Cuantía. El/os licitador/es que hubiese/n presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá/n acreditar la constitución, a disposición del órgano de contratación, de una garantía definitiva; para el supuesto de que el órgano de contratación exima al adjudicatario de su constitución, deberá acreditarse tal circunstancia en el Apartado 12.1 del Cuadro de Características, conforme establece el art.95.1 RDL 3/2011. La garantía definitiva constituida será equivalente al 5% bien del importe de adjudicación del contrato, excluido IVA, bien del presupuesto base de licitación cuando la cuantía del contrato se determine en función de precios unitarios, art.95.3 RDL 3/2011. El importe total de la garantía definitiva -incluida la posibilidad de constitución de una garantía complementaria- se indicará en el Apartado 12.2 del Cuadro de Características. La posibilidad de constitución de la garantía mediante la retención de precio o la devolución proporcional de la misma, se indicarán en el Apartado 12.4 y Apartado 12.5 del Cuadro de Características, respectivamente. El plazo para la constitución de la garantía definitiva será xx XXXX DIAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento. Documento firmado electrónicamente por XXXXXX XXX XXXXXXXXXXX - DNI 00000000X como JEFA DE SERVICIO de SERVICIO DE OBRAS Y CONTRATACIÓN. Fecha de la firma 25/11/2013 10:51:28. ESTE DOCUMENTO ES VÁLIDO SÓLO EN FORMATO ELECTRÓNICO.
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Samples: Acuerdo Marco
Cuantía. El4.1.- El importe de las tarifas establecidas en esta Ordenanza, son las siguientes TARIFA 1. FACTURACIONES POR CONSUMOS NORMALES MEDIDOS POR CONTADOR Se aplicará automáticamente la tarifa por metro cúbico de agua medida por contador, con los bloques y condiciones que en la autorización se contemplen, que estará integrado trimestralmente por el precio de suministro por caudal consumido y por una cuota de servicio fija, también trimestral. La propuesta municipal es la que se tomó por Acuerdo de Pleno de fecha 27 de septiembre de 2012, cuyo resumen es el siguiente: TARIFAS GENERALES: - Cuota fija de servicio 10, 3990 euros/os licitadortrimestre + IVA - Consumo: De 0 m3 a 20 m3 0,6519 euros/es m3 + IVA De 21 m3 a 42 m3 1,0863 euros/m3 + IVA De 43 m3 a 63 1,7380 euros/m3 + IVA De 64 en adelante 2,2668 euros/m3 + IVA Suministro agua en xxxx Xxxxxxxxx Campo 0,6534 euros/m3+ IVA Suministro de agua bruta 0,7821 euros/m3+ IVA Se entenderá que hubiese/n presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá/n acreditar la constitución, a disposición del órgano de contratación, de una garantía definitiva; el agua se destina para el supuesto suministro en alta, cuando se abastece a otra población, para que ésta a su vez, la suministre en baja. Se entenderá el suministro de agua bruta aquélla que no ha recibido tratamiento, y que puede emplearse como uso industrial cuando se emplea ya como fuerza motriz, ya como agente mecánico o químico en las operaciones de toda clase de comercios. Toda concesión de y para usos de suministro en alta y de agua bruta se subordina a los usos domésticos y públicos, no se podrá destinar al consumo humano ni mezclar esta agua con el suministro de agua potable que tuviera contratado. A las unidades familiares de 5 o más miembros, previa solicitud y acreditación anual de esta circunstancia ante el Servicio Municipal de Aguas, se les aplicarán los precios establecidos en esta Ordenanza para las citadas unidades familiares, en función del número de miembros, y que se detallan a continuación, debiéndose solicitar y acreditar anualmente acompañándose del correspondiente certificado de empadronamiento y de cuanta documentación se estime necesaria por parte del Servicio Municipal de Aguas. UNIDADES FAMILIARES DE 5 A 9 MIEMBROS - Cuota fija de servicio 10,3990 euros/trimestre +IVA - Consumo: De 0 m3 a 42 m3 0,6519 euros/m3+ IVA De 43 m3 a 63 1,7380 euros/m3+ IVA De 64 en adelante 2,2668 euros/m3+ IVA UNIDADES FAMILIARES DE MÁS DE 9 MIEMBROS - Cuota fija de servicio 10,3990 euros/trimestre + IVA - Consumo: De 0 m3 a 63 m3 0,6519 euros/m3+ IVA De 64 en adelante 2,2668 euros/m3+ IVA A petición de los ciudadanos, se podrá conceder facturar la tarifa por periodos mensuales, resultando proporcional a un mes tanto la cuota fija de servicio como el número de metros cúbicos que se incluyen en cada bloque. Si por parada o mal funcionamiento del contador, así como por ausencia del abonado, no se pudiera conocer el consumo efectuado por el mismo, la facturación se extenderá según los consumos del mismo periodo del año anterior, o el promedio de los cuatro periodos anteriores si no lo hubiera de ese periodo, y se deducirá en la facturación siguiente. Cuando no sea posible efectuar la lectura por ausencia del abonado, y éste, en el plazo de 48 horas no presente la lectura en las oficinas del Servicio de Aguas, previa cumplimentación del impreso dejado en su domicilio al efecto, se le apercibirá xxx xxxxx de suministro de agua, cuando esta conducta fuera reiterativa y no alegue en su favor causa justificativa. En el caso de averías ocultas en las redes interiores, la cuantía de la tarifa se calculará de acuerdo al siguiente método: Uso doméstico y/o comercial: Modificación del precio del último bloque de consumo igualándolo con el precio del anterior bloque de consumo de la tarifa vigente, manteniéndose el resto de precios. No existirá deducción sobre las cuotas fijas de servicio. Tendrán la consideración de fuga oculta, aquellas que se produzcan en las instalaciones particulares del abonado que por la propia instalación impida su detección inmediata a simple vista, quedando excluidas aquellas fugas correspondientes a mal funcionamiento de aparatos como grifería o en sistemas de cierre en sanitarios. La acreditación de la existencia de fuga se realizará mediante la aportación de la factura de reparación y/o certificado firmado por el reparador. En caso de que la reparación la realice el órgano abonado por sus propios medios deberá ser comprobada por el personal del servicio. No obstante, y, en cualquier caso, el servicio municipal de contratación exima agua podrá efectuar cuantas comprobaciones estime oportunas. La aplicación de dispuesto en este artículo requerirá previa solicitud del interesado, así como informe preceptivo emitido al adjudicatario respecto por el servicio municipal de su constituciónaguas, deberá acreditarse tal circunstancia en el Apartado 12.1 del Cuadro que se ponga de Características, conforme establece el art.95.1 RDL 3/2011. La garantía definitiva constituida será equivalente al 5% bien del importe de adjudicación del contrato, excluido IVA, bien del presupuesto base de licitación cuando manifiesto la cuantía del contrato se determine en función de precios unitarios, art.95.3 RDL 3/2011. El importe total naturaleza de la garantía definitiva -incluida avería, la posibilidad de constitución de una garantía complementaria- se indicará en el Apartado 12.2 del Cuadro de Características. La posibilidad de constitución reparación de la garantía mediante misma y su conexión con el consumo excesivo de agua facturado. Sólo se permitirá la retención aplicación de precio o este sistema de cálculo a una única factura del abonado, que podrá corresponder a cualquiera de los dos trimestres emitidos con anterioridad a la devolución proporcional fecha de la mismasolicitud del interesado, se indicarán en el Apartado 12.4 y Apartado 12.5 del Cuadro de Características, respectivamente. El plazo para la constitución de la garantía definitiva será xx XXXX DIAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a aquél en sin que hubiera recibido el requerimiento. Documento firmado electrónicamente por XXXXXX XXX XXXXXXXXXXX - DNI 00000000X como JEFA DE SERVICIO de SERVICIO DE OBRAS Y CONTRATACIÓN. Fecha de la firma 25/11/2013 10:51:28. ESTE DOCUMENTO ES VÁLIDO SÓLO EN FORMATO ELECTRÓNICOsea posible revisar facturas anteriores.
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Samples: Ordenanza Municipal
Cuantía. El/os licitador/es El licitador que hubiese/n hubiese presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá/n deberá acreditar la constitución, a disposición del órgano de contratación, de una garantía definitiva; para el supuesto de que el órgano de contratación exima al adjudicatario de su constitución, deberá acreditarse tal circunstancia en el Apartado 12.1 del Cuadro de Características, conforme establece el art.95.1 RDL 3/2011. La garantía definitiva constituida será equivalente al 5% bien del importe de adjudicación del contrato, excluido IVA, bien del presupuesto base de licitación cuando la cuantía del contrato se determine en función de precios unitarios, art.95.3 RDL 3/2011artículo 95.1 TRLCSP. El importe total de la garantía definitiva -incluida la posibilidad de constitución de una garantía complementaria- complementaria o por lotes- se indicará en el Apartado 12.2 del Cuadro de Características. La posibilidad de constitución de la garantía mediante la retención de precio o la devolución proporcional de la misma, se indicarán en el Apartado 12.4 12.3 y Apartado 12.5 12.4 del Cuadro de Características, respectivamente. El plazo para 7.2.2. Forma de constitución. La garantía definitiva deberá ser depositada en la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, sita en la sede de la Consejería de Economía y Hacienda, Avenida Teniente Flomesta, s/n planta baja, en Murcia, a nombre del SERVICIO MURCIANO DE SALUD (NIF Q8050008E) con independencia de la forma utilizada (metálico, aval bancario o seguro de caución), debiendo presentar el adjudicatario ante la Administración la Carta de Pago emitida por aquella. De conformidad con el artículo 58 del RGLCAP, el poder de las personas que firmen avales y certificados de seguros de caución deberá ser bastanteado previamente por la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. La constitución de la garantía definitiva será xx XXXX DIAS HÁBILES, se ajustará a contar desde el siguiente a aquél los modelos que figuran en que hubiera recibido el requerimiento. Documento firmado electrónicamente por XXXXXX XXX XXXXXXXXXXX - DNI 00000000X como JEFA DE SERVICIO los ANEXOS I y II del presente Pliego de SERVICIO DE OBRAS Y CONTRATACIÓN. Fecha de la firma 25/11/2013 10:51:28. ESTE DOCUMENTO ES VÁLIDO SÓLO EN FORMATO ELECTRÓNICOCláusulas Administrativas.
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Cuantía. El/os licitador/La cuantía par su naturaleza es indeterminada con la establecido en el Art 144 numeral 5 del Código Orgánico General del Procesos. Firmamos con nuestra abogada patrocinadora, debidamente autorizada NOMBRE. NOMBRE. C.C. C.C ABG. MAT. No. UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CANTÓN , PROVINCIA DE DE _ . , de del , las h . VISTOS: AVOCO conocimiento de la presente calidad de Jueza encargada mediante acción de personal N° _ . En lo principal: [1] Estimase clara y precisa la demanda presentada por los señores y , por reunir requisitos xx xxx, se la admite a trámite voluntario conforme lo previsto en el artículo numeral 3 del Código Orgánico General del Procesos. [2] Acorde a lo que hubiese/n presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá/n acreditar la constitucióndispone el 340 del Código Orgánico General de Procesos, se fija el día MIÉRCOLES DE DE _ , LAS H , a disposición del órgano fin de contrataciónque se lleve a cabo la audiencia única, a la cual comparecerán las partes personalmente portando cedula de ciudadanía y certificado de votación, se ratificaran su decisión de dar por terminado el vínculo matrimonial que les une.- [3] NOTIFIQUESE a la señora - NOTIFIQUESE. - En , de una garantía definitivadel , a partir de las horas y minutos, mediante boleta judicial notifique el AUTO que antecede a: , , , en la casilla No. y correo electrónico , en casillero electrónico No. del Dr./Ab. . Certifico: Juicio No. EN EL CANTÓN _ , PROVINCIA DE DE . , de del ; las h . VISTOS: 1) Doctora _ , Jueza Ponente del proceso de DIVORCIO DE MUTUO CONSENTIMIENTO CON HIJOS DEPENDIENTES, No. que se tramita en esta Unidad Judicial.; 2) IDENTIFICACIÓN DE LOS SOLICITANTES: Y _ ; 3.- Enunciación breve de los hechos y circunstancias objeto de Ya demanda. Conforme la inscripción de Matrimonio los solicitantes están casados, el matrimonio se ha realizado en _ , Cantón , provincia de , el de del . Que en el matrimonio han procreado un hijo de nombres , de año de edad. Que durante el matrimonio NO han adquirido bienes que fueran objeto de ulterior liquidación. Fundamentan su petición en los Arts. 107, 108 y.128 del Código Civil; y los artículos 334,335 y 340 del Código Orgánico General de Procesos. Solicitud que sorteada ha radicado la competencia en esta Unidad Judicial, ha sido calificada y admitida a trámite del PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO DEL COGEP artículos 334, 335, 340 del Código Orgánico General de Procesos. Se ha convocado a la Audiencia para el supuesto día de del , las. h , a los solicitantes, y a la insinuada Curadora Ad- Litem. Siendo el día y la hora comparecen los solicitantes con su defensora Técnica, la insinuada Curadora. Se da por iniciada la Audiencia y se consulta a los solicitantes si están resueltos a divorciarse y manifiestan que si se da paso a la FASE DE SANEAMIENTO.- Se pregunta a los solicitantes si han encontrado algún vicio que pueda afectar la validez del proceso y contesta su Defensora Técnica que no han encontrado vicios que acarren nulidad. Se declara la Validez del proceso. OBJETO DE LA DEMANDA: Declarar disuelto el órgano de contratación exima al adjudicatario vínculo matrimonial entre los señores: y como también resolver la situación familiar y socioeconómica de su constituciónhijo de nombres , deberá acreditarse tal circunstancia de 1 año de edad. Seguidamente la intervención de la Defensora técnica de las partes y dice: " Declarar disuelto el vínculo matrimonial y resolver la situación del menor. " Las partes en el Apartado 12.1 del Cuadro la Audiencia confirman que no tienen bienes de Características, conforme establece el art.95.1 RDL 3/2011ninguna naturaleza. La garantía definitiva constituida será equivalente al 5% bien del importe señora _ , declara bajo juramenta que no se encuentra en estado de adjudicación del contratogravidez. Se posesionó a la Curadora Ad-litem señorita , excluido IVA, bien del presupuesto base con C.C. (TIA). Dispuesto autos para resolver se considera: PRIMERO: En la tramitación de licitación cuando Ya causa se ha observado a favor de las partes en igualdad de condiciones los derechos consagrados en la cuantía del contrato se determine en función de precios unitarios, art.95.3 RDL 3/2011. El importe total Constitución de la garantía definitiva -incluida la posibilidad Republica determinados en los artículos 11 numerales 2, 3, 4, 5, 6; y, Art. 76 numerales 2, 6, 7.- SEGUNDO: La competencia de constitución de una garantía complementaria- esta Unidad Judicial se indicará encuentra asegurada en el Apartado 12.2 del Cuadro de Características. La posibilidad de constitución virtud de la garantía mediante la retención de precio o la devolución proporcional de la misma, se indicarán resolución N° Este modelo y muchos más los puede descargar en el Apartado 12.4 y Apartado 12.5 del Cuadro de Características, respectivamente. El plazo para la constitución de la garantía definitiva será xx XXXX DIAS HÁBILES, nuestro portal xxx.xxxxxxxxx.xxx Lo invitamos a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento. Documento firmado electrónicamente por XXXXXX XXX XXXXXXXXXXX - DNI 00000000X como JEFA DE SERVICIO de SERVICIO DE OBRAS Y CONTRATACIÓN. Fecha de la firma 25/11/2013 10:51:28. ESTE DOCUMENTO ES VÁLIDO SÓLO EN FORMATO ELECTRÓNICO.suscribirse
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Samples: Divorcio Por Mutuo Consentimiento
Cuantía. El/os licitador/es que hubiese/n presentado Para tomar parte en el presente procedimiento, el Órgano de Contratación podrá exigir a los licitadores la oferta económicamente más ventajosa deberá/n acreditar la constitución, a disposición del órgano de contratación, constitución de una garantía definitiva; para provisional, en cuyo caso, deberá justificar suficientemente en el supuesto de que el órgano de contratación exima al adjudicatario expediente las razones de su constituciónexigencia para ese concreto contrato y por el importe que se fija, deberá acreditarse tal circunstancia circunstancias que se recogerán en el Apartado 12.1 11 del Cuadro de Características, conforme establece el art.95.1 RDL 3/2011. La garantía definitiva constituida será equivalente y que no podrá ser superior al 5% bien 3 por 100 del importe de adjudicación presupuesto del contrato, excluido IVA, bien del presupuesto base artículo 103.2 TRLCSP. Cuando dos o más empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de licitación cuando Empresas, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes en la misma, siempre que en su conjunto se alcance la cuantía del contrato se determine requerida. 7.1.2. Forma de constitución. Para la constitución, en función de precios unitariossu caso, art.95.3 RDL 3/2011. El importe total de la garantía definitiva -incluida la posibilidad de constitución de una garantía complementaria- provisional se indicará estará a lo dispuesto en el Apartado 12.2 del Cuadro artículo 103.3 TRLCSP, debiendo ser depositada, cuando se trate de Características. La posibilidad garantías en metálico o valores, en la Caja de constitución Depósitos de la garantía mediante Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, sita en la retención de precio o la devolución proporcional sede de la mismaConsejería de Economía y Hacienda, Avenida Teniente Flomesta, s/n planta baja, en Murcia, acreditándose su constitución mediante entrega al Órgano de Contratación de la Carta de Pago expedida por aquella. Documento electrónico del Servicio Murciano de Salud, según Ley 11/2007, firmado a 14/11/2017 10:08, por: XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación (CSV): C96BEC80AE3297A5A83AD53C48E10616 Cuando se indicarán en trate de aval bancario o seguro de caución, el Apartado 12.4 y Apartado 12.5 del Cuadro documento acreditativo de Características, respectivamente. El plazo para la constitución de la garantía definitiva será xx XXXX DIAS HÁBILES, a contar desde presentado directamente ante el siguiente a aquél en que hubiera recibido Órgano de Contratación junto con el requerimiento. Documento firmado electrónicamente por XXXXXX XXX XXXXXXXXXXX - DNI 00000000X como JEFA DE SERVICIO de SERVICIO DE OBRAS Y CONTRATACIÓN. Fecha resto de la firma 25/11/2013 10:51:28documentación administrativa. ESTE DOCUMENTO ES VÁLIDO SÓLO EN FORMATO ELECTRÓNICOLa constitución de la garantía se ajustará a los modelos que figuran en los ANEXOS I y II del presente Pliego de Cláusulas Administrativas.
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Samples: Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares