CONTRATO DE MANTENIMIENTO. Queda entendido y convenido que durante la vigencia de la póliza deberá estar en vigor un contrato de mantenimiento. A este efecto, bajo el concepto de mantenimiento se entienden los siguientes servicios: - control de seguridad de las operaciones. - mantenimiento preventivo. - subsanación de daños o perturbaciones causados tanto por las operaciones normales como también por envejecimiento, p. ej. Por reparación o reemplazo de los elementos constructivos, grupos constructivos y demás componentes de construcción. Conforme a las condiciones de la póliza, no son asegurables los costes que normalmente surgen en el curso de los trabajos de mantenimiento.
CONTRATO DE MANTENIMIENTO. Además, la oferta debe incluir un Contrato de Mantenimiento de la Plataforma con detalle de opciones, niveles de servicio y su correspondiente valoración económica. La adjudicación de este contrato no vincula la aceptación del Contrato de Mantenimiento. A la finalización del contrato, el Ayuntamiento de Logroño podrá suscribir alguna de las modalidades ofrecidas en los términos indicados en la oferta que resulte adjudicataria.
CONTRATO DE MANTENIMIENTO. Durante la vigencia de esta sección, el Asegurado está obligado a mantener en vigor un contrato de mantenimiento. A los efectos de esta cláusula, bajo el concepto de mantenimiento se entiende los siguientes servicios:
CONTRATO DE MANTENIMIENTO. Demoras en la reparación. Terrorismo. Asimismo, están cubiertos los daños causados directa o indirectamente por falla o interrupción en el aprovisionamiento de corriente eléctrica. Valor nuevo de reposición en pérdidas parciales. Valor nuevo de reposición para perdidas totales, para equipos de hasta 03 años de antigüedad. Tubos y válvulas Condición especial: en caso de ocurrencia de un eventual siniestro, de no existir en el mercado el modelo del equipo afectado, se indemnizará con un modelo inmediato superior.
CONTRATO DE MANTENIMIENTO. Durante la vigencia de esta Póliza deberá estar en vigor un contrato de mantenimiento de los Equipos asegurados que se extienda a los siguientes servicios: - Control de Seguridad de las operaciones - Mantenimiento preventivo - Subsanación de daños o perturbaciones causados tanto por las operaciones normales como también por envejecimiento, por ej. por reparación o reemplazo de los elementos constructivos y demás componentes de construcción. No son asegurables los cortes que normalmente surgen en el curso de los trabajos de mantenimiento. La Compañía no indemnizara al Asegurado de eventuales danos o pérdidas en la instalación electrónica, los portadores de datos o los gastos adicionales por fallar el equipo de climatización, no se halla diseñado, instalado o montado en consonancia con las recomendaciones de los fabricantes de la instalación eléctrica y del mismo equipo de climatización.
CONTRATO DE MANTENIMIENTO. El adjudicatario queda obligado a asumir frente al Ayuntamiento el compromiso de mantenimiento de todo el equipamiento o elementos ofrecidos, aunque no sean de su fabricación o de la empresa por él representada. _ El adjudicatario se comprometerá a las revisiones preventivas y reparaciones de averías del equipamiento suministrado, incluida la reposición de piezas.
CONTRATO DE MANTENIMIENTO. La suscripción de un contrato de mantenimiento permitirá ampliar la garantía mientras dicho contrato permanezca en vigor, con independencia de las cláusulas particulares que articulen el mismo.
CONTRATO DE MANTENIMIENTO. Los licitadores deberán presentar oferta de contrato de mantenimiento a formalizar, en el caso de que el Ayuntamiento lo estime necesario, una vez transcurrido el periodo de garantía del presente contrato. Durante dicho periodo de garantía, el mantenimiento del objeto del presente contrato se llevará a cabo por la empresa adjudicataria sin coste alguno por parte del Ayuntamiento. Durante el periodo de garantía la adjudicataria deberá:
CONTRATO DE MANTENIMIENTO. SISTEMAS INFORMÁTICOS CANARIOS se reserva el derecho de modificar las condiciones del presente contrato avisando siempre con 30 días de antelación a sus clientes. Durante este periodo el cliente tendrá derecho a rescindir el contrato sin perjuicio.
CONTRATO DE MANTENIMIENTO. Según el Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención de los mismos, y más concretamente su Artículo 6, es obligatorio contratar el mantenimiento y revisiones de estas instalaciones con una empresa conservadora, la cual deberá formalizar una Declaración responsable de empresa mantenedora ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma. El contrato de mantenimiento deberá garantizar: N.I.F: P-3301600-G • Que la empresa conservadora dispone de los medios técnicos y humanos que se requieren para este fin. • Que la empresa conservadora tiene cubierta su responsabilidad civil, mediante la suscripción de un seguro de responsabilidad civil profesional u otra garantía equivalente que cubra los daños que puedan provocar en la prestación del servicio por la cuantía que indique en la Instrucción Técnica Complementaria del ITC MIE-AEM-1 sobre ascensores movidos eléctrica, hidráulica u oleoléctricamente y más específicamente en su apartado 16 sobre Inspecciones, Pruebas, registro, entretenimiento. • Que la empresa conservadora se responsabilice que los aparatos que se le encomiendan se mantendrán en condiciones correctas de funcionamiento. • Que la empresa conservadora revisará, mantendrá y comprobará la instalación de acuerdo con los plazos que para clase de aparato se determinan en las Instrucciones Técnicas Complementarias, artículo 11 del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención de los mismos, prestando especial atención a los elementos de seguridad de personas y/o cosas. • Que el propietario tendrá conocimiento por escrito de los elementos del aparato que han de sustituirse, por apreciar que no se encuentran en las condiciones precisas para garantizar su buen funcionamiento. • Que la empresa conservadora lleva registro de toda la documentación acreditativa de las visitas efectuadas, resultados de las revisiones, elementos sustituidos y todas aquellas incidencias que afecten al uso del ascensor, facilitando las inspecciones periódicas al Órgano Territorial competente. • Que la empresa conservadora interrumpirá el servicio en caso de apreciar algún riesgo de accidente hasta que se efectúe la necesaria reparación. • La empresa conservadora estará obligada a comunicar al propietario la fecha en que corresponde realizar la inspección periódica de la instalación. • Que las inspecciones se realizarán siempre en presencia de la empresa conservadora, recogiendo y conservando una copia del Acta...