COMPROMISO DE ADSCRIPCION DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES Cláusulas de Ejemplo

COMPROMISO DE ADSCRIPCION DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES. Con anterioridad a la adjudicación del contrato, se requerirá al propuesto adjudicatario que acredite disponer efectivamente de los medios personales en los términos contemplados en el punto III xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato. En el caso de que con anterioridad a la formalización del contrato o durante su ejecución se produzca alguna variación en las personas indicadas, deberán sustituirlas por otras que reúnan los requisitos exigidos, previo conocimiento, verificación y autorización al respecto por el Área de Cultura, dejándose debida constancia de todo ello en el expediente. El incumplimiento de lo aquí dispuesto podrá ser considerado causa de resolución del contrato. SOLVENCIA ECONOMICO-FINANCIERA, TECNICA O PROFESIONAL: - Solvencia financiera y económica: Se acreditará mediante volumen anual de negocios que, referido al año de mayor volumen de los tres últimos concluidos, deberá ser al menos de 95.445 euros (equivalente a una vez y media el valor estimado del contrato). Se acreditará mediante las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En los contratos de servicios profesionales se acreditará mediante un seguro de indemnización de riesgos profesionales por importe no inferior al valor estimado. (Nota: Por volumen anual de negocios debe entenderse el importe neto de la cifra de negocios que figura en la cuenta de pérdidas y ganancias de los modelos reglamentarios de las cuentas anuales establecidas en la legislación mercantil. En los casos de licitadoras no sujetas a esta legislación, se estará a la documentación que resulte pertinente). - Solvencia técnica y profesional: Se acreditará mediante una relación de servicios de naturaleza similar a la del objeto del contrato en los últimos 5 años, siendo el requisito que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 44.541 (equivalente al 70% del valor estimado del contrato). Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán, cuando el destinatario sea una entidad del sector público mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente o aqu...
COMPROMISO DE ADSCRIPCION DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES. No se exige. - SOLVENCIA FINANCIERA Y ECONOMICA, TECNICA O PROFESIONAL: Sólo se exigirá su acreditación, en los términos que se indican a continuación, para los licitadores que tomen parte únicamente en la licitación del Lote 2. - Solvencia técnica y profesional: El licitador deberá haber ejecutado un contrato de mantenimiento de ascensores con entidades privadas o entidades del sector público por un importe de al menos 3.000 €/año en los últimos 5 años (IVA incluido). Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán, cuando el destinatario sea una entidad del sector público mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente o aquellos otros documentos que acrediten de manera fehaciente su realización. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditará mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario licitador; en el caso de que se presentara esta declaración, dado su carácter declarativo y residual, esta Administración podrá comprobar su validez si se dudara de la veracidad de la misma. Asimismo, se podrá acreditar la solvencia técnica, económica y financiera mediante la clasificación, en vigor, indicada en el punto anterior de esta Carátula. - HABILITACIÓN EMPRESARIAL O PROFESIONAL: No.
COMPROMISO DE ADSCRIPCION DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES. No se exige. - SOLVENCIA FINANCIERA, ECONOMICA, TECNICA Y PROFESIONAL: Se acreditará de la siguiente forma: - Económica y financiera: Se acreditará por cualquiera de los medios previstos al efecto en la cláusula 16 xxx Xxxxxx. - Técnica o profesional: Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Criterio de selección: Haber realizado al menos un suministro similar al del objeto del contrato de cuantía igual o superior a 50.000 € (IVA excluido) con posterioridad al mes xx xxxxxx de 2008. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. - HABILITACIÓN EMPRESARIAL O PROFESIONAL: No se exige.
COMPROMISO DE ADSCRIPCION DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES. La entidad adjudicataria deberá aportar los medios materiales y humanos necesarios para la correcta prestación y explotación del servicio.
COMPROMISO DE ADSCRIPCION DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES. Sí se exige. Las licitadoras deberán comprometerse a adscribir a un/a encargado/a jefe/a de obra y con dedicación mínima de media jornada, identificándolo y adjuntando la documentación acreditativa de su titulación. SOLVENCIA FINANCIERA, ECONOMICA, TECNICA Y PROFESIONAL: - ECONOMICA Y FINANCIERA: Se entenderá acreditada mediante la presentación del Volumen anual de negocios, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. En el caso de licitadoras que no tengan obligación de presentar las cuentas anuales en ningún registro oficial, acreditarán su solvencia económica y financiera aportando, además de la declaración responsable de no tener dicha obligación, los modelos 303 y/o 390 o equivalente de declaración del Impuesto de Valor Añadido ó el modelo 200 o equivalente del impuesto sobre Sociedades, o cualquier otro medio que permita su acreditación. - TECNICA Y PROFESIONAL: Se acreditará mediante la presentación de una relación de los principales trabajos del mismo tipo o naturaleza realizados durante los 5 últimos años que incluya importe, fechas, y la destinataria pública o privada de los mismos. Y el requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado de este contrato. Los trabajos efectuados se acreditarán, cuando la destinataria sea una entidad del sector público mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente o aquellos otros documentos que acrediten de manera fehaciente su realización. Cuando la destinataria sea un sujeto privado, se acreditará mediante un certificado expedido por ésta o, a falta de este certificado, mediante una declaración de la empresa licitadora; en el caso de que se presentara esta declaración, esta Administración podrá comprobar su validez. HABILITACION PROFESIONAL: No se exige.
COMPROMISO DE ADSCRIPCION DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES. Ver punto 9.2 de esta carátula. - SOLVENCIA FINANCIERA, ECONOMICA, TECNICA Y PROFESIONAL: Se acreditará de la siguiente forma: - Económica y financiera: Se acreditará por cualquiera de los medios previstos al efecto en la cláusula 16 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas. Residencia Nuestra Xxxxxx xx Xxxxxx Carátula Pliego Cláusulas Administrativas – C. Alimentación Página 9 de 9 - Técnica o profesional: Relación de suministros similares a los que son objeto del presente contrato, realizados durante los dos últimos años (2013 y 2014). - HABILITACION EMPRESARIAL O PROFESIONAL: No se exige.
COMPROMISO DE ADSCRIPCION DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES. Sin perjuicio de la necesaria subrogación del personal que se incluye en el Anexo X xxx Xxxxxx de Condiciones Técnicas, la adjudicataria vendrá obligada –en su caso– a la incorporación de aquellos elementos técnicos o tecnológicos que hayan formado parte de la oferta y a los que se hace referencia en el punto 21.A.2 de esta Carátula.

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  • CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES LAS PARTES" acuerdan que la información que se intercambie de conformidad con las disposiciones del presente instrumento, se tratarán de manera confidencial, siendo de uso exclusivo para la consecución del objeto del presente contrato y no podrá difundirse a terceros de conformidad con lo establecido en las Leyes General y Federal, respectivamente, de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley General de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados, y demás legislación aplicable.

  • Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros Alcalde - Presidente, que actuará como Presidente de la Mesa o Concejal en quien delegue. -, Vocal (Secretario de la Corporación) o funcionario que le sustituya. -, Vocal (Interventora de la Corporación) o funcionario que le sustituya -, Vocal (Responsable de La Oficina Técnica Municipal) o funcionario que le sustituya. - Vocal (Concejal del Area), o Concejal que le sustituya - funcionario que actuará como Secretaria de la Mesa La mesa de Contratación, se constituirá en el plazo máximo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones (excepto sábados), para la calificación de la documentación administrativa contenida en los sobres “A”. Este acto no será público. En el caso de que se reciba justificante de envío de alguna oferta por correo, la Mesa de contratación se reunirá el primer día hábil siguiente, una vez transcurrido el plazo xx xxxx días naturales contados a partir del día siguiente al de la terminación del plazo de recepción de ofertas. La no presentación de alguno de los documentos exigidos o su presentación defectuosa, dará lugar a la no admisión provisional de la oferta por la Mesa de Contratación, in perjuicio de conceder al interesado un plazo de tres días hábiles para la subsanación de los errores cometidos o para la presentación de algún documento no sustancial. Para poder efectuar la subsanación, el cumplimiento de los requisitos se referirá al último día de presentación de ofertas. Si la documentación contuviese deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición. Terminado el acto de apertura de documentación administrativa contenida en el sobre “A”, y en el caso de que no existieren defectos materiales en la documentación presentada en las distintas ofertas, se procederá, a continuación y en acto público, a la apertura del sobre “C” del Proyecto de dinamización y explotación, pudiendo la Mesa de Contratación, en ese momento, solicitar los informes técnicos que se consideren precisos. Una vez valorado el del Proyecto de dinamización y explotación, se procederá en acto público a la apertura del sobre “B” de la proposición económica En todo caso, la Mesa de Contratación rechazará las proposiciones que contengan contradicciones u omisiones, errores o tachaduras que puedan inducir a error e impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta, las que carezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida, las que comporten error manifiesto en el importe del precio, así como las que difieran sustancialmente del modelo de proposición establecido en este Pliego. Recibidos en su caso los informes, la Mesa de Contratación realizará la propuesta de adjudicación en la que se concretarán y fijarán los términos definitivos del contrato. La Mesa de Contratación, elevará las proposiciones presentadas junto con el acta y la propuesta de adjudicación al órgano de contratación, para proceder a la adjudicación definitiva que será notificada a los licitadores. De conformidad con lo establecido en el artículo 151 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público el órgano de contratación clasificara, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, y requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, y de haber constituido la garantía definitiva por importe de 3.000€. Además, y de conformidad con el artículo 44.Dos. de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, en el cual se añaden dos nuevos apartados 4 y 5 al artículo 146 del TRLCSP deberá aportar los siguientes documentos:

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.

  • Documentos que Establecen la Conformidad de los Bienes y Servicios Conexos 18.1 Con el fin de establecer la conformidad de los Bienes y Servicios Conexos, los Oferentes deberán proporcionar como parte de la oferta evidencia documentada acreditando que los Bienes cumplen con las especificaciones técnicas y los estándares especificados en la Sección VI, Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.2 La evidencia documentada puede ser en forma de literatura impresa, planos o datos, y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas y de funcionamiento de cada artículo demostrando conformidad sustancial de los Bienes y Servicios Conexos con las especificaciones técnicas. De ser procedente el Oferente incluirá una declaración de variaciones y excepciones a las provisiones en los Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.3 Los Oferentes también deberán proporcionar una lista detallada que incluya disponibilidad y precios actuales de repuestos, herramientas especiales, etc. necesarias para el adecuado y continuo funcionamiento de los bienes durante el período indicado en los DDL, a partir del inicio de la utilización de los bienes por el Comprador. 18.4 Las normas de fabricación, procesamiento, material y equipo así como las referencias a marcas o números de catálogos que haya incluido el Comprador en los Requisitos de los Bienes y Servicios son solamente descriptivas y no restrictivas. Los Oferentes pueden ofrecer otras normas de calidad, marcas, y/o números de catálogos siempre y cuando demuestren a satisfacción del Comprador, que las substituciones son sustancialmente equivalentes o superiores a las especificadas en los Requisitos de los Bienes y Servicios.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El Cliente podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: Servicio de Atención al Cliente del Grupo Ibercaja Xxx. xx Xxxxxxx Xxxxxxx, nº 2 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx 2. El Cliente, si así lo desea, podrá imprimir el formulario para efectuar su queja o reclamación desde la página Web corporativa de la ENTIDAD (xxx.xxxxxxxx.xx) y enviarlo por correo ordinario o entregarlo en cualquiera de las Oficinas de IBERCAJA. 3. Tanto el Servicio de Atención del Cliente como el Defensor del Cliente dispondrán de un plazo máximo de dos meses para resolver las quejas y reclamaciones recibidas. Transcurrido este plazo sin recibir una resolución, o si existiese disconformidad con la misma, el Cliente podrá recurrir ante los siguientes Organismos: Comisionado para la Defensa del Cliente de Servicios Bancarios X/Xxxxxx, 48 28014 Madrid Teléfono: 00 000 00 00 Dirección de correo electrónico: xxxxxx@xxx.xx Comisionado para la Defensa del Inversor Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, 00 00000 Xxxxxx Teléfono: 00 000 00 00 4. El Cliente podrá acceder al contenido del Reglamento para la Defensa del Cliente del Grupo Ibercaja a través de la página Web de la ENTIDAD (xxx.xxxxxxxx.xx).

  • Entrega de los bienes El Concursante adjudicado hará entrega de los bienes conforme a los términos y requerimientos xxx Xxxxxx de Requisitos y condiciones pactadas en el contrato, entendiéndose por ello la forma, lugar, y el plazo, entre otros señalado en los Anexos 1 y 2. Los Concursantes deberán presentar su oferta considerando que los bienes deben ser entregados bajo la condición DDP Destino Final, entregado con derechos pagados de acuerdo a los Incoterms 2010 bajo la cual serán evaluados y adquiridos. Atendiendo a las características de los bienes, las maniobras de descarga en destino final, serán por cuenta de CFE GENERACION III EPS. En su caso, los Concursantes adjudicados, a la entrega deberán presentar a CFE Generación III EPS, únicamente para efectos informativos y estadísticos, un escrito libre, mediante el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad, el nombre de la empresa fabricante y el resultado del cálculo del porcentaje de contenido nacional de los bienes que entregará, este escrito será presentado en el almacén que corresponda a la última entrega. La recepción será en el lugar, fecha y horario indicado en el Anexo 2, debiendo obtener la evidencia de entrega mediante el sello otorgado por el responsable de la recepción de los bienes en el almacén en la factura o nota de remisión y la aceptación del área técnica. El Administrador del Contrato, notificará por escrito al Proveedor sobre la devolución o rechazo de los bienes, en un plazo que no excederá de 5 (cinco) días naturales siguientes a su recepción. El Concursante adjudicado acepta los términos establecidos en el presente Pliego de Requisitos para la aceptación de los bienes, estando de acuerdo que hasta en tanto ello no se cumpla, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados. El Proveedor debe cumplir con lo establecido en la Especificación CFE-L1000-11 vigente relativa a “Empaque, embalaje, embarque, transporte, descarga, recepción y almacenamiento de bienes muebles adquiridos por CFE”, así como los manuales del usuario correspondientes, de conformidad con la especificación CFE-L1000-32 vigente.

  • Proyecciones de Flujo de Efectivos 41.1 Cuando se actualice el Programa, el Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato.

  • DERECHOS SOBRE EL SALVAMENTO El ASEGURADO participará proporcionalmente en el valor de la venta del salvamento neto, teniendo en cuenta el deducible y el infraseguro, cuando hubiere lugar a éste último. Se entiende por salvamento neto el valor resultante de descontar del valor de venta del mismo los gastos realizados por la COMPAÑÍA, tales como los necesarios para la recuperación y comercialización de dicho salvamento.

  • TRABAJOS DEFECTUOSOS O MAL EJECUTADOS Hasta tanto tenga lugar la recepción, el adjudicatario responderá de la correcta realización de los servicios contratados y de los defectos que en ellos hubiera, sin que sea eximente ni dé derecho alguno la circunstancia de que los representantes de la Administración los hayan examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales. La Administración, en caso de incumplimiento de la ejecución parcial de las prestaciones por parte del contratista, podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades que se determinen en el apartado 18 del Anexo I al presente pliego.

  • CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL DE LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO 23.1.- En el caso de que el contratista realizara defectuosamente el objeto del contrato, o incumpliera el compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato con incautación de la garantía constituida, o bien imponer una penalización económica proporcional a la gravedad del incumplimiento, en una cuantía que podrá alcanzar el 10 por 100 del presupuesto del contrato. 23.2.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, el órgano de contratación podrá optar, indistintamente, por su resolución o la imposición de penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato.