MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
COOPERACIÓN TÉCNICA (CT) ATN/OC-12151-EC
SOLICITUD DE PROPUESTA
SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE CONSULTOR INDIVIDUAL CONTRATACIÓN DE CONSULTORES INDIVIDUALES PARA LA COORDINACIÓN PARA LA
REVISIÓN DEL CONJUNTO DE AUDITORIAS DE SEGURIDAD VIAL EN LA RED VIAL ESTATAL NACIONAL COMPLETA
PROCEDIMIENTO No. CCI-C-001/C3
QUITO, DICIEMBRE 2012
CONTENIDO
SECCION 1: CARTA DE INVITACION
SECCION 2: REQUERIMIENTOS PARA LOS EXPERTOS. PROCEDIMIENTO DETALLADO DE EVALUACION, SELECCION Y CONTRATACION
SECCION 3: XXXXXXXX XX XXXXXXXXXX XXXX XXX XXXXXXXXX XX XXXXXXXXXXX
XXXXXXX 0: MODELO PARA CURRICULUM VITAE
SECCION 5: APENDICES
1. CERTIFICACION DE ELEGIBILIDAD
2. EVALUACION DEL DESEMPEÑO
FORMATO DE CONTRATO
CARTA DE INVITACION
Quito,
Ref: Cooperación Técnica (CT); FOMIN; Préstamo; No. 2201- OC/EC
Señores:
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXX XXXXXXX XXXX
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX
De mis consideraciones:
En mi calidad de Viceministro de Gestión del Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, me permito invitar a ustedes, a fin de que nos presenten su expediente curricular para ser evaluado en el proceso de CONTRATACIÓN DE CONSULTORES INDIVIDUALES PARA LA COORDINACIÓN PARA LA REVISIÓN DEL CONJUNTO DE AUDITORIAS DE SEGURIDAD VIAL EN LA RED VIAL ESTATAL NACIONAL COMPLETA.
El proceso se realizará de conformidad con las Bases que estamos adjuntando a la presente, las mismas que se sujetan a las disposiciones contenidas en el Convenio de financiamiento arriba indicado y sus Anexos.
Los pagos de los servicios de consultoría se efectuarán con aplicación al Proyecto del epígrafe, que cuenta con el financiamiento del BID y con recursos propios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
La información solicitada será preparada en la forma que se indica en las Bases y presentada hasta el día y hora señalado en el cronograma de proceso, en la Dirección de Contrataciones, piso 15, edificio MTOP, calle Xxxx Xxxx Xxxx y Avenida Xxxxxxxx, ciudad Quito.
Atentamente,
Arquitecto Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx
VICEMINISTRO DE GESTIÓN DEL TRANSPORTE
SECCION 2
REQUERIMIENTOS PARA LOS EXPERTOS. PROCEDIMIENTO DETALLADO DE EVALUACIÓN, SELECCIÓN Y CONTRATACION
INDICE
2.0 DEFINICIONES
2.1 OBJETO DEL PROCESO
2.2 FRAUDE Y CORRUCION
2.3 SOLICITUD DE PROPUESTAS
2.4 NORMAS Y REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS COSULTORES - EXPERTOS
2.4.1 Nacionalidad y requisitos de elegibilidad
2.4.2 Inscripciones, afiliaciones y revalidaciones nacionales
2.4.3 Formación y experiencia (Calificaciones del Experto)
2.4.4 Idioma
2.4.5 Viajes
2.4.6 Cronograma del proceso de Lista Corta
2.5 DURACION DE LA CONSULTORIA, CALENDARIO DE TRABAJOS Y SEDE.
2.6 PROCEDIMIENTO DE SELECCION
2.6.1 Aspectos Generales
2.7 METODO DE EVALUACION Y CALIFICACION
2.7.1 Formación Profesional
2.7.2 Experiencia Profesional General
2.7.3 Experiencia Profesional Específica
2.7.4 Residencia en la zona del Proyecto
2.7.5 Puntaje final
2.7.6 Preferencia a favor de nacionales
2.8 NEGOCIACION DEL CONTRATO
2.9 INFORMES PREVIOS A LA CELEBRACION DEL CONTRATO
2.10 CELEBRACION DEL CONTRATO
2.11 NO PRESENTACION DE INTERESADOS O FALTA DE ACUERDO CON LOS EXPERTOS SELECCIONADOS.
SECCION 2
REQUERIMIENTOS PARA LOS PARTICIPANTES. PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN, SELECCION Y CONTRATACION
2.0 DEFINICIONES
Las definiciones constan en la Sección 4: Formato de Contrato, cláusula Primera.
2.1 OBJETO DEL PROCESO
El Ministerio de Transporte y Obras Públicas se encuentra trabajando para implementar la CONTRATACIÓN DE CONSULTORES INDIVIDUALES PARA LA COORDINACIÓN PARA LA REVISIÓN DEL CONJUNTO DE AUDITORIAS DE SEGURIDAD VIAL EN LA RED VIAL ESTATAL NACIONAL COMPLETA.
2.2 FRAUDE Y CORRUPCIÓN
El BID exige que los prestatarios (incluyendo los beneficiarios de una donación y el Ministerio de Transporte y Obras Públicas), así como los Oferentes, contratistas y consultores que participen en proyectos con financiamiento del Banco, observen los más altos niveles éticos, ya sea durante el proceso de licitación, de concursos o de ejecución de un contrato. Las acciones de prácticas corruptivas de Xxxxxxx, Extorsión, Fraude y Colusión no son admisibles, por lo que el Banco actuará frente a cualquier hecho similar o reclamación que se considere corrupto, conforme al procedimiento administrativo establecido, procediendo a :
a) Rechazar cualquier propuesta de adjudicación relacionada con el proceso de adquisición o contratación de que se trate; y/o
b) Declarar a una firma y/o al personal de ésta directamente involucrado en las prácticas corruptivas, no elegibles para ser adjudicatarios o ser contratados en el futuro con motivo de un financiamiento del Banco. La inhibición que establezca el Banco podrá ser temporal o permanente; y/o
c) Cancelar y/o acelerar el repago de la porción xxx xxxxxxxx destinado a un contrato, cuando exista evidencia que representantes del Prestatario o de un Beneficiario xxx xxxxxxxx o donación han incurrido en prácticas corruptivas, sin que el Prestatario o Beneficiario haya tomado las acciones adecuadas para corregir esta situación, en un plazo razonable para el Banco y de conformidad con las garantías de debido proceso establecidas en la legislación del país prestatario.
El Oferente se compromete a denunciar cualquier acto relacionado con fraude y corrupción que fuere de su conocimiento durante el desarrollo de este proceso.
2.3 SOLICITUD DE PROPUESTAS
Forman parte de la Solicitud de Propuestas Sección 1: Carta de Invitación
Sección 2: Requerimientos para los participantes.Criterio de evaluación, selección y contratación.
Sección 3: Términos de Referencia Sección 4: Modelo de currículum vitae Sección 5: Apéndices:
1: Certificación de Elegibilidad 2: Evaluación de desempeño
2.4 REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS EXPERTOS
2.4.1. Requisitos de elegibilidad
Los Expertos o Consultores Individuales deben cumplir con los siguientes requisitos de elegibilidad:
1. Ser ciudadano o residente permanente "bona fide" del siguiente país miembro del Banco: Ecuador. Se entiende por residente "bona fide" toda persona que tenga domicilio establecido en un país miembro del BID, que esté en situación de trabajar en él, fuera del status de funcionario internacional.
2. No tener relación familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad, inclusive, y segundo de afinidad, inclusive, con empleado alguno del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, que este directa o indirectamente involucrado con cualquier parte de: i) la preparación de los TR del contrato, ii) el proceso de selección de dicho contrato; o iii) con la supervisión de dicho contrato.
3. Mantener al mismo tiempo un solo cargo a tiempo completo financiado con recursos del BID y sólo facturar a un proyecto por tareas desempeñadas en un solo día.
4. No haber sido miembro del personal del BID dentro de los dos últimos años, no haber particido directa o principalmente en la operación a la que se encuentra vinculada la contratación de estos servicios de consultoría.
5. Proporcionar asesoría imparcial y objetiva y que quienes participen en este procedimiento no tengan conflictos de intereses para aceptar esta contratación.
6. No pertenecer a la planta regular o temporal de la institución prestataria (Ministerio de Transporte y Obras Públicas), a la fecha de selección del consultor.
Todos los Consultores tienen la obligación de revelar cualquier situación actual o potencial de conflicto antes descrita, o que pudiera afectar su capacidad para servir en beneficio de la Contratante, o que pudiera percibirse que la tuviera este efecto. El no revelar dichas situaciones puede conducir a la descalificación del Consultor o a la Terminación de su Contrato.
2.4.2 Inscripciones, afiliaciones y revalidaciones nacionales
Los consultores nacionales o extranjeros no requieren estar inscritos como tales en el Registro Único de Proveedores. Tampoco requieren revalidar sus títulos profesionales obtenidos en el exterior, pues sólo bastará que los posean y demuestren suficiente experiencia y conocimientos sobre los asuntos objeto de la consultoría.
2.4.3 Formación y Experiencia (Calificaciones del Experto)
Debe ser un profesional con título de tercer nivel, que tenga experiencia mínima de 5 años en la preparación y evaluación de proyectos de seguridad vial, certificación en auditorías de seguridad vial, fiscalización de proyectos de transporte o de análisis especializado de tránsito y prevención de siniestros.
2.4.4 Idioma
Es requisito para la contratación, un buen conocimiento del idioma castellano (español), por parte del consultor.
2.4.5 Viajes
En el caso de que la consultoría demande realizar viajes el consultor deberá declarar estar disponible para realizar los mismos de acuerdo al cronograma establecido con el Ministerio de Transporte de Obras Públicas.
2.4.6 Cronograma del Proceso de Lista Corta:
El cronograma que regirá este procedimiento es el siguiente:
DETALLE | FECHA | HORA |
Fecha de Publicación | 17/12/2012 | 16:00 |
Fecha Límite de Preguntas | 19/12/2012 | 12:00 |
Fecha Límite de Respuestas y Aclaraciones | 21/12/2012 | 12:00 |
Fecha Límite Entrega de Ofertas Técnica y Económica | 03/01/2013 | 14:00 |
Fecha Apertura de Ofertas | 03/01/2013 | 15:00 |
Fecha Inicio evaluación de la Oferta | 03/01/2013 | 16:00 |
Fecha Límite de resultados finales | 04/01/2013 | 15:00 |
Fecha Estimada de adjudicación | 07/01/2013 | 15:00 |
El término para la convalidación de errores será de cinco (5) días.
Si el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, al analizar las ofertas presentadas, determina la existencia de uno o más errores de forma, se deberá reprogramar el cronograma del proceso, en función del término concedido a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma notificados, para lo cual se tomará en cuenta el siguiente cronograma que contemplará una nueva fecha de adjudicación:
Concepto | Día | Hora |
Fecha Límite para solicitar convalidación de errores | ||
Fecha Límite para convalidación errores | ||
Fecha estimada de Adjudicación |
No se recibirán ofertas a través de correo electrónico, sin embargo la fase de preguntas y respuestas establecida en el cronograma del procedimiento se realizará a través del correo electrónico xxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx.
2.5 INICIACION Y DURACION DE LA CONSULTORIA, CALENDARIO DE TRABAJOS Y SEDE
La iniciación de las actividades de consultoría se realizará conforme al cronograma establecido en los pliegos del proceso, y no puede ser anterior a la fecha de suscripción del contrato.
El plazo para la ejecución de la consultoría es de 240 días calendario, contados a partir de la suscripción del contrato. El consultor deberá tener una oficina sede en Quito y a la vez desarrollará actividades de campo en el territorio nacional.
2.6 PROCEDIMIENTO DE SELECCION
2.6.1 Aspectos Generales
Los aspectos básicos que se tomarán en cuenta para la selección del Consultor - Experto serán la formación académica, la experiencia general, la experiencia específica. El Consultor deberá presentar referencias de trabajos similares realizados, respaldados con copias simples de: títulos, cartas de referencia, certificados y/u opiniones de instituciones o personas que puedan ser consultadas.
2.6.2 Proceso de Selección
2.6.2.1 Los consultores incluidos en la Lista Corta que hayan sido invitados, deben presentar al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, dentro del plazo establecido en el cronograma del procedimiento, su currículo vital detallado en el formato adjunto, (Sección 4 de la Solicitud de Propuestas) y cualquier información adicional que fuere requerida. Únicamente la información ajustada al formato permitirá la asignación de los puntajes establecidos.
2.6.2.2 El Ministerio de Transporte y Obras Públicas, procederá a realizar la evaluación de los Curriculos Vitales presentados.
2.7. METODO DE EVALUACION Y CALIFICACION
La información que se evaluará y calificará es la que conste en el Formulario 1 “Formato para presentación de Curriculum Vitae” de la Sección 4, y que se encuentre debidamente respaldada, el método de evaluación es el siguiente:
CUADRO 1 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS MÍNIMOS DE EVALUACIÓN | |
Consultor: | CUMPLE / NO CUMPLE |
Requisito de Elegibilidad | |
Formación.- Profesional con título universitario de tercer nivel. | |
Experiencia Profesional General.- De al menos 5 años contados a partir de la obtención del primer título profesional. |
El puntaje que se aplicará a cada uno de los elementos de evaluación indicados en los Aspectos Generales, será el siguiente, con lo cual se obtendrá la calificación final de los participantes sobre cien (100) puntos.
ELEMENTOS DE EVALUACIÓN | PUNTAJE MAXIMO |
− Formación Profesional | 15 |
− Experiencia Profesional General | 20 |
− Experiencia Profesional Específica | 65 |
TOTAL | 100 |
Para la asignación de los puntajes se aplicarán los siguientes criterios:
Formación Profesional (Máximo 15 puntos)
• Se asignará 5 puntos por el título de tercer nivel.
• Se asignará 5 puntos por la certificación o acreditación en Auditorias de Seguridad Vial o Seguridad Vial.
• Se asignará 1 punto por cada curso en temas relacionados (Auditorías de Seguridad Vial, Planificación Vial, Operación o Gestión del Transporte, u otros relacionados), hasta un máximo de 5 puntos.
Experiencia Profesional General (Máximo 20 puntos)
• 4 puntos por cada año a partir de la obtención del título de tercer nivel hasta un máximo de 20 puntos.
Experiencia Profesional Específica. (Máximo 65 puntos)
• Experiencia específica en trabajos similares, como Auditor Certificado de Seguridad Vial, fiscalización de proyectos de seguridad vial, movilidad xxxxxx, xxxxxxxx, supervisión de la operación de transporte, planificación del transporte, se asignará 32.5 puntos por cada proyecto o trabajo similar, hasta un máximo de 65 puntos.
Puntaje final (100 puntos):
El puntaje final será la suma de las calificaciones obtenidas según los criterios de los elementos de evaluación.
No serán aceptables los consultores que no alcancen la calificación mínima de 70 puntos.
Preferencia a favor de nacionales: En igualdad de puntaje, se preferirá a consultores de la región del Proyecto.
2.8 NEGOCIACION DEL CONTRATO
Si el experto seleccionado en primer lugar reside en el Ecuador y en la ciudad en la que se negociará el contrato, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas lo invitará a negociar, señalando el día y la hora para este efecto. Si fuese del caso o el Experto residiese en el exterior o en otra ciudad o simplemente para agilidad del proceso, la negociación o acuerdo se podrá realizar por teléfono, fax o correo electrónico.
Durante las negociaciones se revisarán los términos de referencia para asegurar un acuerdo pleno y se examinarán así mismo los requisitos contractuales y económicos.
Si no se llegase a un acuerdo, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas comunicará por escrito al consultor que su oferta no ha sido aceptada y llamará a negociar al participante que alcanzó el segundo lugar en el orden de méritos, siguiendo el procedimiento antes señalado y así sucesivamente hasta lograr un acuerdo.
No se volverá a llamar para nuevas negociaciones al consultor cuya oferta no hubiese sido aceptada. Tampoco se negociará un contrato en condiciones económicas superiores a las que motivaron la falta de acuerdo con otros candidatos mejor calificados.
Establecido el acuerdo, de ser necesaria, se levantará la correspondiente acta, la que será suscrita por el consultor y Ministerio de Transporte y Obras Públicas. En caso de que el acuerdo se hubiere realizado vía por fax o por correo electrónico, tal documento será la evidencia del acuerdo. Si el acuerdo se efectuó telefónicamente, la firma del contrato será la constancia del acuerdo logrado. De existir el acta o u documento de acuerdo, éste formará parte integrante del contrato.
La expectativa de negociación se mantendrá con los demás participantes hasta que se suscriba el contrato, luego de lo cual, en un plazo máximo de 5 días de su suscripción, se les notificará los resultados, a todos los participantes, debiendo guardarse copias de tales notificaciones como parte del expediente del proceso.
2.9 CELEBRACIÓN DEL CONTRATO
Antes de celebrar el contrato, el experto seleccionado deberá presentar los siguientes documentos:
(1) Copia simple del título o títulos profesionales que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas los requiera.
(2) Copia simple de la cédula de identidad y papeleta de votación o pasaporte
El consultor contratado debe firmar la Certificación de Elegibilidad, la misma que formará parte del Contrato.
2.9.1 Garantías
En este contrato se deberán presentar las garantías previstas en los artículos 74 y 75 de la LOSNCP.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato, se rendirá por un valor igual al 5% del monto total del contrato.
La garantía del anticipo que respalde el 100% del valor recibido por este concepto.
Las garantías serán entregadas en cualquiera de las formas establecidas en el Artículo 73 de la LOSNCP.
Las garantías se devolverán conforme lo previsto en el Artículo 77 de la LOSNCP.
2.10 MULTAS
Por cada día de retardo en la entrega de los productos se obliga al consultor a pagar la el uno por mil (1x1000) del monto total contrato, por día de retraso.
Si el valor de las multas excede del 5% del monto total del contrato, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas podrá darlo por terminado anticipada y unilateralmente el contrato. Las multas impuestas no serán revisadas, ni devueltas por ningún concepto.
2.11 NO PRESENTACION DE INTERESADOS O FALTA DE ACUERDO CON LOS CONSULTORES SELECCIONADOS
Si a pesar de las gestiones realizadas, no hubiese interesados que se presenten al proceso de selección o si no se llegase a un acuerdo con los expertos seleccionados el Ministerio de Transporte y Obras Públicas tratará con el Banco para convenir en el procedimiento a seguirse.
2.11. NORMATIVA
El presente proceso se regulará bajo las estipulaciones del Contrato xx Xxxxxxxx, las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el BID y como norma supletoria la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
SECCIÓN 3
TERMINOS DE REFERENCIA PARA LOS SERVICIOS DE CONSULTORÍA
TERMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACIÓN DE UN COORDINADOR PARA LA REVISIÓN DEL CONJUNTO DE AUDITORIAS DE SEGURIDAD VIAL EN LA RED VIAL ESTATAL NACIONAL COMPLETA.
INDICE
1. INTRODUCCIÓN 14
2. ANTECEDENTES 15
2.1 Generalidades 15
2.2 Ubicación del estudio 16
3. OBJETIVOS 16
3.1 Objetivo general 16
3.2 Objetivos específicos 16
4. ALCANCES, CONTENIDOS Y ACTIVIDADES 17
4.1 Coordinación de los trabajos y actividades con el MTOP 17
4.2 Elaboración de formatos y estándares de trabajo para las ASVs. 17
4.3 Fiscalización de los trabajos de las ASVs. 18
4.4 Recolección, integración de los trabajos y entrega de un documento final de recomendaciones 18
4.5 Supervisión del proceso de transferencia de tecnología 19
5. CRONOGRAMA, PRODUCTOS E INFORMES A ENTREGAR 19
6. PERFIL DEL PROFESIONAL 21
7. PRESUPUESTO REFERENCIAL 21
8. METODOLOGÍA DE TRABAJO 21
9. MARCO LEGAL 21
10. ENTREGA DE INFORMACIÓN 22
11. PARÁMETROS DE CALIFICACIÓN
¡Error! Marcador no definido.
11.1 OFERTA TÉCNICA ¡Error! Marcador no definido.
11.2 OFERTA ECONÓMICA ¡Error! Marcador no definido.
11.3 EVALUACION FINAL DE OFERTAS ¡Error! Marcador no definido.
12. TERMINOS Y CONDICIONES GENERALES DE LA PROPUESTA 22
12.1 Propiedad de la propuesta 22
12.2 Sitio de trabajo y eventos 22
13. MODELO DE CONTRATACIÓN 22
14. ADMINISTRACIÓN DE CONTRATO 22
15. GARANTÍAS 22
1. INTRODUCCIÓN
Dentro de los temas prioritarios de la actual agenda ministerial se encuentra la movilidad y la seguridad vial. Un elemento transversal a estos dos temas tiene que ver con los riesgos asociados al tránsito vial, más aún si se considera que la siniestralidad en el Ecuador es un problema de salud pública, por sus altos índices.
Durante la presente gestión se espera fomentar en el país una cultura de prevención que incorpore de manera general conceptos de prevención del riesgo que abarquen temas de seguridad vial. Elemento central de esta estrategia es la minimización de las condiciones espaciales de riesgo y lesividad, así como la definición y adopción de estándares que posibiliten la disminución de la siniestralidad en las carreteras.
En este contexto se hace imprescindible contar con mejores prácticas de gestión y prevención de la accidentalidad vial. Es por ello que se plantea la ejecución de un programa integral de mejora de la Seguridad Vial en las vías cuya competencia es del Ministerio de Transporte y Obras Publicas sobre un trazado aproximado de 8.700 kilómetros. Este Plan contempla la ejecución de dos fases secuenciales o etapas, la primera es la realización de Auditorías de Seguridad Vial, conocidas internacionalmente con las siglas de ASV, con ámbito nacional, que diagnostique las intervenciones que haya que realizar en la infraestructura para elevar los niveles de seguridad y prevención de siniestros viales y una segunda etapa consistente en la ejecución de las recomendaciones que emanen de las ASVs ya realizadas.
Una Auditoría de Seguridad Vial (ASV) es un procedimiento sistemático en el que un auditor independiente y calificado comprueba las condiciones de seguridad del diseño de gabinete de un proyecto de una nueva carretera, o de una carretera existente o de cualquier intervención vial que pueda afectar a la seguridad de los usuarios, sean estos peatones, pasajeros o vehículos.
Mediante las ASV se pretende garantizar que las carreteras, se diseñan, habilitan u operan con los criterios adecuados de seguridad para todos sus usuarios, verificando que se mantengan dichos criterios durante las fases de proyecto, construcción, puesta en servicio de la carretera y posteriores actuaciones de conservación y mantenimiento vial.
La presente convocatoria responde a la necesidad del MTOP para ejecutar la primera etapa del Plan de mejora de la seguridad vial en la infraestructura estatal. La otra fase podrá ser desarrollada conforme a otras consideraciones y por otros actores relacionados con la SV y la construcción de carreteras.
Para ello se va a dividir la red nacional en tramos que serán contratados con diferentes empresas o consultores con el fin de poder realizar el trabajo nacional en un menor tiempo y dada la escasa experiencia nacional en materia, en este sentido se requiere de la contratación de un experto que ayude a coordinar a los diferentes equipos auditores de forma que el producto final de su trabajo sea compatible entre si y homologado a nivel nacional. Un elemento clave a la hora de realizar la coordinación entre los diferentes ASVs y de supervisar la correcta y adecuada realización de los trabajos encomendados es poder contar con un fiscalizador y homogenizador del trabajo, capaz de validar los entregables y armonizarlos con las necesidades del MTOP. Asimismo, es un objetivo importante contar con un experto que tutele la realización de cada uno de los trabajos y posibilite una comunicación fluida y constante entre las empresas consultoras y el Ministerio, tanto de forma interna como externa.
2. ANTECEDENTES
2.1 Generalidades
El Ministerio de Transporte y Obras Públicas, por intermedio del Viceministerio de Gestión del Transporte y su Subsecretaría de Transporte Terrestre y Ferroviario, es la institución pública responsable de la seguridad vial que comprende, entre otras actividades, la mejora en la seguridad de la infraestructura, la señalización, así como la instalación de elementos y dispositivos que reduzcan el riesgo de siniestros.
Como medida prioritaria tendiente a mejorar el estado de las carreteras y a reducir la accidentalidad en la circulación terrestre, se dispuso la emergencia vial del país, mediante Decreto Ejecutivo No. 144-A, de fecha 5 xx xxxxx de 2007, otorgándole al Ministro de Transporte y Obras Públicas, facultades especiales en la contratación de las obras de adecuación y mejoramiento vial.
Si bien el sistema vial nacional ha mejorado notablemente en su infraestructura, cobertura y calidad de vías, aún adolece de una adecuada prevención y señalización vertical y horizontal. Respecto a la señalización vertical no solo existe una deficiencia en el número de señales sino además una deficiencia en la carencia de un sistema estandarizado; asimismo se requiere mejorar o complementar la señalización horizontal ya que el estado actual de la pintura en algunos tramos viales no ofrece las condiciones mínimas de visibilidad y seguridad para la circulación. Una vez que se conozca la situación real de la señalización vial nacional se podrá estandarizarla, esta actividad es prioritaria para evitar interpretaciones equivocadas o demoradas a los usuarios viales como consecuencia de la actual proliferación de señales erróneas, desiguales, confusas o en mal estado.
El conocimiento claro del estado de la señalización es de vital importancia para la seguridad vial, la vida útil de una señal de tránsito vertical es de aproximadamente siete años, y la pintura que habitualmente se utiliza para demarcaciones horizontales tiene una duración de 6 a 9 meses, dependiendo del flujo vehicular, la calidad de la pintura, el clima, el estado y tipo del pavimento. Por ello el Ministerio requiere conocer la realidad actual del estado de la señalización vertical y horizontal para a futuro iniciar un programa de reposición de señales cuando estas han perdido su visibilidad o retroreflectividad, así como el repintado de carreteras en los casos más críticos.
Por lo expuesto, el MTOP va a desarrollar un Plan de mejora de la seguridad vial en la infraestructura vial estatal que como ya se ha mencionado tiene dos etapas:
1. Realización de una Auditoria de Seguridad Vial nacional y edición de instructivos para la ejecución de ASVs.
2. Ejecución de obras de mejora de seguridad vial como: instalación xx xxxxxxxx, protecciones, amortiguadores de impacto, señalización vial vertical y horizontal, eliminación de obstáculos en la zona despejada, mejora de bermas, y otras muchas actuaciones según lo que recomiende la ASV Nacional en cada tramo vial.
2.2 Ubicación del estudio
La Red vial Estatal, está compuesta, aproximadamente, por 8.900 km de carreteras, de las cuales el 12.6% están concesionadas. El pavimento de estas vías está compuesto por concreto, asfalto y en algunos tramos urbanos de adoquín. Algunas de estas vías están desdobladas a cuatro carriles y hay que tomar en cuenta este tipo de ampliaciones para la realización de las auditorías.
El Ministerio de Transporte y Obras Públicas, con el afán de prevenir los siniestros de tráfico y reducir su gravedad, ha decidido contratar un conjunto de siete Auditorias de Seguridad Vial sobre la red vial estatal de acuerdo a las siete regiones planificadas por SENPLADES.
3. OBJETIVOS
3.1 Objetivo general
El objetivo básico de esta Consultoría es realizar la coordinación, fiscalización, armonización e integración de los siete procesos de Auditorías de Seguridad Vial, conforme a estándares internacionales de revisión de seguridad para vías en etapa de operación, de forma que los resultados de estos trabajos estén integrados, sean uniformes y estándares para toda la RVE.
3.2 Objetivos específicos
Además del objetivo central de este trabajo se deben alcanzar los siguientes objetivos específicos:
➢ Elaborar los documentos de formularios y formatos de informes de las Auditorías de Seguridad Vial (ASV) para asegurar un trabajo homogéneo entre todas las consultorías y formatos estandarizados de entrega de informes.
➢ Servir de nexo comunicador entre las diferentes entidades que participan en los proyectos de ASV, entre sí y con el MTOP, bajo la figura de facilitador.
➢ Realizar informes técnicos de los avances de cada ASV y dar la aceptación o rechazo cuando éstas así lo ameriten.
➢ Vigilar y revisar los estudios, realizando los informes de cumplimiento, informes de control de entregas y cumplimiento de plazos, conformidad o no conformidad y aceptación provisional de los trabajos.
➢ Valorar y asesorar al MTOP acerca de las solicitudes y peticiones que pudieran hacer las empresas consultoras que estén realizando las Auditorías de Seguridad Vial.
➢ Generar un documento final que agrupe todos los informes de las siete Auditorías de Seguridad Vial, consolidando las recomendaciones que se desprendan de cada ASV en un único documento para toda la RVE con su respectiva base de datos de hallazgos y con el inventario georeferenciado de señalización vertical, horizontal y dispositivos de contención vial.
➢ Aportar con la experiencia profesional y recomendaciones para el mejoramiento de la ubicación o de los puntos negros en los procesos de levantamiento de partes de accidentes de tránsito.
➢ Asistir y dar soporte técnico al MTOP en los procesos de contratación en y durante la ejecución de los estudios de ASVs.
4. ALCANCES, CONTENIDOS Y ACTIVIDADES
A continuación se detallan las actividades y alcances de la consultoría a realizarse:
4.1 Coordinación de los trabajos y actividades con el MTOP.
Una vez contratadas las Auditorías de Seguridad Vial, se requiere que el consultor realice un conjunto de reuniones en todas las fases de la ejecución de las ASVs con los responsables de los estudios y con el MTOP. Para ello el consultor deberá proponer en su oferta la metodología de trabajo interinstitucional, tipos y alcances de las reuniones.
De manera similar se deberá brindar apoyo técnico al MTOP para valorar y poder satisfacer las demandas de información y absolver consultas que las empresas consultoras de las ASVs le hagan al MTOP.
4.2 Elaboración de formatos y estándares de trabajo para las ASVs.
Se requiere que el consultor defina una única metodología de levantamiento de información y elabore un conjunto de formularios de trabajo de campo y de gabinete para que los equipos auditores utilicen un único tipo de documento para cada actividad. Así el consultor debe proponer los siguientes formularios y documentos:
• Metodología con lineamientos para el levantamiento de la información de las ASVs.
• Manuales de uso de cada formulario.
• Formulario de Checkpoints (listas de puntos)a ser analizados específicos de cada incidencia o cada hallazgo
• Formulario de Checklist (listas de tramos) por tramo a ser analizado.
• Formulario para el relevamiento y la construcción del inventario georeferenciado de señales verticales.
• Formulario para el relevamiento y la construcción del inventario georeferenciado de señales horizontales.
• Formulario para el relevamiento y la construcción del inventario georeferenciado de dispositivos de contención vial.
• Especificaciones técnicas para el proceso de georeferenciación.
• Especificaciones técnicas para la generación de la base de datos de señalización vertical, horizontal y de dispositivos de contención vial.
• Formato tipo de entrega de informes.
Además de preparar el conjunto de normas y manuales de referencia, deberá definir los procedimientos y formatos de entrega de la información, soportes, mecanismos telemáticos y medios tecnológicos de contenido y recepción.
4.3 Fiscalización de los trabajos de las ASVs.
Es responsabilidad del consultor la supervisión del avance de los estudios de ASV, para esto el coordinador deberá presentar los siguientes informes o productos mensuales:
• Informes de avance mensual de cada ASV, estos informes deberán indicar el cumplimiento o no de cada consultora responsable de realizar un tramo de ASV sobre la Red Vial Estatal y el porcentaje de avance de cada auditoría según el cronograma planteado. Además deberá adjuntarse un análisis de conformidad o no conformidad al cumplimiento de los términos de referencia y a las propuestas técnicas de cada consultoría.
• Informes mensuales de las reuniones y de la coordinación realizada con las consultoras responsables de las ASVs y de la coordinación con el MTOP para la exitosa realización de las ASVs.
• Informes de los productos entregados por cada consultora responsable de una ASV, con su respectiva lista de observaciones u objeciones o a su vez informes de aprobación de los productos.
Además el coordinador deberá brindar apoyo en la realización de actas de aceptación provisional de los trabajos entregados por las consultoras en coordinación con los administradores del contrato del MTOP y notificarles de posibles retrasos e inconformidades en los trabajos.
4.4 Recolección, integración de los trabajos y entrega de un documento final de recomendaciones
Como parte integral del trabajo el Consultor o Coordinador realizará la recopilación de los productos parciales y finales de cada estudio de ASV de cada equipo, y una vez aprobados procederá a consolidarlos en un único documento que servirá de base para la contratación del programa de mejoras y actuaciones viales. El coordinador deberá entregar los siguientes productos integrando los productos de cada ASV:
1. Documento final que agrupe todos los informes de las siete Auditorías de Seguridad Vial, consolidando las recomendaciones que se desprendan de cada ASV en un único documento para toda la RVE.
2. Una base de datos de los hallazgos para toda la RVE y sus respectivas recomendaciones (reformas geométricas, intervenciones en señalización, colocación xx xxxxxxxx, entre otros).
3. Una base de datos georeferenciada con el inventario de señalización vertical, horizontal y dispositivos de contención vial.
Para la estructuración de la base de datos georeferenciada el consultor deberá utilizar los siguientes parámetros:
• Proyección: UTM
• Datum Horizontal: WGS84
• Datum Vertical: Nivel Medio del Mar, Estación Mareográfica de La Libertad.
• Zona: 17 Sur
4.5 Supervisión del proceso de transferencia de tecnología
Existirán dos procesos de transferencia de tecnología e información: el primero consistirá en informar y capacitar a los responsables de las auditorías de seguridad vial sobre los formatos, formularios y metodologías que deberán seguir para realizar las auditorías de tal forma que se garantice su homogenidad. El segundo será el traspaso de tecnología y conocimientos que deberán realizar los encargados de las ASV hacia el personal del MTOP, en esta fase el coordinador definirá las temáticas en que los responsables de las ASVs deberán instruir al personal de cada dirección provincial.
Para la primera fase el consultor deberá proponer la metodología de xxxxxxxx y su cronograma de actividades, en coordinación con cada empresa consultora.
Además el Consultor deberá entregar un informe que contenga los siguientes temas:
➢ Soporte brindado en el proceso contractual de los equipos auditores.
➢ Aportes realizados con la experiencia profesional y sugerencias para el mejoramiento de la ubicación de accidentes de tránsito en los procesos de levantamiento de partes de accidentes, ya que actualmente no se ha logrado conformar una buena base de datos con la ubicación exacta e histórica de los accidentes de tránsito.
➢ Informe final del proceso nacional de ASV, debilidades, fortalezas y conclusiones.
5. CRONOGRAMA, PRODUCTOS E INFORMES A ENTREGAR
El contrato tendrá una duración máxima de 240 días, los mismos que estarán divididos en dos etapas:
Primera etapa: 30 días contados a partir de la suscripción del contrato, en la cual el consultor deberá entregar la siguiente información:
• Informe de Actividades al cabo de 10 días de la suscripción del contrato. En éste, se deberá presentar los documentos metodológicos específicos a ser aplicados en cada Zona de Planificación en las cuales se realizará las Auditorias de Seguridad, en los que se incluirá los trabajos a realizar, el número, formato y tipo de reuniones, visitas y otras
consideraciones. El MTOP revisará y dará observaciones o una aprobación a este Programa de Actividades en 10 días hábiles.
• Al culminar los 30 días el Consultor deberá entregar todos los documentos a nivel de propuesta mencionados en el acápite 4.3, para la aprobación respectiva por parte del MTOP.
Adicionalmente en esta fase el consultor deberá brindar durante el tiempo que dure la fase precontractual soporte técnico y apoyar a la Comisión Técnica en la evaluación de las ofertas de las siete auditorias de seguridad vial, con el alcance que el comité de evaluación del MTOP lo defina.
Segunda etapa: 210 días contados a partir de la contratación de las siete Auditorias de Seguridad Vial, en la cual el consultor deberá entregar la siguiente información:
• Un informe cada 30 días, el cual contendrá un reporte de avance de cada una de las consultorías, incorporando: las principales actividades realizadas, el grado de avance de cada una y el programa tentativo del siguiente mes. Se presentará un total de cinco (5) informes parciales. Los informes y productos se entregarán en dos copias tanto en físico como en digital.
• A los 20 días de terminadas todas las consultorías de ASV, el Consultor entregará los tres inventarios georeferenciados y a los 10 días de este producto entregará el informe final de consultoría y las recomendaciones, según el siguiente cronograma:
PRODUCTOS FECHA ENTREGA PRIMERA ETAPA | ||
1 | Documentos metodológicos específicos a ser aplicados en cada Zona de Planificación en las cuales se realizará las Auditorias de Seguridad | A los 10 días contados a partir de la suscripción del contrato. |
2 | Propuesta de formularios y de fichas de campo | A los 30 días contados a partir de la suscripción del contrato. |
SEGUNDA ETAPA | ||
3 | 1º Informe parcial | A los 30 días a partir de la contratación de las ASV. |
4 | 2º Informe parcial | A los 60 días a partir de la contratación de las ASV. |
5 | 3º Informe parcial | A los 120 días a partir de la contratación de las ASV. |
6 | 4º Informe parcial | A los 150 días a partir de la contratación de las ASV. |
7 | 5º Informe parcial | A los 180 días a partir de la contratación de las ASV. |
8 | Entrega de inventarios de los responsables | A los 210 días |
de las ASVs | ||
9 | Informe final integrado, base de datos y recomendaciones | A los 240 días |
6. PERFIL DEL PROFESIONAL
El Consultor será responsable del cumplimiento completo y oportuno de todas las actividades descritas anteriormente y deberá presentar el programa de trabajo.
Consultor principal. Deberá ser un técnico que posea tercer nivel de estudios y además se haya certificado en Auditorias de Seguridad Vial y contar con una experiencia mínima de 5 años en la preparación y evaluación de proyectos de seguridad vial, certificación en auditorías de seguridad vial, fiscalización de proyectos de transporte o de análisis especializado de tránsito y prevención de siniestros.
Personal de apoyo. Se deberá integrar a un equipo adicional de profesionales (mínimo 2) por un lapso no menor de 4 meses para que ayude al consultor principal a generar las fichas, definir los formatos y estándares y estructurar y homogenizar los informes y bases de datos finales.
Estos especialistas deberán tener la siguiente formación profesional:
• Ingeniero geógrafo experto en estructuración de bases de datos georeferenciada, y;
• Ingeniero civil experto en gestión del tráfico o diseño de carreteras.
7. PRESUPUESTO REFERENCIAL
El presupuesto referencial para esta consultoría es de SETENTA Y OCHO MIL DOLARES (USD 78.000,oo), sin incluir IVA.
Los pagos de los servicios de consultoría se realizarán con recursos fiscales del presupuesto de Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de acuerdo a lo establecido en estos pliegos y siguiendo la siguiente estructura:
• Anticipo del 50% previa entrega de la correspondiente garantía. El pago se realizará a la entrega-recepción de los productos.
8. METODOLOGÍA DE TRABAJO
El Consultor deberá proponer los diferentes aspectos metodológicos a tomar en cuenta en las diferentes fases de la consultoría.
9. MARCO LEGAL
En el proceso precontractual y contractual del desarrollo de la consultoría se deben considerar fundamentalmente disposiciones legales y reglamentarias contenidas en los siguientes documentos:
• Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento de aplicación,
• Ley de Compañías,
• Código Civil,
• Código del Trabajo,
• Leyes Tributarias,
• Ley del Seguro Social Obligatorio y,
• Resoluciones INCOP
10. ENTREGA DE INFORMACIÓN
El Ministerio de Transporte y Obras Públicas, MTOP, pondrá a disposición del Consultor la información que precise para la realización de su trabajo, que se encuentre disponible y accesible en el MTOP.
11. TERMINOS Y CONDICIONES GENERALES DE LA PROPUESTA
11.1 Propiedad de la propuesta
El MTOP puede hacer uso de la información producto de dicha consultoría tal como lo considere conveniente.
11.2 Sitio de trabajo y eventos
El consultor deberá tener una oficina sede en la ciudad de Quito, a la vez desarrollará actividades de campo en el territorio nacional, para la supervisión de los trabajos realizados por los equipos de auditores en cada región. En caso de la realización de los eventos el Consultor facilitará la realización de los mismos con su personal y el del MTOP.
12. MODELO DE CONTRATACIÓN
Este proceso de consultoría se lo realizará bajo lista corta de consultoría.
13. ADMINISTRACIÓN DE CONTRATO
La administración del presente contrato, estará a cargo del Director de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
14. GARANTÍAS
Se requiere para la contratación de esta consultoría garantía de buen uso del anticipo y de fiel cumplimiento de contrato de conformidad con lo establecido en LOSNCP y su Reglamento.
SECCION 4
Formulario Nº 1
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CARTA DE PRESENTACIÓN Y COMPROMISO
Arquitecto
Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx
VICEMINISTRO DE GESTIÓN DEL TRANSPORTE
Señor Subsecretario:
El (nombre del oferente), como (por mis propios derechos, en mi calidad de consultor, declara bajo juramento que:
1. Se compromete a suministrar el personal, equipo y materiales requeridos para realizar (objeto de la contratación).
2. La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado.
3. Declara, también, que la oferta la hace en forma independiente y sin conexión oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento de Lista Corta Consultoría y que, en todo aspecto, la oferta es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, xxxx y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará –directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable.
4. Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio.
5. Al presentar esta oferta, considera todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y tributarias vigentes.
6. Se allana, en caso de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en los numerales 2, 3, 4 y 5 que anteceden, a que la entidad contratante le descalifique como oferente, o proceda a la terminación unilateral del contrato, según sea el caso.
7. La propuesta se encuentra formulada de acuerdo a las exigencias y condiciones de los pliegos y documentos del concurso.
8. Ha procedido a estudiar los pliegos, inclusive los alcances emitidos, por lo que se encuentra satisfecho del conocimiento adquirido con relación a las obligaciones contractuales. Por consiguiente renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento de los pliegos.
9. Conoce que la (entidad contratante) podrá adjudicar, declarar desierto o cancelar el concurso, si así conviniere a los intereses nacionales e institucionales.
10. En caso de ser adjudicado, se compromete a suscribir el contrato de consultoría en un plazo de 15 días después de la adjudicación, previo el cumplimiento de los correspondientes requisitos.
11. Declara bajo juramento que se compromete expresamente a no ofrecer ningún pago, préstamo o servicio, entretenimiento de lujo, viajes u obsequios a ningún funcionario o trabajador de la Entidad Contratante, y acepta que en caso de violar este compromiso, estar dispuesto a que la Entidad Contratante, observando el debido proceso, dé por terminado en forma inmediata el contrato, que se suscribe como resultado de esta invitación a ofertar y se allana a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.
12. Así mismo declara, bajo juramento, que no está incurso en las inhabilidades para contratar previstas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP y 110 y 111 de su Reglamento General.
13. En el caso de que la consultoría demande realizar viajes el consultor deberá declarar estar disponible para realizar los mismos de acuerdo al cronograma establecido con el Ministerio de Transporte de Obras Públicas.
Lugar y Fecha
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
FORMULARIO No.2 MODELO PARA CIRRICULUM VITAE
1. Nombres completos:
2. Lugar y fecha de nacimiento:
3. Dirección domiciliaria:
Ciudad Provincia
4. Nacionalidad:
5. Conocimiento del idioma castellano (español):
Habla correctamente Si ( ) No ( ) Lee correctamente Si ( ) No ( )
Escribe correctamente 5. Primer Título profesional | Si ( ) No ( ) Universidad/Ciudad | Graduación d / m / a / / |
6. Títulos de postgrado | Universidad/Ciudad | Fecha |
d / m / a | ||
/ / | ||
/ / |
7. Cursos de especialización en aspectos similares con la actividad que desarrollará en relación con el proyecto
Desde Hasta
Nombre del evento Ciudad/País D/M/A D/M/A Horas
8. EXPERIENCIA PROFESIONAL GENERAL:
- Nombre de la actividad Descripción:
Entidad beneficiaria:
Dirección:
Tiempo de ejecución: Desde / / Hasta / / Nombre del Supervisor o Jefe:
- Nombre de la actividad Descripción:
Entidad beneficiaria:
Dirección:
Tiempo de ejecución: Desde / / Hasta / / Nombre del Supervisor o Jefe:
- Nombre de la actividad Descripción:
Entidad beneficiaria:
Dirección:
Tiempo de ejecución: Desde / / Hasta / / Nombre del Supervisor o Jefe:
9. EXPERIENCIA PROFESIONAL ESPECÍFICA EN ACTIVIDADES SIMILARES A LA CONSULTORIA REQUERIDA
- Nombre de la actividad Descripción:
Entidad beneficiaria:
Dirección:
Tiempo de ejecución: Desde / / Hasta / / Nombre del Supervisor o Jefe:
- Nombre de la actividad Descripción:
Entidad beneficiaria:
Dirección:
Tiempo de ejecución: Desde / / Hasta / / Nombre del Supervisor o Jefe:
- Nombre de la actividad Descripción:
Entidad beneficiaria:
Dirección:
Tiempo de ejecución: Desde / / Hasta / / Nombre del Supervisor o Jefe:
10. EXPERIENCIA COMO DOCENTE NO APLICA
11. EVENTOS DE CAPACITACION: NO APLICA
12. PUBLICACIONES: NO APLICA
13. Provincia en la que desea participar:
14. Conocimiento de la región en la que se ejecutará el proyecto
15. Declaro bajo juramento que me encuentro físicamente apto y con salud para desarrollar el trabajo de consultoría objeto del proceso de selección y que toda la información aquí consignada corresponde a la verdad.
Lugar y fecha (nombre y firma del Consultor)
Adjuntar copias simples de documentos de soporte: títulos, certificados, cartas de referencia, etc.
FORMULARIO No. 3
PLAN DE TRABAJO
ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGÍA DE TRABAJO
Contendrá, entre otros lo siguiente:
a) Desarrollo de objetivos, actividades, acciones, productos y metas;
b) Descripción del enfoque, alcance y metodología del trabajo que revele el conocimiento de las condiciones generales, locales y particulares del proyecto materia de la prestación del servicio de Consultoría;
c) Organigrama estructural del servicio propuesto; y,
d) Programa o programas de actividades, asignación de profesionales y asignación de tiempo.
NOTA:
El proponente desarrollará este formulario en las hojas que creyere conveniente manteniendo el mismo formato.
Lugar y Fecha
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
Formulario Nº 4
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CLC-03-CAV-MTOP-2012
OFERTA ECONÓMICA
COSTO TOTAL | MONTO DE PAGO USD dólares |
COSTOS DIRECTOS | |
COSTOS INDIRECTOS | |
TOTAL |
TOTAL: ---------------------------------------- (detallar el total en letras) dólares de los Estados Unidos de América, sin IVA.
Adjuntar detalle de costos directos e indirectos, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento General de la LOSNCP.
Lugar y Fecha
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
SECCION 5 APENDICES
INDICE
APENDICE 1: CERTIFICACION DE ELEGIBILIDAD DE CONSULTORES INDIVIDUALES
APENDICE 2: EVALUACION DEL DESEMPEÑO DEL CONSULTOR INDIVIDUAL
Apéndice 1
Hoja 1 de 1
PROCEDIMIENTO No. …………
SELECCIÓN Y CONTRATACION DE CONSULTOR INDIVIDUAL PARA ESTUDIOS Y DISEÑOS DE PROYECTOS DE PRE INVERSIÓN
CERTIFICACION DE ELEGIBILIDAD DE CONSULTORES INDIVIDUALES
(Internacionales o nacionales)
A fin de cumplir con los REQUISITOS DE ELIGIBILIDAD para mi contratación como consultor individual, Internacional ( ) o Nacional ( ), profesional o experto del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, que se encuentra financiada con recursos provenientes del Banco Interamericano de Desarrollo, CERTIFICO QUE:
1. Soy ciudadano o residente permanente "bona fide" del siguiente país miembro del Banco: Ecuador. Se entiende por residente "bona fide" toda persona que tenga domicilio establecido en un país miembro del BID, que esté en situación de trabajar en él, fuera del status de funcionario internacional.
2. No tengo relación familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad, inclusive, y segundo de afinidad, inclusive, con empleado alguno del Ministerio de Transporte y Obras Públicas que este directa o indirectamente involucrado con cualquier parte de: i) la preparación de los TR del contrato, ii) el proceso de selección de dicho contrato; o iii) con la supervisión de dicho contrato.
3. Mantendré al mismo tiempo un solo cargo a tiempo completo financiado con recursos del BID y sólo facturaré a un proyecto por tareas desempeñadas en un solo día.
4. Si fui miembro del personal del BID dentro de los dos últimos años, no participé directa o principalmente en la operación a la que se encuentra vinculada la contratación de estos servicios de consultoría.
5. Proporcionaré asesoría imparcial y objetiva y no existen conflictos de intereses para aceptar esta contratación.
6. No pertenezco a la planta regular o temporal de la institución prestataria (organismo ejecutor) o beneficiaria (Ministerio de Transporte y Obras Públicas). No he pertenecido a dicha(s) institución(es) a la fecha de selección del consultor.
Queda entendido que cualquier información falsa o equívoca en relación con estos requerimientos de elegibilidad tornará nulo y sin efecto mi contrato y no tendré derecho a remuneraciones.
Nombre y firma del consultor
Lugar y Fecha:
PROCEDIMIENTO No.
SELECCIÓN Y CONTRATACION DE CONSULTOR INDIVIDUAL PARA ……….
Apéndice 2
Hoja 2 de 2
EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO DEL CONSULTOR INDIVIDUAL
NIVEL GENERAL DE DESEMPEÑO: (encierre en un círculo el número que mejor describa el nivel de desempeño) | |||||
1 Fue inadecuado | 2 Resultó en un nivel más bajo que el requerido | 3 Fue en concordancia con lo requerido | |||
4 Resultó en un nivel más alto que el requerido | 5 Resultó en un trabajo excepcional, un nivel no obtenido frecuentemente | ||||
Comentario adicional, incluyendo grado de supervisión exigido. | |||||
Recomendaría la contratación del Consultor? | |||||
En la misma área? | SI | NO | En distinta área? | SI | NO |
Especificar: |
EVALUADOR
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
Los términos de referencia constituyen parte integrante del contrato;
El plan de trabajo es preparado por el Consultor y sometido a la aprobación del Supervisor al iniciar las actividades. El mismo incluye información sobre el alcance del trabajo, las etapas a cumplir, la metodología a utilizar, los informes periódicos a presentar.
FORMATO DE CONTRATO
(Debe ser elaborado por la entidad) PROYECTO DE CONTRATO
COMPARECIENTES
Intervienen en la celebración del presente contrato, por una parte LA (entidad contratante), legalmente representada por (Máxima autoridad), (Nombre) y por otra, la consultora (si es persona natural por sus propios derechos), (si es persona jurídica nacional o extranjera nombre del representante legal o apoderado, según el caso), (asociación de consultoras nacionales o extranjeras nombre de la asociación), representada por… nombre del representante, en su calidad de representante o procurador común), los mismos que para efectos del presente contrato se denominarán La “(entidad contratante)” y "LA CONSULTORA", respectivamente, al tenor de las siguientes cláusulas:
Cláusula Primera.- ANTECEDENTES
1.01.- La máxima autoridad (designación o cargo) de la entidad contratante, mediante resolución No. …de fecha…aprobó los pliegos y demás documentos del concurso.
1.02.- La invitación al procedimiento de Lista Corta para (objeto de la contratación), publicada en la página Web del Ministerio de Transporte y Obras Públicas el día … de (mes) de (año), (y sus alcances).
1.03.- El acta de cierre de presentación de ofertas de fecha….
1.04.- El memorando No…. de… que contiene el informe y recomendación de la Comisión Técnica de Consultoría del (entidad contratante) sobre el proceso de calificación de oferentes del Lista Corta…, para contratar los (objeto de la contratación).
1.05.- El acta de negociación suscrita el (día) de (mes) de (año), entre la Comisión Técnica de Consultoría y el representante de la (Consultora).
1.06.- El Director Financieros de (entidad contratante), con Memorando No…., de (día) de (mes) de (año), certifica la existencia xx xxxxxxx presupuestaria y disponibilidad actual y futura de los recursos económicos para el financiamiento de este contrato.
1.07.- La resolución de adjudicación realizada por la máxima autoridad (designación o cargo) de fecha… notificada al el día ,
1.08.- Con memorando No…., (día) de (mes) de (año), (Máxima Autoridad) dispone la elaboración del presente contrato.
Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO
2.01.- Forman parte integrante del presente contrato los siguientes documentos:
a) Los que acrediten la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el contrato.
b) Copia certificada de la Escritura Pública de Constitución de… (nombre de la consultora, si es persona jurídica) o Copia certificada de la escritura pública que contenga el contrato de asociación de las consultoras y designación de Procurador Común (en el caso de que el contrato sea con una asociación de consultoras)
c) Copia certificada del Poder o, nombramiento de representante legal… (nombre), en su calidad de… de la consultora.
d) Copia certificada de la Comunicación Número…de… (fecha) mediante la cual se notificó con la resolución de Adjudicación del contrato.
e) El Acta de Negociación de la oferta técnico-económica.
f) Certificado actualizado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías.
g) Certificado actualizado de Cumplimiento de Obligaciones con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
h) Los Pliegos, preguntas, respuestas, aclaraciones y anexos.
i) Las ofertas técnica y económica
j) Las garantías presentadas por la Consultora y aceptadas por (entidad contratante).
Cláusula Tercera.- INTERPRETACIÓN Y DEFINICIÓN DE TERMINOS
Los términos del Contrato deben interpretarse en un sentido literal y obvio, en el contexto del mismo, y cuyo objeto revele claramente la intención del contratante. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas:
3.01.- Cuando los términos están definidos y son claros, se atenderá su tenor literal.
3.02.- Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes.
3.03.- En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la codificación del Código Civil, De la Interpretación de los Contratos.
3.04.-De existir contradicciones entre el Contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del Contrato. De existir contradicciones entre los documentos del Contrato, será la (Entidad Contratante) la que determine la prevalencia de un texto, de conformidad con el objeto contractual.
Cláusula Cuarta.- : OBJETO DEL CONTRATO
4.01.- El Consultor, se obliga para con la (entidad contratante) a prestar los (objeto de la contratación). Los trabajos se realizarán bajo la supervisión y coordinación del Administrador del Contrato y de acuerdo a los documentos que se indican en la cláusula Segunda.
Cláusula Quinta.- OBLIGACIONES DE LA CONSULTORA
En virtud de la celebración del contrato, la Consultora se obliga para con (entidad contratante) a prestar servicios de (DEFINIRÁ LA ENTIDAD CONTRATANTE) y todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del objeto de la Consultoría, de conformidad con la oferta
negociada, los términos de referencia, las condiciones generales y especiales y los demás documentos contractuales.
5.01.- Personal asignado al proyecto: Para el cumplimiento de los servicios de Consultoría, la Consultora ocupará durante la vigencia del contrato, al personal indicado en su oferta negociada, conforme al cronograma de actividades aprobado.
5.02.- Sustitución del personal: Dicho personal no podrá ser sustituido sin la previa autorización por escrito del Administrador del Contrato.
En caso de cambio de personal, los nombres, calificación y tiempo de servicio de los profesionales que la Consultora asigne al proyecto, serán sometidos previamente a la aprobación y aceptación de la (ENTIDAD CONTRATANTE). En todo caso su calificación no podrá ser menor a la que corresponde al personal a sustituirse.
5.03.- Sustitución obligatoria del personal: A solicitud de (ENTIDAD CONTRATANTE), fundamentada en la ineficiencia comprobada del personal, la Consultora, a su costo, deberá cambiar uno o más de los profesionales asignados al proyecto, o de sus empleados o trabajadores.
5.04.- Personal adicional: En caso de que la Consultora necesite personal adicional al indicado en su oferta técnico-económica, solicitará a la (ENTIDAD CONTRATANTE) su aprobación. Igualmente para efectuar cualquier cambio en la estructura del cuadro del personal, la Consultora deberá solicitar previamente autorización del Administrador del Contrato.
Cláusula Sexta.- ALCANCE DE LOS TRABAJOS
6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD).
La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)
Cláusula Séptima.- OBLIGACIONES DE (entidad contratante)
7.01.- Son obligaciones de la entidad contratante, a parte de las establecidas en otras cláusulas del contrato y sus anexos, las siguientes:
a) Cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato, y en los documentos del mismo, en forma ágil y oportuna.
b) Dar solución a los problemas que se presenten en la ejecución del contrato, en forma oportuna.
c) De ser necesario, tramitar los contratos complementarios que sean del caso.
d) Las demás, propias de cada contrato.
Cláusula Octava.- PLAZO
8.01.- LA CONSULTORA deberá entregar la totalidad del trabajo, materia del presente contrato de servicios de consultoría a través de un Informe Final, en el plazo de……….. (Definirá la Entidad Contratante).
Cláusula Novena.- PRÓRROGA DE PLAZO
9.01 La (entidad contratante) podrá extender el plazo de vigencia del presente contrato solo en los casos que se indican a continuación, a solicitud de LA CONSULTORA en un término de hasta dos (2) días de suscitado el evento o cuando de los hechos se evidencie tal necesidad:
a) Por caso fortuito o fuerza mayor aceptado por la (entidad contratante), en los términos establecidos en el artículo 30 del Código Civil.
b) Cuando se suspendan los trabajos o se cambien las actividades previstas en el cronograma por orden de la (entidad contratante) y que no se deban a causas imputables a LA CONSULTORA.
Al aceptar la prórroga, la (entidad contratante) definirá su duración y la incorporación de un nuevo cronograma que sustituirá al original o precedente, que deberá ser suscrito por las partes, y tendrá el mismo valor contractual del sustituido.
Cláusula Décima.- VALOR TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO
10.01.- El monto total de los servicios de consultoría objeto del presente contrato es de (Monto en letras) dólares de los Estados Unidos de América (USD monto en números).
El valor estipulado en el numeral anterior será pagado por la (entidad contratante) a LA CONSULTORA de la siguiente forma:
El ( %) del valor total estimado del presente Contrato, esto es la suma de
(cantidad en números y letras) en calidad de anticipo (de ser el caso), luego de la suscripción del presente Contrato, una vez que LA CONSULTORA haya presentado la correspondiente garantía por anticipo, prevista en la LOSNCP, por igual valor y a satisfacción de la (entidad contratante). El anticipo será amortizado durante el tiempo de vigencia del contrato.
El valor restante se pagará de acuerdo a los pliegos.
La entrega del anticipo deberá ocurrir dentro de los quince días (15) calendario posteriores a la suscripción del contrato.
La forma de pago puede hacerse también bajo la modalidad de pago único o por pagos, mensuales, sucesivos, por fases o por producto.
Será responsabilidad de la (ENTIDAD CONTRATANTE) efectuar las retenciones a que hubiere lugar y emitir los comprobantes correspondientes.
Cláusula Décima Primera.- REAJUSTE DE PRECIOS
11.01.- El valor del anticipo y de las planillas de ejecución de los servicios, se reajustarán si se produjeren variaciones en los componentes de los precios unitarios estipulados, desde la fecha de variación, acorde con o establecido en los artículos 142 y 143 del Reglamento General de la LOSNCP. Se aplicará la siguiente fórmula general:
Pr = Po (IPC1 / IPCo)
Donde:
Pr = valor reajustado del anticipo o de la planilla
Po= valor del anticipo, o de la planilla de avance descontada la parte proporcional del anticipo
IPCo= Índice general de precios al consumidor a nivel nacional publicado por el INEC vigente a la fecha de presentación de la oferta.
IPC1= Índice general de precios al consumidor a nivel nacional publicado por el INEC vigente a la fecha de pago del anticipo o de las planillas de avance.
La relación IPC1 / IPCo siempre deberá ser mayor a 1 para que sea aplicable el reajuste de precios.
En caso de que algún componente del contrato haya sido negociado como comprobable y reembolsable, este deberá ser excluido del valor Po.
El anticipo se reajustará aplicando el procedimiento indicado, cuando hayan transcurrido más de noventa días entre la fecha de presentación de la oferta y la fecha de entrega efectiva del anticipo, cuando el atraso no sea imputable al consultor.
En caso xx xxxx o retardo en la presentación de cada planilla, imputable al consultor, se reconocerá el reajuste de precios a la fecha en que debió presentarla, de conformidad con el cronograma vigente.
En caso xx xxxx de la entidad contratante en el pago de planillas, éstas se reajustarán hasta la fecha en que se las cubra, por lo cual no causarán intereses.
La Consultora presentará la planilla con los precios contractuales y la planilla de reajuste, esta última calculada con el índice de precios disponible a la fecha de su presentación. Una vez que se publique el índice de precios del mes en el que se efectuó el pago de esa planilla o del anticipo, el consultor presentará la planilla de reliquidación del reajuste, que será pagada en el plazo máximo de 15 días de su presentación. Cuando se cuente con los índices definitivos a la fecha de pago de la planilla principal, el consultor presentará la planilla de reajuste.
Cláusula Décima Segunda.- MULTAS
12.01.- Por cada día de retardo en la entrega (del objeto producto de la consultoría) LA CONSULTORA, se obliga a pagar la cantidad de… (Fijará la entidad contratante, no menor al uno por mil (1x1000) del monto total reajustado del contrato).
Si el valor de las multas excede del 5% del monto total del contrato, LA ENTIDAD CONTRATANTE, podrá darlo por terminado anticipada y unilateralmente el contrato. Las multas impuestas no serán revisadas, ni devueltas por ningún concepto.
Cláusula Décima Tercera.- ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
13.01.- La (entidad contratante) designa como “Administrador del Contrato” a , persona con quien LA CONSULTORA, deberá canalizar y coordinar todas y cada una de las obligaciones contractuales aquí convenidas.
El Administrador de este Contrato, queda autorizado para realizar las gestiones inherentes a su ejecución, incluyendo aquello que se relaciona con la aceptación o no de los pedidos de prórroga que puede hacer el Contratista, así como velará por la vigencia de las garantías previstas en el presente instrumento.
El Administrador será el encargado de velar por el cumplimiento de las normas legales y compromisos contractuales por parte de la Consultora, y la administración de las garantías, durante todo el periodo de vigencia del contrato.
Respecto de su gestión reportará a (la máxima autoridad) de la (entidad contratante), debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato.
Tendrá bajo su responsabilidad la aprobación de los informes que emita LA CONSULTORA y suscribirá las actas que para tales efectos se elaboren.
Cláusula Décima Cuarta.- GARANTÍAS
14.01.- Garantía de fiel cumplimiento del contrato: Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por obligaciones que contrajera a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el Consultor, antes o al momento de celebrar el contrato rendirá una garantía por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del de acuerdo con los artículos 73 y 74 de la LOSNCP y 117 de su Reglamento General.
14.02.- Garantía del Buen Uso del Anticipo: Para garantizar el anticipo que la contratante le otorga, LA CONSULTORA entregará a favor de la contratante, en forma previa a recibirlo, una garantía de las señaladas en los artículos 73 y 75 de la LONSCP, por un monto equivalente al total del mencionado anticipo.
14.03.- Renovación de las Garantías: LA CONSULTORA se compromete a mantener vigentes las garantías mencionadas mientras subsistan sus obligaciones contractuales. Al efecto, serán renovadas a más tardar cinco (5) días hábiles antes de su vencimiento, caso contrario, la entidad contratante solicitará al garante que haga efectivo su valor.
14.04.- Devolución de las Garantías: Una vez que se haya producido la recepción definitiva, real o presunta de los trabajos de Consultoría, se procederá a la devolución de la totalidad de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
La garantía de buen uso del anticipo se devolverá cuando éste haya sido devengado en su totalidad.
14.05.- Ejecución de las garantías:
14.05.01 De fiel cumplimiento: La ejecución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato procede en los siguientes casos:
• Cuando la (entidad contratante) declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato por causas imputables al Consultor;
• Si LA CONSULTORA no la renovase a más tardar cinco (5) días hábiles antes de su vencimiento; y,
• Cuando un juez competente disponga su retención o pago por obligaciones a favor de terceros, relacionadas con el contrato de Consultoría, no satisfechas por el Consultor.
14.05.02 De buen uso de anticipo: La garantía que asegura el buen uso del anticipo será ejecutada, en caso de que la Consultora no pague a la ENTIDAD CONTRATANTE el saldo adeudado, después xx xxxx días de notificado con la
liquidación del contrato.
Cláusula Décima Quinta.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS
15.01.- Si por causas imprevistas o técnicas, debidamente justificadas fuere necesario ampliar, modificar o complementar el alcance de este contrato, la ENTIDAD CONTRATANTE podrá celebrar los contratos complementarios que se requieran siempre la suma total de los valores de los contratos complementarios no exceda del 70 % del valor actualizado o reajustado del contrato principal a la fecha en que la (ENTIDAD CONTRATANTE) resuelva la realización del contrato complementario. Esta actualización se hará aplicando la fórmula de reajuste de precios que consten en los respectivos contratos principales.
El contratista deberá rendir garantías adicionales de conformidad con la ley.
Cláusula Décima Sexta.- ACTA DE ENTREGA- RECEPCION
16.01.- La entidad contratante podrá, dentro del término de 10 días contados a partir de la solicitud de recepción del contratista, negarse a recibir el servicio, (objeto de la consultoría) por razones justificadas, relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas por el contratista. La negativa se notificará por escrito al contratista y se dejará constancia de que la misma fue practicada.
Vencido el término previsto en el párrafo anterior sin que la entidad contratante objetare la solicitud de recepción ni formulare observaciones al cumplimiento del contrato, operará, sin más trámite, la recepción de pleno derecho, para lo cual el consultor notificará por intermedio de un Juez de lo Civil o un notario público.
Una vez que se hayan terminado todos los trabajos previstos en el contrato, el consultor entregará a la entidad contratante el informe final provisional; cuya fecha de entrega servirá
para el cómputo y control del plazo contractual. La entidad contratante dispondrá del término de
….. (15) días para la emisión de observaciones y el consultor de … (15) días, adicionales para absolver dichas observaciones y presentar el informe final definitivo. El acta de recepción definitiva será suscrita por las partes, en el plazo previsto en el contrato, siempre que no existan observaciones pendientes en relación con los trabajos de consultoría y el informe final definitivo del estudio o proyecto de conformidad con el artículo 123, inciso tercero del Reglamento General.
Cláusula Décima Septima.-LABORAL
17.01.- LA CONSULTORA asume de forma exclusiva la responsabilidad del cumplimiento de las obligaciones patronales, y tributarias establecidas en el Código del Trabajo, la Ley de Seguridad Social y Reglamentos que rigen al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social – IESS, la Ley Orgánica del Régimen Tributario Interno y su Reglamento, y demás leyes conexas. En consecuencia, la (ENTIDAD CONTRATANTE) está exenta de toda obligación respecto del personal de LA CONSULTORA. Sin perjuicio de lo cual, la (ENTIDAD CONTRATANTE) ejercerá el derecho de repetición que le asiste en el caso de ser obligada al pago de cualquier obligación, ordenado por autoridad competente.
Cláusula Décima Octava.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO 18.01.- El Contrato termina:
1. Por cabal cumplimiento de las obligaciones contractuales.
2. Por mutuo acuerdo de las partes, en los términos del artículo 93 de la LOSNCP.
3. Por sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la resolución del mismo a pedido del CONTRATISTA.
4. Por declaración anticipada y unilateral de la CONTRATANTE, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se incluirán las siguientes causales:
4.1 Si el CONTRATISTA no notificare a la CONTRATANTE acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación.
4.2 Si la CONTRATANTE, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del CONTRATISTA.
5. Por [muerte del CONTRATISTA] / [disolución de la persona jurídica contratista, que no se origine en decisión interna voluntaria de los órganos competentes de tal persona jurídica].
6. Por causas imputables a la CONTRATANTE, de acuerdo a las causales constantes en el artículo 96 de la LOSNCP.
El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP.
Cláusula Décimo Novena.- CONFIDENCIALIDAD
19.01.- La (entidad contratante) y LA CONSULTORA convienen en que toda la información que llegue a su conocimiento de la otra parte, en razón de la ejecución del presente contrato será considerada confidencial o no divulgable. Por lo tanto, estará prohibida su utilización en beneficio propio o de terceros o en contra de la dueña de tal información.
El incumplimiento de esta obligación será causal para dar por terminado este contrato, y quedará a criterio de la parte afectada el iniciar las acciones correspondientes por daños y perjuicios.
LA CONSULTORA y/o cualquiera de sus colaboradores quedan expresamente prohibidos de reproducir o publicar la información del proyecto materia del contrato, incluyendo coloquios, exposiciones, conferencias o actos académicos, salvo autorización por escrito de (entidad contratante).
Xxxxxxxx Xxxxxxxx.- RESPONSABILIDAD
20.01.- El CONSULTOR es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la Ley, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador.
Cláusula Vigésima Primera.- PROHIBICIÓN DE CEDER EL CONTRATO
21.01.- EL CONSULTOR está prohibido de ceder en forma alguna, ni la totalidad ni parte de este contrato.
Cláusula Vigésima Segunda.- DE LA SUBCONTRATACIÓN
22.01.- EL CONSULTOR únicamente podrá subcontratar, conforme a lo establecido en el artículo 79 de la LOSNCP.
La subcontratación de servicios de apoyo previstos en la negociación, podrán subcontratarse en los términos del artículo 35 del Reglamento General.
Cláusula Vigésima Tercera.- DIVERGENCIAS Y CONTROVERSIAS
(SI SE OPTA POR ALGÚN MEDIO DE JURISDICCIÓN CONVENCIONAL, SE UTILIZARÁN LAS SIGUIENTES CLÁUSULAS)
23.01.- Si se suscitaren divergencias o controversias en la interpretación o ejecución del presente contrato, cuando las partes no llegaren a un acuerdo amigable directo, podrán utilizar los métodos alternativos para la solución de controversias en el Centro de Mediación y Arbitraje (poner nombre del Centro).
Para que proceda el arbitraje en derecho, debe existir previamente el pronunciamiento favorable del Procurador General del Estado, conforme el artículo 000 xx xx Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx.
23.02.- Convenio Arbitral: Las partes acuerdan someter las controversias relativas a este contrato, su ejecución, liquidación e interpretación a arbitraje y mediación y se conviene en lo siguiente:
23.03.- Mediación; Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, a su ejecución, liquidación e interpretación, será resuelta con la asistencia de un mediador del Centro de Mediación de.... en el evento de que el conflicto no fuere resuelto mediante este procedimiento, las partes se someten al Arbitraje de conformidad con las siguientes reglas:
23.04.- Arbitraje:
1. El arbitraje será en Derecho;
2. Las partes se someten al Centro de Arbitraje de…;
3. Serán aplicables las disposiciones de la Ley de Arbitraje y Mediación, y las del reglamento del Centro de Arbitraje de …
4. El Tribunal Arbitral se conformará por un árbitro único o de un número impar según acuerden las partes. Si las partes no logran un acuerdo, el Tribunal se constituirá con tres árbitros. El procedimiento de selección y constitución del Tribunal será el previsto en la Ley y el Reglamento del Centro…..
5. Los árbitros serán abogados y preferiblemente con experiencia en el tema que motiva la controversia. Los árbitros nombrados podrán no pertenecer a la lista de árbitros del Centro;
6. Los asuntos resueltos mediante el laudo arbitral tendrán el mismo valor de las sentencias de última instancia dictadas por la justicia ordinaria;
7. La legislación ecuatoriana es aplicable a este Contrato y a su interpretación, ejecución y liquidación;
8. La sede del arbitraje es la ciudad de….; y,
9. El idioma del arbitraje será el Castellano
(SI SE OPTA POR LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSA, SE UTILIZARÁ LA SIGUIENTE CLÁUSULA)
23.01.- Si respecto de la divergencia o divergencias existentes no existiere acuerdo, las partes deciden someterlas al procedimiento establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; en este caso, será competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la Entidad del sector público; y, respecto de las entidades de derecho privado estas recurrirán ante la justicia ordinaria. (Para este numeral, los pliegos se ajustarán dependiendo de la condición jurídica de
la entidad contratante).
(CLÁUSULA OBLIGATORIO EN CUALQUIERA DE LAS OPCIONES)
23.XX.- La legislación aplicable a este Contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el Contratista renuncia a utilizar la vía diplomática para todo reclamo relacionado con este Contrato. Si el Contratista incumpliere este compromiso, la Contratante podrá dar por terminado unilateralmente el contrato y hacer efectiva las garantías.
Cláusula Vigésima Cuarta.- DERECHOS Y GASTOS NOTARIALES
24.01.- La (entidad contratante) retendrá de cada pago que haga al Consultor el porcentaje correspondiente al impuesto a la renta.
Será de cuenta de la Consultora, el pago de los gastos notariales, de protocolización. Cláusula Vigésima Quinta.- LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS 25.01.- Los servicios que son objeto del presente Contrato, se los ejecutará en….
LA CONSULTORA deberá mantener una oficina en la ciudad de (…) y que permita la coordinación con (entidad contratante).
Cláusula Vigésima Sexta.- ESTIPULACIONES GENERALES
26.01.- El presente contrato es intransferible y no podrá cederse a terceras personas ni total ni parcialmente, en conformidad con lo que disponen los artículos 78 de la LOSNCP. La subcontratación podrá efectuarse de conformidad con lo previsto en el inciso segundo del artículo 79 de la Ley ibídem y 120 del Reglamento General.
26.02.- Será de responsabilidad de LA CONSULTORA todo pago que deba hacer a terceros subcontratados en la ejecución parcial del contrato o en la elaboración de servicios especializados o trabajos técnicos, según lo previsto en los Términos de Referencia.
26.03.- La propiedad material de todos los informes que se produzcan durante la ejecución de LOS SERVICIOS DE CONSULTORÍA objeto de este Contrato serán de la (ENTIDAD CONTRATANTE). LA CONSULTORA podrá referirse a ellos o citarlos como antecedentes de su actividad técnica y profesional, o para publicaciones científicas.
26.04.- Los resultados de la ejecución de LOS SERVICIOS DE CONSULTORÍA no podrán ser utilizados por la (entidad contratante) o cualquier institución que tome a su cargo la prosecución o ejecución del proyecto sobre el cual versan los servicios, mientras no se haya suscrito el Acta de Entrega recepción única de los servicios y no se haya pagado a LA CONSULTORA la totalidad del valor estipulado en el presente contrato; sin embargo, la (entidad contratante) sí podrá utilizar la información parcial que hubiese recibido y por la cual hubiese pagado su valor.
26.05.- Todos los informes y cualquier otra información anterior o que se genere como resultado de la ejecución del presente contrato serán de propiedad exclusiva de la (entidad contratante), en los términos previstos en la Ley de Propiedad Intelectual.
Cláusula Vigésima Séptima.- DOMICILIO, JURISDICCIÓN Y PROCEDIMIENTO
27.01.- Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio (entidad contratante).
Las controversias deben tramitarse de conformidad con la Cláusula Vigésima Tercera de este contrato.
Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:
(Entidad Contratante)………………….. Teléfono ………...
(Consultor) ....................................................................