CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES Cláusulas de Ejemplo

CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES. Los oferentes podrán formular, a través de los formularios electrónicos disponibles en el sistema Buenos Aires Compras (BAC) xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, consultas y/o aclaraciones sobre el contenido de los Pliegos de Bases y Condiciones hasta SETENTA Y DOS (72) horas antes de la fecha fijada para la apertura. Las Circulares de oficio en respuesta a pedidos de aclaraciones y/o consultas, emitidas por el GCABA, formarán parte de los documentos contractuales y serán notificadas a través de BAC a cada uno de los oferentes que hayan adquirido los Pliegos de la Contratación. En consecuencia, los oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas Circulares.
CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES. La Dirección de Licitaciones y/o la Dirección de Obras Rurales dependiente de la Secretaria de Obras Públicas, Infraestructura y Servicios Públicos podrán efectuar de oficio, o a pedido de parte, las aclaraciones o correcciones a los Pliegos mediante la emisión de Circulares, las que integrarán las cláusulas que rigen la presente licitación. Si el interesado tuviere alguna duda o dificultad en la interpretación de los pliegos o advirtiera algún error u omisión de la documentación técnica durante la preparación de su propuesta, podrá solicitar por escrito su aclaración a la Dirección de Licitaciones hasta DOS (2) días hábiles anteriores al acto de apertura de sobres. Las circulares y aclaraciones se comunicarán a todos los adquirentes xxx xxxxxx al domicilio físico o electrónico consignado en el momento de adquisición del mismo. No serán contestadas las consultas formuladas fuera de término. Sin perjuicio de ello, si la Dirección de Obras Rurales dependiente de la Secretaria de Obras Públicas, Infraestructura y Servicios Públicos considerase que la consulta es pertinente y contribuye a una mejor comprensión e interpretación xxx Xxxxxx en cuestión, se producirá una circular aclaratoria, la que será comunicada a los potenciales oferentes, pasando ésta a integrar el Pliego. Las comunicaciones que se realicen entre el Municipio y los interesados, oferentes y adjudicatarios, se llevarán a cabo a través de los domicilios registrados al efecto.
CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES. El Art. 1.1.5 del PCG queda complementado de esta manera: Durante el período del llamado y hasta dos (2) días antes de la Apertura de las Ofertas, el GCBA podrá emitir Circulares sin consulta de todo tipo para aclarar cualquier duda o interpretación de los Pliegos de Bases y Condiciones. Los interesados podrán formular vía Web al siguiente sitio: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxxxxxxx_xxxxx/xxxxxxxxxxx/xxx/xxxxxxxx_xxx.xxx?xxxx_xx=00000 , o por escrito, consultas y/o aclaraciones sobre el contenido de los Pliegos de Bases y Condiciones hasta cinco (5) días antes de la fecha de apertura de las propuestas, en la sede que el Comitente indique a dicho efecto, perteneciente al Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, sita en la Xx. Xxxxxx Xxxxxx 346/50 – Piso 5º de la CABA, las cuales serán contestadas hasta tres (3) días antes de la fecha de apertura de las ofertas.. Las Circulares con y sin consulta emitidas, serán publicadas en la Web y formarán parte de los documentos contractuales. Los Oferentes deberán constatar, todas las Circulares que se hubiesen emitido, sin que puedan excusarse de su aplicación y vigencia. En consecuencia los Oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas Circulares.
CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES. El Art. 1.1.5 del P.C.G. queda complementado de esta manera: Durante el período del llamado y hasta cuatro (4) días antes de la Apertura de las Ofertas, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires podrá emitir Circulares sin consulta de todo tipo para aclarar cualquier duda o interpretación de los Pliegos de Bases y Condiciones. Los oferentes y/o interesados podrán formular vía Web al siguiente sitio: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxxxxxxx_xxxxx/xxxxxxxxxxx/xxx/xxxxxxxx_xxx.xxx?xx nu_id=29668 o por escrito, consultas y/o aclaraciones sobre el contenido de los Pliegos de Bases y Condiciones hasta seis (6) días antes de la fecha de apertura de las propuestas, en la sede que el Comitente indique a dicho efecto, perteneciente al Ministerio de Desarrollo Urbano, sita en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx 291 – Piso 9º de la Ciudad de Buenos Aires, las cuales serán contestadas hasta cuatro (4) días antes de la fecha de apertura de las ofertas. Las Circulares Con y Sin Consulta emitidas, serán publicadas en la Web y formarán parte de los documentos contractuales. Los Oferentes deberán constatar, todas las Circulares que se hubiesen emitido, sin que puedan excusarse de su aplicación y vigencia. En consecuencia los Oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas Circulares.
CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES. El Art. 1.1.5 del P.C.G. queda complementado de esta manera: Durante el período de licitación y hasta cuatro (4) días antes de la Apertura de las Ofertas, al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires podrá emitir Circulares para aclarar cualquier duda o interpretación xxx Xxxxxx de Condiciones Generales. Los oferentes y/o interesados podrán formular, por escrito, consultas y/o aclaraciones sobre el contenido de los Pliegos de Bases y Condiciones hasta cuatro (4) días antes de la fecha de apertura de las propuestas, en la sede que el Comitente indique a dicho efecto, perteneciente al Ministerio de Desarrollo Urbano, sita en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx 211 – Piso 9º de la Ciudad de Buenos Aires. La Circulares emitidas formarán parte de los documentos contractuales y serán suministradas a cada uno de los Oferentes que hayan obtenido los Pliegos de Licitación, quienes a su vez deberán acusar recibo de cada Circular, mediante firma y devolución del modelo de recibo que se distribuirá con cada una de ellas. Sin perjuicio de lo antedicho, los Oferentes deberán constatar en la sede del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta tres (3) días antes del Acto de Apertura, todas las Circulares que se hubiesen emitido, sin que puedan excusarse de su aplicación y vigencia los Oferentes que no las hayan recibido o retirado. En consecuencia los Oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas Circulares.
CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES. Los oferentes podrán formular, por Nota ó mediante correo electrónico, consultas sobre el contenido de los Pliegos de Bases y Condiciones hasta CUARENTA Y OCHO (48) horas antes de la fecha de apertura de las ofertas. Si a criterio de esta Unidad Operativa de Adquisiciones la consulta es pertinente y contribuye a una mejor comprensión e interpretación xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares, se elaborará una circular aclaratoria que se comunicará al consultante y a cada uno de los oferentes que hayan adquirido el Pliego de la Licitación quienes a su vez deberán acusar recibo de cada Circular y adjuntarla a su oferta junto con el presente Xxxxxx. En consecuencia, los oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas Circulares. La respuesta a las consultas realizadas por los potenciales oferentes será emitida por esta UOA con VEINTICUATRO (24) horas como mínimo de anticipación a la fecha de presentación de ofertas; será exhibida, en la cartelera para conocimiento de todos los demás interesados y se incluirá como parte integrante xxx Xxxxxx. Asimismo, esta UOA podrá, de oficio, realizar las aclaraciones que sean pertinentes, las que comunicará siguiendo el procedimiento mencionado precedentemente e incluirlas en el Pliego correspondiente. Cuando por la índole de la consulta practicada por un interesado, resulte necesario pedir informes o realizar verificaciones técnicas que demanden un plazo superior a CUARENTA Y OCHO (48) horas contadas desde que se presentare la solicitud, esta Unidad Operativa de Adquisiciones tiene la facultad para posponer de oficio la fecha de apertura.
CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES. Los adquirentes acreditados y que hubieran cumplido con el procedimiento de registración, autenticación y autorización como usuario externo de B.A.C., podrán formular consultas y/o aclaraciones sobre el contenido de los Pliegos del presente procedimiento licitatorio, a través del B.A.C., hasta setenta y dos (72) horas antes de la fecha prevista para el Acto de Apertura de las OFERTAS. Las respuestas o aclaraciones formuladas por el GCABA respecto de las consultas efectuadas por los adquirentes, así como las aclaraciones de oficio que el GCABA formule, se volcarán en Circulares Aclaratorias que serán notificadas a la totalidad de los adquirentes y debidamente publicadas en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, así como en el sistema B.A.C. de conformidad con el artículo 85 del Anexo I del Decreto N° 326/GCABA/17 y su modificatorio N° 287/GCABA/18. Las mismas pasarán a formar parte de la documentación contractual. En consecuencia, los oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas Circulares Aclaratorias. PLIEG-2019-06120853-GCABA-DGTALAVJG
CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES. ARTÍCULO Nº 7 – PRÓRROGA Y AMPLIACIÓN DEL CONTRATO ARTÍCULO Nº 8 -
CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES. GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES. El proveedor acreditado y que hubiera cumplido con el procedimiento de registración, autenticación, autorización como usuario externo de BAC y adquiriente xxx xxxxxx tiene derecho a formular consultas y solicitar aclaraciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus Anexo hasta tres (3) días antes de la fecha prevista para la apertura de las ofertas. Las consultas y aclaraciones formuladas por los participantes deben ser efectuadas a través de BAC. La DGABS elaborará las Circulares referidas a las solicitudes de consultas y aclaraciones y las publicará en BAC sin indicar el autor de las mismas.