ADJUDICACIÓN CON OFERTA ÚNICA Cláusulas de Ejemplo

ADJUDICACIÓN CON OFERTA ÚNICA. La CVC podrá adjudicar el contrato cuando solo se haya presentado una oferta siempre que cumpla con los requisitos habilitantes exigidos y satisfaga los requisitos de evaluación de los pliegos de condiciones, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.2.6 del Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015.
ADJUDICACIÓN CON OFERTA ÚNICA. La Corporación podrá adjudicar el contrato, cuando solo se presente una oferta, siempre y cuando cumpla con los requisitos habilitantes exigidos y satisfaga los requisitos xxx xxxxxx de condiciones; sin prejuicio de los requisitos especiales determinados para la subasta inversa, el concurso de méritos y las reglas particulares en los procesos en que se requiere la convocatoria limitada de Mipymes
ADJUDICACIÓN CON OFERTA ÚNICA. De conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 2.2.1.1.2.2.6 de Decreto 1082 de 2015, La ANM podrá adjudicar el contrato cuando sólo se haya presentado una oferta, “siempre que cumpla con los requisitos habilitantes exigidos y satisfaga los requisitos xxx xxxxxx de condiciones y su respectivo complemento y el documento de estudios previos con sus respectivos anexos”.
ADJUDICACIÓN CON OFERTA ÚNICA. La Entidad podrá adjudicar el contrato cuando sólo se haya presentado una oferta siempre que cumpla con los requisitos habilitantes exigidos y satisfaga los requisitos de los pliegos de condiciones, sin perjuicio de las disposiciones especiales establecidas en la ley y el Decreto 1510 de 2013.
ADJUDICACIÓN CON OFERTA ÚNICA. La Empresa Social del Estado HOSPITAL SAN XXXXX podrá adjudicar el contrato cuando sólo se haya presentado una oferta siempre que se cumpla con los requisitos habilitantes exigidos y satisfaga los requisitos de los términos de condiciones y la solicitud privada de oferta.
ADJUDICACIÓN CON OFERTA ÚNICA. De conformidad con el Art. 2.2.1.1.2.2.6 DECRETO 1082 DE 2015, EL MUNICIPIO DE BUCARAMANGA, puede adjudicar el contrato cuando sólo se haya presentado una oferta siempre que cumpla con los requisitos habilitantes exigidos y satisfaga los requisitos de los pliegos de condiciones, sin perjuicio de las disposiciones especiales establecidas en la ley y el presente decreto para la subasta inversa, el concurso de méritos y las reglas particulares para los procesos con convocatoria limitada a las MIPYME.
ADJUDICACIÓN CON OFERTA ÚNICA. La ESE puede adjudicar el contrato cuando solo se haya presentado una oferta siempre que cumpla con los requisitos habilitantes exigidos y satisfaga los requisitos de los términos de condiciones o la invitación.
ADJUDICACIÓN CON OFERTA ÚNICA. En los términos del numeral 5° del artículo 2.2.1.2.1.2.2 del Decreto 1082 de 2015, si en el proceso de contratación se presenta un único oferente cuyos bienes o servicios cumplen con la ficha técnica y está habilitado, la CVC puede adjudicar el contrato al único oferente si el valor de la oferta es igual o inferior a la disponibilidad presupuestal para el contrato, caso en el cual no hay lugar a la subasta inversa.
ADJUDICACIÓN CON OFERTA ÚNICA la Empresa puede
ADJUDICACIÓN CON OFERTA ÚNICA. La Empresa puede adjudicar el contrato cuando sólo se haya presentado una oferta siempre que cumpla con los requisitos habilitantes exigidos y satisfaga los requisitos de los pliegos de condiciones de las invitaciones a contratar.