AGENTES Y REPRESENTANTES DEL BANCO Cláusulas de Ejemplo

AGENTES Y REPRESENTANTES DEL BANCO. Dentro de los canales que el BANCO pone a disposición del CLIENTE se encuentra la red de Agentes del BANCO sujetos al régimen general de agentes de entidades de crédito de acuerdo con el Real Decreto 1245/1995, de 14 de julio. De conformidad con la legislación aplicable en España, todos los Agentes del BANCO se encuentran debidamente inscritos en el registro administrativo a cargo del Banco de España. La información actualizada acerca de la red de agentes del BANCO se puede encontrar en el sitio web del BANCO (xxx.xxxxxxx.xx, en el tablón de anuncios, información pre-contractual).
AGENTES Y REPRESENTANTES DEL BANCO. El BANCO, entre otros canales, potencialmente podrá poner a disposición del CLIENTE el acceso a sus servicios a través de su red de Agentes. Los Agentes del BANCO estarán sujetos al régimen general de agentes de entidades de crédito de acuerdo con el Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 10/2014, de 26 xx xxxxx, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito., e inscritos en el registro administrativo público a cargo del Banco de España. La información actualizada acerca de la red de agentes del BANCO se puede encontrar en el sitio web del BANCO (xxx.xxxxxxxx.xxx, en los apartados relativos al tablón de anuncios y de información pre-contractual)..
AGENTES Y REPRESENTANTES DEL BANCO. ANDBANK ESPAÑA, S.A.U. • Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, xx 00 - 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de Banco de España: 1544, R. M. de Madrid T. 31.181, F. 115, S. 8 H. M-561.208, Insc. 1 Dentro de los canales que el BANCO pone a disposición del CLIENTE se encuentra la red de Agentes del BANCO sujetos al régimen general de agentes de entidades de crédito de acuerdo con el Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 10/2014, de 26 xx xxxxx, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito. De conformidad con la legislación aplicable en España, todos los Agentes del BANCO se encuentran debidamente inscritos en el registro administrativo a cargo del Banco de España. La información actualizada acerca de la red de agentes del BANCO se puede encontrar en el sitio web del BANCO (xxx.xxxxxxx.xx, en el tablón de anuncios, información pre- contractual).
AGENTES Y REPRESENTANTES DEL BANCO. Dentro de los canales que el BANCO pone a disposición del CLIENTE se encuentra la red de Agentes del BANCO sujetos al régimen general de agentes de entidades de crédito de acuerdo con el Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 10/2014, de 26 xx xxxxx, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito. De conformidad con la legislación aplicable en España, todos los Agentes del BANCO se encuentran debidamente inscritos en el registro administrativo a cargo del Banco de España. La información actualizada acerca de la red de agentes del BANCO se puede encontrar en el sitio web del BANCO xxxxx://xxx.xxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx-xxxxx/xxxxxxxxxxxxx- bancaria/. El BANCO está autorizado para prestar servicios bancarios y, en general, financieros, de conformidad con la legislación aplicable vigente, con su objeto social y su programa de actividades. Dichos servicios se prestarán a través de (i) la red de oficinas, (ii) de sus agentes o representantes, (iii) de Internet, (iv) del servicio telefónico así como de cuantos medios telemáticos y redes de comunicación el BANCO pueda establecer en el futuro. Con independencia de las demás estipulaciones generales y particulares del presente CONTRATO MARCO o de cuantos contratos o documentos suscriba el CLIENTE en relación con cada uno de los productos o servicios contratados, la presente estipulación regula expresamente las condiciones de acceso a los servicios del BANCO a través de aplicaciones basadas en Internet (“web”) y/o de su servicio telefónico de atención al CLIENTE (“Call Center”), así como de aquellos otros canales basados en procesos y redes de comunicación telemática que en el futuro pueda desarrollar el BANCO (en lo sucesivo, en general, Canales a Distancia).
AGENTES Y REPRESENTANTES DEL BANCO. Dentro de los canales que el BANCO pone a disposición del CLIENTE se encuentra la red de Agentes del BANCO sujetos al régimen general de agentes de entidades de crédito de acuerdo con el Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 10/2014, de 26 xx xxxxx, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito. De conformidad con la legislación aplicable en España, todos los Agentes del BANCO se encuentran debidamente inscritos en el registro administrativo a cargo del Banco de España. La información actualizada acerca de la red de agentes del BANCO se puede encontrar en el sitio web del BANCO xxxxx://xxx.xxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx-xxxxx/xxxxxxxxxxxxx-xxxxxxxx/.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.