Definición de Agua

Agua. El agua a utilizar presentará características adecuadas para propósitos de construcción, su inspección será visual y deberá contar con la aprobación del Supervisor.
Agua. Al momento de usarse, el agua debe ser limpia y estar libre de aceites, ácidos, sales, álcalis, cloruros, materiales orgánicos y otras sustancias extrañas.
Agua. El agua a utilizar presentará características adecuadas para propósitos de construcción, su inspección será visual y deberá contar con la aprobación del Supervisor. Concreto: El concreto deberá ser mezclado en concretera con capacidad mínima de una bolsa, o en su defecto deberá ser concreto fabricado en planta. Deberá tener un promedio de resistencia de f’c mayor a 210 kg/cm2. No se permitirá fabricar concreto manualmente.

Examples of Agua in a sentence

  • El derecho contenido en el numeral 6° de la presente cláusula no aplica cuando la prestación del servicio haya sido adjudicada mediante un contrato que incluya cláusulas que establezcan un área de servicio exclusivo, previa verificación de motivos por parte de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico.

  • En cuanto al servicio de alcantarillado, éstos se estimarán con base en los parámetros establecidos por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico.

  • Establecer las especificaciones de las acometidas de acueducto y alcantarillado, conforme con lo establecido en el Reglamento Técnico del Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico (RAS).

  • Para los Logos y leyendas se seguirá las indicaciones del Manual de Comunicación de AECID/FCAS y del Manual de Imagen Institucional de la Secretaría del Agua.

  • Contribución de solidaridad: Aporte que de manera obligatoria deben hacer los usuarios del servicio de acueducto y alcantarillado pertenecientes a los estratos 5 y 6 del sector residencial y los usuarios no residenciales pertenecientes a los sectores industrial y comercial, de acuerdo con la normatividad que para el efecto expida la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico y el Gobierno Nacional.


More Definitions of Agua

Agua. Dada la buena calidad de las aguas del servicio público, serán de uso normal para estos menesteres, quedando proscrita la utilización de otras de dudosa procedencia. Se permite, con autorización expresa de los servicios técnicos municipales, el empleo de las bocas de riesgo, limitándose su uso al mínimo imprescindible. Baldosas y terrazos para reposiciones puntuales de pavimentos, así como ladrillos y materiales cerámicos, serán de aplicación los contenidos xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Urbanización.
Agua. Todo el consumo del suministro de agua y de los conceptos conexos con el mismo (saneamiento, alcantarillado, etc..) serán abonados en exclusiva por el arrendatario, a excepción de los mínimos de agua, saneamiento y alcantarillado que serán abonados por SURPOSA, al igual que el fijo del contador y el 50% de las tasas por recogida de basura. Gas: Dado que este suministro afecta a la calefacción del edificio (que resulta de abono por parte de SURPOSA) y a la cocina del local de hostelería (que resulta de abono por parte de la arrendataria), y no existe contador de consumos que permita su lectura diferenciada, la facturación se efectuará de manera estimada, considerando como consumo anual del local el que resulte del promedio de los consumos incurridos durante los meses en que no exista servicio de calefacción, multiplicado por doce. Durante el primer año de vigencia del contrato se girarán al cobro recibos mensuales por una cantidad a cuenta de 200-€ mas la cuota correspondiente de iva, cuya liquidación se efectuará en diciembre de cada ejercicio, al objeto de saldar las diferencias existentes entre las facturaciones giradas y las correspondientes a las realmente incurridas. A partir del primer año de vigencia del contrato la cantidad que se gire a cuenta por este concepto será la resultante de la media mensual obtenida durante el ejercicio anterior.
Agua. Se garantizará el riesgo de daño y/o pérdida material causado directamente a los bienes asegurados como consecuencia de los siguientes eventos: - Reventón, rotura, desbordamiento o atasco de conducciones, depósitos o aparatos, pertenecientes o no al Asegurado, así como los gastos que ocasionen los trabajos de localización de la avería y posterior reinstalación, restauración y/o reconstrucción (éstos cuando se trate de instalaciones que formen parte de los Bienes Asegurados), aunque el escape o fuga no haya ocasionados daños a los restantes Bienes Asegurados. - Inundación producida con ocasión y/o a consecuencia de desbordamiento o desviación accidental del curso normal de los lagos sin salida natural, canales, acequias y otros cursos o cauces en superficie, construidos por el hombre, alcantarillado, colectores y otros cauces subterráneos al desbordarse, reventarse, romperse o averiarse, siempre que la inundación no sea producida por hechos o fenómenos que correspondan a riesgos amparados por el Consorcio de Compensación de Seguros. También se consideran garantizados los daños y/o pérdidas materiales que ocasione el barro y/o lodo, así como los gastos de limpieza y retirada del agua, barro y/o lodo estancados. Se excluyen de esta garantía: -Los daños en las propias conducciones, aparatos o depósitos en los que se hubiera originado el daño. -Los daños y/o pérdidas materiales que se origen por el funcionamiento, descarga o escape de cualquier instalación de rociadores. (Condiciones de esta cobertura bajo el epígrafe "Fugas en equipos de extinción", inserta más adelante). -Los daños y/o pérdidas materiales que se produzcan cuando el local asegurado o en el que se encuentren los Bienes Asegurados, estuviera abandonado, deshabitado o sin vigilancia mas de cuarenta y cinco días consecutivos. -Los daños producidos por el desbordamiento o rotura xx xxxxxx o diques de contención, salvo pacto en contrario y abono de la correspondiente sobreprima. pie_firma_corto_dipu_01 2ED20D091E3C992C81D2 Este documento constituye el resguardo del original del registro del Ayuntamiento xx Xxxxx. Podrá verificarse en xxx.xxxxx.xx Firmado por SR. ALCALDE XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX el 8/2/2017 Se garantizará el riesgo de daño y/o pérdida material causado directamente a los bienes asegurados y que sea consecuencia de a un hecho repentino o accidental, defectuoso y anormal producido en cualquier unidad, instalación o sistema de combustión, calentamiento, cocina, calefacción, secado, cocción...
Agua. Se garantizará el riesgo de daño y/o pérdida material causado directamente a los bienes asegurados como consecuencia de los siguientes eventos: ▪ Reventón, rotura, desbordamiento o atasco de conducciones, depósitos o aparatos, pertenecientes o no al Asegurado, así como los gastos que ocasionen los trabajos de localización de la avería y posterior reinstalación, restauración y/o reconstrucción (éstos cuando se trate de instalaciones que formen parte de los bienes asegurados), aunque el escape o fuga no haya ocasionados daños a los restantes bienes asegurados. ▪ Inundación producida con ocasión y/o a consecuencia de desbordamiento o desviación accidental del curso normal de los lagos sin salida natural, canales, acequias y otros cursos o cauces en superficie, construidos por el hombre, alcantarillado, colectores y otros cauces subterráneos al desbordarse, reventarse, romperse o averiarse, siempre que la inundación no sea producida por hechos o fenómenos que correspondan a riesgos amparados por el Consorcio de Compensación de Seguros. Ésta garantía se complementa con la que más adelante se incluye bajo el epígrafe “Inundación”. También se consideran garantizados los daños y/o pérdidas materiales que ocasione el barro y/o lodo, así como los gastos de limpieza y retirada del agua, barro y/o lodo estancados. Se excluyen de esta garantía: ▪ Los daños y/o pérdidas materiales que se origen por el funcionamiento, descarga o escape de cualquier instalación de rociadores. (Condiciones de esta cobertura bajo el epígrafe "Fugas en equipos de extinción", inserta más adelante). ▪ Los daños y/o pérdidas materiales que se produzcan cuando el local asegurado o en el que se encuentren los bienes asegurados, estuviera abandonado, deshabitado o sin vigilancia mas de cuarenta y cinco días consecutivos.
Agua. Se empleará únicamente agua potable, proveniente de servicios públicos y será por cuenta del Contratista el valor correspondiente a las instalaciones, acometidas y al consumo de este elemento durante toda la construcción. • Aditivos: El Contratista podrá utilizar aditivos y otras sustancias correctivas o acelerantes para mejorar la calidad de los trabajos contratados y acelerar su fraguado. Los aditivos serán previamente aprobados por el Fiscalizador. La dosificación (cemento: arena) de los morteros varía de acuerdo a las necesidades siguientes:
Agua análisis de su composición (sulfatos, sustancias disueltas, etc.; artículo 27 EHE).
Agua x “ = .......................” Madera ” x “ = .......................” Clav. y alambre: ......kg/m3 x $/kg = .......................” Otros: ......................... = ................ $/m3 COSTO DEL ITEM