CESIÓN DE DERECHOS. LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO, NO PODRÁN SER CEDIDOS, ENAJENADOS, GRABADOS O TRANSFERIDOS A TERCEROS POR NINGÚN MOTIVO Y BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA POR PARTE DE “EL PROVEEDOR”, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO Y, PARA TAL EFECTO EN ESTE ACTO, “COMIMSA” MANIFIESTA SU CONSENTIMIENTO PARA QUE “EL PROVEEDOR” PUEDA CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A FAVOR DE UN INTERMEDIARIO FINANCIERO, MEDIANTE OPERACIONES DE FACTORAJE O DESCUENTO ELECTRÓNICO EN CADENAS PRODUCTIVAS, CONFORME A LO PREVISTO EN LAS DISPOSICIONES GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL PARA SU INCORPORACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE FEBRERO DE 2007. EN CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” OPTE POR CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A TRAVÉS DE OTROS ESQUEMAS, REQUERIRÁ PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE “COMIMSA”.
Appears in 18 contracts
Samples: Licitación Pública Nacional, Licitación Pública, Licitación Pública Nacional Electrónica
CESIÓN DE DERECHOS. LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO, NO PODRÁN SER CEDIDOS, ENAJENADOS, GRABADOS GRAVADOS O TRANSFERIDOS A TERCEROS POR NINGÚN MOTIVO Y BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA POR PARTE DE “EL PROVEEDORPRESTADOR DE SERVICIOS”, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO Y, PARA TAL EFECTO EN ESTE ACTO, “COMIMSACENTROGEO” MANIFIESTA SU CONSENTIMIENTO PARA QUE “EL PROVEEDORPRESTADOR DE SERVICIOS” PUEDA CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A FAVOR DE UN INTERMEDIARIO FINANCIERO, MEDIANTE OPERACIONES DE FACTORAJE O DESCUENTO ELECTRÓNICO EN CADENAS PRODUCTIVAS, CONFORME A LO PREVISTO EN LAS DISPOSICIONES GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL PARA SU INCORPORACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE FEBRERO DE 2007. EN CASO DE QUE “EL PROVEEDORPRESTADOR DE SERVICIOS” OPTE POR CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A TRAVÉS DE OTROS ESQUEMAS, REQUERIRÁ PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE “COMIMSACENTROGEO”. (ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 46 DE “LA LEY”).
Appears in 6 contracts
Samples: Professional Services, Service Agreement, Service Agreement
CESIÓN DE DERECHOS. LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO, NO PODRÁN SER CEDIDOS, ENAJENADOS, GRABADOS O TRANSFERIDOS A TERCEROS POR NINGÚN MOTIVO Y BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA POR PARTE DE “EL PROVEEDOR”, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO Y, PARA TAL EFECTO EN ESTE ACTO, “COMIMSAEL CIMAT” MANIFIESTA SU CONSENTIMIENTO PARA QUE “EL PROVEEDOR” PUEDA CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A FAVOR DE UN INTERMEDIARIO FINANCIERO, MEDIANTE OPERACIONES DE FACTORAJE O DESCUENTO ELECTRÓNICO EN CADENAS PRODUCTIVAS, CONFORME A LO PREVISTO EN LAS DISPOSICIONES GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL PARA SU INCORPORACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE FEBRERO DE 2007. EN CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” OPTE POR CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A TRAVÉS DE OTROS ESQUEMAS, REQUERIRÁ PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE “COMIMSAEL CIMAT”.
Appears in 2 contracts
Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica, Licitación Pública Nacional Electrónica
CESIÓN DE DERECHOS. LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO, NO PODRÁN SER CEDIDOS, ENAJENADOS, GRABADOS O TRANSFERIDOS A TERCEROS POR NINGÚN MOTIVO Y BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA POR PARTE DE “EL PROVEEDOR”, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO Y, PARA TAL EFECTO EN ESTE ACTO, “COMIMSACIATEC” MANIFIESTA SU CONSENTIMIENTO PARA QUE “EL PROVEEDOR” PUEDA CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A FAVOR DE UN INTERMEDIARIO FINANCIERO, MEDIANTE OPERACIONES DE FACTORAJE O DESCUENTO ELECTRÓNICO EN CADENAS PRODUCTIVAS, CONFORME A LO PREVISTO EN LAS DISPOSICIONES GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL PARA SU INCORPORACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE FEBRERO DE 2007. EN CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” OPTE POR CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A TRAVÉS DE OTROS ESQUEMAS, REQUERIRÁ PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE “COMIMSACIATEC”. (ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 46 DE “LA LEY”).
Appears in 2 contracts
Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica, Licitación Pública Nacional Electrónica
CESIÓN DE DERECHOS. LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO, NO PODRÁN SER CEDIDOS, ENAJENADOS, GRABADOS O TRANSFERIDOS A TERCEROS POR NINGÚN MOTIVO Y BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA POR PARTE DE “EL PROVEEDOR”, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO Y, PARA TAL EFECTO EN ESTE ACTO, “COMIMSACIATEQ” MANIFIESTA SU CONSENTIMIENTO PARA QUE “EL PROVEEDOR” PUEDA CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A FAVOR DE UN INTERMEDIARIO FINANCIERO, MEDIANTE OPERACIONES DE FACTORAJE O DESCUENTO ELECTRÓNICO EN CADENAS PRODUCTIVAS, CONFORME A LO PREVISTO EN LAS DISPOSICIONES GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL PARA SU INCORPORACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE FEBRERO DE 2007. EN CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” OPTE POR CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A TRAVÉS DE OTROS ESQUEMAS, REQUERIRÁ PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE “COMIMSACIATEQ”.
Appears in 1 contract
Samples: Prestación De Servicios
CESIÓN DE DERECHOS. LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO, NO PODRÁN SER CEDIDOS, ENAJENADOS, GRABADOS O TRANSFERIDOS A TERCEROS POR NINGÚN MOTIVO Y BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA POR PARTE DE “EL PROVEEDOR”, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO Y, PARA TAL EFECTO EN ESTE ACTO, “COMIMSA” MANIFIESTA SU CONSENTIMIENTO PARA QUE “EL PROVEEDOR” PUEDA CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A FAVOR DE UN INTERMEDIARIO FINANCIERO, MEDIANTE OPERACIONES DE FACTORAJE O DESCUENTO ELECTRÓNICO EN CADENAS PRODUCTIVAS, CONFORME A LO PREVISTO EN LAS DISPOSICIONES GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL PARA SU INCORPORACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE FEBRERO DE 2007. EN CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” OPTE POR CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A TRAVÉS DE OTROS ESQUEMAS, REQUERIRÁ PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE “COMIMSA”. (ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 46 DE LA LEY). ASÍ TAMBIÉN, “EL PROVEEDOR” SE COMPROMETE A INSCRIBIRSE EN EL DIRECTORIO DE PROVEEDORES DEL GOBIERNO FEDERAL DE NACIONAL FINANCIERA, SOCIEDAD NACIONAL DE CRÉDITO, INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO.
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
CESIÓN DE DERECHOS. LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO, NO PODRÁN SER CEDIDOS, ENAJENADOS, GRABADOS GRAVADOS O TRANSFERIDOS A TERCEROS POR NINGÚN MOTIVO Y BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA POR PARTE DE “EL PROVEEDORLA PRESTADORA DE SERVICIOS”, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO Y, PARA TAL EFECTO EN ESTE ACTO, “COMIMSACENTROGEO” MANIFIESTA SU CONSENTIMIENTO PARA QUE “EL PROVEEDORLA PRESTADORA DE SERVICIOS” PUEDA CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A FAVOR DE UN INTERMEDIARIO FINANCIERO, MEDIANTE OPERACIONES DE FACTORAJE O DESCUENTO ELECTRÓNICO EN CADENAS PRODUCTIVAS, CONFORME A LO PREVISTO EN LAS DISPOSICIONES GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL PARA SU INCORPORACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE FEBRERO DE 2007. EN CASO DE QUE “EL PROVEEDORLA PRESTADORA DE SERVICIOS” OPTE POR CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A TRAVÉS DE OTROS ESQUEMAS, REQUERIRÁ PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE “COMIMSACENTROGEO”.
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
CESIÓN DE DERECHOS. LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO, NO PODRÁN SER CEDIDOS, ENAJENADOS, GRABADOS GRAVADOS O TRANSFERIDOS A TERCEROS POR NINGÚN MOTIVO Y BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA POR PARTE DE “EL PROVEEDORARRENDADOR”, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO Y, PARA TAL EFECTO EN ESTE ACTO, “COMIMSACENTROGEO” MANIFIESTA SU CONSENTIMIENTO PARA QUE “EL PROVEEDORARRENDADOR” PUEDA CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A FAVOR DE UN INTERMEDIARIO FINANCIERO, MEDIANTE OPERACIONES DE FACTORAJE O DESCUENTO ELECTRÓNICO EN CADENAS PRODUCTIVAS, CONFORME A LO PREVISTO EN LAS DISPOSICIONES GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL PARA SU INCORPORACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE FEBRERO DE 2007. EN CASO DE QUE “EL PROVEEDORARRENDADOR” OPTE POR CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A TRAVÉS DE OTROS ESQUEMAS, REQUERIRÁ PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE “COMIMSACENTROGEO”. (ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 46 DE “LA LEY”).
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Arrendamiento
CESIÓN DE DERECHOS. LOS “LA COMPAÑÍA” SE OBLIGA A NO CEDER A TERCERAS PERSONAS FÍSICAS X XXXXXXX SUS DERECHOS Y U OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATODE ESTE CONTRATO Y SUS ANEXOS, NO PODRÁN SER CEDIDOS, ENAJENADOS, GRABADOS O TRANSFERIDOS A TERCEROS POR NINGÚN MOTIVO Y BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA POR PARTE DE “EL PROVEEDOR”, CON EXCEPCIÓN DE SALVO LOS DERECHOS DE COBRO YSOBRE EL SERVICIO QUE AMPARA, PARA TAL EFECTO EN ESTE ACTO, “COMIMSA” MANIFIESTA SU CONSENTIMIENTO PARA QUE PREVIA APROBACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO DE “EL PROVEEDORASEGURADO”. SI “LA COMPAÑÍA” PUEDA CEDER SUS DERECHOS CELEBRA CONTRATOS DE COBRO A FAVOR CESIÓN DE UN INTERMEDIARIO FINANCIERO, MEDIANTE OPERACIONES DE FACTORAJE O DESCUENTO ELECTRÓNICO EN CADENAS PRODUCTIVAS, CONFORME A LO PREVISTO EN LAS DISPOSICIONES GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL PARA SU INCORPORACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE FEBRERO DE 2007. EN CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” OPTE POR CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A TRAVÉS DE OTROS ESQUEMASFACTORAJE FINANCIERO, REQUERIRÁ PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO SE OBLIGA A NOTIFICARLO A “EL ASEGURADO”, CON UN MÍNIMO DE “COMIMSA”5 (CINCO) DÍAS NATURALES ANTERIORES A SU VENCIMIENTO, PRESENTANDO INVARIABLEMENTE UNA COPIA DE LOS CONTRA-RECIBOS CUYO IMPORTE SE CEDE, ADEMÁS DE LOS DOCUMENTOS SUSTANTIVOS DE DICHA CESIÓN, QUE DEBEN SER BAJO LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL PRESENTE CONTRATO.
Appears in 1 contract
Samples: Insurance Contract
CESIÓN DE DERECHOS. “EL ARRENDADOR” NO PODRÁ CEDER TOTAL O PARCIALMENTE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS QUE SE DERIVEN DE LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, A FAVOR DE PERSONA FÍSICA O MORAL ALGUNA. LO ANTERIOR, EXCEPCIÓN HECHA DE LOS DERECHOS DE COBRO DE ESTE INSTRUMENTO, SUPUESTO EN EL CUAL “EL MUNICIPIO” AUTORIZA EXPRESAMENTE EN ESTE ACTO A “EL ARRENDADOR” PARA CEDER DICHOS DERECHOS, SIEMPRE QUE LA CESIONARIA SEA UNA PERSONA FÍSICA O MORAL DE NACIONALIDAD MEXICANA. “EL ARRENDADOR” DEBERÁ HACER DEL CONOCIMIENTO POR ESCRITO A “EL MUNICIPIO” LOS DATOS QUE PERMITAN IDENTIFICAR PLENAMENTE A LA CESIONARIA DE LOS DERECHOS DE COBRO DE ESTE INSTRUMENTO Y EL LUGAR EN QUE HABRÁ DE REALIZAR LOS PAGOS SUBSECUENTES, DENTRO DE LOS 10 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA FECHA EN QUE SE FORMALICE LA CESIÓN DE QUE SE TRATE. POR SU PARTE, “EL MUNICIPIO” NO PODRÁN SER CEDIDOSPODRÁ CEDER, ENAJENADOSDAR EN GARANTÍA, GRABADOS TRASPASAR O TRANSFERIDOS A TERCEROS EN CUALESQUIER FORMA, NEGOCIAR LOS DERECHOS QUE EN SU FAVOR SE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO Y DE SUS ANEXOS, NI EN ESPECIAL, SUBARRENDAR O TRANSMITIR EN FORMA ALGUNA LA POSESIÓN DE “LOS VEHÍCULOS”, TOTAL O PARCIALMENTE, SI NO CUENTA CON LA AUTORIZACIÓN PREVIA Y POR NINGÚN MOTIVO Y BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA ESCRITO POR PARTE DE “EL PROVEEDOR”, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO Y, PARA TAL EFECTO EN ESTE ACTO, “COMIMSA” MANIFIESTA SU CONSENTIMIENTO PARA QUE “EL PROVEEDOR” PUEDA CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A FAVOR DE UN INTERMEDIARIO FINANCIERO, MEDIANTE OPERACIONES DE FACTORAJE O DESCUENTO ELECTRÓNICO EN CADENAS PRODUCTIVAS, CONFORME A LO PREVISTO EN LAS DISPOSICIONES GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL PARA SU INCORPORACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE FEBRERO DE 2007. EN CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” OPTE POR CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A TRAVÉS DE OTROS ESQUEMAS, REQUERIRÁ PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE “COMIMSAARRENDADOR”.
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Pública Nacional
CESIÓN DE DERECHOS. LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATOAMBAS PARTES DE COMÚN ACUERDO PACTAN, NO PODRÁN SER CEDIDOS, ENAJENADOS, GRABADOS O TRANSFERIDOS A TERCEROS POR NINGÚN MOTIVO Y BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA POR PARTE DE “EL PROVEEDOR”, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO Y, PARA TAL EFECTO EN ESTE ACTO, “COMIMSA” MANIFIESTA SU CONSENTIMIENTO PARA QUE “EL PROVEEDOR” PUEDA CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A FAVOR DE UN INTERMEDIARIO FINANCIERO, MEDIANTE OPERACIONES DE FACTORAJE O DESCUENTO ELECTRÓNICO EN CADENAS PRODUCTIVAS, CONFORME A LO PREVISTO EN LAS DISPOSICIONES GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL PARA SU INCORPORACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE FEBRERO DE 2007. EN CASO DE QUE “EL PROVEEDORCLIENTE” OPTE POR DESEÉ CEDER SUS LOS DERECHOS DE COBRO QUE ESTE CONTRATO LE CONFIERE, ESTARÁ OBLIGADO A TRAVÉS DE OTROS ESQUEMAS, REQUERIRÁ PREVIA OBTENER PREVIAMENTE LA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE “COMIMSA”.LA EMPRESA”.----
A. PAGAR A “LA EMPRESA” LA CANTIDAD DE $5,000.00 (CINCO MIL PESOS, SIN CENTAVOS, MONEDA NACIONAL) MAS EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA), POR CONCEPTO DE GASTOS ADMINISTRATIVOS.----------------------------------
B. A FIRMAR TODOS LOS DOCUMENTOS QUE LE INDIQUE “LA EMPRESA” A FIN DE NO AFECTAR SU SITUACIÓN FISCAL.-------------------------------------------------------- LA FALTA A CUALQUIERA DE LAS ESTIPULACIONES ANTES CONVENIDAS, TENDRÁ COMO RESULTADO QUE DICHO CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS, NO SEA VALIDO NI TENGA CONSECUENCIA LEGAL ALGUNA Y DARÁ MOTIVO A LA RESCISIÓN Y CANCELACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO.------------------------------------
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Reserva Y Apartado
CESIÓN DE DERECHOS. LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO, NO PODRÁN SER CEDIDOS, ENAJENADOS, GRABADOS GRAVADOS O TRANSFERIDOS A TERCEROS POR NINGÚN MOTIVO Y BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA POR PARTE DE “EL PROVEEDOR”, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO Y, PARA TAL EFECTO EN ESTE ACTO, “COMIMSACENTROGEO” MANIFIESTA SU CONSENTIMIENTO PARA QUE “EL PROVEEDOR” PUEDA CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A FAVOR DE UN INTERMEDIARIO FINANCIERO, MEDIANTE OPERACIONES DE FACTORAJE O DESCUENTO ELECTRÓNICO EN CADENAS PRODUCTIVAS, CONFORME A LO PREVISTO EN LAS DISPOSICIONES GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL PARA SU INCORPORACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE FEBRERO DE 2007. EN CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” OPTE POR CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A TRAVÉS DE OTROS ESQUEMAS, REQUERIRÁ PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE “COMIMSACENTROGEO”. (ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 46 DE “LA LEY”).
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
CESIÓN DE DERECHOS. LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO, NO PODRÁN SER CEDIDOS, ENAJENADOS, GRABADOS O TRANSFERIDOS A TERCEROS POR NINGÚN MOTIVO Y BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA POR PARTE DE “EL PROVEEDOR”, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO Y, PARA TAL EFECTO EN ESTE ACTO, “COMIMSALA ENTIDAD” MANIFIESTA SU CONSENTIMIENTO PARA QUE “EL PROVEEDOR” PUEDA CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A FAVOR DE UN INTERMEDIARIO FINANCIERO, MEDIANTE OPERACIONES DE FACTORAJE O DESCUENTO ELECTRÓNICO EN CADENAS PRODUCTIVAS, CONFORME A LO PREVISTO EN LAS DISPOSICIONES GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL PARA SU INCORPORACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE FEBRERO DE 2007. EN CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” OPTE POR CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A TRAVÉS DE OTROS ESQUEMAS, REQUERIRÁ PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE “COMIMSALA ENTIDAD”.
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Pública Nacional Mixta
CESIÓN DE DERECHOS. LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO, NO PODRÁN SER CEDIDOS, ENAJENADOS, GRABADOS O TRANSFERIDOS A TERCEROS POR NINGÚN MOTIVO Y BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA POR PARTE DE “EL PROVEEDOR”, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO Y, PARA TAL EFECTO EN ESTE ACTO, “COMIMSALA ENTIDAD” MANIFIESTA SU CONSENTIMIENTO PARA QUE “EL PROVEEDOR” PUEDA CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A FAVOR DE UN INTERMEDIARIO FINANCIERO, MEDIANTE OPERACIONES DE FACTORAJE O DESCUENTO ELECTRÓNICO EN CADENAS PRODUCTIVAS, CONFORME A LO PREVISTO EN LAS DISPOSICIONES GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL PARA SU INCORPORACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE FEBRERO DE 2007. EN CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” OPTE POR CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A TRAVÉS DE OTROS ESQUEMAS, REQUERIRÁ PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE “COMIMSALA ENTIDAD”. “LA ENTIDAD ”PODRÁ LLEVAR A CABO EN CUALQUIER MOMENTO EL PROCESO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL PRESENTE CONTRATO Y SIN NECESIDAD DE DECLARACIÓN JUDICIAL EN CONTRA DE “EL PROVEEDOR”, CUANDO SE PRESENTE ALGUNA DE LAS SIGUIENTES CAUSAS:
I. SI “EL PROVEEDOR”, POR CAUSAS IMPUTABLES A ÉL, NO ENTREGA LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO EN LA FECHA CONVENIDA.
II. SI “EL PROVEEDOR” INTERRUMPE INJUSTIFICADAMENTE LA ENTREGA DE LOS BIENES O SE NIEGA A REPARAR O REPONER ALGUNA PARTE DE ELLOS, QUE HUBIERE SIDO DETECTADA COMO DEFECTUOSA POR “LA ENTIDAD”
III. SI “EL PROVEEDOR” ES DECLARADO O SUJETO A CONCURSO MERCANTIL O DISOLUCIÓN O LIQUIDACIÓN O ALGUNA OTRA FIGURA ANÁLOGA QUE LE IMPIDA DAR CUMPLIMIENTO A SUS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL PRESENTE CONTRATO.
IV. SI “EL PROVEEDOR” SUBCONTRATA PARTE DE SUS OBLIGACIONES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, SIN CONTAR CON LA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE “LA ENTIDAD”
V. EN GENERAL, POR EL INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL PRESENTE CONTRATO, LAS LEYES, TRATADOS Y DEMÁS DISPOSICIONES APLICABLES. SI PREVIAMENTE A LA DETERMINACIÓN DE DAR POR RESCINDIDO EL CONTRATO, SE HICIERE ENTREGA DE LOS BIENES, EL PROCEDIMIENTO INICIADO QUEDARÁ SIN EFECTO, PREVIA ACEPTACIÓN Y VERIFICACIÓN DE “LA ENTIDAD” DE QUE CONTINÚA VIGENTE LA NECESIDAD DE LOS MISMOS, APLICANDO, EN SU CASO, LAS PENAS CONVENCIONALES CORRESPONDIENTES. EN CASO DE EMITIRSE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA POR CAUSAS IMPUTABLES A “EL PROVEEDOR”, “LA ENTIDAD” PROCEDERÁ A HACER EFECTIVAS LAS SANCIONES, LAS QUE DEBERÁ EFECTUARSE DENTRO DE LOS 20 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA FECHA DE NOTIFICACIÓN DE LA RESCISIÓN LAS CUALES SERÁN NOTIFICADAS A LA SECRETARIA DE LA FUNCIÓN PUBLICA (SFP). INDEPENDIENTEMENTE DE LO ANTERIOR Y DENTRO DE UN TERMINO DE QUINCE DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA FECHA DE NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE RESCISIÓN “LA ENTIDAD” LEVANTARA ACTA CIRCUNSTANCIADA EN QUE HARÁ CONSTAR EL ESTATUS DE LAS ENTREGAS Y CUAL ES EL MONTO DEL INCUMPLIMIENTO.
Appears in 1 contract
Samples: Acquisition Agreement
CESIÓN DE DERECHOS. LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO, NO PODRÁN SER CEDIDOS, ENAJENADOS, GRABADOS O TRANSFERIDOS A TERCEROS POR NINGÚN MOTIVO Y BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA POR PARTE DE “EL PROVEEDOR”, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO Y, PARA TAL EFECTO EN ESTE ACTO, “COMIMSACICESE” MANIFIESTA SU CONSENTIMIENTO PARA QUE “EL PROVEEDOR” PUEDA CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A FAVOR DE UN INTERMEDIARIO FINANCIERO, MEDIANTE OPERACIONES DE FACTORAJE O DESCUENTO ELECTRÓNICO EN CADENAS PRODUCTIVAS, CONFORME A LO PREVISTO EN LAS DISPOSICIONES GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL PARA SU INCORPORACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE FEBRERO DE 2007. EN CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” OPTE POR CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A TRAVÉS DE OTROS ESQUEMAS, REQUERIRÁ PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE “COMIMSACICESE”. (ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 46 DE “LA LEY”).
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Pública Nacional
CESIÓN DE DERECHOS. LA PARTE COMPRADORA EN NINGÚN MOMENTO PODRÁ CEDER, GRAVAR, TRANSMITIR, O DE CUALQUIER OTRA MANERA ENAJENAR EN TODO O EN PARTE SUS DERECHOS U OBLIGACIONES CONTRAÍDAS EN ESTE CONTRATO, SIN QUE EXISTA EL CONSENTIMIENTO EXPRESO Y POR ESCRITO DE LA PARTE VENDEDORA PARA QUE SE CONSIDERE COMO VÁLIDO LO ANTERIOR. LA PARTE VENDEDORA PODRÁ EN CUALQUIER TIEMPO CEDER LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES AL COBRO DEL PRECIO DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATOCONTRATO A CUALQUIER TERCERO, NO PODRÁN LA CUAL PODRÁ SER CEDIDOS, ENAJENADOS, GRABADOS TEMPORAL O TRANSFERIDOS A TERCEROS POR NINGÚN MOTIVO Y BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA POR PARTE DE “EL PROVEEDOR”, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO Y, PARA TAL EFECTO EN ESTE ACTO, “COMIMSA” MANIFIESTA SU CONSENTIMIENTO PARA QUE “EL PROVEEDOR” PUEDA CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A FAVOR DE UN INTERMEDIARIO FINANCIERO, MEDIANTE OPERACIONES DE FACTORAJE O DESCUENTO ELECTRÓNICO EN CADENAS PRODUCTIVAS, CONFORME A LO PREVISTO EN LAS DISPOSICIONES GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DEFINITIVA SEGÚN LIBRE DECISIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL PARA SU INCORPORACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE FEBRERO DE 2007PARTE VENDEDORA. EN CASO DE QUE “ESTO OCURRA, LA PARTE VENDEDORA NOTIFICARÁ A LA PARTE COMPRADORA LA CESIÓN DE ESTOS DERECHOS, EN LA QUE SE INCLUIRÁ EL PROVEEDOR” OPTE POR CEDER SUS DERECHOS NOMBRE DEL CESIONARIO Y LA TEMPORALIDAD DE COBRO A TRAVÉS DE OTROS ESQUEMAS, REQUERIRÁ PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE “COMIMSA”ESTA CESIÓN.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Adhesión De Compraventa en Preventa De Terreno
CESIÓN DE DERECHOS. LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO, NO PODRÁN SER CEDIDOS, ENAJENADOS, GRABADOS O TRANSFERIDOS A TERCEROS POR NINGÚN MOTIVO Y BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA POR PARTE DE “EL PROVEEDOR”, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO Y, PARA TAL EFECTO EN ESTE ACTO, “COMIMSACENTROGEO” MANIFIESTA SU CONSENTIMIENTO PARA QUE “EL PROVEEDOR” PUEDA CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A FAVOR DE UN INTERMEDIARIO FINANCIERO, MEDIANTE OPERACIONES DE FACTORAJE O DESCUENTO ELECTRÓNICO EN CADENAS PRODUCTIVAS, CONFORME A LO PREVISTO EN LAS DISPOSICIONES GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL PARA SU INCORPORACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE FEBRERO DE 2007. EN CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” OPTE POR CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A TRAVÉS DE OTROS ESQUEMAS, REQUERIRÁ PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE “COMIMSACENTROGEO”. (ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 46 DE “LA LEY”).
Appears in 1 contract
Samples: Prestación De Servicios
CESIÓN DE DERECHOS. LOS EL “CONTRATISTA” SE OBLIGA A NO CEDER EN FORMA PARCIAL O TOTAL, A FAVOR DE CUALQUIER OTRA PERSONA FÍSICA O MORAL, SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO, NO PODRÁN SER CEDIDOS, ENAJENADOS, GRABADOS O TRANSFERIDOS A TERCEROS POR NINGÚN MOTIVO DE ESTE CONTRATO Y BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA POR PARTE DE “EL PROVEEDOR”SUS ANEXOS, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO Y, PARA TAL EFECTO SOBRE LAS ESTIMACIONES POR SERVICIOS EJECUTADOS EN ESTE ACTO, CUYO CASO SE DEBERÁ CONTAR CON EL PREVIO CONSENTIMIENTO EXPRESO Y POR ESCRITO DEL “COMIMSA” MANIFIESTA SU CONSENTIMIENTO PARA QUE “EL PROVEEDOR” PUEDA CEDER SUS CLIENTE”. SI CON MOTIVO DE LA SESIÓN DE DERECHOS DE COBRO A FAVOR DE SOLICITADA POR EL CONTRATISTA SE ORIGINA UN INTERMEDIARIO FINANCIERO, MEDIANTE OPERACIONES DE FACTORAJE O DESCUENTO ELECTRÓNICO EN CADENAS PRODUCTIVAS, CONFORME A LO PREVISTO EN LAS DISPOSICIONES GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL PARA SU INCORPORACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, PUBLICADAS ATRASO EN EL DIARIO OFICIAL PAGO, PROCEDERÁ EL PAGO DE GASTOS FINANCIEROS DEL 5% DEL MONTO SOLICITADO POR CADA DIA DE ATRASO POR PARTE DEL “CLIENTE”. CUANDO EL CONTRATISTA REQUIERA LA FEDERACIÓN EL 28 SESIÓN DE FEBRERO DE 2007. EN CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” OPTE POR CEDER SUS DERECHOS DE COBRO A TRAVÉS PARA ADQUIRIR ALGÚN FINANCIAMIENTO PARA LA EJECUCIÓN DE OTROS ESQUEMASLOS SERVICIOS, REQUERIRÁ PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO EL “CLIENTE” DEBERÁ RECONOCER LOS SERVICIOS PRESTADOS HASTA EL MOMENTO DE “COMIMSA”LA SOLICITUD, AUN Y CUANDO LAS ACTIVIDADES NO SE ENCUENTREN TOTALMENTE TERMINADAS.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Execution of Work