AMBITO DE APLICACIÓN. a) Condiciones Generales: Las siguientes CONDICIONES GENERALES se aplicarán a todos y cada uno de los PRODUCTOS Y SERVICIOS BANCARIOS que brinde EL BANCO a EL CLIENTE; así como a todas las otras operaciones y transacciones propias de la actividad bancaria, aún cuando no estén contempladas en el presente acuerdo como un servicio bancario, siempre y cuando las mismas no prevean sus propias condiciones generales, en cuyo caso podrán ser aplicadas de forma subsidiaria.
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