Common use of COBERTURAS BÁSICAS Clause in Contracts

COBERTURAS BÁSICAS. 1.1.1 RESPONSABILIDAD CIVIL, DEFENSA DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL Y FIANZAS En los términos y condiciones consignados en la póliza, CASER toma a su cargo la Responsabilidad Civil extracontractual que pueda derivarse para el Asegurado, de acuerdo con las leyes vigentes, como consecuencia de los daños y perjuicios ocasionados involuntariamente a terceros, por hechos que tengan relación directa, y deriven del riesgo especificado en la presente póliza. Por consiguiente, dentro de las coberturas del seguro queda comprendida la responsabilidad civil del Asegurado, derivada de: − Los daños causados por los animales asegurados dentro o fuera de los límites de la vivienda del Asegurado, aun en el supuesto que éstos hayan sido confiados a un tercero para su cuidado y/o atención, siempre que no medie pago o retribución al tercero por el servicio prestado. − Los daños causados por los animales asegurados durante la asistencia a exposiciones y ferias, con exclusión de los daños causados durante el transporte. Dentro de los límites fijados en las Condiciones Particulares, CASER garantiza al Asegurado: − El abono a los perjudicados o a sus derechohabientes de las indemnizaciones a que dé lugar la responsabilidad civil del mismo. − El pago de las costas y gastos judiciales o extrajudiciales inherentes al siniestro, que se abonarán en la misma proporción existente entre la indemnización que deba satisfacer CASER, de acuerdo con lo previsto en la póliza, y el importe total de la Responsabilidad Civil del Asegurado en el siniestro. - La defensa de la responsabilidad civil del Asegurado en procedimientos civiles o penales, como consecuencia de reclamaciones de responsabilidad civil derivada de hechos garantizados por esta póliza, incluso contra las reclamaciones infundadas, en los términos aquí indicados. Salvo pacto en contrario, en cualquier procedimiento judicial que se derive de un siniestro amparado por la póliza, CASER asumirá, a sus expensas, la dirección jurídica frente a la reclamación de perjudicado, designando los Letrados y Procuradores que defenderán y representarán al Asegurado en las actuaciones judiciales que se le siguieran en reclamación de responsabilidades civiles cubiertas por esta póliza, y ello aún cuando dichas reclamaciones fueran infundadas. El Asegurado deberá prestar la colaboración necesaria a dicha defensa, comprometiéndose a otorgar los poderes y la asistencia personal que fueren precisos. En cuanto a las acciones penales, Xxxxx podrá asumir la defensa del Asegurado con su consentimiento. Sea cual fuere el fallo o resultado del procedimiento judicial, CASER se reserva la decisión de ejercitar los recursos legales que procedieren contra dicho fallo o resultado, o el conformarse con el mismo. Si CASER estima improcedente el recurso, lo comunicará al Asegurado, quedando éste en libertad de interponerlo por su exclusiva cuenta, y aquél obligado a reembolsarle los gastos judiciales y los de abogado y procurador, en el supuesto de que dicho recurso prosperase. Cuando se produjere algún conflicto entre el Asegurado y CASER, motivado por tener que sustentar éste en el siniestro, intereses contrarios a la defensa del Asegurado, CASER lo pondrá en conocimiento del Asegurado, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que, por su carácter urgente, sean necesarias para la defensa. En este caso el Asegurado podrá optar entre el mantenimiento de la dirección jurídica por CASER, o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso, CASER quedará obligado a abonar los gastos de tal dirección jurídica, hasta el límite pactado en las Condiciones Particulares. XXXXX no responde de la actuación del abogado ni del procurador designado, como tampoco de los resultados del asunto o procedimiento en que intervengan. Cuando los profesionales que se encarguen de la defensa del Asegurado sean designados por CASER, éste asumirá los gastos en su totalidad. − CASER responderá de la constitución de las fianzas judiciales exigidas para garantizar la Responsabilidad Civil asegurada; pero, en caso de que los Tribunales pidan una fianza global para responder conjuntamente de las Responsabilidades civiles y criminales, CASER depositará, como garantía de la primera, la mitad de la fianza global exigida, siempre dentro de los límites antes citados. La indemnización máxima por Responsabilidad Civil, cubierta por el seguro, se entenderá liberada de cualquier deducción por gastos judiciales o extrajudiciales que, como consecuencia de la tramitación del expediente del siniestro, se hayan producido a CASER, aún cuando aquellos gastos, sumados a la indemnización satisfecha, excedan de la citada garantía. CASER no responderá del pago de multas o sanciones de cualquier naturaleza, ni de las consecuencias de su impago. No se garantizan las reclamaciones a consecuencia de: a) Xxxxx sufridos por las personas a quienes se ha confiado el animal para su custodia o atención, así como los sufridos por aquellos que, por cualquier causa, se sirven del animal. b) Participación del animal en peleas organizadas, carreras o competiciones, salvo lo dispuesto en cuanto a su asistencia a ferias o exposiciones. c) Comercio, venta, selección, reproducción, custodia, cría y adiestramiento de animales. d) Contagio o transmisión de enfermedades por los animales, salvo daños personales siempre y cuando el Asegurado haya cumplido la legislación vigente respecto a la prevención y consecuencias de dichas enfermedades (vacunas, etc.). De tal forma que la garantía de Responsabilidad Civil otorgada por este seguro sólo tendrá validez cuando a los animales objeto del seguro se les haya aplicado las vacunas obligatorias legalmente establecidas. e) En caso de hidrofobia xxx xxxxx, el Asegurado está obligado – bajo pena de pérdida de todo derecho derivado de la póliza – a tomar las oportunas medidas de precaución, interesándose por la inmediata captura y cuarentena xxx xxxxx hidrófobo.

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Samples: Seguro De Responsabilidad Civil, Seguro De Responsabilidad Civil

COBERTURAS BÁSICAS. 1.1.1 RESPONSABILIDAD CIVILCOBERTURA A: INFIDELIDAD DE EMPLEADOS 1. Daños a la Propiedad del Asegurado que se encuentre dentro de sus locales, DEFENSA DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL Y FIANZAS En ocasionados por robo, atraco, engaño o desaparición misteriosa e inexplicable, daño, destrucción o extravío, causado por toda persona, mientras dicha Propiedad se encuentra dentro de todo local situado en todo lugar, incluyendo caravanas y/o predios similares utilizados provisionalmente por el Asegurado para llevar a cabo su negocio, excepto mientras dicha Propiedad este en el correo o en poder de algún transportista contratado, salvo que se trate de una compañía de vehículos motorizados blindados o de seguridad, para propósito de transporte. 2. Daños a la Propiedad de los términos clientes que se encuentren dentro de los locales del Asegurado: Ampara las pérdidas de toda Propiedad, en poder del cliente del Asegurado o del representante de dicho cliente, sea o no el Asegurado legalmente responsable por esta pérdida: (i) Por toda causa mientras dicha Propiedad se encuentre dentro de los locales del Asegurado o, (ii) Por robo mientras dicho cliente o representante este tramitando negocios con el Asegurado en una ventanilla exterior, maquina dispensadora de dinero, kiosco bancario, o facilidad similar otorgada por el Asegurado para ese fin o mientras dicho cliente o representante este dentro de todo edificio, acceso, plaza de 3. Daños a los equipos de oficina del Asegurado que se encuentre dentro de sus locales por razón de la pérdida o daño a todo el mobiliario, instalaciones, equipos, papelería, suministros, bóvedas y condiciones consignados cajas fuertes dentro de los locales del Asegurado causado por robo o atraco y/o toda tentativa de los mismos o por vandalismo o daño malicioso exceptuando en todo caso todas las pérdidas causadas por incendio. Queda entendido y convenido que las pérdidas o daños a equipos de oficina según lo arriba indicado, están cubiertos bajo la presente póliza única y exclusivamente a consecuencia de eventos amparados por la póliza. 4. Daños o pérdidas a las oficinas del Asegurado causados por robo, CASER toma a su cargo la Responsabilidad Civil extracontractual atraco o intento de los mismos, o al interior de tales oficinas por vandalismo o daños maliciosos. Es condición en todo caso, para que pueda derivarse para se amparen los riesgos del punto 3 y 4 que el AseguradoAsegurado sea el propietario de tales oficinas, de acuerdo con mobiliario, instalaciones, equipos (exceptuando computadoras y sus equipos anexos y periféricos), papelería, suministros ó caja fuertes y bóvedas, o que sea responsable da dicha pérdida o daño, siempre exceptuando sin embargo toda pérdida o daño por incendio. - COBERTURA C: TRÁNSITO Ampara las leyes vigentes, pérdidas sufridas por toda propiedad como consecuencia de los daños y perjuicios ocasionados involuntariamente a tercerosdaño, destrucción, robo, extravío, apropiación indebida o desaparición misteriosa e inexplicable de la Propiedad, ya sea por hechos que tengan relación directa, y deriven del riesgo especificado en la presente póliza. Por consiguiente, dentro de las coberturas del seguro queda comprendida la responsabilidad civil del Asegurado, derivada de: − Los daños causados por los animales asegurados dentro negligencia o fuera fraude de los límites de la vivienda del Asegurado, aun en el supuesto que éstos hayan sido confiados a un tercero para su cuidado y/o atención, siempre que no medie pago o retribución al tercero por el servicio prestado. − Los daños causados por los animales asegurados durante la asistencia a exposiciones y ferias, con exclusión de los daños causados durante el transporte. Dentro de los límites fijados en las Condiciones Particulares, CASER garantiza al Asegurado: − El abono a los perjudicados o a sus derechohabientes de las indemnizaciones a que dé lugar la responsabilidad civil del mismo. − El pago de las costas y gastos judiciales o extrajudiciales inherentes al siniestro, que se abonarán en la misma proporción existente entre la indemnización que deba satisfacer CASER, de acuerdo con lo previsto en la póliza, y el importe total de la Responsabilidad Civil empleados del Asegurado o de otra manera, mientras dicha Propiedad esté en el siniestro. - La defensa de la responsabilidad civil del Asegurado en procedimientos civiles o penales, como consecuencia de reclamaciones de responsabilidad civil derivada de hechos garantizados por esta póliza, incluso contra las reclamaciones infundadas, en los términos aquí indicados. Salvo pacto en contrario, en cualquier procedimiento judicial que se derive de un siniestro amparado por la póliza, CASER asumirá, a sus expensas, la dirección jurídica frente a la reclamación de perjudicado, designando los Letrados y Procuradores que defenderán y representarán al Asegurado en las actuaciones judiciales que se le siguieran en reclamación de responsabilidades civiles cubiertas por esta póliza, y ello aún cuando dichas reclamaciones fueran infundadas. El Asegurado deberá prestar la colaboración necesaria a dicha defensa, comprometiéndose a otorgar los poderes y la asistencia personal que fueren precisos. En cuanto a las acciones penales, Xxxxx podrá asumir la defensa del Asegurado con su consentimiento. Sea cual fuere el fallo o resultado del procedimiento judicial, CASER se reserva la decisión de ejercitar los recursos legales que procedieren contra dicho fallo o resultado, o el conformarse con el mismo. Si CASER estima improcedente el recurso, lo comunicará al Asegurado, quedando éste en libertad de interponerlo por su exclusiva cuenta, y aquél obligado a reembolsarle los gastos judiciales y los de abogado y procurador, en el supuesto de que dicho recurso prosperase. Cuando se produjere algún conflicto entre el Asegurado y CASER, motivado por tener que sustentar éste en el siniestro, intereses contrarios a la defensa del Asegurado, CASER lo pondrá en conocimiento del Asegurado, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que, por su carácter urgente, sean necesarias para la defensa. En este caso el Asegurado podrá optar entre el mantenimiento de la dirección jurídica por CASER, o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso, CASER quedará obligado a abonar los gastos de tal dirección jurídica, hasta el límite pactado en las Condiciones Particulares. XXXXX no responde de la actuación del abogado ni del procurador designado, como tampoco de los resultados del asunto o procedimiento en que intervengan. Cuando los profesionales que se encarguen de la defensa del Asegurado sean designados por CASER, éste asumirá los gastos en su totalidad. − CASER responderá de la constitución de las fianzas judiciales exigidas para garantizar la Responsabilidad Civil asegurada; pero, en caso de que los Tribunales pidan una fianza global para responder conjuntamente de las Responsabilidades civiles y criminales, CASER depositará, como garantía de la primera, la mitad de la fianza global exigida, siempre tránsito dentro de los límites antes citadosterritoriales costarricenses, bajo la custodia de toda persona o personas que estén actuando como mensajeros. La indemnización máxima por Responsabilidad Civil, cubierta por El tránsito comenzará en el seguro, se entenderá liberada de cualquier deducción por gastos judiciales momento en que la persona o extrajudiciales que, como consecuencia de personas encargadas del transporte reciban la tramitación del expediente del siniestro, se Propiedad y terminará inmediatamente cuando dicha persona o personas hayan producido a CASER, aún cuando aquellos gastos, sumados a entregado la indemnización satisfecha, excedan de la citada garantía. CASER no responderá del pago de multas o sanciones de cualquier naturaleza, ni de las consecuencias de su impago. No se garantizan las reclamaciones a consecuencia de: a) Xxxxx sufridos por las personas a quienes se ha confiado el animal para su custodia o atención, así como los sufridos por aquellos que, por cualquier causa, se sirven del animal. b) Participación del animal en peleas organizadas, carreras o competiciones, salvo lo dispuesto en cuanto Propiedad a su asistencia a ferias o exposicionesdestino. c) Comercio, venta, selección, reproducción, custodia, cría y adiestramiento de animales. d) Contagio o transmisión de enfermedades por los animales, salvo daños personales siempre y cuando el Asegurado haya cumplido la legislación vigente respecto a la prevención y consecuencias de dichas enfermedades (vacunas, etc.). De tal forma que la garantía de Responsabilidad Civil otorgada por este seguro sólo tendrá validez cuando a los animales objeto del seguro se les haya aplicado las vacunas obligatorias legalmente establecidas. e) En caso de hidrofobia xxx xxxxx, el Asegurado está obligado – bajo pena de pérdida de todo derecho derivado de la póliza – a tomar las oportunas medidas de precaución, interesándose por la inmediata captura y cuarentena xxx xxxxx hidrófobo.

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Samples: Seguro De Fidelidad Bancaria

COBERTURAS BÁSICAS. 1.1.1 RESPONSABILIDAD CIVIL, DEFENSA DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL Y FIANZAS En los términos y condiciones consignados en la póliza, CASER toma a su cargo la Responsabilidad Civil extracontractual que pueda derivarse para el Asegurado, de acuerdo con las leyes vigentes, como consecuencia de los daños y perjuicios ocasionados involuntariamente a terceros, por hechos que tengan relación directa, y deriven del riesgo especificado en la presente póliza. Por consiguiente, dentro de las coberturas del seguro queda comprendida la responsabilidad civil del Asegurado, derivada de: − Los daños causados por los animales asegurados dentro o fuera de los límites de la vivienda del Asegurado, aun en el supuesto que éstos hayan sido confiados a un tercero para su cuidado y/o atención, siempre que no medie pago o retribución al tercero por el servicio prestado. − Los daños causados por los animales asegurados durante la asistencia a exposiciones y ferias, con exclusión de los daños causados durante el transporte. Dentro de los límites fijados en las Condiciones Particulares, CASER garantiza al Asegurado: − El abono a los perjudicados o a sus derechohabientes de las indemnizaciones a que dé lugar la responsabilidad civil del mismo. − El pago de las costas y gastos judiciales o extrajudiciales inherentes al siniestro, que se abonarán en la misma proporción existente entre la indemnización que deba satisfacer CASER, de acuerdo con lo previsto en la póliza, y el importe total de la Responsabilidad Civil del Asegurado en el siniestro. - La defensa de la responsabilidad civil del Asegurado en procedimientos civiles o penales, como consecuencia de reclamaciones de responsabilidad civil derivada de hechos garantizados por esta póliza, incluso contra las reclamaciones infundadas, en los términos aquí indicados. Salvo pacto en contrario, en cualquier procedimiento judicial que se derive de un siniestro amparado por la póliza, CASER asumirá, a sus expensas, la dirección jurídica frente a la reclamación de perjudicado, designando los Letrados y Procuradores que defenderán y representarán al Asegurado en las actuaciones judiciales que se le siguieran en reclamación de responsabilidades civiles cubiertas por esta póliza, y ello aún cuando dichas reclamaciones fueran infundadas. El Asegurado deberá prestar la colaboración necesaria a dicha defensa, comprometiéndose a otorgar los poderes y la asistencia personal que fueren precisos. En cuanto a las acciones penales, Xxxxx Caser podrá asumir la defensa del Asegurado con su consentimiento. Sea cual fuere el fallo o resultado del procedimiento judicial, CASER se reserva la decisión de ejercitar los recursos legales que procedieren contra dicho fallo o resultado, o el conformarse con el mismo. Si CASER estima improcedente el recurso, lo comunicará al Asegurado, quedando éste en libertad de interponerlo por su exclusiva cuenta, y aquél obligado a reembolsarle los gastos judiciales y los de abogado y procurador, en el supuesto de que dicho recurso prosperase. Cuando se produjere algún conflicto entre el Asegurado y CASER, motivado por tener que sustentar éste en el siniestro, intereses contrarios a la defensa del Asegurado, CASER lo pondrá en conocimiento del Asegurado, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que, por su carácter urgente, sean necesarias para la defensa. En este caso el Asegurado podrá optar entre el mantenimiento de la dirección jurídica por CASER, o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso, CASER quedará obligado a abonar los gastos de tal dirección jurídica, hasta el límite pactado en las Condiciones Particulares. XXXXX no responde de la actuación del abogado ni del procurador designado, como tampoco de los resultados del asunto o procedimiento en que intervengan. Cuando los profesionales que se encarguen de la defensa del Asegurado sean designados por CASER, éste asumirá los gastos en su totalidad. − CASER responderá de la constitución de las fianzas judiciales exigidas para garantizar la Responsabilidad Civil asegurada; pero, en caso de que los Tribunales pidan una fianza global para responder conjuntamente de las Responsabilidades civiles y criminales, CASER depositará, como garantía de la primera, la mitad de la fianza global exigida, siempre dentro de los límites antes citados. La indemnización máxima por Responsabilidad Civil, cubierta por el seguro, se entenderá liberada de cualquier deducción por gastos judiciales o extrajudiciales que, como consecuencia de la tramitación del expediente del siniestro, se hayan producido a CASER, aún cuando aquellos gastos, sumados a la indemnización satisfecha, excedan de la citada garantía. CASER no responderá del pago de multas o sanciones de cualquier naturaleza, ni de las consecuencias de su impago. No se garantizan las reclamaciones a consecuencia de:. a) Xxxxx sufridos por las personas a quienes se ha confiado el animal para su custodia o atención, así como los sufridos por aquellos que, por cualquier causa, se sirven del animal. b) Participación del animal en peleas organizadas, carreras o competiciones, salvo lo dispuesto en cuanto a su asistencia a ferias o exposiciones. c) Comercio, venta, selección, reproducción, custodia, cría y adiestramiento de animales. d) Contagio o transmisión de enfermedades por los animales, salvo daños personales siempre y cuando el Asegurado haya cumplido la legislación vigente respecto a la prevención y consecuencias de dichas enfermedades (vacunas, etc.). De tal forma que la garantía de Responsabilidad Civil otorgada por este seguro sólo tendrá validez cuando a los animales objeto del seguro se les haya aplicado las vacunas obligatorias legalmente establecidas. e) En caso de hidrofobia xxx xxxxx, el Asegurado está obligado – bajo pena de pérdida de todo derecho derivado de la póliza – a tomar las oportunas medidas de precaución, interesándose por la inmediata captura y cuarentena xxx xxxxx hidrófobo.

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Samples: Seguro De Responsabilidad Civil

COBERTURAS BÁSICAS. 1.1.1 RESPONSABILIDAD CIVIL, DEFENSA DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL Y FIANZAS En los términos y condiciones consignados en la póliza, CASER toma a su cargo la Responsabilidad Civil extracontractual que pueda derivarse para el Asegurado, de acuerdo con las leyes vigentes, como consecuencia de los daños y perjuicios ocasionados involuntariamente a terceros, por hechos que tengan relación directa, y deriven del riesgo especificado en la presente póliza. Por consiguiente, dentro de las coberturas del seguro queda comprendida la responsabilidad civil del Asegurado, derivada de: Los daños causados por los animales asegurados dentro o fuera de los límites de la vivienda del Asegurado, aun en el supuesto que éstos hayan sido confiados a un tercero para su cuidado y/o atención, siempre que no medie pago o retribución al tercero por el servicio prestado. Los daños causados por los animales asegurados durante la asistencia a exposiciones y ferias, con exclusión de los daños causados durante el transporte. Dentro de los límites fijados en las Condiciones Particulares, CASER garantiza al Asegurado: El abono a los perjudicados o a sus derechohabientes de las indemnizaciones a que dé lugar la responsabilidad civil del mismo. El pago de las costas y gastos judiciales o extrajudiciales inherentes al siniestro, que se abonarán en la misma proporción existente entre la indemnización que deba satisfacer CASER, de acuerdo con lo previsto en la póliza, y el importe total de la Responsabilidad Civil del Asegurado en el siniestro. - La defensa de la responsabilidad civil del Asegurado en procedimientos civiles o penales, como consecuencia de reclamaciones de responsabilidad civil derivada de hechos garantizados por esta póliza, incluso contra las reclamaciones infundadas, en los términos aquí indicados. Salvo pacto en contrario, en cualquier procedimiento judicial que se derive de un siniestro amparado por la póliza, CASER asumirá, a sus expensas, la dirección jurídica frente a la reclamación de perjudicado, designando los Letrados y Procuradores que defenderán y representarán al Asegurado en las actuaciones judiciales que se le siguieran en reclamación de responsabilidades civiles cubiertas por esta póliza, y ello aún cuando dichas reclamaciones fueran infundadas. El Asegurado deberá prestar la colaboración necesaria a dicha defensa, comprometiéndose a otorgar los poderes y la asistencia personal que fueren precisos. En cuanto a las acciones penales, Xxxxx Caser podrá asumir la defensa del Asegurado con su consentimiento. Sea cual fuere el fallo o resultado del procedimiento judicial, CASER se reserva la decisión de ejercitar los recursos legales que procedieren contra dicho fallo o resultado, o el conformarse con el mismo. Si CASER estima improcedente el recurso, lo comunicará al Asegurado, quedando éste en libertad de interponerlo por su exclusiva cuenta, y aquél obligado a reembolsarle los gastos judiciales y los de abogado y procurador, en el supuesto de que dicho recurso prosperase. Cuando se produjere algún conflicto entre el Asegurado y CASER, motivado por tener que sustentar éste en el siniestro, intereses contrarios a la defensa del Asegurado, CASER lo pondrá en conocimiento del Asegurado, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que, por su carácter urgente, sean necesarias para la defensa. En este caso el Asegurado podrá optar entre el mantenimiento de la dirección jurídica por CASER, o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso, CASER quedará obligado a abonar los gastos de tal dirección jurídica, hasta el límite pactado en las Condiciones Particulares. XXXXX no responde de la actuación del abogado ni del procurador designado, como tampoco de los resultados del asunto o procedimiento en que intervengan. Cuando los profesionales que se encarguen de la defensa del Asegurado sean designados por CASER, éste asumirá los gastos en su totalidad. CASER responderá de la constitución de las fianzas judiciales exigidas para garantizar la Responsabilidad Civil asegurada; pero, en caso de que los Tribunales pidan una fianza global para responder conjuntamente de las Responsabilidades civiles y criminales, CASER depositará, como garantía de la primera, la mitad de la fianza global exigida, siempre dentro de los límites antes citados. La indemnización máxima por Responsabilidad Civil, cubierta por el seguro, se entenderá liberada de cualquier deducción por gastos judiciales o extrajudiciales que, como consecuencia de la tramitación del expediente del siniestro, se hayan producido a CASER, aún cuando aquellos gastos, sumados a la indemnización satisfecha, excedan de la citada garantía. CASER no responderá del pago de multas o sanciones de cualquier naturaleza, ni de las consecuencias de su impago. No se garantizan las reclamaciones a consecuencia de:. a) Xxxxx sufridos por las personas a quienes se ha confiado el animal para su custodia o atención, así como los sufridos por aquellos que, por cualquier causa, se sirven del animal. b) Participación del animal en peleas organizadas, carreras o competiciones, salvo lo dispuesto en cuanto a su asistencia a ferias o exposiciones. c) Comercio, venta, selección, reproducción, custodia, cría y adiestramiento de animales. d) Contagio o transmisión de enfermedades por los animales, salvo daños personales siempre y cuando el Asegurado haya cumplido la legislación vigente respecto a la prevención y consecuencias de dichas enfermedades (vacunas, etc.). De tal forma que la garantía de Responsabilidad Civil otorgada por este seguro sólo tendrá validez cuando a los animales objeto del seguro se les haya aplicado las vacunas obligatorias legalmente establecidas. e) En caso de hidrofobia xxx xxxxx, el Asegurado está obligado – bajo pena de pérdida de todo derecho derivado de la póliza – a tomar las oportunas medidas de precaución, interesándose por la inmediata captura y cuarentena xxx xxxxx hidrófobo.

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Samples: Seguro De Responsabilidad Civil Con Garantía De Asistencia Veterinaria

COBERTURAS BÁSICAS. 1.1.1 RESPONSABILIDAD CIVIL, DEFENSA DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL Y FIANZAS En los términos y condiciones consignados en la póliza, CASER toma a su cargo la Responsabilidad Civil extracontractual Extracontractual, incluidos perjuicios patrimoniales y extrapatrimoniales, con el mismo límite asegurado. Pérdida Total por Daños (Incluidos actos terroristas y riesgos asegurados por pólizas contratadas por el Gobierno Nacional o Entidades de cualquier orden) Pérdida Parcial por Daños (Incluidos actos terroristas y riesgos asegurados por pólizas contratadas por el Gobierno Nacional o Entidades de cualquier orden) Pérdida parcial o Total por Xxxxx o Hurto Calificado (Incluidos actos terroristas y riesgos asegurados por pólizas contratadas por el Gobierno Nacional o Entidades de cualquier orden) XXXX, HMACCOP, Huelga , Sabotaje y Terrorismo. Incluidos actos terroristas y riesgos asegurados por pólizas contratadas por el Gobierno Nacional o Entidades de cualquier orden, así como las pérdidas ocurridas a consecuencia de estos eventos o las ocurridas después de un accidente Xxxxxxxxx, Temblor, Erupción Volcánica, fenómenos y/o cualquier evento de la naturaleza No aplicación de deducible. Amparo patrimonial Gastos xx xxxx, transporte y protección al vehículo: Queda expresamente convenido y aceptado, que pueda derivarse para el Aseguradobajo este seguro se amparan los gastos xx xxxx, transporte y protección de acuerdo con las leyes vigenteslos vehiculos, que se causen como consecuencia de los daños y perjuicios ocasionados involuntariamente a terceros, por hechos siniestros que tengan relación directa, y deriven del riesgo especificado en la presente póliza. Por consiguiente, dentro de afecten las coberturas del seguro queda comprendida la responsabilidad civil del Asegurado, derivada de: − Los daños causados por los animales asegurados dentro o fuera de los límites de la vivienda del Asegurado, aun en el supuesto que éstos hayan sido confiados a un tercero para su cuidado pérdidas parciales y/o atencióntotales, siempre incluidos los gastos xx xxxx y parqueaderos que se generen por accidentes en los que resulten personas lesionadas y/o muertas, sin que para la indemnización se aplique deducible u otro tipo de descuento Gastos de transporte por pérdidas totales (Daños y/o hurto y hurto calificado), Limite de $32.000 diarios y hasta sesenta (60) días, esta condición no aplica para motos y vehiculos pesados Asistencia en Viajes. (Para automóviles, vehículos, camionetas) esta condición no aplica para motos y vehiculos pesados Queda expresamente convenido y aceptado, que bajo esta cobertura la compañía se compromete a prestar la asistencia en viajes para los vehiculos asegurados y para tal efecto, la aseguradora se obliga a suministrar con la póliza el procedimiento bajo el cual se atenderá el servicio, el cual debe cumplir el requisito de atención inmediata veinticuatro (24) horas diarias continuas, durante la vigencia del seguro. Así mismo queda acordado que la aseguradora reconocerá la totalidad de los costos que se generen por este servicio y que en los caso en que no medie pago o retribución al tercero se llegue a prestar el sevicio en forma inmediata, la asistencia será contratada por el servicio prestado. − Los daños causados METRO CALI S.A y a su vez la compañía aseguradora respondera por los animales asegurados durante la asistencia a exposiciones y ferias, con exclusión costos de los daños causados durante el transporte. Dentro de los límites fijados en las Condiciones Particulares, CASER garantiza al Asegurado: − El abono a los perjudicados o a sus derechohabientes de las indemnizaciones a que dé lugar la responsabilidad civil del mismo. − El pago de las costas y gastos judiciales o extrajudiciales inherentes al siniestro, que se abonarán en la misma proporción existente entre la indemnización que deba satisfacer CASER, de acuerdo con lo previsto en la póliza, y el importe total de la Responsabilidad Civil del Asegurado en el siniestro. - La defensa de la responsabilidad civil del Asegurado en procedimientos civiles o penales, como consecuencia de reclamaciones de responsabilidad civil derivada de hechos garantizados por esta póliza, incluso contra las reclamaciones infundadas, en los términos aquí indicados. Salvo pacto en contrario, en cualquier procedimiento judicial que se derive de un siniestro amparado por la póliza, CASER asumirá, a sus expensas, la dirección jurídica frente a la reclamación de perjudicado, designando los Letrados y Procuradores que defenderán y representarán al Asegurado en las actuaciones judiciales que se le siguieran en reclamación de responsabilidades civiles cubiertas por esta póliza, y ello aún cuando dichas reclamaciones fueran infundadas. El Asegurado deberá prestar la colaboración necesaria a dicha defensa, comprometiéndose a otorgar los poderes y la asistencia personal que fueren precisos. En cuanto a las acciones penales, Xxxxx podrá asumir la defensa del Asegurado con su consentimiento. Sea cual fuere el fallo o resultado del procedimiento judicial, CASER se reserva la decisión de ejercitar los recursos legales que procedieren contra dicho fallo o resultado, o el conformarse con el mismo. Si CASER estima improcedente el recurso, lo comunicará al Asegurado, quedando éste en libertad de interponerlo por su exclusiva cuenta, y aquél obligado a reembolsarle los gastos judiciales y los de abogado y procurador, en el supuesto de que dicho recurso prosperase. Cuando se produjere algún conflicto entre el Asegurado y CASER, motivado por tener que sustentar éste en el siniestro, intereses contrarios a la defensa del Asegurado, CASER lo pondrá en conocimiento del Asegurado, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que, por su carácter urgente, sean necesarias para la defensa. En este caso el Asegurado podrá optar entre el mantenimiento de la dirección jurídica por CASER, o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso, CASER quedará obligado a abonar los gastos de tal dirección jurídica, hasta el límite pactado en las Condiciones Particulares. XXXXX no responde de la actuación del abogado ni del procurador designado, como tampoco de los resultados del asunto o procedimiento en que intervengan. Cuando los profesionales que se encarguen de la defensa del Asegurado sean designados por CASER, éste asumirá los gastos en su totalidad. − CASER responderá de la constitución de las fianzas judiciales exigidas para garantizar la Responsabilidad Civil asegurada; pero, en caso de que los Tribunales pidan una fianza global para responder conjuntamente de las Responsabilidades civiles y criminales, CASER depositará, como garantía de la primera, la mitad de la fianza global exigida, siempre dentro de los límites antes citados. La indemnización máxima por Responsabilidad Civil, cubierta por el seguro, se entenderá liberada de cualquier deducción por gastos judiciales o extrajudiciales que, como consecuencia de la tramitación del expediente del siniestro, se hayan producido a CASER, aún cuando aquellos gastos, sumados a la indemnización satisfecha, excedan de la citada garantía. CASER no responderá del pago de multas o sanciones de cualquier naturaleza, ni de las consecuencias de su impago. No se garantizan las reclamaciones a consecuencia de: a) Xxxxx sufridos por las personas a quienes se ha confiado el animal para su custodia o atención, así como los sufridos por aquellos que, por cualquier causa, se sirven del animalésta. b) Participación del animal en peleas organizadas, carreras o competiciones, salvo lo dispuesto en cuanto a su asistencia a ferias o exposiciones. c) Comercio, venta, selección, reproducción, custodia, cría y adiestramiento de animales. d) Contagio o transmisión de enfermedades por los animales, salvo daños personales siempre y cuando el Asegurado haya cumplido la legislación vigente respecto a la prevención y consecuencias de dichas enfermedades (vacunas, etc.). De tal forma que la garantía de Responsabilidad Civil otorgada por este seguro sólo tendrá validez cuando a los animales objeto del seguro se les haya aplicado las vacunas obligatorias legalmente establecidas. e) En caso de hidrofobia xxx xxxxx, el Asegurado está obligado – bajo pena de pérdida de todo derecho derivado de la póliza – a tomar las oportunas medidas de precaución, interesándose por la inmediata captura y cuarentena xxx xxxxx hidrófobo.

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Samples: Póliza De Seguro De Todo Riesgo Daños Materiales

COBERTURAS BÁSICAS. 1.1.1 RESPONSABILIDAD CIVILPredios, DEFENSA DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL Y FIANZAS En labores y operaciones. (Incluyendo incendio y explosión) La compañía se obliga a indemnizar, sujeto a los términos y condiciones consignados establecidas tanto en las condiciones generales como a las particulares de la póliza, CASER toma a su cargo los perjuicios patrimoniales y extrapatrimoniales que cause el asegurado con motivo de la Responsabilidad Civil responsabilidad civil extracontractual en que pueda derivarse para el Asegurado, incurra de acuerdo con la ley colombiana, por hechos imputables al asegurado, que causen la muerte, lesión o menoscabo en la salud de las leyes vigentespersonas (daños personales) y/o el deterioro o destrucción de bienes (daños materiales) y perjuicios económicos, incluyendo lucro cesante y daño moral, como consecuencia directa de tales daños personales y/o daños materiales La compañía responderá, además, aun en exceso de la suma asegurada por los costos del proceso que el tercero damnificado o sus causahabientes promuevan en su contra o la del asegurado, con las salvedades siguientes: La compañía responderá, además, por los costos del proceso que el tercero damnificado o sus causahabientes promuevan en su contra o la del asegurado, con las salvedades siguientes: • Si la responsabilidad proviene de dolo o esta expresamente señalada en las exclusiones de la póliza • Si el asegurado afronta el proceso contra orden expresa de la compañía, y • Si la condena por los perjuicios ocasionados a la victima excede la suma que delimita la responsabilidad de la compañía, esta solo responderá por los gastos del proceso en proporción a la cuota que le corresponda en la indemnización Uso de ascensores, escaleras automáticas, montacargas, grúas elevadores y similares Polución y contaminación accidental. Sublímite de $200.000.000 persona / $500.000.000 agregado vigencia. Por medio del presente anexo queda asegurada la responsabilidad civil extracontractual en que pudiera incurrir el asegurado por daños a terceros, ocasionados por variaciones perjudiciales de aguas, atmósfera suelos, subsuelos o bien por ruido y habiéndose manifestado durante la vigencia de la póliza siempre y cuando sean a consecuencia directa de un acontecimiento que, desviándose de la marcha normal de la actividad objeto del seguro, ocurra durante la vigencia de la póliza, dentro de los inmuebles asegurados de forma repentina, accidental e imprevista. Gastos médicos, Sublímite de $200.000.000 persona / $500.000.000 agregado vigencia. Sin aplicación de deducible. (El limite adicional, es calificable bajo las condiciones complementarias) Los oferentes deben contemplar para la propuesta de este amparo, que indemnizarán hasta el límite establecido en la póliza y dentro de los términos y con sujeción a las condiciones de este seguro, los gastos razonables que se causen dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la fecha del evento, por concepto de primeros auxilios inmediatos, servicios médicos, quirúrgicos, de ambulancia de hospital, de enfermeras y medicamentos, como consecuencia de las lesiones corporales producidas a terceros en desarrollo de las actividades de METRO CALI S.A. Se aclara, que el amparo que se otorga es independiente al de responsabilidad civil extracontractual y por consiguiente, los daños pagos que por dicho concepto se realicen, en ningún caso pueden ser interpretados como aceptación tácita de responsabilidad y perjuicios ocasionados involuntariamente no está sujeto a tercerosla aplicación de deducible. Contratistas y subcontratistas independientes, por hechos que tengan relación directaSublímite de $1.500.000.000 evento / agregado vigencia. (El limite adicional es calificable bajo las condiciones complementarias) Responsabilidad civil patronal en exceso de la seguridad social. Sublímite de $100.000.000 evento / $600.000.000 agregado vigencia. (El limite adicional es calificable bajo las condiciones complementarias) Vehículos propios y no propios en exceso del seguro de automóviles, SOAT y deriven del riesgo especificado en Equipo y Maquinaria. Sublímite de $500.000.000 evento/$1.000.000.000 agregado vigencia. Actividades eventos sociales y culturales. Uso de casinos, restaurantes y cafeterías La cobertura de la presente póliza, se extiende a cubrir todos los gastos y perjuicios que este legalmente obligado a pagar por cualquier ocurrencia de perjuicios que surja del uso de restaurantes, casinos, cafeterías y locales dentro de los predios de su propiedad o que sean ocupados por él o que tenga tomados en arrendamiento o alquiler; y/o como consecuencia de haber ingerido alimentos en dichos restaurantes o casinos, no obstante el hecho que éstos estén administrados por personas naturales o jurídicas distintas de la entidad o sus empleados. Por consiguienteDepósitos, tanques y tuberías en predios Posesión, uso y mantenimiento de depósitos, tanques y tuberías, ubicados o instalados dentro de los predios del asegurado. Actividades deportivas, sociales y culturales dentro y fuera de los predios Avisos, vallas y letreros, dentro y fuera de los predios Responsabilidad civil por ensanche y/o montajes y/o ejecución de obras y/o demoliciones, dentro de predios de METRO CALI S.A. incluida la muerte y/o lesiones ocasionadas en éstos y sublimite de $500.000.000. evento / agregado vigencia. (El limite adicional es calificable bajo las coberturas condiciones complementarias) Participación del seguro queda comprendida asegurado en ferias y exposiciones nacionales e internacionales, excluyendo la responsabilidad en los países de Estados Unidos, Puerto Rico y Canadá. Daños y hurto de vehículos en parqueaderos y predios del asegurado. Sublímite de $200.000.000 evento / agregado vigencia (El limite adicional es calificable bajo las condiciones complementarias) Amparo automático para nuevos predios y operaciones aviso de 90 dias El Oferente debe contemplar la extensión de la cobertura automática del seguro, en los mismos términos y limitaciones establecidos en esta póliza con aviso de 90 dias, para amparar la responsabilidad extracontractual por nuevas operaciones y/o el uso, posesión y demás actividades desarrolladas en nuevos predios que adquiera el asegurado o sobre los cuales obtenga el dominio o control. Responsabilidad civil cruzada entre Contratistas. Sublímite de $200.000.000 evento /agregado vigencia (E limite adicional es calificable bajo las condiciones complementarias) El Oferente debe contemplar la extensión de la cobertura para aplicar a la responsabilidad civil entre contratistas, dentro del Asegurado, derivada de: − Los daños causados por los animales asegurados dentro o fuera de los límites de la vivienda del Asegurado, aun en el supuesto que éstos hayan sido confiados a un tercero para su cuidado y/o atención, siempre que no medie pago o retribución al tercero por el servicio prestado. − Los daños causados por los animales asegurados durante la asistencia a exposiciones y ferias, con exclusión de los daños causados durante el transporte. Dentro de los límites fijados en las Condiciones Particulares, CASER garantiza al Asegurado: − El abono a los perjudicados o a sus derechohabientes desarrollo de las indemnizaciones a que dé lugar la responsabilidad civil del mismo. − El pago actividades labores y operaciones de las costas y gastos judiciales o extrajudiciales inherentes al siniestroMETRO CALI S.A., que se abonarán en la misma proporción existente entre la indemnización que deba satisfacer CASER, de acuerdo con lo previsto en la póliza, y el importe total de la Responsabilidad Civil del Asegurado en el siniestro. - La defensa de la responsabilidad civil del Asegurado en procedimientos civiles o penales, como consecuencia de reclamaciones de responsabilidad civil derivada de hechos garantizados por esta póliza, incluso contra las reclamaciones infundadas, en los términos aquí indicados. Salvo pacto en contrario, en cualquier procedimiento judicial que se derive de un siniestro amparado por la póliza, CASER asumirá, a sus expensas, la dirección jurídica frente a la reclamación de perjudicado, designando los Letrados y Procuradores que defenderán y representarán al Asegurado en las actuaciones judiciales que se le siguieran en reclamación de responsabilidades civiles cubiertas por esta póliza, y ello aún cuando dichas reclamaciones fueran infundadas. El Asegurado deberá prestar la colaboración necesaria a dicha defensa, comprometiéndose a otorgar los poderes y la asistencia personal que fueren precisos. En cuanto a las acciones penales, Xxxxx podrá asumir la defensa del Asegurado con su consentimiento. Sea cual fuere el fallo o resultado del procedimiento judicial, CASER se reserva la decisión de ejercitar los recursos legales que procedieren contra dicho fallo o resultado, o el conformarse con el mismo. Si CASER estima improcedente el recurso, lo comunicará al Asegurado, quedando éste en libertad de interponerlo por su exclusiva cuenta, y aquél obligado a reembolsarle los gastos judiciales y los de abogado y procurador, en el supuesto de que dicho recurso prosperase. Cuando se produjere algún conflicto entre el Asegurado y CASER, motivado por tener que sustentar éste en el siniestro, intereses contrarios a la defensa del Asegurado, CASER lo pondrá en conocimiento del Asegurado, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que, por su carácter urgente, sean necesarias para la defensa. En este caso el Asegurado podrá optar entre el mantenimiento de la dirección jurídica por CASER, o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso, CASER quedará obligado a abonar los gastos de tal dirección jurídica, hasta el límite pactado en las Condiciones Particulares. XXXXX no responde de la actuación del abogado ni del procurador designado, como tampoco de los resultados del asunto o procedimiento en que intervengan. Cuando los profesionales que se encarguen de la defensa del Asegurado sean designados por CASER, éste asumirá los gastos en su totalidad. − CASER responderá de la constitución de las fianzas judiciales exigidas para garantizar la Responsabilidad Civil asegurada; pero, en caso de que los Tribunales pidan una fianza global para responder conjuntamente de las Responsabilidades civiles y criminales, CASER depositará, como garantía de la primera, la mitad de la fianza global exigida, siempre dentro de los límites antes citados. La indemnización máxima por Responsabilidad Civil, cubierta por el seguro, se entenderá liberada de cualquier deducción por gastos judiciales o extrajudiciales que, como consecuencia de la tramitación del expediente del siniestro, se hayan producido a CASER, aún cuando aquellos gastos, sumados a la indemnización satisfecha, excedan de la citada garantía. CASER no responderá del pago de multas o sanciones de cualquier naturaleza, ni de las consecuencias de su impago. No se garantizan las reclamaciones a consecuencia de: a) Xxxxx sufridos por las personas a quienes se ha confiado el animal para su custodia o atención, así como los sufridos por aquellos que, por cualquier causa, se sirven del animal. b) Participación del animal en peleas organizadas, carreras o competiciones, salvo lo dispuesto en cuanto a su asistencia a ferias o exposiciones. c) Comercio, venta, selección, reproducción, custodia, cría y adiestramiento de animales. d) Contagio o transmisión de enfermedades por los animales, salvo daños personales siempre y cuando el Asegurado haya cumplido la legislación vigente respecto responsabilidad sea o pueda ser imputable a la prevención y consecuencias de dichas enfermedades (vacunas, etc.). De tal forma que la garantía de Responsabilidad Civil otorgada por este seguro sólo tendrá validez cuando a los animales objeto del seguro se les haya aplicado las vacunas obligatorias legalmente establecidas. e) En caso de hidrofobia xxx xxxxx, el Asegurado está obligado – bajo pena de pérdida de todo derecho derivado de la póliza – a tomar las oportunas medidas de precaución, interesándose por la inmediata captura y cuarentena xxx xxxxx hidrófobo.misma

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Samples: Póliza De Seguro De Todo Riesgo Daños Materiales

COBERTURAS BÁSICAS. 1.1.1 RESPONSABILIDAD CIVILResponsabilidad Civil Extracontractual, DEFENSA DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL Y FIANZAS En los términos incluyendo el lucro cesante y daño moral, así como daños patrimoniales y extrapatrimoniales hasta el límite de valor asegurado contratado, independiente de lo establecido en las condiciones consignados en generales de la póliza, CASER toma la aseguradora acepta extender a su cargo la Responsabilidad Civil extracontractual que pueda derivarse cobertura de la presente póliza para amparar bajo la cobertura de responsabilidad civil por daños patrimoniales y extrapatrimoniales causados a terceros por muerte, lesiones y daños causados a terceros por los vehículos asegurados, el Aseguradocual puede ser demostrado judicial o extrajudicialmente, de acuerdo acorde con las leyes vigentescondiciones de la presente póliza. - Pérdida Total por Daños (Incluidos actos terroristas y riesgos asegurados por pólizas contratadas por el Gobierno Nacional o Entidades de cualquier orden) - Pérdida Parcial por Daños (Incluidos actos terroristas y riesgos asegurados por pólizas contratadas por el Gobierno Nacional o Entidades de cualquier orden) - Pérdida parcial o Total por Xxxxx o Hurto Calificado (Incluidos actos terroristas y riesgos asegurados por pólizas contratadas por el Gobierno Nacional o Entidades de cualquier orden) - Actos mal intencionados de terceros incluyendo actos terroristas y de movimientos al margen de la Ley, riesgos asegurados por pólizas contratadas por el gobierno nacional o por entidades de cualquier orden, la aseguradora asume el valor de los daños y pérdidas que sufran los vehículos. - Terremoto, Temblor, Erupción Volcánica, fenómenos y/o cualquier evento de la naturaleza - Amparo patrimonial - Gastos xx xxxx, transporte y protección para toda clase de vehículo incluyendo automóviles, camperos y camionetas . Queda expresamente convenido y aceptado, que bajo este seguro se amparan los gastos xx xxxx, transporte y protección de los vehículos, que se causen como consecuencia de siniestros que afecten las coberturas de pérdidas parciales y/o totales, incluidos los gastos xx xxxx y parqueaderos que se generen por accidentes en los que resulten personas lesionadas y/o muertas, sin que para la indemnización se aplique deducible u otro tipo de descuento. - Servicio xx xxxx para vehículos accidentados o varados: Independiente del peso del vehículo y no debe aplicar restricción en kilometraje, o por el número de servicios prestados así sea repetitivo para un mismo vehículo, por lo tanto, la aseguradora asume el 100% del valor del servicio xx xxxx o traslado, independiente de las demás condiciones de la póliza. - Gastos de transporte por pérdidas totales (Daños y/o hurto y hurto calificado), Limite de $40.000 diarios y hasta sesenta (60) días, esta condición no aplica para motos ni vehículos pesados - Asistencia en Viajes para automóviles, vehículos y camionetas, sin limitantes alguno a los trayectos permitidos por evento, incluye todos los ocupantes del vehículo. Queda expresamente convenido y aceptado, que bajo esta cobertura la compañía se compromete a prestar la asistencia en viajes para los vehículos asegurados y para tal efecto, la aseguradora se obliga a suministrar con la póliza el procedimiento bajo el cual se atenderá el servicio, el cual debe cumplir el requisito de atención inmediata veinticuatro (24) horas diarias continuas, durante la vigencia del seguro. Así mismo queda acordado que la aseguradora reconocerá la totalidad de los costos que se generen por este servicio y que en los caso en que no se llegue a prestar el servicio en forma inmediata, la asistencia será contratada por el FONDO PARA EL FINANCIAMIENTO DEL SECTOR AGROPECARIO - Queda expresamente convenido y aceptado que esta asistencia se extiende a amparar el transporte de todos los ocupantes del vehículo en caso de siniestro, sin importar el número de personas y su destino al interior del país. De igual forma se extiende a operar dentro del territorio nacional sin limitante alguna en relación a zonas xxxxx. - Asistencia jurídica en procesos penales, civiles y de tránsito. Queda expresamente acordado y convenido que bajo esta cobertura la aseguradora se obliga a prestar la asistencia penal, civil y de tránsito que requiera la entidad asegurada con sujeción a los límites que maneje la aseguradora, como consecuencia de cualquier evento amparado que estén involucrados los daños y perjuicios ocasionados involuntariamente vehículos asegurados, a terceros, por hechos que tengan relación directa, y deriven del riesgo especificado en la presente póliza. Por consiguiente, dentro través de las coberturas del seguro queda comprendida la responsabilidad civil del Asegurado, derivada de: − Los daños causados por los animales asegurados dentro o fuera de los límites de la vivienda del Asegurado, aun en el supuesto que éstos hayan sido confiados a un tercero para su cuidado firmas y/o atenciónprofesionales de la compañía y/o contratados por la misma. De igual forma queda convenido que el costo de esta asistencia será reconocida por la aseguradora y por lo tanto en caso que el FONDO PARA EL FINANCIAMIENTO DEL SECTOR AGROPECARIO - FINAGRO deba contratar la asistencia, siempre que por razón a la no medie pago o retribución al tercero por el servicio prestado. − Los daños causados por los animales asegurados durante prestación inmediata de la asistencia a exposiciones y ferias, con exclusión de los daños causados durante el transporte. Dentro de los límites fijados en las Condiciones Particulares, CASER garantiza al Asegurado: − El abono a los perjudicados o a sus derechohabientes de las indemnizaciones a que dé lugar la responsabilidad civil del mismo. − El pago de las costas y gastos judiciales o extrajudiciales inherentes al siniestro, que se abonarán en la misma proporción existente entre la indemnización que deba satisfacer CASER, de acuerdo con lo previsto en la póliza, y el importe total de la Responsabilidad Civil del Asegurado en el siniestro. - La defensa de la responsabilidad civil del Asegurado en procedimientos civiles o penales, como consecuencia de reclamaciones de responsabilidad civil derivada de hechos garantizados por esta póliza, incluso contra las reclamaciones infundadas, en los términos aquí indicados. Salvo pacto en contrario, en cualquier procedimiento judicial que se derive de un siniestro amparado por la póliza, CASER asumirá, a sus expensasjurídica, la dirección jurídica frente aseguradora se obliga a la reclamación de perjudicado, designando pagar los Letrados y Procuradores que defenderán y representarán al Asegurado en las actuaciones judiciales que se le siguieran en reclamación de responsabilidades civiles cubiertas por esta póliza, y ello aún cuando dichas reclamaciones fueran infundadas. El Asegurado deberá prestar la colaboración necesaria a dicha defensa, comprometiéndose a otorgar los poderes y la asistencia personal que fueren precisos. En cuanto a las acciones penales, Xxxxx podrá asumir la defensa del Asegurado con su consentimiento. Sea cual fuere el fallo o resultado del procedimiento judicial, CASER se reserva la decisión de ejercitar los recursos legales que procedieren contra dicho fallo o resultado, o el conformarse con el mismo. Si CASER estima improcedente el recurso, lo comunicará al Asegurado, quedando éste en libertad de interponerlo por su exclusiva cuenta, y aquél obligado a reembolsarle los gastos judiciales y los de abogado y procurador, en el supuesto de que dicho recurso prosperase. Cuando se produjere algún conflicto entre el Asegurado y CASER, motivado por tener que sustentar éste en el siniestro, intereses contrarios a la defensa del Asegurado, CASER lo pondrá en conocimiento del Asegurado, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que, por su carácter urgente, sean necesarias para la defensa. En este caso el Asegurado podrá optar entre el mantenimiento de la dirección jurídica por CASER, o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso, CASER quedará obligado a abonar los gastos de tal dirección jurídicacostos generados, hasta el límite pactado en las Condiciones Particularesasegurado ofrecido para este amparo. XXXXX no responde - No aplicación de la actuación del abogado ni del procurador designado, como tampoco de los resultados del asunto o procedimiento en que intervengan. Cuando los profesionales que se encarguen de la defensa del Asegurado sean designados por CASER, éste asumirá los gastos en su totalidad. − CASER responderá de la constitución de las fianzas judiciales exigidas para garantizar la Responsabilidad Civil asegurada; pero, en caso de que los Tribunales pidan una fianza global para responder conjuntamente de las Responsabilidades civiles y criminales, CASER depositará, como garantía de la primera, la mitad de la fianza global exigida, siempre dentro de los límites antes citados. La indemnización máxima por Responsabilidad Civil, cubierta por el seguro, se entenderá liberada de cualquier deducción por gastos judiciales o extrajudiciales que, como consecuencia de la tramitación del expediente del siniestro, se hayan producido a CASER, aún cuando aquellos gastos, sumados a la indemnización satisfecha, excedan de la citada garantía. CASER no responderá del pago de multas o sanciones de cualquier naturaleza, ni de las consecuencias de su impago. No se garantizan las reclamaciones a consecuencia de: a) Xxxxx sufridos por las personas a quienes se ha confiado el animal para su custodia o atención, así como los sufridos por aquellos que, por cualquier causa, se sirven del animaldeducible. b) Participación del animal en peleas organizadas, carreras o competiciones, salvo lo dispuesto en cuanto a su asistencia a ferias o exposiciones. c) Comercio, venta, selección, reproducción, custodia, cría y adiestramiento de animales. d) Contagio o transmisión de enfermedades por los animales, salvo daños personales siempre y cuando el Asegurado haya cumplido la legislación vigente respecto a la prevención y consecuencias de dichas enfermedades (vacunas, etc.). De tal forma que la garantía de Responsabilidad Civil otorgada por este seguro sólo tendrá validez cuando a los animales objeto del seguro se les haya aplicado las vacunas obligatorias legalmente establecidas. e) En caso de hidrofobia xxx xxxxx, el Asegurado está obligado – bajo pena de pérdida de todo derecho derivado de la póliza – a tomar las oportunas medidas de precaución, interesándose por la inmediata captura y cuarentena xxx xxxxx hidrófobo.

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Samples: Public Invitation for Insurance Selection

COBERTURAS BÁSICAS. 1.1.1 RESPONSABILIDAD CIVIL, DEFENSA DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL Y FIANZAS En los términos y condiciones consignados en Todo Riesgo: Se otorga amparo bajo la póliza, CASER toma a su cargo la Responsabilidad Civil extracontractual que pueda derivarse modalidad de todo riesgo para el Asegurado, de acuerdo con las leyes vigentes, como consecuencia de los daños y perjuicios ocasionados involuntariamente a terceros, por hechos que tengan relación directa, y deriven del riesgo especificado en la presente póliza. Por consiguiente, dentro de las coberturas del seguro queda comprendida la responsabilidad civil del Asegurado, derivada de: − Los daños causados por los animales asegurados dentro o fuera de los límites de la vivienda del Asegurado, aun en el supuesto que éstos hayan sido confiados a un tercero para su cuidado pérdidas y/o atencióndaños materiales que sufran los bienes amparados por cualquier riesgo o causas, siempre incluidos, entre otros, rotura de maquinaria, equipo electrónico, sustracción con y sin violencia, hurto y hurto calificado, asonada, sabotaje y terrorismo) y demás que no medie pago o retribución al tercero por el servicio prestado. − Los daños causados por los animales asegurados durante la asistencia a exposiciones y ferias, con exclusión de los daños causados durante el transporte. Dentro de los límites fijados en las Condiciones Particulares, CASER garantiza al Asegurado: − El abono a los perjudicados o a sus derechohabientes se encuentren expresamente excluidas de las indemnizaciones a que dé lugar condiciones del seguro. NO SE ACEPTA PROPUESTA DE XXXXXXX DE SEGUROS BAJO LA MODALIDAD DE RIESGOS NOMBRADOS, por lo tanto el proponente con la responsabilidad civil firma del mismoFormulario 04 – ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES TÉCNICAS HABILITANTES, acepta el otorgamiento de la cobertura bajo estas condiciones. − El pago Además de todas las coberturas indicadas este numeral, se otorga amparo para los riesgos de Explosión, Anegacion, Avalancha y Deslizamiento, Desprendimiento de tierra o rocas, Hundiemento o corrimiento del terreno, Daños por Agua, Incendio inherente, Incendio y/x xxxx en aparátos electricos, Extended Coverage y cualquier otro riesgo o causas no expresamente excluidas de las costas condiciones generales del seguro. Nota: Queda expresamente aceptado que las condiciones, coberturas y gastos judiciales clausulas básicas para las cuales no se indique sublímite, operarán al 100% del valor asegurado. Terremoto, Temblor y/o extrajudiciales inherentes Erupción Volcánica, (100%). Las pérdidas o daños por terremoto, temblor y/o erupción volcánica, se indemnizaran al siniestro100% del valor asegurado, que se abonarán en la misma proporción existente entre la indemnización que deba satisfacer CASER, más el costo de acuerdo con lo previsto en la póliza, y el importe total de la Responsabilidad Civil del Asegurado en el siniestro. - La defensa de la responsabilidad civil del Asegurado en procedimientos civiles o penales, como consecuencia de reclamaciones de responsabilidad civil derivada de hechos garantizados por esta póliza, incluso contra las reclamaciones infundadas, en los términos aquí indicados. Salvo pacto en contrario, en cualquier procedimiento judicial que se derive de un siniestro amparado por la póliza, CASER asumirá, a sus expensas, la dirección jurídica frente adecuación a la reclamación norma vigente de perjudicadosismo resitencia, designando los Letrados y Procuradores que defenderán y representarán al Asegurado en las actuaciones judiciales que se le siguieran en reclamación de responsabilidades civiles cubiertas por esta pólizamenos el deducible, y ello aún cuando dichas reclamaciones fueran infundadas. El Asegurado deberá prestar la colaboración necesaria a dicha defensa, comprometiéndose a otorgar los poderes y la asistencia personal que fueren precisos. En cuanto a las acciones penales, Xxxxx podrá asumir la defensa del Asegurado con su consentimiento. Sea cual fuere el fallo o resultado del procedimiento judicial, CASER se reserva la decisión de ejercitar los recursos legales que procedieren contra dicho fallo o resultado, o el conformarse con el mismo. Si CASER estima improcedente el recurso, lo comunicará al Asegurado, quedando éste en libertad de interponerlo por su exclusiva cuenta, y aquél obligado a reembolsarle los gastos judiciales y los de abogado y procurador, en el supuesto de que dicho recurso prosperase. Cuando se produjere algún conflicto entre el Asegurado y CASER, motivado por tener que sustentar éste en el siniestro, intereses contrarios a la defensa del Asegurado, CASER lo pondrá en conocimiento del Asegurado, sin perjuicio de realizar aquellas diligencias que, por su carácter urgente, sean necesarias para la defensa. En este caso el Asegurado podrá optar entre el mantenimiento de la dirección jurídica por CASER, o confiar su propia defensa a otra persona. En este último caso, CASER quedará obligado a abonar los gastos de tal dirección jurídica, simpre hasta el límite pactado en las Condiciones Particularesasegurado. XXXXX no responde También se amparan cimientos, muros de contención, bienes por debajo del nivel de la actuación del abogado ni del procurador designadosupuerficie, como tampoco toldos, avisos, chimeneas, escaleras, patios, aceras, muros de los resultados del asunto o procedimiento cerramiento y en general todos las partes, elementos y anexos que intervengan. Cuando los profesionales que se encarguen de la defensa del Asegurado sean designados por CASER, éste asumirá los gastos en su totalidad. − CASER responderá de la constitución forman parte de las fianzas judiciales exigidas para garantizar la Responsabilidad Civil asegurada; peroedificaciones. Xxxxxxxx, en caso de que los Tribunales pidan una fianza global para responder conjuntamente de las Responsabilidades civiles xxxxxxxx y criminales, CASER depositará, como garantía de la primera, la mitad de la fianza global exigida, siempre dentro de los límites antes citados. La indemnización máxima por Responsabilidad Civil, cubierta por el seguro, se entenderá liberada de cualquier deducción por gastos judiciales o extrajudiciales que, como consecuencia de la tramitación del expediente del siniestro, se hayan producido a CASER, aún cuando aquellos gastos, sumados a la indemnización satisfecha, excedan de la citada garantía. CASER no responderá del pago de multas o sanciones de cualquier naturaleza, ni de las consecuencias de su impago. No se garantizan las reclamaciones a consecuencia de: a) Xxxxx sufridos por las personas a quienes se ha confiado el animal para su custodia o atención, así como los sufridos por aquellos que, por cualquier causa, se sirven del animal. b) Participación del animal en peleas organizadas, carreras o competiciones, salvo lo dispuesto en cuanto a su asistencia a ferias o exposiciones. c) Comercio, venta, selección, reproducción, custodia, cría y adiestramiento de animales. d) Contagio o transmisión de enfermedades por los animales, salvo daños personales siempre y cuando el Asegurado haya cumplido la legislación vigente respecto a la prevención y consecuencias de dichas enfermedades (vacunas, etc.). De tal forma que la garantía de Responsabilidad Civil otorgada por este seguro sólo tendrá validez cuando a los animales objeto del seguro se les haya aplicado las vacunas obligatorias legalmente establecidas. e) En caso de hidrofobia xxx xxxxx, el Asegurado está obligado – bajo pena de pérdida de todo derecho derivado de la póliza – a tomar las oportunas medidas de precaución, interesándose por la inmediata captura y cuarentena xxx xxxxx hidrófobo.Xxxxxxx

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Samples: Póliza De Seguro De Todo Riesgo Daños Materiales