COSTOS DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

COSTOS DEL CONTRATO. Los costos del contrato deben comprender:
COSTOS DEL CONTRATO. El presente contrato por servicio público educativo tendrá un costo por todo el período escolar del año 2021 por la suma de CINCO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS MCTE. ($ 5’861.400 oo M/cte.), que corresponden a SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS costo de matrícula ($ 774.400oo M/cte.), y diez mensualidades de quinientos ocho mil setecientos ($508.700oo M/cte.), que corresponden a la pensión mensual, Que serán canceladas dentro de los plazos establecidos en la cuenta de cobro enviada, es de señalar que cada cuota mensual deberá cancelarse en la cuenta del Banco respectivo a nombre del ALIANZA EDUCATIVA CSM SAS. PARÁGRAFO PRIMERO: frente a la situación de pandemia mundial por la cual estamos pasando, la ALIANZA EDUCATIVA CSM SAS, como colaboración a sus estudiantes y sus respectivos acudientes y responsables económicos, genero un descuento sobre el costo de matrícula de DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL PESOS ($ 247.400 oo M/cte.), y el costo mensual de pensión corresponderá al valor de pensión mensual año 2020, de CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL PESOS ($494.000oo M/cte.), el cual se restablecerá al costo de pensión mensual autorizado año 2021 de ($508.700oo M/cte.), una vez se retomen las clases presenciales al 100% , por orden del gobierno nacional. PARÁGRAFO TERCERO: La ausencia temporal o total, dentro del mes o meses, por enfermedad u otra causa atribuible al beneficiario(a) alumno(a), a los padres de familia o acudientes, así sea por fuerza mayor o caso fortuito, no dará derecho a descontar o a compensar suma alguna de las obligaciones a pagar mes a mes, y el Colegio no estará obligado a realizar ninguna devolución o abonos a meses anteriores o posteriores.
COSTOS DEL CONTRATO. Los costos y gastos en que deban incurrir para el perfeccionamiento y legalización del contrato, en caso de que los hubiere, correrán por cuenta exclusiva del CONTRATISTA.
COSTOS DEL CONTRATO. Todos los costos directos e indirectos que demande la construcción de las instalaciones temporales, los cerramientos provisionales, instalación provisional de servicios de energía, acueducto, alcantarillado y teléfono así como su mantenimiento, además los impuestos Nacionales, Departamentales y Municipales que se requieran, deberán incluirse dentro de los costos de administración. El precio incluye el suministro y transporte de los materiales y la mano de obra, los derechos de conexión provisional y el cargo fijo mensual por consumo.
COSTOS DEL CONTRATO. Los costos del servicio educativo para el presente año son los que aparecen publicados en los medios de difusión de la institución, aprobados por Secretaría de Educación según Resolución de Costos para el año lectivo que rige este contrato. El valor de la Matrícula será cancelada en la fecha indicada por la institución y las diez cuotas de pensión mensual, serán canceladas en forma anticipada y dentro de los cinco (05) primeros días hábiles del mes correspondiente. El costo anual se ajustará cada año, según las reglamentaciones respectivas.
COSTOS DEL CONTRATO. El presente contrato tiene un costo anual de PESOS M/CTE. ($ ), los cuales serán cancelados por el PADRE, la MADRE y/o el ACUDIENTE así: Matrícula $ , una vez al año y diez (10) cuotas correspondientes a las diez pensiones de $ , cada una, las cuales serán canceladas dentro de los diez (10) primeros días del mes por anticipado. Otros costos $ . Los valores citados en esta cláusula son los aprobados por la S.E.D. Para el Colegio Inglaterra Real, para el año lectivo 20_ _.
COSTOS DEL CONTRATO. Los valores a pagar por el padre de familia / acudiente son regulados por el ISCE (índice sintético de la calidad educativa) secretaria de educación, el cual da el porcentaje de incremento en los costos educativos para todos los grados que ofrece la institución el cual para el año lectivo 2024-205 es de 11%, incremento socializado, analizado y aprobado por Consejo Directivo y Junta de Padres de Familia y posteriormente mediante circular informativa del 18 xx Xxxxx de 2024 que fue socializada a los padres de familia en la que se les comunicó y se da a conocer los costos educativos para matrículas y pensiones el cual quedan de la siguiente manera: El presente contrato tiene un costo anual de: GRADO VALOR MATRICULA VALOR PENSION OTROS COSTOS EDUCATIVOS Se fijan para el año 2024-2025 1. Derechos de grado Preescolar: $93.000 2. Derechos de grado Quinto: $47.000 3. Derechos de grado Noveno $70.000 4. Derechos de grado Once $355.000 5. Expedición certificados de estudio, constancias $18.000 6. Duplicado actas de grado y /o Diploma $61.000 7. Plataforma Phidias: $61.000 8. Seguro de accidentes personales $ 15.000 9. Junta de padres de familia $70.000. 10. Inscripción: $300.000 a.- El valor estipulado en el cuadro anterior será el valor mensual de la pensión para el año lectivo 2024-2025 b.- El padre, madre y/o acudiente deberá cancelar el valor correspondiente al grado académico del estudiante Del 1 al 10 del mes en curso, el incumplimiento tendrá una multa del 2% de la mensualidad a partir del 11 De cada mes.
COSTOS DEL CONTRATO. Los costos que genera el presente contrato serán los correspondientes a los costos de matrícula, diez (10) cuotas mensuales correspondientes a pensiones y otros cobros periódicos, acordados por el Consejo Directivo Institucional y autorizados por la Secretaría de Educación de Funza y la Secretaría de Educación del Departamento de Cundinamarca para el grado que curse el estudiante durante el año lectivo contratado. Además, de los servicios adicionales que Padres de Familia y/o Acudientes, autorizados, de manera voluntaria tomen con la Institución. PARÁGRAFO: El retardo en el pago de las pensiones y el pago con cheques sin fondos dará derechos a exigir los costos de financiación y cobranza de acuerdo con las posiciones legales vigentes, sin perjuicio del procedimiento establecido en el Manual de Convivencia del COLEGIO. El costo anual se ajustará cada año según las reglamentaciones respectivas.

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  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos: 25.1 Los estudios previos. 25.2 La oferta presentada por el Contratista. 25.3 Las actas, acuerdos, informes y documentos precontractuales. 25.4 Certificado de disponibilidad presupuestal.

  • Validez del Contrato El Contrato será válido cuando se realice conforme al ordenamiento jurídico y cuando el acto definitivo de Adjudicación y la constitución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato sean cumplidos.

  • características Del contrato El contrato se realizará: • Por escrito, en modelo oficial. • Duración entre doce meses y tres años. • Prórrogas no inferiores a doce meses. El contrato se podrá celebrar a jornada completa o parcial.

  • Formularios del Contrato El Llamado a Licitación emitido por el Comprador no forma parte de los Documentos de Licitación.

  • Elementos Del Contrato 1. Régimen jurídico del contrato. 2. Objeto del contrato.

  • PLAZO DEL CONTRATO 4.1 El presente Contrato tiene una duración de un (01) año contado a partir de la fecha de su firma. 4.2 El plazo podrá ser prorrogado por el mismo período y hasta un máximo de dos (02) años adicionales mediante acuerdo escrito y expreso de las Partes.

  • CESIÓN DEL CONTRATO Los derechos y obligaciones dimanantes del presente contrato podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que se cumplan los supuestos y los requisitos establecidos en el artículo 226 del TRLCSP.

  • DEL CONTRATO Para formalizar las adquisiciones de bienes y servicios regidas por la Ley N° 19.886, se requerirá la suscripción de un contrato. Sin perjuicio de lo anterior, las adquisiciones menores a 100 UTM podrán formalizarse mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor. De la misma forma podrán formalizarse las adquisiciones superiores a ese monto e inferiores a 1.000 UTM, cuando se trate de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación y se haya establecido así en las respectivas bases de licitación. En caso de ser necesaria la elaboración de contratos, una vez publicada la resolución de adjudicación, el Encargado/a de Compras envía todos los antecedentes del proceso al Abogado de Compras o al Subdepartamento Jurídico según corresponda, quien, previo chequeo del cumplimiento de los requisitos legales y administrativos, elaborará el respectivo contrato, su resolución aprobatoria. Tanto el contrato como la resolución que lo apruebe, se tramitarán conjuntamente siguiendo el procedimiento de visación y firma, señalado anteriormente. Una vez firmado el contrato por el proveedor será remitido a la autoridad correspondiente, quien deberá suscribirlo en el plazo establecido en las Bases de Licitación y remitirlo a la SUPERIR para completar su total tramitación. Suscrito el contrato por ambas partes, se publicará conjuntamente con la Resolución aprobatoria en el Sistema de Información. Las inquietudes que los proveedores manifiesten, respecto de los procesos de adquisición que la SUPERIR realice, excluidos los reclamos realizados en la plataforma del Sistema de Información, serán recibidas por el/la Encargado/a de Compras y Contrataciones Públicas. En caso que otro funcionario de la Superintendencia reciba directamente consultas o inquietudes respecto de algún proceso de adquisición deberá derivar esta consulta al Encargado/a de Compras y Contrataciones gestionará las respuestas a cada una de las inquietudes y derivará las consultas al responsable del proceso. El responsable de cada proceso deberá preparar la respuesta a la inquietud, con V°B° de su Jefatura directa, la que deberá remitir al proveedor, vía correo electrónico, con copia al Jefe/a del Departamento Financiero y de Administración. La respuesta al proveedor deberá ser enviada en un plazo no superior a 48 horas hábiles.

  • DURACIÓN DEL CONTRATO El presente Contrato entra en vigor y surtirá efectos desde la fecha de otorgamiento y firma del mismo, y tendrá la duración indicada en las Condiciones Particulares y, en su caso, en sus correspondientes Adendas y/o extensiones articuladas de conformidad con las mismas. Llegada la fecha de finalización, el contrato quedará prorrogado con Precio Indexado por periodos sucesivos de un año de duración cada uno (entendiéndose por “Precio Indexado” el precio variable referenciado al Precio xxx Xxxxxxx Diario español), salvo que cualquiera de las Partes notifique a la otra su intención de dar por finalizado el Contrato con quince días naturales de antelación respecto de la fecha de vencimiento inicial o de la de cualquiera de las prórrogas; o en el caso de que habiendo AXPO comunicado una modificación del Precio del Contrato aplicable a dicha prórroga con al menos un mes de antelación a la finalización del Contrato el Cliente no hubiese manifestado fehacientemente su oposición a dicho precio en el referido plazo de un mes (resultando por lo tanto de aplicación a dicha prórroga el nuevo precio comunicado al Cliente). Todo ello, sin perjuicio de la posibilidad de proceder a la resolución anticipada del Contrato según se contempla en los apartados 3.2 y 4.1. Si cualquiera de las partes resolviera el contrato antes del inicio del suministro, se aplicará la penalización prevista en el apartado 4.2. El cliente será en cualquier caso responsable frente a su anterior suministrador por todos aquellos conceptos adeudados a éste relativos al suministro realizado hasta que AXPO comience a prestarle dicho servicio. Sin que esto suponga obligación alguna para Axpo de suministrar cantidades de gas natural una vez finalizado el Contrato y no siendo exigible ninguna responsabilidad al Comercializador por razón de la eventual interrupción en el suministro a la finalización del Contrato, el Cliente vendrá obligado a pagar al Comercializador las cantidades de gas natural suministradas al Cliente hasta que el nuevo suministrador comience a suministrar gas natural al Cliente tras la finalización del Contrato.

  • ACEPTACIÓN DEL CONTRATO (ARTÍCULO 25 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO).