CONSIDERACIONES GENERALES. i. Al momento de la suscripción del Contrato, el Subcontratista del Titular deberá designar e informar a YPF E&P Bolivia S.A. la/s persona/s autorizada/s para gestionar y representar a la misma. Asimismo, el Subcontratista del Titular deberá presentar documentación original y/o copia simple de acuerdo a requerimiento de YPF E&P Bolivia S.A. ii. YPF E&P Bolivia S.A. permitirá que el Subcontratista del Titular presente copia fiel de la documentación que se le requiera, en forma perfectamente legible, con sello y firma de un representante del Subcontratista del Titular habilitado para tal fin, incluyendo la leyenda “ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL”. No obstante, el Subcontratista del Titular deberá exhibir los originales de dicha documentación siempre que le fuere requerido y dentro de los plazos que determine YPF E&P Bolivia S.A. iii. La contratación de personal independiente por parte del Subcontratista del Titular, será aceptada únicamente cuando se trate de profesionales independientes, con prestación de servicios de manera eventual y esporádica y deberá presentar los documentos que determine YPF E&P Bolivia S.A. respecto al profesional independiente. iv. No se aceptará una relación comercial/laboral permanente y continua, ni debe existir entre el personal independiente contratado y el Subcontratista dependencia económica, jerárquica ni técnica, que pueda dar pauta de una existencia laboral dependiente encubierta. v. En aquellos casos donde exista una herramienta informática como apoyo al proceso de control, es obligación del Subcontratista del Titular completar todos los requisitos que allí se soliciten, cumpliendo con los plazos previstos por YPF E&P Bolivia S.A. vi. Subcontratista del Titular no deberá tener ninguna obligación pendiente laboral y/o previsional a la finalización de la relación contractual vigente con YPF E&P Bolivia S.A. vii. En los casos en que el Subcontratista del Titular subcontrate a terceros para realizar trabajos o prestaciones de servicios dentro y/o fuera de las instalaciones de YPF E&P Bolivia S.A., deberá informar previamente y por escrito a YPF E&P Bolivia S.A., proporcionando información general xxx xxxxxxx subcontratado y documentos en caso de ser requerido, y no podrá iniciar ningún servicio sin la autorización expresa de YPF E&P Bolivia S.A. viii. De contar con más de un Contrato deberá presentar la documentación solicitada por cada uno de ellos, a no ser que los recursos sean exactamente los mismos. En este último caso, deberá presentar una sola copia de la documentación con carátulas diferentes para cada uno de los Contratos. ix. De existir observaciones sobre la documentación presentada, el Subcontratistas del Titular deberá presentar en una sola entrega la documentación complementaria que regularice las mismas, debidamente identificada por Contrato y período. Solo se permitirá una sola presentación adicional a la mensual. x. Si luego de la presentación complementaria aún quedan requisitos incumplidos se podrán subsanar con la próxima presentación mensual.
Appears in 2 contracts
Samples: Condiciones Generales De Compra Y Contrataciones, Condiciones Generales De Compras Y Contratación
CONSIDERACIONES GENERALES. i. Al momento 4.6.1. Por el simple hecho de firmar y presentar a la Secretaría la solicitud de registro o su modificación, el Precalificado de nacionalidad extranjera, conviene en no invocar la protección de su gobierno, en relación con cualquier acto derivado de la suscripción Licitación, bajo la pena, en caso contrario de cancelar su registro, quedando por lo tanto impedido a participar en la Licitación.
4.6.2. La Secretaría publicará en el Sitio Web, la lista de las empresas que adquieran el registro de Precalificados, conforme a los plazos indicados en la Base 2.8.
4.6.3. La documentación para la Precalificación deberá:
1. Estar firmada al calce por el representante legal del ContratoPostulante. La documentación deberá estar contenida en 2 carpetas, identificadas al frente como se muestra a continuación:
a. DOCUMENTACIÓN PARA PRECALIFICACIÓN. CARPETA 1. PAQUETE DE DOCUMENTACIÓN LEGAL, TÉCNICA Y FINANCIERA. LICITACIÓN No. [**].
b. DOCUMENTACIÓN PARA PRECALIFICACIÓN. CARPETA 2: DOCUMENTACIÓN PARA PRECALIFICACIÓN PROCEDENCIA DE RECURSOS FINANCIEROS. LICITACIÓN No. [**].
2. Estar foliada en forma consecutiva en todas sus hojas.
4.6.4. Cada carpeta deberá contener un índice de los separadores que la integren, de tal forma que cada documento requerido por la Secretaría en las Bases de Licitación tenga su propio separador.
4.6.5. Referirá a los requisitos solicitados en términos objetivos y cuantificables conforme a las prácticas comunes en la industria.
4.6.6. Los Precalificados no podrán modificar los formatos contenidos en las Bases de Licitación o en el Subcontratista Sitio Web. Únicamente podrán cambiar o adecuar aquellas partes que se indican en el propio formato o que se requieran para la identificación de la persona moral o del Titular deberá designar e informar representante legal.
4.6.7. Los formatos deberán ser presentados en original con firma autógrafa del representante legal.
4.6.8. Cumplirá con las formalidades legales para su validez en los términos de las Leyes Aplicables según su país de origen.
4.6.9. Contendrá los datos de contacto de las personas o instituciones emisoras, a YPF E&P Bolivia S.A. la/s persona/s autorizada/s para gestionar efecto de facilitar su verificación, evitando pactos, incluso de confidencialidad, entre el Participante y representar a la misma. Asimismo, el Subcontratista del Titular deberá presentar documentación original y/o copia simple de acuerdo a requerimiento de YPF E&P Bolivia S.A.
ii. YPF E&P Bolivia S.A. permitirá que el Subcontratista del Titular presente copia fiel los emisores de la documentación que se le requieraimpidan al Comité Licitatorio verificar, a su entera satisfacción y con base en forma perfectamente legiblelas prácticas usuales de la industria, con sello y firma la veracidad de un representante del Subcontratista del Titular habilitado para tal fin, incluyendo la leyenda “ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL”. No obstante, el Subcontratista del Titular deberá exhibir los originales de dicha documentación siempre que le fuere requerido y dentro de los plazos que determine YPF E&P Bolivia S.A.
iii. La contratación de personal independiente por parte del Subcontratista del Titular, será aceptada únicamente cuando se trate de profesionales independientes, con prestación de servicios de manera eventual y esporádica y deberá presentar los documentos que determine YPF E&P Bolivia S.A. respecto al profesional independienteinformación.
iv4.6.10. No se aceptará una relación comercial/laboral permanente y continua, ni debe existir entre el personal independiente contratado y el Subcontratista dependencia económica, jerárquica ni técnica, que pueda dar pauta de una existencia laboral dependiente encubierta.
v. En aquellos casos donde exista una herramienta informática como apoyo al proceso de control, es obligación del Subcontratista del Titular completar todos los requisitos que allí se soliciten, cumpliendo con los plazos previstos por YPF E&P Bolivia S.A.
vi. Subcontratista del Titular no deberá tener ninguna obligación pendiente laboral y/o previsional a la finalización de la relación contractual vigente con YPF E&P Bolivia S.A.
vii. En los casos en que el Subcontratista del Titular subcontrate a terceros para realizar trabajos o prestaciones de servicios dentro y/o fuera de las instalaciones de YPF E&P Bolivia S.A., deberá informar previamente y por escrito a YPF E&P Bolivia S.A., proporcionando información general xxx xxxxxxx subcontratado y documentos en caso de ser requerido, y no podrá iniciar ningún servicio sin la autorización expresa de YPF E&P Bolivia S.A.
viii. De contar con más de un Contrato El Participante deberá presentar la documentación solicitada por cada uno lista de ellos, los documentos de Precalificación requeridos que entrega a no ser que la Secretaría conforme a lo establecido en el Anexo 5 de las Bases de Licitación: “Guía de Presentación de los recursos sean exactamente los mismos. En este último caso, deberá presentar una sola copia Documentos de la documentación con carátulas diferentes para cada uno de los ContratosLicitación”.
ix. De existir observaciones sobre la documentación presentada, el Subcontratistas del Titular deberá presentar en una sola entrega la documentación complementaria que regularice las mismas, debidamente identificada por Contrato y período. Solo se permitirá una sola presentación adicional a la mensual.
x. Si luego de la presentación complementaria aún quedan requisitos incumplidos se podrán subsanar con la próxima presentación mensual.
Appears in 1 contract
Samples: Bases De Licitación
CONSIDERACIONES GENERALES. i. Al momento Es responsabilidad de IFEMA la dirección de situaciones excepcionales de alarma y/o, en el marco del Plan de Autoprotección de Feria de Madrid.
1.- El Ayuntamiento de Madrid velará por, y será responsable del buen orden, organización y protocolo en el que deba desarrollarse el evento en todas sus fases: preparación, inicio/acceso, desarrollo y finalización/desalojo.
2.- Los servicios de seguridad y vigilancia que se organicen con ocasión de la suscripción celebración del Contratoevento serán responsabilidad de IFEMA, sin que pueda delegar esta responsabilidad en terceros, quedando estos servicios encomendados a la empresa concesionaria del servicio de vigilantes de seguridad y, en su caso, a la de detectives privados, de la Institución ferial, bajo la dependencia de su Departamento de Seguridad, integrado en la Dirección de Seguridad y Autoprotección de IFEMA. Dicho personal participará, asimismo, en las actuaciones propias ante emergencias y, en su caso, evacuación. Este servicio es de carácter obligatorio y se facturará de acuerdo con la oferta económica efectuada por IFEMA. Exclusivamente con el fin de atender a las necesidades de seguridad de carácter general xxx xxxxxxx a que se refiere la presente cláusula de SEGURIDAD Y EMERGENCIAS, tales como coordinación de dispositivos, atención al Ayuntamiento de Madrid, apertura/cierre de accesos, atención de alarmas, atención de incidencias, emergencias médicas, contacto permanente con el Centro de Control etc., IFEMA proveerá y facturará al Ayuntamiento de Madrid un puesto de vigilancia permanente por Pabellón contratado con la empresa concesionaria de este servicio en IFEMA, tanto durante las horas de apertura como en las que el recinto se encuentre cerrado, desde el primer día de montaje al último Servicio de Gestión del Patrimonio X/ Xxxxxx, 45 – 6ª planta – 00000 XXXXXX T.: +00 00 000 00 00 xxxxxxxxxx@xxxxxx.xx de desmontaje, incluidos todos los días de celebración. Este servicio es de carácter obligatorio y se facturará de acuerdo con la oferta económica efectuada por IFEMA.
3.- Con independencia de lo señalado en el párrafo anterior, IFEMA no se hace responsable de la seguridad e integridad de los materiales, medios de todo tipo y mercancías depositadas en las zonas cedidas al Ayuntamiento de Madrid, salvo que exista responsabilidad suficientemente probada del personal de IFEMA o los hechos estén comprendidos en las coberturas del seguro de Responsabilidad Civil.
4.- Con carácter previo al inicio del Evento, el Subcontratista del Titular personal de la organización que participe en el Evento recibirá información suficiente para colaborar en caso de posibles actuaciones ante emergencias que serán ejecutadas por el dispositivo establecido por IFEMA y, en su caso, facilitar la evacuación de la instalación contratada.
5.- El Organizador deberá designar e informar a YPF E&P Bolivia S.A. la/s persona/s autorizada/s IFEMA de la forma de ejecución del Control de Accesos al evento.
6.- Tanto IFEMA como el Organizador se comprometen a favorecer los contactos y reuniones previas que se consideren necesarias para gestionar y representar a asegurar la mismacoordinación efectiva en los ámbitos mencionados en el párrafo anterior. Asimismo, IFEMA facilitará cuanta información y documentación se precise para asegurar la capacidad del Organizador en cumplir con los compromisos adquiridos en esta materia.
7.- Durante toda la celebración del evento (inicio/acceso, desarrollo y finalización/desalojo) IFEMA dispondrá de un responsable en seguridad/emergencias, con capacidad plena de mando y actuación en todo el Subcontratista del Titular deberá presentar documentación original y/o copia simple de acuerdo a requerimiento de YPF E&P Bolivia S.A.
iiRecinto Ferial, que asegurará la coordinación con la estructura propuesta por el Organizador. YPF E&P Bolivia S.A. permitirá que Igualmente, el Subcontratista del Titular presente copia fiel de la documentación que se le requieraorganizador designará, en forma perfectamente legible, con sello y firma de un representante del Subcontratista del Titular habilitado para tal fin, incluyendo la leyenda “ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL”. No obstante, el Subcontratista del Titular deberá exhibir los originales de dicha documentación siempre que le fuere requerido y dentro de los plazos que determine YPF E&P Bolivia S.A.
iii. La contratación de personal independiente por parte del Subcontratista del Titular, será aceptada únicamente cuando se trate de profesionales independientes, con prestación de servicios de manera eventual y esporádica y deberá presentar los documentos que determine YPF E&P Bolivia S.A. respecto al profesional independiente.
iv. No se aceptará una relación comercial/laboral permanente y continua, ni debe existir entre el personal independiente contratado y el Subcontratista dependencia económica, jerárquica ni técnica, que pueda dar pauta de una existencia laboral dependiente encubierta.
v. En aquellos casos donde exista una herramienta informática como apoyo al proceso de control, es obligación del Subcontratista del Titular completar todos los requisitos que allí se soliciten, cumpliendo con los plazos previstos por YPF E&P Bolivia S.A.
vi. Subcontratista del Titular no deberá tener ninguna obligación pendiente laboral y/o previsional a la finalización de la relación contractual vigente con YPF E&P Bolivia S.A.
vii. En los casos en que el Subcontratista del Titular subcontrate a terceros para realizar trabajos o prestaciones de servicios dentro y/o fuera de las instalaciones de YPF E&P Bolivia S.A., deberá informar previamente su ámbito y por escrito el periodo de referencia indicado, un interlocutor a YPF E&P Bolivia S.A., proporcionando información general xxx xxxxxxx subcontratado y documentos en caso de ser requerido, y no podrá iniciar ningún servicio sin la autorización expresa de YPF E&P Bolivia S.A.
viii. De contar con más de un Contrato deberá presentar la documentación solicitada por cada uno de ellos, a no ser que los recursos sean exactamente los mismos. En este último caso, deberá presentar una sola copia de la documentación con carátulas diferentes para cada uno de los Contratosmismos efectos.
ix. De existir observaciones sobre la documentación presentada, el Subcontratistas del Titular deberá presentar en una sola entrega la documentación complementaria que regularice las mismas, debidamente identificada por Contrato y período. Solo se permitirá una sola presentación adicional a la mensual.
x. Si luego de la presentación complementaria aún quedan requisitos incumplidos se podrán subsanar con la próxima presentación mensual.
Appears in 1 contract
Samples: Lease Agreement
CONSIDERACIONES GENERALES. i. Al momento de la suscripción del Contrato, el Subcontratista del Titular deberá designar e informar a YPF E&P Bolivia S.A. la/s persona/s autorizada/s para gestionar y representar a la misma. Asimismo, el Subcontratista del Titular deberá presentar documentación original y/o copia simple de acuerdo a requerimiento de YPF E&P Bolivia S.A.
ii. YPF E&P Bolivia S.A. permitirá que el Subcontratista del Titular presente copia fiel de la documentación que se le requiera, en forma perfectamente legible, con sello y firma de un representante del Subcontratista del Titular habilitado para tal fin, incluyendo la leyenda “ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL”. No obstante, el Subcontratista del Titular deberá exhibir los originales de dicha documentación siempre que le fuere requerido y dentro de los plazos que determine YPF E&P Bolivia S.A.
iii. La contratación de personal independiente por parte del Subcontratista del Titular, será aceptada únicamente cuando se trate de profesionales independientes, con prestación 1) LA CÁMARA es una institución de servicios de manera eventual carácter privado que representa al sector empresarial y esporádica a la comunidad en su conjunto y deberá presentar cumple funciones que le fueron delegadas por el Estado. 2) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.2.38.1.4. y 2.2.2.38.1.6. del Decreto 1074 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo”, LA CÁMARA tiene entre sus funciones y facultades las siguientes: a) Celebrar convenios entre ellas, asociarse o contratar con cualquier persona natural o jurídica para el cumplimiento de sus funciones. b) Promover la afiliación de los documentos comerciantes inscritos que determine YPF E&P Bolivia S.A. respecto al profesional independiente.
iv. No se aceptará una relación comercial/laboral permanente y continuacumplan los requisitos señalados en la ley, ni debe existir entre con el personal independiente contratado fin de estimular la participación empresarial en la gestión de las cámaras de comercio y el Subcontratista dependencia económicaacceso a los servicios y programas especiales. 3) El canal cámara Móvil hace presencia en los 59 municipios del Departamento de Cundinamarca que integran la jurisdicción de la Cámara de Comercio de Bogotá, jerárquica ni técnicalos cuales están agrupados en ocho provincias (Almeidas, Guavio, Xxxxxx, Oriente, Sabana Centro, Soacha, Sumapaz y Ubaté). El canal Cámara Móvil facilita a los comerciantes y empresarios de la región el cumplimiento de sus obligaciones legales asociadas a los registros públicos delegados. Además, provee información sobre los servicios de formalización y fortalecimiento empresarial, y contribuye a la programación de talleres, asesorías y eventos de contacto comercial que se realizan en los municipios. 4) Actualmente, el canal Cámara Móvil tiene a su disposición dos modelos de prestación de servicio regional, a saber: Una oficina móvil tipo “buseton”, Un vehículo tipo furgón donde se traslada mobiliario (mesas y equipos de cómputo), que pueda dar pauta de una existencia laboral dependiente encubiertase ubica en algún punto o sede asignado por la alcaldía del municipio en donde se hace presencia.
v. En aquellos casos donde exista una herramienta informática como apoyo al proceso de control, es obligación del Subcontratista del Titular completar todos los requisitos que allí se soliciten, cumpliendo con los plazos previstos por YPF E&P Bolivia S.A.
vi. Subcontratista del Titular no deberá tener ninguna obligación pendiente laboral y/o previsional a la finalización de la relación contractual vigente con YPF E&P Bolivia S.A.
vii. En los casos en que el Subcontratista del Titular subcontrate a terceros para realizar trabajos o prestaciones de servicios dentro y/o fuera de las instalaciones de YPF E&P Bolivia S.A., deberá informar previamente y por escrito a YPF E&P Bolivia S.A., proporcionando información general xxx xxxxxxx subcontratado y documentos en caso de ser requerido, y no podrá iniciar ningún servicio sin la autorización expresa de YPF E&P Bolivia S.A.
viii. De contar con más de un Contrato deberá presentar la documentación solicitada por cada uno de ellos, a no ser que los recursos sean exactamente los mismos. En este último caso, deberá presentar una sola copia de la documentación con carátulas diferentes para cada uno de los Contratos.
ix. De existir observaciones sobre la documentación presentada, el Subcontratistas del Titular deberá presentar en una sola entrega la documentación complementaria que regularice las mismas, debidamente identificada por Contrato y período. Solo se permitirá una sola presentación adicional a la mensual.
x. Si luego de la presentación complementaria aún quedan requisitos incumplidos se podrán subsanar con la próxima presentación mensual.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Purchase of Goods
CONSIDERACIONES GENERALES. i. Al momento Los errores u omisiones que pudiesen contener la oferta que efectúe el oferente en el estudio de la suscripción propuesta, sean ellos de cualquier naturaleza, no alterarán la Suma Alzada indicada en ella. La municipalidad se reserva el derecho de solicitar mayores aclaraciones a los antecedentes solicitados en las presentes bases, con el propósito de resguardar los intereses municipales. El adjudicatario deberá ofertar el valor del Contrato, el Subcontratista del Titular deberá designar e informar a YPF E&P Bolivia S.A. la/s persona/s autorizada/s para gestionar y representar a la misma. Asimismo, el Subcontratista del Titular deberá presentar documentación original y/o copia simple arriendo de acuerdo a requerimiento precio de YPF E&P Bolivia S.A.
iilista al momento de subir su oferta al portal. YPF E&P Bolivia S.A. permitirá El Municipio se reserva el derecho de solicitar mayores antecedentes si así lo estimara conveniente, además de rechazar la Oferta, sin lugar a indemnización alguna, a aquellos Proponentes que el Subcontratista del Titular presente copia fiel no acompañen los documentos, antecedentes o anexos indicados en las presentes Bases. Una vez realizada la Apertura de la documentación que se le requiera, en forma perfectamente legible, con sello y firma de un representante del Subcontratista del Titular habilitado para tal fin, incluyendo la leyenda “ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL”. No obstantelas Ofertas, el Subcontratista del Titular deberá exhibir los originales de dicha documentación siempre que le fuere requerido y dentro de los plazos que determine YPF E&P Bolivia S.A.
iii. La contratación de personal independiente por parte del Subcontratista del Titular, será aceptada únicamente cuando se trate de profesionales independientes, con prestación de servicios de manera eventual y esporádica y deberá presentar los documentos que determine YPF E&P Bolivia S.A. respecto al profesional independiente.
iv. No se aceptará una relación comercial/laboral permanente y continua, ni debe existir entre el personal independiente contratado y el Subcontratista dependencia económica, jerárquica ni técnica, que pueda dar pauta de una existencia laboral dependiente encubierta.
v. En aquellos casos donde exista una herramienta informática como apoyo al proceso de control, es obligación del Subcontratista del Titular completar todos los requisitos que allí se soliciten, cumpliendo con los plazos previstos por YPF E&P Bolivia S.A.
vi. Subcontratista del Titular no deberá tener ninguna obligación pendiente laboral y/o previsional a la finalización de la relación contractual vigente con YPF E&P Bolivia S.A.
vii. En los casos en que el Subcontratista del Titular subcontrate a terceros para realizar trabajos o prestaciones de servicios dentro y/o fuera de las instalaciones de YPF E&P Bolivia S.A., deberá informar previamente y Municipio podrá solicitar por escrito a YPF E&P Bolivia S.A., proporcionando información general xxx xxxxxxx subcontratado y documentos en caso de ser requerido, y no podrá iniciar ningún servicio sin la autorización expresa de YPF E&P Bolivia S.A.
viii. De contar con más de un Contrato deberá presentar la documentación solicitada por cada uno de ellos, a no ser que los recursos sean exactamente los mismos. En este último caso, deberá presentar una sola copia de la documentación con carátulas diferentes para cada uno de los Contratos.proponentes, aclaraciones sobre cualquier aspecto de su oferta. Estas aclaraciones serán respondidas por escrito en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx y electrónicamente por parte de los proponentes a más tardar 2 (dos) días hábiles contados desde la recepción del requerimiento. IMKKWtUBUH*
ix. De existir observaciones sobre la documentación presentada, el Subcontratistas del Titular deberá presentar en una sola entrega la documentación complementaria que regularice las mismas, debidamente identificada por Contrato y período. Solo se permitirá una sola presentación adicional La I. Municipalidad podrá solicitar a la mensual.
x. Si luego entidad bancaria donde el proponente adjudicado tome el documento para garantizar “El Fiel Cumplimiento del Contrato”, la legitimidad de la presentación complementaria aún quedan requisitos incumplidos boleta de garantía bancaria o vale vista. Para los efectos de la presente licitación las partes se podrán subsanar con someten a la próxima presentación mensual.jurisdicción de los Tribunalés de la ciudad xx Xxxxxxxx y fijan sus domicilios en la comuna xx Xxxxxxxx. Al momento de facturar se le solicitará mantener los precios o que lo haga según precio lista de la fecha en que se genere el requerimiento. Xxxxxxxx, mayo de 2018. IAU ÍN 'ft’IHAMílAO OI; XXXXXXXX
A.- NOMBRE DEL PARTICIPANTE: B CONSTITUCIÓN DEL PARTICIPANTE:
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Pública
CONSIDERACIONES GENERALES. i. Al momento 1.1. Junto a la primera presentación de la suscripción del Contratodocumentación, el Subcontratista del Titular Proveedor/Contratista deberá designar e informar a YPF E&P Bolivia S.A. LA EMPRESA la/s persona/s autorizada/s para gestionar y representar a la mismamisma al momento de recibir la Orden de Compra/Contrato.
1.2. Asimismo, el Subcontratista del Titular deberá presentar documentación original y/o copia simple de acuerdo a requerimiento de YPF E&P Bolivia S.A.
ii. YPF E&P Bolivia S.A. LA EMPRESA permitirá que el Subcontratista del Titular Proveedor/Contratista presente copia fiel de la documentación que se le requiera, en forma perfectamente legible, con sello y firma de un representante del Subcontratista del Titular Proveedor/Contratista habilitado para tal fin, incluyendo la leyenda “ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL”. No obstante, ello, el Subcontratista del Titular Proveedor/Contratista deberá exhibir los originales de dicha documentación siempre que le fuere requerido y requerido, dentro de los plazos que determine YPF E&P Bolivia S.A.determina la legislación vigente.
iii1.3. La contratación de personal independiente por parte del Subcontratista del TitularProveedor/Contratista, será aceptada únicamente cuando se trate de profesionales independientes, con prestación de servicios de manera eventual y esporádica y deberá presentar los documentos que determine YPF E&P Bolivia S.A. respecto al profesional independiente.
ivesporádica. No se aceptará una relación comercial/laboral permanente y continua, ni debe existir entre el personal independiente contratado y el Subcontratista Proveedor/Contratista dependencia económica, jerárquica ni técnica, que pueda dar pauta de una existencia laboral dependiente encubierta.
v. 1.4. En aquellos casos donde exista una herramienta informática como apoyo al proceso de control, es obligación del Subcontratista del Titular completar Proveedor/Contratista cumplimentar todos los requisitos que allí se soliciten, cumpliendo con los plazos previstos por YPF E&P Bolivia S.A.en el Instructivo para el Registro y Control de Personal Contratado.
vi1.5. Subcontratista del Titular no deberá tener ninguna obligación pendiente laboral Si el Proveedor/Contratista se encontrara inscripto en algún tipo de plan de pagos relacionado a sus obligaciones laborales y/o previsional previsionales, el mismo deberá concluir previamente a la finalización de la relación contractual vigente con YPF E&P Bolivia S.A.vigente, salvo autorización expresa de un Director de LA EMPRESA. De la misma manera no podrá solicitar un plan de pago si ya se encuentra inscripto en otro.
vii1.6. En los casos en que el Subcontratista del Titular Proveedor/Contratista subcontrate a terceros para realizar trabajos o prestaciones de servicios servicios, que no fueron declarados en la oferta técnica adjudicada, dentro y/o fuera de las instalaciones de YPF E&P Bolivia S.A.LA EMPRESA, deberá informar previamente y por escrito escrito, que la misma fue aprobada por el Inspector del Contrato. En el caso que la subcontratación sea por el objeto principal del Contrato, el Inspector deberá informar a YPF E&P Bolivia S.A.Compras dicha situación. El Proveedor/Contratista deberá informar, proporcionando información general xxx xxxxxxx subcontratado el nombre y documentos en caso apellido de ser requeridola persona física o denominación de la persona jurídica que oficiará de subcontratista. De no contar con ella, y no podrá iniciar ningún servicio sin la autorización expresa documentación de YPF E&P Bolivia S.A.ingreso será rechazada.
viii1.7. De contar con más de un una Orden de Compra/Contrato deberá presentar la documentación solicitada por cada uno de ellos, a no ser que los recursos sean exactamente los mismos. En este último caso, deberá presentar una sola copia de la documentación con carátulas diferentes para cada uno de los las Órdenes de Compra/Contratos.
ix1.8. De existir observaciones sobre la documentación presentada, el Subcontratistas del Titular Proveedor/Contratista deberá presentar en una sola entrega la documentación complementaria que regularice las mismas, debidamente identificada por Contrato contrato y período. Solo se permitirá una sola presentación adicional a la mensual.
x. . Si luego de la presentación complementaria aún quedan requisitos incumplidos se podrán subsanar con la próxima presentación mensual.
Appears in 1 contract
CONSIDERACIONES GENERALES. i. Al momento El inicio y duración del proceso de la suscripción del Contrato, implantación vendrá determinado por un calendario fijado previamente por los técnicos municipales y el Subcontratista del Titular deberá designar e informar a YPF E&P Bolivia S.A. la/s persona/s autorizada/s para gestionar y representar a la misma. Asimismo, el Subcontratista del Titular deberá presentar documentación original y/o copia simple de acuerdo a requerimiento de YPF E&P Bolivia S.A.
ii. YPF E&P Bolivia S.A. permitirá que el Subcontratista del Titular presente copia fiel de la documentación que se le requieraadjudicatario, en forma perfectamente legible, con sello y firma de un representante del Subcontratista del Titular habilitado reunión celebrada para tal fin. En la misma, incluyendo la leyenda “ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL”. No obstante, se fijarán las consideraciones necesarias a tener en cuenta a fin de minimizar el Subcontratista del Titular deberá exhibir los originales impacto en el proceso diario de dicha documentación siempre que le fuere requerido y dentro de los plazos que determine YPF E&P Bolivia S.A.
iii. La contratación de personal independiente por parte del Subcontratista del Titular, será aceptada únicamente cuando se trate de profesionales independientes, con prestación de servicios de manera eventual y esporádica y deberá presentar los documentos que determine YPF E&P Bolivia S.A. respecto al profesional independiente.
ivvoz en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx. No se aceptará una relación comercial/laboral permanente y continua, ni debe existir entre el personal independiente contratado y el Subcontratista dependencia económica, jerárquica ni técnica, que pueda dar pauta Serán de una existencia laboral dependiente encubierta.
v. En aquellos casos donde exista una herramienta informática como apoyo al proceso de control, es obligación cuenta del Subcontratista del Titular completar adjudicatario todos los requisitos gastos necesarios para la puesta en marcha del proyecto objeto de este Pliego con plena operatividad. Durante la vigencia del presente Pliego, el adjudicatario se compromete a proveer los servicios nuevos demandados, en cualquier punto del municipio que allí el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx lo solicite, en las mismas condiciones que las exigidas para los servicios incluidos en el mismo y aunque se solicitensoliciten por separado será factible su interoperabilidad derivada de la convergencia técnica y funcional que se pueda producir. El traslado de las líneas existentes en otras sedes, cumpliendo con los plazos previstos por YPF E&P Bolivia S.A.
vi. Subcontratista si la solución propuesta así lo exige, o el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx lo determine oportuno durante la vigencia del Titular no deberá tener ninguna obligación pendiente laboral contrato, así como el traslado y/o previsional portabilidad de los números de abonado y los gastos necesarios para llevarlos a cabo, serán de cuenta del adjudicatario. El adjudicatario facilitará en todos los casos posibles, para todas las llamadas entrantes la finalización identidad de la relación contractual vigente con YPF E&P Bolivia S.A.línea desde la cual se ha realizado la llamada.
vii1 Independientemente de los servicios que se detallan en este Pliego, que son mínimos y obligatorios, las empresas licitantes podrán incluir en sus proposiciones aquellos otros que supongan mejoras sobre tales mínimos y que estén dispuestas a llevar a cabo. En los casos en que el Subcontratista del Titular subcontrate a terceros para realizar trabajos o prestaciones de servicios dentro y/o fuera de las instalaciones de YPF E&P Bolivia S.A., deberá informar previamente y por escrito a YPF E&P Bolivia S.A., proporcionando información general xxx xxxxxxx subcontratado y documentos en caso de ser requerido, y no podrá iniciar ningún servicio sin la autorización expresa de YPF E&P Bolivia S.A.
viii. De contar con más de un Contrato deberá presentar la documentación solicitada por cada uno de ellosNo serán admitidas aquellas propuestas cuya aplicación, a no ser juicio del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, suponga un menoscabo de la calidad del servicio que se presta en la actualidad ni que conlleve la desaparición de alguna funcionalidad existente. La empresa adjudicataria deberá disponer de los recursos sean exactamente los mismoshumanos adecuados y suficientes para prestar apoyo técnico y soporte técnico a esta administración con el fin de garantizar la correcta y óptima implantación y operación, así como el posterior mantenimiento. En este último caso, deberá presentar una sola copia Los servicios en un único lote son:
1) Servicios de la documentación con carátulas diferentes para cada uno de los ContratosTelefonía Fija.
ix. De existir observaciones sobre la documentación presentada, el Subcontratistas del Titular deberá presentar en una sola entrega la documentación complementaria que regularice las mismas, debidamente identificada por Contrato y período. Solo se permitirá una sola presentación adicional a la mensual2) Servicios de Telefonía Móvil.
x. Si luego de la presentación complementaria aún quedan requisitos incumplidos se podrán subsanar con la próxima presentación mensual.
Appears in 1 contract
Samples: Telecommunications
CONSIDERACIONES GENERALES. i. Al momento 1. El Servicio de Fotocopiado y venta de útiles escolares de la suscripción del ContratoInstitución Educativa Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx de la ciudad xx Xxxxxxxxx, el Subcontratista del Titular deberá designar e informar NO ES ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, sino un servicio privado destinado a YPF E&P Bolivia S.A. la/s persona/s autorizada/s para gestionar satisfacer las necesidades complementarias de los integrantes de la Comunidad Educativa, personal Administrativo, Contratistas y representar a Usuarios, durante las fechas y períodos de actividad escolar.
2. El Servicio de Fotocopiado de la mismaInstitución, FUNCIONARÁ DENTRO DE LAS INSTALACIONES FÍSICAS DE LA MISMA.
3. Asimismo, el Subcontratista del Titular deberá presentar documentación original y/o copia simple Los BIENES MUEBLES destinados al Servicio de acuerdo a requerimiento Fotocopiado son tanto los de YPF E&P Bolivia S.A.
ii. YPF E&P Bolivia S.A. permitirá su propiedad como aquellos que el Subcontratista del Titular presente copia fiel Proponente reciba en comodato por parte de los proveedores; respecto a los cuales la Institución o Concedente autorizará la instalación y uso, los cuales deberán ser administrados por el Proponente para su debida presentación, buen funcionamiento y mantenimiento requerido.
4. La Institución hará ENTREGA DEL ÁREA que se destina para el Servicio de Fotocopiado, debidamente inventariada, si fuere el caso.
5. El Contrato de Concesión para el Servicio de Fotocopiado y venta de útiles escolares de la documentación que Institución, se le requieraADJUDICARÁ mediante EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN de las Ofertas y ACTA DE ADJUDICACIÓN aprobada y firmada por el Rector de la Institución, previa autorización del Consejo Directivo.
6. El Concesionario del Servicio de Fotocopiado y venta de útiles escolares de la Institución, debe ofrecer SERVICIOS Y PRODUCTOS DE BUENA CALIDAD, utilizando para ello materiales e insumos de reconocida marca y especificaciones técnicas.
7. Los productos se ofrezcan en forma perfectamente legibleel Servicio de Fotocopiado, asegurada su óptima calidad, deben beneficiar la economía de sus usuarios, con sello PRECIOS COMPETITIVOS frente a las ofertas xxx xxxxxxx local.
8. El Rector de la Institución, como supervisor del contrato o por intermedio del supervisor contractual que designe, estará facultado para ingresar al área destinada al Servicio de Fotocopiado y firma venta de un representante del Subcontratista del Titular habilitado para tal finútiles escolares, incluyendo con el fin de VERIFICAR: tanto la leyenda “ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL”. No obstante, el Subcontratista del Titular deberá exhibir los originales de dicha documentación siempre que le fuere requerido calidad en la atención y dentro precios de los plazos que determine YPF E&P Bolivia S.A.
iii. La contratación productos y servicios, como el estricto cumplimiento de personal independiente las instrucciones o precisiones notificadas por parte de la Institución, lo cual se hará en presencia del Subcontratista del Titular, será aceptada únicamente cuando se trate de profesionales independientes, con prestación de servicios de manera eventual Concesionario y esporádica y deberá presentar los documentos que determine YPF E&P Bolivia S.A. respecto al profesional independientedejará evidencia documental.
iv9. No se aceptará una relación comercial/laboral permanente El personal que atienda el Servicio de Fotocopiado y continua, ni debe existir entre el personal independiente contratado y el Subcontratista dependencia económica, jerárquica ni técnica, que pueda dar pauta venta de una existencia laboral dependiente encubierta.
v. En aquellos casos donde exista una herramienta informática como apoyo al proceso de control, es obligación del Subcontratista del Titular completar todos los requisitos que allí se soliciten, cumpliendo con los plazos previstos por YPF E&P Bolivia S.A.
vi. Subcontratista del Titular no útiles escolares deberá tener ninguna obligación pendiente laboral y/o previsional a la finalización de la relación contractual vigente con YPF E&P Bolivia S.A.
vii. En los casos en que el Subcontratista del Titular subcontrate a terceros para realizar trabajos o prestaciones de servicios dentro y/o fuera de las instalaciones de YPF E&P Bolivia S.A., deberá informar previamente y por escrito a YPF E&P Bolivia S.A., proporcionando información general xxx xxxxxxx subcontratado y documentos en caso de ser requerido, y no podrá iniciar ningún servicio sin la autorización expresa de YPF E&P Bolivia S.A.
viii. De contar con más de un Contrato deberá presentar la documentación solicitada por cada uno de ellos, a no ser que los recursos sean exactamente los mismos. En este último caso, deberá presentar una sola copia de la documentación con carátulas diferentes para cada uno de los Contratos.
ix. De existir observaciones sobre la documentación presentada, el Subcontratistas del Titular deberá presentar en una sola entrega la documentación complementaria que regularice las mismas, debidamente identificada por Contrato y período. Solo se permitirá una sola presentación adicional a la mensual.
x. Si luego de la presentación complementaria aún quedan requisitos incumplidos se podrán subsanar hacerlo con la próxima presentación mensualadecuada PRESENTACIÓN PERSONAL y utilizando las HERRAMIENTAS que brinden calidad y seguridad, conforme a lo establecido en las normas legales correspondientes.
Appears in 1 contract
CONSIDERACIONES GENERALES. i. Al momento Entre los objetivos de este Congreso se encuentra "la actualización del derecho contractual y societario de la suscripción del Contratoorganización empresaria, el Subcontratista del Titular deberá designar e informar a YPF E&P Bolivia S.A. la/s persona/s autorizada/s para gestionar y representar a la misma. Asimismo, el Subcontratista del Titular deberá presentar documentación original y/o copia simple de acuerdo a requerimiento de YPF E&P Bolivia S.A.
ii. YPF E&P Bolivia S.A. permitirá que el Subcontratista del Titular presente copia fiel partiendo de la documentación realidad jurisprudencia para su integración y actuación nacional, regional e in- ternacional", con especial atención al marco que proporciona el MERCOSUR (derecho Societario y de la Empresa. Córdoba. Advocatus. 1992. Tomo I pag. 11) En el tema de los Contratos de colaboración y asociativos se impone el cumplimiento de los objetivos citados. Como Relatora en este Congreso me corresponde señalar las coincidencias y discrepancias en las ponencias pre- * Profesora Titular de Derecho Civil I. Fac. Der. y C. . Sociales U.N.C. Directora del Dpto. de Graduados. sentadas en relación al tema tratado, tarea difícil por lo breve del tiempo que se le requierame ha asignado, razón por la cual pido disculpas por cualquier omisión en forma perfectamente legibleque pueda incurrir. El Xx. Xxxxxx Xxxx Richard, con sello y firma alma mater de un representante del Subcontratista del Titular habilitado para tal fineste Congreso, incluyendo viene trabajan- do en la leyenda “ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL”. No obstante, el Subcontratista del Titular deberá exhibir los originales línea doctrinaria de dicha documentación siempre que le fuere requerido y dentro obtener una clasificación consensuada de los plazos que determine YPF E&P Bolivia S.A.
iii. La contratación con- tratos de personal independiente por parte del Subcontratista del Titularcolaboración y asociativo s desde hace mucho tiempo, será aceptada únicamente cuando se trate de profesionales independientes, con prestación de servicios de manera eventual y esporádica y deberá presentar los documentos que determine YPF E&P Bolivia S.A. respecto al profesional independiente.
iv. No se aceptará una relación comercial/laboral permanente y continua, ni debe existir entre el personal independiente contratado y el Subcontratista dependencia económica, jerárquica ni técnica, que pueda dar pauta de una existencia laboral dependiente encubierta.
v. En aquellos casos donde exista una herramienta informática como apoyo al proceso de control, es obligación del Subcontratista del Titular completar todos los requisitos que allí se soliciten, cumpliendo con los plazos previstos por YPF E&P Bolivia S.A.
vi. Subcontratista del Titular no deberá tener ninguna obligación pendiente laboral y/o previsional a la finalización probablemente desde antes de la relación contractual vigente con YPF E&P Bolivia S.A.
viiaparición del Proyecto de Unificación Civil y Comercial en 1987. En esta línea temática aparecen numerosas coincidencias en las ponen- cias presentadas, algunas expresas otras que surgen implícitamente de lo ex- puesto. En los casos trabajos es dable advertir que se manifiesta aquella preocupa- ción xx Xxxxxxx, preocupación de lograr un consenso doctrinario en la clasifica- ción de los contratos de colaboración y asociativos, lo que el Subcontratista del Titular subcontrate exige previamente coincidir en los conceptos y terminología. Y este consenso doctrinario es bus- cado con miras a terceros para realizar trabajos o prestaciones su introducción en una próxima reforma legislativa.
a) determinar la aplicabilidad de servicios dentro y/o fuera los principio generales de los contratos, y b) examinar ciertos aspectos (como la nulidad, anulabilidad, incumplimiento), así como la seguridad en la atribución de personalidad (y los límites impuestos a los agrupamientos de segundo grado de las instalaciones sociedades por acciones)". Por su parte, Xxxxxxxx y Xxxxxxxxxx manifiestan que "resulta necesario practicar una clasificación de YPF E&P Bolivia S.A.los contratos que nos permita acercamos a la me- jor conceptualización de los mismos, deberá informar previamente con la convicción de que solo así, esto es, ubicándolo conceptualmente podremos alcanzar el conocimiento de los mismos que nos aproxime a su utilización como recursos técnicos aptos para el desa- rrollo y por escrito adaptación de las empresas a YPF E&P Bolivia S.A.la realidad económica imperante". Es claro que en el camino de aquella coincidencia doctrinaria se imponen las definiciones previas sobre cada una de las distintas categorías contractua- les, proporcionando información general xxx xxxxxxx subcontratado y documentos las que aparecen en caso diferentes ponencias presentadas al Congreso. Se ha señalado que los vocablos empleados para designar la misma rea- lidad son múltiples: contrato asociativo, contrato de ser requeridoorganización, contrato pluri- lateral, etc. Cabe preguntarse si nos estamos refiriendo a la misma realidad jurídica, o a institutos diferentes. De ahí la necesidad a precisiones terminológi- cas, que reflejan las precisiones conceptuales, y no podrá iniciar ningún servicio sin la autorización expresa de YPF E&P Bolivia S.A.
viii. De contar con más de un Contrato deberá presentar la documentación solicitada por cada uno de ellosque aparecen en numerosas ponencias presentadas, las que pasamos a no ser que los recursos sean exactamente los mismos. En este último caso, deberá presentar una sola copia de la documentación con carátulas diferentes para cada uno de los Contratosconsiderar.
ix. De existir observaciones sobre la documentación presentada, el Subcontratistas del Titular deberá presentar en una sola entrega la documentación complementaria que regularice las mismas, debidamente identificada por Contrato y período. Solo se permitirá una sola presentación adicional a la mensual.
x. Si luego de la presentación complementaria aún quedan requisitos incumplidos se podrán subsanar con la próxima presentación mensual.
Appears in 1 contract
Samples: Contracts of Collaboration and Associative Contracts
CONSIDERACIONES GENERALES. i. Al momento de Instituto Xxxxxxx Incorporado a la suscripción del Contratoenseñanza oficial –A-221 ofrece a sus alumnos /as los planes correspondientes al Nivel Inicial, el Subcontratista del Titular deberá designar e informar a YPF E&P Bolivia S.A. la/s persona/s autorizada/s Nivel Primario y el Nivel Secundario NES Res MEGC 1346/2014 para gestionar 1°, 2° año; Bachillerato en Economía y representar a la misma. Asimismo, el Subcontratista del Titular deberá presentar documentación original y/Administración o copia simple Bachillerato en Turismo de acuerdo a requerimiento de YPF E&P Bolivia S.A.
iilas Res. YPF E&P Bolivia S.A. permitirá que el Subcontratista del Titular presente copia fiel de la documentación que se le requiera321/2015 y 1189/2015 respectivamente para 3°, en forma perfectamente legible, con sello 4° y firma de un representante del Subcontratista del Titular habilitado para tal fin, incluyendo la leyenda “ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL”. No obstante, el Subcontratista del Titular deberá exhibir los originales de dicha documentación siempre que le fuere requerido y dentro de los plazos que determine YPF E&P Bolivia S.A.
iii. La contratación de personal independiente por parte del Subcontratista del Titular, será aceptada únicamente cuando se trate de profesionales independientes, con prestación de servicios de manera eventual y esporádica y deberá presentar los documentos que determine YPF E&P Bolivia S.A. respecto al profesional independiente.
iv. No se aceptará una relación comercial/laboral permanente y continua, ni debe existir entre el personal independiente contratado y el Subcontratista dependencia económica, jerárquica ni técnica, que pueda dar pauta de una existencia laboral dependiente encubierta.
v. En aquellos casos donde exista una herramienta informática como apoyo al proceso de control, es obligación del Subcontratista del Titular completar todos los requisitos que allí se soliciten, cumpliendo con los plazos previstos por YPF E&P Bolivia S.A.
vi. Subcontratista del Titular no deberá tener ninguna obligación pendiente laboral y/o previsional a la finalización de la relación contractual vigente con YPF E&P Bolivia S.A.
vii5° año. En los casos en que el Subcontratista del Titular subcontrate lo extraprogramático proporciona a terceros para realizar trabajos o prestaciones de servicios dentro y/o fuera de las instalaciones de YPF E&P Bolivia S.A., deberá informar previamente y por escrito a YPF E&P Bolivia S.A., proporcionando información general xxx xxxxxxx subcontratado y documentos en caso de ser requerido, y no podrá iniciar ningún servicio sin la autorización expresa de YPF E&P Bolivia S.A.
viii. De contar con más de un Contrato deberá presentar la documentación solicitada por cada uno de ellos, a no ser que los recursos sean exactamente los mismos. En este último caso, deberá presentar una sola copia de la documentación con carátulas diferentes para cada uno de los Contratos.
ixcursos algunos de los siguientes servicios: Orientación Educacional, Informática, Pensamiento computacional, Formación Católica, Preparación espiritual, Idioma extranjero, Recreación, Proyecto de participación social, Talleres alternativos de Cultura, Teatro, Formación Humanística, Psicomotricidad, Taller educación emocional. De existir observaciones sobre El Servicio de Emergencia Médica y de Área Protegida es contratado con Medicina Escolar S.R.L. El Instituto recibe un 80% de aporte estatal destinado al pago de los salarios y cargas sociales del personal docente de planta aprobada económicamente. A partir de la documentación presentadaintención de matricular a su hijo/a en el nivel inicial del colegio, les solicitamos que realicen la lectura de la síntesis del Ideario y del Proyecto Educativo Institucional del colegio, a fin de que manifiesten su compromiso de adhesión al mismo. • Nuestra identidad como escuela católica Xxxxxxx es, ante todo, una escuela católica en la que se quiere vivir el xxxxxxxx xxx Xxxxx de Dios. Por eso, el Subcontratistas colegio es una comunidad educativa enfocada a la formación integral de los niños y adolescentes, donde se experimenta la alegría de encontrarse con Xxxxx y ser sus apóstoles. - La espiritualidad de comunión que nos lleva a ser una verdadera comunidad educativa - La centralidad de la misión de formar, entendiendo la formación como un proceso de transformación progresiva en la persona en Cristo hasta revestirnos de Él en el corazón y en las obras. - La formación en la libertad y de la libertad, es decir buscando que cada uno asuma con responsabilidad las riendas de su vida para realizar el designio de amor de Dios en ella. - El acompañamiento por parte de los formadores al estilo de Xxxxx. • Nuestra visión del Titular deberá presentar hombre Toda propuesta formativa tiene una fundamentación antropológica, aunque no siempre sea explícita. En nuestro caso esta fundamentación o visión nos la da Xxxxxxxxxx, quien revela al hombre qué es el hombre (GS 22,1). Él muestra el camino de la perfección humana y al mismo tiempo da la posibilidad de recorrerlo. Él es el modelo de Hombre íntegro. Esto permite entender mejor el lugar del cristocentrismo en el proyecto educativo de nuestro colegio y de la escuela católica en general. El Magisterio de la Iglesia nos ofrece una rica visión antropológica que asumimos como propia. El ser humano es creado, por amor, a imagen y semejanza de Dios. Es un “alguien”, no un “algo”, es persona. Y como persona es llamado a la comunión con Dios y con los demás. Xxxxxx realiza su vocación y el sentido de la vida. El designio de amor de Dios es que seamos hijos en su Hijo Xxxxxxxxxx. • Nuestra misión: formar apóstoles El ideal “Integer Homo/Integra Mulier” que corona nuestro escudo, es una expresión relacionada con la misión del Colegio. Esta expresión habla del “hombre nuevo” transformado en Cristo por obra xxx Xxxxxxxx Xxxxx, es decir ser un hombre o una mujer plenamente humanos, integrando armónicamente todas las dimensiones de nuestro ser, para realizar plenamente el designio amoroso de Dios en nosotros. La formación integral que buscamos comprende las diferentes facultades y ámbitos de la persona: la inteligencia, la voluntad y el corazón; así como la dimensión relacional que abarca las relaciones con Dios, con uno mismo y con los demás. Al mismo tiempo tenemos presente que la formación integral no puede entenderse como yuxtaposición de aspectos pues el ser humano es uno: espíritu encarnado; por eso ha de integrar las propias debilidades y limitaciones, y las de los demás, con realismo, paciencia y espíritu positivo. La concepción integradora de la formación se extiende a toda la vida escolar: todos los formadores y todo en la escuela busca esta formación integral. Nuestra misión e ideal formativo implican, para su realización, un compromiso por la excelencia: se trata de ayudar a cada uno a sacar lo mejor de uno mismo, desarrollar los propios talentos por amor y ofrecerlos a los demás. Para ello buscamos: - un modelo pedagógico que toma como punto xx xxxxxxx las disposiciones y características personales del estudiante, que promueve su libertad y responsabilidad, que se apoya en la relación “maestro- discípulo” y que promueve la excelencia. - un currículum actualizado en sus contenidos y enfoques, así como las mejores prácticas pedagógicas y recursos didácticos, siempre que estén de acuerdo con la visión cristiana de la persona y su utilidad haya sido probada. - un estilo de trabajo comprometido y eficaz. Implica un trabajo ordenado, programado y evaluado. Implica exigirse y no conformarse con lo ya alcanzado. Implica adaptarse a las circunstancias de tiempos y lugares. • Queremos formar buscadores de la verdad En el ámbito de la formación intelectual, aspiramos a que nuestros alumnos desarrollen el amor por la sabiduría y la pasión por la verdad, de la mano de sus profesores y demás formadores. Buscamos ensanchar los horizontes de la razón, acompañando a nuestros alumnos en el camino de conciliar fe y razón. Queremos ayudar a que cada alumno logre una cosmovisión: una visión coherente del mundo, del hombre y de Dios. • Queremos formar personas maduras Buscamos que nuestros alumnos sean personas maduras, de acuerdo con su edad. Esta madurez se manifiesta en la fidelidad a las propias responsabilidades, la habilidad para saber leer los propios sentimientos y orientarlos al bien integral de la persona, la actitud de apertura a los demás y a Dios, la aptitud para formarse un juicio ponderado y profundo sobre los acontecimientos de la vida y las personas, y la capacidad de tomar decisiones prudentes. Esto exige, por un lado, la formación de la conciencia, proporcionando criterios xxxxxxx según la recta razón y el Evangelio. Y muy unido a ello, supone la formación de la voluntad que busca vivir conforme al bien conocido perseverando en los medios propuestos. Creemos que esto se logra mediante: - La formación para la contemplación estética y la creatividad. - La cooperación con los padres de familia en el campo de la educación afectivo-sexual. - La educación en el arte del compañerismo y de la amistad. Buscamos propiciar el encuentro personal con Cristo de manera que cada alumno y miembro de la comunidad educativa experimenten su amor, desarrollen paulatinamente una relación de amistad con Xx y lleguen así a ser sus apóstoles. - Unidad y gradualidad del programa. El programa académico y formativo del colegio busca abarcar todas las etapas del alumno, adaptándose a cada una de ellas en sus objetivos y metodologías, buscando siempre la coherencia interna del mismo -de inicio a fin- y cuidando especialmente los cambios de etapa para asegurar la continuidad y el progreso en el aprendizaje y formación. - Educación en la libertad. Según la edad, se promueve que el formando vaya haciéndose responsable de sus actos, de su vida, y asuma las riendas de su propia formación. Para ello, un objetivo a desarrollar desde pequeños es la capacidad de interiorización y el desarrollo de hábitos que den autonomía al niño. En la adolescencia y juventud se requiere acompañamiento cercano en la formación de la conciencia, de la voluntad y de los afectos para aprender a ser auténticamente dueños de sí y, por lo tanto, libres. - Disciplina formativa. La disciplina contribuye al bien tanto personal como comunitario. Entendemos por disciplina formativa el conocimiento y adhesión a las normas que facilitan la convivencia, la búsqueda de la autorregulación del estudiante y el acompañamiento cercano de los formadores, siendo el estilo propio del colegio la suavidad en la forma y firmeza en el fondo, motivación adaptada a la edad, consistencia en la exigencia, universalidad en el trato, conocimiento de las personas y sus circunstancias - Ambiente formativo. El ambiente formativo es el clima o el modo de relacionarse en la escuela. La actitud xxxxxx y acogedora de los formadores, la alegría y la caridad en las relaciones mutuas marcan el ambiente formativo y son signo xxx xxxxxxxx de comunión propio de la escuela católica. El cuidado del ambiente formativo incluye el cuidado del entorno físico que ha de ser ordenado puesto que la armonía exterior ayuda a lograr la armonía interior. En la comunidad educativa todos contribuyen a la formación desde su lugar y misión particular: En el Colegio Xxxxxxx tenemos siempre presente que los padres, por derecho natural, son los primeros y principales educadores de sus propios hijos. La escuela católica realiza una labor complementaria y subsidiaria de la familia en la formación y evangelización de los hijos. Los padres de familia y la escuela son aliados en el proceso formativo. El colegio debe ser una plataforma que permita el acompañamiento y formación permanente de las familias. Los alumnos son la razón de ser del colegio; a ellos servimos con nuestros esfuerzos por brindarles una educación y formación. También de ellos aprendemos y recibimos muchas satisfacciones de gran valor para nuestras vidas. Uno de los más claros signos del cumplimiento de nuestra misión es que nuestros alumnos sean personas de bien y lleguen a sentirse parte de la familia del colegio y de la gran familia de la Iglesia: que el colegio sea para ellos su alma mater para toda la vida. En el centro de la vida escolar está la relación profesor-alumno. La del docente es una profesión, pero fundada en una sola entrega la documentación complementaria vocación. En el colegio buscamos potenciar en nuestros profesores esta dimensión vocacional que regularice las mismasles permita vivir su profesión como una misión trascendente. Los profesores con una vocación docente cultivada, debidamente identificada por Contrato serán personas capaces de apasionarse con el destino de cada alumno y períodode saberse instrumentos en manos de Dios al servicio de este proyecto. Solo se permitirá una sola presentación adicional El Equipo Directivo, tiene como misión aunar los esfuerzos de todos en orden a la mensual.
x. Si luego común misión formativa y evangelizadora del colegio, y es ante todo, formador y responsable de la presentación complementaria aún quedan requisitos incumplidos dirección de personas y en definitiva, de que el colegio realice sus fines. Todos ellos, académicos o administrativos, en alguna medida tienen que dirigir a otras personas y tomar decisiones. El arte de dirigir requiere de sabiduría y de un gran espíritu de cuerpo, de servicio y de colaboración entre sí. La gestión administrativa ha de integrarse con las demás áreas de la vida del colegio en orden al mismo fin. Los sacerdotes y las personas consagradas son también formadores. Su presencia debe ser un vivo ejemplo de cómo darse sin reservas y gratuitamente al servicio de los otros. Todos juntos, en comunión, ofrecen a los alumnos una imagen viva de la Iglesia. Los religiosos, sacerdotes y consagradas realizan diferentes funciones en los colegios dependiendo de las necesidades apostólicas y de sus carismas personales. La escuela católica es una comunidad eclesial; en ella se podrán subsanar hace presente la Iglesia. El proyecto educativo del colegio se inserta en la vida de la Iglesia local y universal, abriéndose a sus necesidades, colaborando con sus iniciativas y siguiendo siempre su Magisterio. Xxxxxxxx también ayudar a los alumnos a integrarse en la próxima presentación mensualcomunidad parroquial y diocesana, y brindarles la oportunidad de adherirse a los movimientos y realidades eclesiales, como un medio privilegiado para hacer madurar su fe.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato Educativo
CONSIDERACIONES GENERALES. i. Al momento La Gerencia Municipal de Urbanismo xx Xxxxxxxx, órgano colegiado especial de gestión para el mejor desarrollo de las competencias urbanísticas del municipio, de conformidad con lo previsto en el art. 4 , apartado L), de su propio Reglamento, aprobado por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión de fecha 28 de Noviembre de 2003, tiene por objeto llevar a cabo la gestión del patrimonio municipal de suelo, sin perjuicio de que las facultades de disposición y enajenación de toda clase de bienes y derechos integrantes del mismo sea competencia del Gobierno xx Xxxxxxxx. Con estos antecedentes, y con el fin de dar cumplimiento a la ejecución del Presupuesto de 2009 y garantizar la puesta en el mercado de suficiente suelo para la construcción de vivienda protegida en función de la suscripción del Contratodemanda existente, el Subcontratista Ayuntamiento xx Xxxxxxxx apuesta por el ámbito del Titular deberá designar e informar a YPF E&P Bolivia S.A. la/s persona/s autorizada/s para gestionar y representar Xxxxxx 00/0 (Xxxxxxx), donde es titular dominical de diversas parcelas que proceden de las cesiones obligatorias del aprovechamiento lucrativo, con arreglo a la misma. Asimismolegislación aplicable y al Convenio Urbanístico previamente aprobado para dicho Sector, iniciando los tramites tendentes a la transmisión de parcelas destinadas a la construcción de viviendas protegidas xx Xxxxxx, de distintas tipologías, que para el Subcontratista del Titular deberá presentar documentación original y/o copia simple de acuerdo a requerimiento de YPF E&P Bolivia S.A.
ii. YPF E&P Bolivia S.A. permitirá que el Subcontratista del Titular presente copia fiel caso de la documentación presente convocatoria se estima conveniente que se le requierapuedan optar a la adjudicación tanto promotores y entidades con animo de lucro, como Cooperativas de Viviendas, Comunidades de Bienes y otras Entidades. Los criterios establecidos en forma perfectamente legible, con sello y firma de un representante del Subcontratista del Titular habilitado el presente pliego para tal fin, incluyendo la leyenda “ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL”. No obstante, el Subcontratista del Titular deberá exhibir los originales de dicha documentación siempre que le fuere requerido y dentro elección de los plazos que determine YPF E&P Bolivia S.A.
iii. La contratación adjudicatarios de personal independiente por parte del Subcontratista del Titularlas parcelas objeto de concurso público, será aceptada únicamente cuando se trate prescinden de profesionales independientes, con prestación valoraciones de servicios de manera eventual y esporádica y deberá presentar los documentos que determine YPF E&P Bolivia S.A. respecto al profesional independiente.
iv. No se aceptará una relación comercial/laboral permanente y continua, ni debe existir entre el personal independiente contratado y el Subcontratista dependencia índole económica, jerárquica ni técnica, que pueda dar pauta y se definen tanto por su carácter técnico como por su mejor viabilidad financiera de la promoción y tienen por objeto garantizar la construcción de una existencia laboral dependiente encubierta.
v. En aquellos casos donde exista una herramienta informática vivienda protegida de máxima calidad en base a parámetros de tipologías, comportamientos bioclimáticos y otros de similar índole, tal y como apoyo al proceso de control, es obligación del Subcontratista del Titular completar todos los requisitos que allí se soliciten, cumpliendo con los plazos previstos por YPF E&P Bolivia S.A.
vi. Subcontratista del Titular no deberá tener ninguna obligación pendiente laboral y/o previsional a la finalización expresa en el conjunto de la relación contractual vigente con YPF E&P Bolivia S.A.
viioferta pública de enajenación. En los casos en que conclusión el Subcontratista del Titular subcontrate a terceros para realizar trabajos o prestaciones de servicios dentro y/o fuera de las instalaciones de YPF E&P Bolivia S.A., deberá informar previamente y por escrito a YPF E&P Bolivia S.A., proporcionando información general xxx xxxxxxx subcontratado y documentos en caso de ser requerido, y no podrá iniciar ningún servicio sin Ayuntamiento xx Xxxxxxxx con la autorización expresa de YPF E&P Bolivia S.A.
viii. De contar con más de un Contrato deberá presentar la documentación solicitada por cada uno de ellos, a no ser que los recursos sean exactamente los mismos. En este último caso, deberá presentar una sola copia de la documentación con carátulas diferentes para cada uno elaboración de los Contratospresentes pliegos da cumplimiento al mandato constitucional que establece la obligación de los poderes públicos en facilitar a los ciudadanos una vivienda digna y adecuada.
ix. De existir observaciones sobre la documentación presentada, el Subcontratistas del Titular deberá presentar en una sola entrega la documentación complementaria que regularice las mismas, debidamente identificada por Contrato y período. Solo se permitirá una sola presentación adicional a la mensual.
x. Si luego de la presentación complementaria aún quedan requisitos incumplidos se podrán subsanar con la próxima presentación mensual.
Appears in 1 contract
CONSIDERACIONES GENERALES. i. Al momento Es responsabilidad de IFEMA la dirección de situaciones excepcionales de alarma y/o, en el marco del Plan de Autoprotección de Feria de Madrid.
1.- El Ayuntamiento de Madrid velará por, y será responsable del buen orden, organización y protocolo en el que deba desarrollarse el evento en todas sus fases: preparación, inicio/acceso, desarrollo y finalización/desalojo.
2.- Los servicios de seguridad y vigilancia que se organicen con ocasión de la suscripción celebración del Contratoevento serán responsabilidad de IFEMA, sin que pueda delegar esta responsabilidad en terceros, quedando estos servicios encomendados a la empresa concesionaria del servicio de vigilantes de seguridad y, en su caso, a la de detectives privados, de la Institución ferial, bajo la dependencia de su Departamento de Seguridad, integrado en la Dirección de Seguridad y Autoprotección de IFEMA. Dicho personal participará, asimismo, en las actuaciones propias ante emergencias y, en su caso, evacuación. Este servicio es de carácter obligatorio y se facturará de acuerdo con la oferta económica efectuada por IFEMA. Exclusivamente con el fin de atender a las necesidades de seguridad de carácter general xxx xxxxxxx a que se refiere la presente cláusula de SEGURIDAD Y EMERGENCIAS, tales como coordinación de dispositivos, atención al Ayuntamiento de Madrid, apertura/cierre de accesos, atención de alarmas, atención de incidencias, emergencias médicas, contacto permanente con el Centro de Control etc., IFEMA proveerá y facturará al Ayuntamiento de Madrid un puesto de vigilancia permanente por Pabellón contratado con la empresa concesionaria de este servicio en IFEMA, tanto durante las horas de apertura como en las que el recinto se encuentre cerrado, desde el primer día de montaje al último de desmontaje, incluidos todos los días de celebración. Este servicio es de carácter obligatorio y se facturará de acuerdo con la oferta económica efectuada por IFEMA.
3.- Con independencia de lo señalado en el párrafo anterior, IFEMA no se hace responsable de la seguridad e integridad de los materiales, medios de todo tipo y mercancías depositadas en las zonas cedidas al Ayuntamiento de Madrid, salvo que exista responsabilidad suficientemente probada del personal de IFEMA o los hechos estén comprendidos en las coberturas del seguro de Responsabilidad Civil.
4.- Con carácter previo al inicio del Evento, el Subcontratista del Titular personal de la organización que participe en el Evento recibirá información suficiente para colaborar en caso de posibles actuaciones ante emergencias que serán ejecutadas por el dispositivo establecido por IFEMA y, en su caso, facilitar la evacuación de la instalación contratada.
5.- El Organizador deberá designar e informar a YPF E&P Bolivia S.A. la/s persona/s autorizada/s IFEMA de la forma de ejecución del Control de Accesos al evento.
6.- Tanto IFEMA como el Organizador se comprometen a favorecer los contactos y reuniones previas que se consideren necesarias para gestionar y representar a asegurar la mismacoordinación efectiva en los ámbitos mencionados en el párrafo anterior. Asimismo, IFEMA facilitará cuanta información y documentación se precise para asegurar la capacidad del Organizador en cumplir con los compromisos adquiridos en esta materia.
7.- Durante toda la celebración del evento (inicio/acceso, desarrollo y finalización/desalojo) IFEMA dispondrá de un responsable en seguridad/emergencias, con capacidad plena de mando y actuación en todo el Subcontratista del Titular deberá presentar documentación original y/o copia simple de acuerdo a requerimiento de YPF E&P Bolivia S.A.
iiRecinto Ferial, que asegurará la coordinación con la estructura propuesta por el Organizador. YPF E&P Bolivia S.A. permitirá que Igualmente, el Subcontratista del Titular presente copia fiel de la documentación que se le requieraorganizador designará, en forma perfectamente legiblesu ámbito y por el periodo de referencia indicado, con sello y firma un interlocutor a los mismos efectos. 8.-IFEMA podrá requerir al Ayuntamiento de un representante Madrid, durante el tiempo de celebración del Subcontratista del Titular habilitado para tal finevento, incluyendo la leyenda “ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL”. No obstantedifusión de mensajes informativos vinculados a emergencias, el Subcontratista del Titular deberá exhibir los originales de dicha documentación siempre que le fuere requerido y dentro a través de los plazos que determine YPF E&P Bolivia S.A.
iii. La contratación de personal independiente por parte del Subcontratista del Titular, será aceptada únicamente cuando se trate de profesionales independientes, con prestación de servicios de manera eventual y esporádica y deberá presentar los documentos que determine YPF E&P Bolivia S.A. respecto al profesional independientemedios audiovisuales instalados para el evento.
iv. No se aceptará una relación comercial/laboral permanente y continua, ni debe existir entre el personal independiente contratado y el Subcontratista dependencia económica, jerárquica ni técnica, que pueda dar pauta de una existencia laboral dependiente encubierta.
v. En aquellos casos donde exista una herramienta informática como apoyo al proceso de control, es obligación del Subcontratista del Titular completar todos los requisitos que allí se soliciten, cumpliendo con los plazos previstos por YPF E&P Bolivia S.A.
vi. Subcontratista del Titular no deberá tener ninguna obligación pendiente laboral y/o previsional a la finalización de la relación contractual vigente con YPF E&P Bolivia S.A.
vii. En los casos en que el Subcontratista del Titular subcontrate a terceros para realizar trabajos o prestaciones de servicios dentro y/o fuera de las instalaciones de YPF E&P Bolivia S.A., deberá informar previamente y por escrito a YPF E&P Bolivia S.A., proporcionando información general xxx xxxxxxx subcontratado y documentos en caso de ser requerido, y no podrá iniciar ningún servicio sin la autorización expresa de YPF E&P Bolivia S.A.
viii. De contar con más de un Contrato deberá presentar la documentación solicitada por cada uno de ellos, a no ser que los recursos sean exactamente los mismos. En este último caso, deberá presentar una sola copia de la documentación con carátulas diferentes para cada uno de los Contratos.
ix. De existir observaciones sobre la documentación presentada, el Subcontratistas del Titular deberá presentar en una sola entrega la documentación complementaria que regularice las mismas, debidamente identificada por Contrato y período. Solo se permitirá una sola presentación adicional a la mensual.
x. Si luego de la presentación complementaria aún quedan requisitos incumplidos se podrán subsanar con la próxima presentación mensual.
Appears in 1 contract
Samples: Lease Agreement
CONSIDERACIONES GENERALES. i. Al momento De manera inédita se encuentra en desarrollo la Pandemia, así calificada por la Organización Mundial de la Salud, conocida como “Covid-19”. Que el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Salud y Protección Social, mediante resolución 383 del 12 xx xxxxx de 2020 declaró la emergencia sanitaria por causa del COVID 19. Que el impacto económico a LA EMPRESA ha sido tal, que la ha conducido a empezar un proceso de reestructuración previsto por el capítulo 00 xx xx xxx xx xxxxxxxx xx xxx Xxxxxxx Xxxxxx. Que el 19 de enero de 2017 los trabajadores no sindicalizados de AVIANCA por intermedio de la “Organización de Aviadores de Avianca “ODEAA”, presentaron pliego de peticiones que se materializó en el pacto colectivo denominado “ACUERDO COLECTIVO DE TRABAJO SUSCRITO ENTRE AVIANCA Y LOS PILOTOS AVIANCA - LA ORGANIZACIÓN DE AVIADORES DE AVIANCA “ODEAA”; pacto colectivo hoy vigente. Que es voluntad de los pilotos apoyar a LA EMPRESA en su proceso de recuperación económica y, en tal sentido, suscriben el presente ACUERDO TEMPORAL con el fin de facilitar la operación aérea de LA EMPRESA y a la vez generar un apoyo económico a la empresa durante la vigencia del presente acuerdo. Que las partes manifiestan, expresamente, que el presente ACUERDO no modifica, ni afecta, ni deja sin valor o vigencia el Acuerdo Colectivo de Trabajo AVIANCA - ODEAA hoy vigente, o alguna de sus cláusulas, denominado “ACUERDO COLECTIVO DE TRABAJO SUSCRITO ENTRE AVIANCA Y LOS PILOTOS AVIANCA - LA ORGANIZACIÓN DE AVIADORES DE AVIANCA “ODEAA” suscrito entre las partes en el año 2017. Que los aquí firmantes señalan que el objetivo del presente documento es apoyar el proceso de recuperación de la EMPRESA sobre la base y objetivo de mantener los puestos de trabajo de los pilotos/copilotos y su estabilidad laboral. Que ODEAA con la firma de este documento plasma la voluntad de sus asociados, modula los acuerdos colectivos obtenidos en el “ACUERDO COLECTIVO DE TRABAJO SUSCRITO ENTRE AVIANCA Y LOS PILOTOS AVIANCA - LA ORGANIZACIÓN DE AVIADORES DE AVIANCA “ODEAA” en razón a la situación ya planteada, sin menoscabo de los derechos individuales de cada trabajador. Que en Asamblea General Extraordinaria de socios ODEAA, de fechas 26 xx xxxxx y 8 de julio de 2020, se eligió un grupo de pilotos para integrar un equipo de trabajo conjunto ODEAA - ADPA, para establecer una mesa de diálogo con la empresa con el fin de buscar caminos para superar la crisis del COVID-19 en materia laboral y empresarial. Que en Asamblea General extraordinaria de asociados llevada a cabo el 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 x xxx xxxxxxx dieron por aprobada la suscripción del Contrato, el Subcontratista del Titular deberá designar e informar a YPF E&P Bolivia S.A. la/s persona/s autorizada/s para gestionar y representar a la misma. Asimismo, el Subcontratista del Titular deberá presentar documentación original y/o copia simple texto de acuerdo a requerimiento de YPF E&P Bolivia S.A.
ii. YPF E&P Bolivia S.A. permitirá que el Subcontratista del Titular presente copia fiel de la documentación que se le requiera, en forma perfectamente legible, con sello y firma de un representante del Subcontratista del Titular habilitado para tal fin, incluyendo la leyenda “ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL”. No obstante, el Subcontratista del Titular deberá exhibir los originales de dicha documentación siempre que le fuere requerido y dentro de los plazos que determine YPF E&P Bolivia S.A.
iii. La contratación de personal independiente por parte del Subcontratista del Titular, será aceptada únicamente cuando se trate de profesionales independientes, con prestación de servicios de manera eventual y esporádica y deberá presentar los documentos que determine YPF E&P Bolivia S.A. respecto al profesional independienteeste acuerdo.
iv. No se aceptará una relación comercial/laboral permanente y continua, ni debe existir entre el personal independiente contratado y el Subcontratista dependencia económica, jerárquica ni técnica, que pueda dar pauta de una existencia laboral dependiente encubierta.
v. En aquellos casos donde exista una herramienta informática como apoyo al proceso de control, es obligación del Subcontratista del Titular completar todos los requisitos que allí se soliciten, cumpliendo con los plazos previstos por YPF E&P Bolivia S.A.
vi. Subcontratista del Titular no deberá tener ninguna obligación pendiente laboral y/o previsional a la finalización de la relación contractual vigente con YPF E&P Bolivia S.A.
vii. En los casos en que el Subcontratista del Titular subcontrate a terceros para realizar trabajos o prestaciones de servicios dentro y/o fuera de las instalaciones de YPF E&P Bolivia S.A., deberá informar previamente y por escrito a YPF E&P Bolivia S.A., proporcionando información general xxx xxxxxxx subcontratado y documentos en caso de ser requerido, y no podrá iniciar ningún servicio sin la autorización expresa de YPF E&P Bolivia S.A.
viii. De contar con más de un Contrato deberá presentar la documentación solicitada por cada uno de ellos, a no ser que los recursos sean exactamente los mismos. En este último caso, deberá presentar una sola copia de la documentación con carátulas diferentes para cada uno de los Contratos.
ix. De existir observaciones sobre la documentación presentada, el Subcontratistas del Titular deberá presentar en una sola entrega la documentación complementaria que regularice las mismas, debidamente identificada por Contrato y período. Solo se permitirá una sola presentación adicional a la mensual.
x. Si luego de la presentación complementaria aún quedan requisitos incumplidos se podrán subsanar con la próxima presentación mensual.
Appears in 1 contract
Samples: Temporary Agreement
CONSIDERACIONES GENERALES. i. Al momento Los gastos que demande el desplazamiento del servicio contratado fuera de Lima para efectos del monitoreo y supervisión de las sesiones demostrativas en los distritos priorizados Ayacucho y Apurímac, en el marco de la suscripción Estrategia Nacional “CRECER”, serán asumidos por el prestatario del Contratoservicio. El Centro Nacional de Alimentación y Nutrición asumirá los gastos relacionados a viáticos, el Subcontratista pasajes y materiales del Titular deberá designar e informar a YPF E&P Bolivia S.A. la/s persona/s autorizada/s para gestionar y representar a la misma. Asimismo, el Subcontratista equipo técnico del Titular deberá presentar documentación original y/o copia simple de acuerdo a requerimiento de YPF E&P Bolivia S.A.
ii. YPF E&P Bolivia S.A. permitirá que el Subcontratista del Titular presente copia fiel de la documentación CENAN que se le requiera, en forma perfectamente legible, con sello y firma de un representante del Subcontratista del Titular habilitado requieran para tal fin, incluyendo la leyenda “ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL”. No obstante, el Subcontratista del Titular deberá exhibir los originales de dicha documentación siempre que le fuere requerido y dentro de los plazos que determine YPF E&P Bolivia S.A.
iii. La contratación de personal independiente por parte del Subcontratista del Titular, será aceptada únicamente cuando se trate de profesionales independientes, con prestación de servicios de manera eventual y esporádica y deberá presentar los documentos que determine YPF E&P Bolivia S.A. respecto al profesional independiente.
iv. No se aceptará una relación comercial/laboral permanente y continua, ni debe existir entre el personal independiente contratado y el Subcontratista dependencia económica, jerárquica ni técnica, que pueda dar pauta de una existencia laboral dependiente encubierta.
v. En aquellos casos donde exista una herramienta informática como apoyo al proceso de control, es obligación del Subcontratista del Titular completar todos los requisitos que allí se soliciten, cumpliendo con los plazos previstos por YPF E&P Bolivia S.A.
vi. Subcontratista del Titular no deberá tener ninguna obligación pendiente laboral y/o previsional a la finalización de la relación contractual vigente con YPF E&P Bolivia S.A.
vii. En los casos en que el Subcontratista del Titular subcontrate a terceros para realizar trabajos o prestaciones de servicios dentro y/o fuera supervisión de las instalaciones actividades del servicio contratado. El prestador de YPF E&P Bolivia S.A., servicio deberá informar previamente y por escrito a YPF E&P Bolivia S.A., proporcionando información general xxx xxxxxxx subcontratado y documentos en caso de ser requerido, mantener reserva y no podrá iniciar ningún divulgar ninguna información o documentación que el Instituto Nacional de Salud le brinde para efectos de la realización del servicio en mención. Los informes, documentos, fichas de supervisión, archivos digitales, fotografías (incluye los archivos digitales originales), así como materiales de apoyo adquiridos, compilados o elaborados por el prestador del servicio a lo largo de la ejecución del contrato serán de propiedad exclusiva del Instituto Nacional de Salud. Una vez finalizado el contrato, el prestador del servicio no podrá utilizar la información para fines ajenos al contrato sin la previa solicitud por escrito al Instituto Nacional de Salud y autorización expresa de YPF E&P Bolivia S.A.
viiiésta entidad. De contar con más Todos los resultados o derechos que se deriven de un Contrato deberá presentar la documentación solicitada por cada uno de ellos, a no ser que los recursos sean exactamente los mismos, incluidos los derechos de autor y otros derechos de propiedad intelectual, obtenidos durante la ejecución del contrato, serán de propiedad exclusiva del Instituto Nacional de Salud, que podrá utilizarlos, publicarlos, cederlos o transferirlos como crea conveniente. En este último casoEl prestador del servicio se hará cargo de los aspectos técnicos y logísticos para la ejecución de las actividades del presente servicio, deberá presentar una sola copia en coordinación con la Dirección de Promoción de la documentación con carátulas diferentes para cada uno Salud y Estrategia Sanitaria Regional de los ContratosAlimentación y Nutrición Saludable de las Direcciones Regionales de Salud Ayacucho y Apurimac. Todas las actividades se realizarán en coordinación y bajo supervisión permanente del equipo técnico de Tecnologías Educativas, Dirección Ejecutiva de Prevención de Riesgos y Daños Nutricionales del Centro Nacional de Alimentación y Nutrición.
ix. De existir observaciones sobre la documentación presentada, el Subcontratistas del Titular deberá presentar en una sola entrega la documentación complementaria que regularice las mismas, debidamente identificada por Contrato y período. Solo se permitirá una sola presentación adicional a la mensual.
x. Si luego de la presentación complementaria aún quedan requisitos incumplidos se podrán subsanar con la próxima presentación mensual.
Appears in 1 contract
Samples: Consulting Services Agreement
CONSIDERACIONES GENERALES. i. Al momento El artículo 2, apartados d) y e) de los Estatutos de la suscripción Sociedad Pública de Vivienda de Irun / Irungo Etxebizitzarako Elkarte Publikoa S.A.U. (IRUNVI), incluye dentro del Contratoobjeto social la finalidad de llevar a cabo las actuaciones de rehabilitación de promoción pública directa, programadas por la Corporación Municipal, y fomentar la rehabilitación de edificios de viviendas en el ámbito de los sectores sujetos a Planes Especiales de Reforma Interior y Protección del Patrimonio Histórico Artístico. En virtud de tales atribuciones, se ha procedido a la elaboración y aprobación de los documentos necesarios para la petición de Incoación del Expediente de Declaración de Área de Rehabilitación Integrada para el Casco Antiguo de Irun, que comprenden el Plano de la primera delimitación, la Memoria descriptivo-justificativa de la incoación, el Subcontratista Estudio Socio-Urbanístico del Titular deberá designar e informar a YPF E&P Bolivia S.A. la/s persona/s autorizada/s área, y el establecimiento de los Plazos para gestionar la formulación, tramitación y representar aprobación del P.E.R. Desde el Ayuntamiento de Irun se ha solicitado a la misma. AsimismoConsejería de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Xxxxx el inicio del expediente de declaración de Área de Rehabilitación Integrada (ARI) del Caso Antiguo de Irun, el Subcontratista del Titular deberá presentar documentación original y/o copia simple de acuerdo a requerimiento la memoria, descripción y estudios socio-urbanísticos realizados al efecto, por lo que una vez incoado el expediente de YPF E&P Bolivia S.A.
ii. YPF E&P Bolivia S.A. permitirá que declaración de ARI, podrá ser formulado el Subcontratista del Titular presente copia fiel Plan Especial de Rehabilitación xxx Xxxxx Antiguo, pudiendo las Sociedades Urbanísticas de rehabilitación previa autorización de la documentación corporación, formular tales planes. Con fecha 21/02/2006 IRUNVI ha obtenido del Ayuntamiento dicha autorización. La convocatoria incluye la redacción del Plan Especial de Rehabilitación xxx Xxxxx Antiguo de Irun, así como, la emisión de los informes jurídico-técnicos en contestación a las sugerencias y alegaciones que se le requiera, en forma perfectamente legible, con sello y firma de un representante presenten durante la tramitación del Subcontratista del Titular habilitado para tal fin, incluyendo la leyenda “ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL”. No obstante, el Subcontratista del Titular deberá exhibir los originales de dicha documentación siempre que le fuere requerido y dentro de los plazos que determine YPF E&P Bolivia S.A.
iii. La contratación de personal independiente por parte del Subcontratista del Titular, será aceptada únicamente cuando se trate de profesionales independientes, con prestación de servicios de manera eventual y esporádica y deberá presentar los documentos que determine YPF E&P Bolivia S.A. respecto al profesional independientePlan.
iv. No se aceptará una relación comercial/laboral permanente y continua, ni debe existir entre el personal independiente contratado y el Subcontratista dependencia económica, jerárquica ni técnica, que pueda dar pauta de una existencia laboral dependiente encubierta.
v. En aquellos casos donde exista una herramienta informática como apoyo al proceso de control, es obligación del Subcontratista del Titular completar todos los requisitos que allí se soliciten, cumpliendo con los plazos previstos por YPF E&P Bolivia S.A.
vi. Subcontratista del Titular no deberá tener ninguna obligación pendiente laboral y/o previsional a la finalización de la relación contractual vigente con YPF E&P Bolivia S.A.
vii. En los casos en que el Subcontratista del Titular subcontrate a terceros para realizar trabajos o prestaciones de servicios dentro y/o fuera de las instalaciones de YPF E&P Bolivia S.A., deberá informar previamente y por escrito a YPF E&P Bolivia S.A., proporcionando información general xxx xxxxxxx subcontratado y documentos en caso de ser requerido, y no podrá iniciar ningún servicio sin la autorización expresa de YPF E&P Bolivia S.A.
viii. De contar con más de un Contrato deberá presentar la documentación solicitada por cada uno de ellos, a no ser que los recursos sean exactamente los mismos. En este último caso, deberá presentar una sola copia de la documentación con carátulas diferentes para cada uno de los Contratos.
ix. De existir observaciones sobre la documentación presentada, el Subcontratistas del Titular deberá presentar en una sola entrega la documentación complementaria que regularice las mismas, debidamente identificada por Contrato y período. Solo se permitirá una sola presentación adicional a la mensual.
x. Si luego de la presentación complementaria aún quedan requisitos incumplidos se podrán subsanar con la próxima presentación mensual.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for the Drafting of the Special Rehabilitation Plan for the Old Town of Irun
CONSIDERACIONES GENERALES. i. Al momento La organización administrativa del ayuntamiento de Almassora está conformada por la propia administración general del ayuntamiento y la empresa XXX Residencia de la suscripción del Contrato, el Subcontratista del Titular deberá designar e informar a YPF E&P Bolivia S.A. la/s persona/s autorizada/s para gestionar y representar a Tercera Edad Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx de capital íntegramente municipal. El órgano de contratación en los expedientes de contratación menor es la misma. Asimismo, el Subcontratista del Titular deberá presentar documentación original y/o copia simple Junta de acuerdo a requerimiento de YPF E&P Bolivia S.A.
ii. YPF E&P Bolivia S.A. permitirá que el Subcontratista del Titular presente copia fiel de la documentación que se le requiera, en forma perfectamente legible, con sello y firma de un representante del Subcontratista del Titular habilitado para tal fin, incluyendo la leyenda “ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL”Gobierno. No obstante, a partir de la entrada en vigor de la nueva Ley de Contratos del Sector Púbico (LCSP) , los pagos menores, aquellos cuyo valor estimado es inferior a 5.000 €, se tramitan acumulando las tres fases de autorización, disposición y reconocimiento de la obligación, aprobándose por alcaldía. Su tramitación se inicia con la reserva de crédito y posteriormente, cuando llega la factura se tramita el Subcontratista decreto de aprobación, autorizando, disponiendo el crédito y reconociendo la obligación. Previa a su aprobación, dicha factura se registran en FACe o en el registro general de entrada, y posteriormente se remite a los gestores para tramitar su conformidad. En el caso de contratos menores, estos se tramita previo registro de la operación AD, al que se incorporan los informes establecidos en el artículo 118 de la LCSP. Posteriormente, se dicta un decreto aprobando y disponiendo el crédito por Xxxxxxxx a propuesta de Gestión Presupuestaria y Xxxxxx y cuando llega la factura se asocia a la operación previa y se remite dicho justificante al gestor para la tramitación de su conformidad. La alcaldía delegó en la Junta de Gobierno “Les competències com a òrgan de contractació respecte dels contractes d'obres, de subministrament, de serveis, de gestió de serveis públics, els contractes administratius especials, i els contractes privats quan el seu import no superi el 10 per cent dels recursos ordinaris del Titular deberá exhibir los originales pressupost ni, en qualsevol cas, la quantia de dicha documentación siempre sis milions d'euros, inclosos els de caràcter plurianual quan la seva durada no sigui superior a quatre anys, sempre que le fuere requerido y dentro l'import acumulat de totes les seves anualitats no superi ni el percentatge indicat, referit als recursos ordinaris del pressupost del primer exercici, ni la quantia assenyalada” La regulación propia de los plazos contratos menores se recoge en las Bases de Ejecución del Presupuesto, en la Instrucción de Operatoria y Organización Contable y en la Circular de 26 xx xxxxx de 2018 de Alcaldía. Los contratos menores ( se incluyen también los expedientes tramitados con omisión de la función interventora) en el ejercicio 2018 han supuesto más del 34,23% de los gastos de los capítulos dos y seis. Dicho porcentaje ha descendido respecto al ejercicio anterior que determine YPF E&P Bolivia S.A.
iiiascendió a 38,72% El órgano de contratación en los expedientes de contratación no menor es la Junta de Gobierno por delegación de la Alcaldía. La contratación gestión del personal está atribuida al departamento de Recursos Humanos. La competencia en materia de personal independiente corresponde a la Alcaldía con carácter general. Si bien, ha delegado en la Junta de Gobierno: “Aprovar l'oferta d'ocupació pública d'acord amb el Pressupost i la plantilla aprovats pel Ple, aprovar les bases de les proves per a la selecció del personal i per als concursos de provisió de llocs de treball i distribuir les retribucions complementàries que no siguin fixes i periòdiques”. Por acuerdo de Pleno de fecha 11 xx xxxx de 2015 se aprobó inicialmente el Reglamento Regulador de los Criterios para la Retribución del Complemento de Productividad por parte del Subcontratista del Titular, será aceptada únicamente cuando se trate de profesionales independientes, con prestación de servicios de manera eventual y esporádica y deberá presentar los documentos que determine YPF E&P Bolivia S.A. respecto al profesional independiente.
iv. No se aceptará una relación comercial/laboral permanente y continua, ni debe existir entre el personal independiente contratado y el Subcontratista dependencia económica, jerárquica ni técnicaObjetivos, que pueda dar pauta fue sometido a exposición pública por plazo de una existencia laboral dependiente encubierta30 días mediante anuncio en el BOP de fecha 16 xx xxxx de 2015. La aprobación del citado reglamento devino definitiva, publicándose en el BOP nº 79 de 27 xx xxxxx de 2015. El 30 xx xxxxx de 2017 se aprobó por resolución de Alcaldía 1726/2018 el Plan de Objetivos de 2018.
v. En aquellos casos donde exista una herramienta informática como apoyo al proceso de control, es obligación del Subcontratista del Titular completar todos los requisitos que allí se soliciten, cumpliendo con los plazos previstos por YPF E&P Bolivia S.A.
vi. Subcontratista del Titular no deberá tener ninguna obligación pendiente laboral y/o previsional a la finalización de la relación contractual vigente con YPF E&P Bolivia S.A.
vii. En los casos en que el Subcontratista del Titular subcontrate a terceros para realizar trabajos o prestaciones de servicios dentro y/o fuera de las instalaciones de YPF E&P Bolivia S.A., deberá informar previamente y por escrito a YPF E&P Bolivia S.A., proporcionando información general xxx xxxxxxx subcontratado y documentos en caso de ser requerido, y no podrá iniciar ningún servicio sin la autorización expresa de YPF E&P Bolivia S.A.
viii. De contar con más de un Contrato deberá presentar la documentación solicitada por cada uno de ellos, a no ser que los recursos sean exactamente los mismos. En este último caso, deberá presentar una sola copia de la documentación con carátulas diferentes para cada uno de los Contratos.
ix. De existir observaciones sobre la documentación presentada, el Subcontratistas del Titular deberá presentar en una sola entrega la documentación complementaria que regularice las mismas, debidamente identificada por Contrato y período. Solo se permitirá una sola presentación adicional a la mensual.
x. Si luego de la presentación complementaria aún quedan requisitos incumplidos se podrán subsanar con la próxima presentación mensual.
Appears in 1 contract
Samples: Contract Procedures
CONSIDERACIONES GENERALES. i. Al momento No se admitirán ofertas que impliquen iniciar el nuevo contrato superando la plantilla de la suscripción personal subrogable publicada, adjunta a los pliegos del Contratopresente concurso, el Subcontratista del Titular deberá designar e informar a YPF E&P Bolivia S.A. la/s persona/s autorizada/s para gestionar y representar ni en número de personas, ni en número de horas asociadas directamente a la misma. AsimismoLa empresa contratista deberá comunicar al Banco de España la necesidad de contratación de nuevo personal, si fuera preciso, en caso de producirse vacantes, bajas, jubilaciones, despidos, traslados, o cualquier otra forma de cese del personal subrogado. En caso de que se produzcan sustituciones del personal subrogado el Subcontratista nuevo miembro será, salvo acuerdo expreso del Titular deberá presentar documentación original contratista con el Banco de España en otro sentido, de la misma categoría y una antigüedad, jornada laboral y posibles complementos salariales no superiores al personal sustituido. Así pues, las ofertas que pretendan superar los mínimos exigidos en el presente PPT de horas de prestación y/o copia simple plantilla funcional operativa, se presentarán como mejoras en forma de bolsa de horas (según se explica en el apartado referido a tal posible bolsa de horas) que en ningún caso podrán implicar un incremento neto de personal subrogable a lo largo del periodo de duración del contrato o de cualquiera de sus posibles prórrogas, salvo acuerdo a requerimiento expreso del contratista con el Banco de YPF E&P Bolivia S.A.
iiEspaña. YPF E&P Bolivia S.A. permitirá que Aunque en el Subcontratista apartado correspondiente del Titular presente copia fiel PPT se desarrollan con detalle los asuntos relacionados con los horarios de la documentación prestación del servicio, dadas las numerosas referencias que se le requierahacen a xxxxxxxx y turnos a lo largo del mismo, se adelantan ya las siguientes consideraciones: Horario normal: Horario diurno (de 6,00 h a 22,00 h) de lunes a viernes. Fuera de horario normal: Horario nocturno (cualquier día) y xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos en forma perfectamente legiblehorario diurno o nocturno, con sello y firma sin distinción. Horario diurno: De 6,00h a 22,00 h Horario nocturno: Desde las 22,00 h de un representante día hasta las 6,00 h del Subcontratista del Titular habilitado para tal findía siguiente. Turno de mañana: El comprendido entre las 6,00 y las 14,00 h, incluyendo la leyenda “ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL”. No obstante, el Subcontratista del Titular deberá exhibir los originales de dicha documentación siempre que le fuere requerido y dentro de los plazos que determine YPF E&P Bolivia S.A.
iii. La contratación de personal independiente por parte del Subcontratista del Titular, será aceptada únicamente cuando se trate de profesionales independientes, con prestación de servicios de manera eventual y esporádica y deberá presentar los documentos que determine YPF E&P Bolivia S.A. respecto al profesional independienteaproximadamente.
iv. No se aceptará una relación comercial/laboral permanente y continua, ni debe existir entre el personal independiente contratado y el Subcontratista dependencia económica, jerárquica ni técnica, que pueda dar pauta de una existencia laboral dependiente encubierta.
v. En aquellos casos donde exista una herramienta informática como apoyo al proceso de control, es obligación del Subcontratista del Titular completar todos los requisitos que allí se soliciten, cumpliendo con los plazos previstos por YPF E&P Bolivia S.A.
vi. Subcontratista del Titular no deberá tener ninguna obligación pendiente laboral y/o previsional a la finalización de la relación contractual vigente con YPF E&P Bolivia S.A.
vii. En los casos en que el Subcontratista del Titular subcontrate a terceros para realizar trabajos o prestaciones de servicios dentro y/o fuera de las instalaciones de YPF E&P Bolivia S.A., deberá informar previamente y por escrito a YPF E&P Bolivia S.A., proporcionando información general xxx xxxxxxx subcontratado y documentos en caso de ser requerido, y no podrá iniciar ningún servicio sin la autorización expresa de YPF E&P Bolivia S.A.
viii. De contar con más de un Contrato deberá presentar la documentación solicitada por cada uno de ellos, a no ser que los recursos sean exactamente los mismos. En este último caso, deberá presentar una sola copia de la documentación con carátulas diferentes para cada uno de los Contratos.
ix. De existir observaciones sobre la documentación presentada, el Subcontratistas del Titular deberá presentar en una sola entrega la documentación complementaria que regularice las mismas, debidamente identificada por Contrato y período. Solo se permitirá una sola presentación adicional a la mensual.
x. Si luego de la presentación complementaria aún quedan requisitos incumplidos se podrán subsanar con la próxima presentación mensual.
Appears in 1 contract