PLIEGO DE CONDICIONES
PLIEGO DE CONDICIONES
INVITACIÓN PÚBLICA PARA CONTRATAR EL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE MESAS, SUPERFICIES Y PUESTOS DE TRABAJO PARA LA SEDE DE LA PAZ (CESAR) DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
CAPÍTULO I
INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES
1.1. OBJETO A CONTRATAR
Contratar el suministro e instalación de mesas, superficies y puestos de trabajo para la Sede de la paz (Cesar) de la Universidad Nacional de Colombia.
1.2. ALCANCE DEL OBJETO
Contratar el suministro e instalación de mesas, superficies y puestos de trabajo, incluyendo la fabricación y entrega del mobiliario para la Sede de la paz (Cesar) de la Universidad Nacional de Colombia.
1.3. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
Los PROPONENTES dentro de su propuesta deberán aceptar la ejecución de las siguientes obligaciones específicas:
1. Garantizar el suministro de todos los insumos requeridos para la instalación adecuada y el correcto funcionamiento del mobiliario.
2. Pedir aclaraciones a la Universidad antes de iniciar cualquier etapa de los trabajos en caso de encontrar inconsistencias o inexactitudes en planos, diagramas o especificaciones.
3. Presentar planos completos de cada ítem antes de la producción de éstos, según las especificaciones dimensionales y de materiales, hasta la plena satisfacción de la Universidad.
4. Presentar para la aprobación de la Universidad, antes de iniciar producción, una muestra patrón de los ítems que el supervisor solicite, con las observaciones y correcciones que se hubieren realizado al momento de la evaluación sobre la(s) muestra(s) física(s).
5. Confirmar, previo al inicio de cualquier etapa de los trabajos, medidas en sitio, localización de puntos de conectividad, esquemas de amueblamiento, orientación de módulos de almacenamiento y demás variables tanto de diseño como espaciales asociadas al (los) elemento(s) a suministrar.
6. Realizar una visita al sitio de ejecución del contrato, por lo menos diez (10) días hábiles antes del día programado para la instalación, para confirmar medidas, espacios y todas las determinantes asociadas a la posterior instalación.
7. Presentar muestras físicas de acabados cuando la Supervisión lo requiera, (tapizados, pinturas, cantos u otras características relevantes al (a los) elemento(s) a suministrar). Los costos asociados a la elaboración de planos de producción, generación de prototipos y demás actividades asociadas a la definición final del elemento, quedarán a cargo del Contratista sin recargo alguno a la Universidad.
8. Garantizar que los materiales empleados para la fabricación de los bienes a suministrar son nuevos, de primera calidad, libres de defectos e imperfecciones.
9. Suministrar elementos de fácil reposición y mantenimiento, en todos los elementos de mobiliario. 10.Informar a la Supervisión mediante comunicación escrita cuando los elementos estén fabricados y listos
para su entrega.
11.Asegurar los bienes objeto del contrato hasta la total entrega e instalación de los mismos y la recepción a satisfacción por parte de la supervisión de la Universidad.
12.Entregar el mobiliario en perfecto estado, acabado y listo para su uso, previa aprobación y recepción a satisfacción.
13.Instalar el mobiliario en las instalaciones del campus de la Sede La Paz de la Universidad Nacional de Colombia, ubicada en el municipio de La Paz (Cesar), xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxxxx Xx 0-000.
14.Disponer de forma adecuada los residuos (sistemas de embalaje, cajas protectoras, etc.) que del proceso de instalación se deriven.
15.Reparar, arreglar o reponer los acabados, la infraestructura o demás mobiliario o bien de la Universidad, en caso que el Contratista llegara a causar algún daño o perjuicio a los mismos, en el proceso de entrega o instalación.
16.Entregar los manuales de uso, de limpieza y de mantenimiento, para todos los elementos suministrados e instalados, posterior a la entrega e instalación de los mismos.
17.Efectuar el cambio del mobiliario que resulte defectuoso o que sea entregado en mal estado por otro nuevo de iguales o superiores características y en perfectas condiciones, en un plazo no mayor a 15 días hábiles sin costo alguno para la Universidad.
18.Programar y realizar dos (02) mantenimientos preventivos al año (uno cada semestre) en sitio, de los bienes a adquirir sin ningún costo adicional para la Universidad, dentro del término de la garantía exigida.
19.Responder al llamado de solicitud de servicio técnico por parte de la Universidad en un tiempo inferior a 24 horas, y suministrar en sitio, el mobiliario o elementos que requieran ser reemplazados en un plazo no mayor a 15 días hábiles, durante el periodo de garantía.
20.Ofrecer garantía de 5 años por los elementos suministrados, de acuerdo a las necesidades de la Universidad.
21.Abstenerse de incurrir en acciones u omisiones que causen discriminación, sufrimiento físico, psicológico, sexual o patrimonial, por razones de sexo, género u orientación sexual, en cualquier persona perteneciente a la comunidad de la Universidad Nacional de Colombia o que se encuentre dentro del campus universitario. El incumplimiento de esta obligación acarreará las sanciones contractuales a que haya lugar en el marco del Manual de Convenios y Contratos de la Universidad Nacional de Colombia y de lo dispuesto en la Resolución de Rectoría 1215 de 2017.
1.4. VALOR ESTIMADO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
La Universidad Nacional de Colombia, en adelante la UNIVERSIDAD, cuenta con los recursos para amparar la contratación que se llegare a derivar del objeto de la presente Invitación Pública por un valor de hasta SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES CIENTO OCHENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA
Y SEIS PESOS M/CTE. ($796.181.836) incluido XXX, más el gravamen a los movimientos financieros por la suma de tres millones ciento ochenta y cuatro mil setecientos veintisiete pesos M/Cte. ($3.184.727), de conformidad con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 61 de 2019 de fecha 3 xx xxxxx de 2019 expedido por la jefe de la División Nacional de Gestión Presupuestal.
NOTAS:
a) El presupuesto asignado a este proceso contractual comprende todos los costos, gastos e impuestos directos e indirectos que se puedan generar para la suscripción, legalización, ejecución y liquidación del contrato. Por lo anterior, los PROPONENTES deberán proyectar el valor de su propuesta incluyendo todos los valores, así como los impuestos a que haya lugar, en que pudieran incurrir durante la suscripción, legalización, ejecución y liquidación del contrato.
b) El valor del gravamen a los movimientos financieros no hace parte del valor estimado para la ejecución del presente proceso de selección, y se detalla solo para efectos tributarios internos de la Universidad.
1.5. PLAZO DE EJECUCIÓN REQUERIDO POR LA UNIVERSIDAD
El plazo estimado para la ejecución del (los) contrato(s) requerido por la UNIVERSIDAD es SESENTA (60) días calendario, contados a partir del cumplimiento de todos los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución exigidos.
Nota: El proponente que presente una vigencia superior a la aquí establecida incurrirá en causal de rechazo de la propuesta.
1.6. FORMA DE PAGO
La Universidad pagará al proponente seleccionado el valor pactado en el presente contrato, de la siguiente manera:
a) Un anticipo de hasta el 40 % del valor total del contrato antes de IVA, el cual iniciará trámite de pago una vez entregado por parte del contratista el plan de manejo, inversión y amortización del anticipo aprobado por la SUPERVISIÓN, previo cumplimiento de todos los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución.
b) Pago por el saldo restante incluido IVA, previa presentación de factura y certificación en que conste que EL CONTRATISTA se encuentra al día en el pago de aportes a seguridad social y a parafiscales, conforme a lo dispuesto en la Ley 789 de 2002, constancia de cumplimiento expedida por el supervisor e ingreso al almacén de la Universidad.
Nota: A excepción del anticipo, los pagos parciales requerirán de presentación de factura y certificación en que conste que EL CONTRATISTA se encuentra al día en el pago de aportes a seguridad social y a
parafiscales, conforme a lo dispuesto en la Ley 789 de 2002, constancia de cumplimiento expedida por el supervisor e ingreso al almacén de la Universidad.
1.7. LUGAR DE EJECUCIÓN, ENTREGA E INSTALACIÓN
El lugar de ejecución, entrega e instalación de los elementos a contratar es el Campus de la Sede de la paz ubicado en municipio de La Paz (Cesar), en la xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxxxx Xx 0-000.
1.8. MODALIDAD DE CONTRATACIÓN
Como resultado de la presente Invitación pública, la Universidad Nacional de Colombia contratará los servicios mediante la suscripción de CONTRATO DE SUMINISTRO.
1.9. SELECCIÓN DE PROPUESTA(S) Y ASIGNACIÓN DE CONTRATO
La asignación del contrato se realizará de forma total al proponente que haya cumplido con la totalidad de los requisitos de habilitación y haya obtenido el mayor puntaje.
1.10. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
La presente invitación publica y el (los) contrato(s) que llegare(n) a suscribirse, se regirán además de lo establecido en el Acuerdo 002 de 2008 del Consejo Superior Universitario, "Por el cual se adopta el régimen que contiene las normas generales de los acuerdos de voluntades en la Universidad Nacional de Colombia"; por la Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014, "Por medio de la cual se adopta el Manual de Convenios y Contratos de la Universidad Nacional de Colombia”, por las demás normas que los modifiquen y/o complementen y/o sustituyan; y por las normas legales, comerciales y civiles que rigen la materia.
En cualquier caso, los proponentes deberán cumplir con los requisitos jurídicos, financieros, económicos y técnicos establecidos en el presente pliego de condiciones, y no estar incursos en las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades consagradas en la Constitución Política y la Ley, entre otras, las consagradas en la Ley 1474 de 2011, “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”.
1.11. RESERVA DE DOCUMENTOS
Los PROPONENTES interesados en participar en la presente invitación pública, se comprometen bajo la gravedad del juramento, a guardar la debida reserva de todos los documentos que se les den a conocer, siempre y cuando la UNIVERSIDAD comunique el carácter de reserva y la norma o sustento legal sobre la cual se soporta dicha reserva.
Dicho compromiso se entiende concertado por el simple hecho de presentar la oferta
1.12. VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas deberán tener una validez mínima de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre de la Invitación.
1.13. INFORMACIÓN SUMINISTRADA A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
La UNIVERSIDAD, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 de la Constitución Política, presume que toda la información que el PROPONENTE xxxxxxx a esta invitación es veraz, y corresponde a la realidad. NO obstante, la UNIVERSIDAD podrá verificar la información suministrada por el PROPONENTE.
1.14. PARTICIPANTES
Podrán participar en la presente invitación pública todas las personas jurídicas legalmente constituidas y domiciliadas en Colombia, con domicilio o sucursal en Colombia, cuyo objeto social esté relacionado con
el objeto del Contrato a celebrarse, que cumplan con los requisitos jurídicos, financieros, técnicos y económicos establecidos en el presente pliego de condiciones, y que no estén incursos en las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades consagradas en la Constitución Política y la Ley.
1.15. CONFIDENCIALIDAD Y RETIRO DE LA PROPUESTA
Se presume que las propuestas presentadas no contienen ningún tipo de información confidencial o privada de acuerdo con la ley colombiana, por lo que LA UNIVERSIDAD se encuentra facultada para revelar dicha información sin reserva alguna, a partir de la fecha de recepción de las mismas, a sus servidores, a los demás proponentes o participantes en el proceso de selección, y al público en general cuando así lo soliciten.
Si EL PROPONENTE presenta su PROPUESTA con información confidencial, ésta debe presentarse en cuaderno separado, debidamente foliado, con la justificación legal y técnica que ampara los documentos con la confidencialidad invocada, mencionando las normas, disposiciones, decisiones de organismos competentes y actos administrativos que le confieran tal confidencialidad a los mismos.
El PROPONENTE podrá solicitar el retiro de su propuesta mediante comunicación remitida al correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx, dirigido a la Sección de Adquisiciones de Bienes y servicios, hasta antes de la fecha y hora prevista para el plazo de entrega de la propuesta. En tal caso, en la diligencia de cierre de la Invitación y apertura de propuestas, no se abrirán los sobres que contengan el original y las copias de la propuesta retirada.
1.16. NEGATIVA O ABSTENCIÓN INJUSTIFICADA A LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Si el PROPONENTE seleccionado mediante la presente Invitación, no suscribe el contrato dentro de los cinco (5) días siguientes a la comunicación de su asignación, quedará a favor de la UNIVERSIDAD, en calidad de sanción, la garantía de seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las sanciones legales conducentes al reconocimiento de los perjuicios causados y no cubiertos por la garantía.
En este evento, la UNIVERSIDAD podrá asignar el contrato dentro de los cinco (5) días siguientes, al PROPONENTE calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la UNIVERSIDAD.
1.17. DEVOLUCIÓN DE LAS PROPUESTAS
No habrá devolución de propuestas. Una vez finalizado el proceso de selección, la UNIVERSIDAD procederá a archivar los originales de todas y cada una de las propuestas recibidas. Sólo en el caso que la invitación sea declarada desierta, se devolverá a los PROPONENTES el original de sus propuestas previa solicitud enviada por el PROPONENTE al correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx, dirigido a la Sección de Adquisiciones de Bienes y servicios
1.18. DECLARATORIA DE DESIERTA
La Universidad podrá declarar desierto un proceso de invitación pública o directa por los siguientes motivos:
a) La no presentación de ofertas.
b) Incumplimiento por parte de los oferentes de los requisitos habilitantes establecidos en el Pliego de Condiciones o en los términos de la invitación.
c) Que la oferta no alcance los puntajes mínimos requeridos en el Pliego de Condiciones o en los términos de la invitación.
d) Cuando no existan razones que justifiquen la diferencia de precios entre los precios del estudio xx xxxxxxx o de referencia y los presentados por los oferentes.
e) Cuando se presenten causales que impidan la escogencia objetiva del oferente.
f) Cuando la oferta resulte inconveniente institucionalmente para la Universidad.
g) Cuando se presenten circunstancias sobrevinientes al proceso de invitación que determinen la inconveniencia de la selección de la oferta para los intereses de la Universidad.
1.19. FORMATOS Y ANEXOS
Los siguientes Formatos y Anexos hacen parte integral de la presente directriz y se encuentran publicados dentro de los anexos, según se detalla a continuación:
FORMATOS
No. | CONTENIDO |
Formato 1 | CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA |
Formato 2 | COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN |
Formato 3 | CUADRO DE OFERTA ECONÓMICA |
ANEXOS
No. | CONTENIDO |
Anexo 1 | DIRECTRIZ TÉCNICA |
Anexo 2 | FICHAS TÉCNICAS |
Anexo 3 | ANEXO TÉCNICO |
Anexo 4 | DETALLES TÉCNICOS |
Anexo 5 | MINUTA DEL CONTRATO |
CAPITULO II ETAPAS DEL PROCESO
2.1. CRONOGRAMA
El proceso de contratación se llevará a cabo en las fechas, sitios y horas exactos que se establecen a continuación:
ACTIVIDAD | FECHA Y HORA | XXXXX |
XXXXXXXXXXX X XXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXXXXXXX | 00 xx xxxxx de 2019 | |
OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES | Desde el 26 xx xxxxx hasta el 3 xx xxxx de 2019, hasta las 11:00 am | |
PUBLICACIÓN DEL INFORME DE RESPUESTAS A LAS OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES | 9 xx xxxx de 2019 | |
RECEPCIÓN DE PROPUESTAS Y CIERRE DE LA INVITACIÓN | 16 xx xxxx de 2019, hasta las 11:00 am | Xxxxxxx 00 Xx. 00-00, xxxx 0, xxxxxxx 000, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx X.X. |
PUBLICACIÓN DEL INFORME PRELIMINAR DE EVALUACIÓN | 22 xx xxxx de 2019 | |
OBSERVACIONES AL INFORME PRELIMINAR DE EVALUACIÓN | Del 22 al 27 xx xxxx de 2019, hasta las 5:00 p.m. | |
PUBLICACIÓN DEL INFORME DE RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES PRESENTADAS AL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR, Y DEL INFORME DEFINITIVO DE EVALUACIÓN | 6 xx xxxxx de 2019 |
Notas:
a) Cuando se presenten razones de conveniencia o necesidad institucional, LA UNIVERSIDAD podrá prorrogar los plazos establecidos en el cronograma, antes de su vencimiento, para lo cual se informará a los PROPONENTES a través de la página Web xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxx/, acerca de las modificaciones o variaciones necesarias.
b) Todas las adendas, avisos y comunicaciones que emita la Universidad, con relación al pliego de condiciones, pasarán a formar parte del mismo, y serán comunicadas a través de la página Web xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxx/.
c) Las horas señaladas en el anterior cronograma, en especial la relativa a la hora límite para presentación de la oferta, se tomarán según indique el reloj de la página web: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xxx.xx.
2.2. PUBLICACIÓN Y CONSULTA XXX XXXXXX DE CONDICIONES
El pliego de condiciones será publicado a partir de la fecha establecida en el Cronograma, por intermedio de la Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la División Nacional de Servicios Administrativos, y podrá ser consultado por los interesados en la página Web de la UNIVERSIDAD xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxx/, bajo el título “Invitación pública para contratar el suministro e instalación de mesas, superficies y puestos de trabajo para la Sede de la paz (Cesar) de la Universidad Nacional de Colombia”.
2.3. OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES
Los PROPONENTES podrán presentar, las observaciones y/o solicitudes de aclaraciones al pliego de condiciones, que consideren convenientes, a más tardar en la fecha y hora establecidas en el CRONOGRAMA, al correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx.
Solo se tendrán como presentadas las observaciones que se hagan a través de los canales y dentro de los plazos establecidos en el cronograma.
2.4. PUBLICACIÓN DEL INFORME DE RESPUESTAS A LAS OBSERVACIONES PRESENTADAS AL PLIEGO DE CONDICIONES
La UNIVERSIDAD, publicará la respuesta a las observaciones presentadas por los PROPONENTES al pliego de condiciones, el día establecido en el Cronograma en la página Web xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxx/
La consulta y la respuesta a las observaciones formuladas por los PROPONENTES, no producirán efecto suspensivo sobre el plazo de presentación de las Propuestas. Ninguna aclaración verbal podrá afectar los términos y condiciones de este pliego de condiciones y sus adendas.
El silencio por parte de la UNIVERSIDAD a la fecha del vencimiento de la presente invitación, ante cualquier sugerencia, manifestación de supuestas inconsistencias, errores, omisiones y solicitud de modificaciones, deberá tenerse como negación de la solicitud.
2.5. RECEPCIÓN DE PROPUESTAS Y CIERRE DE LA INVITACIÓN
Las PROPUESTAS deben ser presentadas en la Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la División Nacional de Servicios Administrativos, ubicada en la Xxxxxxx 00 Xx. 00-00, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx 000 xx Xxxxxx X.X., hasta la fecha y hora indicada en el CRONOGRAMA.
Sólo se evaluarán las propuestas que hayan sido radicadas en la Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la División Nacional de Servicios Administrativos hasta la fecha y hora indicada en el CRONOGRAMA. El PROPONENTE que envíe su propuesta por correo, será responsable de que la misma sea radicada en el sitio, fecha y hora establecidos.
En la fecha y hora establecidas para el cierre de la invitación, se levantará un acta que contendrá una relación sucinta de las propuestas presentadas, el nombre del PROPONENTE, el número de folios de que consta, haciendo la aclaración si la numeración de la misma presenta tachaduras o enmendaduras o si se encuentran folios en blanco.
En el evento que la PROPUESTA se encuentre sin foliar, la UNIVERSIDAD procederá a hacerlo en presencia de los asistentes y consignará esta circunstancia en la respectiva Acta. Cuando se encuentren folios en blanco se procederá a anular la correspondiente hoja con una nota diagonal que así lo señale. Cuando se presenten folios superpuestos, se procederá a verificar su foliación y también se dejará constancia de ello.
El acta deberá ser suscrita por los funcionarios de la UNIVERSIDAD que allí intervengan y por los PROPONENTES presentes que manifiesten su deseo de firmarla.
2.6. SOLICITUD DE ACLARACIONES Y/O SUBSANACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La UNIVERSIDAD, a través de la Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la División Nacional de Servicios Administrativos, podrá solicitar por escrito una vez cerrada la Invitación y hasta antes de la publicación de la evaluación definitiva, subsanar la forma como acreditaron los requisitos habilitantes, requerir las aclaraciones y explicaciones que estime pertinentes sobre los puntos dudosos o confusos de las propuestas, y solicitar los documentos y certificaciones que encuentre convenientes, sin que esto implique adición o modificación de la propuesta presentada.
La solicitud de la UNIVERSIDAD y la respuesta del PROPONENTE deberán constar por escrito, y no se pedirán, ofrecerán, ni permitirán cambios en los aspectos substanciales de la Propuesta.
2.7. PUBLICACIÓN DEL INFORME PRELIMINAR DE EVALUACIÓN
Los resultados de la evaluación preliminar de las propuestas serán publicados en la página Web de Contratación de la UNIVERSIDAD xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxx/ partir de la fecha indicada en el CRONOGRAMA.
2.8. OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR Y CONSULTA DE PROPUESTAS
Solo se tendrán como presentadas las observaciones que se hagan a través de los canales y dentro de los plazos establecidos en el cronograma.
En este mismo período establecido en el cronograma, los PROPONENTES podrán tener acceso a las propuestas para verificar contra el informe de evaluación preliminar y presentar observaciones.
Si vencida la fecha para presentación de observaciones al informe preliminar de evaluación, la UNIVERSIDAD no ha recibido observaciones por parte de los participantes, el documento quedará ratificado como informe definitivo de evaluación.
2.9. PUBLICACIÓN DEL INFORME DE RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR Y DEL INFORME DE EVALUACIÓN DEFINITIVO
Las respuestas a las observaciones presentadas y los resultados de la evaluación definitiva, serán publicadas en la página Web de la UNIVERSIDAD: xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxx/, en la fecha indicada en el cronograma.
CAPITULO III
CONDICIONES GENERALES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
EL PROPONENTE deberá hacer una lectura juiciosa y detallada de los requisitos establecidos en este Pliego de Condiciones y en sus adendas, y cumplir estrictamente las siguientes condiciones:
a. Seguir las instrucciones que en el presente pliego de condiciones se imparten para la elaboración de su oferta.
b. Queda entendido que con la presentación de la propuesta se acogen y aceptan todas las condiciones estipuladas en el presente pliego, y en la ley.
c. Verificar que no se encuentran incursos en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad o prohibiciones, constitucional y legalmente establecidas, para participar en el presente proceso de selección y para contratar.
d. Examinar rigurosamente el contenido de los pliegos de condiciones, de los documentos que hacen parte del mismo y de las normas que regulan la contratación con la Universidad Nacional.
e. La propuesta debe ser presentada en el orden exigido en el pliego de condiciones para facilitar su estudio, con un índice o tabla de contenido, y debidamente foliada desde la primera hoja.
f. Las propuestas que se presenten deberán referirse y sujetarse a todos y cada uno de los puntos contenidos en el pliego de condiciones.
g. Debe cerciorarse que cumple las condiciones y reúne los requisitos aquí señalados y proceder a reunir la información y documentación exigida.
h. La presentación de la propuesta constituye evidencia de que el proponente estudió el pliego de condiciones, los estudios y documentos previos, los formularios y demás documentos; que se recibieron las aclaraciones necesarias sobre las inquietudes o dudas previamente consultadas y se acepta que el mismo, es completo compatible y adecuado para identificar los bienes y/o servicios que se contratarán.
i. La presentación de la propuesta indica igualmente que el proponente está enterado a satisfacción en cuanto al alcance del objeto a contratar y que ha tenido en cuenta todo lo anterior, para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del contrato que se celebrará.
j. No se aceptarán propuestas radicadas en lugar diferente y/o por fuera de la fecha y hora límite establecida en el cronograma.
k. La propuesta y sus documentos anexos deben redactarse en idioma castellano y presentarse por escrito, utilizando un medio impreso, debidamente foliada en la parte frontal de cada página, en estricto orden consecutivo ascendente.
l. La propuesta deberá entregarse en: Un (1) original en medio escrito y en sobre sellado y rotulado en su parte exterior, y dos (2) copias en medio magnético (CD) debidamente marcados.
El rótulo contendrá como mínimo la siguiente información del PROPONENTE:
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
Invitación pública para contratar el suministro e instalación de mesas, superficies y puestos de trabajo para la Sede de la paz (Cesar) de la Universidad Nacional de
Colombia
Propuesta presentada por: Nombre o razón social Dirección
No. Teléfono No. de Fax
Correo electrónico
ORIGINAL
m. La propuesta física y sus copias digitales deberán contener la totalidad de los documentos exigidos,
con todos sus anexos.
n. La propuesta remitida por correo tradicional que para la fecha y hora límite establecidas para su presentación en el Cronograma, haya sido radicada en dependencias distintas a las indicadas en el presente pliego de condiciones, no se tendrá en cuenta.
o. No se aceptarán propuestas fuera de la fecha y hora límite establecida en el cronograma.
p. En caso de discrepancia entre el original y la copia, se tendrá en cuenta la información contenida en el original.
q. El PROPONENTE debe diligenciar y presentar todos los formatos enunciados a lo largo de este documento, los cuales hacen parte integral de este Pliego de Condiciones.
r. Presentar con la propuesta catálogos, fichas técnicas detalladas y planos o la documentación que hagan posible evaluar y constatar el cumplimiento de las especificaciones y requerimientos del proyecto.
s. En el presente proceso NO SE ACEPTA la presentación de ofertas complementarias o alternativas.
t. No se aceptarán Propuestas cuyos documentos presenten tachaduras o enmendaduras, a menos que tengan la aclaración correspondiente.
u. En la propuesta deben indicarse los precios expresados en pesos colombianos, sin centavos, incluyendo todos los costos en que pueda incurrir durante el plazo del contrato.
v. Serán a cargo del PROPONENTE todos los costos asociados a la preparación y presentación de su propuesta.
w. Los PROPONENTES deberán tener en cuenta que la propuesta básica deberá ceñirse a las condiciones y especificaciones contenidas en los documentos de la Invitación.
x. En caso de contradicción entre el valor ofertado en letras y el valor consignado en números, prevalecerá para todos los efectos el valor consignado en letras, sin perjuicio de las aclaraciones que pueda solicitar la Universidad.
y. Toda comunicación enviada por los PROPONENTES y relacionada con esta invitación pública, deberá ser dirigida a la Sección de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la Universidad Nacional de Colombia, por correo electrónico a xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx.
CAPITULO IV
DOCUMENTOS A PRESENTAR CON LA PROPUESTA
4.1. DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN JURÍDICA
4.1.1. CAPACIDAD JURÍDICA
La Universidad revisará que los Proponentes no se encuentren en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de interés para celebrar o ejecutar el contrato. Para ello, revisará el boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios y el certificado de antecedentes judiciales, para verificar que no haya sanciones inscritas.
4.1.2. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
El PROPONENTE deberá anexar carta de presentación firmada por el representante legal de la persona jurídica, y diligenciarla de acuerdo con el modelo suministrado en el Formato No 1.
En caso que la propuesta sea presentada por el representante legal suplente del proponente, se deberá allegar el documento idóneo que dé cuenta de la falta absoluta, temporal o transitoria del representante legal principal.
Si el representante legal del PROPONENTE no se encuentra obligado a contar con la señalada autorización, tanto para presentar PROPUESTA como para suscribir y legalizar el respectivo contrato, el PROPONENTE deberá incluir en su PROPUESTA un documento que certifique esta situación, respectivamente firmado por el representante legal principal.
En la carta de presentación, el PROPONENTE debe indicar si la información allegada con la propuesta tiene el carácter reservado, señalando la norma que le otorga tal naturaleza.
Nota: La no presentación de este documento en el formato establecido por la UNIVERSIDAD, o si este no viene firmado por el representante legal del PROPONENTE o el apoderado constituido para tal efecto, será causal de rechazo de la propuesta. El contenido de este documento será subsanable.
4.1.3. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
Los Proponentes deben suscribir el compromiso anticorrupción contenido en el Formato 2. Compromiso Anticorrupción en el cual manifiestan su apoyo irrestricto a los esfuerzos del Estado colombiano contra la corrupción.
Si hay incumplimiento comprobado del compromiso anticorrupción por parte del Proponente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el Proceso de Contratación actúe en su nombre, es causal suficiente para el rechazo de la Oferta o para de terminación anticipada del contrato si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la asignación del mismo, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales.
NOTA: En caso de no presentarse este documento con la propuesta, la UNIVERSIDAD podrá requerirlo en cualquier momento antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE deberá adjuntarlo dentro del término establecido por la UNIVERSIDAD.
4.1.4. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL DE LA CÁMARA DE COMERCIO
El PROPONENTE, deberá presentar el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de la ciudad donde opere la Oficina Principal y de la sucursal que atenderá el contrato (en caso que aplique).
En el certificado se verificará la siguiente información:
a) Que su objeto social esté relacionado con las actividades objeto del presente proceso.
b) Que esté contemplado el nombramiento del Representante Legal.
c) Que estén contempladas las facultades del Representante Legal.
d) Que esté contemplado el nombramiento del Revisor Fiscal.
e) La persona jurídica debe haberse constituido legalmente por lo menos cinco (5) años antes, contados a partir de la fecha de cierre de la presente invitación.
f) La duración de la sociedad no será inferior al plazo del contrato y tres (3) años más, contados a partir de la fecha de cierre de la presente invitación.
g) Fecha de expedición con una antelación máxima de treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha inicialmente establecida para el cierre del presente proceso. (cuando se prorrogue la fecha de cierre, esta certificación tendrá validez con la primera fecha de cierre).
Solamente en el caso de no ser posible acreditar en el certificado de existencia y representación legal de la Cámara de Comercio, a la fecha de cierre del presente proceso, la información requerida en el literal c) del presente numeral, el PROPONENTE deberá presentar el documento idóneo, legalmente permitido, que contenga dicha información. Dicho documento podrá ser:
1) Escrituras públicas de la sociedad.
2) Actas de Asambleas de Accionistas.
3) Estatutos de la sociedad.
Nota: Serán causales de rechazo de la PROPUESTA, aplicables a este numeral:
i. Que la información solicitada en los literales a), b), y d) de este numeral no repose en el Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio.
ii. La no presentación del documento idóneo y legalmente permitido para probar la información solicitada en el literal c), cuando estas no estén contempladas en el Documento de Existencia y Representación Legal, respectivo.
El contenido de los documentos exigidos en este numeral será subsanable, a excepción de la información solicitada en las literales a) y b) de este numeral.
4.1.5. CÉDULA DE CIUDADANÍA O DE EXTRANJERÍA DEL REPRESENTANTE LEGAL
El PROPONENTE deberá presentar la respectiva copia de la Cédula de Ciudadanía o de Extranjería del Representante Legal.
Nota: En caso de no presentarse este documento, la UNIVERSIDAD podrá requerirlo en cualquier momento, antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE deberá adjuntarlo antes de la publicación de la evaluación definitiva, so pena de incurrir en causal de rechazo.
4.1.6. AUTORIZACIÓN PARA PRESENTAR PROPUESTA Y SUSCRIBIR CONTRATO
Si el representante legal del PROPONENTE requiere autorización de sus órganos de dirección para presentar propuesta, suscribir y legalizar contrato o en su Certificado xx Xxxxxx de Comercio así lo señala, deberá anexar los documentos que acrediten dicha autorización, debidamente firmados por el presidente o el secretario de la reunión del órgano competente para emitir dicho permiso, de acuerdo con los estatutos
o reglamentos de la respectiva persona jurídica.
En caso que la propuesta sea presentada por el representante legal suplente del proponente, y dentro del certificado de existencia y representación legal del proponente se establezca que los representantes suplentes tengan las mismas facultades que el principal o se estipule que para la actuación de los suplentes no es necesario acreditar la ausencia del titular, no será necesario allegar el documento idóneo que dé cuenta de la falta absoluta, temporal o transitoria del representante legal principal.
En caso de falta absoluta del representante legal principal, la respectiva certificación deberá ser expedida
por el presidente o secretario del órgano de superior jerarquía de acuerdo a la estructura de la persona jurídica.
En caso de nombrar apoderado, se deberá presentar el poder que lo faculte para presentar propuestas, y celebrar y legalizar contratos, y la copia de su documento de identidad.
Nota: Este documento podrá ser subsanado, en cuanto a su contenido. Será causal de rechazo la no presentación del mismo, o la falta de las firmas de sus integrantes.
4.1.7. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
El PROPONENTE debe acompañar su propuesta, como requisito indispensable, con una Garantía de Seriedad a favor de Entidades Estatales, expedida por una compañía de seguros legalmente constituida y establecida en Colombia o podrá constar en una garantía bancaria expedida por el representante legal de la entidad bancaria.
En dicho documento se verificará lo siguiente:
a) Asegurado/Beneficiario: UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA – NIT 000.000.000-3
b) Cuantía: Diez por ciento (10%) del valor total de la propuesta (IVA incluido);
c) Vigencia: de noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha prevista para el cierre de la invitación
d) Xxxxxxx/Afianzado: la póliza o garantía deberá tomarse con el nombre del PROPONENTE o de la razón social que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio.
e) Objeto: “Invitación pública para contratar el suministro e instalación de mesas, superficies y puestos de trabajo para la Sede de la paz (Cesar) de la Universidad Nacional de Colombia.
f) Firma del representante legal: la póliza o garantía deberá firmarse por parte del representante legal del PROPONENTE.
El PROPONENTE deberá ampliar la vigencia de la garantía en caso de presentarse prórrogas en los plazos de la contratación, de la asignación, o de la suscripción del contrato, no cubiertas con la vigencia inicial.
Tanto al PROPONENTE que haya sido seleccionado como a los demás participantes, se les devolverá la garantía de la seriedad de la propuesta cuando esté perfeccionado y legalizado el contrato, previa solicitud escrita dirigida a la Sección de Adquisiciones de la División Nacional de Servicios Administrativos.
La UNIVERSIDAD hará efectiva la totalidad de la garantía, a título de indemnización por perjuicios en los siguientes casos:
1. Cuando el PROPONENTE se niegue a prorrogar la garantía de seriedad de la PROPUESTA, en caso que la UNIVERSIDAD decida modificar el calendario de la invitación.
2. Cuando el PROPONENTE, por cualquier motivo, salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado y aceptado por la UNIVERSIDAD, no cumpliere las condiciones y obligaciones establecidas en el pliego de condiciones o en su PROPUESTA, en especial no suscribir y legalizar el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la comunicación de su otorgamiento.
Nota: La no presentación de la Garantía de Seriedad de la PROPUESTA, será causal de rechazo por considerar que la PROPUESTA no tiene la seriedad exigida. También será causal de rechazo de la PROPUESTA la presentación de la garantía sin el cumplimiento de los requisitos contenidos en los literales a) y d). El contenido de los literales b), c), y e) establecidos en este numeral, podrá ser subsanado.
4.1.8. CERTIFICACIÓN DE REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP) DE LA CÁMARA DE COMERCIO
El PROPONENTE deberá acreditar la inscripción y clasificación vigente, en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio.
En el certificado se verificará la siguiente información:
a) Que en el RUP el PROPONENTE acredite alguna de las clasificaciones que se presentan a continuación:
GRUPO | SEGMENTO | FAMILIA | CLASE | NOMBRE DE CLASE |
PRODUCTOS DE USO FINAL | 56 | 12 | 10 | Mobiliario de biblioteca |
56 | 12 | 14 | Mobiliario de cafetería y comedor | |
56 | 12 | 17 | Módulos de almacenamiento general y de libros para aulas | |
56 | 11 | 21 | Asientos | |
56 | 11 | 15 | Sitios de trabajo y paquetes para la xxxxxxx | |
00 | 00 | 00 | Muebles de oficina |
b) Que el proponente acredite su inscripción y clasificación como proveedor, vigente.
c) La inexistencia de reportes sobre multas o sanciones impuestas al Proponente, dentro de los cinco (5) años anteriores a la fecha de expedición del RUP, en relación con el objeto contractual de la presente invitación.
d) Fecha de expedición inferior a quince (15) días calendario a la fecha prevista para el cierre de la presente invitación. (cuando se prorrogue la fecha de cierre, esta certificación tendrá validez con la primera fecha de cierre)
e) Que la información financiera reportada sea a corte 31 de diciembre de 2018.
Nota: Serán causales de rechazo de la propuesta, aplicables a este numeral:
i. Que la inscripción no se encuentre vigente.
ii. Que la clasificación no corresponda con la requerida en el pliego de condiciones
iii. Que en el certificado exista constancia de multas y/o sanciones impuestas al proponente en relación con la ejecución del objeto contractual de la presente invitación dentro del término establecido.
El contenido de los literales d) y e) del presente numeral, podrá ser subsanado.
4.1.9. CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES A SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES
Los PROPONENTES deberán presentar el certificado expedido por el revisor fiscal (Si está obligado a tenerlo) o por el representante legal, en el que conste el cumplimiento de los pagos de aportes a salud, pensiones, riesgos profesionales, SENA, ICBF y cajas de compensación familiar, de acuerdo a lo establecido en el artículo 50 de la ley 789 de 2002.
Dicha certificación deberá expedirse con una antelación inferior a treinta (30) días calendarios, a la fecha prevista para el cierre de la presente invitación.
Nota: Este documento podrá subsanarse en su contenido. La no presentación será causal de rechazo de la propuesta.
4.1.10. TARJETA PROFESIONAL Y CERTIFICACIÓN DE VIGENCIA DE INSCRIPCIÓN Y ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DEL REVISOR FISCAL
El PROPONENTE deberá anexar copia de la Tarjeta Profesional y de la Certificación de Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios vigente, expedida por la Junta Central de Contadores, del Revisor Fiscal (si está obligado a tenerlo) responsable de la suscripción del certificado sobre el pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social y aportes parafiscales y de la información financiera.
Nota: El contenido de los documentos exigidos en este numeral será subsanable. Si el PROPONENTE no allega la tarjeta profesional y el certificado de antecedentes disciplinarios, o si este último no se encuentra vigente, la UNIVERSIDAD podrá solicitarlo(s) en cualquier momento antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE deberá adjuntarlo antes de la publicación de la evaluación definitiva, so pena de rechazo.
4.2 DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN FINANCIERA
4.2.1 RUT (Registro Único Tributario)
El PROPONENTE deberá presentar el respectivo certificado expedido por el ente legal, donde conste si se encuentra en representación de una persona jurídica debidamente registrada, y que su actividad económica corresponde a la del objeto a contratar.
Nota: En caso de no presentarse con la propuesta, la UNIVERSIDAD podrá requerirlo en cualquier momento, antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE deberá adjuntarlo antes de la publicación de la evaluación definitiva, so pena de incurrir en causal de rechazo. Este documento podrá subsanarse en su contenido.
4.2.2 INFORMACIÓN FINANCIERA
La UNIVERSIDAD realizará la verificación de los indicadores financieros de los proponentes, a corte 31 de diciembre de 2018, de acuerdo a la información del RUP, según lo establecido en el Numeral 8.1.2.
Nota: Esta información podrá ser objeto de solicitud de aclaración por parte de la UNIVERSIDAD en su contenido, para lo cual la UNIVERSIDAD podrá requerir al proponente en cualquier momento antes de la publicación de la evaluación definitiva.
4.2.3 TARJETA PROFESIONAL Y CERTIFICACIÓN DE VIGENCIA DE INSCRIPCIÓN Y ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DEL CONTADOR PÚBLICO
El PROPONENTE deberá anexar copia de la Tarjeta Profesional y de la Certificación de Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios vigente, expedida por la Junta Central de Contadores, del Contador Público y Revisor Fiscal que certifiquen la información financiera.
Nota: Si el PROPONENTE no allega la tarjeta profesional y el certificado de antecedentes disciplinarios, o si este último no se encuentra vigente, la UNIVERSIDAD podrá solicitarlo(s) en cualquier momento antes de la publicación de la evaluación definitiva, y el PROPONENTE deberá adjuntarlo antes de la publicación de la evaluación definitiva, so pena de rechazo. El contenido de los documentos exigidos en este numeral será subsanable.
4.3 DOCUMENTOS Y MUESTRA FÍSICA PARA VERIFICACIÓN TÉCNICA
4.3.1 DOCUMENTOS PARA ACREDITAR EXPERIENCIA GENERAL
El proponente deberá allegar con su propuesta, certificaciones de máximo tres (3) contratos celebrados y ejecutados al 100%, cuyo objeto esté relacionado con las actividades objeto del presente proceso, cuya sumatoria entre sí de los valores certificados (incluyendo adicionales) de los contratos presentados (expresados en SMLMV del año de suscripción del contrato), sean iguales o superiores a 1.000 SMLMV.
Las certificaciones deben contener como mínimo la siguiente información:
a) Nombre o razón social de la empresa o persona contratante del servicio.
b) Objeto del contrato.
c) Valor total del contrato incluido IVA (de no discriminar los valores, se entenderá que el valor final presentado en cada certificación, incluye IVA) **
d) Los contratos deben haber sido celebrados y ejecutados al 100%.
e) Fecha de inicio y fecha de terminación de cada contrato.
f) Nombre, cargo, teléfono y firma de quien la expide.
g) En caso que el proponente haya participado en el contrato como integrante de consorcio o unión temporal, indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes.
** Si el valor del contrato certificado se presenta en moneda extranjera, la UNIVERSIDAD calculará su valor en pesos, liquidándolo a la TRM de la fecha de terminación.
En una misma certificación aportada, se pueden certificar uno, dos o más contratos, siempre y cuando cumplan con la información mínima requerida por la Universidad.
Las certificaciones no podrán ser expedidas por el propio Proponente, el Consorcio, o la Unión Temporal de la cual formó parte en la ejecución del contrato.
En el caso de acreditar experiencia, habiendo sido integrante de un consorcio o unión temporal, se tomará el valor de cada uno de los contratos certificados y se ponderará por el porcentaje de participación dentro del consorcio o unión temporal.
Solamente serán válidas las certificaciones que se presenten con los requisitos exigidos. No obstante, el Proponente podrá acompañar dichas certificaciones, adicionalmente de copias de contratos, órdenes de compra, actas de terminación, acta de liquidación firmadas por las partes o facturas de venta, para efectos de verificar cantidades y valores unitarios, en caso de que dicha información no se encuentre contenida en las certificaciones aportadas.
NOTAS: Estos documentos podrán ser objeto de solicitud de aclaración por parte de LA UNIVERSIDAD en su contenido, para lo cual, LA UNIVERSIDAD podrá requerir al proponente en cualquier momento antes de la publicación de la evaluación definitiva.
En el caso de no presentarse con la PROPUESTA, LA UNIVERSIDAD podrá requerir su presentación en cualquier momento antes de la publicación de la evaluación definitiva
4.3.2 COMPROMISO SERVICIO POST-VENTA
El Oferente debe adjuntar a su propuesta, una carta suscrita por el Representante Legal en la que se compromete, en el caso de suscribir el contrato a realizar dos (02) mantenimientos preventivos al año (uno cada semestre) en sitio, durante el periodo de garantía del mobiliario, sin costo alguno para la UNIVERSIDAD.
Nota: Este documento podrá subsanarse en su contenido. La no presentación será causal de rechazo de la propuesta.
4.3.3 MUESTRA FÍSICA
Los oferentes deberán presentar con su oferta una (1) muestra física del ítem M_20, en la Ciudad Universitaria- Xxxxxxx 00 Xx 00-00 Xxxxxxxx 000 Laboratorios – Ingeniería eléctrica oficina 203C, para su evaluación técnica.
Esta muestra será objeto de análisis técnico para verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas, la calidad, construcción y resistencia de lo ofertado.
El costo y el transporte de esta muestra serán asumidos totalmente por el oferente como parte integral de la oferta.
Todos los componentes del mueble y demás elementos a instalarse deberán llegar debidamente empacados y protegidos, tanto en la muestra como en la ejecución del contrato.
Las muestras físicas se rotularán con el número asignado para cada oferente en el proceso de evaluación.
El oferente no debe entregar las muestras físicas con etiquetas, marquillas o ningún tipo de identificador de procedencia.
Cada oferente deberá presentar una muestra física del siguiente ítem, así:
Referencia | Descripción |
M_20 | MESAS ABATIBLES |
Una vez realizada la evaluación los oferentes podrán recoger sus muestras físicas, en el lugar y fecha y hora que les notifique la Universidad.
CAPITULO V PROPUESTA ECONÓMICA
La propuesta económica deberá contemplar todas y cada una de las actividades descritas en el presente Pliego de Condiciones, con los correspondientes costos que sean necesarios para el suministro e instalación del mobiliario contratado de manera oportuna, en los lugares y plazos definidos para desarrollar el objeto contractual, incluyendo el costo de los impuestos a que haya lugar.
La formulación y presentación de la propuesta económica deberá contemplar todos los costos, gastos e impuestos directos e indirectos que se puedan generar para la suscripción, legalización, ejecución y liquidación del contrato.
LA PROPUESTA ECONÓMICA DEBERÁ PRESENTARSE EN EL FORMATO No. 3, EN PESOS COLOMBIANOS, EN NÚMEROS ENTEROS Y SIN CENTAVOS.
Corrección Aritmética:
La Universidad revisará las propuestas, y efectuará las correcciones aritméticas a que haya lugar en la propuesta económica, así:
Se verificarán aritméticamente las propuestas y la Universidad corregirá los errores aritméticos que se presenten en los productos y en la sumatoria de los valores propuestos en la Propuesta económica y estos valores serán los que se utilizarán para la comparación de las propuestas.
Se realizará el ajuste al peso ya sea por exceso o por defecto de los precios unitarios contenidos en la propuesta económica, de las operaciones aritméticas a que haya lugar y del valor del IVA, si es del caso, así: Cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cinco (5) se aproximará por exceso al número entero siguiente del peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a cinco (5) se aproximará por defecto al número entero del peso, sin que con ello se dé lugar a mejora de la oferta.
CAPITULO VI
CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
La UNIVERSIDAD rechazará las propuestas que no cumplan con los requisitos exigidos y entre otros, en los siguientes casos:
6.1. Cuando se encuentre que el PROPONENTE está incurso en alguna de las inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones previstas en la Constitución o en la Ley.
6.2. Cuando el valor de la propuesta supere el valor de la disponibilidad presupuestal.
6.3. Cuando el porcentaje de anticipo supere el 40% del valor total de la oferta.
6.4. Cuando se presenten varias propuestas por el mismo PROPONENTE por sí, por interpuestas personas (o por personas jurídicas pertenecientes al mismo grupo empresarial (ya sea en consorcio, unión temporal o individualmente).
6.5. Cuando se descubra serios indicios de falsedad material o ideológica en cualquiera de los documentos de la propuesta o se descubra cualquier intento de fraude o engaño por parte del PROPONENTE a la UNIVERSIDAD o los demás PROPONENTES.
6.6. Cuando el PROPONENTE habiendo sido requerido por La UNIVERSIDAD para aportar documentos, información o aclaraciones, conforme a lo establecido en el Pliego de Condiciones, no los xxxxxxx antes de la publicación de la evaluación definitiva.
6.7. Cuando la propuesta presentada no cumpla con los requerimientos mínimos y obligatorios establecidos en los capítulos IV y VII del presente pliego de condiciones.
6.8. Cuando las certificaciones, formatos, anexos y demás documentos necesarios para la evaluación de las PROPUESTAS presenten enmendaduras y no hayan sido refrendadas por el representante legal.
6.9. Cuando no coincida o no guarde correspondencia la información diligenciada en los formatos o certificaciones, con la acreditada en los documentos o soportes solicitados como aclaraciones por parte de LA UNIVERSIDAD.
6.10. Cuando la propuesta contenga condicionamientos, requisitos y/o garantías de imposible cumplimiento por parte de la Universidad, a causa de restricciones y/o disposiciones de orden legal y/o presupuestal o cuando la operación de la Universidad no permita su cumplimiento.
6.11. Cuando el representante legal de una persona jurídica o los representantes legales que participen en un consorcio o unión temporal ostenten igual condición en otra u otras firmas que también participen en la presente contratación.
6.12. Cuando la vigencia de la propuesta comprenda un plazo inferior al exigido.
6.13. Cuando la propuesta se presente en forma extemporánea.
6.14. Los demás casos expresamente establecidos en el presente pliego de condiciones.
CAPITULO VII
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS OBLIGATORIAS REQUERIDAS
7.1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Las especificaciones técnicas detalladas de las mesas y superficies requeridas por la Universidad, se presentan como anexos al pliego de condiciones, según la siguiente relación:
a) Anexo 1. DIRECTRIZ TÉCNICA
b) Anexo 2. FICHAS TÉCNICAS
c) Anexo 3. ANEXO TÉCNICO
7.2 LOCALIZACIÓN
El departamento xxx Xxxxx, situado en la zona noreste del país, posee una extensión de 22.905 km2 y una población de 1.041.203 habitantes. El predio donde se desarrolla el complejo universitario se encuentra localizado en el Xxxxx del Río Cesar, gran afluente del departamento (Xxxxx xxx Xxxxxxx de Upar), flanqueado por dos sistemas montañosos con profusas estribaciones escarpadas que alcanzan, 3.600 m de altura en el caso de la Serranía del Perijá y, 5.775 m de altura en la Sierra Nevada de Santa Xxxxx; esta última con picos nevados que se aprecian nítidamente desde el predio del Campus. La distancia entre el predio y los cascos urbanos más cercanos es de 2.3 Km al municipio de La Xxx Xxxxxx y 11 Km a la ciudad de Valledupar, capital del departamento.
La temperatura media de la región es 28”C. Aunque en los meses de octubre, noviembre y diciembre puede bajar a 22”C., y en el mes xx xxxxx subir a 38”C. La ubicación del predio en la sección media xxx Xxxxx le permite disfrutar, durante los periodos de inicio y finalización del año, de los vientos alisios provenientes de la Guajira, que alcanzan velocidades de hasta 30 nudos (aprox. 55.5 km/h).
El predio se ubica entre los municipios de Valledupar y La Paz, en la xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxxxx Xx 0-000.
.
7.3 CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES
7.3.1. MATERIALES Y EQUIPO
Todos los materiales y equipos que sean necesarios para el montaje del mobiliario a realizar, deberán ser aportados por el Contratista y colocados en el sitio de las instalaciones por su cuenta. Así mismo, deberá considerar las diversas fuentes de materiales y tener en cuenta en su propuesta todos aquellos factores que incidan en su suministro. Todos los costos que demanden la compra, exploración, explotación, procesamiento, transporte, manejo, vigilancia, etc., serán por cuenta del Contratista, quien además deberá asumir los riesgos de pérdida, deterioro y mala calidad de los mismos. Cuando en estas especificaciones se indique algún equipo o material por su nombre de fábrica, esto se hace con el objeto de establecer estándares de calidad, tipo y características.
El CONTRATISTA deberá suministrar las muestras que se requieran y las pruebas que se estimen pertinentes de efectuar para determinar que la calidad de los materiales cumple con lo estipulado en estas especificaciones técnicas. Lo anterior será por cuenta del Contratista.
El OFERENTE favorecido se obliga a conseguir oportunamente todos los materiales y suministros que se requieran y mantener permanentemente una cantidad suficiente para no retrasar el avance de la ejecución del contrato.
La UNIVERSIDAD no aceptará ningún reclamo del contratista por costos, plazos, falta o escasez de materiales o elementos para el mobiliario.
El OFERENTE favorecido deberá suministrar y mantener al frente del contrato el equipo necesario y suficiente, adecuado en capacidad, características y tecnología, para cumplir con los plazos y especificaciones técnicas; por lo tanto, los costos inherentes al equipo serán considerados en el análisis de los precios unitarios de la oferta,
7.3.2. PROGRAMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
El Contratista deberá entregar PLANOS COMPLETOS DE CADA ÍTEM antes de la producción de éstos.
El Contratista deberá presentar y entregar planos técnicos de cada ítem a la Universidad Deberá presentar certificaciones técnicas de cada uno de los materiales y componentes utilizados.
Adicionalmente, el oferente deberá presentar la programación de ejecución del contrato en Microsoft Project o programa similar, y en ella se deberá incluir ruta crítica, interrelación de actividades, holguras, fechas tempranas y tardías, asignación de recursos (personal y equipos) duración de actividades y programación de flujos de inversión.
La programación de la ejecución del contrato deberá ser de obligatorio cumplimiento y no se podrá modificar unilateralmente por parte de EL CONTRATISTA. Si se requiere modificación de la programación, el contratista deberá solicitarla de manera escrita, presentando la debida justificación a la supervisión, para su verificación y aprobación por la Universidad. en caso que el contratista no cumpla con la programación, la supervisión o la Universidad, podrá exigir por escrito las acciones necesarias para el cumplimiento del programa de trabajo, sin que para la realización de tales acciones se genere costo adicional para la Universidad.
En todo caso la programación se ajustará a las necesidades exigidas por la Universidad. Se deberá acompañar la programación del medio magnético de la misma.
Deberá presentar un programa detallado a la Universidad para su seguimiento, que comprenda:
Fichas técnicas por Xxxx
Planos técnicos por Item
Programación de producción
Programación de entrega e instalación
Plan de seguridad industrial
De igual manera al concluir los trabajos deberá entregar planos definitivos de cada mueble, los planos record de instalación y el correspondiente manual de uso y mantenimiento.
7.3.3. PERSONAL Y SALUD OCUPACIONAL
Todo el personal debe ser idóneo y calificado para la ejecución del objeto contractual.
Durante la instalación del mobiliario, el oferente deberá dotar a su personal de todos los elementos necesarios de seguridad industrial y en especial siguiendo la normativa de trabajo en alturas.
7.3.4. ENTREGA E INSTALACIÓN
Los muebles deben ser entregados en perfecto estado, totalmente instalados, acabados y listos para su uso en cada uno de los edificios que así lo designe la supervisan del contrato, dentro del Campus de Universidad Nacional Sede La Paz en el departamento xxx Xxxxx.
El oferente dentro de su propuesta deberá contemplar el uso de todas las herramientas y equipos necesarios para la instalación y puesta en funcionamiento del mobiliario
7.3.5. SEÑALIZACIÓN Y TRÁNSITO
Son a cargo del oferente favorecido todos los costos requeridos para colocar y mantener la señalización a que haya lugar.
El oferente deberá conocer las características del tránsito dentro de la Universidad para la circulación de sus vehículos y equipo requerido para el contrato, teniendo en cuenta como mínimo las siguientes reglamentaciones internas de la Universidad:
Los vehículos no deberán superar una velocidad de 30 Km. por hora dentro y a la periferia del campus universitario.
Se podrá requerir el uso de paleteros en casos especiales.
7.3.6. ASEGURAMIENTO Y TRANSPORTE
Será responsabilidad total y directa del Contratista el aseguramiento de los bienes hasta la total entrega de los mismos y la recepción a satisfacción por parte de la Universidad.
El transporte de los bienes al lugar de entrega, así como cualquier responsabilidad por fletes, impuestos, maniobras de carga y descarga, y cualquier otra actividad derivada de la entrega de los muebles en el lugar indicado por la UNIVERSIDAD son responsabilidad única y directa del Contratista.
7.3.7. MUESTRA PATRÓN
Antes de iniciar producción, el Contratista debe presentar para la aprobación de la Universidad, una muestra patrón de los items que el supervisor solicite, con las observaciones y correcciones que se hubieren realizado al momento de la evaluación sobre la(s) MUESTRA(S) FÍSICA(S).
7.3.8. MANUAL DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO
El Contratista debe hacer entrega del Manual de Operación y Mantenimiento al finalizar el contrato, en versión impresa, digital y en idioma castellano, es requisito para tramitar el último pago de la misma.
La operación y el mantenimiento del mobiliario hacen referencia a todas aquellas acciones estimadas a operar y a mantener en condiciones de óptima limpieza y conservación el mobiliario. Se debe indicar las inspecciones periódicas que deberán efectuarse y el procedimiento de mantenimiento de las mismas, en el cual estipule el material, el equipo, la herramienta y la frecuencia de ejecución. Así mismo, debe contener
un directorio con los datos (nombre, contacto, dirección, teléfono, correo electrónico) de contratistas incluyendo el personal profesional y de obra, y los proveedores que se hayan requerido.
7.3.9. INSPECCIÓN Y PRUEBAS
La Universidad tendrá derecho a inspeccionar los bienes y/o someterlos a prueba, sin costo adicional alguno, a fin de verificar su conformidad con las especificaciones del Contrato. En las Especificaciones técnicas se estipularán las inspecciones y pruebas que requieran la Universidad y el lugar en que habrá de efectuarse.
Las inspecciones y pruebas se realizaran en el lugar indicado en el cronograma para instalación de muestra del mobiliario, en el evento que deban realizarse en recintos del contratista o de su(s) subcontratista(s), se proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencias razonables, incluido el acceso a los planos y a los datos sobre producción, sin cargo alguno para la Universidad.
Si los bienes inspeccionados o probados no se ajustan a las especificaciones, la Universidad podrá rechazarlos y el Contratista deberá, sin cargo para la Universidad, reemplazarlos o hacerles todas las modificaciones necesarias para que ellos cumplan con las especificaciones.
7.3.10. REPOSICIÓN Y ORDENES DE CAMBIO
Antes de hacer efectiva alguna modificación a la linea contratada, el Contratista informará a la Universidad para que ésta apruebe el cambio.
La Universidad podrá, en cualquier momento, mediante orden escrita al Contratista, efectuar cambios dentro del marco general del Contrato en uno o más de los siguientes aspectos:
a) Planos, diseños o especificaciones, cuando los bienes que deban suministrarse de conformidad al Contrato hayan de ser fabricados específicamente para la Universidad;
b) El lugar de entrega, y/o
c) Los servicios que haya de suministrar el Contratista, Si cualquiera de estos cambios causara un aumento o disminución del costo o del tiempo necesario
para que el Contratista ejecute cualquier parte de los trabajos comprendidos en el Contrato, se efectuará un ajuste equitativo del Precio del Contrato o el plan de entregas, o ambas cosas.
CAPITULO VIII CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Las propuestas presentadas válidamente en este proceso, serán analizadas por los evaluadores designados por LA UNIVERSIDAD para tal efecto, garantizando una selección objetiva que le permita asegurar la escogencia del ofrecimiento más favorable para LA UNIVERSIDAD y la realización de los fines que se buscan con la contratación.
LA UNIVERSIDAD efectuará la verificación de los aspectos jurídicos, técnicos y financieros de las propuestas, cuyo cumplimiento permitirá que se dé inicio al proceso de evaluación de la propuesta.
ASPECTO DE VERIFICACIÓN | CALIFICACIÓN A ASIGNAR |
Verificación de requisitos jurídicos | CUMPLE-RECHAZO |
Verificación de requisitos financieros | CUMPLE-RECHAZO |
Verificación de requisitos técnicos | CUMPLE-RECHAZO |
LA UNIVERSIDAD evaluará las propuestas con base en los aspectos relacionados en la siguiente tabla y suscribirá el contrato con aquella que obtenga el mayor puntaje sobre una asignación máxima total de MIL (1.000) PUNTOS.
La UNIVERSIDAD evaluará de forma individual cada grupo con los siguientes criterios:
CRITERIO | PUNTAJE |
Oferta Económica | 850 puntos |
Porcentaje de anticipo solicitado | 50 puntos |
Mantenimientos preventivos adicionales a los mínimos requeridos | 100 puntos |
TOTAL PUNTAJE A ASIGNAR | 1.000 PUNTOS |
8.1 VERIFICACIÓN DE REQUISITOS
8.1.1 VERIFICACIÓN DE REQUISITOS JURÍDICOS (CUMPLE - RECHAZO)
Este factor se evaluará de acuerdo con el cumplimiento de cada uno de los requisitos exigidos en el numeral
4.1 del presente Pliego de Condiciones.
El cumplimiento de los requisitos jurídicos es fundamental para que la propuesta sea evaluada financiera y técnicamente.
8.1.2 VERIFICACIÓN DE REQUISITOS FINANCIEROS (CUMPLE - RECHAZO)
8.1.2.1 Documentos de verificación financiera (CUMPLE - RECHAZO)
Este factor se evaluará de acuerdo con el cumplimiento de cada uno de los requisitos exigidos en el numeral
4.2 del presente pliego de condiciones.
8.1.2.2 Análisis de Capacidad Financiera (CUMPLE - RECHAZO)
Este factor analiza la capacidad del PROPONENTE para realizar la gestión financiera del objeto propuesto en el Pliego de Condiciones. El cumplimiento de este aspecto es requisito fundamental para que la propuesta sea evaluada técnicamente.
Este factor se evaluará de acuerdo con el cumplimiento de cada uno de los requisitos exigidos en el
numeral 4.2.2 del presente pliego de condiciones.
ASPECTOS A EVALUAR | FÓRMULA | CUMPLE |
Índice de liquidez | Activo Corriente / Pasivo Corriente | Igual o superior a 1 |
Índice de endeudamiento | Total Pasivo / Total Activo | Igual o inferior al 70% |
Capital de Trabajo | Activo Corriente - Pasivo Corriente | Igual o superior al 45% del valor de la disponibilidad presupuestal |
Razón de cobertura de intereses | Utilidad Operacional / Gastos de Intereses | Mayor o igual a 1.3 |
Para que un proponente se considere habilitado se requiere que cumpla con los cuatro (4) indicadores.
8.1.3 VERIFICACIÓN DE REQUISITOS TÉCNICOS (CUMPLE - RECHAZO)
Este factor se evaluará de acuerdo con el cumplimiento de cada uno de los requisitos exigidos en el numeral 4.3 del presente Pliego de Condiciones. Y adicionalmente, se verificará que el valor de la oferta presentada no supere la disponibilidad presupuestal estipulada en el Numeral 1.4 del presente pliego de condiciones.
8.2 EVALUACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA DE LAS PROPUESTAS (1.000 PUNTOS)
Solamente las propuestas calificadas como CUMPLE jurídicamente, financiera y técnicamente, serán tenidas en cuenta para la asignación y ponderación de puntaje, en los siguientes términos:
8.2.1. OFERTA ECONÓMICA (850 PUNTOS)
Se asignarán 850 puntos al proponente que presente el menor valor total de la propuesta, y a los demás proponentes se les asignará puntaje por regla de tres inversa.
8.2.2. PORCENTAJE ANTICIPO SOLICITADO (Máximo 50 PUNTOS)
Su calificación se determinará tomando como referencia la tabla a continuación:
RANGO ANTICIPO SOLICITADO | PUNTAJE |
0% | 50 |
> 1% y ≤ 15% | 40 |
> 15% y ≤ 30% | 30 |
> 30% y ≤ 40% | 20 |
Nota: En todo caso, el porcentaje máximo de anticipo solicitado que aceptará la Universidad, será de cuarenta por ciento (40%) antes de IVA. Toda propuesta que sobrepase este límite, será RECHAZADA.
8.2.3. MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS ADICIONALES A LOS MÍNIMOS REQUERIDOS (Máximo 100 PUNTOS)
Se asignaran 25 puntos por cada mantenimiento preventivo semestral adicional que ofrezca el proponente a los mínimos requeridos en el numeral 4.3.2., del presente pliego de condiciones, sin superar 100 puntos.
El PROPONENTE deberá incluir los mantenimientos adicionales en la carta del numeral 4.3.2., COMPROMISO SERVICIO POST-VENTA.
8.3. CRITERIOS DE DESEMPATE EN LA CALIFICACIÓN DE DOS O MÁS PROPONENTES
En caso de presentarse un empate en el primer lugar de la calificación de dos o más proponentes, la Universidad seleccionará al PROPONENTE aplicando los siguientes criterios en estricto orden:
a) El oferente que ofrezca el menor plazo de entrega e instalación de la totalidad de los elementos.
b) Si el empate persiste, El Oferente que presente la mejor CAPACIDAD PRODUCTIVA: MAQUINARIA Y EQUIPO;
c) Si el empate persiste, El Oferente que haya obtenido mayor calificación en la OFERTA ECONÓMICA;
d) Si el empate persiste, El Oferente que haya obtenido mayor calificación en EXPERIENCIA, de acuerdo al numeral 7.2.12;
e) Si el empate persiste, se seleccionará el proponente que haya presentado primero la oferta.
f) Si el empate persiste y entre los empatados se encuentran MIPYMES, se preferirá a la MIPYME nacional. Para lo anterior y a efectos de la aplicación del presente criterio de desempate, deberá adjuntarse dentro de la propuesta, certificación suscrita por el revisor fiscal o representante legal, según corresponda.
g) Si agotado los anteriores criterios, continúa el empate, se seleccionará el proponente singular que dentro de su nómina cuente por lo menos con un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad enunciadas en la Ley 361 de 1997, debidamente certificada por la oficina de trabajo de la respectiva zona y contratados por lo menos con anterioridad a un año y que certifique adicionalmente que mantendrá dicho personal por un lapso igual al de la contratación. Esta certificación para efectos de la aplicación del presente criterio de desempate, deberá anexarse dentro de la propuesta.
h) Si continúa el empate, se seleccionará por sorteo mediante balotas, el cual se llevará a cabo bajo las siguientes reglas:
i. En la sesión de desempate, se numerarán las balotas de acuerdo al número de proponentes empatados en el primer lugar.
ii. Las balotas numeradas serán depositadas en un recipiente que impida ver hacia su interior.
iii. Luego, se realizará un sorteo para establecer cuál será el orden en que cada proponente escogerá la balota.
iv. Realizado este primer sorteo los proponentes, en el orden que se haya determinado, procederán a tomar, a ciegas, de dentro del recipiente, una única balota y se asignará la contratación al proponente que saque la balota con el número mayor y cuyo resultado es aceptado de antemano por los proponentes involucrados en el empate sin lugar a reclamación alguna.
v. En todo caso sólo podrán participar en el desempate los proponentes que asistan a dicha sesión. Se entiende que el proponente que no asista o no esté representado en este sorteo, será descalificado.
CAPÍTULO IX CONDICIONES DEL CONTRATO
Los PROPONENTES aceptan íntegramente las condiciones y obligaciones del presente pliego de condiciones, y en caso de ser seleccionados, se obligan a suscribir la minuta del contrato que se presenta en el Anexo No. 1. No obstante, el contenido de la minuta será susceptible de modificación por parte de la UNIVERSIDAD, quien podrá determinar las cláusulas y condiciones adicionales que considere necesarias en el momento de la elaboración de la minuta definitiva del contrato.
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA (SE PUBLICA EN FORMATO WORD ADJUNTO)
COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
(SE PUBLICA EN FORMATO WORD ADJUNTO)
FORMATO No. 3 OFERTA ECONÓMICA
(SE PUBLICA EN FORMATO EXCEL ADJUNTO)
ANEXO No. 5 MINUTA DEL CONTRATO
CONTRATO No. de 2019, DE SUMINISTRO SUSCRITO ENTRE
LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA Y
_______________________________
Entre los suscritos, mayores de edad y residentes en Bogotá D.C., a saber: XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía 19.352.227 expedida en Bogotá en su calidad de Vicerrector de la Sede de la Paz y quien por delegación conferida mediante Resolución de Rectoría No. 0055 del 28 de enero de 2019, está facultado para la celebración y liquidación de contratos en nombre de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, identificada con NIT 899.999.063–3, ente universitario autónomo del orden nacional, sin ánimo de lucro, con personería jurídica reconocida mediante Decreto 1210 del 28 xx xxxxx de 1993 expedido por el Gobierno Nacional, quien para efectos de este contrato se llamará LA UNIVERSIDAD de una parte; y por la otra, _ , identificado con
cédula de ciudadanía de Bogotá, quien en su calidad de
____________________ actúa en nombre y representación legal de , Identificada con NIT , constituida bajo escritura pública _según certificación de la Cámara de Comercio de Bogotá de fecha , quien para efectos de este contrato se llamará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de seguros, previas las siguientes
CONSIDERACIONES:
a) Mediante oficio del de 2019, el Vicerrector de la Sede de la Paz presentó ante el Comité de Contratación del Nivel Nacional, la solicitud, el estudio xx xxxxxxx, análisis de estudio xx xxxxxxx, directriz técnica, CDP, la justificación, el pliego de condiciones y demás anexos para adelantar mediante invitación pública la contratación del suministro e instalación de mesas, superficies y puestos de trabajo para la Sede de la paz (Cesar) de la Universidad Nacional de Colombia.
b) El Comité de Contratación del Nivel Nacional, en sesión No. del de de 2019, aprobó el pliego de condiciones y la invitación publica, de acuerdo con la solicitud presentada.
c) La invitación y el pliego de condiciones fueron publicados en el sitio Web xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxx/, el día …. de …. de 2019;
d) El día de de 2019, fecha de cierre de la invitación publica, se recibieron propuestas por parte de las firmas: .
e) El Comité de Contratación del Nivel Nacional, en sesión del 2019, teniendo en cuenta las evaluaciones técnica-económica, jurídica y financiera, efectuadas al respecto, recomendó al ordenador del gasto la suscripción del presente contrato con la firma -.
f) En el presupuesto de LA UNIVERSIDAD existen recursos para cubrir las obligaciones derivadas del presente contrato, según el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. expedido el día de
de 2019 por la Jefe de la División Nacional de Gestión Presupuestal.
Por lo anterior las partes,
ACUERDAN:
CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO: contratar el suministro e instalación de mesas, superficies y puestos de trabajo para la Sede de la paz (Cesar) de la Universidad Nacional de Colombia.
CLÁUSULA SEGUNDA ALCANCE DEL OBJETO: Contratar el suministro e instalación de mesas, superficies y puestos de trabajo, incluyendo la fabricación y entrega del mobiliario para la Sede de la paz (Cesar) de la Universidad Nacional de Colombia.
CLÁUSULA TERCERA. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: En virtud del presente contrato, EL CONTRATISTA se obliga con LA UNIVERSIDAD, a dar cumplimiento a las características mínimas estipuladas en el pliego de condiciones, sus formatos y anexos, y en su oferta presentada el día de
2019.
CLÁUSULA CUARTA. DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Son documentos del contrato y hacen parte integral del mismo: 1) La invitación pública y el pliego de condiciones publicados por LA UNIVERSIDAD el día de 2019, así como sus Adendas; 2) La propuesta presentada por EL CONTRATISTA el día de 2019; 3) Los documentos y Actas que se produzcan en desarrollo de este contrato.
En caso de diferencia o discrepancia entre los diferentes documentos del contrato que implicare un desacuerdo entre las partes sobre las obligaciones a cargo de cada una y en el evento que no pudieren ponerse de acuerdo, se atenderá lo dispuesto en los diferentes documentos del contrato en el siguiente orden: 1) El contrato, sus modificaciones, prorrogas, adiciones y suspensiones; 2) La invitación pública y el pliego de condiciones publicados por LA UNIVERSIDAD el de de 2019 así como sus Adendas;
3) La propuesta presentada por EL CONTRATISTA el día de 2019; 4) Los documentos y actas que se produzcan en desarrollo de este contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, LA UNIVERSIDAD en el evento de considerarlo necesario podrá hacer uso de la Interpretación Unilateral contemplada en el presente contrato.
CLÁUSULA QUINTA. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA: En virtud del presente
contrato EL CONTRATISTA se obliga con LA UNIVERSIDAD a cumplir con las siguientes obligaciones:
1. Cumplir oportunamente con el objeto del presente contrato en los términos y condiciones funcionales, técnicas, económicas, financieras y comerciales establecidos en la cláusula primera del mismo, en la propuesta de fecha de de 2019 y en el pliego de condiciones de la invitación pública hecha por LA UNIVERSIDAD;
2. Reportar cualquier novedad o anomalía que se presente en el desarrollo del contrato a la Universidad Nacional de Colombia;
3. Colaborar con LA UNIVERSIDAD en lo que sea necesario para que el objeto contratado se cumpla, y que éste sea de la mejor calidad;
4. Acatar los acuerdos a los que se llegue durante el desarrollo del contrato con los funcionarios que LA UNIVERSIDAD designe como parte del equipo de seguimiento del mismo;
5. Cuando a juicio de LA UNIVERSIDAD o la SUPERVISIÓN, EL CONTRATISTA haya entregado elementos con especificaciones inferiores o diferentes a las señaladas en la propuesta, discutir con éstos las objeciones presentadas y cumplir con los acuerdos que se establezcan como resultado de dichas discusiones;
6. Disponer de todos los recursos que se requieran para el cumplimiento del objeto del presente contrato;
g) Cumplir sus obligaciones frente al sistema de seguridad Social Integral y Parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF), de conformidad con lo establecido en el parágrafo 2 del artículo 50 de la Ley 789 de 2002;
7. Responder ante terceros por los daños que se ocasionen, cuando provengan de causas que le sean imputables.
8. Obrar con buena fe, evitando dilaciones que puedan presentarse durante la ejecución del contrato;
9. Constituir la garantía exigida en el presente contrato y presentarla a LA UNIVERSIDAD para su aprobación;
10.Garantizar que no hará uso de trabajo forzado, ni trabajo infantil, tal como se define en los Convenios de la OIT 29, 105, 138 y 182, lo cual será verificado de manera permanente por la SUPERVISIÓN.
11.Garantizar que las relaciones contractuales o vínculos laborales que acuerden con mujeres, para efectos de ejecutar el objeto contractual, deberán seguirse por la normatividad internacional y nacional que propende por garantizar un trato equitativo a las mujeres, en materia laboral y así evitar cualquier tipo de discriminación por género. Dentro de las normas a tener en cuenta, con el fin de asegurar un ambiente digno de trabajo y un reconocimiento económico justo a su desempeño laboral, se encuentran las Leyes 731 de 2002, 823 de 2003, 931 de 2004, 1009 de 2006, 1010 de 2006, 1257 de 2008 y 1496
de 2011.
12.Responder a las consultas efectuadas por LA UNIVERSIDAD a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha del recibo de la solicitud;
13.Abstenerse de usar el nombre de LA UNIVERSIDAD en actividades de publicidad, comunicados de prensa, avisos comerciales o similares, sin la expresa autorización escrita de LA UNIVERSIDAD;
00.Xx acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la Ley con el fin de obligarlo a hacer u omitir algún acto o hecho. En caso de que durante la ejecución del presente contrato reciba
tales peticiones o amenazas, deberá informarlo inmediatamente a LA UNIVERSIDAD, y a las demás autoridades competentes para que se adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios;
15.Abstenerse de incurrir en acciones u omisiones que causen discriminación, sufrimiento físico, psicológico, sexual o patrimonial, por razones de sexo, género u orientación sexual, en cualquier persona perteneciente a la comunidad de la Universidad Nacional de Colombia o que se encuentre dentro del campus universitario. El incumplimiento de esta obligación acarreará las sanciones contractuales a que haya lugar en el marco del Manual de Convenios y Contratos de la Universidad Nacional de Colombia y de lo dispuesto en la Resolución 1215 de 2017.
16.Las demás que se deriven tanto del contenido de la propuesta presentada como de la solicitud de servicios y de los documentos que forman parte integral del presente contrato, así como de la esencia y naturaleza del objeto contractual.
CLÁUSULA SEXTA. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA. En virtud del presente
contrato EL CONTRATISTA se obliga específicamente con LA UNIVERSIDAD a cumplir con las siguientes obligaciones:
1. Garantizar el suministro de todos los insumos requeridos para la instalación adecuada y el correcto funcionamiento del mobiliario.
2. Pedir aclaraciones a la Universidad antes de iniciar cualquier etapa de los trabajos en caso de encontrar inconsistencias o inexactitudes en planos, diagramas o especificaciones.
3. Presentar planos completos de cada ítem antes de la producción de éstos, según las especificaciones dimensionales y de materiales, hasta la plena satisfacción de la Universidad.
4. Presentar para la aprobación de la Universidad, antes de iniciar producción, una muestra patrón de los ítems que el supervisor solicite, con las observaciones y correcciones que se hubieren realizado al momento de la evaluación sobre la(s) muestra(s) física(s).
5. Confirmar, previo al inicio de cualquier etapa de los trabajos, medidas en sitio, localización de puntos de conectividad, esquemas de amueblamiento, orientación de módulos de almacenamiento y demás variables tanto de diseño como espaciales asociadas al (los) elemento(s) a suministrar.
6. Realizar una visita al sitio de ejecución del contrato, por lo menos diez (10) días hábiles antes del día programado para la instalación, para confirmar medidas, espacios y todas las determinantes asociadas a la posterior instalación.
7. Presentar muestras físicas de acabados cuando la Supervisión lo requiera, (tapizados, pinturas, cantos u otras características relevantes al (a los) elemento(s) a suministrar). Los costos asociados a la elaboración de planos de producción, generación de prototipos y demás actividades asociadas a la definición final del elemento, quedarán a cargo del Contratista sin recargo alguno a la Universidad.
8. Garantizar que los materiales empleados para la fabricación de los bienes a suministrar son nuevos, de primera calidad, libres de defectos e imperfecciones.
9. Suministrar elementos de fácil reposición y mantenimiento, en todos los elementos de mobiliario. 10.Informar a la Supervisión mediante comunicación escrita cuando los elementos estén fabricados y listos
para su entrega.
11.Asegurar los bienes objeto del contrato hasta la total entrega e instalación de los mismos y la recepción a satisfacción por parte de la supervisión de la Universidad.
12.Entregar el mobiliario en perfecto estado, acabado y listo para su uso, previa aprobación y recepción a satisfacción.
13.Instalar el mobiliario en las instalaciones del campus de la Sede La Paz de la Universidad Nacional de Colombia, ubicada en el municipio de La Paz (Cesar), xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxxxx Xx 0-000.
14.Disponer de forma adecuada los residuos (sistemas de embalaje, cajas protectoras, etc.) que del proceso de instalación se deriven.
15.Reparar, arreglar o reponer los acabados, la infraestructura o demás mobiliario o bien de la Universidad, en caso que el Contratista llegara a causar algún daño o perjuicio a los mismos, en el proceso de entrega o instalación.
16.Entregar los manuales de uso, de limpieza y de mantenimiento, para todos los elementos suministrados e instalados, posterior a la entrega e instalación de los mismos.
17.Efectuar el cambio del mobiliario que resulte defectuoso o que sea entregado en mal estado por otro nuevo de iguales o superiores características y en perfectas condiciones, en un plazo no mayor a 15 días hábiles sin costo alguno para la Universidad.
18.Programar y realizar dos (02) mantenimientos preventivos al año (uno cada semestre) en sitio, de los bienes a adquirir sin ningún costo adicional para la Universidad, dentro del término de la garantía exigida.
19.Responder al llamado de solicitud de servicio técnico por parte de la Universidad en un tiempo inferior a 24 horas y suministrar en sitio, el mobiliario o elementos que requieran ser reemplazados en un plazo no mayor a 15 días hábiles, durante el periodo de garantía.
20.Ofrecer garantía de 5 años por los elementos suministrados, de acuerdo a las necesidades de la Universidad.
21.Abstenerse de incurrir en acciones u omisiones que causen discriminación, sufrimiento físico, psicológico, sexual o patrimonial, por razones de sexo, género u orientación sexual, en cualquier persona perteneciente a la comunidad de la Universidad Nacional de Colombia o que se encuentre dentro del campus universitario. El incumplimiento de esta obligación acarreará las sanciones contractuales a que haya lugar en el marco del Manual de Convenios y Contratos de la Universidad Nacional de Colombia y de lo dispuesto en la Resolución de Rectoría 1215 de 2017.
CLÁUSULA SÉPTIMA. OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD: En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.
CLÁUSULA OCTAVA. PLAZO. El plazo estimado para la ejecución del (los) contrato(s) requerido por la UNIVERSIDAD es SESENTA (60) DÍAS calendario, contados a partir del cumplimiento de todos los requisitos de perfeccionamiento y legalización exigidos.
Parágrafo. Siempre que exista concepto favorable por parte de la SUPERVISIÓN, las partes podrán prorrogar el plazo del contrato por mutuo acuerdo y previamente a su vencimiento. Esta prórroga deberá constar por escrito y surtirá efectos a partir de la fecha de su legalización. No obstante, toda prorroga deberá ceñirse a los procedimientos regulados y establecidos en el Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.
CLÁUSULA NOVENA. LUGAR DE EJECUCIÓN, ENTREGA E INSTALACIÓN. El lugar de ejecución,
entrega e instalación de los elementos a contratar es el Campus de la Sede de la paz ubicado en municipio de La Paz (Cesar), en la xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxxxx Xx 0-000.
CLÁUSULA DÉCIMA. VALOR DEL CONTRATO: El valor total del contrato es por la suma de
«VALOR_LETRAS» ($«VALOR_CONTRATO»), IVA incluido, más el Gravamen a los Movimientos Financieros por valor de “VALOR EN LETRAS” “($VALOR NÚMEROS)”.
Parágrafo 1. Dentro del valor estipulado en la presente cláusula, están incluidos todos los servicios conexos en que EL CONTRATISTA debe incurrir para la ejecución del contrato en las condiciones requeridas en la invitación pública, y contenidas en su propuesta. Por tanto, LA UNIVERSIDAD no reconocerá ningún pago adicional.
Parágrafo 2. El CONTRATISTA se obliga a mantener durante todo el plazo del contrato, los precios ofrecidos en su propuesta de fecha de 2019.
Parágrafo 3. El valor del Gravamen a los Movimientos Financieros no hace parte del valor estimado para la ejecución del presente contrato, y se detalla solo para efectos tributarios internos de la Universidad.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. FORMA DE PAGO: LA UNIVERSIDAD pagará al CONTRATISTA el
valor pactado en el presente contrato, de la siguiente manera:
a) Un anticipo de hasta el 40 % del valor total del contrato antes de IVA, el cual iniciará trámite de pago una vez entregado por parte del contratista el plan de manejo, inversión y amortización del anticipo aprobado por la SUPERVISIÓN, previo cumplimiento de todos los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución.
b) Pago por el saldo restante incluido IVA, previa presentación de factura y certificación en que conste que EL CONTRATISTA se encuentra al día en el pago de aportes a seguridad social y a parafiscales, conforme a lo dispuesto en la Ley 789 de 2002, constancia de cumplimiento expedida por el supervisor e ingreso al almacén de la Universidad.
Parágrafo: A excepción del anticipo, los pagos parciales requerirán de presentación de factura y certificación en que conste que EL CONTRATISTA se encuentra al día en el pago de aportes a seguridad social y a parafiscales, conforme a lo dispuesto en la Ley 789 de 2002, constancia de cumplimiento expedida por el supervisor e ingreso al almacén de la Universidad.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. SUJECIÓN PRESUPUESTAL. El valor del presente contrato se imputará con cargo a los recursos del Proyecto de inversión “PUESTA EN OPERACIÓN DEL CAMPUS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE DE LA PAZ”, según certificado de disponibilidad presupuestal No. 61 de 2019 de fecha 3 xx xxxxx de 2019, expedido por la Jefe de la División Nacional de Gestión Presupuestal.
CLÁUSULA DECIMA TERCERA. SUPERVISIÓN. La UNIVERSIDAD ejercerá la supervisión del presente contrato, a través del Vicerrector de la Sede de la paz, quien podrá asignar al personal específico que se encargará de adelantar el control y seguimiento general del mismo. El supervisor deberá dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en los artículos 93 a 94 del Manual de Convenios y Contratos de la UNIVERSIDAD, adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014, y en las demás obligaciones que se estipulen en el pliego de condiciones y sus anexos, los cuales hacen parte integral del presente contrato
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. La liquidación del Contrato se sujetará a los términos y oportunidades establecidas en la normatividad contractual de LA UNIVERSIDAD. La liquidación tendrá lugar dentro de los seis (6) meses siguientes a la finalización del plazo así:
Dentro los primeros cuatro (4) meses siguientes a la finalización del contrato se efectuará el trámite de liquidación por mutuo acuerdo entre las partes. Si finalizado dicho término las partes no llegan a un acuerdo o, habiendo requerido al contratista, este no suscribe el acta de liquidación, la misma será practicada directa y unilateralmente por la Universidad durante los dos (2) meses siguientes a la finalización del trámite por mutuo acuerdo.
Para la liquidación del contrato EL CONTRATISTA deberá remitir al SUPERVISOR dentro de los cinco
(5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de ejecución del Contrato, los soportes que acrediten el pago de los aportes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto de Bienestar Familiar y Caja de Compensación Familiar, durante el término de ejecución del contrato.
Al momento de liquidar el presente Contrato el SUPERVISOR verificará y dejará constancia del cumplimiento de las obligaciones del CONTRATISTA frente a los aportes mencionados durante su vigencia, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas. En el evento en que no se hubieren realizado totalmente los aportes correspondientes, LA UNIVERSIDAD deberá retener las sumas adeudadas al sistema y efectuará el giro directo de dichos recursos a las correspondientes entidades con prioridad a los regímenes de salud y pensiones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 50 de la ley 789 del 2002.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO. En caso de presentarse la ocurrencia de hechos ajenos a la voluntad de las partes, circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, interés y conveniencia mutua e interés público, se podrá suspender temporalmente la ejecución del contrato, para lo cual EL SUPERVISOR remitirá al comité de contratación un informe con la justificación sobre la necesidad de suspender su ejecución y el proyecto de acta de suspensión. El Comité de Contratación del Nivel Nacional, recomendará al Ordenador del Gasto aceptar la suspensión de la ejecución contractual.
El Ordenador del Gasto aceptará la suspensión del Contrato y procederá a firmar el acta respectiva, remitiéndose copia de la misma a la Compañía Aseguradora o banco garante. El término de la suspensión
debe ser determinado o determinable y para la reiniciación de la ejecución del contrato se suscribirá la respectiva acta.
Es función del SUPERVISOR verificar que una vez reiniciada la ejecución contractual el contratista amplíe o prorrogue la vigencia de la garantía pactada en el Contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN. Es prohibido al CONTRATISTA ceder el
presente Contrato en forma total o parcial, sin la previa autorización por escrito de LA UNIVERSIDAD. No se consideran dentro de esta situación aquellos subcontratos que sean necesarios otorgar por parte del CONTRATISTA para la ejecución de las actividades pactadas.
CLÁUSULA DECIMA SÉPTIMA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. EL CONTRATISTA
manifiesta expresamente a LA UNIVERSIDAD que no está incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad contenida en la Constitución Política ni en la Ley, y que serán de su exclusiva responsabilidad las consecuencias que se deriven de las antecedentes o sobrevinientes.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. CONFIDENCIALIDAD Y ACUERDO DE NO REVELACIÓN. EL
CONTRATISTA deberá mantener la confidencialidad sobre toda la información de LA UNIVERSIDAD que pueda conocer durante el desarrollo del contrato y no utilizará información de LA UNIVERSIDAD para la presentación de su producto en otras organizaciones. La propiedad, titularidad y reserva de los datos e información almacenada en los repositorios de datos que sean generados y/o utilizados por EL CONTRATISTA para el cumplimiento de las funciones contractuales pactadas, pertenecen de forma exclusiva a LA UNIVERSIDAD. EL CONTRATISTA se compromete a respetarla, reservarla, no copiarla y a guardar absoluta reserva sobre toda la información que conozca por su actividad o que le sea dada a conocer por LA UNIVERSIDAD con ocasión del desarrollo del objeto del presente Contrato. Para asegurar el cumplimiento de la obligación estipulada en esta cláusula, EL CONTRATISTA se obliga a devolver de inmediato al SUPERVISOR designado por LA UNIVERSIDAD, toda la información facilitada para la prestación del objeto contractual, en la medida en que ya no resulte necesaria en la ejecución del mismo; absteniéndose de mantener copia parcial o total de la información y documentos obtenidos o generados con ocasión de la relación contractual al vencimiento del plazo. En todo caso si EL CONTRATISTA utiliza la información para su propio provecho distinto al objeto contractual o para entregarla o darla a conocer a terceros, deberá indemnizar a LA UNIVERSIDAD y responder a los terceros por todos los perjuicios ocasionados, sin menoscabo de las acciones legales a que haya lugar.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA. EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL Y AUTONOMÍA. El presente
Contrato lo desarrolla EL CONTRATISTA con plena autonomía y no genera relación laboral entre LA UNIVERSIDAD con EL CONTRATISTA ni con el personal que este designe para el cumplimiento del objeto contractual. Todo el personal del CONTRATISTA deberá estar vinculado en forma tal que se garantice su disponibilidad para la ejecución oportuna de las distintas actividades del contrato.
CLÁUSULA VIGÉSIMA. SUBCONTRATACIÓN. Cualquier subcontratación que EL CONTRATISTA pretenda hacer para la ejecución del Contrato, deberá ser aprobada previamente por LA UNIVERSIDAD. EL CONTRATISTA será responsable del cumplimiento por parte de sus subcontratistas, de las exigencias comerciales, económicas y jurídicas establecidas por LA UNIVERSIDAD, y en consecuencia EL CONTRATISTA será responsable directa y exclusivamente por los perjuicios de toda índole que LA UNIVERSIDAD, sus clientes o usuarios puedan sufrir como consecuencia de la labor del subcontratista. Los subcontratos no eximirán al CONTRATISTA de sus responsabilidades contractuales ni las atenuará. LA UNIVERSIDAD no asumirá ninguna obligación directa o indirecta con el subcontratista, ni está en la obligación de tener ningún contacto o entendimiento con los subcontratistas, siendo EL CONTRATISTA el directamente obligado a responder ante LA UNIVERSIDAD por la actividad subcontratada como si él fuere el directo ejecutor de la misma; en los subcontratos se deberá consignar expresamente esta circunstancia. En todo caso LA UNIVERSIDAD se reserva el derecho de exigirle al CONTRATISTA, de ser procedente, que reasuma el cumplimiento de la obligación subcontratada, o el cambio del subcontratista, sin que se derive responsabilidad de ninguna clase para LA UNIVERSIDAD. En tal evento, EL CONTRATISTA deberá proceder dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la comunicación de LA UNIVERSIDAD.
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA. LIQUIDACIÓN UNILATERAL. Cuando el CONTRATISTA, habiendo
sido requerido, no se presente a la liquidación de común acuerdo dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la extinción de la relación contractual, o las partes no lleguen a un acuerdo sobre el contenido de la misma, la liquidación será practicada directa y unilateralmente por LA UNIVERSIDAD dentro de los dos (2) meses siguientes y se adoptará por acto administrativo motivado, el cual será susceptible del recurso de reposición.
En todo caso, el acta de liquidación unilateral deberá ser expedida por el Ordenador del Gasto, y en el evento de resultar sumas de dinero a favor de LA UNIVERSIDAD y a cargo del CONTRATISTA, la resolución proferida prestará mérito ejecutivo.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA. MODIFICACIÓN UNILATERAL. Si durante la ejecución del presente Contrato, y para evitar su paralización o afectación grave del servicio que se deba satisfacer con él, fuere necesario introducir variaciones en el Contrato, y previamente las partes no logran un acuerdo al respecto, LA UNIVERSIDAD, en acto administrativo debidamente motivado, podrá modificarlo mediante la supresión o adición de obras, trabajos, suministros o servicios. Si las modificaciones alteran el valor del presente Contrato en un veinte por ciento (20%) o más de su valor inicial, EL CONTRATISTA podrá renunciar a la continuación de la ejecución; en éste evento se ordenará la liquidación del Contrato, y LA UNIVERSIDAD adoptará de manera inmediata las medidas necesarias para garantizar la terminación de su objeto. Para su aplicación, LA UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en los Artículos 79 y 81 del Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA. INTERPRETACIÓN UNILATERAL. Cuando con ocasión de la
ejecución del presente Contrato se presenten divergencias respecto a la interpretación de las Cláusulas contenidas en el presente Instrumento, que no puedan ser subsanadas acudiendo a las normas generales de interpretación, el Pliego de Condiciones que antecede al presente proceso contractual y la propuesta presentada por EL CONTRATISTA, LA UNIVERSIDAD interpretará en acto administrativo debidamente motivado, las estipulaciones objeto de controversias. Para su aplicación, LA UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en los Artículos 80 y 81 del Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.
CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA. TERMINACIÓN UNILATERAL. LA UNIVERSIDAD podrá terminar
unilateralmente el presente Contrato, en cualquiera de los siguientes casos:
a) Cuando las exigencias del servicio público lo requieran, o la situación de orden público lo imponga.
b) Por muerte o incapacidad física permanente del contratista, si es persona natural o por disolución de la persona jurídica del contratista.
c) Por interdicción judicial o liquidación obligatoria del contratista.
d) Por cesación de pagos, concurso de acreedores o embargos judiciales al CONTRATISTA, que afecten de manera grave el cumplimiento del Contrato.
En ocurrencia de alguna de las causales anteriores, LA UNIVERSIDAD expedirá acto administrativo debidamente motivado, en el cual se dará aplicación a la terminación unilateral del Contrato, sin que sea necesario procurar acuerdos previos con EL CONTRATISTA para dar lugar a su declaración.
CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA. CLÁUSULA PENAL. Se pacta como cláusula penal pecuniaria la suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, la cual se hará efectiva p or parte de la UNIVERSIDAD, en caso de atraso o incumplimiento por parte del CONTRATISTA de cualquiera de las obligaciones surgidas del presente contrato. Dicha suma podrá ser tomada directamente de las garantías, o de ser el caso, se cobrará por jurisdicción coactiva. Para su aplicación, LA UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en el Artículo 83 del Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA. MULTAS. En caso de que EL CONTRATISTA incurra en incumplimiento parcial de las obligaciones derivadas del presente Contrato, LA UNIVERSIDAD, mediante resolución motivada, que prestará mérito ejecutivo, podrá imponer multas diarias sucesivas, a razón del 0,01% sobre el valor contractual de la obligación o parte incumplida, mientras persista el
incumplimiento, sin que sumadas superen el 20% del valor del presente contrato. Para su aplicación, LA UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en el Artículo 83 del Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.
Parágrafo. El pago de las multas no exime al CONTRATISTA de cumplir con la obligación principal, ni excluye el cobro de los perjuicios que hubiere sufrido LA UNIVERSIDAD.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SÉPTIMA. CADUCIDAD. LA UNIVERSIDAD podrá dar por terminado el presente Contrato y ordenar su liquidación, en aquellos casos en los que advierta que hay claras evidencias de que EL CONTRATISTA está incumpliendo con las obligaciones contractuales, y que esta circunstancia afecta de manera grave y directa la ejecución del mismo, hasta el punto de considerar que puede presentar su parálisis. La declaratoria de caducidad será constitutiva del siniestro de incumplimiento. Para su aplicación, LA UNIVERSIDAD procederá de conformidad con lo señalado en el artículo 78 del Manual de Convenios y Contratos, adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.
CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA. GARANTÍAS. Para garantizar el cumplimiento de este contrato EL CONTRATISTA se compromete a constituir en favor de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA - NIT 000.000.000-3, garantías a favor de entidades Estatales expedida por una Compañía de Seguros legalmente establecida en el país, cuya póliza matriz se encuentre aprobada por la Superintendencia Financiera, que amparen:
a) Buen manejo y correcta inversión del anticipo: en cuantía equivalente al 100% del anticipó pactado y con vigencia igual al plazo del contrato y 6 meses más, siempre y cuando el proveedor lo solicite en su forma de pago y anexe su oferta el detalle de inversión del mismo.
b) Cumplimiento de las obligaciones: en cuantía equivalente al 20% del valor total del contrato y con vigencia igual al plazo del contrato y 6 meses más..
c) Calidad y correcto funcionamiento de los bienes: por cuantía mínima equivalente al veinte por ciento 20% del valor total de la orden contractual o contrato y con vigencia como mínimo de un (1) año contado a partir de la fecha de suscripción del acta de recibido a satisfacción de los bienes.
d) Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: en cuantía equivalente al 5% del valor total del contrato, y con vigencia igual al plazo del mismo y 3 años más.
e) Responsabilidad civil extracontractual: por daños que se puedan producir a terceros en el desarrollo de la ejecución contractual, que ampare los siguientes riesgos:
i. Predios, labores y operaciones.
ii. Responsabilidad civil patronal.
iii. Contratistas y subcontratistas.
iv. Vehículos propios y no propios.
La vigencia de la póliza de responsabilidad civil extracontractual y de cada uno de sus amparos deberá ser igual al plazo de ejecución del contrato.
El valor de cada uno de los amparos deberá ser de cuantía equivalente a 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes y los deducibles de cada amparo serán de hasta el 10% del valor de cada perdida y de mínimo 1 salarios mínimos legales mensuales vigentes y máximo 2.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Parágrafo 1. En caso de prórroga, adición, modificación o suspensión del presente contrato, EL CONTRATISTA deberá remitir para revisión y aprobación el respectivo certificado modificatorio de la garantía, en la que se verifique la respectiva modificación.
Parágrafo 2. En caso de disminución del valor de la póliza de garantía por cualquier causa, EL CONTRATISTA se obliga a reponerla de manera inmediata.
CLÁUSULA VIGÉSIMA NOVENA. PREVENCIÓN DE VIOLENCIAS BASADAS EN GENERO O
VIOLENCIA SEXUAL: El CONTRATISTA se obliga para con la Universidad a abstenerse de incurrir en acciones u omisiones que causen discriminación, sufrimiento físico, sicológico, sexual o patrimonial, por razones de sexo, género u orientación sexual, en cualquier persona perteneciente a la comunidad de la Universidad Nacional de Colombia o que se encuentre dentro del campus universitario.
CLÁUSULA TRIGÉSIMA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES. Las diferencias o
controversias que surjan con ocasión a la ejecución del presente contrato, se procurarán resolver de común acuerdo por LAS PARTES, por vía de negociación directa, en un término de treinta (30) días hábiles, contados a partir de la fecha en que una de ellas comunique a las otras, por escrito el motivo del conflicto o de la controversia y la convoque para su arreglo.
En caso de que transcurrido este lapso no se haya alcanzado acuerdo, LAS PARTES, también en común acuerdo, decidirán, en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles, si realizan conciliación o terminan la relación contractual a través de una transacción. En caso afirmativo, aplicarán el procedimiento y las reglas correspondientes al instrumento de que se trate, en los términos del ordenamiento legal sobre la materia.
CLÁUSULA TRIGÉSIMA PRIMERA. PERFECCIONAMIENTO, LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN. El
presente contrato se perfecciona con la firma de las partes.
Para su legalización requiere la constitución por parte del CONTRATISTA de la garantía exigida, y aprobación de la misma por parte de la UNIVERSIDAD;
Para su ejecución requiere el registro presupuestal y el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, legalización y los demás que se hayan pactado en el contrato.
Una vez cumplidos los anteriores requisitos, el Jefe de Adquisiciones del Nivel Nacional comunicará a través de cualquier medio escrito al CONTRATISTA y al SUPERVISOR del Contrato, que se ha legalizado el Contrato, y la fecha a partir de la cual podrá darse inicio a su ejecución.
Parágrafo 1. Los documentos de que trata la presente cláusula deben ser entregados por el CONTRATISTA para su revisión y aprobación en la Sección de Contratación de la División Nacional de Servicios Administrativos, ubicada en el Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx 00 Xx. 00-00, Xxxxxxx 000, de la ciudad de Bogotá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la remisión por parte de la UNIVERSIDAD del Contrato suscrito por el ordenador del gasto.
Parágrafo 2. Será obligación del Jefe de Adquisiciones del Nivel Nacional, publicar el presente Contrato, así como sus adiciones, prórrogas, modificaciones o suspensiones en el sitio Web de Contratación de LA UNIVERSIDAD, según lo dispuesto en el Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.
CLÁUSULA TRIGÉSIMA SEGUNDA. NOTIFICACIONES. Para todos los efectos de este Contrato, se establecen como mecanismos para comunicaciones en general, por parte de LA UNIVERSIDAD: correspondencia física que será recibida en la “DIRECCIÓN UNAL” Bogotá D.C., Correo electrónico:
@xxxx.xxx.xx; y por parte del CONTRATISTA: correspondencia física: “DIRECCIÓN PROVEEDOR”, de la ciudad de ( ); correo electrónico:
CLÁUSULA TRIGÉSIMA TERCERA. DOMICILIO: Para todos los efectos judiciales y extrajudiciales, las partes declaran la ciudad de Bogotá D.C. como su domicilio contractual.
En constancia se firma en Bogotá D.C., a los
XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL»
Vicerrector Sede de la Paz Representante Legal
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA CONTRATISTA
(Fin ANEXO 1)