CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD. El licitante deberá presentar un escrito donde en caso de resultar adjudicado, se compromete a firmar un contrato de confidencialidad de la información proporcionada por la CONADE. Para la partida número 1 a la 7, el licitante ganador deberá presentar un escrito en el que se compromete a realizar en conjunto con la CONADE, una vez firmado el contrato, los trámites pertinentes en el sitio de Microsoft de licenciamiento por volumen para registro y alta del licenciamiento adicional adquirido por CONADE.
CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD. El/la contratista se compromete a respetar la información calificada de “confidencial” o “reservada” por la contraparte a la que hayan tenido acceso en virtud de la negociación o desarrollo del presente contrato y a utilizarla sólo para los fines previstos en el mismo, conforme lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal -LOPDP-. Visto el contenido de la documentación elaborada por los Servicios Técnicos municipales, así como el informe técnico, en aras de proceder a la tramitación del contrato de suministro de , y considerando que el valor estimado de dicho contrato asciende a euros. Atendido a lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Por medio de la presente, ÚNICO. - Que por parte de la Intervención de este Ayuntamiento se emita la correspondiente Retención de Crédito por importe de euros, para verificar que existe consignación presupuestaria adecuada y suficiente para hacer frente al posible gasto que supone dicho contrato administrativo. (De conformidad con lo previsto en la Disp. Adic. 3ª.4 LCSP 2017, “En los contratos celebrados en los municipios de menos de 5.000 habitantes, la aprobación del gasto podrá ser sustituida por una certificación de existencia de crédito que se expedirá por el Secretario Interventor o, en su caso, por el Interventor de la Corporación”). En , a de de .
CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD. (EL “CONTRATO”), QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, [insertar denominación social o nombre de la Parte Reveladora], REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR [insertar, en su caso, nombre de representante legal de la Persona Reveladora; si ésta contrata a título personal, deberá señalarse que contrata por su propio derecho] (LA “PARTE REVELADORA”), Y POR LA OTRA PARTE, [insertar denominación social o nombre de la Parte Receptora], REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR [insertar, en su caso, nombre de representante legal de la Persona Reveladora; si ésta contrata a título personal, deberá señalarse que contrata por su propio derecho] (LA “PARTE RECEPTORA”), DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS.
CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD. Cuando para la prestación del servicio, el proveedor requiere acceso a nuestra infor- mación, debemos ser conscientes de que estamos poniendo en manos de terceros datos que pueden ser sensibles para nues- tra empresa. Incluso que maneje nuestra información corporativa con sus sistemas propios ubicados en instalaciones exter- nas lo que puede suponer nuevos riesgos. En esta situación, la seguridad de nuestra información dependerá de las medidas de seguridad que haya implantado nues- tro proveedor. Derivado de esta situación, existe un riesgo potencial de que se pro- duzcan fugas de información cuyo origen sea nuestro proveedor. Durante la provisión del servicio se genera conocimiento, que es de gran valor tanto para quien realiza la provisión del servicio como para quien lo recibe. Dentro de este conocimiento se incluye información relati- va a la resolución de incidencias, proble- mas, oportunidades de mejora, cuestio- nes para la optimización del rendimiento, etc. por norma general, es el proveedor del servicio quien tiene acceso directo a esta in- formación y, por lo tanto, si externalizamos la prestación del servicio corremos el riesgo de perder dicho conocimiento. Si bien este acceso es necesario para desempeñar el servicio, también lleva asociado el riesgo de que dicha información se difunda, tanto por accidente como de forma intencionada. Es vital que exista un compromiso por par- te del proveedor, por el cual: ► No revelará a terceros la información a la que tenga acceso durante la presta- ción del servicio. ► Establecerá las medidas de seguridad necesarias para protegerla. Por ejem- plo, restringir el acceso a nuestra infor- mación exclusivamente a los empleados involucrados, implantar medidas técni- cas frente a potenciales atacantes, se- guir las pautas legales obligatorias, etc. Para más detalle se puede consultar el blo- que temático de «protege a tus clientes» [2]. Para formalizar dicho compromiso, que protege la información sensible frente a fu- gas o robos, se debe firmar un contrato de confidencialidad. Este contrato también se conoce como NDA, por las siglas en in- glés de Non-Disclosure Agreement. También es posible añadir cláusulas específicas a un contrato de servicios. Por norma general, será necesario firmar dos copias en todas las hojas por ambas partes (cliente y proveedor). Debemos guar- dar una copia del contrato de confidenciali- dad firmado por el proveedor. Este contrato garantiza que éste, y por extensión todos los trabajadore...
CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD. El contratista deberá firmar ante el MEP un compromiso de confidencialidad, tanto de las aplicaciones como de la información, así como de cualquier información que debido a su trabajo, la empresa o el funcionario del contratista conociere.
CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD. El contratista se compromete a respetar la información calificada de “confidencial” o “reservada” por la contraparte a la que hayan tenido acceso en virtud de la negociación o desarrollo del presente contrato y a utilizarla sólo para los fines previstos en el mismo, conforme lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal -LOPDP-. Animador Cultural Festejos XXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX - 12328690T Este documento ha sido firmado electrónicamente
CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD. El licitante deberá presentar un escrito donde en caso de resultar adjudicado, se compromete a firmar un contrato de confidencialidad de la información proporcionada por la CONADE.
CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD. El objetivo de los contratos o acuerdos de confidencialidad es fijar las condiciones en las que se transfiere información confidencial o secreta entre varias entidades. Entre otros aspectos se especifica qué información se transfiere, para qué se puede utilizar, y durante cuánto tiempo debe permanecer confidencial. Este tipo de acuerdos son especialmente importantes en los procesos de negociación y de preparación de proyectos.
CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD. El oferente deberá firmar ante el MEP un compromiso de confidencialidad, tanto de las aplicaciones como de la información, así como de cualquier información que debido a su trabajo, la empresa o el funcionario del oferente conociere.
CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD. El oferente deberá firmar un contrato de confidencialidad enmarcado en la Legislación vigente al momento de realizar la visita de relevamiento técnico. Este “Contrato de Confidencialidad” deberá ser firmado por el futuro Adjudicatario y por todo el personal que trabaje en forma directa o indirecta con el Objeto de este pliego. los requisitos explícitos en este pliego, deberán ser adecuadas y/o actualizadas. Esta situación debe quedar bien especificada en la Oferta presentada. El Adjudicatario estará obligado a contar en el país con una infraestructura capaz de asistir técnicamente a la Policía Metropolitana. Debiendo estar en condiciones de elaborar todos los proyectos necesarios para la ampliación y evolución del Sistema, contando con la capacidad técnica y operativa necesaria para resolver cualquier falla que afecte el normal funcionamiento del Sistema de Video Vigilancia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.