de Obra
X
El Encargado de Obra
X
El Jefe de Obra
X
Dirección de Obra / Asistencia Técnica
3. FICHAS DE CONTROL DE OBRA TERMINADA
Índice de fichas de control de obra terminada:
CTRL-01-AER Medición in situ del aislamiento a ruido aéreo entre recintos.
CTRL-02-IMP Medición in situ del aislamiento a ruido de impactos entre recintos.
CTRL-03-FAC Medición in situ del aislamiento a ruido aéreo en fachada.
CTRL-04-TR Medición del tiempo de reverberación de un recinto.
CTRL-01-AER Medición in situ del aislamiento a ruido aéreo entre recintos
CTRL-02-IMP Medición in situ del aislamiento a ruido de impactos entre recintos
CTRL-03-FAC Medición in situ del aislamiento a ruido aéreo en fachada.
CTRL-04-TR Medición del tiempo de reverberación de un recinto.
ANEXO III: MODELO DE AVAL
La entidad ……………….( razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), NIF…….., con domicilio ( a efectos de notificaciones y requerimientos) en ………., y en su nombre …………..( nombre y apellido de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
AVALA A
…………….(nombre y apellidos o razón social del avalado), NIF… , en virtud de
lo dispuesto por el artículo 95 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en concepto de GARANTÍA DEFINITIVA, para la adjudicación del contrato que tiene por objeto las OBRAS CORRESPONDIENTES AL PROYECTO DE AMPLIACIÓN DE ZELAIETA ZENTROA, ante el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx- Etxano, por importe de… (en letras y en cifras).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de exclusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes Administraciones Públicas, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
El presente aval estará en vigor hasta que el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
El presente documento de garantía ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro Especial de Avales con el número…………………………..
En …………….., a ………. de… de 2017
(Razón social de la entidad) (Firma de los apoderados)
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA C.G.D. O ABOGACÍA DEL ESTADO
(Provincia/Fecha/Número o código)
ANEXO IV: MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
La entidad ………………. (razón social de la entidad aseguradora), certificado número …………. (en adelante asegurador), con domicilio en y
NIF:……………., debidamente representado por …………….(nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
ASEGURA A
……………. ( nombre y apellidos o razón social del asegurado), NIF………., en concepto de tomador del seguro, ante el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano, ( en adelante asegurado), hasta el importe de ( en letras y en cifras), en los términos y
condiciones establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato que tiene por objeto las OBRAS CORRESPONDIENTES AL PROYECTO DE AMPLIACIÓN DE ZELAIETA ZENTROA, para responder
de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes Administraciones Públicas, en los términos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y normas de desarrollo.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria
En ……………., a …………….de de 2017
(Razón social de la entidad aseguradora)
(Firma de los apoderados) BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA C.G.D. O ABOGACÍA DEL ESTADO (Provincia)
ANEXO V: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D/Xx…………………………………, con domicilio en ,
provisto de D.N.I………………………….., en nombre propio y/o en representación de la empresa………………………………., con domicilio en ,
y C.I.F……………………………………….
DECLARA
a) Que la empresa a la que representa cumple las condiciones exigidas legalmente y en este pliego para contratar y que no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración, relacionadas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
b) Que en la elaboración de su oferta ha tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, y protección del medio ambiente.
c) Que se compromete a aportar los documentos acreditativos del cumplimiento de dichos requisitos en cualquier momento que así lo solicite el órgano de contratación y en todo caso, en el supuesto de que la propuesta de adjudicación recaiga a su favor, los aportará con carácter previo a la adjudicación.
d) Que para la presente licitación declara que en caso de resultar adjudicatario del contrato, el Convenio Colectivo que será de aplicación a los trabajadores y trabajadoras que realicen la actividad objeto del contrato será el siguiente:
………………………………………………………………………...(indicar el sector y ámbito territorial)
e) Que en relación a los datos relativos a grupo empresarial la empresa a la que representa (SÍ/NO) se encuentra en alguno de los supuestos del art. 42.1 del Código de Comercio.
En caso de respuesta afirmativa,
□ NO concurre a la adjudicación del contrato con empresas que, pertenecientes al mismo grupo o en las que concurran alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, presentan proposiciones individuales.
□ SI concurre a la adjudicación del contrato con empresas que, pertenecientes al mismo grupo o en las que concurran alguno de los supuestos alternativos
establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, presentan proposiciones individuales, y en concreto con la empresa…………………..
f) Que manifiesta que los datos para practicar en esta licitación toda clase de requerimientos, comunicaciones y notificaciones con los efectos jurídicos establecidos por la Ley, son los siguientes:
Persona de contacto…..……………………………………………….
Domicilio Social……………………………………..……………..…
C.P……………….…Población………………………………………
Teléfono 1……………………
Dirección de correo electrónico:………………………………………
En ……………… a …….. de de 2017
Fdo.
Sello de la empresa
(En caso de U.T.E. se aportará una declaración responsable por cada miembro de la UTE y se anexará la declaración que se enuncia a continuación).
MODELO DE DECLARACIÓN DE U.T.E.
D/Xx…………………………………, con domicilio en ,
provisto de D.N.I………………………….., en nombre propio y/o en representación de la empresa………………………………., con domicilio en ,
y C.I.F……………………………………….
Y
D/Xx…………………………………, con domicilio en ,
provisto de D.N.I………………………….., en nombre propio y/o en representación de la empresa………………………………., con domicilio en ,
y C.I.F……………………………………….
DECLARAN
Que asumen el compromiso de constituirse formalmente en Unión Temporal de Empresas, con las participaciones respectivas de..........% y de.........% y que nombran representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo a D./Xx ..........................................................................................con domicilio
a efectos de notificaciones para esta licitación en
………………………………………………………………………
Y como prueba de conformidad de esta declaración, la firmamos.
En ..........................., a ........ de de 2017
Fdo.
Sello de la empresa Fdo.:
MODELO DE INTEGRACIÓN DE SOLVENCIA CON MEDIOS DE OTRAS ENTIDADES
(En caso de integración de la solvencia exigida con las condiciones de solvencia y medios de otras entidades)
EL LICITADOR
D/Xx…………………………………, con domicilio en ,
provisto de D.N.I………………………….., en nombre propio y/o en representación de la empresa………………………………., con domicilio en ,
y C.I.F……………………………………….
DECLARA
Que para la acreditación de la solvencia exigida para la licitación que tiene por objeto las OBRAS CORRESPONDIENTES AL PROYECTO DE AMPLIACIÓN
DE ZELAIETA ZENTROA se va a basar en las capacidades y medios de la entidad
…………………………
LA ENTIDAD
D/Xx…………………………………, con domicilio en ,
provisto de D.N.I………………………….., en nombre propio y/o en representación de la empresa………………………………., con domicilio en ,
y C.I.F……………………………………….
DECLARA
Que conoce el Pliego de Prescripciones Técnicas, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que debe regir el presente contrato.
Que cumple las condiciones de solvencia económica financiera/técnica y profesional exigida en este pliego y se compromete a aportar los documentos acreditativos del cumplimiento de dichos requisitos en cualquier momento que así lo solicite el órgano de contratación y en todo caso, en el supuesto de que la propuesta de adjudicación recaiga a favor del licitador arriba indicado.
Que pone a disposición del licitador arriba indicado, los medios económicos financieros/técnicos profesionales necesarios para garantizar la ejecución del contrato, respondiendo solidariamente frente al Ayuntamiento. (en caso de medios de solvencia técnica y profesional indicar los medios concretos)
Y como prueba de conformidad de esta declaración, la firmamos.
En ..........................., a ........ de de 2017
Fdo: Fdo:
ANEXO VI: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Don/Doña……………………. con domicilio en ,
provisto de DNI nº ……………………… teléfono………………….., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio ( o en representación de…………), enterado de la licitación convocada por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano para la contratación de las OBRAS CORRESPONDIENTES AL PROYECTO DE AMPLIACIÓN DE ZELAIETA ZENTROA, declaro:
1º. Que me comprometo a su ejecución por el precio de ………………………
€/año (en letra y número), más (en su caso)… €,
correspondientes al 21% de IVA, debiendo entenderse comprendidos en el precio todos los conceptos incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal al igual que el beneficio industrial del contratista.
2º. Que conozco el pliego de prescripciones técnicas, el pliego de cláusulas administrativas particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
3º. Que la empresa a la que represento cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En ……………., a ………de de 2017
Fdo: