AYUDA ECONÓMICA. La entidad colaboradora podrá o no asignar una cantidad mensual en concepto de ayuda económica. En ningún caso dicha ayuda tendrá la consideración de remuneración o nómina por la actividad desarrollada, al no existir relación contractual. Tal ayuda queda explicada y cuantificada en la literal H de la cláusula segunda del presente convenio.
AYUDA ECONÓMICA. “LA/EL ENTRENADA/O” percibirá una ayuda económica mensual no remunerativa a cargo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL o del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL en forma exclusiva, o en forma conjunta con “LA EMPRESA”, de conformidad con lo previsto por la reglamentación de las ACCIONES DE ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO.
AYUDA ECONÓMICA. EL BECARIO DE INVESTIGACIÓN tendrá derecho a percibir en plazo la ayuda económica que corresponda a la beca, en la forma establecida en la Convocatoria del Programa de ayuda , sin que tenga naturaleza xx xxxxxxx.
AYUDA ECONÓMICA. Las prácticas se concretarán para cada estudiante en un Anexo en el que se especificarán los datos referentes a los estudiantes, sus tutores y las características de las prácticas a realizar. En el supuesto de que el estudiante reciba una beca o ayuda económica por los servicios prestados durante las prácticas, esta se deberá detallar y especificar en el Anexo.
AYUDA ECONÓMICA. Que EL PAROCINADO, recibirá del PATROCINADOR, las ayudas económicas detalladas a continuación, a las que les será de aplicación el % de IVA correspondiente, previa emisión de las preceptiva factura, como contraprestación a su colaboración en la publicidad del patrocinador. ............................. Todos los gastos de formalización, cumplimiento y extinción del presente contrato, así como los impuestos y tasas que se devenguen, si los hubiere, serán por cuenta del PATROCINADOR.
AYUDA ECONÓMICA. A partir de 1 de enero de 2022, en concepto de gastos de gasolina, reparación y amortización (cuando los vehí- culos no sean de la Comunidad) queda como sigue: Gastos de gasolina para moto propia:140,75 euros mensuales. Amortización y reparación para moto propia: 72,40 euros mensuales. Gastos de gasolina para vehículo tipo turismo o to- doterreno propio: 250 euros mensuales.
AYUDA ECONÓMICA. En virtud de la Proposición 218 (1996) de California, Mesa Water no puede usar los ingresos provenientes de las Tarifas y Cargos de Agua para otros fines que no sean suministrar Agua. Mesa Water tiene legalmente prohibido usar los ingresos provenientes de las Tarifas y Cargos de Agua para subsidiar los costos que le representa proveerles el servicio a sus Clientes. Mesa Water puede remitir a los Clientes a organizaciones sin fines de lucro y caritativas que puedan ofrecerles ayuda para pagar las facturas de Agua.
AYUDA ECONÓMICA. “LA/EL ENTRENADA/O” percibirá una ayuda económica mensual no remunerativa de PESOS ……………………………………………………………………. ($ …………………..), a cargo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en forma exclusiva, o en forma conjunta con “LA EMPRESA”, de conformidad con lo previsto por la reglamentación de las ACCIONES DE ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO.
AYUDA ECONÓMICA. La entidad colaboradora podrá asignar, conforme su disponibilidad presupuestaria, una cantidad mensual en concepto de ayuda económica. En ningún caso dicha ayuda tendrá la consideración de remuneración o nómina por la actividad desarrollada, al no existir relación contractual. En caso de que así se acuerde, se tiene que especificar en el anexo, junto al proyecto formativo individual. ID Proceso de firma electrónica avanzada: 5a533f23-2e22-4d01-97e8-64490c55bc69 Documento firmado electrónicamente a través de Signaturit, Solutions, S.L. en 02/05/2022 10:00:44 UTC
AYUDA ECONÓMICA. Además de las prestaciones de carácter general, se regula una serie de ayudas familiares en las siguientes condiciones: Por hijos menores de 18 años: 13,80 € Por hijos con alguna discapacidad psíquica, física o sensorial acreditada: 27,58 €.