Ciertos compromisos Cláusulas de Ejemplo

Ciertos compromisos. En tanto exista en circulación cualquiera de las Obligaciones Negociables el Emisor deberá cumplir con los compromisos descriptos más abajo. No obstante, en el Suplemento de Prospecto correspondiente se podrán suprimir, modificar y/o establecer compromisos adicionales a los detallados a continuación: (i) Pago de capital e intereses: El Emisor deberá pagar en tiempo y forma el capital, intereses, Montos Adicionales y cualesquiera otros conceptos adeudados y exigibles sobre las Obligaciones Negociables de acuerdo con los términos de las Obligaciones Negociables y del respectivo Suplemento de Prospecto, según corresponda. (ii) Mantenimiento de la personería jurídica, autorizaciones, Bienes y actividad principal: El Emisor deberá: (a) mantener en vigencia su personería jurídica y todas las inscripciones que sean necesarias a tal fin, y realizar los actos que sean necesarios para mantener todos sus derechos, prerrogativas, Bienes, licencias, autorizaciones, consentimientos y permisos necesarios para el desarrollo normal de su actividad salvo aquellos que, de no mantenerse, no le causen al Emisor un efecto significativamente adverso en sus operaciones o en su situación económico financiera; (b) conservar sustancialmente todos los Bienes que sean utilizados o útiles para realizar habitualmente su actividad en buen estado de uso; quedando entendido que esta obligación no tendrá por efecto exigir que el Emisor mantenga dichos derechos, prerrogativas, Bienes, licencias, autorizaciones, consentimientos o permisos, si el directorio o la asamblea de accionistas del Emisor determina de buena fe que su mantenimiento o conservación ya no resulta necesaria o conveniente para el desarrollo de la actividad del Emisor; y (c) mantener el desarrollo de la totalidad o una parte sustancial de (i) las actividades u operaciones relacionadas con la fabricación, armado, comercialización, distribución, importación, y exportación de productos electrónicos, productos alimenticios y cualesquiera otros productos de consumo masivo, y la compra, venta, importación, exportación, distribución, transporte y cualquier otra forma de comercialización al por mayor y/o por menor de los productos antedichos, y/o (ii) cualquier otra actividad u operación que el Emisor desarrolle en el futuro, y en caso de producirse una interrupción de alguna de dichas actividades u operaciones la misma no podrá subsistir por un período de treinta (30) días corridos o más desde la ocurrencia de la interrupción. (iii)...
Ciertos compromisos. El Contrato de Fideicomiso contendrá compromisos que incluyen, entre otros, los siguientes:
Ciertos compromisos. El Contrato de Fideicomiso (conforme dicho término Forma, Compensación y Liquidación .................. Las Obligaciones Negociables se emitirán Listado/Negociación La Emisora ha solicitado autorización para el listado

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  • CLÁUSULA COMPROMISORIA Cualquier diferencia, conflicto o incumplimiento que surja entre las partes con ocasión de la suscripción, ejecución, terminación o liquidación del presente contrato, que no haya podido resolverse mediante los mecanismos de solución de controversias extrajudiciales a que se hizo referencia en la cláusula anterior, será sometido a la decisión de un Tribunal de Arbitramento, que se sujetará a las normas vigentes sobre la materia y se regirá especialmente, por las siguientes reglas: a) El Tribunal estará integrado por tres árbitros nombrados así: cada una de las partes nombrará un (1) árbitro, el árbitro restante será nombrado de común acuerdo entre las partes y si esto no es posible se delega su nombramiento al Director del Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Superintendencia de Sociedades – Sede Bogotá, para que lo designe conforme al reglamento del Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Superintendencia de Sociedades – Sede Bogotá. b) Los árbitros deberán ser abogados colombianos, inscritos en las listas de árbitros del Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Superintendencia de Sociedades – Sede Bogotá. c) La organización interna del Tribunal se sujetará a las reglas previstas para el efecto por el Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Superintendencia de Sociedades – Sede Bogotá, en lo no regulado en la presente cláusula. d) El Tribunal funcionará en la ciudad de Bogotá, en el Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Superintendencia de Sociedades. e) El Tribunal decidirá en derecho y su fallo tendrá efectos de cosa juzgada material de última instancia y, en consecuencia, será final y obligatorio para las partes.

  • CLAUSULA COMPROMISORIA Cualquier diferencia, conflicto o incumplimiento que surja entre las partes con ocasión de la suscripción, ejecución, interpretación, terminación o liquidación del presente convenio, será sometido a la decisión de un Tribunal de Arbitramento, que se sujetará a las normas vigentes sobre la materia y se regirá especialmente por las siguientes reglas: a) El Tribunal estará integrado por tres (3) árbitros nombrados de común acuerdo entre las partes. En caso de que las partes no puedan ponerse de acuerdo en el nombramiento del árbitro dentro del mes siguiente al surgimiento de la diferencia, delegan su nombramiento al Director del Centro de Arbitraje y Conciliación Mercantil de la Superintendencia de Sociedades para que lo designe conforme al reglamento del Centro de Arbitraje y Conciliación Mercantil de la Superintendencia de Sociedades – Bogotá. b) El Árbitro deberá ser abogado colombiano, inscrito en las listas de árbitros del Centro de Arbitraje y Conciliación Mercantil de la Superintendencia de Sociedades. c) La organización interna del Tribunal se sujetará a las reglas previstas para el efecto por el Centro de Arbitraje y Conciliación xx Xxxxxx de Comercio de Bogotá, en lo no regulado en la presente cláusula. d) El Tribunal funcionará en la ciudad de Bogotá, en el Centro de Arbitraje y Conciliación xx Xxxxxx de Comercio de Bogotá. e) El Tribunal decidirá en derecho y su fallo tendrá efectos de cosa juzgada material de última instancia y, en consecuencia, será final y obligatorio para las partes.

  • COMPROMISOS A) "EL MINISTER'P" tendrá a su cargo el ¡ financiamiento de ¡os recursos humanos calificados ¥ operativos del Área Mujer creada por el Municipio. I,.os recursos que ha de fin~nciar el Ministerio son los . . I siguientes. UR/a profesional ell Derecho. ~, I UR/a Profesional el Psicología. ¡ Un/a Profesional el Trabajo Social. Un/a Operador Territorial. Definido por el MINISTERIF Carga Horaria: cada integrante del Equipo de profisionales tendrá una carga horaria minima de 25 (veinticinco) horas semanales. r--------------------------------- elección: el p -eso de selección del personal ~ue conformara el Equipo Técnico se reali~ar en forma conjunta entrel EL MUNICIPIO Y LA COORDINACiÓN DE S AREAS MUJER MU~ICIPAL dependiente. del MINISTERIO.------, ----------- - ;I _ ~ M " ~ r l',I'" l ,'" 1''1 "",, f" 7" 1: ~ \-'. ~"-", I 0 ,'x<X "" (",,0, ,~x\ x'''-' ,'x ~"",x,X :"'/"'\) '; ,'t: \t 1: ,'t"':.'¡;"~ I¡ DAN![-:L Hn; ",\ ;10 XXXXX ¡\t'N¡~:r';KO MiNiSrl.:.t<:IO DE IJES,:.,RROLLO HLI!l-i/\.NQ y PROMOCICN SOCIAL 1 I "_ ¡" 138~ o--¡~ CORRESP. EX~' " 3 6 O ~ «(~!- FOLIO" "'''0 Incumplimiento del eguipo""t~;;ii'i~o V/o e'l e~o't"'fI!rt!t6~2g¡ñ1e'~~I. I~ :; incumplimiento de laE Oblig~ciones y/u objetivos del!presente convenio pí'( ..n_---:n .. parte delllos los pro"esionales y/o el operador terrilorial, el Ministerio de~:::::-':-¿" ~esarrollo Humano y Promoción Social, a través de ¡la Coordinación de las Areas Mujer, le comunicará fehacientemente al Intende~te del Municipio que en un tiempo perentorio r:o mayor a 30 dia~ corridos debe1á proceder a rescindir y reemplazar elllos cont.-atos del equIpo tecnlco.----------T------------------------------ Ética Profesional: e" profesional deberá observar u~a conducta honorable, digna y decorosa inherente a su función, gUardandol secreto respecto a ¡os hechos que ha conocido con motivo del asunto encom~ndado o consultado sin ofrecer servicios violatorios a la ética profesional --------~------------------------------ I

  • COMPROMISOS DE LAS PARTES LA ASOCIACIÓN se comprometen a: 1. Realizar las charlas de sensibilización, capacitación a los trabajadores, estudiantes y comunidad universitaria en general, en coordinación con la Oficina de Gestión Ambiental de la UNALM, sobre el adecuado manejo de envases de plaguicidas, aprobados por SENASA y el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. 2. Promover el adecuado “Triple Lavado” y “Perforación” de los envases vacíos de plaguicidas de uso agrícola para el cumplimiento del DS N°001-2015-MINAGRI. 3. Dotar de contenedores y bolsas para ser ubicados e instalados en lugares estratégicos para la recolección de envases vacíos de plaguicidas generados en los campos agrícolas y otros, en coordinación con la Oficina de Gestión Ambiental. 4. Una vez notificados por la UNALM, a través del correo xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx, comunicarse con la Oficina de Gestión Ambiental para la coordinación del día y la hora de la recolección de los envases vacíos de plaguicidas, previamente lavados y perforados, almacenados temporalmente en los contenedores ubicados dentro del campus universitario. 5. De ser necesario, de acuerdo a la generación y manejo de envases vacíos de plaguicidas, coordinar con la UNALM a través de la Oficina de Gestión Ambiental, el aumento de la dotación de contenedores y bolsas para el almacenamiento temporal de estos envases. 6. Entregar los certificados correspondientes que evidencien la recolección y disposición final de los envases vacíos de plaguicidas generados y almacenados temporalmente dentro de las instalaciones de la UNALM. 1. Promover y difundir las capacitaciones y sensibilización a los trabajadores estudiantes y comunidad universitaria en general, sobre el adecuado manejo de envases de plaguicidas aprobados por SENASA y Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. 2. Realizar las acciones de difusión y convocatoria para el desarrollo de las capacitaciones a ejecutar por LA ASOCIACIÓN. 3. Almacenar temporalmente los envases vacíos de plaguicidas para su correcta recolección, tratamiento o disposición final mediante LA ASOCIACIÓN. 4. Coordinar con LA ASOCIACIÓN la respectiva recolección de envases vacíos de plaguicidas, una vez que los contenedores de estos, se encuentren llenos. 5. Custodiar los contenedores para almacenamiento temporal, de envases vacíos de plaguicidas, entregados por LA ASOCIACIÓN. 6. Brindar facilidades y seguimiento para el ingreso al campus universitario de LA ASOCIACIÓN, para el respectivo manejo integral de los residuos de envases vacíos de plaguicidas.

  • DERECHOS SOBRE EL SALVAMENTO El ASEGURADO participará proporcionalmente en el valor de la venta del salvamento neto, teniendo en cuenta el deducible y el infraseguro, cuando hubiere lugar a éste último. Se entiende por salvamento neto el valor resultante de descontar del valor de venta del mismo los gastos realizados por la COMPAÑÍA, tales como los necesarios para la recuperación y comercialización de dicho salvamento.

  • COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS D./Dña.…………………………………………………, con DNI………………en nombre propio o en representación de (licitadora)……………………………………………, con NIF………………………; en relación con el expediente nº …………………… Que en relación con los medios a adscribir a la ejecución del contrato:

  • COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD El adjudicatario que, por su relación con este Banco Central, pudiera tomar conocimiento de información confidencial, deberá suscribir el “Acta de Compromiso de Confidencialidad”, en lo que respecta al tratamiento de la información de la Institución (ANEXO II).

  • PRESENTACIÓN Y COMPROMISO Datos generales del oferente.

  • IMPUESTOS Y DERECHOS Los impuestos, derechos y gastos que procedan con motivo de la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, serán pagados por "EL PROVEEDOR", mismos que no serán repercutidos a "EL CENACE".

  • EFECTOS DE ESTE ACUERDO Y RECURSOS CONTRA EL MISMO El presente acuerdo causa estado en vía administrativa y tiene carácter ejecutivo. Contra él se puede interponer recurso contencioso-administrativo en única instancia ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 15 de octubre de 2010