Almacenamiento Cláusulas de Ejemplo

Almacenamiento. Es el conjunto de tareas y requisitos para la correcta conservación de insumos y productos terminados.
Almacenamiento. (A) No tenemos obligación. Almacenaremos los bienes embarga- dos. Podemos almacenar, pero no tenemos la obligación de al- macenar, los bienes trasladados tras el desalojo por decreto ju- dicial, la devolución o el abandono del apartamento. (B) Responsabilidad. No somos responsables de pérdidas, daños o robos, excepto en casos de bienes retirados bajo un embargo contractual. (C) Cargos que deben pagar usted(es). Usted(es) deberá(n) pagar nuestros honorarios razonables por embalar, trasladar, alma- cenar y vender cualesquiera bienes. (D) Nuestro embargo. Nuestro embargo de todos los bienes trasladados y almacenados será por todas las sumas que nos adeuda(n) usted(es) tras el desalojo por decreto judicial o la devolución o el abandono del apartamento—con una sola ex- cepción: nuestro embargo sobre los bienes contemplados en la sección 54.042 del Código de Propiedad de Texas se limita a costos de embalaje, traslado y almacenamiento.
Almacenamiento. Si el Cliente no acepta la entrega de los Productos, sin perjuicio de la cláusula 5.2, y excepto cuando dicha falla o demora sea causada por un evento de Fuerza Mayor (como se define en la cláusula 14), el Vendedor puede almacenar los Productos hasta que se realice la entrega y cobrar al Cliente todos los costos y gastos relacionados (incluido el seguro).
Almacenamiento. Xxxxxxx puede almacenar los Productos, la Documentación y el Software en un local de un tercero que designe, por cuenta del Cliente si este, por sus actos u omisiones, retrasa el envío. Con el almacenamiento de los Productos, de la Documentación y del Software en el local, la entrega se considera completada, y el riesgo y la titularidad de los Productos y de la Documentación pasarán al Cliente. Esta Cláusula 3.4 no se aplica a Productos, Documentación y Software que Xxxxxxx o una de sus Empresas de Grupo exporte desde los Estados Unidos.
Almacenamiento. En caso de acuerdo, Smurfit Kappa almacenará los productos, tras su fa- bricación y hasta el envío al cliente, en sus instalaciones o en las de un tercero contratado. Cuando se acuerde algo distinto en un caso particular, la duración máxima de almacenamiento será de 90 días. En caso de que un producto siga estando en el almacén de Smurfit Kappa una vez trans- currida la duración máxima de almacenamiento y sin que el cliente lo retire o pida y se le entregue de manera adecuada, el cliente deberá pagar este producto al precio vigente en ese momento. Las partes acordarán si el producto en cuestión debe entregarse al cliente o si Smurfit Kappa debe seguir almacenándolo a cambio de una retribución adecuada.
Almacenamiento. El agua filtrada con la solución clorada deberá almacenarse en un reservorio principal con un volumen mínimo de 77 000 m3. Esta unidad deberá servir como cámara de contacto de cloro. Toda la estructura del reservorio deberá ser de concreto armado. Para el diseño de todas las unidades de tratamiento se deberá tener en cuenta el caudal de producción de la planta y las pérdidas de agua, así como el consumo interno de la planta.
Almacenamiento. El acero será almacenado, fuera del contacto del suelo, en lotes separados de acuerdo a su calidad, diámetro, longitud y procedencia de forma que resulte fácilmente accesible para su retiro e Supervisión. El acero que ha sido cortado y doblado de acuerdo a las planillas de armadura será marcado con el número correspondiente a la planilla (si lo hubiese), utilizando alguna forma de rótulo inalterable a los agentes atmosféricos o colocando las barras en depósitos con marcas.
Almacenamiento. Es la acción del usuario de colocar temporalmente los residuos sólidos en recipientes, depósitos contenedores retornables o desechables mientras se procesan para su aprovechamiento, transformación, comercialización o se presentan al servicio de recolección para su tratamiento o disposición final. (Art. 1 Decreto 1713 de 2002).
Almacenamiento. El Municipio de El Zulia cuenta con tres tanques de almacenamiento tipo enterrado en concreto, dos de las estructuras se encuentran localizados en la Planta de Tratamiento de Agua Potable y el tercero se encuentra en la xxxx xx Xxxxxxxxx, las estructuras no cuentan con válvulas de desagüe y rebose. Los tanques no se encuentran desnivelados, no presentan rebosamiento o presencia de algas en el interior del tanque, las estructuras son lavadas cada 3 meses y se les realiza labores de desinfección cada 6 meses. El sistema no presenta problemas de capacidad, estabilidad, funcionamiento u operación. Las siguientes Figuras 4-20, 4-21 y 4-22 presentan los esquemas con las dimensiones generales de los tres tanques de almacenamiento. El tanque No.1 ubicado en las instalaciones de la PTAP se encuentra en las coordenadas geográficas N: 1162307 – E: 1369139, el tanque No.2 ubicado igualmente en las PTAP se encuentra en las coordenadas N: 1162315 E: 1369134 y el tanque No.3 se encuentra ubicado en las coordenadas geográficas N: 1161431- E: 1370121. Adicionalmente en las figuras 4-23 y 4-24 se presenta las fotografías de las estructuras de almacenamiento tomadas el día de la vista de campo. La capacidad de los tanques de almacenamiento es adecuada verificando el diseño se obtiene un volumen de almacenamiento útil de 1.156,65 m3, mayor del mínimo requerido equivalente al 20% del caudal medio diario de cabecera municipal esperado en un día de servicio en el año 2.038, los cálculos realizados previamente se encuentra en el ANEXO 7 - DIAGNÓSTICO PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE. Adicionalmente, con las dimensiones de los tanques de almacenamiento se procedió a realizar el calculó del caudal real de diseño para las estructuras y por medio de un retro-cálculo se obtuvo la población a la cual las estructuras son capaces de abastecer en condiciones máximas, obtenido una población para los tanques de almacenamiento de 26.692 habitantes lo que equivale a: 𝑃𝑜𝑏𝑙𝑎𝑐𝑖ó𝑛 𝑐𝑎𝑏𝑒𝑐𝑒𝑟𝑎 𝑚𝑢𝑛𝑖𝑐𝑖𝑝𝑎𝑙 + 0,20 𝑃𝑜𝑏𝑙𝑎𝑐𝑖ó𝑛 𝑟𝑢𝑟𝑎𝑙 𝑑𝑒𝑙 𝑚𝑢𝑛𝑖𝑐𝑖𝑝𝑖𝑜
Almacenamiento. Las instalaciones para el almacenamiento de combustible deberán comprender un patio de tanques con una capacidad nominal mínima de aproximadamente 1,300,000 barriles en total. Los depósitos deberán estar provistos de techo flotante y de cámaras para producir espuma según las recomendaciones de la norma API 650 y la NFPA 30. Los depósitos además deberán estar equipados con indicadores automáticos de nivel, temperatura, escaleras, registros y accesorios de acuerdo a las normas API. Cada depósito deberá estar provisto de mezcladores de tipo hélice. Los depósitos deberán estar colocados sobre cimientos especialmente diseñados, rodeados por diques, a fin de formar áreas de rebalse. El volumen de rebalse deberá ser conforme a las normas de la NFPA. Los terrenos dentro del dique deberán nivelarse hacia el área de drenaje, con tuberías para la eliminación del agua de lluvia.