CONVOCATORIA CERRADA Cláusulas de Ejemplo

CONVOCATORIA CERRADA. Para los casos de las escuelas xx xxxxx de Salsódromo y Comparsas de Cali Viejo o cualquier otro evento que lo requiera, su selección se realizará conforme a los términos de referencia publicados en la página web de CORFECALI, donde se les solicitará todos los requisitos técnicos y artísticos requeridos para dichos desfiles. Los grupos serán evaluados y seleccionados por el respectivo Comité Asesor o conceptual de cada evento, de acuerdo a los términos de referencia publicados.
CONVOCATORIA CERRADA. La adquisición de bienes o servicios en cuantía superior a 100 SMMLV y hasta 300 SMMLV que no esté prevista en otra modalidad de contratación, se adelantará mediante la modalidad de CONVOCATORIA CERRADA la cual se desarrollará por medio del módulo de contratación directa (con ofertas) previsto en SECOP II, para lo cual se cumplirá con los siguientes requisitos y etapas: i. Invitación al Proceso: Se invitará a mínimo 3 (tres) proveedores a través de SECOP II. Para ello, se publicarán los Estudios de Conveniencia y Oportunidad, los Términos de la Convocatoria junto con los anexos y formatos a que haya lugar, con el fin de que los invitados puedan formular observaciones. ii. Observaciones y/o Solicitudes de Aclaración y Respuesta. Dentro del plazo indicado en el cronograma del proceso, los invitados formularán a través del SECOP II sus inquietudes a los documentos publicados, las cuales serán respondidas en el término previsto en el cronograma. iii. Generación de Adendas, si es el caso: Si con base en las respuestas, o a raíz de las necesidades de la Unidad, se hace necesaria la expedición de una adenda modificatoria de las condiciones de la Convocatoria Cerrada, éstas podrán ser publicadas en cualquier tiempo con antelación a la fecha y hora determinada como plazo límite para la recepción de ofertas, no obstante, y si es el caso, se deberá ampliar tal fecha y hora límite de recepción de ofertas garantizando que los interesados cuenten con por lo menos un (1) día hábil para la presentación de sus ofrecimientos. iv. Plazo límite para la recepción de ofertas. El tiempo para presentar las propuestas será el establecido en el cronograma del proceso. v. Cierre del proceso. Una vez cumplida la fecha y hora límite para la recepción de ofertas, la Entidad publicará en SECOP II el listado de ofertas recibidas para conocimiento de los invitados. vi. Evaluación de las ofertas y publicación del Informe de Evaluación Preliminar. El Comité Evaluador designado evaluará las ofertas recibidas dentro de lo establecido en el cronograma del proceso, en consideración a la complejidad y volumen de las ofertas que se reciban. El Comité Evaluador realizará las verificaciones a que haya lugar para determinar el cumplimiento o no de los requisitos habilitantes y la ponderación de las ofertas, conforme a las reglas contenidas en los Términos de la Convocatoria Cerrada. Este informe deberá ser publicado en la fecha prevista en el cronograma de la Convocatoria Cerrada. vii. Traslado del ...
CONVOCATORIA CERRADA. La CCC utilizara esta modalidad de selección para los procesos de contratación cuya cuantía no exceda los 100 SMMLV y para la cual se solicitarán como mínimo tres cotizaciones.
CONVOCATORIA CERRADA. Se trata de una modalidad de contratación en la cual se solicita oferta para la contratación de bienes o servicios que se requieran, para lo cual de acuerdo con el resultado del análisis xx xxxxxxx, se adelanta la invitación a mínimo tres (3) potenciales proponentes, de los cuales se podrá seleccionar a uno, si, el mismo cumple con los requisitos de calidad, precio, plazo de ejecución y demás requisitos técnicos, jurídicos y financieros para la satisfacción de la necesidad específica establecidos en el análisis preliminar de la contratación y en los estudios previos. La Contratación por Convocatoria Cerrada deberá ser justificada, bajo criterios objetivos y en función de la necesidad específica que se debe atender. Esta modalidad, deberá ser validada por parte del equipo Técnico Interdisciplinario, quien recomendará su aplicación al Coordinador Nacional de Emprendimiento y al Director Nacional de Empleo y Trabajo. La mencionada modalidad de contratación opera cuando se trate de bienes que, por razones técnicas, tecnológicas, de seguridad o confidencialidad deban ser adquiridos o suministrados por un grupo limitado de empresas, firmas o personas determinadas, lo cual será justificado en el respectivo estudio previo y estudio del sector.

Related to CONVOCATORIA CERRADA

  • CONVOCATORIA Se realiza a través de su publicación en el SEACE de conformidad con lo señalado en el artículo 33 del Reglamento, en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, debiendo adjuntar las bases y resumen ejecutivo.

  • PRIMERA CONVOCATORIA INDICAR EL NOMBRE DE LA PERSONA FÍSICA Y/O MORAL, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE NO NOS ENCONTRAMOS EN NINGUNO DE LOS SUPUESTOS QUE SEÑALA EL ARTÍCULO 68 DEL REGLAMENTO DE ADQUISICIONES, ENAJENACIONES, ARRENDAMIENTOS Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLES PARA EL MUNICIPIO XX XXXX, GTO.

  • Objetivo de la Convocatoria La Municipalidad de Independencia requiere contratar los servicios de 01 persona natural para el puesto de un (01) Analista Contable.

  • Responsabilidades del Proveedor 14.1 El Proveedor deberá proporcionar todos los Bienes y Servicios Conexos incluidos en el Alcance de Suministros de conformidad con la Cláusula 12 de las CGC, el Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, de conformidad con la Cláusula 13 de las CGC.

  • Exención de Responsabilidades El Comité de Compras y Contrataciones no estará obligado a declarar habilitado y/o Adjudicatario a ningún Oferente/Proponente que haya presentado sus Credenciales y/u Ofertas, si las mismas no demuestran que cumplen con los requisitos establecidos en el presente Pliego de Condiciones Específicas.

  • Objeto de la convocatoria El presente procedimiento de selección tiene por objeto la contratación del servicio de [DESCRIBIR EL SERVICIO A CONTRATAR]

  • RESPONSABILIDADES DEL CLIENTE 7.1. El Cliente responde de los perjuicios que puedan sufrir el Transitario y/o los transportistas, ocasionados por culpa o negligencia de aquél, o de sus empleados y agentes en el ejercicio de sus funciones. 7.2. El Expedidor entregará las mercancías en el lugar y momento convenido y acondicionadas en embalaje apropiado para su transporte, garantizando en todo momento la exactitud de la declaración de las mercancías, en lo que respecta a sus características, descripción, marcas, números, cantidad, peso y volumen, y respondiendo de las responsabilidades por pérdidas, daños, averías y/o penalidades que pueda originar a terceros la inexactitud u omisión de los datos ante mencionados, así como las derivadas de embalaje defectuoso, inadecuado o mal empleado que pueda causar perjuicio a las mercancías, equipos de manipulación o medios de transporte, aun cuando tales inexactitudes o deficiencias aparezcan en operaciones no ejecutadas directamente por el Transitario. 7.3. El Expedidor está obligado a informar por escrito al Transitario sobre el carácter peligroso de las mercancías, así como de las precauciones que, en su caso, deban adoptarse según normativa internacional de ADR. Si se incumpliera esta obligación, responderá el Expedidor frente al operador y frente a terceros de todos los perjuicios que resulten en la expedición de las mercancías, las cuales podrán ser descargadas, destruidas o transformadas en inofensivas, según requieran las circunstancias, sin que el expedidor pueda reclamar por este motivo indemnización alguna, y sin perjuicio de contribuir por el valor de las mercancías a la avería gruesa, si llegare el caso. El Transitario se reserva el derecho de rechazar para su transporte las mercancías que hayan sido declaradas como peligrosas. Asimismo, se reserva la admisión de mercancías que, por insuficiencia de embalaje, no se ajusten a los estándares usuales, a juicio del Transitario. 7.4. El Expedidor responderá por las pérdidas y daños en las mercancías ocasionadas por estiba insuficiente o inadecuada en el interior del contenedor, plataformas, remolques, paletas u otros medios, en el supuesto de que la carga haya sido realizada por él o por su cuenta. 7.5. El Expedidor declarará en el conocimiento de embarque: a). La naturaleza general de las mercancías, así como marcas principales necesarias para su identificación. b). Si procede, su carácter de mercancía peligrosa.

  • SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Deberá concertar un contrato de seguro de responsabilidad civil general por riesgos profesionales que incluya los citados en el párrafo anterior, en la que el capital asegurado no sea inferior al un 25% del precio de adjudicación de cada contrato (IVA excluido), con un máximo de 3.000.000€, sin perjuicio de la responsabilidad legal que puede tener el contratista, siendo el mínimo por víctima asegurado de 300.000€. El contratista deberá presentar a la firma del contrato copia de la póliza de seguro conforme a los requisitos mencionados anteriormente y del documento que acredite que la misma se encuentra al corriente de pago y por consiguiente en vigor. Al finalizar el servicio, uniéndose en su caso al acta de recepción, deberá acreditar que la póliza tiene vigencia durante el plazo de garantía establecido y que la prima correspondiente a la misma se encuentra totalmente satisfecha. En todo caso, la cobertura de dicha póliza no determina el límite de la responsabilidad que ha de asumir el contratista, sino que ésta alcanza todos los daños y perjuicios en los que se cifre dicha responsabilidad. En esta póliza deben figurar expresamente como asegurados los daños y perjuicios que se causen a terceras personas como consecuencia de la ejecución de los servicios, imputables tanto al adjudicatario como al personal del ente contratante con intervención directa en el contrato. Se entenderá cumplida esta obligación mediante la extensión al personal funcionario o laboral citado que intervenga en la ejecución del contrato, de la póliza de responsabilidad civil por riesgos profesionales que tenga la empresa, siempre que el capital asegurado sea igual o superior al anteriormente citado, a cuyo efecto el adjudicatario aportará certificación expedida por personal con poder bastante de la compañía aseguradora correspondiente. El adjudicatario se comprometerá a mantener la póliza de seguro en las condiciones descritas desde la firma del contrato, hasta la finalización del periodo de garantía establecido en este pliego.

  • RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS Si la obra se arruinara con posterioridad a la expiración del plazo de garantía, por vicios ocultos de la construcción, debido a incumplimiento del contrato por parte del contratista, responderá éste de los daños y perjuicios durante el término de quince años a contar desde la recepción. Transcurrido este plazo sin que se haya manifestado ningún daño o perjuicio, quedará totalmente extinguida la responsabilidad del contratista.

  • PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL Para la prestación de los servicios materia del presente contrato, no se requiere que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” contrate una póliza de seguro por responsabilidad civil.