ACTOS ADOPTADOS POR ÓRGANOS CREADOS MEDIANTE ACUERDOS INTERNACIONALES
(Actos no legislativos)
ACTOS ADOPTADOS POR ÓRGANOS CREADOS MEDIANTE ACUERDOS INTERNACIONALES
DECISIÓN N.o 1/2018 DEL COMITÉ DE ASOCIACIÓN UE-UCRANIA, EN SU CONFIGURACIÓN DE COMERCIO
de 14 xx xxxx de 2018
por la que se actualiza el anexo XXI del capítulo 8, sobre contratación pública, del título IV (Comercio y cuestiones relacionadas con el comercio) del Acuerdo de Asociación y se emite un dictamen favorable acerca de la hoja xx xxxx exhaustiva sobre contratación pública [2018/972]
EL COMITÉ DE ASOCIACIÓN, EN SU CONFIGURACIÓN DE COMERCIO,
Visto el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania, por otra (1) (en lo sucesivo, «el Acuerdo»), y en particular sus artículos 149, 153 y 463,
Considerando lo siguiente:
(1) De conformidad con el artículo 486 del Acuerdo, determinadas partes del Acuerdo, incluidas las disposiciones sobre contratación pública, se aplican provisionalmente desde el 1 de enero de 2016.
(2) Con arreglo al artículo 149 del Acuerdo, los umbrales de valor de los contratos públicos que figuran en el anexo XXI-P deben revisarse regularmente cada dos años, comenzando en el primer año tras la entrada en vigor del Acuerdo, y tal revisión debe adoptarse por decisión del Comité de Asociación, en su configuración de comercio, conforme a lo establecido en el artículo 465, apartado 4, del Acuerdo.
(3) En el artículo 153 del Acuerdo se establece que Ucrania debe velar po+r que su legislación sobre contratación pública vaya haciéndose compatible gradualmente con el acervo de la Unión en la materia, en consonancia con el calendario facilitado en el anexo XXI del Acuerdo.
(4) Desde que se rubricó el Acuerdo el 30 xx xxxxx de 2012, se han refundido, o derogado y sustituido por un nuevo acto, varios actos de la Unión que figuran en el anexo XXI del Acuerdo. En particular, la Unión ha adoptado y ha notificado a Ucrania los actos siguientes:
a) la Directiva 2014/23/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (2);
b) la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (3) y
c) la Directiva 2014/25/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (4).
(1) DO L 161 de 29.5.2014, p. 3.
(2) Directiva 2014/23/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la adjudicación de contratos de concesión (DO L 94 de 28.3.2014, p. 1).
(3) Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se
deroga la Directiva 2004/18/CE (DO L 94 de 28.3.2014, p. 65).
(4) Directiva 2014/25/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales y por la que se deroga la Directiva 2004/17/CE (DO L 94 de 28.3.2014, p. 243).
(5) Las Directivas citadas anteriormente modificaron los umbrales de valor de los contratos públicos establecidos en el anexo XXI-P, que fueron modificados posteriormente por los Reglamentos Delegados (UE) 2015/2170 (1), (UE) 2015/2171 (2) y (UE) 2015/2172 (3), de la Comisión.
(6) En el artículo 463, apartado 3, del acuerdo se establece que el Consejo de asociación tiene la facultad de actualizar o modificar los anexos del acuerdo.
(7) Es necesario actualizar el anexo XXI del acuerdo, con el fin de reflejar la evolución del acervo de la Unión que figura en dicho anexo, de conformidad con los artículos 149, 153 y 463 del acuerdo.
(8) El nuevo acervo de la Unión sobre contratación pública tiene una nueva estructura. Procede reflejar esta nueva estructura en el anexo XXI. En aras de la claridad, debe actualizarse el anexo XXI en su totalidad, sustituyéndolo por el anexo que figura en el apéndice de la presente Decisión. Conviene, además, tener en cuenta los progresos realizados por Ucrania en el proceso de aproximación al acervo de la Unión.
(9) El artículo 465, apartado 2, del acuerdo establece que el Consejo de asociación podrá delegar en el Comité de asociación, en su configuración de comercio, cualquiera de sus facultades, incluida la facultad de adoptar decisiones vinculantes.
(10) Mediante la Decisión n.o 3/2014 (4), de 15 de diciembre de 2014, el Consejo de asociación UE-Ucrania facultó al Comité de asociación, en su configuración de comercio, para actualizar o modificar determinados anexos relacionados con el comercio.
(11) En el artículo 152, apartado 1, del acuerdo se establece que Ucrania presentará al Comité de asociación, en su configuración de comercio, una hoja xx xxxx exhaustiva para la aplicación de la legislación sobre contratación pública, con un calendario y plazos, que debe incluir todas las reformas en términos de aproximación legislativa al acervo de la Unión.
(12) En el artículo 152, apartado 3, se especifica que el dictamen favorable del Comité de asociación, en su configu ración de comercio, es necesario para que la hoja xx xxxx exhaustiva se convierta en un documento de referencia para el proceso de implementación, es decir, para la aproximación legislativa de la legislación sobre contratación pública al acervo de la Unión.
(13) Por lo tanto, procede que el Comité de asociación, en su configuración de comercio, adopte una decisión por la que se emita un dictamen favorable sobre la hoja xx xxxx exhaustiva.
ha aDOPTaDO La PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo XXI del capítulo 8, sobre contratación pública, del título IV (Comercio y cuestiones relacionadas con el comercio) del acuerdo de asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía atómica y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania, por otra, se sustituye por la versión actualizada del anexo, que se adjunta a la presente Decisión.
Artículo 2
Se emite un dictamen favorable sobre la hoja xx xxxx exhaustiva aprobada por el Decreto (n.o 175-p) del Consejo de Ministros de Ucrania, de 24 de febrero de 2016, adoptado por el Gobierno de Ucrania en dicha fecha.
(1) Reglamento Delegado (UE) 2015/2170 de la Comisión, de 24 de noviembre de 2015, por el que se modifica la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los umbrales de aplicación en los procedimientos de adjudicación de contratos (DO L 307 de 25.11.2015, p. 5).
(2) Reglamento Delegado (UE) 2015/2171 de la Comisión, de 24 de noviembre de 2015, por el que se modifica la Directiva 2014/25/UE del
Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los umbrales de aplicación en los procedimientos de adjudicación de contratos (DO L 307 de 25.11.2015, p. 7).
(3) Reglamento Delegado (UE) 2015/2172 de la Comisión, de 24 de noviembre de 2015, por el que se modifica la Directiva 2014/23/UE del
Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los umbrales de aplicación en los procedimientos de adjudicación de contratos (DO L 307 de 25.11.2015, p. 9).
(4) Decisión n.o 3/2014 del Consejo de asociación UE-Ucrania, de 15 de diciembre de 2014, relativa a la delegación de determinadas
facultades por el Consejo de asociación en el Comité de asociación en su configuración de comercio (DO L 158 de 24.6.2015, p. 4).
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
hecho en Bruselas, el 14 xx xxxx de 2018.
Por el Comité de Asociación en su configuración de Comercio La Presidenta Los Secretarios
Por Ucrania Por la UE
Xxxxxxxx XXXXXXXx Xxxxxxx XXXxXXX Xxxxxxxxx Xxxxxxxx XxXXXXXXX
ANEXO
«ANEXO XXI-A DEL CAPÍTULO 8 SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA
CALENDARIO INDICATIVO PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL, LA APROXIMACIÓN LEGISLATIVA Y EL ACCESO A LOS MERCADOS
Fase | Calendario indicativo | Acceso al mercado concedido a la UE por Ucrania | Acceso al mercado concedido a Ucrania por la UE | ||
1. | Aplicación del artículo 150, apar tado 2, y del artículo 151 del pre sente Acuerdo Acuerdo de la estrategia de re forma establecida en el artícu lo 152 del presente Acuerdo | 6 meses después de la entrada en vigor del presente Acuerdo | Suministros para las autoridades del gobierno central | Suministros para las autoridades del gobierno central | |
2. | Aproximación y aplicación de los elementos básicos de la Directiva 2014/24/UE y de la Directiva 89/665/CEE | 3 años después de la entrada en vigor del presente Acuerdo | Suministros para las autoridades estatales, regionales y locales y los organismos de Derecho público | Suministros para las autoridades estatales, regionales y locales y los organismos de Derecho público | Anexos XXI-B y XXI-C |
3. | Aproximación y aplicación de los elementos básicos de la Directiva 2014/25/UE y de la Directiva 92/13/CEE | 4 años después de la entrada en vigor del presente Acuerdo | Suministros para todas las entidades adjudicadoras del sector de los servicios públicos | Suministros para todas las entidades adjudicadoras | Anexos XXI-D y XXI-E |
4. | Aproximación y aplicación de otros elementos de la Directiva 2014/24/UE. Aproximación y aplicación de la Directiva 2014/23/UE | 6 años después de la entrada en vigor del presente Acuerdo | Contratos de servicios y de obras y concesiones para todos los poderes adjudicadores | Contratos de servicios y de obras y concesiones para todos los poderes adjudicadores | Anexos XXI-F, XXI-G y XXI-H |
5. | Aproximación y aplicación de otros elementos de la Directiva 2014/25/UE | 8 años después de la entrada en vigor del presente Acuerdo | Contratos de servicios y de obras para todas las entidades adjudicadoras del sector de los servicios públicos | Contratos de servicios y de obras para todas las entidades adjudicadoras del sector de los servicios públicos | Anexos XXI-I y XXI-J |
ANEXO XXI-B DEL CAPÍTULO 8 SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA
ELEMENTOS BÁSICOS DE LA DIRECTIVA 2014/24/UE,
DE 26 DE FEBRERO DE 2014, SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (FASE 2)
TÍTULO I
Ámbito de aplicación, definiciones y principios generales
CAPÍTULO I
Ámbito de aplicación y definiciones
Sección 1 Objeto y definiciones
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación: apartados 1, 2, 5 y 6
Artículo 2 Definiciones: apartado 1, puntos 1, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 18, 19, 20, 22, 23 y 24 Artículo 3 Contratación mixta
Sección 2 Umbrales
Artículo 4 Importes de los umbrales
Artículo 5 Métodos de cálculo del valor estimado de la contratación Sección 3 Exclusiones
Artículo 7 Contratos adjudicados en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales Artículo 8 Exclusiones específicas en el ámbito de las comunicaciones electrónicas
Artículo 9 Contratos públicos adjudicados y concursos de proyectos organizados con arreglo a normas interna cionales
Artículo 10 Exclusiones específicas relativas a los contratos de servicios
Artículo 11 Contratos de servicios adjudicados sobre la base de un derecho exclusivo Artículo 12 Contratos públicos entre entidades del sector público
Sección 4 Situaciones específicas
Subsección 1 Contratos subvencionados y servicios de investigación y desarrollo Artículo 13 Contratos subvencionados por los poderes adjudicadores
Artículo 14 Servicios de investigación y desarrollo
Subsección 2 Contratación que implique aspectos de seguridad o defensa Artículo 15 Seguridad y defensa
Artículo 16 Contratación mixta que conlleve aspectos de seguridad o defensa
Artículo 17 Contratos públicos y concursos de proyectos que conlleven aspectos de seguridad o defensa que se adjudiquen u organicen con arreglo a normas internacionales
CAPÍTULO II
Normas generales
Artículo 18 Principios de la contratación Artículo 19 Operadores económicos Artículo 21 Confidencialidad
Artículo 22 Normas aplicables a las comunicaciones: apartados 2 a 6 Artículo 23 Nomenclaturas
Artículo 24 Conflictos de intereses
TÍTULO II
Normas aplicables a los contratos públicos
CAPÍTULO I
Procedimientos
Artículo 26 Elección de los procedimientos: apartados 1 y 2, primera alternativa de los apartados 4, 5 y 6 Artículo 27 Procedimiento abierto
Artículo 28 Procedimiento restringido
Artículo 29 Procedimiento de licitación con negociación
Artículo 32 Uso del procedimiento negociado sin publicación previa
CAPÍTULO III
Desarrollo del procedimiento
Sección 1 Preparación
Artículo 40 Consultas preliminares xxx xxxxxxx
Artículo 41 Participación previa de candidatos o licitadores
Artículo 42 Especificaciones técnicas Artículo 43 Etiquetas
Artículo 44 Informes de pruebas, certificación y otros medios de prueba: apartados 1 y 2 Artículo 45 Variantes
Artículo 46 División de contratos en lotes Artículo 47 Determinación de plazos
Sección 2 Publicación y transparencia Artículo 48 Anuncios de información previa Artículo 49 Anuncios de licitación
Artículo 50 Anuncios de adjudicación de contratos: apartados 1 y 4
Artículo 51 Redacción y modalidades de publicación de los anuncios: apartado 1, párrafo primero, y apartado 5, párrafo primero
Artículo 53 Disponibilidad electrónica de los pliegos de contratación Artículo 54 Invitación a los candidatos
Artículo 55 Información a los candidatos y a los licitadores
Sección 3 Selección de los par ticipantes y adjudicación de los contratos Artículo 56 Principios generales
Subsección 1 Criterios de selección cualitativa Artículo 57 Motivos de exclusión
Artículo 58 Criterios de selección
Artículo 59 Documento europeo único de contratación: apartado 1, mutatis mutandis, y apartado 4 Artículo 60 Medios de prueba
Artículo 62 Normas de aseguramiento de la calidad y normas de gestión medioambiental: apartados 1 y 2 Artículo 63 Recurso a las capacidades de otras entidades
Subsección 2 Reducción del número de candidatos, ofertas y soluciones
Artículo 65 Reducción del número de candidatos cualificados a los que se invita a participar Artículo 66 Reducción del número de ofertas y de soluciones
Subsección 3 Adjudicación del contrato
Artículo 67 Criterios de adjudicación del contrato
Artículo 68 Cálculo del coste del ciclo de vida: apartados 1 y 2 Artículo 69 Ofertas anormalmente bajas: apartados 1 a 4 CAPÍTULO IV
Ejecución del contrato
Artículo 70 Condiciones de ejecución del contrato Artículo 71 Subcontratación
Artículo 72 Modificación de los contratos durante su vigencia Artículo 73 Rescisión de contratos
TÍTULO III
Regímenes de contratación particulares
CAPÍTULO I
Servicios sociales y otros servicios específicos
Artículo 74 Adjudicación de contratos de servicios sociales y otros servicios específicos
Artículo 75 Publicación de los anuncios
Artículo 76 Principios de adjudicación de contratos
ANEXOS
ANEXO II LISTA DE ACTIVIDADES CONTEMPLADAS EN EL ARTÍCULO 2, APARTADO 1, PUNTO 6, LETRA a)
ANEXO III LISTA DE PRODUCTOS CONTEMPLADOS EN EL ARTÍCULO 4, LETRA b), EN LO QUE SE REFIERE A LOS CONTRATOS ADJUDICADOS POR LOS PODERES ADJUDICADORES DEL SECTOR DE DE- FENSA
ANEXO IV REQUISITOS RELATIVOS A LAS HERRAMIENTAS Y LOS DISPOSITIVOS DE RECEPCIÓN ELEC- TRÓNICA DE LAS OFERTAS, DE LAS SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN, ASÍ COMO DE LOS PLA- NOS Y PROYECTOS EN LOS CONCURSOS
ANEXO V INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS
Parte A: INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS DE LA PUBLICACIÓN DE UN ANUNCIO DE INFORMACIÓN PREVIA EN UN PERFIL DE COMPRADOR
Parte B: INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS DE INFORMACIÓN
PREVIA (a que se refiere el artículo 48)
Parte C: INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS DE LICITACIÓN
(a que se refiere el artículo 49)
Parte D: INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS DE ADJUDICACIÓN
DE CONTRATOS (a que se refiere el artículo 50)
Parte G: INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS DE MODIFICACIÓN
DE UN CONTRATO DURANTE SU VIGENCIA (a que se refiere el artículo 72, apartado 1)
Parte H: INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS DE LICITACIÓN RE- LATIVOS A CONTRATOS DE SERVICIOS SOCIALES Y OTROS SERVICIOS ESPE-
CÍFICOS (a que se refiere el artículo 75, apartado 1)
Parte I: INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS DE INFORMACIÓN PREVIA DE SERVICIOS SOCIALES Y OTROS SERVICIOS ESPECÍFICOS (a que se
refiere el artículo 75, apartado 1)
Parte J: INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS DE ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS RELATIVOS A CONTRATOS DE SERVICIOS SOCIALES Y
OTROS SERVICIOS ESPECÍFICOS (a que se refiere el artículo 75, apartado 2) ANEXO VII DEFINICIÓN DE DETERMINADAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
ANEXO IX CONTENIDO DE LAS INVITACIONES A PRESENTAR UNA OFERTA, A PARTICIPAR EN EL DIá- LOGO O A CONFIRMAR EL INTERÉS, PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 54
ANEXO X LISTA DE CONVENIOS INTERNACIONALES EN EL áMBITO SOCIAL Y MEDIOAMBIENTAL A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 18, APARTADO 2
ANEXO XII MEDIOS DE PRUEBA DE LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN ANEXO XIV SERVICIOS CONTEMPLADOS EN EL ARTÍCULO 74
ANEXO XXI-C DEL CAPÍTULO 8 SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA
ELEMENTOS BÁSICOS DE LA DIRECTIVA 89/665/CEE,
DE 21 DE DICIEMBRE DE 1989, RELATIVA A LA COORDINACIÓN DE LAS DISPOSICIONES LEGALES, REGLAMENTARIAS Y ADMINISTRATIVAS REFERENTES A LA APLICACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE RECURSO EN MATERIA DE ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS PÚBLICOS DE SUMINISTROS Y DE OBRAS (DIRECTIVA 89/665/CEE),
MODIFICADA POR LA DIRECTIVA 2007/66/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 11 DE DICIEMBRE DE 2007, POR LA QUE SE MODIFICAN LAS DIRECTIVAS 89/665/CEE Y 92/13/CEE DEL CONSEJO EN LO QUE RESPECTA A LA MEJORA DE LA EFICACIA DE LOS PROCEDIMIENTOS DE RECURSO EN MATERIA DE ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS PÚBLICOS (DIRECTIVA 2007/66/CE) Y POR LA DIRECTIVA 2014/23/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 26 DE FEBRERO DE 2014, RELATIVA A LA ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS DE CONCESIÓN (DIRECTIVA 2014/23/UE)
(FASE 2)
Artículo 1 ámbito de aplicación y procedimientos de recurso
Artículo 2 Requisitos de los procedimientos de recurso Artículo 2 bis Plazo suspensivo
Artículo 2 ter Excepciones al plazo suspensivo:
Artículo 2 ter, párrafo primero, letra b) Artículo 2 quater Plazos para la interposición de un recurso
Artículo 2 quin quies
Ineficacia
Apartado 1, letra b) Apartados 2 y 3
Artículo 2 sexies Infracciones de la presente Directiva y sanciones alternativas Artículo 2 septies Plazos
ANEXO XXI-D DEL CAPÍTULO 8 SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA
ELEMENTOS BÁSICOS DE LA DIRECTIVA 2014/25/UE,
DE 26 DE FEBRERO DE 2014, RELATIVA A LA CONTRATACIÓN POR ENTIDADES QUE OPERAN EN LOS SECTORES DEL AGUA, LA ENERGÍA, LOS TRANSPORTES Y LOS SERVICIOS POSTALES
(FASE 3)
TÍTULO I
Definiciones, ámbito de aplicación y principios generales
CAPÍTULO I
Objeto y definiciones
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación: apartados 1, 2, 5 y 6
Artículo 2 Definiciones: puntos 1 a 9, 13 a 16 y 18 a 20
Artículo 3 Poderes adjudicadores (apartados 1 y 4)
Artículo 4 Entidades adjudicadoras: apartados 1 a 3 Artículo 5 Contratación mixta relativa a la misma actividad Artículo 6 Contratación relativa a varias actividades
CAPÍTULO II
Actividades
Artículo 7 Disposiciones comunes
Artículo 8 Gas y calefacción
Artículo 9 Electricidad
Artículo 10 Agua
Artículo 11 Servicios de transporte Artículo 12 Puertos y aeropuertos Artículo 13 Servicios postales
Artículo 14 Extracción de petróleo y gas y prospección o extracción de carbón u otros combustibles sólidos
CAPÍTULO III
Ámbito de aplicación material
Sección 1 Umbrales
Artículo 15 Umbrales
Artículo 16 Métodos para calcular el valor estimado de la contratación: apartados 1 a 4 y 7 a 14
Sección 2 Contratos excluidos y concursos de proyectos: disposiciones especiales aplicables a la contratación que implique aspectos de defensa y segur idad
Subsección 1 Exclusiones aplicables a todas las entidades adjudicadoras y exclusiones especiales en los sectores del agua y de la energía
Artículo 18 Contratos adjudicados a efectos de reventa o arrendamiento financiero a terceros: apartado 1 Artículo 19 Contratos adjudicados y concursos de proyectos organizados para fines distintos del desarrollo de las
actividades contempladas o para el desarrollo de dichas actividades en terceros países: apartado 1
Artículo 20 Contratos adjudicados y concursos de proyectos organizados con arreglo a normas internacionales Artículo 21 Exclusiones específicas relativas a los contratos de servicios
Artículo 22 Contratos de servicios adjudicados sobre la base de un derecho exclusivo
Artículo 23 Contratos adjudicados por determinadas entidades adjudicadoras para la compra de agua y para el suministro de energía o de combustibles destinados a la generación de energía
Subsección 2 Contratación que implique aspectos relacionados con la defensa y la seguridad Artículo 24 Defensa y seguridad
Artículo 25 Contratación mixta que abarque la misma actividad y conlleve aspectos de defensa y seguridad Artículo 26 Contratación relativa a varias actividades y que conlleve aspectos de defensa y seguridad
Artículo 27 Contratos y concursos de proyectos que conlleven aspectos de defensa y seguridad que se adjudiquen u organicen en virtud de normas internacionales
Subsección 3 Relaciones especiales (cooperación, empresas asociadas y empresas conjuntas) Artículo 28 Contratos entre poderes adjudicadores
Artículo 29 Contratos adjudicados a una empresa asociada
Artículo 30 Contratos adjudicados a una empresa conjunta o a una entidad adjudicadora que forme parte de una empresa conjunta
Subsección 4 Situaciones específicas
Artículo 32 Servicios de investigación y desarrollo
CAPÍTULO IV
Principios generales
Artículo 36 Principios de la contratación Artículo 37 Operadores económicos Artículo 39 Confidencialidad
Artículo 40 Normas aplicables a las comunicaciones Artículo 41 Nomenclaturas
Artículo 42 Conflictos de intereses
TÍTULO II
Normas aplicables a los contratos
CAPÍTULO I
Procedimientos
Artículo 44 Elección de los procedimientos: apartados 1, 2 y 4 Artículo 45 Procedimiento abierto
Artículo 46 Procedimiento restringido
Artículo 47 Procedimiento negociado con convocatoria de licitación previa
Artículo 50 Uso de un procedimiento negociado sin convocatoria de licitación previa: letras a) a i)
CAPÍTULO III
Desarrollo del procedimiento
Sección 1 Preparación
Artículo 58 Consultas preliminares xxx xxxxxxx
Artículo 59 Participación previa de candidatos o licitadores Artículo 60 Especificaciones técnicas
Artículo 61 Etiquetas
Artículo 62 Informes de pruebas, certificación y otros medios de prueba Artículo 63 Comunicación de las especificaciones técnicas
Artículo 64 Variantes
Artículo 65 División de contratos en lotes Artículo 66 Determinación de plazos
Sección 2 Publicación y transparencia Artículo 67 Anuncios periódicos indicativos
Artículo 68 Anuncios sobre la existencia de un sistema de clasificación Artículo 69 Anuncios de licitación
Artículo 70 Anuncios de adjudicación de contratos: apartados 1, 3 y 4
Artículo 71 Redacción y modalidades de publicación de los anuncios: apartado 1 y apartado 5, párrafo primero Artículo 73 Disponibilidad electrónica de los pliegos de la contratación
Artículo 74 Invitación a los candidatos
Artículo 75 Información a los solicitantes de clasificación, los candidatos y los licitadores Sección 3 Selección de los par ticipantes y adjudicación de los contratos Artículo 76 Principios generales
Subsección 1 Clasificación y selección cualitativa Artículo 78 Criterios de selección cualitativa
Artículo 79 Recurso a las capacidades de otras entidades: apartado 2
Artículo 80 Uso de los motivos de exclusión y los criterios de selección previstos en el marco de la Directiva 2014/24/UE
Artículo 81 Normas de aseguramiento de la calidad y normas de gestión medioambiental: apartados 1 y 2 Subsección 2 Adjudicación del contrato
Artículo 82 Criterios de adjudicación del contrato Artículo 83 Coste del ciclo de vida: apartados 1 y 2 Artículo 84 Ofertas anormalmente bajas: apartados 1 a 4 CAPÍTULO IV
Ejecución del contrato
Artículo 87 Condiciones de ejecución del contrato Artículo 88 Subcontratación
Artículo 89 Modificación de los contratos durante su vigencia Artículo 90 Resolución de contratos
TÍTULO III
Regímenes de contratación particulares
CAPÍTULO I
Servicios sociales y otros servicios específicos
Artículo 91 Adjudicación de contratos de servicios sociales y otros servicios específicos Artículo 92 Publicación de los anuncios
Artículo 93 Principios de adjudicación de contratos
ANEXOS
ANEXO I Lista de actividades contempladas en el artículo 2, punto 2, letra a)
ANEXO V Requisitos relativos a las herramientas y los dispositivos de recepción electrónica de las ofertas, de las solicitudes de participación, de las solicitudes de clasificación o de los planos y proyectos en los con- cursos
ANEXO VI, PARTE A
ANEXO VI, PARTE B
Información que debe figurar en los anuncios periódicos indicativos (a que se refiere el artículo 67)
Información que debe figurar en los anuncios de publicación en un perfil de comprador de un anun- cio periódico indicativo que no sirva de convocatoria de licitación (a que se refiere el artículo 67, apartado 1)
ANEXO VIII Definición de determinadas especificaciones técnicas ANEXO IX Especificaciones relativas a la publicación
ANEXO X Información que debe figurar en los anuncios sobre la existencia de un sistema de clasificación [a que se refieren el artículo 44, apartado 4, letra b), y el artículo 68]
ANEXO XI Información que debe figurar en los anuncios de licitación (a que se refiere el artículo 69)
ANEXO XII Información que debe figurar en los anuncios de contratos adjudicados (a que se refiere el artículo 70)
XXXXX XXXX Contenido de las invitaciones a presentar una oferta, a participar en el diálogo, a negociar o a confir- mar el interés, previstas en el artículo 74
ANEXO XIV Lista de convenios internacionales en el ámbito social y medioambiental a que se refiere el artículo 36, apartado 2
ANEXO XVI Información que debe figurar en los anuncios de modificación de un contrato durante su vigencia (a que se refiere el artículo 89, apartado 1)
ANEXO XVII Servicios contemplados en el artículo 91
ANEXO XVIII Información que debe figurar en los anuncios sobre contratos de servicios sociales y otros servicios específicos (a que se refiere el artículo 92)
ANEXO XXI-E DEL CAPÍTULO 8 SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA
ELEMENTOS BÁSICOS DE LA DIRECTIVA 92/13/CEE DEL CONSEJO,
DE 25 DE FEBRERO DE 1992, RELATIVA A LA COORDINACIÓN DE LAS DISPOSICIONES LEGALES, REGLAMENTARIAS Y ADMINISTRATIVAS REFERENTES A LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS COMUNITARIAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE FORMALIZACIÓN DE CONTRATOS DE LAS ENTIDADES QUE OPEREN EN LOS SECTORES DEL AGUA, DE LA ENERGÍA, DE LOS TRANSPORTES Y DE LAS TELECOMUNICACIONES (DIRECTIVA 92/13/CEE),
MODIFICADA POR LA DIRECTIVA 2007/66/CE Y LA DIRECTIVA 2014/23/UE (FASE 3)
Artículo 1 ámbito de aplicación y procedimientos de recurso
Artículo 2 Requisitos de los procedimientos de recurso Artículo 2 bis Plazo suspensivo
Artículo 2 ter Excepciones al plazo suspensivo:
Artículo 2 ter, párrafo primero, letra b) Artículo 2 quater Plazos para la interposición de un recurso
Artículo 2 quin quies
Ineficacia
Apartado 1, letra b), y apartados 2 y 3
Artículo 2 sexies Infracciones de la presente Directiva y sanciones alternativas Artículo 2 septies Plazos
ANEXO XXI-F DEL CAPÍTULO 8 SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA
I. OTROS ELEMENTOS NO OBLIGATORIOS DE LA DIRECTIVA 2014/24/UE (FASE 4)
Los elementos de la Directiva 2014/24/UE que figuran en el presente anexo no son obligatorios, pero se recomienda su aproximación. Ucrania podrá aproximar estos elementos en el plazo previsto en el anexo XXI-B.
TÍTULO I
Ámbito de aplicación, definiciones y principios generales
CAPÍTULO I
Ámbito de aplicación y definiciones
Sección 1 Objeto y definiciones
Artículo 2 Definiciones (apartado 1, puntos 14 y 16) Artículo 20 Contratos reservados
TÍTULO II
Normas aplicables a los contratos públicos
CAPÍTULO II
Técnicas e instrumentos para la contratación electrónica y agregada
Artículo 37 Actividades de compra centralizada y centrales de compras
CAPÍTULO III
Desarrollo del procedimiento
Sección 3 Selección de los par ticipantes y adjudicación de los contratos
Artículo 64 Listas oficiales de operadores económicos autorizados y certificación por parte de organismos de De- recho público o privado
TÍTULO III
Regímenes de contratación particulares
CAPÍTULO I
Artículo 77 Contratos reservados para determinados servicios
II. ELEMENTOS NO OBLIGATORIOS DE LA DIRECTIVA 2014/23/UE (FASE 4)
Los elementos de la Directiva 2014/23/UE que figuran en el presente anexo no son obligatorios, pero se recomienda su aproximación. Ucrania podrá aproximar estos elementos en el plazo previsto en el anexo XXI-B.
TÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación, principios generales y definiciones
CAPÍTULO I
Objeto, principios generales y definiciones
Sección IV Situaciones específicas Artículo 24 Concesiones reservadas
ANEXO XXI-G DEL CAPÍTULO 8 SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA
I. OTROS ELEMENTOS OBLIGATORIOS DE LA DIRECTIVA 2014/24/UE (FASE 4)
TÍTULO I
Ámbito de aplicación, definiciones y principios generales
CAPÍTULO I
Ámbito de aplicación y definiciones
Sección 1 Objeto y definiciones
Artículo 2 Definiciones (apartado 1, punto 21)
Artículo 22 Normas aplicables a las comunicaciones: apartado 1
TÍTULO II
Normas aplicables a los contratos públicos
CAPÍTULO I
Procedimientos
Artículo 26 Elección de los procedimientos: apartado 3 y segunda alternativa del apartado 4 Artículo 30 Diálogo competitivo
Artículo 31 Asociación para la innovación
CAPÍTULO II
Técnicas e instrumentos para la contratación electrónica y agregada
Artículo 33 Acuerdos marco
Artículo 34 Sistemas dinámicos de adquisición Artículo 35 Subastas electrónicas
Artículo 36 Catálogos electrónicos
Artículo 38 Contratación conjunta esporádica
CAPÍTULO III
Desarrollo del procedimiento
Sección 2 Publicación y transparencia
Artículo 50 Anuncios de adjudicación de contratos: apartados 2 y 3
TÍTULO III
Regímenes de contratación particulares
CAPÍTULO II
Normas aplicables a los concursos de proyectos
Artículo 78 ámbito de aplicación
Artículo 79 Anuncios
Artículo 80 Normas relativas a la organización de los concursos de proyectos y la selección de los participantes Artículo 81 Composición xxx xxxxxx
Artículo 82 Decisiones xxx xxxxxx
ANEXOS
ANEXO V INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS
Parte E: INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS DE CONCURSOS DE
PROYECTOS (a que se refiere el artículo 79, apartado 1)
Parte F: INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS SOBRE LOS RESUL-
TADOS DE UN CONCURSO (a que se refiere el artículo 79, apartado 2)
ANEXO VI INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS PLIEGOS DE LA CONTRATACIÓN RELATIVA A LAS SUBASTAS ELECTRÓNICAS (ARTÍCULO 35, APARTADO 4)
II. ELEMENTOS OBLIGATORIOS DE LA DIRECTIVA 2014/23/UE (FASE 4)
TÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación, principios generales y definiciones
CAPÍTULO I
Objeto, principios generales y definiciones
Sección I Objeto, ámbito de aplicación, principios generales, definiciones y umbrales Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación: apartados 1, 2 y 4
Artículo 2 Principio de libertad de administración de las autoridades públicas Artículo 3 Principio de igualdad de trato, no discriminación y transparencia Artículo 4 Libertad para definir los servicios de interés económico general Artículo 5 Definiciones
Artículo 6 Poderes adjudicadores: apartados 1 y 4 Artículo 7 Entidades adjudicadoras
Artículo 8 Umbrales y métodos de cálculo del valor estimado de las concesiones Sección II Exclusiones
Artículo 10 Exclusiones aplicables a las concesiones adjudicadas por poderes adjudicadores y entidades adjudica- doras
Artículo 11 Exclusiones específicas en el ámbito de las comunicaciones electrónicas Artículo 12 Exclusiones específicas en el sector del agua
Artículo 13 Concesiones adjudicadas a una empresa asociada
Artículo 14 Concesiones adjudicadas a una empresa conjunta o a una entidad adjudicadora que forme parte de una empresa conjunta
Artículo 17 Concesiones entre entidades del sector público
Sección III Disposiciones generales Artículo 18 Duración de la concesión
Artículo 19 Servicios sociales y otros servicios específicos Artículo 20 Contratos mixtos
Artículo 21 Contratos públicos mixtos que contienen aspectos relativos a la defensa y la seguridad Artículo 22 Contratos relativos a actividades enumeradas en el anexo II y otras actividades
Artículo 23 Concesiones relacionadas con actividades a que se refiere el anexo II y relacionadas con aspectos de defensa y seguridad
Artículo 25 Servicios de investigación y desarrollo
CAPÍTULO II
Principios
Artículo 26 Operadores económicos Artículo 27 Nomenclaturas
Artículo 28 Confidencialidad
Artículo 29 Normas aplicables a las comunicaciones
TÍTULO II
Normas en materia de adjudicación de concesiones: principios generales y garantías procedimentales
CAPÍTULO I
Principios generales
Artículo 30 Principios generales: apartados 1, 2 y 3 Artículo 31 Anuncios de concesión
Artículo 32 Anuncios de adjudicación de concesiones
Artículo 33 Redacción y forma de publicación de los anuncios: apartado 1, párrafo primero Artículo 34 Acceso electrónico a los documentos relativos a las concesiones
Artículo 35 Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de interés
CAPÍTULO II
Garantías procedimentales
Artículo 36 Requisitos técnicos y funcionales Artículo 37 Garantías procedimentales
Artículo 38 Selección y evaluación cualitativa de los candidatos
Artículo 39 Plazos de recepción de las solicitudes de participación y ofertas para la concesión Artículo 40 Comunicación a los candidatos y los licitadores
Artículo 41 Criterios de adjudicación
TÍTULO III
Normas relativas a la ejecución de las concesiones
Artículo 42 Subcontratación
Artículo 43 Modificación de los contratos durante su período de vigencia Artículo 44 Resolución de concesiones
Artículo 45 Seguimiento y presentación de informes
ANEXOS
ANEXO I LISTA DE ACTIVIDADES CONTEMPLADAS EN EL ARTÍCULO 5, PUNTO 7
ANEXO II ACTIVIDADES EJERCIDAS POR LAS ENTIDADES ADJUDICADORAS MENCIONADAS EN EL AR- TÍCULO 7
ANEXO III LISTA DE ACTOS JURÍDICOS DE LA UNIÓN CONTEMPLADA EN EL ARTÍCULO 7, APARTADO 2, LETRA b)
ANEXO IV SERVICIOS CONTEMPLADOS EN EL ARTÍCULO 19
ANEXO V INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS DE LAS CONCESIONES CONTEMPLA- DOS EN EL ARTÍCULO 31
ANEXO VI INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS DE INFORMACIÓN PREVIA DE CONCE- SIONES DE SERVICIOS SOCIALES Y OTROS SERVICIOS ESPECÍFICOS MENCIONADOS EN EL AR- TÍCULO 31, APARTADO 3
ANEXO VII INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS DE CONCESIONES ADJUDICADAS PU- BLICADOS DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 32
ANEXO VIII INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS DE ADJUDICACIÓN DE CONCESIONES DE SERVICIOS SOCIALES Y OTROS SERVICIOS ESPECÍFICOS DE CONFORMIDAD CON EL AR- TÍCULO 32
ANEXO IX ESPECIFICACIONES RELATIVAS A LA PUBLICACIÓN
ANEXO X LISTA DE CONVENIOS INTERNACIONALES EN EL áMBITO SOCIAL Y MEDIOAMBIENTAL A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 30, APARTADO 3
ANEXO XI INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS DE MODIFICACIÓN DE CONCESIONES DURANTE SU VIGENCIA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 43
ANEXO XXI-H DEL CAPÍTULO 8 SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA
OTROS ELEMENTOS DE LA DIRECTIVA 89/665/CEE,
MODIFICADA POR LA DIRECTIVA 2007/66/CE Y LA DIRECTIVA 2014/23/UE (FASE 4)
Artículo 2 ter Excepciones al plazo suspensivo:
Artículo 2 ter, párrafo primero, letra c)
Artículo 2 quin quies
Ineficacia
Artículo 2 quinquies, apartado 1, letra c) Apartado 5
ANEXO XXI-I DEL CAPÍTULO 8 SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA
(FASE 5)
I. OTROS ELEMENTOS OBLIGATORIOS DE LA DIRECTIVA 2014/25/UE
TÍTULO I
Definiciones, ámbito de aplicación y principios generales
CAPÍTULO I
Objeto y definiciones
Artículo 2 Definiciones: punto 17
CAPÍTULO III
Ámbito de aplicación material
Sección 1 Umbrales
Artículo 16 Métodos para calcular el valor estimado de la contratación: apartados 5 y 6
TÍTULO II
Normas aplicables a los contratos
CAPÍTULO I
Procedimientos
Artículo 44 Elección de los procedimientos: apartado 3 Artículo 48 Diálogo competitivo
Artículo 49 Asociación para la innovación
Artículo 50 Uso de un procedimiento negociado sin convocatoria de licitación previa: letra j)
CAPÍTULO II
Técnicas e instrumentos para la contratación electrónica y agregada
Artículo 51 Acuerdos marco
Artículo 52 Sistemas dinámicos de adquisición Artículo 53 Subastas electrónicas
Artículo 54 Catálogos electrónicos
Artículo 56 Contratación conjunta esporádica
CAPÍTULO III
Desarrollo del procedimiento
Sección 2 Publicación y transparencia
Artículo 70 Anuncios de adjudicación de contratos: apartado 2
Sección 3 Selección de los par ticipantes y adjudicación de los contratos Subsección 1 Clasificación y selección cualitativa
Artículo 77 Sistemas de clasificación
Artículo 79 Recurso a las capacidades de otras entidades: apartado 1
TÍTULO III
Regímenes de contratación particulares
CAPÍTULO II
Normas aplicables a los concursos de proyectos
Artículo 95 ámbito de aplicación
Artículo 96 Avisos
Artículo 97 Organización de los concursos de proyectos, selección de los participantes y jurado Artículo 98 Decisiones xxx xxxxxx
ANEXOS
ANEXO VII Información que debe figurar en los pliegos de contratación en las subastas electrónicas (artículo 53, apartado 4)
ANEXO XIX Información que debe figurar en los anuncios de concursos de proyectos (a que se refiere el artículo 96, apartado 1)
ANEXO XX Información que debe figurar en los anuncios sobre los resultados de los concursos de proyectos (a que se refiere el artículo 96, apartado 1)
II. OTROS ELEMENTOS NO OBLIGATORIOS DE LA DIRECTIVA 2014/25/UE
Estos otros elementos de la Directiva 2014/25/UE que figuran en el presente anexo no son obligatorios, pero se recomienda su aproximación. Ucrania podrá aproximar estos elementos en el plazo previsto en el anexo XXI-B.
TÍTULO I
Definiciones, ámbito de aplicación y principios generales
CAPÍTULO I
Objeto y definiciones
Artículo 2 Definiciones: puntos 10 a 12
CAPÍTULO IV
Principios generales
Artículo 38 Contratos reservados
TÍTULO II
Normas aplicables a los contratos
CAPÍTULO I
Procedimientos
Artículo 55 Actividades de compra centralizada y centrales de compras
TÍTULO III
Regímenes de contratación particulares
CAPÍTULO I
Servicios sociales y otros servicios específicos
Artículo 94 Contratos reservados para determinados servicios
ANEXO XXI-J DEL CAPÍTULO 8 SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA
OTROS ELEMENTOS DE LA DIRECTIVA 92/13/CEE,
MODIFICADA POR LA DIRECTIVA 2007/66/CE Y LA DIRECTIVA 2014/23/UE (FASE 5)
Artículo 2 ter Excepciones al plazo suspensivo:
Artículo 2 ter, párrafo primero, letra c)
Artículo 2 quin quies
Ineficacia
Artículo 2 quinquies, apartado 1, letra c), Apartado 5
ANEXO XXI-K DEL CAPÍTULO 8 SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA
I. DISPOSICIONES DE LA DIRECTIVA 2014/24/UE QUE NO ENTRAN EN EL ÁMBITO DE APROXIMACIÓN
Los elementos de la Directiva 2014/24/UE que figuran en el presente anexo no están sujetos al proceso de aproximación.
TÍTULO I
Ámbito de aplicación, definiciones y principios generales
CAPÍTULO I
Ámbito de aplicación y definiciones
Sección 1 Objeto y definiciones
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación: apartados 3 y 4
Artículo 2 Definiciones: punto 2
Sección 2 Umbrales
Artículo 6 Revisión de los umbrales y de la lista de autoridades, órganos y organismos estatales
TÍTULO II
Normas aplicables a los contratos públicos
CAPÍTULO I
Procedimientos
Artículo 25 Condiciones relativas al ACP y otros acuerdos internacionales
CAPÍTULO II
Técnicas e instrumentos para la contratación electrónica y agregada
Artículo 39 Contratación con intervención de poderes adjudicadores de diferentes Estados miembros
CAPÍTULO III
Desarrollo del procedimiento
Sección 1 Preparación
Artículo 44 Informes de pruebas, certificación y otros medios de prueba: apartado 3 Sección 2 Publicación y transparencia
Artículo 51 Redacción y modalidades de publicación de los anuncios: apartado 1, párrafo segundo, apartados 2, 3 y 4, apartado 5, párrafo segundo, y apartado 6
Artículo 52 Publicación a nivel nacional
Sección 3 Selección de los par ticipantes y adjudicación de los contratos Artículo 61 Depósito de certificados en línea (e-Certis)
Artículo 62 Normas de aseguramiento de la calidad y normas de gestión medioambiental: apartado 3 Artículo 68 Cálculo del coste del ciclo de vida: apartado 3
Artículo 69 Ofertas anormalmente bajas: apartado 5
TÍTULO IV
Gobernanza
Artículo 83 Ejecución
Artículo 84 Informes específicos sobre los procedimientos para la adjudicación de los contratos Artículo 85 Informes nacionales e información estadística
Artículo 86 Cooperación administrativa
TÍTULO V
Delegación de poderes, competencias de ejecución y disposiciones finales
Artículo 87 Ejercicio de la delegación Artículo 88 Procedimiento de urgencia Artículo 89 Procedimiento de comité
Artículo 90 Transposición y disposiciones transitorias Artículo 91 Derogaciones
Artículo 92 Examen
Artículo 93 Entrada en vigor
Artículo 94 Destinatarios
ANEXOS
ANEXO I AUTORIDADES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS ESTATALES ANEXO VIII ESPECIFICACIONES RELATIVAS A LA PUBLICACIÓN ANEXO XI REGISTROS
ANEXO XIII LISTA DE LOS ACTOS JURÍDICOS DE LA UNIÓN CONTEMPLADA EN EL ARTÍCULO 68, APARTA- DO 3
ANEXO XV TABLA DE CORRESPONDENCIAS
II. DISPOSICIONES DE LA DIRECTIVA 2014/23/UE QUE NO ENTRAN EN EL ÁMBITO DE APROXIMACIÓN
Los elementos de la Directiva 2014/23/UE que figuran en el presente anexo no están sujetos al proceso de aproximación.
TÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación, principios generales y definiciones
CAPÍTULO I
Objeto, principios generales y definiciones
Sección I Objeto, ámbito de aplicación, principios generales, definiciones y umbrales Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación: apartado 3
Artículo 6 Poderes adjudicadores: apartados 2 y 3 Artículo 9 Revisión del umbral
Sección II Exclusiones
Artículo 15 Notificación de información por las entidades adjudicadoras Artículo 16 Exclusión de actividades sometidas directamente a la competencia TÍTULO II
Normas en materia de adjudicación de concesiones: principios generales y garantías procedimentales
CAPÍTULO I
Principios generales
Artículo 30 Principios generales: apartado 4
Artículo 33 Redacción y forma de publicación de los anuncios: apartado 1, párrafo segundo, y apartados 2, 3 y 4
TÍTULO IV
Modificación de las Directivas 89/665/CEE y 92/13/CEE Artículo 46 Modificaciones de la Directiva 89/665/CEE Artículo 47 Modificaciones de la Directiva 92/13/CEE TÍTULO V
Delegación de poderes, competencias de ejecución y disposiciones finales
Artículo 48 Ejercicio de la delegación Artículo 49 Procedimiento de urgencia Artículo 50 Procedimiento de comité Artículo 51 Transposición
Artículo 52 Disposiciones transitorias
Artículo 53 Seguimiento y presentación de informes Artículo 54 Entrada en vigor
Artículo 55 Destinatarios
ANEXO XXI-L DEL CAPÍTULO 8 SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA
DISPOSICIONES DE LA DIRECTIVA 2014/25/UE QUE NO ENTRAN EN EL ÁMBITO DE APROXIMACIÓN
Los elementos que figuran en el presente anexo no están sujetos al proceso de aproximación.
TÍTULO I
Definiciones, ámbito de aplicación y principios generales
CAPÍTULO I
Objeto y definiciones
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación: apartados 3 y 4 Artículo 3 Poderes adjudicadores: apartados 2 y 3
Artículo 4 Entidades adjudicadoras: apartado 4
CAPÍTULO III
Ámbito de aplicación material
Sección 1 Umbrales
Artículo 17 Revisión de los umbrales
Sección 2 Contratos excluidos y concursos de proyectos: disposiciones especiales aplicables a la contratación que implique aspectos de defensa y segur idad
Subsección 1 Exclusiones aplicables a todas las entidades adjudicadoras y exclusiones especiales en los sectores del agua y de la energía
Artículo 18 Contratos adjudicados a efectos de reventa o arrendamiento financiero a terceros: apartado 2 Artículo 19 Contratos adjudicados y concursos de proyectos organizados para fines distintos del desarrollo de las
actividades contempladas o para el desarrollo de dichas actividades en terceros países: apartado 2 Subsección 3 Relaciones especiales (cooperación, empresas asociadas y empresas conjuntas)
Artículo 31 Notificación de información Subsección 4 Situaciones específicas
Artículo 33 Contratos sujetos a un régimen especial
Subsección 5 Actividades sometidas directamente a la competencia y disposiciones de procedimiento correspon- dientes
Artículo 34 Actividades sometidas directamente a la competencia Artículo 35 Procedimiento para establecer si es aplicable el artículo 34 TÍTULO II
Normas aplicables a los contratos
CAPÍTULO I
Procedimientos
Artículo 43 Condiciones relativas al Acuerdo sobre Contratación Pública y otros acuerdos internacionales
CAPÍTULO II
Técnicas e instrumentos para la contratación electrónica y agregada
Artículo 57 Contratación con intervención de entidades adjudicadoras de diferentes Estados miembros
CAPÍTULO III
Desarrollo del procedimiento
Sección 2 Publicación y transparencia
Artículo 71 Redacción y modalidades de publicación de los anuncios: apartados 2, 3 y 4, apartado 5, párrafo se- gundo, y apartado 6
Artículo 72 Publicación a nivel nacional
Sección 3 Selección de los par ticipantes y adjudicación de los contratos
Artículo 81 Normas de aseguramiento de la calidad y normas de gestión medioambiental: apartado 3 Artículo 83 Coste del ciclo de vida: apartado 3
Sección 4 Ofertas que contengan productos originarios de terceros países y relaciones con es- tos
Artículo 85 Ofertas que contengan productos originarios de terceros países
Artículo 86 Relaciones con terceros países en relación con contratos de obras, suministro y servicios
TÍTULO IV
Gobernanza
Artículo 99 Ejecución
Artículo 100 Informes específicos sobre los procedimientos para la adjudicación de los contratos Artículo 101 Informes nacionales e información estadística
Artículo 102 Cooperación administrativa
TÍTULO V
Delegación de poderes, competencias de ejecución y disposiciones finales
Artículo 103 Ejercicio de la delegación Artículo 104 Procedimiento de urgencia Artículo 105 Procedimiento de Comité
Artículo 106 Transposición y disposiciones transitorias Artículo 107 Derogación
Artículo 108 Revisión Artículo 109 Entrada en vigor Artículo 110 Destinatarios ANEXOS
ANEXO II Lista de los actos jurídicos de la Unión contemplada en el artículo 4, apartado 3 ANEXO III Lista de los actos jurídicos de la Unión contemplada en el artículo 34, apartado 3 ANEXO IV Plazos para la adopción de los actos de ejecución indicados en el artículo 35 ANEXO XV Lista de los actos jurídicos de la Unión contemplada en el artículo 83, apartado 3
ANEXO XXI-M DEL CAPÍTULO 8 SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA
DISPOSICIONES DE LA DIRECTIVA 89/665/CEE, MODIFICADA POR LA DIRECTIVA 2007/66/CE Y LA DIRECTIVA 2014/23/UE, QUE NO ENTRAN EN EL ÁMBITO DE APROXIMACIÓN
Los elementos que figuran en el presente anexo no están sujetos al proceso de aproximación. Artículo 2 ter Excepciones al plazo suspensivo:
Artículo 2 ter, apartado 1, letra a)
Artículo 2 quin quies
Ineficacia
Artículo 2 quinquies, apartado 1, letra a), Apartado 4
Artículo 3 Mecanismo corrector
Artículo 3 bis Contenido de un anuncio de transparencia previa voluntaria Artículo 3 ter Comité
Artículo 4 Aplicación Artículo 4 bis Evaluación
ANEXO XXI-N DEL CAPÍTULO 8 SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA
DISPOSICIONES DE LA DIRECTIVA 92/13/CEE, MODIFICADA POR LA DIRECTIVA 2007/66/CE Y LA DIRECTIVA 2014/23/UE, QUE NO ENTRAN EN EL ÁMBITO DE APROXIMACIÓN
Los elementos que figuran en el presente anexo no están sujetos al proceso de aproximación. Artículo 2 ter Excepciones al plazo suspensivo:
Artículo 2 ter, apartado 1, letra a)
Artículo 2 quin quies
Ineficacia
Artículo 2 quinquies, apartado 1, letra a), Apartado 4
Artículo 3 bis Contenido de un anuncio de transparencia previa voluntaria Artículo 3 ter Comité
Artículo 8 Mecanismo corrector
Artículo 12 Aplicación Artículo 12 bis Evaluación
ANEXO XXI-O DEL CAPÍTULO 8 SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA
UCRANIA: LISTA INDICATIVA DE TEMAS DE COOPERACIÓN
1. Formación, en Ucrania y en los países de la UE, de funcionarios ucranianos de organismos públicos que realicen contratación pública;
2. Formación de proveedores interesados que participen en contrataciones públicas;
3. Intercambio de información y de experiencias sobre buenas prácticas y sobre reglamentación en el ámbito de la contratación pública;
4. Mejora de la funcionalidad del sitio web sobre contratación pública y establecimiento de un sistema de supervisión de la contratación pública;
5. Consultas y asistencia metodológica de la Parte UE en la aplicación de las tecnologías electrónicas modernas en el ámbito de la contratación pública;
6. Refuerzo de los organismos encargados de garantizar una política coherente en todos los ámbitos relacionados con la contratación pública, así como la consideración (revisión) independiente e imparcial de las decisiones de las autoridades adjudicadoras (véase el artículo 150, apartado 2, del presente Acuerdo).
ANEXO XXI-P DEL CAPÍTULO 8 SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA
UMBRALES
1. Los valores de los umbrales mencionados en el artículo 149, apartado 3, del presente Acuerdo serán los siguientes, para ambas Partes:
a) 135 000 EUR para los contratos públicos de suministro y de servicios adjudicados por las autoridades, órganos y organismos estatales y para los concursos de proyectos adjudicados por estos;
b) 209 000 EUR en el caso de contratos públicos de suministro y contratos públicos de servicios que no cubre la letra a);
c) 5 225 000 EUR en el caso de contratos públicos de obras;
d) 5 225 000 EUR en el caso de contratos de obras en el sector de los servicios públicos;
e) 5 225 000 EUR en el caso de concesiones;
f) 418 000 EUR en el caso de contratos de suministro y de servicios en el sector de los servicios públicos;
g) 750 000 EUR para los contratos públicos de servicios sociales y otros servicios específicos;
h) 1 000 000 EUR para los contratos de servicios sociales y otros servicios específicos en el sector de los servicios públicos.
2. Los umbrales en EUR que figuran en el punto 1 se adaptarán para tener en cuenta los umbrales aplicables en el marco de las Directivas de la UE en el momento de la entrada en vigor del presente Acuerdo.»