CASOS DE TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO. 33.1. Son causales para que el BANCO pueda declarar la resolución y terminación unilateral del presente contrato financiamiento y servicios bancarios, las siguientes: a) Que el PRESTATARIO incurra en reiterado incumplimiento de las obligaciones previstas en el presente Contrato; b) Que, no se haya solicitado o tramitado el primer desembolso o se incurran en retrasos que impliquen un desfasamiento del cronograma de trabajo que rebase el 100% de los plazos establecidos en el presente Contrato, o en el plazo de prórroga; c) La extinción de la persona jurídica del PRESTATARIO; d) La falta de capacidad para administrar o ejecutar el proyecto, que se colija del informe de seguimiento del BANCO; e) La falta de capacidad legal o financiera del PRESTATARIO, para cumplir con las obligaciones contraídas con el BANCO;
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Samples: Financing and Banking Services Agreement, Financing and Banking Services Agreement
CASOS DE TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO. 33.132.1. Son causales para que el BANCO pueda declarar la resolución y terminación unilateral del presente contrato financiamiento y servicios bancarios, las siguientes:
a) Que el PRESTATARIO incurra en reiterado incumplimiento de las obligaciones previstas en el presente Contrato;
b) Que, no se haya solicitado o tramitado el primer desembolso o se incurran en retrasos que impliquen un desfasamiento del cronograma de trabajo que rebase el 100% de los plazos establecidos en el presente Contrato, o en el plazo de prórroga;
c) La extinción de la persona jurídica del PRESTATARIO;
d) La falta de capacidad para administrar o ejecutar el proyecto, que se colija del informe de seguimiento del BANCO;
e) La falta de capacidad legal o financiera del PRESTATARIO, para cumplir con las obligaciones contraídas con el BANCO;
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Samples: Financing and Banking Services Agreement, Financing and Banking Services Agreement
CASOS DE TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO. 33.132.1. Son causales para que el BANCO pueda declarar la resolución y terminación unilateral del presente contrato de financiamiento y servicios bancarios, las siguientes:
a) Que el PRESTATARIO incurra en reiterado incumplimiento de las obligaciones previstas en el presente Contrato;
b) Que, Que no se haya solicitado o tramitado el primer desembolso o se incurran en retrasos que impliquen un desfasamiento del cronograma de trabajo que rebase el 100% de los plazos establecidos en el presente Contrato, o en el plazo de prórroga;
c) La extinción de la persona jurídica del PRESTATARIO;
d) La falta de capacidad para administrar o ejecutar el proyecto, que se colija del informe de seguimiento del BANCO;
e) La falta de capacidad legal o financiera del PRESTATARIO, para cumplir con las obligaciones contraídas con el BANCO;
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Samples: Financing and Banking Services Agreement, Financing and Banking Services Agreement
CASOS DE TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO. 33.131.1. Son causales para que el BANCO pueda declarar la resolución y terminación unilateral del presente contrato financiamiento y servicios bancarios, las siguientes:
a) Que el PRESTATARIO incurra en reiterado incumplimiento de las obligaciones previstas en el presente Contrato;
b) Que, no se haya solicitado o tramitado el primer desembolso o se incurran en retrasos que impliquen un desfasamiento del cronograma de trabajo que rebase el 100% de los plazos establecidos en el presente Contrato, o en el plazo de prórroga;
c) La extinción de la persona jurídica del PRESTATARIO;
d) La falta de capacidad para administrar o ejecutar el proyecto, que se colija del informe de seguimiento del BANCO;
e) La falta de capacidad legal o financiera del PRESTATARIO, para cumplir con las obligaciones contraídas con el BANCO;
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CASOS DE TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO. 33.1. Son causales para que el EL BANCO pueda declarar la resolución y terminación unilateral del presente contrato de financiamiento de línea de crédito y servicios bancarios, las siguientes:
a) Que el PRESTATARIO incurra incurran en reiterado incumplimiento de las obligaciones previstas en el presente Contratocontrato o en el informe de evaluación de los proyectos con cargo a la línea de crédito;
b) Que, Que no se haya solicitado o tramitado el primer desembolso o se incurran en retrasos que impliquen un desfasamiento del cronograma de trabajo que rebase el 100% de los plazos establecidos en el presente Contrato, o en el plazo de prórroga;.
c) La extinción de la persona jurídica del PRESTATARIO;
d) La falta de capacidad para administrar o ejecutar el proyecto, que se colija del informe de seguimiento del BANCO;
e) La falta de capacidad legal o financiera del PRESTATARIO, PRESTATARIO para cumplir con las obligaciones contraídas con el EL BANCO;
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Samples: Financing Agreement
CASOS DE TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO. 33.132.1. Son causales para que el BANCO pueda declarar la resolución y terminación unilateral del presente contrato financiamiento de Financiamiento y servicios bancariosServicios Bancarios, las siguientes:
a) Que el PRESTATARIO incurra en reiterado incumplimiento de las obligaciones previstas en el presente Contrato;
b) Que, Que no se haya solicitado o tramitado el primer desembolso o se incurran en retrasos que impliquen un desfasamiento del cronograma de trabajo que rebase el 100% de los plazos establecidos en el presente Contrato, o en el plazo de prórroga;
c) La extinción de la persona jurídica del PRESTATARIO;
d) La falta de capacidad para administrar o ejecutar el proyecto, que se colija del informe de seguimiento del BANCO;
e) La falta de capacidad legal o financiera del PRESTATARIO, para cumplir con las obligaciones contraídas con el BANCO;
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CASOS DE TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO. 33.132.1. Son causales para que el BANCO pueda declarar la resolución y terminación unilateral del presente contrato financiamiento y servicios bancarios, las siguientes:
a) Que el cada PRESTATARIO incurra en reiterado incumplimiento de las obligaciones previstas en el presente Contrato;
b) Que, no se haya solicitado o tramitado el primer desembolso o se incurran en retrasos que impliquen un desfasamiento del cronograma de trabajo que rebase el 100% de los plazos establecidos en el presente Contrato, o en el plazo de prórroga;
c) La extinción de la persona jurídica del PRESTATARIO;
d) La falta de capacidad para administrar o ejecutar el proyecto, que se colija del informe de seguimiento del BANCO;
e) La falta de capacidad legal o financiera del PRESTATARIO, para cumplir con las obligaciones contraídas con el BANCO;
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CASOS DE TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO. 33.1. 32.1 Son causales para que el BANCO pueda declarar la resolución y terminación unilateral del presente contrato financiamiento y de servicios bancarios, las siguientes:
a) Que el PRESTATARIO incurra en reiterado incumplimiento de las obligaciones previstas en el presente Contrato;
b) Que, no se haya solicitado o tramitado el primer desembolso o se incurran en retrasos que impliquen un desfasamiento del cronograma de trabajo que rebase el 100% de los plazos establecidos en el presente Contratocontrato, o en el plazo de prórroga;
b) Que el PRESTATARIO incurra en reiterado incumplimiento de las obligaciones previstas en el presente contrato;
c) La extinción de la persona jurídica del PRESTATARIO;
d) La falta de capacidad para administrar o ejecutar el proyecto, que se colija del informe de seguimiento del BANCO;
e) La falta de capacidad legal o financiera del PRESTATARIO, PRESTATARIO para cumplir con las obligaciones contraídas con el BANCO;.
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CASOS DE TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO. 33.1. Son causales para que el BANCO pueda declarar la resolución y terminación unilateral del presente contrato de financiamiento y servicios bancarios, las siguientes:
a) Que el PRESTATARIO la PRESTATARIA incurra en reiterado incumplimiento de las obligaciones previstas en el presente Contrato;
b) Que, Que no se haya solicitado o tramitado el primer desembolso o se incurran en retrasos que impliquen un desfasamiento del cronograma de trabajo que rebase el 100% de los plazos establecidos en el presente Contrato, o en el plazo de prórroga;
c) La extinción de la persona jurídica del PRESTATARIOde la PRESTATARIA;
d) La falta de capacidad para administrar o ejecutar el proyecto, que se colija del informe de seguimiento del BANCO;
e) La falta de capacidad legal o financiera del PRESTATARIOde la PRESTATARIA, para cumplir con las obligaciones contraídas con el BANCO;
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CASOS DE TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO. 33.1. 31.1 Son causales para que el BANCO pueda declarar la resolución y terminación unilateral del presente contrato de financiamiento y servicios bancarios, las siguientes:
a) Que el PRESTATARIO incurra en reiterado incumplimiento de las obligaciones previstas en el presente Contrato;
b) Que, Que no se haya solicitado o tramitado el primer desembolso o se incurran en retrasos que impliquen un desfasamiento del cronograma de trabajo que rebase el 100% de los plazos establecidos en el presente Contrato, o en el plazo de prórroga;”
c) La extinción de la persona jurídica del PRESTATARIO;
d) La falta de capacidad para administrar o ejecutar el proyecto, que se colija del informe de seguimiento del BANCO;
e) La falta de capacidad legal o financiera del PRESTATARIO, para cumplir con las obligaciones contraídas con el BANCO;
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CASOS DE TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO. 33.1. 32.1 Son causales para que el BANCO pueda declarar la resolución y terminación unilateral del presente contrato financiamiento Contrato Financiamiento y servicios bancariosServicios Bancarios, las siguientes:
a) Que el PRESTATARIO incurra en reiterado incumplimiento de las obligaciones previstas en el presente Contrato;
b) Que, no se haya solicitado o tramitado el primer desembolso o se incurran en retrasos que impliquen un desfasamiento del cronograma de trabajo que rebase el 100% de los plazos establecidos en el presente Contrato, o en el plazo de prórroga;
c) La extinción de la persona jurídica del PRESTATARIO;
d) La falta de capacidad para administrar o ejecutar el proyecto, que se colija del informe de seguimiento del BANCO;
e) La falta de capacidad legal o financiera del PRESTATARIO, para cumplir con las obligaciones contraídas con el BANCO;
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CASOS DE TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO. 33.132.1. Son causales para que el BANCO pueda declarar la resolución y terminación unilateral del presente contrato Contrato de Financiamiento y Servicios Bancarios, y consecuentemente diere lugar a la exigibilidad del pago total del financiamiento y servicios bancariospor intermedio de la orden de débito automático que forma parte de este contrato, las siguientes:
a) Que el PRESTATARIO incurra en el reiterado incumplimiento de las obligaciones previstas en el presente Contrato;
b) Que, Que no se haya solicitado o tramitado el primer desembolso o se incurran haya incurrido en retrasos que impliquen un desfasamiento del cronograma de trabajo que rebase el cien por ciento (100% %) de los plazos establecidos en el presente Contrato, contrato o en el plazo de prórroga;
c) La extinción de la persona jurídica del PRESTATARIO;
d) La falta de capacidad para administrar o ejecutar el proyecto, que se colija del informe de seguimiento del BANCOBanco;
e) La falta de capacidad legal o financiera del PRESTATARIO, para cumplir con las obligaciones contraídas con el BANCO;
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CASOS DE TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO. 33.132.1. Son causales para que el BANCO pueda declarar la resolución y terminación unilateral del presente contrato financiamiento y servicios bancarios, las siguientes:
a) Que el PRESTATARIO incurra en reiterado incumplimiento de las obligaciones previstas en el presente Contrato;
b) Que, no se haya solicitado o tramitado el primer desembolso o se incurran haya incurrido en retrasos que impliquen un desfasamiento del cronograma de trabajo que rebase el cien por ciento (100% %) de los plazos establecidos en el presente Contrato, contrato o en el plazo de prórroga;
b) Que el prestatario, beneficiario o ejecutor incurran en un reiterado incumplimiento de obligaciones previstas en el contrato o convenio de financiamiento;
c) La extinción de la persona personalidad jurídica del PRESTATARIOprestatario, beneficiario o ejecutor;
d) La falta de capacidad para administrar o ejecutar el proyecto, que se colija del informe de seguimiento del BANCOBanco;
e) La falta de capacidad legal o financiera del PRESTATARIOde la entidad prestataria, beneficiaria o ejecutora, para cumplir con las obligaciones contraídas con el BANCOBanco;
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