ADMINISTRACIÓN DE CONTRATO. La administración del presente Contrato estará a cargo del Ingeniero Xxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx, Técnico del Departamento de Ingeniería de “EL CONTRATANTE”, quien será el responsable de verificar la buena marcha y el cumplimiento de las obligaciones contractuales con base a lo establecido en el Artículo ochenta y dos BIS de la LACAP; Artículo veinte Inciso tercero, y setenta y cuatro del RELACAP; y en los casos en los que competa del Manual de Procedimientos para el Ciclo de Gestión de Adquisiciones y Contrataciones de las Instituciones de la Administración Pública dos mil catorce, expedido por el Ministerio de Hacienda. En fe de lo cual firmamos el presente, en la ciudad de San Xxxxxxxx, a los treinta días del mes xx xxxx de dos mil dieciséis.
ADMINISTRACIÓN DE CONTRATO. El seguimiento al cumplimiento de las obligaciones contractuales estará a cargo del Administrador de Contrato Ingeniero Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Encargado de Biomédica, teniendo como atribuciones las establecidas en los Artículo ochenta y dos Bis y ciento veintidós ambos de la LACAP; y Artículos cuarenta y dos inciso tercero, setenta y cuatro, setenta y cinco inciso segundo, setenta y siete, ochenta inciso primero, y ochenta y uno del RELACAP; NOVENA. ACTA DE RECEPCIÓN: Corresponderá al Administrador de Contrato en coordinación con “LA CONTRATISTA”, la elaboración y firma de las actas de recepción parciales y/o definitivas, las cuales contendrán como mínimo lo que establece el Artículo setenta y siete del RELACAP; DÉCIMA. MODIFICACIÓN: Por acuerdo entre las partes, el presente contrato podrá ser modificado o ampliado en sus plazos, y vigencia antes del vencimiento de su plazo, de conformidad a lo establecido en el Artículo ochenta y tres-A de la LACAP y para que surta efecto tal modificación será indispensable previamente emitir la respectiva Resolución Razonada de Modificación de Contrato por la Presidencia del Órgano Judicial y de la Corte Suprema de Justicia, en la que expresen las circunstancias o motivos que la ocasionen; y posterior deberá firmarse por el Presidente del Órgano Judicial y de la Corte Suprema de Justicia con “LA CONTRATISTA”, el documento de modificación contractual respectivo.
ADMINISTRACIÓN DE CONTRATO. La administración y Seguimiento del Contrato, será de conformidad a lo establecido en ________________, la cual corresponde a la Unidad Solicitante o a la persona que esta delegue, en este sentido se ha designado a __________; como responsable de la Administración del Contrato.
ADMINISTRACIÓN DE CONTRATO. Función desempeñada por la persona responsable de ejercer la supervisión para la correcta ejecución de los contratos durante todo el periodo de vigencia de los mismos, controlando el cumplimiento exacto, íntegro y oportuno de las obligaciones contraídas por parte del Contratista, en representación de Grupo EFE.
ADMINISTRACIÓN DE CONTRATO. LA CONTRATANTE designa al Ing. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, en calidad de administrador del contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares de los pliegos que forman parte del proceso contractual. LA CONTRATANTE podrá cambiar de administrador del contrato, para lo cual bastará cursar a la CONTRATISTA la respectiva comunicación; sin que sea necesaria la modificación del texto contractual.
ADMINISTRACIÓN DE CONTRATO. A propuesta del Solicitante, el Titular xxx XXXXXX nombrará mediante Acuerdo Ministerial al Técnico o los Técnicos idóneos como Administradores de Contrato para el cumplimiento de las responsabilidades establecidas en el Art. 82 Bis de la LACAP y Art. 74 y 77 del RELACAP y lo establecido en el Manual de Procedimientos para el Ciclo de Gestión de Adquisiciones y Contrataciones de las Instituciones de la Administración Pública.
ADMINISTRACIÓN DE CONTRATO. La administración del presente contrato, estará a cargo del Director de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
ADMINISTRACIÓN DE CONTRATO. La Empresa Pública ejercerá la Administración del Contrato, según lo regulado de conformidad con esta Cláusula:
ADMINISTRACIÓN DE CONTRATO. La administración y Seguimiento del Contrato, será de conformidad a lo establecido en en el Romano VIII.10 Administración del Contrato, del Manual de Operaciones del Banco, la cual corresponde a la Unidad Solicitante o a la persona que esta delegue, en este sentido la Dirección Nacional de Hospitales ha designado a se ha designado al Ingeniero XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX, , con teléfono
ADMINISTRACIÓN DE CONTRATO. Se sugiere que la Administración del presente contrato esté a cargo de algún miembro del equipo técnico de la Dirección de Publicidad e Imagen del Distrito Metropolitano de Quito.