EQUIPOS Y TERMINALES Cláusulas de Ejemplo

EQUIPOS Y TERMINALES. SBT entregará al Cliente o instalará en su domicilio, en caso de que el Cliente no cuente con la instalación necesaria para la prestación del Servicio, los siguientes equipos (a los efectos de las presentes CGC, el Equipo): • ONT / Router WiFi (en caso de Fibra Óptica). • Modem ADSL/WiFi (en caso de ADSL). • En caso necesario, un punto de terminación de red (PTR) en instalaciones de ADSL. • Un punto de terminación de red Óptica (PTRO) en instalaciones de Fibra. • Cableado con los límites descritos en las presentes CGC. • Cualquier otro equipo, periférico o dispositivo entregado por SBT al Cliente para la correcta prestación de los Servicios. Las características técnicas del Equipo que SBT entrega e instala para ofrecer el Servicio al Cliente pueden ser susceptibles de cambios. Se informará al Cliente de los posibles cambios a través de nuestra Página Web y a través del Servicio de Atención al Cliente. SBT configurará o facilitará las instrucciones para la configuración de los Equipos proporcionados al Cliente. Salvo oposición del Cliente, SBT podrá crear un segundo canal independiente en el Equipo a través del que se preste el Servicio, sin coste ni afectación de la calidad del Servicio contratado, para prestar Servicios adicionales tales como la posibilidad de compartir Internet xx Xxxxx Ancha con terceros. Ello no afectará ni disminuirá la velocidad contratada por el Cliente para su Servicio de Acceso a Internet xx Xxxxx Ancha. El Cliente podrá desactivar esta compartición en cualquier momento a través del Servicio de Atención al Cliente de SBT. SBT cede el Equipo al Cliente en régimen de cesión/ alquiler, salvo indicación expresa en contra por parte de SBT. El Cliente es responsable del uso adecuado del equipo, así como de su no manipulación. SBT se encargará del mantenimiento del Equipo cedido, así como de su sustitución en caso de avería. El Cliente se obliga a devolver el Equipo a SBT en un estado de uso y conservación adecuado a la correcta utilización del mismo, previa solicitud de SBT, en cualquier momento y en todo caso, en el plazo de un (1) mes posterior a la baja del Servicio. Si el Cliente no devuelve el Equipo en dicho plazo, SBT aplicará la penalización que se especifica en la carátula del Contrato. Si SBT entrega algún tipo de software o algún Equipo o Terminal autoinstalable, el Cliente deberá seguir las instrucciones de instalación facilitadas por SBT. SBT no ofrece ninguna garantía, ni explícita ni implícita, sobre los softwares de ayud...
EQUIPOS Y TERMINALES. AHÍ+ entregará al cliente o instalará en su domicilio, en caso de que el cliente no cuente con la instalación necesaria para la prestación del servicio, los siguientes equipos (a los efectos de las presentes CGC, el equipo): (i) ONT / router Wi-Fi (en caso de fibra óptica); (ii) Modem ADSL / Wi-Fi (en caso de ADSL); (iii) En caso necesario, un punto de terminación de red (PTR) en instalaciones de ADSL; (iv) Un punto de terminación de red óptica (PTRO) en instalaciones de fibra; (v) Cableado con los límites descritos en las presentes CGC; (vi) Cualquier otro equipo, periférico o dispositivo entregado por AHÍ+ al cliente para la correcta prestación de los servicios.
EQUIPOS Y TERMINALES. MÁSMÓVIL entregará al cliente o instalará en su domicilio, en caso de que el cliente no cuente con la instalación necesaria para la prestación del servicio, los siguientes equipos (a los efectos de las presentes CGC, el equipo): (I) ONT / Router WiFi (en caso de fibra óptica); (II) Modem ADSL/WiFi (en caso de ADSL);
EQUIPOS Y TERMINALES. XXXXX podría en el futuro entregar al Cliente, en su caso, algún equipo, periférico o dispositivo para la correcta prestación de los Servicios. Las características técnicas del Equipo que ASTEO entrega e instala para ofrecer el Servicio al Cliente podrían ser susceptibles de cambios. Se informará al Cliente de los posibles cambios a través de nuestra Página Web y a través del Servicio de Atención al Cliente. ASTEO configurará o facilitará las instrucciones para la configuración de los Equipos proporcionados al Cliente. En este supuesto, ASTEO cede el Equipo al Cliente en régimen de cesión/alquiler, salvo indicación expresa en contra por parte de ASTEO. El Cliente es responsable del uso adecuado del equipo, así como de su no manipulación. ASTEO se encargará del mantenimiento del Equipo cedido, así como de su sustitución en caso de avería. El Cliente se obliga a devolver el Equipo a ASTEO en un estado de uso y conservación adecuado a la correcta utilización del mismo, previa solicitud de ASTEO, en cualquier momento y en todo caso, en el plazo de un (1) mes posterior a la baja del Servicio. Si el Cliente no devuelve el Equipo en dicho plazo, ASTEO aplicará la penalización que se especifica en la carátula del Contrato. Si ASTEO entrega algún tipo de software o algún Equipo o Terminal autoinstalable, el Cliente deberá seguir las instrucciones de instalación facilitadas por ASTEO. ASTEO no ofrece ninguna garantía, ni explícita ni implícita, sobre los softwares de ayuda a la instalación facilitados ni se responsabiliza de los daños o alteraciones que, con motivo de su ejecución, pudieran ocasionarse en el sistema informático del Cliente (configuración, software y/o hardware) o en los documentos electrónicos y ficheros almacenados en su sistema informático.
EQUIPOS Y TERMINALES. MÁSMÓVIL entregará al Cliente o instalará en su domicilio, en caso de que el Cliente no cuente con la instalación necesaria para la prestación del Servicio, los siguientes equipos (a los efectos de las presentes CGC, el Equipo): Las características técnicas del Equipo que MÁSMÓVIL entrega e instala para ofrecer el Servicio al Cliente pueden ser susceptibles de cambios. Se informará al Cliente de los posibles cambios a través de nuestra Página Web y a través del Servicio de Atención al Cliente. MÁSMÓVIL configurará o facilitará las instrucciones para la configuración de los Equipos proporcionados al Cliente. Salvo oposición del Cliente, MÁSMÓVIL podrá crear un segundo canal independiente en el Equipo a través del que se preste el Servicio, sin coste ni afectación de la calidad del Servicio contratado, para prestar Servicios adicionales tales como la posibilidad de compartir Internet xx Xxxxx Ancha con terceros. Ello no afectará ni disminuirá la velocidad contratada por el Cliente para su Servicio de Acceso a Internet xx Xxxxx Ancha. El Cliente podrá desactivar esta compartición en cualquier momento a través del Servicio de Atención al Cliente de MÁSMÓVIL. MÁSMÓVIL cede el Equipo al Cliente en régimen de cesión/ alquiler, salvo indicación expresa en contra por parte de MÁSMÓVIL. El Cliente es responsable del uso adecuado del equipo, así como de su no manipulación. MÁSMÓVIL se encargará del mantenimiento del Equipo cedido, así como de su sustitución en caso de xxxxxx. El Cliente se obliga a devolver el Equipo a MÁSMÓVIL en un estado de uso y conservación adecuado a la correcta utilización del mismo, previa solicitud de MÁSMÓVIL, en cualquier momento y en todo caso, en el plazo de un (1) mes posterior a la baja del Servicio. Si el Cliente no devuelve el Equipo en dicho plazo, MÁSMÓVIL aplicará la penalización que se especifica en la carátula del Contrato. Si MÁSMÓVIL entrega algún tipo de software o algún Equipo o Terminal autoinstalable, el Cliente deberá seguir las instrucciones de instalación facilitadas por MÁSMÓVIL. MÁSMÓVIL no ofrece ninguna garantía, ni explícita ni implícita, sobre los softwares de ayuda a la instalación facilitados ni se responsabiliza de los daños o alteraciones que, con motivo de su ejecución, pudieran ocasionarse en el sistema informático del Cliente (configuración, software y/o hardware) o en los documentos electrónicos y ficheros almacenados en su sistema informático.
EQUIPOS Y TERMINALES. 4.2.2.1Condiciones generales Puede ser objeto de solicitud de suministro y servicios asociados (p. ej. mantenimiento) cualquier equipamiento o terminal cuyo propósito sea la prestación del servicio incluido en el alcance del presente concurso. La selección del producto (marca, modelo y dotación de componentes y accesorios) se realizará atendiendo a los siguientes requisitos, enumerados en orden decreciente de prioridad: • El producto deberá satisfacer los requisitos del presente pliego en los términos que sean de aplicación directa y en los que se deriven indirectamente de su utilización. En caso de imposibilidad de cumplir todos los requisitos por no existir el producto en el mercado o ser incompatible con productos que satisfacen otra parte de los requisitos, la APB decidirá la prioridad de criterio a aplicar. • Los productos a implantar no producirán cautividad en la APB de cara a futuras licitaciones del servicio que es objeto del presente contrato. • En cualquier caso, la APB se reserva la potestad de rechazar una marca y modelo propuesto, y proponer una alternativa, si considera y justifica la existencia de un riesgo de cautividad con el adjudicatario de cara a futuras licitaciones. También se reserva el derecho de excepción a esta regla, motivando su decisión en razones de urgencia, requisitos funcionales o por entender que se da una situación xxx xxxxxxx excepcional o no prevista en esta cláusula, que no implica riesgos de cautividad o que éstos son asumibles (p. ej. por productos amortizables en un periodo corto de tiempo). • El producto deberá ajustarse a la oferta del propio adjudicatario, salvo excepción aceptada por la APB. • En equipos y terminales para los cuales exista un contrato de mantenimiento o de alquiler, o bien que estén en periodo de garantía, el adjudicatario dispondrá del stock necesario para cumplir el acuerdo de nivel de servicio en caso de averías, robo o extravío de los mismos, no admitiéndose el agotamiento del stock como causa justificada de incumplimiento, pero aceptándose equipos de características equivalentes o superiores.
EQUIPOS Y TERMINALES. ITS entregará al Cliente o instalará en su domicilio, en caso de que el Cliente no cuente con la instalación necesaria para la prestación del Servicio, los siguientes equipos (a los efectos de las presentes CGC, el Equipo): • ONT / Router WiFi (en caso de Fibra Óptica). • Router WiFi (en caso de Wimax). • Antena Receptora (en caso de Wimax). • Un punto de terminación de red Óptica (PTRO) en instalaciones de Fibra. • Cableado con los límites descritos en las presentes CGC. • Cualquier otro equipo, periférico o dispositivo entregado por ITS al Cliente para la correcta prestación de los Servicios. Las características técnicas del Equipo que ITS entrega e instala para ofrecer el Servicio al Cliente pueden ser susceptibles de cambios. Se informará al Cliente de los posibles cambios a través de nuestra Página Web y a través del Servicio de Atención al Cliente. ITS cede el Equipo al Cliente en régimen de cesión/ alquiler, salvo indicación expresa en contra por parte xxXXX. El Cliente es responsable del uso adecuadodel equipo, así como de su no manipulación. ITS se encargará del mantenimiento del Equipocedido, así como de su sustitución en caso de avería. ElCliente se obliga a devolver el Equipo a ITS en un estado de uso y conservación adecuado a la correcta utilización del mismo, previa solicitud de ITS, en cualquier momento y en todo caso, en el plazo de un (1)mes posterior a la baja del Servicio. Si el Cliente no devuelve el Equipo en dicho plazo, ITS aplicará una penalización de 100€ por este concepto. Si ITS entrega algún tipo de software o algún Equipo o Terminal autoinstalable, el Cliente deberá seguir las instrucciones de instalación facilitadas por ITS. ITS no ofrece ninguna garantía, ni explícita ni implícita, sobre los softwares de ayuda a la instalación facilitados ni se responsabiliza de los daños o alteraciones que, con motivo de su ejecución, pudieran ocasionarseen el sistema informático del Cliente (configuración, software y/o hardware) o en los documentos electrónicosy ficheros almacenados en su sistema informático.
EQUIPOS Y TERMINALES. IGAME entregará al Cliente o instalará en su domicilio, en caso de que el Cliente no cuente con la instalación necesaria para la prestación del Servicio, los siguientes equipos (a los efectos de las presentes CGC, el Equipo): (1) ONT / Router WiFi (en caso de Fibra óptica); (11) Modem ADSL/Wifi (en caso de ADSL);
EQUIPOS Y TERMINALES. MÁSMÓVIL entregará al Cliente o instalará en su domicilio, en caso de que el Cliente no cuente con la instalación nece- saria para la prestación del Servicio, los siguientes equipos (a los efectos de las presentes CGC, el Equipo): a) ONT / Router WiFi (en caso de Fibra Óptica).