CARÁCTER DEL CONCURSO Cláusulas de Ejemplo

CARÁCTER DEL CONCURSO. Este Concurso es de carácter Abierto, Nacional, de Proyectos. Podrán participar empresas constructoras y desarrolladores inmobiliarios habilitados como tal, exceptuando aquellos que respondan a las restricciones establecidas en el artículo 49 de la Ley de Sistema de Contrataciones de la Provincia xx Xxxxx. Se deja establecido que la fecha de entrega de trabajos es improrrogable por razones de organización. En el supuesto que la Secretaria de Vivienda y Hábitat de la Nación (SVyHN) definiera llevar adelante la ejecución del CUI objeto del presente Concurso, la ejecución de la obra será garantizada a través de la constitución de un Fideicomiso conforme las pautas que la SVyHN establezca a futuro y cuyo costo será adicionado a la propuesta económica del proyecto que se presenta y regirán los Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares y de Especificaciones Técnicas para ejecución de obras de viviendas e infraestructura de EL IPV, cuyo modelo se agrega en el Cuerpo III- Anexos, en lo que sea pertinente a al presente Línea de Acción.
CARÁCTER DEL CONCURSO. El presente Concurso de Anteproyectos es de carácter Nacional, vinculante, a una (1) sola prueba y de acuerdo a lo defi- nido en el Cap. V, Art. 18, Inciso C1 del Reglamento de Concursos de FADEA.
CARÁCTER DEL CONCURSO. El presente Concurso de Anteproyectos es de carácter Nacional, vinculante, a una (1) sola prueba y de acuerdo a lo defi- nido en el Cap. V Art. 18 Inciso C1 del Reglamento de Concursos de FADEA. Los participantes desarrollarán un anteproyecto para el Parque de la Ciudad en los términos definidos en las condiciones de entrega. Cabe destacar que la propuesta deberá comprender obras por hasta un máximo de AR$ 280.000.000 (pesos argentinos doscientos ochenta millones) por todo concepto. El trabajo que haya obtenido el Primer Premio pasará a ser propiedad de la PROMOTORA, quien podrá utilizar y disponer libremente del mismo, sin cambiar su fin conforme a las garantías previstas por las leyes y reglamentaciones vigentes. El/los autor/es del Primer Premio no conserva/n el derecho de repetición, una vez abonada la totalidad de los honorarios establecidos en el Apartado V.8. Retribuciones. La PROMOTORA, la SSPLANE y la ORGANIZADORA se reservan el derecho a perpetuidad y gratuidad de reproducción para la publicación y difusión del trabajo, en los medios y formas que las PAR- TES definan, como se establece en estas Bases. El carácter vinculante del proyecto se limita al desarrollo de la documentación licitatoria de las obras comprendidas en la escala del anteproyecto e incluidas en el Anexo “Cuadro de Presupuesto Estimativo del Anteproyecto”. La PROMOTORA, la SSPLANE y la ORGANIZADORA no se encuentran obligados a la contratación del equipo ganador para el desarrollo de la documentación ejecutiva ni la Dirección de Obra de las futuras obras, que formarán parte de la propuesta general del o los ganadores pero que no estuvieran comprendidas en el Anteproyecto. Queda definido el alcance de Anteproyecto de acuerdo con lo regulado por el Art 45 del DECRETO-LEY N° 7887/55: “Se entiende por ANTEPROYECTO el conjunto de plantas, cortes y elevaciones, estudiados conforme a las disposiciones vigentes establecidas por las autoridades encargadas de su aprobación, o en su caso, el conjunto de dibujos y demás elementos gráficos necesarios para dar una idea general de la obra en estudio. El anteproyecto debe acompañarse de una memoria descriptiva, escrita o gráfica, y de un presupuesto global estimativo.” El Concurso queda abierto desde el 09 xx Xxxxx hasta el 05 de Septiembre de 2017. Será abierto a todos los profesionales de la Arquitectura y Licenciados en Planificación y Diseño del Paisaje que deseen participar de acuerdo a las Bases del Concurso. En todos los casos, la entrega s...

Related to CARÁCTER DEL CONCURSO

  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.