Common use of CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO Clause in Contracts

CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO. IBERDROLA prestará EL SERVICIO MANTENIMIENTO GAS según las siguientes condiciones: - Las visitas serán coordinadas con el Cliente con suficiente an- telación. - Se facilitará al Cliente el correspondiente informe de la visita o informe de corrección de avería, según proceda, explicando las anomalías detectadas y las acciones correctivas propuestas/ realizadas. El informe deberá ser recepcionado por el Cliente, devolviéndose una copia firmada a IBERDROLA para constancia de su presentación. - Si se encontraran defectos o averías en la instalación y circui- to de gas natural durante la visita de diagnóstico de cualquier SERVICIO MANTENIMIENTO GAS que incluya elementos de gas, éstos serán corregidos por IBERDROLA conforme al alcance de dicho servicio y con las exclusiones indicadas en el punto 1.3. - El instalador ofrecerá una garantía mínima de seis meses en to- das las reparaciones que realice, desde la fecha de terminación de la reparación. - El contrato de mantenimiento está adscrito a las instalaciones y equipos objeto del mantenimiento ubicados en el domicilio indicado en las Condiciones Particulares, de forma que si el Cliente se traslada a otra vivienda no podrá trasladar el contrato, pero sí podrá traspasarlo al nuevo ocupante dando conocimien- to de ello a IBERDROLA. - La realización de las visitas contempladas en este servicio no exime o sustituye la ejecución de las inspecciones periódicas que debe efectuar la empresa distribuidora de gas conforme Real Decreto 919/2006. - La resolución anticipada del SERVICIO MANTENIMIENTO GAS por decisión del Cliente, le obligará al pago del precio estableci- do para la totalidad del periodo anual vigente contratado y que no haya sido satisfecho aún, en el caso de que IBERDROLA haya efectuado la Visita Anual diagnostico a la instalación del Cliente. G-CG-2012-02 - La resolución del contrato de suministro de gas natural con IBERDROLA no implicará necesariamente la baja del SERVICIO MANTENIMIENTO GAS salvo que el cliente lo solicite expresa- mente.

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CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO. IBERDROLA prestará EL el SERVICIO MANTENIMIENTO GAS según las siguientes condiciones: - Las visitas de mantenimiento anuales se ajustarán a los procedi- mientos de IBERDROLA y serán realizadas según rutas y en tiem- pos definidos por IBERDROLA, siendo coordinadas con el Cliente CLIENTE con suficiente an- telaciónantelación. - El CLIENTE deberá permitir al personal al servicio de IBERDROLA el desempeño de los trabajos necesarios para la prestación del SERVICIO MANTENIMIENTO GAS. En particular, y de forma no exhaustiva, el CLIENTE deberá permitir el acceso a las instalacio- nes y equipos objeto del presente Servicio, así como facilitar y actualizar a IBERDROLA en todo momento los datos de contacto para realizar las operaciones de instalación, sustitución y mante- nimiento necesarias. El no cumplimiento por parte del cliente de esta condición podrá ser causa de resolución del contrato. - El CLIENTE tendrá derecho a solicitar a IBERDROLA la reparación de un máximo de dos averías en cada periodo anual de contrato, con el alcance y exclusiones que en él se refieren. El CLIENTE será responsable del uso adecuado y justificado de los avisos de avería notificados a IBERDROLA. - Se facilitará al Cliente CLIENTE el correspondiente informe de la visita o informe de corrección de avería, según proceda, explicando las anomalías detectadas y las acciones correctivas propuestas/ realizadas. El informe deberá ser recepcionado por el ClienteCLIENTE, devolviéndose una copia firmada a IBERDROLA para constancia de su presentación. - Si se encontraran defectos o averías en la instalación y circui- to de gas natural durante la visita de diagnóstico de cualquier SERVICIO MANTENIMIENTO GAS que incluya elementos de gas, éstos serán corregidos por IBERDROLA conforme al alcance de dicho servicio y con las exclusiones indicadas en el punto 1.3. - El instalador Se ofrecerá una garantía mínima de seis meses en to- das todas las reparaciones re- paraciones que realicese realicen, desde la fecha de terminación de la reparación. - El -El contrato de mantenimiento está adscrito a las instalaciones y equipos objeto del mantenimiento ubicados en el domicilio indicado indi- cado en las Condiciones Particulares, de forma que si el Cliente CLIENTE se traslada a otra vivienda no podrá trasladar el contrato, pero sí podrá traspasarlo al nuevo ocupante dando conocimien- to conocimiento de ello a IBERDROLA. - La realización de las visitas contempladas en este servicio no exime o sustituye la ejecución de las inspecciones periódicas que debe efectuar la empresa distribuidora de gas conforme Real Decreto De- creto 919/2006. G-CG-2014-03 - IBERDROLA atenderá las averías de las instalaciones y equipos, incluidos dentro del alcance, en un plazo máximo de 2 días la- borables (considerando como tal de lunes a viernes de 8h a 20h, excepto festivos nacionales) desde la fecha de la visita xx xxxxx- nimiento anual o recepción del aviso del CLIENTE. - En caso de que IBERDROLA no pueda garantizar la prestación del servicio por causas ajenas a ella como por ejemplo, pero no exclusivamente; peligrosidad en la zona, cualquier tipo xx xxxx- sión al personal técnico de IBERDROLA, condiciones deficientes de salubridad de la vivienda, negativas reiteradas del CLIENTE a precintar una instalación que lo requiera o a recibir la visita anual de mantenimiento, etc., IBERDROLA se reserva el derecho a res- cindir el presente contrato sin que le suponga coste alguno. - IBERDROLA podrá solicitar al CLIENTE su colaboración voluntaria para la realización de controles internos de calidad, siendo siem- pre realizados por personal debidamente acreditado. - La resolución anticipada del SERVICIO MANTENIMIENTO GAS por decisión del ClienteCLIENTE antes de la conclusión de cada periodo anual, le obligará al pago del precio estableci- do establecido para la totalidad del periodo anual vigente contratado y que no haya sido satisfecho satisfe- cho aún, manteniendo el derecho a realizar dos avisos de averías en el caso de que IBERDROLA haya dicho periodo anual si no los hubiera efectuado la Visita Anual diagnostico a la instalación del Clienteya. G-CG-2012-02 - La resolución del contrato de suministro de gas natural con IBERDROLA IBER- DROLA no implicará necesariamente la baja del SERVICIO MANTENIMIENTO MAN- TENIMIENTO GAS salvo que el cliente lo solicite expresa- menteexpresamente.

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CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO. IBERDROLA prestará EL SERVICIO MANTENIMIENTO GAS según las Se requiere la prestación de servicios de apoyo a la gestión de la formación y certificación de mentores, así como con otras actividades relacionadas con el emprendimiento de base tecnológica a la Fundación, que, sin ánimo exhaustivo, y a título meramente enunciativo, la contratación comprende, entre otras, la prestación de los siguientes condicionesservicios profesionales: - Las visitas serán coordinadas Apoyo a la gestión de las convocatorias “business mentor xxxxx+d”, incluyendo contacto con los mentores y gestores registrados - Apoyo a la formación: apoyo a la organización de los cursos de formación “business mentor madri+d”, tanto aquéllos realizados en la Fundacion como fuera de ésta (interlocución con los ponentes, preparación del material formativo,…) - Apoyo a la logística de las sesiones formativas (salas, catering,…) - Apoyo en la gestión de la certificación para la convocatoria de los comités de evaluación y certificación, el envío de comunicaciones a los mentores y gestores certificados. - Webinars: Convocatoria, realización y registro de webinars realizados para los “business mentors madri+d”, con las herramientas facilitadas por la Fundación. - Actividades de colaboración: Gestión de actividades de colaboración entre “business mentors madri+d” propuestas por la Fundación. - Redacción: Asistencia en la redacción de textos para la difusión de la certificación - Apoyo en las actividades relacionadas con la difusión de la certificación. - Apoyo en la realización de otras actividades relacionadas con el Cliente emprendimiento de base tecnológica, incluyendo aquéllas que tengan relación con suficiente an- telación. - Se facilitará al Cliente la certificación “business mentor madri+d” Y cualquier otra necesaria para el correspondiente informe de la visita o informe de corrección de avería, según proceda, explicando las anomalías detectadas y las acciones correctivas propuestas/ realizadascumplimiento del objeto del contrato. El informe deberá ser recepcionado por adjudicatario realizará el Cliente, devolviéndose una copia firmada a IBERDROLA para constancia de su presentación. - Si se encontraran defectos o averías en la instalación y circui- to de gas natural durante la visita de diagnóstico de cualquier SERVICIO MANTENIMIENTO GAS que incluya elementos de gas, éstos serán corregidos por IBERDROLA conforme al alcance de dicho servicio y con las exclusiones indicadas en el punto 1.3. - El instalador ofrecerá una garantía mínima de seis meses en to- das las reparaciones que realice, desde la fecha de terminación de la reparación. - El contrato de mantenimiento está adscrito a las instalaciones y equipos trabajo del objeto del mantenimiento ubicados en el domicilio indicado en las Condiciones Particulares, de forma que si el Cliente se traslada a otra vivienda no podrá trasladar el contrato, pero sí podrá traspasarlo al nuevo ocupante dando conocimien- to de ello a IBERDROLA. - La realización de las visitas contempladas en este servicio no exime o sustituye la ejecución de las inspecciones periódicas que debe efectuar la empresa distribuidora de gas conforme Real Decreto 919/2006. - La resolución anticipada del SERVICIO MANTENIMIENTO GAS por decisión del Cliente, le obligará al pago del precio estableci- do para la totalidad del periodo anual vigente contratado y que no haya sido satisfecho aún, en el caso de que IBERDROLA haya efectuado la Visita Anual diagnostico a la instalación del Cliente. G-CG-2012-02 - La resolución del contrato de suministro manera competente y profesional, cumpliendo los niveles de gas natural calidad exigidos. A estos efectos responderá de la calidad del trabajo desarrollado con IBERDROLA no implicará necesariamente la baja diligencia exigible a una empresa experta en la prestación del SERVICIO MANTENIMIENTO GAS salvo tipo de servicios objeto del contrato. Responderá de la corrección y precisión de los documentos que aporte a la Fundación durante la ejecución del contrato y avisará sin dilación a la Fundación cuando detecte un error para que pueda adoptar las medidas y acciones correctoras que estime oportunas. Si la Fundación encontrara defectos en los servicios prestados, lo comunicará por escrito al adjudicatario que deberá proceder a la resolución de los defectos en un plazo de 15 días. La persona responsable del contrato, o su sustituto deberán tener disponibilidad permanente para prestar el cliente servicio de manera presencial en la Fundación de conformidad con lo solicite expresa- menteestablecido en las prescripciones técnicas.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Que Ha De Regir en El Contrato De Los Servicios De Apoyo a La Gestion De Formación Y Certificaciones De Mentores

CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO. IBERDROLA prestará EL SERVICIO MANTENIMIENTO GAS según El horario de trabajo podrá ser modificado por necesidades de la Fundación PTS, sin que ello represente modificación económica respecto al precio de licitación. La Fundación PTS podrá solicitar la sustitución de cualquier trabajador que, a su juicio, no reúna los requisitos señalados en el presente Pliego o su nivel de cumplimiento no sea satisfactorio, comprometiéndose la empresa adjudicataria a sustituirlo en un plazo máximo de 5 días. La empresa adjudicataria se compromete a sustituir las siguientes condiciones: - Las visitas serán coordinadas bajas de sus trabajadores por enfermedad o de cualquier otra índole a las 24 horas de producirse. La empresa adjudicataria deberá asignar un coordinador responsable que realice el control y seguimiento de horarios, asistencia y sustituciones de los operadores implicados en el servicio e informando, a su debido tiempo, de cualquier incidencia a la persona de contacto que se establezca en la Fundación PTS Todos los trabajos se realizarán cumpliendo las normativas de trabajo vigentes y el Reglamento electrotécnico de baja tensión. La empresa adjudicataria deberá disponer de un servicio de emergencia donde se pueda localizar a un técnico responsable en horario nocturno de días laborables, y en xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos, con el Cliente fin de atender a cualquier necesidad urgente relacionada con suficiente an- telaciónla actividad en un plazo inferior a 2 horas para los días laborales y en 4 horas para los demás. - Se facilitará al Cliente el correspondiente informe Todos los materiales que se instalen serán suministrados por la Fundación Parque Tecnológico de Ciencias de la visita o salud de Granada. La empresa adjudicataria deberá remitir a la Oficina Técnica de la Fundación PTS un informe mensual en el que figuren los trabajos de corrección frecuencia no diaria realizados durante ese mes. La empresa adjudicataria responderá de averíalos daños causados a terceras personas, según procedaasí como a los bienes muebles e inmuebles en los que se desarrolla la prestación (continente y contenido, explicando cuando estos hayan sido originados por las anomalías detectadas personas que tengan a su cargo el desempeño de sus funciones. A fin de garantizar esta premisa el adjudicatario vendrá obligado a suscribir un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños descritos y con un capital asegurado que se considere suficiente para responder frente a la entidad contratante. La empresa adjudicataria garantizará en todo caso toda reclamación de tercera persona fundada en la actividad de aquél. La empresa adjudicataria propondrá a la Fundación PTS para su autorización la relación del personal correspondiente que deberá prestar sus servicios adecuadamente uniformados y que se someterá a las acciones correctivas propuestas/ realizadasnormas de control y seguridad que éste establezca. El informe deberá ser recepcionado personal dispondrá por el Cliente, devolviéndose una copia firmada a IBERDROLA para constancia de su presentación. - Si se encontraran defectos o averías en la instalación y circui- to de gas natural durante la visita de diagnóstico de cualquier SERVICIO MANTENIMIENTO GAS que incluya elementos de gas, éstos serán corregidos por IBERDROLA conforme al alcance de dicho servicio y con las exclusiones indicadas en el punto 1.3. - El instalador ofrecerá una garantía mínima de seis meses en to- das las reparaciones que realice, desde la fecha de terminación parte de la reparación. - El contrato empresa adjudicataria, de las herramientas, equipos de medida, aparatos y útiles necesarios para la realización de los trabajos de mantenimiento está adscrito a las instalaciones y equipos objeto del mantenimiento ubicados en el domicilio indicado en las Condiciones Particulares, de forma que si el Cliente se traslada a otra vivienda no podrá trasladar el contrato, pero sí podrá traspasarlo al nuevo ocupante dando conocimien- to de ello a IBERDROLA. - La realización de las visitas contempladas en este servicio no exime o sustituye la ejecución de las inspecciones periódicas que debe efectuar la empresa distribuidora de gas conforme Real Decreto 919/2006. - La resolución anticipada del SERVICIO MANTENIMIENTO GAS por decisión del Cliente, le obligará al pago del precio estableci- do para la totalidad del periodo anual vigente contratado y que no haya sido satisfecho aún, en el caso de que IBERDROLA haya efectuado la Visita Anual diagnostico a la instalación del Cliente. G-CG-2012-02 - La resolución del contrato de suministro de gas natural con IBERDROLA no implicará necesariamente la baja del SERVICIO MANTENIMIENTO GAS salvo que el cliente lo solicite expresa- mentecontratados.

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Samples: Pliego De Prescipciones Técnicas De La Licitación Del Contrato De Servicio De Mantenimiento De Instalaciones Del Edificio Sede De La Fundación Parque Tecnológico De Ciencias De La Salud De Granada Y Del Edificio Bioregión Por Procedimiento Abierto

CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO. IBERDROLA prestará EL el SERVICIO MANTENIMIENTO GAS según las siguientes condiciones: - Las visitas de mantenimiento anuales se ajustarán a los pro- cedimientos de IBERDROLA y serán realizadas según rutas y en tiempos definidos por IBERDROLA, siendo coordinadas con el Cliente CLIENTE con suficiente an- telaciónantelación. - El CLIENTE deberá permitir al personal al servicio de IBERDROLA el desempeño de los trabajos necesarios para la prestación del SERVICIO MANTENIMIENTO GAS. En particular, y de forma no exhaustiva, el CLIENTE deberá permitir el acceso a las instalacio- nes y equipos objeto del presente Servicio, así como facilitar y actualizar a IBERDROLA en todo momento los datos de contacto para realizar las operaciones de instalación, sustitución y mante- nimiento necesarias. El no cumplimiento por parte del cliente de esta condición podrá ser causa de resolución del contrato. - El CLIENTE tendrá derecho a solicitar a IBERDROLA la reparación de un máximo de dos averías en cada periodo anual vigente, con el alcance y exclusiones que en él se refieren. El CLIENTE será res- ponsable del uso adecuado y justificado de los avisos de avería notificados a IBERDROLA. - Se facilitará al Cliente CLIENTE el correspondiente informe de la visita o informe de corrección de avería, según procedaxxxxxxx, explicando las anomalías detectadas y las acciones correctivas propuestas/ realizadas. El informe deberá ser recepcionado por el ClienteCLIENTE, devolviéndose una copia firmada a IBERDROLA para constancia de su presentación. - Si se encontraran defectos o averías en la instalación y circui- to de gas natural durante la visita de diagnóstico de cualquier SERVICIO MANTENIMIENTO GAS que incluya elementos de gas, éstos serán corregidos por IBERDROLA conforme al alcance de dicho servicio y con las exclusiones indicadas en el punto 1.3. - El instalador Se ofrecerá una garantía mínima de seis meses en to- das todas las reparaciones re- paraciones que realicese realicen, desde la fecha de terminación de la reparación. - El -El contrato de mantenimiento está adscrito a las instalaciones y equipos objeto del mantenimiento ubicados en el domicilio indicado indi- cado en las Condiciones Particulares, de forma que si el Cliente CLIENTE se traslada a otra vivienda no podrá trasladar el contrato, pero sí podrá traspasarlo al nuevo ocupante dando conocimien- to conocimiento de ello a IBERDROLA. - La realización de las visitas contempladas en este servicio no exime o sustituye la ejecución de las inspecciones periódicas que debe efectuar la empresa distribuidora de gas conforme Real Decreto De- creto 919/2006. - IBERDROLA atenderá las averías de las instalaciones y equipos, incluidos dentro del alcance, en un plazo máximo de 2 días la- borables (considerando como tal de lunes a viernes de 8h a 20h, excepto festivos nacionales) desde la fecha de la visita xx xxxxx- nimiento anual o recepción del aviso del CLIENTE. G-CG-2015-02 - En caso de que IBERDROLA no pueda garantizar la prestación del servicio por causas ajenas a ella como por ejemplo, pero no exclusivamente; peligrosidad en la zona, cualquier tipo xx xxxx- sión al personal técnico de IBERDROLA, condiciones deficientes de salubridad de la vivienda, negativas reiteradas del CLIENTE a precintar una instalación que lo requiera o a recibir la visita anual de mantenimiento, etc., IBERDROLA se reserva el derecho a res- cindir el presente contrato sin que le suponga coste alguno. - IBERDROLA podrá solicitar al CLIENTE su colaboración xxxxx- xxxxx para la realización de controles internos de calidad, siendo siempre realizados por personal debidamente acreditado. - La resolución anticipada del SERVICIO MANTENIMIENTO GAS por decisión del ClienteCLIENTE antes de la conclusión de cada periodo anual de prestación del servicio, le obligará al pago del precio estableci- do establecido para la totalidad del periodo anual vigente contratado y que no haya sido satisfecho aún, en manteniendo el caso de que IBERDROLA haya efectuado la Visita Anual diagnostico derecho a la instalación hacer uso del Clienteservicio durante dicho periodo. G-CG-2012-02 - La resolución del contrato de suministro de gas natural con IBERDROLA no implicará necesariamente la baja del SERVICIO MANTENIMIENTO GAS salvo que el cliente lo solicite expresa- mente.

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Samples: www.icenergia.es

CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO. IBERDROLA prestará EL SERVICIO MANTENIMIENTO GAS según En lo que respecta a la entrega de las siguientes condiciones: - Las visitas serán coordinadas con UNIDADES(ES), el Cliente con suficiente an- telación. - Se facilitará al Cliente PROVEEDOR deberá de considerar la siguiente localidad en la cual se hará entrega de las UNIDAD(ES) y se apersonará el correspondiente informe conductor de las mismas de acuerdo a las instrucciones de la visita o informe SECRETARÍA. Tabla 5.1. Lugar de corrección entrega de averíalos camiones. No. ENTIDAD FEDERATIVA LOCALIDAD DIRECCIÓN RESPONSABLE DE LA ACEPTACIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS 1 Veracruz Córdoba Xxxxxx de las Xxxxxx, según procedaXx 000, explicando xxxxxxx Xxx Xxxxxxx, Cp. 94540, Córdoba, Veracruz Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Al finalizar el servicio las anomalías detectadas y UNIDAD(ES) se concentrarán en la localidad mencionada donde se hará su entrega a el PROVEEDOR. En lo que respecta a los conductores designados a cada una de las acciones correctivas propuestas/ realizadas. El informe UNIDAD(ES), el PROVEEDOR deberá ser recepcionado prever una jornada laboral de en promedio 8 (ocho) horas diarias durante el lapso que dure la prestación del servicio, misma que se informará por parte de la persona designada por el ClienteAdministrador del Contrato, devolviéndose una copia firmada a IBERDROLA para constancia la notificación del fallo y con 24 horas de su presentaciónanticipación, por medio de correo electrónico, a la persona designada por el PROVEEDOR. - Si En lo que respecta al combustible, se encontraran defectos o averías proporcionará la cantidad suficiente con un rendimiento de 6,000 kilómetros por UNIDAD(ES) durante la vigencia de la prestación del servicio, y será proporcionado a las UNIDAD(ES) por parte del PROVEEDOR en la instalación manera que él designe; el conductor de la UNIDAD(ES) llevará una bitácora del kilometraje y circui- to del uso del combustible que será validada al final de gas natural la jornada diaria por la persona designada por parte del Administrador del Contrato. En lo que respecta al personal de carga, el PROVEEDOR designará a una persona por UNIDAD(ES) para desempeñar las actividades que involucren la carga y descarga de las plantas que se trasladarán en la misma, durante la visita prestación del servicio. La prestación del servicio se realizará en territorio nacional de diagnóstico de cualquier SERVICIO MANTENIMIENTO GAS que incluya elementos de gas, éstos serán corregidos por IBERDROLA conforme al alcance de dicho servicio y con las exclusiones indicadas en el punto 1.3. - El instalador ofrecerá una garantía mínima de seis meses en to- das las reparaciones que realice, desde la fecha de terminación de la reparación. - El contrato de mantenimiento está adscrito acuerdo a las instalaciones y equipos objeto del mantenimiento ubicados en el domicilio indicado en las Condiciones Particulares, necesidades de forma que si el Cliente se traslada a otra vivienda no podrá trasladar el contrato, pero sí podrá traspasarlo al nuevo ocupante dando conocimien- to de ello a IBERDROLA. - La realización de las visitas contempladas en este servicio no exime o sustituye la ejecución de las inspecciones periódicas que debe efectuar la empresa distribuidora de gas conforme Real Decreto 919/2006. - La resolución anticipada del SERVICIO MANTENIMIENTO GAS por decisión del Cliente, le obligará al pago del precio estableci- do para la totalidad del periodo anual vigente contratado y que no haya sido satisfecho aún, en el caso de que IBERDROLA haya efectuado la Visita Anual diagnostico a la instalación del Cliente. G-CG-2012-02 - La resolución del contrato de suministro de gas natural con IBERDROLA no implicará necesariamente la baja del SERVICIO MANTENIMIENTO GAS salvo que el cliente lo solicite expresa- mente.la

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional

CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO. IBERDROLA prestará EL SERVICIO MANTENIMIENTO GAS según las siguientes condiciones: - Las visitas serán coordinadas con el Cliente con suficiente an- telación. - Se facilitará al Cliente el correspondiente informe La SECRETARÍA a través de la visita o informe de corrección de averíaUnidad Administrativa requirente, según procedaverificará que el servicio, explicando cumpla con las anomalías detectadas características y las acciones correctivas propuestas/ realizadasespecificaciones técnicas conforme al Anexo 1. La SECRETARÍA no aceptará prórrogas cuando el proveedor no preste los servicios en el plazo estipulado por causas imputables a él. El informe servicio deberá ser recepcionado prestarse a partir del día 16 xx xxxxx de 2014 y hasta el día 31 de diciembre de 2017, conforme a las especificaciones señaladas en el Anexo 1 “ESPECIFICACIONES XXXXXXXXX” x Xxxxx 0 “UBICACIÓN, CARACTERISTICAS Y CANTIDAD DE LOS SERVICIOS” de la presente En términos del artículo 84 del Reglamento, la SECRETARÍA en su carácter de administrador del(os) contrato(s) que surjan respecto de la partida correspondiente, deberá en todo tiempo administrar y verificar que las especificaciones y la prestación del servicio se realice de acuerdo a las especificaciones contenidas en el Anexo 1, a través del servidor público que para tales efectos se designe. Con fundamento en lo dispuesto por el Clienteartículo 51 de la Ley, devolviéndose una copia firmada el pago se realizará dentro de los 20 (veinte) días naturales contados a IBERDROLA para constancia partir del día siguiente a la fecha en que el proveedor concluya a satisfacción de su presentaciónla SECRETARÍA el servicio señalado en el Anexo 1, previa aceptación y entrega de la factura respectiva debidamente requisitada. - Si Dicho pago se encontraran defectos o averías tramitará de forma mensual en la instalación Dirección General de Transporte Ferroviario y circui- to Multimodal y será cubierto vía electrónica, para lo cual, el licitante que resulte adjudicado deberá entregar en la Dirección General de gas natural durante Transporte Ferroviario y Multimodal, la visita documentación siguiente:  Copia del Registro Federal de diagnóstico Contribuyentes con homoclave expedido por la Secretaría de cualquier SERVICIO MANTENIMIENTO GAS que incluya elementos Hacienda y Crédito Público (SHCP).  Constancia del domicilio fiscal a nombre del beneficiario.  Para el caso de gaspersonas físicas, éstos serán corregidos por IBERDROLA conforme al alcance de dicho servicio y con las exclusiones indicadas en el punto 1.3. - El instalador ofrecerá una garantía mínima de seis meses en to- das las reparaciones que realice, desde la fecha de terminación copia de la reparaciónClave Única de Registro de Población (CURP) del beneficiario. - El contrato  Para el caso de mantenimiento está adscrito a las instalaciones y equipos objeto personas xxxxxxx, poder notarial del mantenimiento ubicados en el domicilio indicado en las Condiciones Particulares, de forma que si el Cliente se traslada a otra vivienda no podrá trasladar el contrato, pero sí podrá traspasarlo al nuevo ocupante dando conocimien- to de ello a IBERDROLA. - La realización de las visitas contempladas en este servicio no exime o sustituye la ejecución de las inspecciones periódicas que debe efectuar la empresa distribuidora de gas conforme Real Decreto 919/2006. - La resolución anticipada del SERVICIO MANTENIMIENTO GAS por decisión del Cliente, le obligará al pago del precio estableci- do para la totalidad del periodo anual vigente contratado y que no haya sido satisfecho aúnrepresentante legal, en el caso de personas físicas, identificación oficial con fotografía y firma.  Constancia de Institución Financiera debidamente firmada y sellada sobre la existencia de la cuenta de cheques abierta a nombre del beneficiario que IBERDROLA incluya el número de cuenta con once posiciones, así como la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) con 18 posiciones que permita realizar transferencias electrónicas de fondos, a través de los sistemas de pago.  La documentación no debe tener, en su caso, una antigüedad mayor a 3 meses. El proveedor deberá seguir el procedimiento de pago que se describe a continuación: Deberá presentar en la Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal, la o las facturas debidamente requisitadas conforme al Anexo 4 “INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DE FACTURAS”, para su validación por parte del Área Administrativa de la Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal. El área administrativa de la Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal en un plazo de 3 (tres) días hábiles siguientes al de la recepción de la o las facturas correspondientes, llevará a cabo la verificación de los datos tales como: requisitos fiscales, descripción del servicio, precios unitarios, cantidad, cálculos, importe, etc., y si los datos son correctos continuará con el procedimiento para el pago del servicio en el término de los 20 (veinte) días naturales contados a partir de la fecha de presentación de la o las facturas. En caso de errores o deficiencias en las facturas y/o su documentación anexa, dentro del plazo de 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, el área administrativa rechazará la operación indicando por escrito al proveedor, las deficiencias que deberá corregir para que las presente de nueva cuenta y reiniciar el trámite de pago, por lo que el plazo de los 20 (veinte) días naturales iniciará a partir de la fecha de la nueva presentación. El pago será por mensualidades vencidas por el servicio prestado durante cada mes calendario. En las facturas que presente el proveedor deberá desglosarse por separado el impuesto al valor agregado correspondiente. No habrá anticipos. Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el proveedor, éste deberá reintegrarlos más los intereses correspondientes, conforme a la tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la SECRETARÍA. El pago correspondiente a los meses de noviembre y diciembre podrá considerarse mediante el procedimiento de ADEFAS (Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores). El pago del servicio quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el proveedor deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales.  AFILIACIÓN A CADENAS PRODUCTIVAS Con base a lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal que corresponda, la SECRETARÍA hace una atenta invitación a los proveedores para que se afilien al programa xx Xxxxxxx Productivas, con el único requerimiento de inscribirse y contar con el servicio de internet o teléfono. En caso de interesarse en conocer más a fondo este programa, podrán acceder a la dirección electrónica xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx-xxxxxxx/xxxxxx- estructural/cadenas-productivas/, Anexo 7 “CADENAS PRODUCTIVAS”. o El licitante ganador, con base en la información que se indica en el Anexo 7 podrá iniciar su afiliación en un plazo no mayor a cinco días naturales posteriores al fallo, comunicándose al número telefónico 50.89.61.07 o al 01.800.nafinsa (01-800-6234672), o acudiendo a las oficinas de Nacional Financiera, S.N.C. donde se le atenderá para el proceso de afiliación. o También cuenta con un esquema de factoraje que está a disposición de todos los proveedores en adquisiciones de la Administración Federal. Para aquellos proveedores que estén interesados en utilizar este esquema de factoraje, al respecto encontrará mayor información en la página web de Nacional Financiera: xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxx-xx-xxxxxxxx/xxxxxxxx-xx- CompraNet-del gobierno-federal/cadenas-productivas.html o La afiliación al programa es por única vez, por lo que no es necesario realizar el proceso de nueva cuenta en alguna otra dependencia o entidad, además de que no tiene ningún costo. No se aplicarán deductivas, sin embargo de conformidad con lo estipulado en el artículo 53 de la Ley, la SECRETARÍA aplicará penas convencionales al proveedor por atraso en la prestación de los servicios. En caso de atraso en la entrega de los servicios imputable al proveedor, la pena convencional que se aplicará será de 0.5% (cero punto cinco por ciento) por cada día natural de demora en la entrega de éstos, respecto al monto total de los servicios no entregados oportunamente, sin incluir el impuesto al valor agregado correspondiente. Esta pena se estipula por el retraso en el cumplimiento de las obligaciones a cargo del proveedor y su importe se hará efectivo aplicando la cantidad correspondiente por concepto xx xxxx convencional sobre el monto de la factura respectiva. El monto de dicha pena no excederá del importe proporcional de la garantía de cumplimiento que corresponda al monto del servicio que haya sido entregado con atraso, queda pactado asimismo que la suma de los montos por penas convencionales no excederá el importe total de la garantía de cumplimiento. Con fundamento en lo previsto en el artículo 48, fracción II de la Ley y 103 del Reglamento, el licitante adjudicado deberá garantizar el cumplimiento del contrato mediante fianza expedida en los términos señalados en el Anexo 8 “MODELO DE FIANZA DE CUMPLIMIENTO”, misma que deberá ser constituida por el 20% (veinte por ciento) del monto máximo anual a ejercer en el contrato antes de incluir el impuesto al valor agregado, la cual deberá ser renovada en cada ejercicio fiscal, en los mismos términos señalados. Esta fianza deberá ser expedida por una Institución Mexicana de Fianzas autorizada, a favor de la Tesorería de la Federación. La garantía de cumplimiento del contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato. Por las características de los servicios a contratar las obligaciones objeto del mismo, se consideran divisibles y en consecuencia la garantía de cumplimiento se aplicará de manera proporcional al monto de las obligaciones incumplidas. En su caso, la garantía de cumplimiento se hará efectiva una vez que se haya efectuado la Visita Anual diagnostico rescisión del contrato, de conformidad con lo señalado en el artículo 54 de la Ley. La garantía relativa al cumplimiento del contrato será liberada en los términos de la normatividad aplicable. Para la liberación de la garantía de cumplimiento del contrato, se requerirá la manifestación expresa y por escrito por parte de la SECRETARÍA, mediante oficio de cancelación a la instalación del Clientecompañía afianzadora. G-CG-2012-02 - La resolución Dichas modificaciones se harán dentro de la vigencia del contrato y no podrán rebasar en conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de suministro los conceptos y volúmenes originalmente establecidos en el mismo. Los precios unitarios, correspondientes a las cantidades adicionales, deberán ser iguales a los pactados inicialmente. En caso de gas natural que se convengan cantidades adicionales, la fecha de entrega de las mismas deberá ser pactada de común acuerdo entre la SECRETARÍA y el proveedor. Cualquier modificación al contrato será formalizada por escrito por parte de la SECRETARÍA y el proveedor. En caso de celebrarse convenio modificatorio al contrato, el proveedor deberá presentar la fianza correspondiente en los mismos términos de la fianza señala en el numeral II.g.4 de esta convocatoria. Conforme a lo establecido en el artículo 54 bis de la Ley, la SECRETARÍA podrá dar por terminado anticipadamente el contrato correspondiente sin necesidad de que medie resolución judicial alguna, por razones de interés general o cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados y se demuestre que de continuar con IBERDROLA el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al contrato con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la SFP, lo anterior sin responsabilidad para la SECRETARÍA. De darse este supuesto, la SECRETARÍA reembolsará al proveedor los gastos no implicará necesariamente recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y los mismos se relacionen directamente con el contrato correspondiente. El reembolso de los gastos no recuperables que en su caso haya incurrido el proveedor, se efectuará en un término que no exceda de los 45 (cuarenta y cinco) días naturales a partir de que la baja SECRETARÍA haya revisado y aceptado la procedencia de la documentación que le presente el proveedor y en la que se acrediten los gastos no recuperables. Asimismo se aplicará lo establecido en el artículo 102, fracción I del SERVICIO MANTENIMIENTO GAS salvo Reglamento y se incluirán las cláusulas estipuladas en el modelo de contrato que el cliente lo solicite expresa- mentese xxxxxxx xxxx Xxxxx 00.

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